Autor Tema: Alcohol y drogas  (Leído 224451 veces)

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1800 en: 24 de Junio de 2020, 07:05:26 am »

El juez Marchena sentencia que se puede condenar por conducir borracho pese a no superar el límite legal
El conductor alegaba un fallo del alcoholímetro, pero el Tribunal considera que el "olor a alcohol" y el "habla lenta" basta para imponer la pena
Fecha
24/06/20access_time 1:02

El Tribunal Supremo ha condenado a un hombre por conducir borracho pese a que éste alegaba que el índice de alcohol podría estar en el límite de lo permitido. El juez Manuel Marchena considera que más allá del índice que diera, otros síntomas como el olor o los ojos vidriosos son suficientes para entender que el estado de embriaguez del acusado pone en riesgo la vida de otros conductores. 

El hombre conducía a las dos de la mañana cuando le interceptaron en un control de alcoholemia. Se realizó las pruebas voluntariamente y el resultado fue de 0,66 mgrs. de alcohol en aire respirado [el límite marcado por el Código Penal es de 0,60 mgrs].

Los agentes esperaron media hora y a las dos y media le repitieron la prueba, esta vez dando 0,62 mgrs. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Confidencial Digital, el acusado presentaba síntomas de ingesta alcohólica como “olor a alcohol, ojos vidriosos y habla lenta”.

El hombre recurrió esta sentencia de 2018 alegando que el margen de error del etilómetro obliga a reducir el grado de presencia de alcohol. Si se aplicara este margen de error, el segundo resultado quedaría en 0,57 mgrs, es decir, por debajo de lo permitido.
Síntomas suficientes de embriaguez

El ponente de esta sentencia y presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, considera que es “incuestionable” que de la misma manera que un positivo en esos parámetros supone una condena para el acusado, “la absolución no es obligada cuando existen otros elementos de juicio que lo avalan”.

En este caso dice que es “inequívoco” llegar a la conclusión de que el conductor estaba poniendo en riesgo la integridad de las personas a consecuencia de su “estado de embriaguez”.

Por eso el Alto Tribunal indica que, aunque se hubiera incorporado el margen de error en el alcoholímetro, existen pruebas suficientes para condenar al acusado porque su contacto con el alcohol era “innegable”.

Hablan los magistrados  del manejo del vehículo “haciendo desplazamientos laterales hacia izquierda y derecha así como con la línea longitudinal discontinua de separación de carriles bajo el eje longitudinal”.
Rebaja de la pena impuesta

En hombre fue condenado a una multa de seis euros diarios durante siete meses y a la retirada de carné durante año y medio por el Juzgado de Instrucción 8 de Bilbao.

Tras agotar las demás vías, recurrió ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que sí corrigió la condena de acuerdo con la que pedía el fiscal. Finalmente el acusado tendrá que hacer 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad y se le prohíbe conducir por el plazo de un año.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1801 en: 24 de Junio de 2020, 17:30:06 pm »
No se sale de controles de alcoholemia.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1802 en: 01 de Julio de 2020, 06:47:58 am »

El 'efecto Listerine': Marta, la trabajadora de Ciudad Real que cuadruplicó la tasa de alcohol sin beber
Según los expertos, el enjuage bucal tiene alcohol que en aire expirado puede confundir al alcoholímetro y dar más de un susto a los conductores.
30 junio, 2020 17:08

Enrique Recio @RecioEN

07.00 horas. Marta —nombre ficticio—, como cada lunes, se levanta, prepara el desayuno a los niños, se ducha, se lava los dientes y coge el coche para ir al trabajo. De pronto, se topa con un control de alcoholemia a los pocos minutos de salir de su casa, en Ciudad Real. Está tranquila, ni siquiera recuerda la última vez que se tomó una copa.

Sin embargo, esa sensación desaparece cuando el guardia civil de Tráfico le comunica que ha dado 1,25 mg/l en aire respirado, es decir, cuadriplica la tasa permitida de alcohol en España (0,25 mg/l). Perpleja, pide al agente que le realice de nuevo la prueba.

No hay suerte, Marta sigue dando 1,25 mg/l. Ella sigue insistiendo en que no ha bebido alcohol y, ante tal escenario, el guardia civil le pide que le relate todo lo que ha hecho antes de coger el coche para ir al trabajo. Esta ciudadana comienza a contarle su rutina de cada mañana hasta que el agente le pregunta con qué se ha lavado los dientes y ella responde que siempre utiliza listerine, el famoso enjuage bucal.

Entonces, todo cuadra. Y es que los restos de este enjuague todavía permanecían en la boca de Marta y habían confundido al alcoholímetro. No obstante, Marta tuvo que ir a un hospital cercano para hacerse un análisis de sangre y confirmar que no había tomado alcohol. Así fue, dio negativo y se libró de la multa. 

Delito penal

Este escenario no es único sino que se repite a menudo en los controles de alcoholemia, según aseguran a este periódico fuentes de la Guardia Civil. El enjuage bucal puede causar más de un problema al conductor si lo toma por las mañanas para lavarse los dientes y acto seguido, se topa con un control de alcoholemia. Seguramente, dará positivo y superará con creces la tasa permitida.

