Autor Tema: Alcohol y drogas  (Leído 225152 veces)

Desconectado pindongo

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1180 en: 01 de Septiembre de 2011, 00:47:19 am »
Ego te absolvo a peccatis tuis in nomine Patris et Filli et Spiritus Sancti ¡Amén!  :santos

Buenas noches.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1181 en: 02 de Septiembre de 2011, 11:31:51 am »
detenido a las cuatro de la mañana

Absuelto un chino por no entender cómo soplar en un control de alcoholemiaLa jueza considera que no cometió un delito de desobediencia a la autoridad

Los mossos dudan si el absuelto utilizó el pretexto del idioma, ya que dispone de un permiso de conducir expedido en España

Una jueza de Tarragona ha absuelto a un ciudadano chino que no se sometió a un control de alcoholemia al considerar que no entendió lo que le pedían los mossos de Esquadra y, por tanto, no cometió un delito de desobediencia a la autoridad. El fiscal pedía diez meses de cárcel y dos años de retirada del permiso de conducir para el conductor de nacionalidad china, pero con permiso de conducción español, según informa el Diari de Tarragona. Los hechos ocurrieron sobre las cuatro de la madrugada del 31 de marzo, ha confirmado a Efe la policía autonómica, cuando los Mossos d'Esquadra detuvieron un vehículo y pidieron a su conductor que soplara el etilómetro. Sin embargo, el conductor no hacía bien la prueba, por lo que los agentes, que le hablaron en castellano, recurrieron incluso a la mímica para hacerse entender.

Ante la imposibilidad de llevar a cabo la prueba, los agentes inmovilizaron el vehículo. La jueza considera que no ha quedado acreditado que el conductor "entendiera todas y cada una de las indicaciones de los agentes", ni "la relevancia del requerimiento y las consecuencias de la negativa a someterse a las pruebas", según la sentencia.

Al día siguiente, cuando el conductor fue a retirar su vehículo hizo la prueba correctamente en su primer intento, según dijo porque un amigo le había explicado cómo hacerlo. Fuentes de los Mossos han explicado a Efe que, dentro del máximo respeto a la sentencia judicial, creen que el conductor usó el pretexto del idioma, y más teniendo en cuenta que dispone de un permiso de conducir expedido en España.

El conductor hace cuatro años que reside en España, si bien solo se relaciona con la comunidad china y su conocimiento del castellano es muy rudimentario, según su abogado defensor. El letrado, que pedía la libre absolución, también alegó que su cliente pidió sin éxito un traductor o bien un abogado.

Desconectado 47ronin

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1182 en: 19 de Septiembre de 2011, 15:19:58 pm »
Que te apartes, coño!!!

Un conductor bebido pide a la Policía Local que se aparte de su camino

El automovilista llamó la atención de los agentes que actuaban en la plaza de España y terminó siendo denunciado

19.09.11 - 13:01 - REDACCIÓN | BADAJOZ

Un hombre de 54 años fue denunciado el pasado fin de semana por conducir bebido. Lo curioso es que los agentes se fijaron en él porque se dirigió a una patrulla policial para pedirle que se apartara de su camino.

El suceso ocurrió el sábado a las 3.30 horas y lo desencadenó el propio automovilista, que llamó la atención de los funcionarios que se habían desplazado a esa zona de la ciudad para controlar el horario de los locales de ocio.

El conductor dio 0,85 en la primera prueba de alcoholemia (lo autorizado es 0,25) y repitió el resultado en la segunda, por lo que le ha sido imputado un presunto delito contra la seguridad vial que podría salirle muy caro.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1183 en: 19 de Septiembre de 2011, 17:42:32 pm »
Buah, eso no es na. 1,27 tuve yo uno el sábado.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1184 en: 20 de Septiembre de 2011, 05:34:50 am »
Quizas donde prestes servicio se asi(perdona el tuteo si no lo ves adecuado me lo comentas), yo soy policia municipal en madrid donde el acceso al decano quizas no sea sencillo, la verdad jamas lo he intentado, pero es que ademas no quisiera yo levantar esa liebre, y que yo sepa en plomo, que es como comunmente conocemos a la unidad de pmm en que se efectuan diligencias no reseñan por estos delitos, que yo sepa.

Un saludo
Hola, tarde, pero es que en Agosto de vacaciones y me esta costando ponerme al día.  Bueno al lio, como siempre he dicho, en Madrid, ni se trabaja bien ni mal, simplemente de forma diferente. Se que se trasladan a los codidos a plomo (he estado ahi alguna vez y no cmo cocido XD), pero por el mero hecho de que siempre se haya hecho no significa que este bien.  Si no hay una directriz concreta en su cuerpo, yo actuaría conforme a la ley.  Poco mas puedo aportar.
Un salu2

Desconectado tixe

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1185 en: 20 de Septiembre de 2011, 10:44:39 am »
Que te apartes, coño!!!

