Autor Tema: El acoso en los cuerpos policiales  (Leído 148120 veces)

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #680 en: 15 de Marzo de 2014, 10:19:08 am »
 En definitiva, cerciorarse de que una determinada persona ha sido, ciertamente, emisora o receptora de un determinado mensaje.
Ante la situación descrita, las alternativas al correo electrónico como medio de comunicación de un hecho con trascendencia jurídica son las clásicas del requerimiento notarial o mediante burofax pero evidentemente su mayor coste es una barrera importante para utilizarlo con la frecuencia deseada. Con todo, no existe ningún medio de comunicación seguro e infalible desde el punto de vista probatorio. Cada uno presenta sus ventajas e inconvenientes (por ejemplo, la carta notarial o el burofax no garantiza la recepción o entrega efectiva a su destinatario y cabe igualmente pensar en riesgos de suplantación del emisor del mismo). Ahora bien, si tiene mucho interés en dejar constancia de un hecho, es probable que el burofax certificado y con acuse de recibo sea el medio más seguro.
¿Cómo probar la prueba del correo electrónico?
Obviamente, hay que probar la prueba del correo, en el sentido de probar la autenticidad del mismo, no limitándose a aportar en un juicio una simple impresión de papel del correo pues la parte contraria puede impugnarlo porque su contenido ha sido o ha podido ser y que no corresponde con el correo adicional manipulado.
En definitiva, ninguna de estas prevenciones conseguirá probar de forma indubitada que verdaderamente fue una determinada persona quien escribió o recibió el correo pero, sumadas a las circunstancias antes expuestas, harán que resulte muy razonable pensar que sí lo hizo o que sea más verosímil pensar que no fue así.
CONCLUSIÓN
1.- El correo electrónico es un potencial productor constante de pruebas. Desde el punto de vista jurídico, es recomendable por tanto ser muy conscientes de lo que supone enviar o recibir un correo electrónico, habida cuenta de la trascendencia que el mismo podrá tener en caso de un eventual pleito.
2.-  Salvo que se pruebe su falsedad, partimos de la premisa de su autenticidad.
3.- En principio el tribunal no duda de la validez del mensaje, por lo que hay que entender que la parte que la niega debe aportar una prueba o indicio de dicha manipulación. No basta con negarlo con un carácter general y abstracto.
4.- Como el correo electrónico no es o no debe ser solo el único medio de prueba, debe ponerse en relación con los demás elementos del caso y valorarse en conjunto.
5.- Así pues,  se admite la validez del correo electrónico en la medida en que, además, el comportamiento de las partes es coherente con el contenido del mensaje.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #681 en: 27 de Marzo de 2014, 08:37:56 am »
 La Asociación de Jefes de Policía ve «mala intención»
27.03.14 - 01:06 -

 
Bartolomé Mayol, desde la Asociación de Jefes de la Policía Local de la Región, criticó ayer que «en vez de darle la enhorabuena al sargento por la Gran Cruz de Caballero, le buscaron para sancionarle, a pesar de que estaba claro que no había ningún motivo. Se trataba de un acto protocolario y la asistencia está especialmente tipificada de uniforme. Observamos en este asunto mala intención y principio de acoso». La Asociación también confirmó ayer que la Inspección de Trabajo «se ha presentado por sorpresa en Beniel», para aclarar la denuncia del sargento, José Joaquín Cánovas, contra la edil de Seguridad Ciudadana, Pilar Ruiz, por supuesto acoso laboral. De hecho, el mando policial presentó un escrito al alcalde, Roberto García, pidiéndole «protección» ante la concejal.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #682 en: 02 de Abril de 2014, 16:33:38 pm »
Acoso laboral o Mobbing:  Actos de comprobación de la Incapacidad Temporal por la mutuas

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Acoso laboral o Mobbing:  Actos de comprobación de la Incapacidad Temporal por la mutuas

1. Las Mutuas ejercerán el seguimiento y control de la prestación económica ” pudiendo realizar a tal efecto aquellas actividades que tengan por objeto comprobar el mantenimiento de los hechos y de las situaciones que originaron el derecho al subsidio”.

2. Las Mutuas podrán formular a los médicos a través de la Inspección, propuestas motivadas de alta médica. Los facultativos deberán pronunciarse en el plazo de 10 días, bien para confirmar la baja señalando las atenciones o controles médicos que considere necesarios o bien extendiendo el parte de alta. De no recibirse alguna de dichas contestaciones de los facultativos o de los servicios médicos, en el plazo señalado o en el caso de discrepar con las mismas, la Inspección Médica del correspondiente Servicio Público de Salud podrá acordar el alta médica, efectiva e inmediata, y comunicará, en todo caso y dentro del plazo de los cinco días siguientes, la actuación realizada a la Mutua.

