Autor Tema: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"  (Leído 377813 veces)

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2480 en: 31 de Marzo de 2024, 13:08:54 pm »

Una policía nacional, sancionada con 35 días por enviar un correo con información sin contrastar sobre el covid


Se le castigó por cometer dos infracciones graves tipificadas en el artículo 8.i) y a) del Régimen Disciplinario. / La foto es ilustrativa y la agente que aparece en ella no tiene que ver con esta sanción.

El TSJM ha desestimado su recurso y ha confirmado las dos sanciones impuestas
Portada / Tribunales
Blanca Valdés
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31/3/2024 06:30
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Actualizado: 30/3/2024 19:20
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado las dos sanciones que la Dirección General de la Policía le impuso a una de sus agentes por enviar un correo electrónico con información sin contrastar. Ambas acumulan un total de 35 días de suspensión de funciones.

Así lo han considerado los magistrados Elvira Adoración Rodríguez, Mª Jesús Muriel, Ignacio del Riego, Santiago de Andrés y Benjamín Sánchez en la sentencia 198/2024 de 22 de febrero.

Se le castigó por cometer dos infracciones graves tipificadas en el artículo 8.i) y a) del Régimen Disciplinario.

La resolución sancionadora explicaba que la agente remitió por correo, el 15 de enero de 2021 en calidad de Coordinadora Covid de la Jefatura Superior de Policía en Asturias, un informe que dirigió a diversos responsables y Servicios de la Jefatura Superior.

En dicho escrito puso de manifiesto «de forma infundada y no contrastada» lo que, a su juicio, consideraba como una serie de presuntas y graves irregularidades relativas a la aplicación de procedimientos y protocolos covid, dice la resolución.

MANIFESTÓ QUE LOS AGENTES CONTAGIADOS ESTABAN DESAMPARADOS


También criticó la atención que recibió un grupo de agentes de la IX Unidad de Intervención Policial que se habían desplazado a Cataluña y que se contagiaron de coronavirus. Manifestó que se habían quedado desamparados.

Eran seis funcionarios que estaban en Castelldefels aislados en un hotel. Comentó que la Dirección General no les había hecho ningún seguimiento por teléfono, ni les había tramitado la baja médica administrativa. También cargó contra el hotel al cuestionar las condiciones de higiene y desinfecciones.



Conductas que la agente imputó a la Unidad Regional de Sanidad de la Jefatura Superior de Policía en Asturias, responsables de la IX UIP y de la XI UIP. Incluso le recriminaron que cuestionase las actuaciones de las autoridades sanitarias en Cataluña.

Algo que la Dirección General de la Policía consideró incierto por las manifestaciones y argumentaciones vertidas por los responsables policiales implicados y por los informes que ellos mismos realizaron.

Para la Dirección General de la Policía, todo ello eran inexactitudes que causaban una injustificada alarma, así como un grave perjuicio y daño en la imagen y reputación de las instituciones y servicios aludidos. Le recriminaron que estaba desprestigiando la imagen del cuerpo porque “en ningún momento recabó información” para “verificar sus aseveraciones”.

También criticó la forma en la que se estaban gestionado las PCR.

LA POLICÍA RECURRIÓ LA SANCIÓN EN LOS TRIBUNALES
La policía, disconforme con la resolución sancionadora de 4 de agosto de 2021, decidió recurrir en los tribunales. Consideraba que se habían infringido los principios de legalidad y tipicidad, ya que no existía ningún informe que desnaturalizarse o alterase la verdad.

Ni que, tampoco, que en las expresiones vertidas en el correo electrónico supusiesen una grave desconsideración hacia sus compañeros. Por otro lado, manifestó que ello estaba amparado en la libertad de expresión.

Pues bien, los magistrados explicaron que, sin aportar prueba alguna de ello, afirmó el gran malestar existente entre los policías aislados en el hotel. “Lo cierto y verdad es que el relato de los hechos expuesto en el informe del que dio traslado” la agente “no coincide con lo sucedido en el desplazamiento a Cataluña de la XI Unidad de Intervención Policial con sede en Oviedo”.