Así lo confirma también la farmacéutica y divulgadora Gemma del Caño. "El enjuage bucal tiene alcohol que en aire expirado puede confundir al alcoholímetro y dar más de un susto al conductor", esgrime.

No obstante, ante esta situación, el agente puede advertir que el alcoholímetro no coincide con la realidad. "Hasta una tasa de 0,35 mg/l el olor a alcohol es indectectable, pero a partir de 0,45 el conductor abre la ventanilla y la halitosis es notoria. Entonces, es cuando puede darse el caso de que haya utilizando enjuage bucal", explica un agente de Tráfico de la Guardia Civil.
15 minutos

¿Qué se hace en estos casos? El agente deberá practicar un segundo control de aire y de seguir dando positivo, el conductor deberá hacerse una prueba de contraste en el hospital más cercano para evitar la multa y el delito. Pues a partir de 0,60 mg/l se instruyen diligencias y se puede imputar un delito penal.

"El efecto del enjuage bucal puede durar unos 15 minutos en la boca, el usuario puede darse cuenta cuando lo utiliza: el sabor permanece en la boca durante un tiempo. Al final es un susto, no pasa nada, es más el tiempo que pierde el conductor en hacerse la prueba en el hospital", sostiene este agente de Tráfico.

Si quieren evitar más de un susto por la mañana, cuando vayan a trabajar, tal vez sea mejor utilizar pasta de dientes y dejar el enjuage bucal para antes de dormir.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1803 en: 18 de Agosto de 2020, 12:44:55 pm »

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1804 en: 18 de Agosto de 2020, 13:14:08 pm »
No hay test de drogas no se sale de controles de alcoholemia demasiado poco pasa

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1805 en: 04 de Octubre de 2020, 14:00:15 pm »

Detenido Nacho Vidal por conducir sin carné y bajo la influencia de una droga



El actor dio negativo en la prueba de alcoholemia y el test de sustancias estupefacientes, pero se tambaleaba y reconoció que había consumido un peligroso psicotrópico
El coche del actor tras ser interceptado por la Policía Nacional. /MAR GUADALAJARA
El coche del actor tras ser interceptado por la Policía Nacional. /
MAR GUADALAJARA
JAVIER MARTÍNEZ
Valencia
Domingo, 4 octubre 2020, 12:33
 
Moviéndose a uno y otro lado, como si se fuese a caer, y con las pupilas dilatadas por los efectos de una o varias sustancias. Así bajó Nacho Vidal de su coche cuando un policía nacional le ordenó que saliera del vehículo en Valencia. El actor de cine para adultos obedeció al agente y se sometió al control de alcoholemia y al test salival de detección de sustancias estupefacientes, cuyos resultados fueron negativos, aunque la policía lo detuvo por un delito contra la seguridad vial tras comprobar que tenía retirados todos los puntos del carné de conducir.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1806 en: 05 de Octubre de 2020, 06:47:50 am »

Estos son los conductores a los que el Gobierno prevé bajar más la tasa de alcohol: llegará casi al 0,0
La Comisión de Seguridad Vial del Congreso insta al Ejecutivo modificar el nivel de alcohol en sangre permitido a los usuarios de la vía.
4 octubre, 2020 19:48

N. A.

El Congreso de los Diputados ha aprobado esta semana instar al Gobierno a reducir la tasa máxima de alcohol en sangre permitida a conductores durante los dos años siguientes a la obtención del permiso de conducir, a 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l en aire espirado). Así lo han acordado este jueves los grupos parlamentarios de la Comisión de Seguridad Vial de la Cámara Baja, al aprobar la Proposición no de Ley del PSOE, con 32 votos a favor y cinco abstenciones.

La propuesta también insta al Ejecutivo a reducir la tasa máxima de alcohol en sangre permitida a conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, a 0,20 g/I en sangre (0,10 mg/l en aire espirado).

De aprobarse la nueva norma, los 500 euros y la retirada de cuatro puntos se aplicaría en el momento en que el alcoholímetro muestre una tasa superior a 0,10 mg/l. Según la iniciativa del grupo socialista, que ha rechazado incorporar una enmienda de Vox, el objetivo de estos cambios es adecuarse a las recomendaciones de la Organización Mundial de Salud y de la Comisión Europea.

Durante la sesión, también se ha aprobado, por unanimidad, una Proposición no de Ley del PSOE relativa a fomentar el uso del airbag entre motoristas. A esta iniciativa se ha presentado una enmienda del PP, por lo que ambos grupos han acordado un nuevo texto.
Uso del airbag en motos

Así, la Cámara Baja insta al Ejecutivo a promover, en colaboración con las administraciones competentes y los diferentes agentes sociales, el uso del airbag y otros elementos de protección individual del motorista, con el objetivo último de reducir el número de fallecidos y lesionados en las carreteras y viales españoles.

La tercera iniciativa que ha recibido el respaldo de la Comisión ha sido la presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, para implantar un plan específico de medidas para reducir la accidentalidad de los usuarios vulnerables e incentivar la movilidad activa.

En este caso, la formación naranja ha aceptado las enmiendas de PP y Vox, y la iniciativa ha salido adelante con 29 votos a favor, tres en contra y cinco abstenciones.