Un conductor bebido pide a la Policía Local que se aparte de su camino

El automovilista llamó la atención de los agentes que actuaban en la plaza de España y terminó siendo denunciado

19.09.11 - 13:01 - REDACCIÓN | BADAJOZ

Un hombre de 54 años fue denunciado el pasado fin de semana por conducir bebido. Lo curioso es que los agentes se fijaron en él porque se dirigió a una patrulla policial para pedirle que se apartara de su camino.

El suceso ocurrió el sábado a las 3.30 horas y lo desencadenó el propio automovilista, que llamó la atención de los funcionarios que se habían desplazado a esa zona de la ciudad para controlar el horario de los locales de ocio.

El conductor dio 0,85 en la primera prueba de alcoholemia (lo autorizado es 0,25) y repitió el resultado en la segunda, por lo que le ha sido imputado un presunto delito contra la seguridad vial que podría salirle muy caro.

 ;ris; es que me pasó algo parecidísimo..
Estando dando más fase y cortando en verde a la otra vía, un señor de la primera fila de vehículos me dice por la ventana "eh atontao que esta en verde dejáme pasar ya" y yo le medio miro y paso de su tema. Cuando empiezo a retirarme para dar paso, hago la señal y le veo hablando por el móvil a lo que le digo al compañero del siguiente semáforo que lo pare... al final 1,12 en segunda y subiendo. Además de la denuncia del móvil y los correspondientes puntos.  :partirse


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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1186 en: 21 de Septiembre de 2011, 13:41:17 pm »
Que te apartes, coño!!!

Un conductor bebido pide a la Policía Local que se aparte de su camino

El automovilista llamó la atención de los agentes que actuaban en la plaza de España y terminó siendo denunciado

19.09.11 - 13:01 - REDACCIÓN | BADAJOZ

Un hombre de 54 años fue denunciado el pasado fin de semana por conducir bebido. Lo curioso es que los agentes se fijaron en él porque se dirigió a una patrulla policial para pedirle que se apartara de su camino.

El suceso ocurrió el sábado a las 3.30 horas y lo desencadenó el propio automovilista, que llamó la atención de los funcionarios que se habían desplazado a esa zona de la ciudad para controlar el horario de los locales de ocio.

El conductor dio 0,85 en la primera prueba de alcoholemia (lo autorizado es 0,25) y repitió el resultado en la segunda, por lo que le ha sido imputado un presunto delito contra la seguridad vial que podría salirle muy caro.

 ;ris; es que me pasó algo parecidísimo..
Estando dando más fase y cortando en verde a la otra vía, un señor de la primera fila de vehículos me dice por la ventana "eh atontao que esta en verde dejáme pasar ya" y yo le medio miro y paso de su tema. Cuando empiezo a retirarme para dar paso, hago la señal y le veo hablando por el móvil a lo que le digo al compañero del siguiente semáforo que lo pare... al final 1,12 en segunda y subiendo. Además de la denuncia del móvil y los correspondientes puntos.  :partirse

Te parecerá bonito. El pobre hombre pidiéndote amablemente que le dejaras llegar a su destino y vas tú y le entretienes hasta el punto de hacerle perder varios minutos de su valioso tiempo, además de hurtarle el coche con la grúa...

:cul
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1187 en: 21 de Septiembre de 2011, 13:42:00 pm »
Que te apartes, coño!!!

Un conductor bebido pide a la Policía Local que se aparte de su camino

El automovilista llamó la atención de los agentes que actuaban en la plaza de España y terminó siendo denunciado

19.09.11 - 13:01 - REDACCIÓN | BADAJOZ

Un hombre de 54 años fue denunciado el pasado fin de semana por conducir bebido. Lo curioso es que los agentes se fijaron en él porque se dirigió a una patrulla policial para pedirle que se apartara de su camino.

El suceso ocurrió el sábado a las 3.30 horas y lo desencadenó el propio automovilista, que llamó la atención de los funcionarios que se habían desplazado a esa zona de la ciudad para controlar el horario de los locales de ocio.

El conductor dio 0,85 en la primera prueba de alcoholemia (lo autorizado es 0,25) y repitió el resultado en la segunda, por lo que le ha sido imputado un presunto delito contra la seguridad vial que podría salirle muy caro.

