Autor Tema: Alcohol y drogas  (Leído 207167 veces)

Desconectado Shin-Chan2

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #140 en: 15 de Diciembre de 2006, 13:59:12 pm »
Es que me parece una circular extra?a, porque hay sustancias que no están sujetas a tasa alguna y aplicar el principio de intervención mínima es desactivar el tipo.
Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

franciscodeasis

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #141 en: 15 de Diciembre de 2006, 14:02:54 pm »
Chan lo pintes como lo pintes alguien que da esa tasa esta influenciado hasta las cejas, es más por lo que se deduce del primer mensaje fue en un control preventivo, por lo que me imagino que a parte de la tasa que es mas de cuatro veces superior a la permitido, presentaria sintomas y dudo mucho que gc no rese?ara sintomatologia, por lo que el constitucional no habla de neurolepticos( por cierto detalle de poner esto pedante y soberbio a tope), dice que como no se le ha visto efectuar ninguna acción que demuestre la influencia no hay delito.

 Y esto va contra el sentido comun, contra el sentimiento de la sociedad, contra los sentimientos de las victimas de accidentes de trafico, y contra toda lógica, ahora bien ellos mandan, y lo saben, pero estan tan altos que no ven lo que pasa aqui abajo.

Un saludo.

Desconectado Shin-Chan2

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #142 en: 15 de Diciembre de 2006, 14:09:52 pm »
Según la noticia, los guardias no mencionan nada con referencia a enervar el delito. Por otro lado, podrá ir contra todo lo que dices, pero lo que es claro es que contra lo que no va es contra la ley. Mientras que esta no marque una tasa que implique la comisión de un delito, no podrá aducirse la comisión de este por la existencia de una tasa.
Salud y suerte.
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franciscodeasis

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #143 en: 15 de Diciembre de 2006, 14:12:04 pm »
 No chato si eso lo tengo claro,  hasta ahi llego sin enervarme, que no marca una tasa. Vale pa ti.

Un saludo.

Desconectado uortbilbo

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #144 en: 15 de Diciembre de 2006, 14:28:44 pm »
en mi modesta opinión, únicamente teniendo como fuente a un medio de comunicación, creo que los compa?eros de la GC no lo han hecho del todo bien según relata la noticia. Hay muchas veces que el testimonio oral mejora o empeora una causa y en este caso, siempre analizando únicamente lo que está publicado puesto que no hay más datos, lo ha empeorado pero creo que ha faltado un poquito de profesionalidad por parte de los compa?eros si lo que deseaban era imputarle un delito contra la seguridad del tráfico, no se puede ir al Juzgado no recordando los hechos como reza en la noticia. Me parece más un titular de un medio sensacionalista y que desvirtua el delito contra la seguridad del tráfico  que verdaderamente los juzgados se dediquen sistematicamente a echar los atestados. Creo que todos hemos imputado infinidad de atestados por este motivo y la mayoría se resuelven positivamente salvo cuando nos relajamos y no lo hacemos del todo bien, otra cosa es que estemos deacuerdo que simplemente una tasa tan alta sea delito o no, pero ateniendonos a la legalidad vigente .....ojo que no soy fan de jueces y Juzgados.

Desconectado pindongo

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #145 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:08:30 pm »
Nulla poena sine legem.
Salud y suerte.

Que susto,   :mus;  leyendo rápido he entendido: ni una polla sin lengua  ;ris; ;ris;

No obstante, el tribunal de instancia hizo hincapié en que "no hubo ningún otro elemento para considerar probado que el acusado tuviera sus facultaddes psicofísicas mermadas como consecuencia del alcohol ingerido", ya que uno de los agentes no recordaba nada y el otro dio respuestas vagas e imprecisas.

Habra que ver la sentencia completa, pero me da que en el texto que se cita arriba reside parte del contenido absolutorio.