En esta propuesta se quiere elaborar una guía de buenas prácticas sobre la configuración de infraestructura viaria para incentivar la movilidad activa y garantizar la seguridad de los usuarios vulnerables, sobre todo en entornos urbanos y periurbanos.

También se aboga por, en aquellos tramos de carreteras en los que tenga lugar un mayor número de accidentes de peatones y ciclistas, realizar una auditoría de la infraestructura desde la perspectiva de los usuarios vulnerables y elaborar un plan de intervención para reducir los elementos que aporten peligrosidad a la vía.
Exámenes de Tráfico

Por el contrario, los grupos han rechazado una proposición del PP sobre la reanudación del servicio público de exámenes de tráfico y su no suspensión en ningún día laborable del año 2020 en ninguna Jefatura Provincial y Local de Tráfico para paliar en su totalidad los efectos del estado de alarma decretado como consecuencia de la crisis del Covid-19.

Tampoco ha salido adelante otra propuesta popular sobre la modificación de las medidas especiales dictadas por el Gobierno para la inspección técnica de vehículos (ITV) en aras a no retrotraer la fecha de revisión a los plazos originales de vencimiento para ningún vehículo cuya inspección caducara durante el estado de alarma decretado como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Finalmente, se ha rechazado una proposición de Vox relativa a vehículos de movilidad personal post Covid-19, así como la del Grupo Parlamentario Republicano sobre la transferencia a la Generalitat de Cataluña de la competencia en materia de examinación y expedición del permiso de conducir.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1807 en: 05 de Octubre de 2020, 23:34:46 pm »
 ;guit; pues que vayan comprando autocares para llevar al plomo al los denunciados
« Última modificación: 06 de Octubre de 2020, 06:22:09 am por 47ronin »

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1808 en: 05 de Febrero de 2021, 06:51:14 am »
Es habitual, irse del luegar y alegar ·beber después de·....a quien no le ha pasado alguna vez una actuación asi?

IN DUBIO PRO REO


Alcoholemia a destiempo: una juez de Pamplona archiva un delito de tráfico

Los policías le hicieron la etilometría una hora y media después de accidentarse y el investigado alegó que había bebido tras conducir
jesús morales / pamplona 03.02.2021 | 21:48

Después de chocar su furgoneta del trabajo contra un turismo en Burlada, el conductor se marchó a su casa en el barrio pamplonés de Etxabakoitz. Aunque triplicó la tasa positiva en la alcoholemia que le efectuaron agentes de la Policía Municipal de Burlada una hora y media después, una juez de Pamplona ha archivado la causa por considerar que el delito de conducción bajo la influencia de las bebidas alcohólicas no quedó suficientemente acreditado, ya que el propio investigado alegó que había bebido después de conducir y porque la sintomatología que presentaba no era relevante.

La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Pamplona ha dictado un auto de sobreseimiento de la causa dirigida contra un conductor de 37 años que el 22 de noviembre de 2019, sobre las 19.45 horas, sufrió un accidente de chapa en la calle La Fuente de Burlada. El hombre, que circulaba en la furgoneta de una empresa de construcción, chocó contra un turismo estacionado y posterior se ausentó del lugar.

Un testigo comunicó lo ocurrido a SOS Navarra, que puso los hechos en conocimiento de la Policía Municipal de Burlada, junto con la matrícula de la furgoneta implicada en el accidente y el nombre de la empresa de construcción que aparecía rotulado en el lateral del vehículo. Tras realizar diferentes gestiones, los agentes de la Policía Municipal lograron identificar al conductor implicado en el siniestro y se desplazaron hasta su domicilio a las 20.30 horas.

Allí, ante la sospecha de que pudiera estar influenciado por bebidas alcohólicas, los agentes le efectuaron una prueba con un etilómetro indiciario en la que arrojó un resultado de 0,84 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, más del triple de la tasa legal y constitutiva de un delito contra la seguridad vial. Por este motivo, el hombre fue conducido a las dependencias de la Policía Municipal de Barañáin, donde fue sometido a sendas mediciones con un etilómetro de precisión, a las 20.56 y a las 21.10 horas, en las que dio resultados igualmente positivos de 0,76 y 0,77 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Incoada la causa penal, el conductor, representado por el abogado Francisco Javier Moreno-Vidal, solicitó el archivo por entender que no había indicios suficientes de la comisión de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, porque la tasa positiva arrojada una hora y media después del accidente en Burlada fue el resultado de la ingesta de alcohol posterior a los hechos. La representante del Ministerio Fiscal informó en el mismo sentido.

La magistrada concluye que no se puede dar por acreditado el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, dado que el investigado afirmó que ingirió alcohol después del accidente y tampoco la declaración de los agentes fue "coincidente o concluyente", ya que uno dijo que el conductor sí les había indicado dicho extremo y el otro no. Además, la juez resalta que la sintomatología que presentaba tampoco era lo suficientemente importante.


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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1809 en: 05 de Febrero de 2021, 13:07:52 pm »
Creo que pesó más la contradicción entre los agentes. Siempre ha dicho que esa manía de firmar comparecencias 10 policías no sirven nada mas que para darles armas a los letrados. Con un informe técnico sobre la ingesta y estudio de las tasas se podría haber sacado adelante el juicio.