Además, la Unidad Sanitaria de Asturias informó a la agente que no era competente para conocer la situación sanitaria. Asimismo, la jefa de los Servicios Médicos declaró que el trato que le dieron a los agentes confinados fue el adecuado haciendo todo lo que estaba de su mano dado que, al estar desplazados en Cataluña, era competencia de los servicios médicos de allí.

Por otro lado, la policía manifestó que era libertad de expresión. A lo que los magistrados manifestaron que dicho derecho, como miembro del Cuerpo Nacional de Policía opinando sobre cuestiones relacionadas con él, no tiene la misma amplitud que el derecho de un particular. Además, eran hechos no contrastados.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2481 en: 07 de Abril de 2024, 08:33:54 am »

“Parece el desfile de Victoria Secret del CNP” o “Hay gente que ha muerto portando ese uniforme como para que los estéis manchando con estas idioteces”, son algunos de los comentarios. Publicaciones que se realizaron en el grupo de Facebook “Primavera Española CENEPE”.


Agentes de Policía Nacional, absueltos tras criticar a una compañera que «hacía el gilipollas” en el TikTok corporativo
Barbara Hermida


06/4/2024 06:33
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Actualizado: 05/4/2024 21:44

La Policía Nacional también da servicio a los ciudadanos a través de las redes sociales. Y es que pocas son las empresas e instituciones que actualmente pueden resistirse a tener presencia en portales sociales como TikTok, Facebook o Instagram.

Así pues, con la llegada de la pandemia, el Cuerpo Nacional de Policía decidía comenzar a hacer vídeos divulgativos en la red social de TikTok. Unos vídeos que, sin embargo, no parecen ser del agrado de todos. Ni siquiera, dentro de la propia Policía.

Y es que varios agentes, a través de sus perfiles personales de redes sociales, no dudaban en volcar diferentes contenidos ofensivos hacia estas publicaciones. Y, asimismo, hacia la compañera que los protagonizaba.

“Parece el desfile de Victoria Secret del CNP” o “Hay gente que ha muerto portando ese uniforme como para que los estéis manchando con estas idioteces”, son algunos de los comentarios. Publicaciones que se realizaron en el grupo de Facebook “Primavera Española CENEPE”.

Entre estas afirmaciones, otro agente de la Policía Nacional también se pronunciaba, siendo ofensivo incluso con su compañera.

“Los feos estamos trabajando para que otros se puedan permitir el lujo de hacer el gilipollas. Hacen los mismos castings que los que hacían en las películas de Canal+ de los viernes por la noche”, son algunos de sus comentarios.

Críticas ante las que la Dirección General de Policía tomaba la decisión de sancionar en suspensión de funciones a estos agentes por un total de siete días. Ello, debido a que los consideró autores de una falta grave de “desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos”.

LA JUSTICIA DA LA RAZÓN A LOS AGENTES DE POLICÍA NACIONAL SANCIONADOS

Una sanción ante la que los agentes tomaban la decisión de presentar demandas individuales para conseguir la anulación de sus condenas.

“El hecho de que miembros del Cuerpo Nacional de Policía publiquen contenido ofensivo en una red social, aunque sea en un chat privado, tiene relevancia pública”, aseguró el Letrado del Estado en este sentido. Una actitud que no sólo les afecta de forma individual, sino que también “causa descrédito notorio a la Institución Policial”.

Posición que, sin embargo, no ha sido compartida por los diferentes tribunales implicados, que han estimado los recursos de los agentes. El último de ellos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha anulado la condena contra uno de los agentes en su sentencia 162/2024.

“No resulta que dirija su comentario hacia la funcionaria policial protagonista del vídeo, siendo su finalidad una opinión crítica más o menos afortunada”, sentencia el TSJM sobre las publicaciones del agente.

Así pues, defiende el tribunal que, a pesar de que estas manifestaciones no tienen categoría de “insultantes o descalificadoras”. Ello, a pesar de que sí se utiliza un lenguaje “coloquial, inapropiado, inadecuado, molesto o hiriente”.