3. Reconocimientos médicos. Las Mutuas podrán requerir a los trabajadores en IT que sean reconocidos por los médicos adscritos a las mismas, del que emitirán informe médico. La negativa a estos reconocimientos dará lugar a la propuesta de alta.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #683 en: 02 de Abril de 2014, 16:36:06 pm »
Y debería añadirse...cuando el acoso laboral o mobbing debería ser objeto de la baja laboral por la Mutua y no por la S.S. dado que si existe mobbing estaríamos hablando de una enfermedad de tipo profesional y no común.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #684 en: 07 de Abril de 2014, 19:55:33 pm »

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El pasado mes de febrero, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte (Madrid) fue condenado por el Juzgado de lo social número dos de Móstoles ha a extinguir el contrato laboral con una indemnización de 81.437 euros más otros 14.887“por daño moral” a Ana Garrido, técnico de este consistorio durante más de 20 años,

Encuentro con el vicepresidente del Parlamento Europeo

Ana Garrido, se reunió el pasado 28 de Marzo con el vicepresidente del Parlamento Europeo, Miguel Ángel Martínez. En el encuentro el vicepresidente ha mostrado su solidaridad y comprensión con la situación que ha vivido la trabajadora municipal, a la que ha agradecido su valentía y valores morales por denunciar la trama Gürtel en el municipio, estudiándose la forma de elevar a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo el caso.



Además, se ha puesto a su disposición para ayudarla en todo lo posible. Dentro del ofrecimiento, se ha estudiado la posibilidad de presentar su caso a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, idea que Ana Garrido ha aceptado, y manifestado su deseo de realizarlo próximamente.
 

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #685 en: 07 de Abril de 2014, 19:56:48 pm »
El servicio de "Asistencia Jurídica" de PRIDICAM MobbingMadrid, con Julio Méndez como su Director, -que ha dirigido el proceso judicial de Ana Garrido-, colaborara en la confección del informe que se presentara a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #686 en: 07 de Abril de 2014, 20:07:38 pm »
Acoso laboral o Mobbing:  Actos de comprobación de la Incapacidad Temporal por la mutuas

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Acoso laboral o Mobbing:  Actos de comprobación de la Incapacidad Temporal por la mutuas

1. Las Mutuas ejercerán el seguimiento y control de la prestación económica ” pudiendo realizar a tal efecto aquellas actividades que tengan por objeto comprobar el mantenimiento de los hechos y de las situaciones que originaron el derecho al subsidio”.

2. Las Mutuas podrán formular a los médicos a través de la Inspección, propuestas motivadas de alta médica. Los facultativos deberán pronunciarse en el plazo de 10 días, bien para confirmar la baja señalando las atenciones o controles médicos que considere necesarios o bien extendiendo el parte de alta. De no recibirse alguna de dichas contestaciones de los facultativos o de los servicios médicos, en el plazo señalado o en el caso de discrepar con las mismas, la Inspección Médica del correspondiente Servicio Público de Salud podrá acordar el alta médica, efectiva e inmediata, y comunicará, en todo caso y dentro del plazo de los cinco días siguientes, la actuación realizada a la Mutua.

3. Reconocimientos médicos. Las Mutuas podrán requerir a los trabajadores en IT que sean reconocidos por los médicos adscritos a las mismas, del que emitirán informe médico. La negativa a estos reconocimientos dará lugar a la propuesta de alta.


4. A los 12 meses, el parte de confirmación deberá ir acompañado por informe médico. A los 18 meses, la Inspección formulará el alta por curación o por agotamiento de la IT.


5. La prórroga hasta un límite máximo de 30 meses requerirá un dictamen de los servicios médicos de la Inspección.


6. Este nuevo procedimiento de control de la IT, tanto para las entidades gestoras públicas como para las Mutuas, faculta a estas últimas a realizar mayores controles médicos, somete al trabajador protegido por una Mutua a un mayor control y vigilancia, la mayoría de las veces motivado por el interés empresarial de reducir absentismo y de la Mutua de reducir costes, que no encaminado a un mejor seguimiento de la evolución de la salud del enfermo.


Observaciones importantes para protegernos o defendernos


1. El trabajador no tiene obligación de comunicar al médico de la Seguridad Social que expide la baja, cuál es su Mutua. Esta información si es que procede, debe facilitarla la Empresa.


2. El plazo para la presentación del parte de baja o confirmación a la Empresa es de tres días desde el momento de su expedición, y de 24 horas el de alta.


3. La Mutua no realizará “actos de comprobación de la baja”- reconocimientos médicos en el domicilio del trabajador-. No existe obligación alguna de dejar entrar en el domicilio propio a ningún médico de la Mutua. El domicilio, según la Constitución es inviolable, ninguna entrada podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial.


4. Si se realizan llamadas vía telefónica, aunque se identifique, no es ninguna garantía de que la persona que llama sea de la Mutua. No hay que otorgar de entrada ninguna veracidad.


5. En ningún caso la Mutua podrá subcontratar con empresas “especializadas” el control de la IT.


6. En caso de que la Mutua proponga el alta médica a la Inspección Médica, tendrá que informar previamente a la persona afectada del contenido de la propuesta de alta.


7. Cuando algún trabajador sea citado por la Mutua para pasar revisión estando de baja, sí está obligado a presentarse donde le indiquen, es conveniente:


a) Poner inmediatamente tal circunstancia en conocimiento del médico o especialista que haya extendido la baja.


b) Solicitar de éste su parecer sobre la conveniencia o no de efectuar tal desplazamiento. En caso de que lo crea conveniente solicitarle informe por escrito.


c) Contactar con la Mutua e informarle de la negativa de nuestro médico a tal revisión y facilitarle cuantos datos precise para que pueda ponerse en contacto con nuestro médico.


d) En caso de que nuestro facultativo no ponga objeciones a la citada revisión, los gastos generados por el desplazamiento los pasaremos a la Empresa, a petición de la cual se ha puesto en vigor, este sistema de control complementario, para que ésta los haga seguir a la Mutua.


e) Ante una propuesta de la Mutua de prestarnos atención médica o quirúrgica por accidente no laboral o enfermedad común, debemos ser ampliamente informados de las ventajas e inconvenientes. Entre la propuesta de la Mutua y la respuesta del trabajador debe existir tiempo suficiente para que éste pueda realizar las consultas que crea convenientes, y por supuesto, será imprescindible el consentimiento del enfermo.


f) Los trabajadores y sus representantes serán informados de los mecanismos que garantizan la confidencialidad de los datos de salud en la relación mutua/empresa.