Lo más importante y a lo que muchos policías no dan importancia son los SINTOMAS que presenta el conductor y no nos entra en la cabeza.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1810 en: 21 de Julio de 2021, 19:31:50 pm »

Dos jóvenes se graban conduciendo ebrias, tienen un accidente, huyen y suben el vídeo a las redes sociales


La conductora fue localizada por la Policía horas más tarde y triplicaba la tasa de alcoholemia.
Está siendo investigada y deberá enfrentarse ahora a varios delitos contra la Seguridad Vial.
20MINUTOS
NOTICIA
21.07.2021 - 16:58h
Policía Local de Castellón
Policía Local de CastellónPOLICÍA LOCAL - ARCHIVO

Dos jóvenes provocaron un accidente con su vehículo en Castellón el pasado sábado mientras iban ebrias. El momento quedó grabado en un vídeo que, posteriormente, colgaron en redes sociales, dejando así evidencias de los varios delitos que habían cometido contra la Seguridad Vial.


Los hechos tuvieron lugar en Benicàssim cuando una joven y su amiga se desplazaban en su coche, cerca de la hora del toque de queda establecido en su municipio de la Comunidad Valenciana, según recoge el diario El Mundo. Una de ellas grababa un vídeo mientras ambas cantaban y bailaban mirando a la cámara. Tal como puede apreciarse en el vídeo, la conductora perdía la vista de la carretera para posar.



Según queda registrado, en un momento determinado, la conductora provoca un accidente que puede escucharse en el propio vídeo, así como las reacciones que provoca en las dos jóvenes. "¿Qué he hecho?", dice la conductora a su copiloto. "Me he cargado todo el coche", añade. "No", responde su amiga, por su parte, mientras ríe.

Tras el accidente, en el que chocaron contra el vehículo que tenían delante con cuatro personas a bordo, las dos jóvenes se dieron a la fuga. La joven que llevaba el coche, de 25 años de edad, según recoge el citado diario, fue localizada horas más tarde en una vivienda por parte de la Policía Local y triplicó la tasa de alcoholemia permitida, por lo que tendrá que enfrentarse a varios delitos contra la Seguridad Vial.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1811 en: 16 de Septiembre de 2021, 08:20:39 am »

Absuelto un conductor ebrio que iba en dirección prohibida por Carabanchel al estimar el juez que se acababa de cambiar el sentido de la calle]


LUIS F. DURÁN
Madrid
Actualizado Jueves, 16 septiembre 2021 -

El juzgado de lo Penal número 20 de Madrid ha absuelto de un delito contra la seguridad vial a un conductor ebrio que fue imputado por la Policía Municipal tras circular en dirección prohibida por la Avenida de Oporto a las tres de la madrugada del pasado 1 de agosto. El magistrado considera que acababa de cambiarse el sentido de esta vía por parte del Ayuntamiento para una reordenación del tráfico y que el propio conductor paró a los pocos metros de entrar en la calle y darse cuenta del error.

El conductor imputado dio 0,54 y 0,50 en la prueba de alcoholemia, pero el juez mantiene en el fallo "que no resulta suficientemente acreditado, que el acusado condujera influenciado por la previa ingesta alcohólica, esto es con sus facultades psicofísicas disminuidas por tal motivo, manteniéndose una duda razonable sobre dicho extremo, y por tanto que esta fuera la causa de introducirse en la calle unos pocos metros por dirección prohibida".

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Y agrega que "nos encontramos, en definitiva, ante una infracción de tráfico -conducción de un vehículo con tasa positiva de alcoholemia-, merecedora de una sanción administrativa, pero no ante un ilícito penal."


Fue el pasado 1 de agosto cuando la Policía Municipal sorprendió a este conductor, de 48 años y nacido en China, entrando desde la Plaza Elíptica a la Avenida de Oporto en dirección prohibida por el carril bici.

Los agentes circulaban en dirección correcta por la Avenida de Oporto mientras que el coche iba en sentido equivocado. Los policías empezaron a hacer indicaciones con las manos, las luces y el claxon para que detuviera su marcha el coche. Sin embargo, el conductor siguió por dirección prohibida por lo que los policías procedieron a activar los sistemas acústicos y dieron la vuelta. Finalmente, el conductor frenó a la altura del número 4 de la Avenida de Oporto.

Los agentes identificaron al conductor y comprobaron que tenía los ojos vidriosos y enrojecidos, el habla balbuceante y un fuerte olor alcohol en el aliento. También le costaba mantener la verticalidad al salir del coche por lo que procedieron a realizar la prueba de alcoholemia dando un resultado positivo de 0,54 y 0,50 mg/ litro de aire espirado. Los policías procedieron a informarles de sus derechos como investigado no detenido por un delito contra la seguridad vial.

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La sorpresa llegó en el juicio rápido celebrado este mes de septiembre en el juzgado en el que el fiscal pedía seis meses de multa para el acusado y un año sin carné de conducir.


El conductor admitió que se metió en dirección prohibida por error, pues dicha calle con anterioridad era de doble sentido, y que al observar la ubicación de los vehículos aparcados, se dio cuenta, y paró, recorriendo tan solo algunos metros. Igualmente explicó que iba a llevar a su casa a su acompañante que vivía en dicha calle.

