Autor Tema: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"  (Leído 357428 veces)

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1180 en: 11 de Febrero de 2012, 14:35:51 pm »
 :pen: . . . si pero retrotrae el expediente al momento anterior al nombramiento del instructor, por lo tanto, si la acción no ha prescrito se pude volver a nombrar un nuevo instructor y tramitar de nuevo todo el expediente . . .  .ca;

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1181 en: 11 de Febrero de 2012, 14:42:58 pm »
:pen: . . . si pero retrotrae el expediente al momento anterior al nombramiento del instructor, por lo tanto, si la acción no ha prescrito se pude volver a nombrar un nuevo instructor y tramitar de nuevo todo el expediente . . .  .ca;

Eso entiendo yo...pero en este caso entraría la prescripción, al ser grave, la falta ha prescrito tras los dos años de su comisión...si leemos el fallo de la resolución, que no la falta, fue dictada en marzo de 2010, pero la falta fue cometida en 2007.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1182 en: 11 de Febrero de 2012, 14:46:59 pm »
:pen: . . . si pero retrotrae el expediente al momento anterior al nombramiento del instructor, por lo tanto, si la acción no ha prescrito se pude volver a nombrar un nuevo instructor y tramitar de nuevo todo el expediente . . .  .ca;

Eso entiendo yo...pero en este caso entraría la prescripción, al ser grave, la falta ha prescrito tras los dos años de su comisión...si leemos el fallo de la resolución, que no la falta, fue dictada en marzo de 2010, pero la falta fue cometida en 2007.

. . . correcto, pero lo que se decía por ahí era que se declaraba nulo el acto con esta sentencia y eso no es cierto, lo que hace es declararlo anulable y subsana el erro retrotrayendo el expediente a la fecha anterior del acto anulable, es decir, el nombramiento del Instructor . . . a partir de ahí se tramita un nuevo expediente que, si hay posibilidades de acogerse a la prescripción del hecho, pues bien, pero si están en plazo pues no sirve para nada esta sentencia, ya que se subsana el nombramiento y se tramita todo en su totalidad . . . esa es, creo yo, la cuestión más importante, que no declara el acto nulo de pleno derecho sino que da la posibilidad de subsanar el nombramiento . . .
« Última modificación: 11 de Febrero de 2012, 14:51:09 pm por 47ronin »

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1183 en: 13 de Febrero de 2012, 16:19:28 pm »
El juez acepta el recurso de un policía local de L'Ametlla apartado por doble actividad laboral

.13 de febrero de 2012.
 BARCELONA, 13 (EUROPA PRESS)

 El Juzgado Contencioso-Administrativo número 17 de Barcelona ha aceptado el recurso presentado por un policía local y delegado sindical de L'Ametlla del Vallès (Barcelona) que había sido apartado de su puesto acusado de haber trabajado para una empresa privada mientras estaba de baja de su cargo de funcionario del ayuntamiento.

El magistrado ha estimado el recurso de Óscar F. contra la decisión tomada por el Ayuntamiento en junio de 2010, justificando que el instructor del procedimiento de suspensión no era funcionario sino cargo de confianza de la alcaldía "lo que es contrario a derecho", según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

 Este hecho "genera indefensión por eliminar las garantías de imparcialidad que se supone ostenta un funcionario", según el juez, que ha asegurado que este nombramiento para resolver el procedimiento provoca una fuerte duda de parcialidad.

 Con este argumento el magistrado ha estimado la demanda pese a que el agente no había recurrido el nombramiento de esta persona de confianza, aunque el ayuntamiento de L'Ametlla todavía puede interponer un recurso.

 La defensa había negado la existencia de una doble actividad del policía que, según el informe del Ayuntamiento, trabajaba también como agente de seguridad de discoteca, y alegaron que solamente existía "una relación de amistad con los empleados del local", del cual además era accionista.

 Sin embargo, la administración aseguró que la doble actividad laboral estaba suficientemente acreditada, y además pidió la desestimación de la demanda del agente porque este no recurrió el nombramiento del instructor.