Artículo atentamente cedido por el sindicato de Banca de CGT

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #687 en: 11 de Abril de 2014, 09:16:16 am »
CC.OO-Policía Local de Melilla se reafirma de haber agentes con “acosos laborales”

Posted on 10 abril 2014 by admin

Policia LocalInstamos a quien corresponda tome cartas en el asunto para evitar que vuelva a haber lagunas Legales que propicien conflictos Laborales

Por CCOO-SPLM: Desde esta sección sindical de CCOO-SPLM, ante los últimos artículos de prensa, en los que se menciona la palabra acoso laboral, se quiere aclarar que hay Compañeros que manifiestan sentirse discriminados y no nos corresponde a CC.OO-Policía Local determinar si es acoso o no. Los hechos nos parecen muy graves y desde nuestro entender podrían estar siendo vulnerados los derechos fundamentales de algunos trabajadores.

Los agentes que están en esta situación se encuentran destinados en la unidad de distrito, unidad donde se manda a todo aquel que pone en duda o no coinciden con los pensamientos de esta jefatura. Hemos de recordar que la jefatura en su orden 28/2014 la considera como unidad penosa. No se puede gestionar los cambios de Servicios o Turnos, sin rotación, equidad, ni coherencia alguna, afectando bastante más a unos Policías que a otros y normalmente con un denominador común, ser compañeros que han abandonado la Unidad GPR o Unidad Canina. Nos gustaría se determinaran los criterios de rotación de efectivos.

Esperamos que se arregle esta situación lo antes posible, de lo contrario se puede denotar de esta situación una falta de capacidad de dirección y organización donde se ha tomado a esta unidad de salvavidas para salvar los fallos diarios que se cometen en la organización de esta policía.

Desde CC.OO-Policía Local, se ha propuesto a la Administración, en varias ocasiones, que se regulen las Unidades de la Policía Local, y se haga un concurso de traslado, para que cualquier Policía pueda decidir voluntariamente su Unidad y que tengamos un calendario Laboral cerrado antes de que se inicie el año, con el fin de conciliar la Vida profesional y la Personal. En conclusión, queremos y necesitamos una regulación completa como cualquier funcionario de la Administración, cosa que a día de hoy no está regulado en ningún sitio.

Ante todo lo descrito, esperamos se haya aclarado nuestra postura e instamos a quien corresponda tome cartas en el asunto para evitar que vuelva a haber lagunas Legales que propicien conflictos Laborales.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #688 en: 08 de Mayo de 2014, 09:40:18 am »
Imputan por acoso laboral al alcalde y al jefe de policía municipal de El Papiol
JAVIER OMS Barcelona
Actualizado: 06/05/2014 12:24 horas

El alcalde y el jefe de la policía municipal de El Papiol (Barcelona) han sido imputados por un presunto delito de acoso laboral al que habrían sometido durante años al anterior responsable de la policía local, actualmente de baja a consecuencia del presunto caso de mobbing.

Durante el acoso el ex jefe policial fue relevado del cargo por orden del alcalde, Albert Vilà i Badia, y sustituido por decreto municipal por Francisco Company, quien también ha sido citado a declarar este miércoles ante el juzgado número 6 de Sant Feliu de Llobregat a raíz de una denuncia que incluye presuntas vejaciones y presiones que se arrastraron desde septiembre de 2009 hasta la actualidad.

Según la denuncia a la que ha tenido acceso este diario, el presunto 'mobbing' habría comenzado poco después de que el anterior mando policial, Juan Pedro R., reclamara mejoras para los agentes municipales en un informe que inscribió de forma oficial en el Ayuntamiento. Un escrito que se negó a retirar pese a que así se lo exigió el alcalde y que, según consta en la denuncia, motivó el inicio de una campaña de acoso que se inauguró con un mensaje del alcalde al entonces jefe policial: «Muy bien. Ya te enterarás».

A partir de ese momento comenzó una etapa que el denunciante define como de «hostigamiento sistemático» y que estaba «dirigido a la aniquilación psicológica» y que llevó al alcalde a encargar a su jefe policial tareas «indignas». Entre otras se contaría la obligación en octubre de 2009 de patrullar de paisano «para identificar y denunciar a los propietarios de los perros en las zonas en las que había gran cantidad de excrementos». Una primera tarea a la que, con el tiempo, se irían sumando otras órdenes desvinculadas de sus responsabilidades. Así, en vez de coordinar el trabajo de los agentes locales el mando paso a ser obligado a patrullar a pie por la zona comercial, regular el paso de un entierro, colocar en portales de todo el municipio 200 hojas informativas sobre el asfaltado de las calles o participar en un operativo nocturno por un caso de robo con fuerza sin la pistola reglamentaria.