Por su parte dicha conducción fue corroborada por el policía actuante, que indicó que recorrieron pocos metros, a lo sumo 20, correspondiendo a dos portales, y que pararon a la altura de un establecimiento de comidas, que se encontraba abierto.

La defensa, ejercida por el abogado Juan Gonzalo Espina, aportó la información de que se acababa producir una reordenación de líneas de autobús por reducirse el tráfico a un único sentido por habilitación de un carril para bicicletas.

"Fuera de uno u otro modo, introducirse en la calle unos pocos metros, utilizando indebidamente el carril-bici, en ausencia de tráfico rodado dadas las horas en que se produce, es ciertamente una infracción de tráfico, de naturaleza administrativa, pero por sí misma no es indicativa de una influencia etílica, pues puede cometerse sin haber consumido bebidas alcohólicas, por lo que por sí sola no pone de manifiesto una pérdida de facultades para conducir, en contraposición a otras como la pérdida del control de la dirección del vehículo", señala el magistrado que finalmente absolvió al acusado de un delito contra la seguridad vial.




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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1812 en: 01 de Octubre de 2021, 12:11:32 pm »

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1813 en: 17 de Noviembre de 2021, 21:24:54 pm »
https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/sanidad14/Paginas/2021/151121-monografia_alcohol.aspx


El alcohol es la sustancia psicoactiva más consumida y se asocia con una importante carga de enfermedad y mortalidad

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1814 en: 18 de Noviembre de 2021, 10:05:14 am »

Absuelto un conductor ebrio que iba en dirección prohibida por Carabanchel al estimar el juez que se acababa de cambiar el sentido de la calle]


LUIS F. DURÁN
Madrid
Actualizado Jueves, 16 septiembre 2021 -

El juzgado de lo Penal número 20 de Madrid ha absuelto de un delito contra la seguridad vial a un conductor ebrio que fue imputado por la Policía Municipal tras circular en dirección prohibida por la Avenida de Oporto a las tres de la madrugada del pasado 1 de agosto. El magistrado considera que acababa de cambiarse el sentido de esta vía por parte del Ayuntamiento para una reordenación del tráfico y que el propio conductor paró a los pocos metros de entrar en la calle y darse cuenta del error.

El conductor imputado dio 0,54 y 0,50 en la prueba de alcoholemia, pero el juez mantiene en el fallo "que no resulta suficientemente acreditado, que el acusado condujera influenciado por la previa ingesta alcohólica, esto es con sus facultades psicofísicas disminuidas por tal motivo, manteniéndose una duda razonable sobre dicho extremo, y por tanto que esta fuera la causa de introducirse en la calle unos pocos metros por dirección prohibida".

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Y agrega que "nos encontramos, en definitiva, ante una infracción de tráfico -conducción de un vehículo con tasa positiva de alcoholemia-, merecedora de una sanción administrativa, pero no ante un ilícito penal."


Fue el pasado 1 de agosto cuando la Policía Municipal sorprendió a este conductor, de 48 años y nacido en China, entrando desde la Plaza Elíptica a la Avenida de Oporto en dirección prohibida por el carril bici.

Los agentes circulaban en dirección correcta por la Avenida de Oporto mientras que el coche iba en sentido equivocado. Los policías empezaron a hacer indicaciones con las manos, las luces y el claxon para que detuviera su marcha el coche. Sin embargo, el conductor siguió por dirección prohibida por lo que los policías procedieron a activar los sistemas acústicos y dieron la vuelta. Finalmente, el conductor frenó a la altura del número 4 de la Avenida de Oporto.

Los agentes identificaron al conductor y comprobaron que tenía los ojos vidriosos y enrojecidos, el habla balbuceante y un fuerte olor alcohol en el aliento. También le costaba mantener la verticalidad al salir del coche por lo que procedieron a realizar la prueba de alcoholemia dando un resultado positivo de 0,54 y 0,50 mg/ litro de aire espirado. Los policías procedieron a informarles de sus derechos como investigado no detenido por un delito contra la seguridad vial.

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La sorpresa llegó en el juicio rápido celebrado este mes de septiembre en el juzgado en el que el fiscal pedía seis meses de multa para el acusado y un año sin carné de conducir.


El conductor admitió que se metió en dirección prohibida por error, pues dicha calle con anterioridad era de doble sentido, y que al observar la ubicación de los vehículos aparcados, se dio cuenta, y paró, recorriendo tan solo algunos metros. Igualmente explicó que iba a llevar a su casa a su acompañante que vivía en dicha calle.

Por su parte dicha conducción fue corroborada por el policía actuante, que indicó que recorrieron pocos metros, a lo sumo 20, correspondiendo a dos portales, y que pararon a la altura de un establecimiento de comidas, que se encontraba abierto.

La defensa, ejercida por el abogado Juan Gonzalo Espina, aportó la información de que se acababa producir una reordenación de líneas de autobús por reducirse el tráfico a un único sentido por habilitación de un carril para bicicletas.