DENUNCIA POR 'MOBBING'

 Más allá de este recurso, el policía había presentado una queja por un supuesto 'mobbing', ya que, según él, después de comunicar al secretario municipal que tenía la intención de abandonar L'Ametlla para trabajar en otro ayuntamiento, se enteró de que llamaban a otros consistorios para ponerle "a parir".

 Ante esto, Óscar F. presentó una denuncia por presuntos delitos de cohecho y tráfico de influencias ya que, siempre según su versión, el secretario del Ayuntamiento le propuso retirar el expediente a cambio de que el policía retirase su queja por 'mobbing'.

 En declaraciones a Europa Press, el policía ha asegurado que el Juzgado de Instrucción número 4 de Granollers se declaró incompetente para investigar la causa, que ahora se decide en la Audiencia de Barcelona.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1184 en: 19 de Febrero de 2012, 18:11:28 pm »
UPyD pedirá el miércoles que no se aplique a los guardias civiles el Código Penal Militar cuando no estén de servicio

Unión, Progreso y Democracia (UPyD) defenderá este miércoles en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados la necesidad de no aplicar a los guardias civiles el Código Penal Militar cuando los agentes no se encuentren en horas de servicio.

En su proposición no de ley, que recoge Europa Press, UPyD señala que la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil de 2007 establece la no aplicación del Código Penal Militar a los agentes salvo 'en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio, durante el cumplimiento de misiones de carácter militar en el extranjero o, cuando el personal del citado cuerpo, se integrara en unidades militares'.

SENTENCIAS DEL SUPREMO

Ahora bien, subraya que existen recientes sentencias de la Sala Militar del Tribunal Supremo que realizan una interpretación 'alejada' del espíritu de esta norma, pues también se aplica este régimen disciplinario a los agentes cuando no se encuentran de servicio y en aquellas situaciones que, estándolo, el hecho en sí no forma parte de los actos propios del mismo.

En la práctica, esta interpretación supone que cuando un guardia civil esté de servicio no le será aplicable el Código Penal Militar, pero sí cuando lo termine lo que, a juicio de UPyD, lleva a resultados 'escandalosos'.

Como ejemplo, el partido de Rosa Díez destaca que si un guardia civil insulta o desobedece a un superior durante el servicio, será sancionado por el régimen disciplinario a un determinado número de días de suspensión de empleo, pero que si lo hace no estándolo, acabará cumpliendo pena de cárcel.

SON JURÍDICAMENTE MILITARES

'Los guardia civiles son funcionalmente policías y jurídicamente militares', reseña la líder de UPyD y portavoz del partido en la Comisión de Interior, una circunstancia que hace que los agentes de la Benemérita carezcan de 'muchos' derechos o bien que el ejercicio de los mismos sean 'tan limitado'.

La diputada lamenta las diferencias 'abismales' que en su opinión existen entre la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía, y eso pese a que, recalca, ambos cuerpos comparten las funciones que encomienda la Constitución española a los Cuerpos de Seguridad.

Entre éstas destaca el hecho de que los guardias civiles sean susceptibles de ser encarcelados 'por meras infracciones administrativas' y que carezcan de cualquier órgano de representatividad, sean sindicatos o asociaciones profesionales.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1185 en: 21 de Febrero de 2012, 09:09:12 am »
MÉRIDA
El Ayuntamiento abre expediente por la baja de nueve policías locales
El Gobierno local quiere aclarar los motivos por los que no acudieron a trabajar para cubrir el pasacalles del pasado domingo

21.02.12 - 00:02 - JUAN SORIANO | MÉRIDA.

Nuevo capítulo en el enfrentamiento entre el equipo de Gobierno y la Policía Local. El Consistorio emeritense abrirá expediente informativo a nueve agentes que no acudieron en la tarde del pasado domingo a trabajar alegando enfermedad. Su ausencia trastocó el dispositivo diseñado con motivo de la celebración del pasacalles del Carnaval.

Según ha podido saber Hoy, los agentes estaban citados para trabajar en el turno de tarde, que comienza a las 15.00 horas. Sin embargo, a las 12.05 uno de los funcionarios llamó para avisar de que no acudiría a trabajar porque se encontraba mal. Lo mismo ocurrió con otros ocho compañeros, que dieron a conocer su baja a las 12.36, 13.44, 13.45, 14.10, 14.15, 14.20, 14.25 y 14.35.