 ;ris; es que me pasó algo parecidísimo..
Estando dando más fase y cortando en verde a la otra vía, un señor de la primera fila de vehículos me dice por la ventana "eh atontao que esta en verde dejáme pasar ya" y yo le medio miro y paso de su tema. Cuando empiezo a retirarme para dar paso, hago la señal y le veo hablando por el móvil a lo que le digo al compañero del siguiente semáforo que lo pare... al final 1,12 en segunda y subiendo. Además de la denuncia del móvil y los correspondientes puntos.  :partirse

Te parecerá bonito. El pobre hombre pidiéndote amablemente que le dejaras llegar a su destino y vas tú y le entretienes hasta el punto de hacerle perder varios minutos de su valioso tiempo, además de hurtarle el coche con la grúa...

:cul


 :carcaj :partirse ;ris;
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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1188 en: 21 de Septiembre de 2011, 13:42:54 pm »
Ya sabes..., tenemos que quitaros la fama de malos-malisimos


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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1189 en: 04 de Octubre de 2011, 10:36:47 am »
Detenida en Palma una mujer de 64 años que conducía ebria y se enfrentó a la Policía

La acusada, que cuadruplicó la tasa de alcoholemia, tuvo que ser perseguida y golpeó el vehículo de los agentes

M. OLLÉS. PALMA Una mujer de 64 años fue detenida el pasado fin de semana en Palma por conducir ebria y enfrentarse a los agentes, que la interceptaron tras una breve persecución. La acusada, que dio una tasa de alcoholemia cuatro veces superior a la máxima permitida, increpó a los policías y golpeó el coche patrulla. Otro conductor ebrio fue arrestado tras provocar un accidente en el que una mujer resultó herida.

El pasado sábado la base del 092 recibió varias llamadas que informaban de que un coche circulaba por la barriada de es Molinar en dirección al centro de Palma de forma extraña, por lo que una patrulla se dirigió hacia la zona en busca del vehículo sospechoso.

Los agentes no tardaron en dar con él. Era un Toyota Yaris detenido en un semáforo y que pese a tener luz verde para avanzar no se movía. Los policías pararon a su lado y preguntaron a la mujer que iba al volante si tenía algún problema. Aunque la conductora dijo que no y aseguró que estaba llegando a su casa, los agentes sospecharon que estaba ebria, por lo que le pidieron que bajara del coche.

La mujer no solo se negó, sino que arrancó y trató de escapar. Sin embargo, el coche patrulla logró interceptarla, cruzándose en su camino tras una breve persecución. La reacción de la conductora fue airada. Aunque los agentes consiguieron que se apeara, la acusada comenzó entonces a insultarles a gritos e incluso propinó varios golpes contra el vehículo policial.

La mujer fue reducida y sometida a un control de alcoholemia cuyos resultados confirmaron las sospechas de los agentes. Según la prueba conducía con una tasa de 1,1 miligramo de alcohol por litro de aire espirado, cuando el máximo permitido es 0,25. Así, quedó detenida por un delito contra la seguridad vial y otro de resistencia.

Por otra parte, un alemán de 54 años fue arrestado el pasado jueves por causar un accidente, en el que una mujer resultó herida, cuando circulaba ebrio por Palma. El hombre conducía por la confluencia de la calle Rubén Darío con la avenida de Portugal, cuando colisionó por alcance contra el turismo que le precedía, que estaba parado.

Cuando la Policía Local llegó al lugar comprobó que el conductor que había causado el siniestro presentaba síntomas claros de haber consumido bebidas alcohólicas. Los agentes lo sometieron a un control, que arrojó un resultado de 1,26 miligramos por litro, cinco veces más que el máximo legal. El acusado confesó que había bebido varias cervezas y fue detenido. Mientras tanto, la conductora del vehículo contra el que se estrelló fue trasladada a una clínica, ya que se quejaba de un fuerte dolor en las cervicales.

Durante el fin de semana, la Guardia Civil ha detenido en Mallorca a siete personas por conducir ebrias y ha denunciado a otras 67 en las 1.061 pruebas de alcoholemias realizadas

Desconectado PELAYO

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1190 en: 04 de Octubre de 2011, 12:15:16 pm »
Buah, eso no es na. 1,27 tuve yo uno el sábado.


El record en Plomo está en 1,51 mg/l en aire espirado.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1191 en: 04 de Octubre de 2011, 17:14:49 pm »
Buah, eso no es na. 1,27 tuve yo uno el sábado.


El record en Plomo está en 1,51 mg/l en aire espirado.