Conectado 47ronin

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #146 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:13:07 pm »
Cuando el grado de impregnación alcohólica sea superior a 1,2 gr. de alcohol por 1.000 c.c de sangre o su equivalente de 0,60 mg de alcohol en litro de aire espirado, podrá estimarse que esa elevada hemoconcentración etílica evidencia por sí misma una merma de las facultades psicofísicas exigibles para la conducción segura de un vehículo a motor en cualquier conductor, con el consiguiente riesgo para la seguridad vial, habida cuenta de que constituye cuestión prácticamente unánime entre especialistas en las ciencias toxicológicas que a partir de tal grado de intoxicación etílica los reflejos y capacidad de percepción se encuentran objetivamente afectados, si bien con ligeras variaciones dependientes de las características orgánicas del sujeto. No obstante, si excepcionalmente dicha tasa de alcohol no fuera acompa?ada, pese a su carácter elevado, de sintomatología que revelase signos externos de afectación etílica en el conductor, ni constase acreditada maniobra irregular alguna en la conducción de la que deducir la misma, corresponderá a la acusación, y en consecuencia al Ministerio Fiscal, proponer prueba acerca de la influencia necesaria de esa tasa de alcohol en las facultades psicofísicas para la conducción del vehículo a motor del imputado (STC 2? n? 68/2004, de 19 de abril), a cuyo efecto puede ser de interés la pericial de médicos forenses o especialistas en ciencias toxicológicas.

En supuestos de alcoholemia comprendidos entre 0,8 y 1,2 gramos dealcohol por 1.000 c.c. de sangre, o lo que es lo mismo, entre 0,40 y 0,60 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales acusarán por delito contra la seguridad del tráfico cuando concurran circunstancias tales como la existencia de síntomas de embriaguez en el conductor, la comisión de infracciones reglamentarias que denoten una conducción peligrosa o descuidada o el haber provocado un accidente de circulación.

Por último, si la tasa de alcohol es inferior a 0,80 gr. de alcohol por 1.000 c.c. de sangre ó 0,40 mg. de alcohol por litro de aire espirado, las Sras. y Sres. Fiscales no ejercitarán la acción penal por delito del art. 379 CP, derivando los hechos a la vía sancionadora administrativa, salvo en aquellos casos singulares en que por concurrir circunstancias que evidencien una efectiva afectación de la capacidad psicofísica para la conducción del imputado, existan indicios bastantes de la comisión de dicho delito.

Desconectado Shin-Chan2

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #147 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:31:47 pm »
Nulla poena sine legem.
Salud y suerte.

Que susto,   :mus;  leyendo rápido he entendido: ni una polla sin lengua  ;ris; ;ris;


Si es que estás en una edad muy mala. Pero leyendo el mensaje me he dado cuenta de que he metido el acusativo y no corresponde. La cosa debe quedar "nulla poena sine lege". Que oxidado tengo el latín.
Salud y suerte.
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Desconectado pindongo

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #148 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:35:29 pm »
me he dado cuenta de que he metido el acusativo

Eso,  ;bron;  urgando en la herida.   ;ris;  ;ris; INHUMANO.

Desconectado Shin-Chan2

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #149 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:37:08 pm »
La culpa es tuya.
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Desconectado expres

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #150 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:37:46 pm »
Nulla poena sine legem.
Salud y suerte.

Que susto,   :mus;  leyendo rápido he entendido: ni una polla sin lengua  ;ris; ;ris;

No obstante, el tribunal de instancia hizo hincapié en que "no hubo ningún otro elemento para considerar probado que el acusado tuviera sus facultaddes psicofísicas mermadas como consecuencia del alcohol ingerido", ya que uno de los agentes no recordaba nada y el otro dio respuestas vagas e imprecisas.  :carcaj :carcaj :carcaj :carcaj pero que golfo eres siempre pensando en lo mismo tontorrón :manitas

Habra que ver la sentencia completa, pero me da que en el texto que se cita arriba reside parte del contenido absolutorio.
he sufrido he llorado y no me ha servido de nada.¿Será que no valgo para esto?

franciscodeasis

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #151 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:43:24 pm »
Vamos a ver tengo que entonar un mea culpa, he empezado a contestar no habiendo leido los expuesto en  el mensaje de sanroque2222, en el que aunque sea un extracto periodistico,se esboza los razonamientos juridicos de la sentencia.