En un primer momento estaba previsto que 20 agentes trabajaran en la tarde del domingo, once en el turno ordinario y nueve en el pasacalles. Los cambios de última hora obligaron a reducir el equipo que se quedó en la Jefatura de Policía y a redistribuir el trabajo.

El Ayuntamiento no descarta que las bajas sean justificadas y que cuenten con el visto bueno de un médico, pero quiere aclarar con exactitud los motivos que llevaron a nueve agentes a faltar a su jornada laboral en la tarde del domingo. Con ese objetivo, abrirá un expediente informativo a cada uno de ellos, lo que permitirá exigir que presenten una justificación de su baja. La Inspección Sanitaria del Área de Mérida también tiene conocimiento de lo ocurrido.

Este contratiempo ha tenido lugar solo cuatro días después de que entrara en vigor el nuevo cuadrante de la Policía Local gracias a la ampliación de la jornada a 37 horas y media semanales. Hasta la fecha, cada agente trabajaba una tarde, descansaba esa noche, entraba de nuevo de mañana, libraba la tarde y volvía a trabajar la noche. A partir de ese momento, descansaba tres días y medio. Ahora descansarán dos y medio. Asimismo, el Gobierno local ha eliminado el complemento de especial dedicación, por el que recibían una asignación fija al año en concepto de horas extras, ya que estima que con la nueva organización no es necesario asumir el pago de unos servicios extraordinarios que puede que no sean requeridos.

El objetivo del equipo de Gobierno es cubrir todas las jornadas con turnos ordinarios. Si es necesario, está dispuesto a pagar horas extras, pero existen discrepancias sobre la forma de cobro. Ante esta situación, recurrirá a la firma de decretos para convocar a los agentes a trabajar en caso de eventos extraordinarios. Así se hará para el próximo 4 de marzo, cuando se celebrará la media maratón de Mérida.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1186 en: 21 de Febrero de 2012, 10:47:52 am »
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/02/21/madrid/1329779486_047920.html

Anulada una sanción a un policía porque quien le expedientó no es funcionario
 

Una sentencia determina que un interino no puede instruir expedientes porque solo un facultado puede decidir el castigo





Un interino no puede instruir expedientes sancionadores. Solo un funcionario de carrera está facultado para decidir qué pruebas ordenar y qué sanción corresponde a un funcionario que haya cometido alguna falta, en este caso un policía municipal de Madrid. Es lo que sostiene una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 28 de Madrid, que anuló una sanción disciplinaria de cinco días de empleo y sueldo a un agente municipal porque quien llevó su expediente fue una funcionaria interina y no de carrera. Este policía recurrió a la justicia después de ser multado en marzo de 2010 por haber cometido una falta grave. Algo más de un año después, en mayo de 2011, la sentencia le dio la razón y obligó al Ayuntamiento a retrotraer el proceso administrativo hasta antes del nombramiento del instructor de su caso.
 
Más allá del caso particular de este agente, la sentencia es relevante porque puede afectar a muchos más funcionarios expedientados por la misma persona o por otras que también sean interinas y no tengan plaza fija en la Administración municipal. Eso es lo que hoy va a preguntar el concejal socialista Diego Cruz en la comisión municipal de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad. “Queremos saber cuántos funcionarios podrán acogerse y solicitar la anulación de sus expedientes disciplinarios después de la sentencia”, explica Cruz.
 
Una portavoz municipal aseguró ayer que el Ayuntamiento recurrió el fallo, pero que el recurso no fue aceptado. Cruz preguntará también hoy por esa cuestión, porque el fallo asegura que, contra él, no cabe interponer recurso ordinario de apelación. En todo caso, “debe ser extraordinario”, señala el concejal. Desde el Consistorio recuerdan que la sentencia no entra en el fondo de la cuestión. “El juez no pone en duda la sanción, sino el trámite”, subrayó la portavoz del área de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad.
 