 :Burla

En Plomo.....en vía pública 1´91 mg/l TAEE.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1192 en: 07 de Octubre de 2011, 15:21:01 pm »
DECISIÓN DE LA AUDIENCIA DE MURCIA

Absuelven a un conductor borracho por su "pericia" para huir de la Policía

Según los jueces que lo han absuelto, "no tiene ningún sentido" que, yendo tan borracho, realizase tantas maniobras para huir.
LIBERTAD DIGITAL

La Audiencia Provincial de Murcia exculpó de un delito de conducción bajo los efectos del alcohol a un conductor que iba borracho. El motivo de la absolución: "fue capaz de llevar a cabo una conducción plena de pericia y velocidad" mientras huía de los agentes.


En la ciudad de Murcia, a seis de abril del año dos mil once

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00083/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL de MURCIA

Sección Tercera

ROLLO número: 166/2010

Juicio Rápido número: 110/2010

JUZGADO DE LO PENAL número 1 de Murcia

SENTENCIA número: 83/2011

Iltmos. Srs.:

Presidenta: Dª María Jover Carrión

Magistrados:

D. Augusto Morales Limia

D. Juan Miguel Ruiz Hernández

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el procedimiento arriba indicado procedente del Juzgado de lo Penal también reseñado, por delito contra la seguridad del tráfico que pende ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por Procuradora doña Ester Díaz Martín en nombre y representación de Conrado contra la sentencia dictada en los mismos el día 20 de abril de 2010 por el Iltmo. Sr. Magistrado de dicho juzgado.

Ha sido ponente don Augusto Morales Limia, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO.-

Primero.-Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.-El relato de hechos probados de la sentencia de Instancia es el siguiente: "Que el día 8 de abril de 2010 se le realizó a Conrado - por agentes de la autoridad competentes y con las formalidades legales correspondientes-un control de alcoholemia tras una accidentada persecución, que dio un resultado positivo, concretamente 0,45 y 0,43 miligramos de alcohol por litro de aire expirado. Además, según la Fuerza Actuante, Conrado presentaba signos externos evidentes de ir conduciendo bajo la Influencia de bebidas alcohólicas, ya que se le apreciaban los siguientes síntomas: aliento con olor a alcohol, deambular vacilante, habla pastosa, y realización incorrecta de todas las pruebas de coordinación propuestas. La persecución que los agentes realizaron al acusado, fue como consecuencia de no parar al hacerle el alto, a pesar de hacerles señales con una linterna, que golpeó con el coche, causándole a aquélla daños no tasados".

Tercero.- El falto de la sentencia apelada condena al acusado como autor de un delito contra la seguridad del tráfico del art. 379 CP a la pena de seis meses multa, con cuota diaria de seis euros, treinta y tres días de trabajos comunitarios y a un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, y costas.

Cuarto.-Admitido el recurso, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia previa deliberación y votación por parte de la Sala.

HECHOS PROBADOS.-
UNICO.-Se modifican los de la sentencia apelada, que quedan definitivamente del siguiente tenor:

Que el día 8 de abril de 2010 se le realizó al acusado Conrado - por agentes de la Policía Local de Murcia - un control de alcoholemia, tras una accidentada persecución del vehículo conducido por dicho acusado, que dio un resultado positivo de 0,45 y 0,43 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. No hay mínima seguridad de que dicho acusado condujese su vehículo con afectación de sus capacidades personales como consecuencia de esa previa ingesta de alcohol.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.-
PRIMERO: Dictada sentencia condenatoria contra el acusado apelante como autor de un delito básico contra la seguridad del tráfico del art. 379 CP se interpone por su parte recurso de apelación en el que invoca error en la valoración de la prueba y, de forma implícita pero clara, vulneración de la presunción de inocencia puesto que en el texto de su recurso hace alusión expresa a que no está probada la influencia del alcohol en la conducción, o sea, se cuestiona por esta vía uno de los requisitos exigidos por el tipo penal pues junto a la conducción de un vehículo a motor y la ingesta previa de alcohol o drogas por parte del sujeto activo se requiere efectivamente que esa ingesta de las sustancias a que se refiere el precepto haya influenciado al conductor, es decir, haya producido alteraciones físicas o psíquicas de que acrediten objetivamente que ese conductor no estaba en condiciones de conducir un vehículo a motor. Y también invoca Infracción del principio in dubio pro reo.

SEGUNDO:En este caso no hay duda de que el acusado conducía su coche y de que había ingerido previamente algunas cervezas, dato este último que él mismo reconoce, y de hecho dio una tasa positiva en el control de alcoholemia que se le practicó. Lo que no está nada claro es que se haya probado que dicho acusado condujese influenciado por el alcohol ingerido previamente por su parte, al menos en términos de suficiente racionalidad.