"Fuera de uno u otro modo, introducirse en la calle unos pocos metros, utilizando indebidamente el carril-bici, en ausencia de tráfico rodado dadas las horas en que se produce, es ciertamente una infracción de tráfico, de naturaleza administrativa, pero por sí misma no es indicativa de una influencia etílica, pues puede cometerse sin haber consumido bebidas alcohólicas, por lo que por sí sola no pone de manifiesto una pérdida de facultades para conducir, en contraposición a otras como la pérdida del control de la dirección del vehículo", señala el magistrado que finalmente absolvió al acusado de un delito contra la seguridad vial.





Me gustaría ver el acta de sintomas. Los policías no dan importancia a los síntomas, y es un gran error. La sintomatología es Fundamental, la infracción a las normas de tráfico no es suficiente para demostrar la influencia del alcohol.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1815 en: 27 de Enero de 2022, 08:13:45 am »
La Policía Municipal denunció en Madrid a 5.500 conductores por ir borrachos o drogados en 2021
EFE
Madrid
Actualizado Miércoles, 26 enero 2022 - 17:30

La Policía Municipal de Madrid detuvo o investigó en 2021 a cerca de 3.350 personas por delitos contra la seguridad vial y denunció administrativamente a 5.500 conductores por consumir alcohol o drogas al volante. Este es el balance anual que ha detallado la delegada de Seguridad y Emergencias y portavoz municipal, Inmaculada Sanz, tras visitar este miércoles la Unidad de Policía Judicial de Tráfico del Cuerpo.

A falta de cerrar todos los datos de 2021, la Policía Municipal de Madrid realizó 74.000 controles de drogas y alcohol, según Sanz. Los agentes detuvieron o investigaron por delitos contra la seguridad vial a unos 3.350 ciudadanos, unos 2.600 de ellos por conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas.

Después de su recorrido por la unidad, Sanz ha agradecido el trabajo de los 150 agentes de esta unidad por el "esfuerzo diario para hacer más seguras las calles de la ciudad". Asimismo, la portavoz municipal ha resaltado que durante la reciente campaña de Navidad, que se desarrolló del 26 de noviembre al 9 de enero, la Policía Municipal realizó más de 8.100 pruebas a los conductores, con un balance de 425 detenidos e investigados por delitos contra la seguridad vial, 350 de ellos por consumo de alcohol o drogas.

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Además, en ese periodo, los agentes municipales interpusieron unas 750 denuncias por exceso de velocidad, unas 16.000 por estacionamientos indebidos y más de 500 a vehículos de movilidad urbana, como los patinetes. La delegada ha recordado que durante el año pasado se interpusieron 150.000 sanciones a conductores de patinetes, la mayoría de ellas por estacionamientos indebidos.

Con el objetivo de adaptar a los nuevos "actores" de la movilidad urbana, Sanz ha destacado que el Ayuntamiento de Madrid ha aprobado recientemente el Plan Estratégico de Seguridad Vial 2021-2030 de la ciudad. No obstante, la portavoz municipal ha lamentado que algunos conductores de patinetes no respetan las normas y circulan por las aceras, lo que pone en riesgo la seguridad de los peatones.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1816 en: 23 de Febrero de 2022, 16:25:57 pm »

EN GRANADA

Le pillan bebido al volante, va a juicio horas después y mata a un funcionario del juzgado


La Guardia Civil caza a un conductor bebido. Le citan a juicio rápido para el día siguiente y, de camino al juzgado, otra vez bebido, atropella y mata a un funcionario del juzgado
Foto: Agentes de la Guardia Civil de Tráfico. (EFE/R. García)
Agentes de la Guardia Civil de Tráfico. (EFE/R. García)
Por
Nacho Abad
23/02/2022 - 11:30 Actualizado: 23/02/2022 - 12:20
Apenas eran las 9:30 horas de la mañana cuando una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico de Granada le dio el alto a Fernando Quirós Santiago. Los agentes tienen un ojo clínico para detectar infractores al volante. A simple vista, Fernando parecía adormilado, con temblores, pálido, ojos rojos y desprendía un fuerte olor a alcohol.

—¿Dónde va usted? —Vengo de Atarfe y voy a mi casa en Pinos Puente.

Los agentes notaron enseguida ese hablar pastoso y balbuceante de los borrachos. —Pues de momento se va a quedar aquí con nosotros. —¿Y eso? —Parece que ha bebido usted un poco, ¿no? —Sí, pero solo dos copas de coñac.