De hecho, el Consistorio ya ha hecho lo que le pedía el juzgado: nombrar a otro instructor del expediente disciplinario del agente para que se volviera a iniciar la tramitación. Según la citada portavoz, el policía finalmente ha cumplido los cinco días sin empleo ni sueldo por una falta grave. Según la sentencia, se le abrió expediente por “negligencia grave de los deberes profesionales” después de una actuación en noviembre de 2007. El Ayuntamiento no desveló ayer qué fue lo que sucedió.
 
Cruz asegura que la forma de proceder del Consistorio “puede provocar inseguridad jurídica” a los afectados. “Ahora tendrán que revisarse todos los expedientes que no hayan sido instruidos por funcionarios de carrera”, añade.
 
La sentencia no se limita a dilucidar si el expediente disciplinario al agente que recurre a la justicia se ha tramitado correctamente. También apunta en los fundamentos jurídicos a que es necesario reformar la regulación sobre esta cuestión. “La conclusión alcanzada no obsta a que debamos reconocer que la regulación que se hace del instructor (y del secretario) del expediente es uno de los puntos menos brillantes, peor resueltos y menos respetuosos con las garantías constitucionales que pueden encontrarse en el derecho disciplinario español”, afirma. Añade que sería digna de elogio “una reforma decidida que respetase los principios de idoneidad, independencia e imparcialidad”. El juez admite en otro punto del texto que la cuestión es “controvertida”.
 



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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1187 en: 21 de Febrero de 2012, 11:46:47 am »
Creo que el portavoz socialista va un poco retrasado respecto de los hechos, sentencia de mayo de 2011, sacada a la "luz" por Upm en septiembre, vuelta a sacar a los medios a últimos del pasado mes de enero, agrio debate en este foro a principios de febrero y que costó el baneo a dos foreros y la advertencia seria a otro y finalmente, se deciden a tomar partido.

Curioso....y más curioso por que procede de un juzgado que se apoya en decisiones de tribunales superiores de hace varios años.-

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1188 en: 21 de Febrero de 2012, 13:41:52 pm »
Si este compañero fuera de madrid ya estarian pensando en empurarle, mejor decir colaboro con la empresa que trabajo para la empresa, de todos modos la funda muy buena para Ciudad Júarez y por supuesto muy instructivo para los malos colgar en you tube los videos de donde estan los seguros y  como se municionan distintas armas utilizadas mayoritariamente por fcss" [youtube]http://www.youtube.com/watch?v=PQvREQaztm0&feature=youtu.be[/youtube]
« Última modificación: 21 de Febrero de 2012, 13:51:07 pm por 47ronin »

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1189 en: 21 de Febrero de 2012, 14:59:07 pm »
Ánimo compañero, no te harán callar, no nos harán callar.  :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas


 DEMOCRACIA Y RESPETO A LOS DERECHOS DE TODOS, NO SÓLO DE UNOS POCOS.
hablando de lo tu más citas: traidores y gente que realiza horas, como sabras hay un compañero, tu  por el tiempo que llevas qui nunca habras visto en la calle,que  ha sido sancionado con 5 días por manifestaciones a nivel particular fuera de servicio y este compañero de lo que más se queja es que los de malos de arriba se lo van a hacer cumplir en días en que se están haciendo horas de practicas de tiro de noche y el es el que mas hacia BORRADO POR CONTENER REFERENCIAS PERSONALES Y PROFESIONALES, de la minoración de sueldo por los 5 días está tranquilo porque sabe que el recurso lo ganará y le devolveran lo sustraido, no metas la mano en el fuego por nadie y menos por ideas politicas ya que aqui si que seguro se van al sitio que más calienta
Me lío un poco con lo que me dices, siempre he dicho que la gente que hacía horas durante el conflicto eran traidores, por que mientras algunos nos sacrificabamos en pos de una negociación colectiva ellos boicoteaban nuestros esfuerzos y además se lucraban. Con el tiempo hemos de reconocer que el Ayuntamiento se valió de esas personas insolidarias, las utilizó y ahora que no hay pasta corta el grifo y se han quedado con cara de tontos, desconozco si quién dices hacía o no horas, yo no soy juez supremo ni poseo la verdad absoluta, siempre dije que las consecuencias las pagaríamos todos como así esta sucediendo, el remordimiento o el sentimiento de culpa compete a cada uno.