Frente a una tasa de alcohol más bien baja (0,45 y 0,43 mlgr. alcohol por litro de aire espirado), según enseña una cierta experiencia forense y pone de manifiesto la propia sentencia apelada ("no es muy habitual este resultado con esa tasa de alcohol, que puede considerarse baja"), sorprende bastante una reseña de síntomas externos en el atestado que más bien es indicativa de una altísima afectación alcohólica, de lo que parece desprenderse una importante incompatibilidad en el comparativo final de los datos que se pueden manejar aquí.

En efecto, se hace constar en dicho atestado que el acusado presentaba los siguientes signos externos supuestamente representativos de su estado; "respiración: cansada; aliento: olor a alcohol; rostro: pálido; ojos: muy rojos y brillantes; pupilas: dilatadas; equilibrio: vacilante, no mantiene línea recta; andan mal, vacilante; paso sobre la raya: no mantiene la verticalidad; prueba dedo a dedo: mal; prueba dedo a nariz (mano derecha): mal; prueba dedo a nariz (mano izquierda): mal; extensión de los brazos (mostrando palmas y dorsos de la mano): mal; contar dedos de la mano: mal; extensión pierna derecha: mal; extensión pierna izquierda: mal; ropa: desordenada; habla: pastosa, con la boca seca; otros síntomas y comportamiento del sometido: colabora".

Pero también se hizo constar, y así se repite en juicio por los agentes, que el conductor se acercaba al control policial a gran velocidad, que como quiera que no se detuvo en el mismo salieron en su persecución aproximadamente durante 2 kms e, incluso, pese a ese lamentable estado personal que debiera deducirse de los datos de sintomatología externa que reflejaba el atestado, también puede desprenderse de lo que explican los policías tanto en el atestado como en el juicio que dicha persona llevó su conducción durante dicha persecución con plena pericia técnica por su parte pues teniendo en cuenta que supuestamente no era capaz de contar bien los dedos de la mano, o que no era capaz de llevarse bien el dedo a la nariz, o que extendía mal su pierna derecha (que sirve para la palanca del acelerador) o que extendía mal su pierna izquierda (que activa el embrague), o que no era capaz de mantener la verticalidad, etc no se comprende que fuera capaz de mantener mínimamente el control de su vehículo mientras tomaba las curvas a gran velocidad y hacía incluso derrapajes utilizando el freno de mano, tal como contó alguno de los agentes actuantes, sin que al parecer estuviera cerca, en algún momento, de sufrir un accidente o colisión, pues con tales datos del atestado y con esa forma de conducir a gran velocidad y con todo tipo de peripecias no se entiende que no perdiera el control del vehículo, ni que pareciera perderlo, pues ni el atestado ni los agentes cuando declaran en juicio dan a entender que pudiera efectivamente llegar a sufrir un accidente. En definitiva, nos encontramos con datos que racionalmente parecen hacer absolutamente incompatibles una conducción llena de pericia técnica con una verdadera influencia del alcohol previamente ingerido. No tiene ningún sentido.

Es cierto que las manifestaciones en juicio de los agentes de policía dan a entender que el acusado pudiera ir muy afectado por su ingesta previa de alcohol, en la línea de lo que dice el atestado, pero lo cierto es que el sentido común y la racionalidad de lo acontecido chirrían muchísimo en este caso. No tiene ninguna lógica que el acusado presentara una sintomatología tan invalidante como la que describe el atestado y ratifican los agentes en juicio, y que a la vez fuera capaz: de llevar a cabo una conducción de un automóvil plena de pericia y velocidad en la que se llega a afirmar en el atestado que dicho conductor fue rebasando todos los semáforos que encontró en su trayectoria haciéndolo con la luz roja, derrapando en las curvas, accionando para ello el freno de mano, y que en cambio ello no le supusiera en ningún momento, como decimos, la pérdida de control sobre el vehículo ni por supuesto ningún tipo de accidente pues nada consta al respecto. No se entiende que fuera capaz no ya de correr con su coche sino simplemente de conducirlo, mucho menos en esa forma en que lo hizo, durante bastante distancia y con realización de todo tipo de maniobras por su parte, si es que de verdad presentaba aquellas malísimas condiciones personales para hacerlo que reflejó el atestado y que pusieron de manifiesto los agentes en juicio. Una cosa y otra son racionalmente incompatibles entre sí.