Dicha cadena de órdenes habría culminado, según la denuncia, en su sustitución en el cargo por el actual jefe policial, cuyo nombramiento como sargento del cuerpo municipal fue rechazado incluso por el Síndic de Greuges. El mismo cargo que le sustituiría tras siete años en su puesto estrenó su mandato con una escena cuando menos ilustrativa de la situación denunciada. Según el escrito que ha motivado su imputación, el nuevo jefe llegó a arrancarle «de forma violenta los galones de la hombrera» ante el resto de compañeros.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #689 en: 12 de Julio de 2014, 07:35:59 am »
Los denunciantes eran cargos de confianza del anterior alcalde

La Audiencia "da la razón" al Ayuntamiento de Mérida ante la denuncia de dos policías locales

EFE 11/07/2014

El alcalde de Mérida, Pedro Acedo, anuncia que la Audiencia Provincial "da la razón" al ayuntamiento ante la denuncia de dos policías locales presentada contra su persona y el exconsejero de Seguridad Ciudadana, Manuel Balastegui, por prevaricación y vulneración de derechos.

Considera que los denunciantes, el exconcejal de Policía Local, José Fernández, y el exdirector de Movilidad, José Vicente Serrano, "no han podido probar las acusaciones" contra el ayuntamiento y, por tanto, da la razón a la defensa en "todos los extremos".

Acedo recuerda que estos dos excargos públicos del Gobierno socialista de Ángel Calle denunciaron al ayuntamiento ante los juzgados "por daños psicológicos, prevaricación, cambios de situación laboral...".

El alcalde aclara que se trata de "una denuncia penal, no laboral, lo cual quiere decir que la pena que se pedía tanto para Acedo como para Balastegui era de cárcel".

"Los dos denunciantes eran cargos de confianza del anterior gobierno y, cuando dejaron de serlo, dejaron también de cobrar los complementos asociados a los cargos que ocupaban", precis.

Ahora, la sentencia "nos da la razón en que podíamos trasladarlos a los puestos que ocupan en oficinas de barrio y no teníamos que mantener los complementos de cuando ocupaban puestos de confianza".

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #690 en: 12 de Julio de 2014, 14:08:33 pm »
Audiencia archiva la denuncia de un policía local que acusó de 'mobbing' al exalcalde de Cogollos
 

Hace 3 horas  - EUROPA PRESS, GRANADA
 
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha confirmado el archivo de la denuncia que interpuso un policía local ya jubilado de Cogollos Vega (Granada) contra el que fuera alcalde de la localidad entre 2004 y 2011, el independiente Francisco Luzón García, al que acusó de acoso laboral o 'mobbing' y atribuyó un posible delito contra la integridad moral.

El asunto ya fue sobreseído provisionalmente por el Juzgado de Instrucción 1 de Granada el 1 de octubre de 2013, si bien el agente continuó con su pretensión y apeló a la Audiencia, ante la que reiteró que existían indicios de delito suficientes para seguir las diligencias contra el exregidor, que, según decía, lo sometía a un "permanente hostigamiento, desconsideración y continuo trato vejatorio", lo que le afectaba a su trabajo, que ejercía en el propio Ayuntamiento.

Sin embargo, la Sala reitera que "tras las numerosas diligencias sumariales que han sido llevadas a cabo" éstas "no sugieren en modo alguno" la oportunidad de continuar con las diligencias. De hecho, señala que "por más que el recurrente lo niegue", su denuncia se encuentra "plagada de referencias inconcretas y temporalmente indeterminadas", la mayor parte de ellas "ausentes de testigos".

La propia versión del denunciante, según indican los magistrados en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, es "contradictoria" y no "goza de las condiciones precisas para constituirse en sí misma en prueba", habida cuenta además de las "más que tortuosas relaciones" entre él mismo, el exalcalde y algunos de los testigos, "individuos todos ellos inmersos en numerosas contiendas judiciales derivadas de su común relación con el Ayuntamiento de Cogollos Vega".

Asimismo, la Audiencia no considera prueba el informe forense aportado por el denunciante, que sufre un trastorno adaptativo desde el año 2004, según se estima, "reactivo a una situación tensa con sus superiores", es decir "no de forma exclusiva" con el exalcalde ni atribuible casualmente a él, sino que puede derivarse de la "conflictividad laboral" en la que se halla inmerso desde años atrás.


 

 Por ello, la Sala confirma el archivo inicial de las actuaciones, desestimando el recurso de apelación interpuesto por el denunciante, en un auto, de fecha 25 de junio, que se declara firme y contra el que no cabe recurso alguno.

Según el exalcalde, que se ha mostrado satisfecho por esta última decisión judicial, el archivo de la causa "viene a corroborar la presunta persecución que por parte del actual equipo de gobierno de PP" se está ejerciendo hacia él y su familia durante este mandato. De hecho, ha recordado que en el procedimiento el propio alcalde testificó a favor del denunciante con hechos que la Audiencia Provincial valora "como plagados de referencia inconcretas y temporalmente indeterminadas".




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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #691 en: 23 de Agosto de 2014, 08:57:09 am »

ICOD DE LOS VINOS

La edil de Personal niega que haya acoso laboral a dos policías


23/ago/14 01:23
El Día, Santa Cruz de Tenerife

La concejal de Personal del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, María del Cristo Luis, niega que en el Ayuntamiento exista acoso laboral o persecución a dos policías locales que han solicitado compatibilizar su trabajo con la vida familiar.