 A si que daba por supuesto que los agentes "recordaban los sintomas". y la verdad que ese no me acuerdo echa bastante abajo el delito, no obstante ahi esta el voto particular de uno de los magistrados en consonancia con el supremo que da como valida la existencia única de la tasa alta para que se de el delito.

  Ahora bien segun pone es un control y al hilo de lo comentado por uortbilbo, supongo que no son los agentes los que imputan el delito por superar x tasa, sino que remiten al fiscal que es el que imputa, segun la instrucción que nos cuelga Ronin.


 Entonces nos ponemos en el pellejo de los guardias civiles con cientos de pruebas y que remiten todas aquellas que superen esas tasas.

  ? tienen que acordarse de cada una de esas pruebas para testimoniar los sintomas en el juicio oral?

 Si ya se como recordamos nosotros los profesionales los sintomas y entonces somos profesionales de cabo rabo," si se?oria el denunciado presentaba  ojos enrojecidos, fuerte aliento a alcohol, habla pastosa y conversación repetitva etc", lo recuerdo como si fuera hace cinco minutos.


Un saludo.

  

franciscodeasis

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #152 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:46:16 pm »
Y por cierto chan seria:


    Nullum crimen, nulla poena sine lege:


Un saludo.

Desconectado Shin-Chan2

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #153 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:49:53 pm »
No he puesto el nullum crimen porque el ilícito sí se da. Lo que no existe es una ley que establezca una tasa que implique un delito. Es decir no se puede penar a nadie, porque la pena para la tasa no está se?alada por ley.
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franciscodeasis

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #154 en: 15 de Diciembre de 2006, 16:59:50 pm »
La Audiencia Provincial de Madrid, en cambio, sí condenó al conductor a cuatro meses de multa con una cuota diaria de seis euros y privación del permiso de conducir por un a?o y seis meses como autor de un delito contra la seguridad del tráfico.

Esta sentencia entendía que este delito es de peligro abstracto y no requiere el resultado de un peligro concreto: basta con la conducción con las facultades mermadas por el alcohol. "La peligrosidad genérica existe por el mero hecho de conducir el vehículo con las facultades psicofísicas mermadas", lo que el Tribunal Supremo estableció en 1989 en conducir con un 2 por mil de alcohol en sangre, puesto que ello "produce en todo caso graves disturbios en el campo de la confusión y alteraciones sensoriales".

Por su parte, el magistrado Guillermo Jiménez Sánchez considera que se debería haber denegado el amparo al conductor, porque con el límite establecido por el Supremo para considerar mermadas las capacidades de conducción se basa en criterios científicos, "criterios que resultan idóneos para la acreditación del elemento típico".


 Parece que el supremo opina de otra manera, el codigo penal no puede poner todos los datos, si pone influencia, no puede a continuación poner que influencia es hacer esto  y aquello.

  Ejemplo. no pone que la influencia este probada  a partir de tal tasa.

               Pero tampoco pone que la influencia este probada por conducir en zig zag.

 Para eso esta la apreciacion de la prueba de los magistrados y la jurisprudencia.


 Y eso es de lo que me quejo yo, es que en esta sentencia el constitucional ha sido supergarantista con el presunto delincuente, pero no asi con la sociedad y con todos nosotros, en definitiva creo que actuado "a fortiori"

Un saludo.

Desconectado Shin-Chan2

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #155 en: 15 de Diciembre de 2006, 17:10:56 pm »
Como he dicho antes, el Constitucional no entra en el contenido del CP. Resuelve, en este caso, un recurso en el que el recurrente ha visto lesionado un derecho y le da la razón. Claro que es posible que la apreciación de la prueba sea diferente según quien enjuicie. Sin embargo, lo que aquí parece haberse dirimido es si la carga de la prueba aceptada por los otros tribunales, era suficiente para quebrar la presunción de inocencia. El Constitucional entiende que no, porque al no existir más indicios de delito que la comprobación objetiva de una tasa y que de la testifical de los guardias, no se desprendiese ninguna influencia efectiva en la conducción, no ha quedado desmontada esa presunción. Entiende el Constitucional que la suposición de ese mecanismo biológico, en este caso, no basta para acreditar una influencia que los guardias no apreciaron. Así pues, ?es posible condenar por un delito en abstracto, a una persona que no dió muestras de la perpetración del delito ni a los testigos presenciales?.
Salud y suerte.
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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #156 en: 15 de Diciembre de 2006, 17:58:47 pm »
Las asociaciones advierten de que nadie ?se va a ir de rositas? pese a la sentencia