Y luego, tenemos incluso que uno de los agentes manifiesta que dicho acusado fue andando hasta el coche desde las puertas de las dependencias policiales, a 20 metros de distancia, para recoger la documentación del vehículo si bien le acompañó uno de los agentes, lo que resulta racionalmente incompatible con una sintomatología externa que refleja datos tales como "equilibrio vacilante, no mantiene la línea recta; girar vacilante; no mantiene la verticalidad, anda mal; prueba de dedo a nariz, mal; prueba de dedo a dedo, mal; extensión de los brazos, mal; extensión pierna derecha, mal; extensión pierna izquierda, mal". Y desde luego el término "acompañado" no significa "sujetado", que es lo que parece que habría que haber hecho para que una persona en tan pésimas condiciones físicas como las que describe dicho atestado fuese capaz de llegar por su propio pie hasta el automóvil después de recorrer una distancia de 20 metros; lo lógico es pensar que se hubiera caído al suelo, pero no consta que se cayera sino todo lo contrario.

Pero es que también el agente número NUM000 , a preguntas de la Defensa, reconoce que el acusado "era capaz de hablar coherentemente", según consta en el acta del juicio. Se trata de dato favorable que sin embargo no reflejó el atestado, tal como debiera haber hecho, pues lo que se reseña respecto a su habla es negativo, con lo que ciertamente vuelve a no tener sentido lo que transmiten en el atestado y ratifican en juicio los agentes.

E incluso el agente de Policía Local NUM001 reconoce, a preguntas del Fiscal, una posible incompatibilidad entre la tasa positiva de alcohol que reflejó la prueba realizada al acusado y la sintomatología externa reseñada en el atestado - que la sentencia de instancia acepta sin más sin profundizar las circunstancias del caso -. También apunta datos que no se reflejaron en aquella sintomatología externa del atestado, tal como manifestar que el acusado "estaba nervioso y manifestaba que estaba humillado", o aludir a que "presentaba momentos de abatimiento y de relajación, nervios" (tampoco reflejado en el atestado) y que sin embargo se manifiestan en el juicio. Y son datos importantes porque su omisión debilita muchísimo la diligencia de reseña de signos externos del acusado.

En definitiva, son tantas las incoherencias e incompatibilidades serias que aquí se presentan entre lo que refleja el atestado, 16 que se explica en juicio, lo que fue una forma de conducir del acusado que representa necesariamente una gran pericia técnica por su parte, junto a una tasa bastante baja de alcohol y una sintomatología externa espectacular por invalidante, que la sala llega a la conclusión de que nos encontramos ante una situación de muy extrema dificultad para construir con todo ello un discurso medianamente lógico o sensato que sirva a la condena penal.

No se trata de revisar y valorar de nuevo en esta segunda instancia las manifestaciones personales de los policías vertidas en el acto del juicio, cosa que en esencia no hacemos pues partimos de que son manifestaciones incriminatorias contra el acusado en el sentido que les ha dado el juez a quo y como tal las tratamos, y por cuanto que las puntuales referencias que hemos hecho a manifestaciones concretas de algún agente sólo sirven de ejemplo de lo absurdo de la condena dictada en este caso, sino de analizar la racionalidad y coherencia del discurso de la sentencia de instancia, que es cuestión diferente. Mientras que la valoración de lo que sucede en juicio con la practica de la prueba personal, bajo el prisma de la inmediación, corresponde al juez o tribunal de instancia, el control de la sensatez del discurso sentenciador, en este caso para el dictado de la condena, es del tribunal de alzada.

Por estas razones, a partir del examen conjunto de todo lo actuado, del total de las actuaciones, Incluyendo en ello todas las explicaciones que se dan en el atestado, tanto en lo que se refiere a sintomatología externa del acusado, claramente invalidante para cualquier persona, como a la pericia técnica que en cambio demostró en su conducción, como lo que se aporta en juicio o lo que se deduce de la baja tasa de alcohol, se llega a la conclusión por parte de esta sala de que no es aceptable en este caso condenar con toda esa extraña mezcolanza de datos y manifiesta incompatibilidad entre los unos y los otros. La condena penal dictada en este caso por delito de conducción de vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas parece absurda.

En consecuencia se estima el recurso. Procede absolver al acusado.

TERCERO: Procede decretar de oficio las costas de esta alzada, conforme al art. 240-1 de la LECrim .

Vistos los preceptos aplicables al caso y los demás de general aplicación,

FALLAMOS.-
Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del acusado Conrado contra la sentencia de fecha 20 de abril de 2010 dictada en el curso del juicio rápido número 110/2010 del Juzgado de lo Penal n° 1 de Murcia , debemos REVOCAR Y REVOCAMOS el fallo de aquélla y en su lugar se dicta el siguiente: Que DEBEMOS ABSOLVER Y ABSOLVEMOS al citado acusado del delito contra la seguridad del tráfico por el que venia condenado en la instancia, dejando sin efecto los pronunciamientos punitivos y de otro tipo que se recogen en el fallo de la sentencia apelada. Se declaran de oficio las costas de la primera instancia y las de esta alzada.