María del Cristo Luis explica que "ha sido interés siempre del grupo de gobierno llevar a cabo políticas de conciliación de vida familiar y laboral". La edil aclara que, "de hecho, se han otorgado todas las peticiones de conciliación realizadas por empleados municipales, siempre que estas estuvieran dentro de la normativa vigente".

La responsable de Recursos Humanos del consistorio icodense comenta que "los dos empleados, policías locales, a los que se refiere" el comunicado del sindicato STAP "no cumplen los requisitos establecidos para su petición". María del Cristo Luis apunta que "se ha aplicado la Resolución de 28 de diciembre de 2012 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos".

Y matiza que en su artículo 8.1 se deja constancia de que, para poder disfrutar de flexibilidad horaria, los hijos de los empleados deben ser menores de 12 años, hecho que no se cumple en los casos mencionados".

María del Cristodice que "no es la primera vez que el sindicato STAP acusa de acoso laboral, delito tipificado, a esta concejala de Personal" y, "por tal motivo, ruego que se modere el lenguaje utilizado". Recuerda que "entra dentro de la tarea de una concejala escuchar las críticas a su gestión, no que se le acuse de delitos que deberían ponerse, en cualquier caso, en manos de la Justicia y no en las páginas de un periódico". "Aún así, no es objetivo de esta concejala acosar a ningún empleado", señala.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #692 en: 07 de Octubre de 2014, 06:24:11 am »
Hay que reconocerle a esta sargento su PERSEVERANCIA.


El fiscal del Supremo pide repetir el juicio por injurias a una agente de la Policía Local

La resolución aprecia «indefensión» porque parte de los testigos de la funcionaria no pudieron declarar en el proceso que absolvió a cuatro mandos municipales

12.03.2013 | 02:58

La agente, durante el juicio.

Marta PÉREZ

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación que presentó una agente de la Policía Local, sargento en el momento de los hechos, contra la sentencia de la Audiencia Provincial que absolvió a varios mandos del Cuerpo y a una limpiadora por falta de pruebas. En su resolución, el fiscal Carlos Castresana García, especifica que la indefensión de la denunciante «es palmaria» y considera que se debe declarar la nulidad de las actuaciones y repetir el procedimiento para permitir a la denunciante «ejercer con plenitud su derecho». Según esta resolución, el juicio debería volver a celebrarse en la Audiencia con tres magistrados distintos de los del procedimiento anterior.


La letrada de la agente, Ana García Boto, basó parte de su recurso de casación en la vulneración del derecho a la prueba, extremo que ha reconocido la fiscalía del Supremo. Así, esta parte del recurso se basa en que la sentencia absolutoria se centró en que la sargento no pudo demostrar las injurias -alegó que una de las diversiones de los imputados era insultarla en una tertulia de café y que alguien hizo lo mismo a través de la emisora de la Policía-, porque el presidente del tribunal que juzgó su caso impidió el mismo día del juicio el testimonio de varios testigos propuestos por la acusación particular, que previamente ya habían sido aceptados. Estos testigos, según Boto, eran los que habían escuchado los supuestos insultos que habían sido vertidos contra la sargento. El fiscal del Supremo le da la razón: «Estando todos ellos -los testigos- a disposición del Tribunal, en la sede del mismo, dispuestos para prestar declaración, en la segunda sesión del juicio, el Presidente, de manera inopinada, y sin otra explicación que la de asegurar que el Tribunal estaba ya suficientemente informado, decidió prescindir de todos los trece testigos de la acusación particular», y añade: «Fue privada ilegítimamente de su derecho a la prueba. La vulneración del artículo 6 del Convenio Europeo, en lo que se refiere al derecho a hacer examinar los propios testigos por el Tribunal, no puede ser más clara», recoge la resolución del fiscal.


Además, Castresana ve también indefensión cuando el tribunal reprocha a las acusaciones «no haber sido capaces de individualizar, determinar y demostrar la culpabilidad de los cinco acusados» y absolverlos, precisamente, «por considerar no desvirtuado el principio de presunción de inocencia».


La fiscalía del Tribunal Supremo también critica otros aspectos de la sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial. Así, cuestiona que el fallo no dedique «una sola línea de argumentación» a comentar la credibilidad que merecen los testimonios de los tres testigos de la acusación particular: la denunciante, el que había sido su marido, y la otra mujer de la limpieza del cuartel. «El Tribunal tampoco explica cómo ha llegado a la convicción de que la sargento es mujer de carácter difícil, ni como podría, a su entender, ejercer sus funciones en un órgano jerarquizado como la Policía sin hacer valer con frecuencia su graduación de sargento», expone también el fiscal.


En su resolución, Castresana concluye que la sentencia objeto de recursos «articula una suerte de "revictimización" de la víctima que debe ser corregida». La resolución no es firme, y contra ella cabe interponer un recurso de reposición.

Si señor...PERSEVERANCIA...

No puedo por menos que felicitarla por ponerle broche despues de varios años a este asunto. NINGUNA AFRENTA HA DE QUEDAR SIN RESPUESTA, SE TARDE EL TIEMPO QUE SE TARDE EN DEVOLVER EL GOLPE.


