Autor Tema: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"  (Leído 353612 veces)

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1300 en: 26 de Julio de 2012, 13:09:14 pm »
Xàbia suspende 5 días de empleo a un policía que se negó a hacerse la prueba de alcoholemia

Se le expedientó para aclarar si había ido ebrio a trabajar, pero varios testigos sostuvieron que tenía gripe         

A. P. F. XÀBIA
El expediente abierto a un policía local de Xàbia que se negó a someterse a una prueba de alcoholemia se ha resuelto con una sanción de cinco días de suspensión de empleo y sueldo. En realidad, el expediente disciplinario se inició para aclarar si el 16 de marzo de 2011 el inspector V. F. T. acudió ebrio al trabajo, como sospecharon en un primer momento varios agentes que ese día también estaban de servicio. Sin embargo, este extremo no se ha podido confirmar.

El otro inspector que acudió al retén cuando supo que V. F. T. mostraba síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas y un oficial sostuvieron que su compañero sí era cierto que presentaba el rostro congestionado pero porque sufría un proceso vírico. Ambos coincidieron en que no mostraba signos de estar borracho y que les confesó que estaba tomando medicación por la gripe.

Ante esos testimonios contradictorios, en la resolución final del expediente, que firman el alcalde, José Chulvi, y la instructora, se indica que "de las declaraciones no puede llegarse a la conclusión de que el inspector V. F. T. se encontrara bajo los efectos de la ingestión de bebidas alcohólicas, pues algunos testigos manifestaron que los síntomas eran evidentes (olor a alcohol, cara congestionada y el habla) y otros manifestaron que presentaba síntomas propios de un proceso vírico". "Lo que sí queda claro -se precisa- es que había una situación anormal y una duda acerca de si el inspector había consumido bebidas alcohólicas".

No obstante, la sanción que se ha impuesto al oficial es por una falta grave. Su suspensión de funciones comenzó este lunes y acaba el viernes. En el expediente, se advierte de que es "una obligación" de los policías locales "someterse a las oportunas pruebas de detección". El inspector que declaró a su favor fue quien le instó a realizar la comprobación del etilómetro. Pero el policía ahora sancionado "se negó en repetidas ocasiones". "Debe tenerse en cuenta -concluye el expediente- la negativa del inspector a someterse a la prueba de detención, pues si lo hubiera hecho se habrían disipado todas las dudas".

¿Qué régimen disciplinario se le ha aplicado?. De aplicarse la Ley 4/2010, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, lo hubiera tenido jodido:

Artículo 7. Faltas muy graves.

m) La negativa injustificada a someterse a reconocimiento médico, prueba de alcoholemia o de detección de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, legítimamente ordenadas, a fin de constatar la capacidad psicofísica para prestar servicio.

Artículo 10. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas muy graves son:

a.   La separación del servicio.
b.   La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años.
c.   El traslado forzoso.

 .ca;
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1301 en: 26 de Julio de 2012, 13:40:58 pm »
¿Qué régimen disciplinario se le ha aplicado?.

Está claro...se ha aplicado el artículo 999 párrafo xz que dice:

"porservosquiensois"

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1302 en: 26 de Julio de 2012, 13:43:04 pm »
¿Qué régimen disciplinario se le ha aplicado?.

Está claro...se ha aplicado el artículo 999 párrafo xz que dice:

"porservosquiensois"
Fíjate lo que te digo, de recurrir la sanción impuesta hasta podía llegar a ganarlo. :mus;
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1303 en: 26 de Julio de 2012, 13:45:00 pm »
5 dias por una negativa.  . . . Si. Hubiera sido policía también hubieran sido 5 dias?

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1304 en: 26 de Julio de 2012, 13:46:23 pm »
¿Qué régimen disciplinario se le ha aplicado?.

Está claro...se ha aplicado el artículo 999 párrafo xz que dice:

"porservosquiensois"
Fíjate lo que te digo, de recurrir la sanción impuesta hasta podía llegar a ganarlo. :mus;

Si el motivo es el que leemos sin duda...dado que no se habría aplicado el articulado correcto...defecto de forma.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1305 en: 26 de Julio de 2012, 13:54:15 pm »
5 dias por una negativa.  . . . Si. Hubiera sido policía también hubieran sido 5 dias?
´
Si hubiese sido policía lo menos le hubiera caído un mes. Es lo que tiene ser mando, que se le aplica otra ley "distinta".

En algún cuerpo de policía de una gran ciudad, por ejemplo, si eres inspector y adicto a la cocaína, en lugar de sancionarte y separarte del servicio que es lo que acarrearía si el "enfermo" tuviese la hombrera "pelá", se te paga un tratamiento de desintoxicación...
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1306 en: 26 de Julio de 2012, 14:07:35 pm »
5 dias por una negativa.  . . . Si. Hubiera sido policía también hubieran sido 5 dias?
´
Si hubiese sido policía lo menos le hubiera caído un mes. Es lo que tiene ser mando, que se le aplica otra ley "distinta".