 Ahora bien, lo que aquí tratamos nada tiene que ver con el tema de las horas, por mucho que piense que alguien pueda ser un traidor y un desconsiderado, no hace menos grave el hecho de que sufra el trato arbitrario e injusto que ha sufrido Javier, ya estamos con el tema de los antecedentes, ¿por que esta en un puesto de puta madre y haya hecho horas he de alegrarme de que sufra una injusticia?, creo que eso no es justo, me alegrare de que en vista de las circunstancias se pueda dar cuenta de que el camino de las horas no conduce a nada, pero, hasta ahí. Las venganzas salchicheras no son lo mío.

 Si hacía horas ya conoce mi opinión al respecto, pero me tendrá a su lado cuando desde arriba con prepotencia y sin respeto por los derechos fundamentales se le intente pisar, como estaré al lado de cualquier compañero.
desde luego no puedo más que decirte que tus intenciones y palabras son muy loables y que me encantaria que hubiera muchos como tu que esté a lado de cualquier compañero que sufra una injusticia, pero la la palabra compañero para mi cobra más valor cuando se que ese "compañero" las pasa tan canutas como yo en la calle y no en un sitio cómodo donde durante muchos años aun estando en turno de tarde siempre han cenado y acostado a sus hijos menores, pero eso son envidias, considera lo que quieras pero decir en un medio de comunicación siendo policía que condenan a policias por opinar y absuelven a otros por apalear y más no habiendo estado ahí, no es muy de buenas personas...

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1190 en: 22 de Febrero de 2012, 10:35:12 am »
Sancionan a un guardia civil por publicar un artículo en LA RAZÓN


Reproducción de la página en la que se publicó el artículo titulado «Querida Pepa», el pasado domingo 8 de enero

 22 Febrero 12 - - N. A. C. SEVILLA-

El teniente coronel jefe del Sector de Tráfico de Andalucía ha impuesto al secretario general de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) en la región, destinado en el destacamento de Tráfico de Lucena (Córdoba), Juan Luis Damas, una sanción disciplinaria por «la inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones», según informan desde el sindicato.  ¿La causa? Un artículo que LA RAZÓN publicó en enero, con motivo de la conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1812, la Pepa.
 A juicio del mando, en dicho texto, «el autor empleó términos irrespetuosos, descomedidos y desmesurados para la superioridad, faltando al debido respeto y lealtad a sus superiores jerárquicos y a la dignidad y honor de los mismos, así como al buen modo en las expresiones, que afectan directamente a la disciplina, principios de subordinación y jerarquía, y exceden la mesura a la vez que faltan a la cortesía exigibles en el ámbito de una institución de naturaleza militar como es la Guardia Civil». Juicio que no comparten desde la AUGC. Tras conocer la decisión, Damas alegó invocando el derecho a la libertad de expresión, recogido en el artículo 20 de la Constitución española, los principios vinculados al derecho de asociación, artículo 22; y el ejercicio de la defensa de los derechos e intereses legítimos del colectivo al que representa. De hecho, el artículo en cuestión, que no incluía ningún insulto, fue firmado en su condición de representante de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, y no a título personal. Si bien, en la resolución sancionadora se alude de forma reiterada a la naturaleza militar del Cuerpo y a la disciplina, para contrarrestar  dichas alegaciones.
Los servicios jurídicos de AUGC preparan un «recurso de alzada contra la sanción impuesta». Medida «que difícilmente prosperará porque debe resolverlo, precisamente, quien ha dado la orden de iniciar el expediente disciplinario», vaticinan  fuentes del sindicato.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1191 en: 22 de Febrero de 2012, 10:40:39 am »
El teniente coronel jefe del Sector de Tráfico de Andalucía


 Estos son los que tenían servicio doméstico a cargo del erario público no?