El tribunal Supremo ratifica la pena de los policías que injuriaron a la sargento García.



Los acusados antes de entrar al juicio en la Audiencia Provincial. / A. P.

    Les obliga a pagar las costas de la demandante y a publicar el fallo. También rebaja el tipo delictivo de la condena para una limpiadora del cuartel

    IDOYA REY |  OVIEDO.

7 octubre 201400:21

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo acaba de confirmar la pena para los cuatro agentes de la Policía Local condenados por un delito continuado de injurias contra su compañera la sargento Mercedes García. El alto tribunal les obliga además a hacerse cargo de las costas procesales correspondientes a la parte demandante y a publicar la sentencia.

Estas dos modificaciones atienden a sendas alegaciones de la abogada Ana Boto, que representó durante el largo proceso judicial a la sargento. El nuevo fallo recuerda que, según el Código Penal, la reparación del daño en los delitos de injurias y calumnias comprende también la publicación de la sentencia condenatoria. La Audiencia Provincial consideró suficiente la publicidad producida por la repercusión mediática que la causa tuvo, pero el Supremo incide en la postura apoyada también por el Ministerio Fiscal: «La publicación como parte de la reparación civil no puede obviarse si el ofendido lo interesa, como es el caso». El tiempo, forma y alcance deberá decidirlas el tribunal de origen.

El resto de puntos de las alegaciones esgrimidas por Boto, como la consideración de que las injurias responden motivos sexistas o la inclusión de otras descalificaciones emitidas contra su cliente a través de la radio municipal y colgados en el tablón de anuncios del cuartel del Rubín, han sido desestimados por el Supremo.

Porque lo que los tribunales asturianos consideraron probado el pasado febrero es que los cuatro policías (dos intendentes, un inspector y un agente) se reunían a tomar café en una sala del cuartel después de comer con un tema recurrente en sus conversaciones. Allí insultaban a la demandante. La llamaban «puta», que «había conseguido puestos a base de abrirse de piernas», que «hacía la calle porque le venía de familia» y que «su hijo era del (anterior) jefe» de la Policía Local.

El juez consideró que esas descalificaciones respondían a desencuentros profesionales y sindicales y descartó la agravante de motivos sexistas, decisión que ahora ratifica el Supremo. Los insultos con un estribillo desacreditativo que se escucharon por la radio que usan los agentes y los escritos vejatorios que aparecieron en el tablón de anuncios tienen una autoría desconocida.

Rebaja para la limpiadora

En el juicio hubo una quinta persona condenada, una limpiadora que trabajaba en el cuartel de Rubín y que participó, según el falló, en las descalificaciones a la sargento. Inicialmente fue condenada por un delito continuado de injurias, pero el Supremo reconoce que no existen fundamentos jurídicos ni relato probatorio que acredite que la acusada hubiera participado continuadamente en los insultos.

Por ello rebaja la pena a la mujer que deberá abonar una multa de 450 euros. El resto de condenados deberá pagar 6.720 euros de multa y ahora que la sentencia es firme podrían enfrentarse a sanciones disciplinarias.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #693 en: 07 de Octubre de 2014, 06:27:27 am »
Oviedo
Los presuntos acosadores de la sargento García ?son afines al anterior jefe de la Policía Local?

Trabajadores de Seguridad Ciudadana atribuyen ?las vejaciones? denunciadas por la funcionaria a una ?venganza? contra su marido

S. NEIRA / P. ALVEAR| OVIEDO


Mercedes García, en una charla. / MARIO ROJAS

El Juzgado de Instrucción número 2 investiga una denuncia de la sargento Mercedes García contra varios compa?eros de la Policía Local (algunos, oficiales) por supuesto acoso y vejaciones con connotaciones sexuales .
En el punto de mira: sindicatos y representantes del área inculpan a agentes cercanos al ex jefe de Seguridad Ciudadana Agustín de Luis y los acusan de una venganza contra la funcionaria.

Las cinco inculpados podrían perder su empleo si son declarados culpables

Con una escueta llamada a ?la actuación de las autoridades municipales y judiciales? rechazó ayer Mercedes García hablar de su denuncia ante la Fiscalía por supuestas vejaciones y acoso por parte de cinco compa?eros de la Policía Local. La sargento, con más de veinte a?os de experiencia en el Cuerpo, dijo sentirse ?bien? mientras regresaba a casa tras una jornada más al frente de la Unidad de Violencia de Género. ?Es una mujer muy fuerte. No ha cogido ninguna baja en este tiempo sólo por no darles el placer de verla hundida?, comentaron fuentes cercanas a la funcionaria.

Es el primer caso de estas características registrado en el área que engloba Policía y Bomberos, pero ayer pilló a pocos por sorpresa en el Cuartel de Rubín. Era la comidilla de los pasillos desde hacía bastante tiempo. La presunción de inocencia llevó a no se?alar directamente con el dedo a los ?tres mandos y dos agentes? implicados, pero algunos representantes y trabajadores del área cerraron el círculo: ?Son afines a Agustín de Luis?, coincidieron.
Todos basaron sus acusaciones en el mismo argumento. El cambio de Jefatura se produjo tras la salida de De Luis el 7 de diciembre de 2004. Entonces, el marido de Mercedes García, Benigno Suárez, era el presidente de la Junta de Personal en el Ayuntamiento y fue una de las voces más críticas con la polémica gestión de De Luis. ?Esto es una venganza?, achacaron.