Se somete voluntariamente a las pruebas de alcoholemia. En la primera da 1,13 de miligramos de alcohol en litro de aire aspirado y, en la segunda, 10 minutos después, 1,05. Le intervienen el coche, un Dacia Sandero, y le citan para el día siguiente en los juzgados de Granada para un juicio rápido. Sobre todo, teniendo en cuenta que ya tiene varios antecedentes de conducción alcohólica y le han suspendido un par de veces del carné por sentencia firme. Por la última sentencia, debería haber realizado un curso de sensibilización y reeducación vial, pero ha decidido no hacerlo.
Foto: Foto: Policía Nacional.
La presunta 'asesina del laxante', a la empleada: "Compra Evacuol hasta agotar existencias"
Nacho Abad
Al día siguiente, a la misma hora, con el mismo coche, que ya había recuperado del depósito, se dirige hacia Granada, para asistir al juicio rápido. Circula por la GR-30 a la altura del Nevada Shopping, el centro comercial. “Nosotros le vimos e iba dando bandazos”, dice el conductor de un coche que iba detrás del suyo. “Mi mujer me dijo que fuera con cuidado y me alejase un poco, pero enseguida se llevó a un motorista por delante”. Fernando Quirós golpeó a una Suzuki por detrás, tiró al motorista a la calzada y, en vez de frenar, siguió adelante durante al menos 75 metros, según el informe de Tráfico. En el morro de su coche se llevó enganchada la moto y al conductor. “Yo creo que frenó porque la moto y el cuerpo le impedían continuar, si no, hubiera seguido”, insiste el testigo. “Cuando paró, le adelanté, estacioné a un lado y me bajé del coche. Mi mujer llamó al 112”. Este hombre comprobó con horror como, fruto del arrastre, el motorista había perdido el casco. Su cuerpo estaba aprisionado debajo de la moto, cuya rueda trasera a su vez estaba todavía debajo del coche. El conductor de Dacia se bajó del vehículo a ver qué pasaba, pero iba tan borracho que no era capaz de mantenerse de pie como una persona normal y, ante el riesgo de que lo atropellaran, le ordenaron que se metiese otra vez en el Dacia y esperara. "No sé cómo lo hizo, pero volvió a pasar por encima del herido. Le pasó por encima del brazo izquierdo" “El hombre todavía respiraba, aunque estaba malherido”, reconoce el testigo. “Entonces, me acerqué al conductor del Dacia y le pedí que quitase el coche porque estaba ocupando dos carriles y podía producirse otra colisión. No sé cómo lo hizo, pero volvió a pasar por encima del herido. Le pasó por encima del brazo izquierdo”. En ese momento, pasó una ambulancia por allí. La mujer del testigo movió los brazos haciendo gestos ostensibles de que parara. Lo hizo.

Un sanitario intubó al herido, pero poco más pudieron hacer porque falleció minutos después por un traumatismo encefálico severo. “Antes de que llegara la patrulla de la Guardia Civil, el del Dacia volvió a arrancar el coche y suavemente empezó a alejarse del lugar. Me di media vuelta y le grité que a dónde iba. Me metí por la ventana y le obligué a parar el vehículo. Justo entonces llegó la patrulla”.

Antes de hacerle la prueba de alcoholemia, observaron su rostro enrojecido, la nariz roja, que no era capaz de mantener la verticalidad, oscilaba de lado a lado, que apestaba a alcohol a distancia y encima se mostraba desafiante y nervioso: “Es que no veas las motos cómo van”, aseguró. Le hicieron la prueba y dio positivo: 1,04 mgr/l en la primera y, 10 minutos después, 1,13 mgr/l. Cuando le pusieron a disposición judicial, se negó a declarar y el juez instructor lo mandó a prisión provisional, donde permanece. De momento, está acusado de un delito de homicidio imprudente y un delito contra la seguridad vial. Francisco, la víctima, estaba casado con Yolanda y tenía dos hijos que le adoraban, Alejandro y Patricia. Se da la casualidad de que Francisco trabaja en los juzgados a los que se dirigía en teoría Fernando Quirós para un juicio rápido. Sus compañeros están indignados y, como muchos otros, creen que la legislación es muy laxa para los borrachos/drogados que matan en la carretera y que sale muy barato matar.

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1817 en: 23 de Febrero de 2022, 18:06:45 pm »
Quizás ese concepto de legislación laxa lo tienen ahora que les ha tocado de cerca. . . España es un país mediterráneo, de vino y fiestas, cualquier acontecimiento que se precie se riega con buenos caldos, está en nuestra cultura, por eso los delitos contra la seguridad vial son delitos light. . . es, precisamente, lo que la sociedad demanda. . . hasta que nos toca de cerca, entonces es cuando las cosas cambian. . .

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1818 en: 23 de Febrero de 2022, 18:41:55 pm »
Quizás ese concepto de legislación laxa lo tienen ahora que les ha tocado de cerca. . . España es un país mediterráneo, de vino y fiestas, cualquier acontecimiento que se precie se riega con buenos caldos, está en nuestra cultura, por eso los delitos contra la seguridad vial son delitos light. . . es, precisamente, lo que la sociedad demanda. . . hasta que nos toca de cerca, entonces es cuando las cosas cambian. . .

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Re: Alcohol y drogas
« Respuesta #1819 en: 06 de Marzo de 2022, 18:21:44 pm »

Cinco años de prisión por causar la muerte de dos personas al conducir bebido y a gran velocidad en Santander



06/03/2022

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cinco años y tres meses de prisión a un conductor que circulaba bajo los efectos del alcohol y a gran velocidad por la calle Julio Jaurena de Santander, y que al entrar en la rotonda de Corbán impactó con otro vehículo en el que circulaban dos mujeres que perdieron la vida.

En una sentencia hoy dada a conocer, el tribunal le considera autor de dos delitos de homicidio por imprudencia, en concurso con un delito de conducción temeraria, otro de exceso de velocidad y un tercero de conducción bajo los efectos de alcohol.