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1192 en: 22 de Febrero de 2012, 17:37:18 pm »
Sancionan a un guardia civil por publicar un artículo en LA RAZÓN


Reproducción de la página en la que se publicó el artículo titulado «Querida Pepa», el pasado domingo 8 de enero

 22 Febrero 12 - - N. A. C. SEVILLA-

El teniente coronel jefe del Sector de Tráfico de Andalucía ha impuesto al secretario general de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) en la región, destinado en el destacamento de Tráfico de Lucena (Córdoba), Juan Luis Damas, una sanción disciplinaria por «la inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones», según informan desde el sindicato.  ¿La causa? Un artículo que LA RAZÓN publicó en enero, con motivo de la conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1812, la Pepa.
 A juicio del mando, en dicho texto, «el autor empleó términos irrespetuosos, descomedidos y desmesurados para la superioridad, faltando al debido respeto y lealtad a sus superiores jerárquicos y a la dignidad y honor de los mismos, así como al buen modo en las expresiones, que afectan directamente a la disciplina, principios de subordinación y jerarquía, y exceden la mesura a la vez que faltan a la cortesía exigibles en el ámbito de una institución de naturaleza militar como es la Guardia Civil». Juicio que no comparten desde la AUGC. Tras conocer la decisión, Damas alegó invocando el derecho a la libertad de expresión, recogido en el artículo 20 de la Constitución española, los principios vinculados al derecho de asociación, artículo 22; y el ejercicio de la defensa de los derechos e intereses legítimos del colectivo al que representa. De hecho, el artículo en cuestión, que no incluía ningún insulto, fue firmado en su condición de representante de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, y no a título personal. Si bien, en la resolución sancionadora se alude de forma reiterada a la naturaleza militar del Cuerpo y a la disciplina, para contrarrestar  dichas alegaciones.
Los servicios jurídicos de AUGC preparan un «recurso de alzada contra la sanción impuesta». Medida «que difícilmente prosperará porque debe resolverlo, precisamente, quien ha dado la orden de iniciar el expediente disciplinario», vaticinan  fuentes del sindicato.


Heroico, mas que valiente lo de los compañeros de AUGC. Una vez mas. :j:
Caso tras caso, vemos que el conformismo es el camino fácil, y la vía al privilegio y el prestigio; la disidencia trae costos personales.

Noam Chomsky

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1193 en: 23 de Febrero de 2012, 12:22:35 pm »
El TSJA mantiene la suspensión del exjefe de Policía de Cudillero
Basa su decisión en la «gravedad» de la acusación por presuntos cobros ilegales, que será juzgada en mayo

23.02.12 - 02:36 - I. G. | CUDILLERO.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado un recurso del exsargento de la Policía Local de Cudillero, Prudencio Iván Flórez, contra la sentencia del juzgado de Lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo que respaldaba la suspensión del servicio dictada por el Ayuntamiento tras la apertura de una investigación por presuntos cobros ilegales a hosteleros de la villa pixueta por parte del expolicía.

Siguiendo los argumentos del tribunal de lo Contencioso, el TSJA sostiene que la gravedad de la acusación que pesa sobre Flórez, que puede ser constitutiva de un delito de cohecho, aconseja mantener la medida cautelar hasta la celebración del juicio, fijado para el 8 de mayo. El TSJA firmó este fallo el pasado día 9, dos días después de que la misma sala ratificara la nulidad del expediente disciplinario abierto contra el exjefe de la Policía Local por no trasladar la correspondencia a la oficina de Correos.

Así, el TSJA desestima un recurso del Ayuntamiento contra una resolución del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo dictada el pasado mayo y recalca la existencia de defectos de forma en el expediente. El Consistorio anunció ayer que procederá a la subsanación.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1194 en: 24 de Febrero de 2012, 16:39:58 pm »
El Ayuntamiento ordena abrir expediente informativo a dos policías locales tras una denuncia por presuntos abusos


Viernes, 24 de Febrero de 2012 08:21 Agencias

El Ayuntamiento de Almería ha ordenado la apertura de un expediente informativo a raíz de la denuncia por presuntos "abusos" interpuesta por una joven contra dos policías locales.

 La citada denuncia se presentó ante la Comisaría Provincial la pasada semana y las diligencias han sido entregadas al juzgado de Instrucción en funciones de guardia.
 