Su inculpación coincide con una de las primeras protestas internas de la sargento en el Consistorio, antes de que el Juzgado de Instrucción número 2 investigara el caso. García insinuó entonces que su relación personal con un representante de UGT la situó en el ojo de mira de los afines al ahora asesor municipal del PP. Pero la falta de pruebas concisas hizo que el matrimonio ?descartara continuar por esa vía?.

Pero, ?por qué arremeter contra la mujer de Suárez en vez de contra él mismo? El sindicalista de UGT está liberado y en la actualidad prácticamente desvinculado del Consistorio, justificaron las mismas fuentes. En teoría, era más fácil 'castigarla' a ella. Aunque la ?intentaron amedrentar? a la vista de todos, la sargento optó por actuar con normalidad. ?Está condicionada por su profesión. Es la jefa de Violencia de Género, ?qué imagen iba a dar a las 200 mujeres que protege??, explicaron desde su círculo más cercano.

En los últimos tiempo las ?vejaciones con connotaciones sexuales? se agravaron, pero venían de mucho antes. Según consta en la denuncia ante el Juzgado, la funcionaria remonta los primeros hechos a finales de los 90, pero la situación explotó en los últimos tiempos. García utilizó primero los cauces internos para quejarse por las ?constantes mentiras? difundidas a través del tablón de anuncios. En otra ocasión, le robaron el bolso de su despacho.

Investigación municipal

Y a mediados de febrero, los supuestos acosadores difundieron más acusaciones (que mantenía una relación sexual con un compa?ero) por la emisora de la Policía Local. Este último hecho marcó un antes y un después. Quien fue la primera mujer en ingresar en la Policía Local denunció los hechos ante el Ayuntamiento. Se abrió una investigación judicial, instruida por Iván de Santiago, y el caso ha llegado a los tribunales al considerar que hay indicios de delito.
El fiscal provincial Gerardo Herrero recibió el expediente hace dos o tres meses y vio ?indicios de trato vejatorio?. El caso está ahora está manos del juez Ángel Sorandio.

Si la sargento demuestra que los acusados son culpables, podrían perder su puesto de trabajo. ?Depende del grado de implicación?, aclara el fiscal.

Eso si, en su rostro, haciendo la comparativa con las fotos que de ella se publicaron en 2008, ha quedado la huella de todo este proceso.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #694 en: 07 de Octubre de 2014, 12:28:06 pm »
Todos estos procesos tienen un coste, tanto personal como económico y profesional.

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #695 en: 07 de Octubre de 2014, 12:38:14 pm »
Todo deja huella, mi enhorabuena  :Plasplas

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #696 en: 10 de Octubre de 2014, 15:39:59 pm »
Una policía denuncia al alcalde de Villanueva del Trabuco por acoso laboral

La que fuera jefa del Cuerpo y el regidor ya se demandaron por malos tratos

Celina Clavijo málaga | Actualizado 10.10.2014 -

La ex jefa de la Policía Local de Villanueva del Trabuco ha denunciado al alcalde del municipio, Antonio Vegas (PSOE), por venir sufriendo, presuntamente, acoso laboral desde que en 2011 se demandaran mutuamente por malos tratos durante la relación sentimental que mantenían. El regidor precisó ayer que sólo se pronunciará "cuando se conozca la resolución judicial".

En concreto, la mujer, que tras ser destituida de su cargo ahora sigue ejerciendo como agente de la localidad, se refiere a las "hostilidades" que sufre "tanto dentro del ámbito laboral como a nivel personal". Y es que, según se desprende del escrito presentado ante el juzgado de instrucción de Archidona, la trabajadora está padeciendo una "violencia psicológica injustificada a través de actos negativos y hostiles en el trabajo" por parte del alcalde, quien ha iniciado, reza la denuncia, "una campaña de desprestigio" contra ella.

El "acoso constante" que la mujer argumenta le ha supuesto "bajas laborales por vez primera en su profesión" y le ha llevado a una situación "de hostigamiento e intimidación hasta el punto de plantearse abandonar el trabajo". De hecho, ha pedido "en innumerables ocasiones cambiar de destino" a otro municipio. Asimismo, la policía denuncia la "falta de equidad, incluida la Jefatura, en los turnos en relación con la prestación de servicios en fines de semana y horas nocturnas". Se refiere además a mensajes "intimidatorios" recibidos en su móvil.

El escrito recoge que, en agosto de 2011, cuando ella y el alcalde cruzaron denuncias por presuntos malos tratos, le denegaron "las vacaciones solicitadas, que no implicaban modificación de los servicios fijados para dicho periodo puesto que todos estaban cubiertos y se las concedieron, sin embargo, a otro agente". Recalca también que no se le abonaron las horas extras realizadas durante dos meses ni tampoco "las pagas extraordinarias que le correspondían", por lo que cree que ha habido "un trato desigualitario". Tras ser destituida, le cambiaron la cerradura de su despacho y, a día de hoy, no le han permitido "recuperar sus pertenencias".

La jueza determinó en junio el sobreseimiento de la causa. Ahora, es la Audiencia la que debe resolver. Falta por conocer la fecha en que se celebrará el juicio por las denuncias de maltrato. La fiscal pide para el alcalde y la policía tres años y medio de cárcel.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #697 en: 10 de Octubre de 2014, 15:44:49 pm »
Noticia de hoy pero de la que se tenían antecedentes en este foro.