Además de la condena de prisión, la Audiencia le impone la privación del derecho a conducir vehículos a motor durante nueve años, lo que en la práctica supone la pérdida de vigencia del permiso de conducir.

No se han reclamado responsabilidades civiles porque los familiares de las dos mujeres ya han sido indemnizados por la compañía aseguradora del vehículo que conducía el ahora condenado.

Conducía a 113 km/h en la calle de acceso a la rotonda

Relata la sentencia que el acusado, que había consumido bebidas alcohólicas, circulaba a una velocidad de 113 km/h en un lugar donde estaba limitada a 50 km/h, e incluso pocos metros antes había pasado cerca de un colegio donde la limitación era de 30Km/h.

A causa de tal velocidad y de la ingesta alcohólica “que disminuía su capacidad de respuesta y reflejos”, al llegar a la rotonda de Corbán “realiza una maniobra de frenado, girando el volante hacia su derecha para seguir el trazado” de la rotonda y se incorpora a la misma “sin respetar la prioridad de los vehículos que circulaban por ella, perdiendo el control e invadiendo” la citada rotonda.

Como consecuencia de esa actuación, su vehículo colisionó a una velocidad de 79 km/h con otro que circulaba correctamente por la rotonda a una velocidad de 33 km/h y en el que viajaban dos mujeres, de 29 y 28 años de edad.

El vehículo golpeado fue “proyectado lateralmente” hacia la zona ajardinada de la rotonda, que atravesó, y cayó entre los dos carriles de una de las calles de acceso a la citada rotonda, a 21,70 metros de donde se produjo la colisión.

“La violencia del siniestro”, continúa la sentencia, motivó la intervención de los bomberos, que tuvieron que “dar asistencia y excarcelar a la conductora y ocupante” del coche que resultó golpeado.

Las dos jóvenes fueron trasladadas al hospital de Valdecilla. La que iba sentada en el lugar del copiloto falleció un día después debido a los politraumatismos sufridos, mientras que la conductora lo hizo tres semanas después por un traumatismo cráneo-encefálico grave.

Tras los hechos, el acusado mostraba “signos evidentes de su intoxicación alcohólica”, que fueron confirmados con las pruebas de etilómetro, que arrojaron un resultado de 0,53 y 0,54 miligramos de alcohol por litro de aire respirado.

La frenada dejó un rastro de 31 metros

La sala explica en su sentencia que cuando tuvieron lugar los hechos “era de día y la calzada se encontraba seca y limpia”, por lo que “las condiciones de visibilidad eran buenas”. Además, “la vía urbana estaba perfectamente señalizada”.

El vehículo que conducía el acusado “tenía diversas modificaciones no autorizadas” que, según resalta el tribunal, “iban encaminadas a la ganancia de una mayor potencia y prestaciones”.

Así las cosas, el vehículo, que iba a 113 km/h en el tramo anterior al impacto, superó en más de 60 km/h la limitación genérica de la vía, y posteriormente colisionó a 79 km/h, dejando una huella de “frenada-derrape” de 31,2 metros, lo que pone de manifiesto que circulaba “ignorando las más básicas precauciones y cautelas en la conducción”.

Elocuentes testificales

A la hora de acreditar los hechos, la Audiencia ha tenido en cuenta los informes médicos y forenses, los atestados de Policía Local y Guardia Civil y también los “elocuentes, coincidentes y persistentes” testimonios de los testigos presenciales que se encontraban en distintos puntos de la trayectoria seguida por el acusado.

Todos ellos pusieron de manifiesto la elevada velocidad a la que circulaba el acusado.

En este sentido, señala la Audiencia que “existía buena visibilidad en el momento del accidente, y lo que le impide evitar al turismo y el impacto es la altísima velocidad alcanzada, que sorprende y asusta a los testigos, quienes evidencian la agresiva y deportiva conducción previa”.

Y es que, tal y como indica la sentencia, “desde la parte de arriba de la cuesta que desciende había venido perdiendo la adherencia al asfalto, lo que, más que un intenso control del vehículo, refleja en realidad maniobras descontroladas”.

La colisión con un vehículo que se encontraba dentro de la rotonda “no implica una situación imprevista o sorpresiva en el tráfico, sino evidente por su propia naturaleza y ubicación, dadas además las advertencias previas de la señalización”.

“Y tal percepción del intenso peligro y riesgo tanto propio como ajeno, detectado por todos los que presenciaron su conducción, solo puede entenderse inhibida en el conductor, como anudada a la euforia provocada por una ingesta alcohólica, que lleva al sujeto a minusvalorar los riesgos de su conducta, que disminuye los reflejos de la persona y, consiguientemente, produce una menor rapidez en su respuesta”, añade el tribunal.

A la hora de determinar la pena, la Audiencia ha tenido en cuenta “la intensa gravedad” del resultado mortal causado, la “desmesurada velocidad” y el “consumo alcohólico relevante”, que afectaron a una “conducción temeraria” que califica de “prolongada”, “brusca” y “extrema”, al incidir en tres figuras delictivas del ámbito de la seguridad vial: un delito de exceso de velocidad, otro de conducción bajo los efectos del alcohol y un tercero de conducción temeraria.

La sentencia de la Audiencia Provincial no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.