En algún cuerpo de policía de una gran ciudad, por ejemplo, si eres inspector y adicto a la cocaína, en lugar de sancionarte y separarte del servicio que es lo que acarrearía si el "enfermo" tuviese la hombrera "pelá", se te paga un tratamiento de desintoxicación...

Siempre se aplicará la normativa que sea más beneficiosa para el expedientado...la normativa estatal contiene como falta muy grave la negativa a someterse a las pruebas y eso se califica con un mínimo de 3 meses y 1 día, sin embargo el reglamento propio de la PM califica la conducta como grave, es decir, de 5 días a tres años...con lo cual, en aplicación del principio de menor lesividad se aplicará el propio pero con la horquilla de 5 días a 3 meses dependiendo de cada circunstancia, y es ahí donde entrará la subjetividad.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1307 en: 26 de Julio de 2012, 14:15:16 pm »
5 dias por una negativa.  . . . Si. Hubiera sido policía también hubieran sido 5 dias?
´
Si hubiese sido policía lo menos le hubiera caído un mes. Es lo que tiene ser mando, que se le aplica otra ley "distinta".

En algún cuerpo de policía de una gran ciudad, por ejemplo, si eres inspector y adicto a la cocaína, en lugar de sancionarte y separarte del servicio que es lo que acarrearía si el "enfermo" tuviese la hombrera "pelá", se te paga un tratamiento de desintoxicación...

Siempre se aplicará la normativa que sea más beneficiosa para el expedientado...la normativa estatal contiene como falta muy grave la negativa a someterse a las pruebas y eso se califica con un mínimo de 3 meses y 1 día, sin embargo el reglamento propio de la PM califica la conducta como grave, es decir, de 5 días a tres años...con lo cual, en aplicación del principio de menor lesividad se aplicará el propio pero con la horquilla de 5 días a 3 meses dependiendo de cada circunstancia, y es ahí donde entrará la subjetividad.
Te has adelantado. Nuestro reglamento dice:

Artículo 241. - Faltas graves.

h) Negarse a realizar las pertinentes comprobaciones técnicas o superar, durante el servicio, una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por 1.000 centímetros cúbicos.

Artículo 245.- Clasificación de las sanciones.

2. Por la comisión de faltas graves se podrán imponer las sanciones siguientes :

a) Suspensión de funciones por menos de tres años.
b) Cambio de destino.
c) Inmovilización en el escalafón por un periodo no superior a cinco años.

3. Por la comisión de faltas leves se podrán imponer las sanciones siguientes :

a) Pérdida de uno a cuatro días de remuneración y suspensión de funciones por igual periodo, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el Escalafón.
b) Apercibimiento.

 :Burla
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1308 en: 26 de Julio de 2012, 14:17:41 pm »
5 dias por una negativa.  . . . Si. Hubiera sido policía también hubieran sido 5 dias?
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Si hubiese sido policía lo menos le hubiera caído un mes. Es lo que tiene ser mando, que se le aplica otra ley "distinta".

En algún cuerpo de policía de una gran ciudad, por ejemplo, si eres inspector y adicto a la cocaína, en lugar de sancionarte y separarte del servicio que es lo que acarrearía si el "enfermo" tuviese la hombrera "pelá", se te paga un tratamiento de desintoxicación...

Siempre se aplicará la normativa que sea más beneficiosa para el expedientado...la normativa estatal contiene como falta muy grave la negativa a someterse a las pruebas y eso se califica con un mínimo de 3 meses y 1 día, sin embargo el reglamento propio de la PM califica la conducta como grave, es decir, de 5 días a tres años...con lo cual, en aplicación del principio de menor lesividad se aplicará el propio pero con la horquilla de 5 días a 3 meses AÑOS dependiendo de cada circunstancia, y es ahí donde entrará la subjetividad.
:Aleg
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1309 en: 26 de Julio de 2012, 14:38:15 pm »
A tres años quería decir...pero con la salvedad de que la horquilla no puede irse a más de tres meses pues sino entraría entre las muy graves de la otra norma.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1310 en: 26 de Julio de 2012, 14:45:37 pm »
5 dias por una negativa.  . . . Si. Hubiera sido policía también hubieran sido 5 dias?
´
Si hubiese sido policía lo menos le hubiera caído un mes. Es lo que tiene ser mando, que se le aplica otra ley "distinta".

En algún cuerpo de policía de una gran ciudad, por ejemplo, si eres inspector y adicto a la cocaína, en lugar de sancionarte y separarte del servicio que es lo que acarrearía si el "enfermo" tuviese la hombrera "pelá", se te paga un tratamiento de desintoxicación...