   Según ha explicado este jueves en declaraciones a los periodistas el portavoz del equipo de gobierno, Pablo Venzal, la Jefatura ha remitido toda la documentación obrante en el expediente al área de personal del Consistorio para que acuerde incoar un "expediente de averiguación".
 
   Venzal, quien ha subrayado la actuación "a la mayor celeridad" del Ayuntamiento después de que le fuese comunicada la existencia de la citada denuncia, ha demandado "respeto" a la presunción de inocencia de los dos "trabajadores municipales" y ha resaltado que se está "obrando como procede" desde la "defensa de los intereses de cualquier ciudadano que se pueda sentir perjudicado".
 
   Ha declinado, no obstante, entrar a considerar el contenido de la denuncia al estar bajo jurisdicción penal, aunque sí ha informado de que ninguno de los dos agentes se encuentra en la actualidad prestando servicio, ya que "uno está de baja y el otro tiene concedidos días de asuntos propios".
 
   Según han confirmado a Europa Press fuentes policiales, la joven interpuso la denuncia, que publica este jueves el Diario de Almería, la semana pasada por presuntos abusos, por lo que se citó a declarar a los dos demandados y se dio traslado de las diligencias al juzgado de instrucción en funciones de guardia.
 
   Las mismas fuentes han remarcado que no se ha adoptado ninguna medida cautelar por orden judicial contra los agentes denunciados, a los que se ofreció asistencia letrada como marca el procedimiento.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1195 en: 28 de Febrero de 2012, 19:49:28 pm »
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/02/28/madrid/1330435394_732714.html

Botella defiende la sanción contra el policía municipal que participó en el 15-M
 

El agente intervino en una asamblea con un discurso pacifista, fuera de servicio y de paisano
 
Fue sancionado por una falta grave según unos criterios que respalda el delegado de Seguridad

Tanto Izquierda Unida, que ha llevado el asunto al pleno municipal del Ayuntamiento de Madrid, como el Partido Socialista, que lo ha respaldado, han mostrado su indignación esta mañana ante la actitud inflexible del Gobierno municipal con respecto a la sanción impuesta a un policía municipal por participar en una asamblea ciudadana del Movimiento 15-M. El delegado de Medio Ambiente, Movilidad y Seguridad, Antonio de Guindos, se ha remitido a la resolución judicial del caso, pero ha defendido a los mandos policiales en la aplicación del castigo al agente.
 
El pasado 23 de julio, el agente Javier Roca Sierra “se acercó como cualquier otro ciudadano”, fuera de servicio y vestido de paisano, a una asamblea ciudadana celebrada por el 15-M. “Hizo lo que cualquier ciudadano libre hubiera hecho en democracia, sin esperar repercusiones negativas: cogió el micrófono y dio su opinión”, según ha relatado Raquel López, concejal de Izquierda Unida. “Para su desgracia, alguien colgó su intervención en YouTube”, aunque la intención del agente nunca fue que sus palabras fueran difundidas públicamente, ha añadido.
 
El agente advirtió al principio de su intervención: “Este es un mensaje personal, en mi nombre y sólo en mi nombre”. En su discurso aseguró que los policías municipales, “pese a su trabajo, también son indignados”, y les pidió que se involucren para construir un mundo más pacífico. “Esas declaraciones son a título personal, pero en ellas se manifiesta su condición de policía, aunque estuviera fuera de servicio y de paisano”, asegura De Guindos.
 
Por ello, en su opinión cabe aplicar, como se hizo, el artículo 8 de la ley orgánica 4/2010 sobre el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, extensible a los agentes municipales, que sanciona como falta grave “el abuso de atribuciones”. El castigo fue aplicado de forma “proporcionada”, en opinión del delegado municipal: se le suspendió de empleo y sueldo durante cinco días, la pena mínima, cuando se podía haber llegado hasta los tres meses de sanción.

Sin embargo, como ha hecho notar Izquierda Unida, este castigo “mancha un expediente impecable de 25 años”, por lo que el agente pierde derecho a la bonificación económica que le correspondería. Y todo por su “esperpéntica idea”, ha señalado la concejal de forma irónica, de expresar su opinión libremente.
 