EN VILLANUEVA DEL TRABUCO (MÁLAGA)


Piden prisión para un alcalde y para la exjefa de la Policía Local por maltrato mutuo
 16/02/2013 . 
 
La Fiscalía de Violencia de Género ha solicitado varias penas de cárcel por malos tratos habituales para el actual alcalde de Villanueva del Trabuco, Antonio Vegas (PSOE), y para su expareja y exjefa de la Policía Local del municipio, Carolina M., por los mismos delitos que el regidor, ´según informa El Mundo.

El alcalde y su expareja se denunciaron mutuamente por lesiones el 3 de julio de 2011, tras protagonizar un incidente en Benalmádena en el que se agredieron mutuamente.

En la pelea el alcalde le provocó a la entonces aún jefa de la Policía Local contusiones en el antebrazo y ansiedad, mientras que ella le causó contusiones en la nariz y en la mandíbula, según fuentes del caso.

Ambos se acusaron de malos tratos habituales, lo que motivó que se solicitara un informe del Instituto de Medicina Legal y Forense de Málaga, que entrevistó y examinó a los dos denunciantes, detectando en ambos rasgos de haber infligido y sido víctimas a un tiempo de malos tratos habituales, según fuentes judiciales.

Por ese motivo la Fiscalía elaboró un escrito de conclusiones provisionales en el que pide dos años y seis meses de cárcel para cada uno de ellos por un delito contra la integridad física del artículo 173.2 del Código Penal, por el que también se solicita la privación del derecho a la tenencia y porte de armas y la prohibición de aproximarse al otro por espacio de tres años y seis meses

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #698 en: 15 de Octubre de 2014, 14:08:09 pm »
Archivan la denuncia del sargento de la Policía por acoso laboral

La decisión se ha adoptado tras cursar una visita a las dependencias policiales y examinar el expediente

Jorge García Badía | Murcia
 @jgbadia
 
15 octubre 2014

«Fácilmente se puede deducir que guarda relación con las denuncias y acciones que, en vía judicial, también ha planteado, ante un pretendido y supuesto caso de acoso laboral». De esta forma se ha pronunciado la Inspección de Trabajo de Murcia, antes de archivar la denuncia por acoso que interpuso el sargento de la Policía Local de Beniel, José Joaquín Cánovas, contra el Ayuntamiento.
 
La decisión se ha adoptado tras cursar una visita a las dependencias policiales y examinar el expediente. Pero no ha sido ésta la única victoria del Consistorio en el pulso que mantiene contra el mando policial, ya que el Juzgado de lo Contencioso número 5 de Murcia también ha fallado «desestimar íntegramente» el recurso del sargento contra la resolución de la alcaldía que obligó a Cánovas a someterse a evaluación psicológica.

El fallo argumenta que la resolución recurrida por el mando policial pretendía «dictaminar» si estaba en condiciones de ejercer su trabajo, ante los «continuos enfrentamientos» con la entonces edil de Seguridad Ciudadana, Pilar Ruiz. «No se puede considerar que exista una vulneración de derechos fundamentales, sino el ejercicio razonable de un control sobre un profesional sometido a estrés». El examen psicológico no detectó nada.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #699 en: 06 de Noviembre de 2014, 08:07:13 am »
Sobreseída la causa del policía local de Santiago contra los exalcaldes Conde Roa y Ángel Currás

Hace 11 horas - EUROPA PRESS, SANTIAGO DE COMPOSTELA
El Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa contra los exalcaldes compostelanos por el, PP Ángel Currás y Gerardo Conde Roa, en relación a la investigación del caso de prevaricación y acoso moral sobre el exsubjefe de la Policía Local de Santiago José Antonio Carril.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la jueza Ana López-Suevos se pronuncia exclusivamente sobre la situación procesual de Ángel Currás y de su predecesor en la Alcaldía compostelana. La jueza había vuelto a imputar, en noviembre del año pasado, al entonces alcalde compostelano y a su antecesor en el cargo en esta causa tras conocerse conversaciones telefónicas grabadas que apuntarían a una trama contra el agente.

Tras recibir el informe de las escuchas ordenadas por la jueza de Lugo que investiga el caso Pokémon, la jueza también volvió a imputar a la exjefa de Seguridad del Ayuntamiento, Mar Hinojosa, como consecuencia de esas escuchas. Además, también había ampliado la condición de imputado al que fue asesor municipal Ángel Espadas en esta causa, en la que también está imputado el exconcejal de Tráfico Albino Vázquez, ambos detenidos en el marco de la Operación Pokémon y cuyos teléfonos estaban pinchados.

Las escuchas apuntaban a que el exconcejal de Tráfico había recurrido, en abril del 2012, a Ángel Espadas para que llamase de forma anónima al Ayuntamiento para tener "trincado" a José Antonio Carril realizando trabajos en su finca con material municipal en horario de servicio.

El policía local denunció "presiones" para hacer desaparecer el atestado policial de Ángel Espadas, quien poco antes de las elecciones municipales de 2011 había sido sorprendido dormido y ebrio al volante de su coche. Según el agente, su negativa a cumplir esa orden fue lo que habría motivado un supuesto acoso.