“Las expresiones vertidas no suponen una grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones, ni causan descrédito notorio a la Institución Policial”, destaca el tribunal.

Afirmación que hace que el TSJM falle a favor de estimar el recurso del agente de Policía Nacional sancionado. Una decisión que imitaba las anteriores, tomadas por otros juzgados de cara al resto de agentes implicados. Y, a su vez, condenaba a la Dirección de Policía al pago de costas, con un límite de 600 euros.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2482 en: 07 de Abril de 2024, 09:42:07 am »
Es curioso que a pesar de que era un chat cerrado el.abogado del Estado defendiese la sanción...pero mucho más curioso es que el Tribunal se haya decantado por las expresiones en si mismas y no en que no fueron públicas.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2484 en: 08 de Abril de 2024, 13:16:34 pm »
Con un Ministro del Interior de VOX. . . seguro que iban a tener toneladas de dignidad y de respeto. . . lo mismo pasó en PMM, no era una cuestión económica, sino de liderazgo. . . y así estamos. . . llenos de dignidad y respeto, o no?. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2485 en: 08 de Abril de 2024, 15:17:45 pm »
Con un Ministro del Interior de VOX. . . seguro que iban a tener toneladas de dignidad y de respeto. . . lo mismo pasó en PMM, no era una cuestión económica, sino de liderazgo. . . y así estamos. . . llenos de dignidad y respeto, o no?. . .

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Estos son tan gilipollas como los del casco espartano..que por cierto, aparecieron como setas en tiempos de Carmena y ya no queda ni uno en las redes.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2486 en: 09 de Abril de 2024, 07:33:47 am »

Una jueza anula una sanción interna a un policía local y condena al Ayuntamiento de Zaragoza a pagar las costas

MARTA GARÚ
NOTICIA09/04/202405:00

El agente informó verbalmente a un superior de que un compañero había acudido aparentemente ebrio al servicio.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 ha declarado la nulidad "radical y de pleno derecho" de la sanción administrativa impuesta a un agente de la Policía Local de Zaragoza que  acabó castigado por comunicar a sus superiores que un compañero se había presentado aparentemente ebrio en el trabajo y que el oficial al mando, tras hacerle presuntamente una prueba con el etilómetro y supuestamente dar positivo, permitió que entrara de servicio en condiciones poco apropiadas que se tradujeron luego en incidentes con otras patrullas durante su turno.

La información la trasladó verbalmente a un jefe dos días después del incidente, pero fue él quien terminó sancionado como autor de una falta leve por "no informar correctamente a su superior jerárquico de las incidencias ocurridas en el cuartel de Palafox el 3 de abril de 2021 y presentar su informe por escrito nueve meses después".

La jueza, en una sentencia que es firme, anula el castigo impuesto por el concejal Delegado de Personal del Ayuntamiento de Zaragoza y condena en costas al Consistorio (3.121 euros). En el fallo cuestiona la información reservada que se abrió para investigar los hechos, la cual solo apreció una actuación reprochable en el agente que los denunció y no en quien o quienes los cometieron.

La resolución judicial subraya que se "ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del funcionario" en la tramitación del procedimiento, pues se desestimaron u obstaculizaron las pruebas que pidió para demostrar su inocencia. La sanción consistió en un mero apercibimiento (el grado mínimo de la falta leve) pero como la consideró de todo punto injusta, su abogado, Enrique Esteban Pendás, la recurrió. Ahora, dos años después, ha obtenido la sentencia que le da la razón.

Los hechos que dieron origen a esta causa ocurrieron el 3 de abril de 2021. El policía local afirmó que observó que un compañero que debía empezar el servicio iba embriagado. Asegura que presenció cómo, en el mismo cuartel de Palafox, el oficial le hizo una prueba de alcoholemia, que supuestamente dio positivo y, a pesar de ello, se incorporó al turno con normalidad.