Notifíquese en debida forma a las partes la presente sentencia.

Llévese el original al legajo correspondiente haciendo las anotaciones oportunas en los libros de este Tribunal

Devuélvanse las actuaciones originales al Juzgado de procedencia acompañadas de testimonio literal de la presente resolución a los efectos legales oportunos, de lo que se recabará acuse de recibo para constancia en el Rollo de Sala.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

DILIGENCIA.-
Por medio de la presente, en el mismo cuerpo documental de la sentencia anterior y a continuación de la misma, se informa a las parles que contra la misma no cabe recurso ordinario, salvo los extraordinarios previstos por la ley, doy fe.


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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1193 en: 10 de Octubre de 2011, 13:33:46 pm »
hay que hacer un resumen o poner lo interesante en negrita, que cada vez nos cuesta más leer una parrafada tan grande.
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1194 en: 10 de Octubre de 2011, 13:37:46 pm »
En la cita está la negrilla...y la argumentación que se da para absolver, en la sentencia.

Desconectado sinpalotes

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1195 en: 10 de Octubre de 2011, 13:46:10 pm »
Ojeándolo por encima, voy a hacer yo un resumen:

- Control de alcoholemia montado. Intentan parar a un coche y como no para, le golpean con la linterna en el capó. El coche no para y se inicia una persecución a gran velocidad.
- Consiguen finalmente dar el alto al coche y da una tasa de 0,43.
- Al confeccionar el atestado, los Policías describen demasiadas cosas para la tasa que ha dado. En concreto "se hace constar en dicho atestado que el acusado presentaba los siguientes signos externos supuestamente representativos de su estado; "respiración: cansada; aliento: olor a alcohol; rostro: pálido; ojos: muy rojos y brillantes; pupilas: dilatadas; equilibrio: vacilante, no mantiene línea recta; andan mal, vacilante; paso sobre la raya: no mantiene la verticalidad; prueba dedo a dedo: mal; prueba dedo a nariz (mano derecha): mal; prueba dedo a nariz (mano izquierda): mal; extensión de los brazos (mostrando palmas y dorsos de la mano): mal; contar dedos de la mano: mal; extensión pierna derecha: mal; extensión pierna izquierda: mal; ropa: desordenada; habla: pastosa, con la boca seca; otros síntomas y comportamiento del sometido: colabora"."

La sentencia se basa que se ha descrito mal la influencia de las bebidas alcohólicas en la conducción y la contradicción en la descripción de los síntomas y las preguntas en el juicio oral.

Fin.
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1196 en: 20 de Octubre de 2011, 12:56:41 pm »
Un conductor se ausenta de un accidente en Vigo y después acude a las dependencias policiales en estado ebrio

Otro conductor da positivo en la prueba de alcoholemia tras provocar un siniestro con 3 coches implicados

Compartir en:     Agencias - VIGO - 20-10-2011 Agentes de la Policía Local de Vigo han instruido diligencias a un individuo que se ausentó del lugar donde sufrió un accidente y, posteriormente, se presentó en dependencias de las fuerzas de seguridad en estado ebrio y acompañado de un amigo, el cual fingió inicialmente haber sido el responsable del siniestro.

Los hechos, según informa la Policía Local, se produjeron cerca de las 23.30 horas del miércoles en la calle Manuel de Castro, a la altura del número 40, cuando un vehículo se salió de la vía por el lado derecho y provocó cuantiosos daños materiales en dos vehículos estacionados, un árbol y un contenedor de residuos orgánicos. Tras el choque, el conductor retrocedió, corrigió la dirección y escapó hacia la calle Pablo Iglesias.

En el lugar, la Policía pudo apreciar una 'prolongada huella de derrape', de unos 34 metros, la cual 'evidencia una velocidad excesiva' por parte del vehículo al dar una curva.

Un testigo de lo ocurrido, conductor de una motocicleta, había seguido al coche accidentado, logrando ver que el conductor dejaba el automóvil en las proximidades de la confluencia de Pablo Iglesias con la Florida y se marcha a la carrera dejando cerrado el coche.

Este testigo dio la descripción del individuo a los agentes, quienes comprobaron los datos del sospechoso y se percataron de que en su historial figuraban dos suspensiones del permiso de conducir ya cumplidas. Además, una dotación policial acudió al domicilio de este hombre, si bien no pudo localizarlo.