Según ha explicado De Guindos, el agente pidió a sus compañeros que hicieran dejación de sus funciones, conminándolos a “dejar el uniforme colgado” a la hora de sumarse a las protestas ciudadanas del 15-M “Si no hubiera sido policía, sus declaraciones no habrían tenido esa repercusión, resultando así lesivas para el buen funcionamiento del cuerpo”, ha añadido. Habló además en nombre de otros agentes, según el delegado, al afirmar: “Sé que muchos compañeros de curro acompañan este movimiento”.
 
En cualquier caso, De Guindos, tras defender la decisión de los mandos policiales, ha asegurado lo que “procede es esperar a la sentencia del Tribunal Contencioso-Administrativo” al recurso del agente. “En este momento no se puede estudiar la anulación porque [el asunto] está judicializado”, ha concluido.
 
Izquierda Unida ha matizado que se trata de una cuestión política, y no administrativa, pues pone en evidencia que “los mandos policiales castigan a unos agentes si se manifiesta de una manera y no de otra”. “Se está usando el código de sanciones contra un policía por desarrollar el derecho constitucional a la libertad de expresión”, ha añadido la concejal. Y todo “por tomar la palabra por más de seis minutos finalizando con exhortaciones al resto de compañeros, a los que animó a pensar”, ha concluido.
 
El Partido Socialista ha abundado en la crítica contra el Gobierno local, del que “esperaba inteligencia, flexibilidad y benevolencia”. “Defender el derecho de la libertad de expresión es fundamental” ante esta “interpretación rigorista” de la norma, ha añadido, para concluir conminando al Ayuntamiento a que elimine sus referencias al 15-M en la información proporcionada al Comité Olímpico Internacional, toda vez que no se corresponde en su opinión con la realidad.
 
En el informe remitido al COI, la candidatura de Madrid 2020 aseguraba: “La situación económica mundial ha hecho emerger movimientos contestatarios. España no ha quedado al margen, y el movimiento 15-M ha llevado a cabo protestas de carácter pacífico que han estado siempre bajo el control y el acatamiento a la legislación que regula y garantiza el derecho a la libertad de expresión y de reunión. Su existencia misma no pretende alterar el normal funcionamiento de las instituciones del Estado ni la vida de los ciudadanos y se opone a ser instrumentalizado por sectores extremistas”.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1196 en: 28 de Febrero de 2012, 19:59:25 pm »
Foto...la de aquella manifestación donde un PM se desnudó, y vídeo, el de Sol....será interesante leer ambas sentencias...y si esas acciones son parte de un derecho fundamental o si por el contrario le son de aplicación el Reglamento.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1197 en: 28 de Febrero de 2012, 20:15:44 pm »
 . . .  yo tengo mis dudas . . . pero, doctores tiene la iglesia  .ca;

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1198 en: 28 de Febrero de 2012, 20:21:16 pm »
su error fue decir que era policía, esa seguramente ha sido la excusa del expediente, el clavo ardiendo al que se deben de haber agarrado, podía haber arengado a los compañeros desde su posición de ciudadano, pero el mensaje quizá no hubiera tenido tanto calado y credibilidad

el error del ayuntamiento no usar un poquito más de tacto en este asunto, una palmadita en la espalda en el despacho de su jefe de unidad y una circular leída durante 15 días en los pases de lista animando a no hablar diciendo que se es policía (por autoprotección, por ejemplo) hubiera sido suficiente

el compañero que se desnudó lo hacía desde su posición de ciudadano, en ningún momento dijo que era policía, es más, la manifestación era de trabajadores municipales, yo no ví más policías que los que estaban de servicio aquella mañana, es más, sólo vi trabajadores municipales que se manifestaban por sus derechos laborales

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1199 en: 28 de Febrero de 2012, 20:51:40 pm »
el compañero que se desnudó lo hacía desde su posición de ciudadano, en ningún momento dijo que era policía, es más, la manifestación era de trabajadores municipales, yo no ví más policías que los que estaban de servicio aquella mañana, es más, sólo vi trabajadores municipales que se manifestaban por sus derechos laborales

Quizás...pero desnudo y con gorra, aunque sea descatalogada, la identificación es suficiente para el reglamento.