Durante esa tarde noche hicieron varias actuaciones en el Tubo –era época de restricciones por covid y la Policía Local controlaba aforos y horarios– en las que el agente supuestamente ebrio protagonizó un par de incidentes con otros compañeros que intervinieron en un bar donde había amigos suyos bebiendo y comiendo con la persiana bajada.

El turno acabó sin más percances y, dos días después, el policía local trasladó verbalmente a un superior lo que había acontecido esa tarde-noche, en especial la prueba de etilometría que presenció y la decisión de dejar trabajar al compañero. Lo sucedido en el bar sí quedó recogido en el parte de incidencias del servicio.

Al día siguiente, el policía local denunciante cogió un mes de permiso por un asunto familiar grave. Cuando regresó mantuvo una reunión con un inspector a quien previamente, por teléfono, había puesto al corriente de lo sucedido. Pero, como luego declaró, en ese encuentro empezó a notar "algo raro", como que "no se habían tomado medidas" contra el que había ido supuestamente ebrio a trabajar.

Los superiores abrieron una información reservada y en ese tiempo se tomó declaración a quince policías del turno. El agente recusó al encargado de hacerla por ser este su superior jerárquico y al parecer conocedor de los hechos, pero su escrito no obtuvo respuesta. También cuestionó las declaraciones de todos los policías identificados por no ir firmadas por ninguno de ellos.

La jueza aprecia que en este caso se han usado "fraudulentamente" las diligencias previas efectuadas en la información reservada, cuando esta debe ser una "garantía" encaminada a evitar posibles "fallidas acusaciones sin base legal o fáctica" o la "precipitada apertura de expedientes sancionadores". Señala que en este asunto se ha empleado "para incoar, que se conozca, un único expediente sancionador contra el agente".

"El jefe llega a conclusiones no objetivas, basadas en apreciaciones subjetivas y en testimonios interesados", recoge el fallo. El policía fue expedientado, además de por no comunicar los hechos con la "diligencia debida", por supuesta "desconsideración con su superior jerárquico", deducción que la jueza considera "muy cuestionable".

Recuerda que cualquier resolución administrativa debe dictarse "respetando el sistema de garantías, cuyo designio final es la defensa del administrado frente a la Administración". Entiende que aquí no se ha respetado, sino que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del agente, no hay pruebas de cargo válidas y los obstáculos que le han puesto para defenderse "invalidan el expediente sancionador" y "vician" la sanción impuesta.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2487 en: 09 de Abril de 2024, 17:16:20 pm »

El jefe de Policía Local de Cuenca y un oficial, suspendidos por expedientes disciplinarios


El motivo por el que ambos han sido expedientados no ha trascendido.
El jefe de Policía Local de Cuenca y un oficial, suspendidos por expedientes disciplinarios.
El jefe de Policía Local de Cuenca y un oficial, suspendidos por expedientes disciplinarios.AYUNTAMIENTO DE CUENCA (FOTO DE ARCHIVO)

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REDACCIÓN CMM
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08.04.2024 20:38
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El jefe de la Policía Local de Cuenca y un oficial del cuerpo han sido suspendidos temporalmente de sus cargos y funciones policiales tras la apertura de dos expedientes disciplinarios, cuyo motivo no se ha dado a conocer.

La investigación de ambos policías se inició "a instancias de personal del Ayuntamiento" y por parte de Secretaría e Intervención. El alcalde de la ciudad, Darío Dolz, ha señalado que ha sido "difícil", ya que es una situación "muy triste y desagradable".

Sin embargo, no ha querido dar detalles sobre los motivos que han llevado al inicio de la investigación o sus posibles consecuencias para respetar “el derecho a defenderse de las dos personas a las que se les ha abierto en el expediente disciplinario, y también su presunción de inocencia”.

Suspendidos de sus funciones, cargo, empleo y sueldo
El alcalde ha indicado que esta suspensión afecta a las funciones policiales y el cargo, así como al empleo y al sueldo. También ha apuntado que ya se ha nombrado como jefe accidental de Policía Local de Cuenca al agente de mayor rango y antigüedad en el cuerpo. Dolz también ha comunicado que el resto de grupos políticos han sido informados y coinciden en que, ante la investigación que se ha realizado, "lo único que cabe es abrir dichos expedientes disciplinarios".