R. L. V.


Madrid- El que la hace, la paga. Y la controvertida sentencia del Constitucional no va a alterar la máxima en que se basa cualquier sistema judicial. Así lo advirtió ayer el presidente de Automovilistas Europeos Asociaciones (AEA). Mario Arnaldo manifestó que la sentencia del TC ?no es novedosa, sino que viene a confirmar la ya reiterada doctrina de nuestro más Alto Tribunal sobre el valor de las pruebas de alcoholemia: que el test de la Guardia Civil en carretera no es, por sí solo, suficiente para sustentar la condena de un delito de seguridad contra el tráfico?.

   Hecha esta aclaración, Arnaldo advirtió de que nadie debe llevarse a equívoco tras la decisión adoptada por el tribunal. ?Que nadie se equivoque. Ningún conductor ebrio se va a ir ?de rositas?, ya que, aunque un tribunal, como en este caso, absuelva al conductor, ahora la Dirección General de Tráfico le puede imponer una sanción de hasta 600 euros y la retirada de su carné de conducir hasta tres meses?.

   Indemnizaciones

   También conviene recordar, según el presidente de AEA, que, a pesar de esta sentencia, ?en caso de que un automovilista ebrio tenga un accidente, las indemnizaciones por los da?os causados tendrá que asumirlas con su propio patrimonio?.

   Por último, Arnaldo dijo que ?sentencias como la del Constitucional tienen ya los días contados por cuanto está en tramitación una reforma del Código Penal que sí va a permitir mandar a la cárcel a aquellos conductores que en el test de alcoholemia superen el 1,2 gramos por litro en sangre?.


salu2

 ;cosc;
   
Nunca te arrepientas de lo que hagas, sino de lo que no hiciste y deberías de haber hecho.

La justicia debe imperar de tal modo, que nadie deba esperar del favor de temer de la arbitrariedad.

Desconectado Rico_Recios

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #157 en: 15 de Diciembre de 2006, 18:14:30 pm »
 :aplaus :aplaus

Conectado 47ronin

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #158 en: 15 de Diciembre de 2006, 19:08:09 pm »
que sí va a permitir mandar a la cárcel a aquellos conductores que en el test de alcoholemia superen el 1,2 gramos por litro en sangre?.

JA, JA y JA... no entran ni habiendo matado a cinco personas, van a entrar por una "simple" alcoholemia positiva.

Desconectado Jaromir_Hladik

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #159 en: 15 de Febrero de 2007, 11:51:20 am »
MADRID.- La Guardia Civil ha detenido a dos médicos residentes del Hospital de Getafe por alterar los análisis de alcohol en sangre de un ex compa?ero suyo. El médico llegó al centro después de haber dado el doble de lo permitido al soplar en un control rutinario. Él ha sido arrestado por tráfico de influencias

Si este hombre pensó alguna vez que tener amigos le iba a servir para librarse de la Guardia Civil, se equivocó. Y si sus amigas pensaron que era fácil enga?ar a los agentes, también se colaron. Al final, los tres han terminado detenidos. Y el mayor disgusto se lo van a llevar las dos mujeres, médicos residentes del Hospital de Getafe, a las que no les iba nada en el asunto.

La historia, un tanto kafkiana, empezó en septiembre del a?o pasado. El día 9, para ser exactos. El escenario era nocturno. Las cuatro de la ma?ana, carretera secundaria del sur de la Comunidad, cerca de Valdemoro. Unos guardias civiles del destacamento de Tráfico están en un control de alcoholemia y paran a un coche.