Más tarde, sobre las 2.00 horas, el hombre se personó en el gabinete de Atestados en un 'acusado estado ebrio', según informa la Policía Local, que precisa que el individuo apareció en compañía de un amigo que 'pretendía hacerse pasar por el conductor responsable del siniestro'.

Sin embargo, al informar a esta persona de las consecuencias y responsabilidad que pudiese asumir, finalmente se retractó y el titular del vehículo reconoció haber sido el autor. Por ello, fue sometido a la prueba de alcoholemia, la cual arrojó un resultado positivo de 0,63 miligramos por litro, en aire espirado.

En esta situación, le fueron instruidas diligencias por un presunto delito contra la seguridad vial y conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.


Al tener experiencia sabe del procedimiento y conoce que nadie va a poder probar la relación alcohol-choque en el momento de producirse...y que tras los "nervios" del momento le indujeron a beber alcohol durante las dos horas y media que mediaron entre el choque y su personación.

ABSUELTO.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1197 en: 21 de Octubre de 2011, 00:34:19 am »
Al tener experiencia sabe del procedimiento y conoce que nadie va a poder probar la relación alcohol-choque en el momento de producirse...y que tras los "nervios" del momento le indujeron a beber alcohol durante las dos horas y media que mediaron entre el choque y su personación.

ABSUELTO.

Por aquello de la duda razonable.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1198 en: 21 de Octubre de 2011, 00:35:54 am »
Al tener experiencia sabe del procedimiento y conoce que nadie va a poder probar la relación alcohol-choque en el momento de producirse...y que tras los "nervios" del momento le indujeron a beber alcohol durante las dos horas y media que mediaron entre el choque y su personación.

ABSUELTO.

Por aquello de la duda razonable.



Aunque.........igual la "presi"..........si. :partirse   

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1199 en: 11 de Noviembre de 2011, 15:35:34 pm »
Padece diabetes
La policía francesa tirotea a un valenciano que enfermó al volante

El camionero, residente en Orpesa, se desvaneció por un choque hipoglucémico y los agentes le dispararon porque no se detenía y zigzagueaba por una autovía

   
El camión, parado en la autovía. Sudoest,/Guillaume Bonnaud


TERESA DOMÍNGUEZ, VALENCIA Un camionero valenciano salvó la vida milagrosamente después de ser tiroteado por la policía francesa en plena autovía cuando el chófer acababa de sufrir una grave indisposición. Al parecer, los agentes intentaron darle el alto al ver que conducía zigzagueando y que había chocado contra varios coches. Al no obtener respuesta, dado que el conductor estaba semiinconsciente, no se lo pensaron dos veces y abrieron fuego sobre el vehículo: cuatro de los proyectiles impactaron en las ruedas y dos más en el motor.

Los hechos sucedieron sobre las once y media de la mañana del pasado miércoles en el anillo interior que circunvala Burdeos, en sentido norte. Varios conductores alertaron a la policía de autopistas de Aquitania —la región del suroeste francés de la que es capital Burdeos— de que un camión de 38 toneladas conducía en una alocada carrera y zigzagueando, como si estuviese fuera de control.

Una patrulla dio alcance al tráiler y realizó numerosas señales luminosas y acústicas para que el chófer se detuviese, pero no surtieron efecto. Por ello, los agentes colocaron su coche patrulla a la altura de la cabina y, sin más, dispararon varias veces sobre el vehículo pesado. Según ha informado la propia policía, cuatro de las balas impactaron en los neumáticos y dos más, en el motor.

Finalmente, el camionero paró como pudo el tráiler, propiedad de una empresa española con delegación en un municipio valenciano, y se detuvo en el carril de la izquierda, tras colisionar contra la valla que protege la mediana que divide en dos la circunvalación de Burdeos.

Fue entonces cuando los policías descubrieron que el conductor ni pretendía huir, ni había bebido. Simplemente había perdido el conocimiento a causa de un choque hipoglucémico —una bajada brusca del nivel de glucosa en la sangre, que puede producir un coma diabético e incluso la muerte—.

El camionero, Rufino S. de 63 años, y residente en Orpesa, fue evacuado de urgencia a un hospital de la capital aquitana, donde continúa recuperándose. Es conductor de transportes internacionales desde hace cuarenta años y padece diabetes desde hace tiempo, aunque nunca antes había sufrido un episodio similar.

La intervención policial provocó el corte completo de los dos carriles de la autovía, por lo que los agentes responsables del tráfico tuvieron que desviar a los vehículos por otras carreteras, hasta que la circunvalación fue reabierta pasadas las cuatro y media de la tarde del miércoles.

Los medios de comunicación locales no han informado de si los policías que tirotearon al camionero deberán comparecer ante un juez por su acción.