El regidor también ha relatado que entre los habilitados nacionales de Secretaría e Intervención se ha nombrado un instructor, que será el encargado de recabar los testimonios que considere oportunos, y al que ha pedido "diligencia" para aclarar esta situación cuanto antes.

« Última modificación: 09 de Abril de 2024, 17:19:28 pm por 47ronin »

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2488 en: 12 de Abril de 2024, 11:10:45 am »

La Justicia confirma 20 días de suspensión de sueldo a un policía que se le fugó un detenido del calabozo


Salió sigilosamente con los zapatos en la mano a la estancia del precalabozo cuando no había ningún policía en el puesto de seguridad. Foto de archivo.
La Justicia confirma 20 días de suspensión de sueldo a un policía que se le fugó un detenido del calabozo
Portada / Tribunales
Blanca Valdés
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12/4/2024 06:30
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Actualizado: 12/4/2024 01:23
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la decisión de suspender durante 20 días de empleo y sueldo a un policía nacional al que se le escapó un detenido del calabozo. Su compañero de turno se dio cuenta casi tres horas después.

Una decisión tomada por los magistrados Francisco Javier Canabal, Ignacio del Riego, Santiago de Andrés y Benjamín Sánchez en la sentencia 186/2024 de 15 de febrero que confirma la resolución sancionadora de la Dirección General de la Policía.


En concreto, se le sancionó por cometer una falta grave prevista en el artículo 8.x) del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

Según se desprende en la sentencia, el agente, junto con otro policía, ambos de la Comisaría Local de Torrejón de Ardoz (Madrid), se encontraban en la madrugada del 14 de agosto de 2021 prestando servicio de seguridad en los calabozos. Durante la noche, hacían turnos de custodia.

Pero durante la noche, uno de los detenidos, que acababa de llegar del hospital, pudo abrir la celda porque el policía cerró de una forma en la que se podía abrir desde dentro. De modo que sobre las 03:44 de la madrugada, se fugó y deambuló por las dependencias de la comisaría.

Salió sigilosamente con los zapatos en la mano a la estancia del precalabozo cuando no había ningún funcionario en el puesto de seguridad. Cogió una bicicleta del interior de las dependencias, subió a un tejado y abandonó el recinto.

Su compañero de turno no se percató de la ausencia del detenido hasta las 6:00 horas.

EL POLICÍA ALEGÓ CIERRE DEFECTUOSO, FALTA DE PERSONAL…
Tras la sanción, el policía recurrió en los tribunales buscando su nulidad. Alegó que el cierre de la celda estaba defectuoso y que el puesto de vigilancia de cámaras que enfocaba al exterior no estaba cubierto por ningún funcionario.


Rebajan la sanción a un policía nacional que metió a actrices de TVE en la galería de tiro: se hicieron fotos para Instagram
También manifestó que mientras estuvo prestando servicio en el calabozo realizó las rondas cada media hora, tal y como estaba previsto, sin que constara ninguna incidencia. Además comentó que había falta de personal a la hora de hacer los relevos con compañeros.

Por su parte, la Abogacía del Estado se opuso al recurso señalando que la vigilancia de las cámaras entre la 01:20 y las 4:00 le correspondía a él, por lo que la responsabilidad del detenido en el momento de la fuga era suya al tener acceso visual y auditivo.

Para los magistrados los hechos son claros. «El detenido se dio a la fuga estando el policía en calabozos y la puerta no estaba asegurada suficientemente pese a contar con defectos que debían ser conocidos». Por lo que «debió adoptar la máxima diligencia en la comprobación del estado de la cerradura a fin de impedir lo que sucedió».

Además, la Sala tampoco entiende cómo el agente tardó 35 minutos en hacer el relevo con su compañero, tiempo en el que la zona se quedó «libre» para el detenido.