El conductor, que lleva un Peugeot, se baja con signos evidentes de embriaguez. Los agentes le piden que sople y él acepta. Negarse, al fin y al cabo, no tiene sentido, porque la pena es mayor que si uno sopla y da positivo.

Se le hacen dos pruebas de alcoholemia con el etilómetro, como manda la Ley. En la primera, el hombre da 0,54 miligramos de alcohol por litro de sangre. Es decir, más del doble de lo permitido , que es 0,25 para el conductor de un turismo que no sea novel.

Como ha dado positivo, el hombre no puede marcharse. Los agentes le dejan un tiempo para repetir la prueba. Normalmente se espera una media hora y, en caso de que se repita el positivo, se aplica cierta benevolencia y se multa sólo por el resultado más bajo.

Segundo intento
Pasa el rato, el hombre vuelve a soplar y da 0,46. Bueno. No está tan mal como el anterior, pero sigue siendo una tasa de alcohol altísima, así que los guardias le detienen. Cuando eso ocurre, el siguiente paso es llevarse al conductor, si él quiere, a un hospital para que se le practique un análisis de alcohol en sangre, que es el que después tendrá validez ante el juez.

Hasta ahí, la cosa es más o menos normal. Uno de tantos casos en los que un conductor ebrio da positivo. Pero al llegar al centro, los agentes se quedaron a cuadros: ?Hola, ?cómo estás??, ??Cuánto tiempo sin verte!?, y otros comentarios por el estilo.

El hombre conocía a medio hospital. Desde que entraron en la recepción ya iba saludando a gente. Literalmente, el informe policial dice que ?el trasladado saluda de forma amigable y con confianza al personal del hospital?. Una enfermera a la que antes había saludado lo llevó a una sala para que se le realizara la extracción de sangre, y él dijo a los guardias que mejor no le acompa?aran.

Más tarde, los guardias civiles reciben el resultado de los análisis: ?Negativo?. Con la mosca detrás de la oreja, los agentes iniciaron sus pesquisas. Averiguaron, por ejemplo, que al conductor se le habían realizado dos análisis de sangre. En el primero, de las seis y media de la ma?ana, el resultado fue de 1,40 gramos por litro de etanol en sangre.

Ya habían pasado dos horas y media desde su detención en la carretera M-942, en Valdemoro, pero la tasa seguía siendo altísima. De hecho, casi el triple de la permitida, que es de 0,5 gramos por litro. El segundo análisis, en cambio, se le practicó bastante después, a las 07.45 horas.

Éste es el que dio negativo, y el que luego fue entregado a los agentes. Sin embargo, del primer análisis nunca se les dijo nada. Además, los guardias civiles descubrieron que el implicado también es médico y que encima había trabajado durante tres a?os en ese mismo hospital.

Como los análisis que recibieron habían resultado negativos, lo pusieron en libertad con cargos. Sin embargo, el pasado 29 de enero, después de averiguar todos estos datos, lo arrestaron, acusado de los presuntos delitos de tráfico de influencias y contra la seguridad del tráfico.

Detenidas el lunes
Los agentes continuaron su investigación. Ya habían descubierto que el médico utilizó sus contactos en el hospital para conseguir una análisis favorable. Pero todavia faltaba encontrar a sus cómplices. El pasado lunes, dos médicos residentes del área de Urgencias, de primer y tercer a?o, fueron detenidas por un presunto delito de prevaricación.

La primera intervino en la trama al solicitar la primera analítica al paciente, según las investigaciones. Los agentes creen que ocultó el resultado positivo o bien omitió los trámites para tener que decir a los guardias que el conductor había dado 1,40 de alcohol en sangre.

La otra médico solicitó la segunda prueba y, según fuentes de la Agrupación de Tráfico, actuó de manera consciente para que los agentes recibieran esta prueba que había dado negativo y no la primera.

La treta no resultó. Las dos médicos se han metido en un lío por haber intentado ayudar a su ex compa?ero, pero finalmente no lo consiguieron. Él, por evitar una multa o no perder puntos del carné, se enfrenta a una condena por tráfico de influencias, además de lo que ya tenía.