LOS EVENTUALES NO PUEDEN SANCIONAR A LOS FUNCIONARIOS.
Fuente:EL MUNDO
Un fallo desacredita los expedientes a policías instruidos por interinos
En cualquier oficina resultaría extraño que los trabajadores de la empresa temporal evaluasen a los que están fijos. No es tan inverosímil en el Ayuntamiento de Madrid, donde la justicia ha tenido que recordar que para imponer disciplina al compañero debe haber al menos igualdad de categoría profesional. El fallo, del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 28, niega a los funcionarios interinos la facultad para instruir expedientes sancionadores en la Policía Municipal tras la denuncia de un agente. La sentencia puede afectar a todos los expedientes del Cuerpo desde 2007, año en que el policía cometió la infracción, hasta hace año y medio, cuando el Ayuntamiento asegura que sustituyó por funcionarios de carrera a los dos trabajadores temporales que se encargaban de los procesos. El Ayuntamiento no ofreció ayer ningún dato sobre el número total de expedientes que podrían verse afectados, aunque podrían ser decenas, puesto que sólo dos interinas asumían exclusivamente el cometido. El varapalo judicial llegó a los tribunales en marzo de 2010, cuando el agente municipal fue suspendido de empleo y sueldo durante cinco días por una falta grave cometida tres años antes. El expediente había sido resuelto por una interina, a pesar de que la Ley exige que sea un funcionario de carrera. Durante el trámite disciplinario, el funcionario se convierte en un juez para su compañero, decidiendo qué pruebas y testimonios recoger para aclarar la comisión de la infracción. Es por esto que el nombramiento de interinos «vicia todo el procedimiento», según la sala, y el proceso debe remontarse de nuevo a 2007, cuando se nombró el instructor. A pesar de la opacidad municipal en torno a los expedientes que tendrían que reiniciarse, el número de procesos a repetir depende también del número de afectados que demanden la revisión de su caso. «Habría que estudiar cada denuncia por separado y esperar a que se dictara sentencia. Quizá otros jueces tengan otro criterio», señaló ayer la portavoz del Consistorio. Lo cierto es que la sentencia no es recurrible y la pelota está ahora en el tejado municipal para desandar el camino disciplinario y repetir el trabajo. Es lo que está ocurriendo con el agente que recurrió su sanción. «El caso se ha vuelto a iniciar con un funcionario de carrera como instructor y será sancionado porque hay motivos», señalan desde el Ayuntamiento. Sí, a la tarea del día a día, los instructores de carrera tendrán que sumar la revisión de todos los casos viciados. Sin embargo, la sentencia no se queda ahí. Apunta más alto y recoge la urgencia de reformas profundas en la materia: «La regulación del instructor de un expediente es uno de los puntos menos respetuosos con las garantías constitucionales que pueden encontrarse en el Derecho disciplinario español». Para el juez, lo que está en juego no es sólo una cuestión de forma, sino si los procesos disciplinarios se hacen con transparencia y garantías para los trabajadores municipales cuando se dejan en manos de interinos. El fallo concluye que «es razonable, cuanto menos, y adecuado, en cualquier caso, que los expedientes se instruyan por funcionarios de carrera, de los que no faltan precisamente a la Administración demandada, por cierto, por razones de pura lógica», señala la sala con el dedo en la llaga. Además, la sentencia añade que el Ayuntamiento reconoció la atribución exclusiva de los funcionarios de carrera para los procesos e incluso aportó sentencias en ese sentido durante el proceso. Y, sin embargo, los servicios jurídicos municipales defendieron que los interinos eran tan funcionarios como los otros mientras duraban en su puesto, según queda recogido en el escrito. La doctrina judicial permaneció sobre esta argumentación. La sala de lo Contencioso no parece optimista sobre un cambio en la Ley. «Una reforma decidida que respetase los principios de idoneidad, independencia e imparcialidad sería, sin duda, objeto de aplausos y digna de los mejores elogios», señala el fallo. «Hoy, por lo pronto, hay que esperar». Hasta cuándo, depende en parte del nuevo ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.