Siempre se aplicará la normativa que sea más beneficiosa para el expedientado...la normativa estatal contiene como falta muy grave la negativa a someterse a las pruebas y eso se califica con un mínimo de 3 meses y 1 día, sin embargo el reglamento propio de la PM califica la conducta como grave, es decir, de 5 días a tres años...con lo cual, en aplicación del principio de menor lesividad se aplicará el propio pero con la horquilla de 5 días a 3 meses AÑOS dependiendo de cada circunstancia, y es ahí donde entrará la subjetividad.
:Aleg
A tres años quería decir...pero con la salvedad de que la horquilla no puede irse a más de tres meses pues sino entraría entre las muy graves de la otra norma.
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1311 en: 26 de Julio de 2012, 19:39:23 pm »
¿ y por qué se negó a hacer la prueba?
Que problema hay

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1312 en: 26 de Julio de 2012, 21:04:50 pm »
¿ y por qué se negó a hacer la prueba?
Que problema hay

Eso digo yo...qué problema hay?

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1313 en: 26 de Julio de 2012, 21:25:16 pm »
 :pen: . . . quizás . . . :a:

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1314 en: 26 de Julio de 2012, 21:52:36 pm »
O peor.... ;fu;
Ignavi coram morte quidem animam trahunt, audaces autem illam non saltem advertunt

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1315 en: 26 de Julio de 2012, 21:55:04 pm »
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1316 en: 28 de Julio de 2012, 14:01:18 pm »
Creo que hasta un profano en la materia puede llegar a suponer que si fue suspendido de empleo y sueldo durante cuatro años y ahora el juez declara nula la sanción, el Ayunbtamiento ha de pagar las cantidades dejadas de satisfacer y sus intereses...y decir que la sentencia no afectará a las arcas es, sencillamente, mentir al pueblo.

reacción
La sentencia del exjefe de Policía de Vila-real no afectará a las arcas
Así lo afirma el alcalde ante la resolución del TSJCV a favor de Torres
 MARIO PRADES 25/07/2012

“La aplicación de la sentencia no tendrá repercusiones económicas para el Ayuntamiento”. Así de claro se mostró el alcalde de Vila-real, José Benlloch, en referencia a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a favor de Ángel Torres, el exjefe de la Policía Local que fue suspendido cuatro años de empleo y sueldo. Si bien desde el consistorio no explicaron porqué la aplicación de dicha sentencia no repercutirá en el erario público, Benlloch sí afirmó que “respetamos al máximo la decisión de la justicia, y gestionaremos de la mejor manera posible los derechos de esa persona [Torres], con quien ya hemos mantenido conversaciones”.

Fructíferas conversaciones....  ;risr;

JUSTICIA | En Vila-real
 
El ex jefe de la Policía anuncia una querella criminal contra los responsables de su expediente
 

Considera que la sanción buscaba apartarle de su cargo como funcionario
 El TSJ la ha anulado por un defecto en la tramitación del expediente
 

ELMUNDO.es | Vila-real (Castellón)
 
Actualizado sábado 28/07/2012 12:18 horas
 
El ex jefe de la Policía Local de Vila-real, Ángel Torres, ha anunciado que presentará una querella criminal contra los responsables de la sanción de suspensión de empleo y sueldo durante cuatro años que le fue impuesta y que ahora ha sido anulada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
 
Cabe recordar que fue el ex alcalde Juan José Rubert quien firmó en 2008 las resoluciones contra el entonces jefe de la Policía. Torres, a través de su abogado, a expresado su intención de querellarse "contra todas y cada una de las personas que maquinaron de forma presuntamente ilegal, prevaricadora y, por ende, delictiva la instrucción y resolución qué concluyó con imposición de la aludida sanción disciplinaria,declarada finalmente ilegal y contraria a Derecho. De tal modo se dirimirán convenientemente las responsabilidades penales que hayan podido derivarse de tan lamentables actuaciones".
 
En un comunicado, el abogado de Torres, Santiago Albiol, recuerda que "el TSJ de la Comunidad Valenciana resuelve dicha anulación al apreciar la alegación de caducidad del procedimiento instada en nuestro recurso. Por tanto, el Tribunal no entra en cuestiones de fondo sobre los hechos que motivaron la imposición de dichas sanciones al comprobar la existencia de un vicio en la tramitación del expediente administrativo".
 
Finalmente, asegura que "la finalidad del expediente disciplinario que se ha visto anulado no fue otra que la de apartar a Ángel Torres de su condición de funcionario del Ayuntamiento de Vila-real, lo que se logró con tan lamentable maniobra. Esta actuación ilegal causó a mi cliente unos perjuicios y un sufrimiento de difícil o imposible reparación a día de hoy".

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1317 en: 06 de Agosto de 2012, 16:49:26 pm »
Bueno pues...esto es lo que hay.

http://www.madridiario.es/madridiario/madrid/sentencia%20policia.pdf

La recurrirán?

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1318 en: 06 de Agosto de 2012, 16:57:05 pm »
No creo, pagaran las costas, por que van a perder. Ultimamente la justicia no se lleva bien con los politicos.
A.P.M.U ¡UNIDOS TODOS PODEMOS!

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1319 en: 06 de Agosto de 2012, 17:40:06 pm »
No creo, pagaran las costas, por que van a perder. Ultimamente la justicia no se lleva bien con los politicos.

Uhmmmmm...las costas de qué?