Una policía nacional, sancionada con 35 días por enviar un correo con información sin contrastar sobre el covid
«El hecho cierto es que se ha producido una fuga de un detenido que estaba bajo encerrado y bajo su custodia».

De modo que, para los magistrados, se produjo una actuación contraria a los deberes que han de observar todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Pues en el artículo 9 del citado reglamento se establece el deber de cumplir con las funciones o tareas que tengan asignadas.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2489 en: 15 de Abril de 2024, 09:52:28 am »

La Policía Local "absuelve" a 13 agentes y mandos investigados por Antifraude


Solo un intendente podría enfrentarse a una sanción por impartir más horas de las permitidas en el Ivaspe
José Miguel Vigara | @jmvigara
València | 15·04·24 | 04:00 | Actualizado a las 09:38


Dos agentes de la Policía Local patrullan por Benimaclet. | FRANCISCO CALABUIG
La Policía Local "absuelve" a 13 agentes y mandos investigados por Antifraude


La investigación iniciada hace unos años por la Agencia Antifraude en relación a un número excesivo de horas de formación que habrían impartido un grupo de agentes y de mandos de la Policía Local de València ha quedado finalmente en nada. Tal como han confirmado fuentes de toda solvencia, de los 14 agentes y mandos que fueron investigados por la Agencia Antifraude por excederse en las 75 horas anuales que como máximo podían impartir,- entre los años 2019 y 2022, ambos incluidos-; hasta 13 han sido exonerados por los instructores de los tribunales internos de la Policía Local, de modo que no serán sancionados.


Básicamente, los componentes del jurado, -a la luz de los testimonios, las pruebas y los informes de los servicios jurídicos-, han concluido que un inspector, cinco oficiales y siete agentes no habrían incurrido en ninguna falta susceptible de ser sancionada, ya que se les ha achacado una supuesta conducta considerada «grave» y no «muy grave».

De este modo, pese a que la mayoría de ellos superó las 75 horas permitidas en los ejercicios de 2019, 2020 y 2021, ya han pasado más de 2 años y los hechos estarían prescritos y no procedería sancionarlos. No en vano, de los 14 investigados solo tres policías impartieron clases de formación en 2022, y el resto ya no lo hicieron. Y de estos tres, solo dos se excedieron en una y dos horas respectivamente. Nada que ver, con las 757 clases anuales, las 593, las 498, las 437 o las 393 horas que llegaron a impartir algunos de los implicados entre 2019 y 2021.

Investigación de Antifraude

Como se recordará y publicó Levante-EMV, este procedimiento sancionador se inició a instancias de una exhaustiva investigación iniciada y completada por la Agencia Antifraude, que detectó estos casos de exceso de horas impartidas, presuntamente, por estos mandos y agentes. Supuestamente también habrían impartido formación a terceros sin haber solicitado ni conseguido del ayuntamiento en ningún caso la declaración de compatibilidad necesaria para conjugar la docencia y el ejercicio diario policial en las calles de València.

En aquella investigación, Antifraude recabó información de estos 14 funcionarios de la Policía Local en el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (Ivaspe) acerca de la cantidad de horas que cada uno impartió como docente en esta institución autonómica. También se recabó información de la Fundestap-UGT, la fundación de esta central sindical en la que se forma a policías en diversas materias. Una vez completado este informe, en el que se constató que presuntamente estos 14 policías superaban de largo el máximo de horas impartidas permitidas, se dio audiencia a los propios afectados, que ya pudieron alegar en aquella instancia.

Al acabarse toda la investigación, la agencia dirigida por Joan Llinares envió su informe de conclusiones al ayuntamiento que en la Junta de Gobierno Local del pasado 19 de enero acordó abrir este expediente disciplinario. Cada uno de los implicados fue llamado ante dos instructores. La mayor parte compareció ante un comisario nombrado como instructor de la causa. Y como se ha adelantado, los 13 implicados han sido absueltos. Es decir, se propone el archivo de los expedientes disciplinarios abiertos contra ellos.

El implicado número 14, en este caso, el intendente, compareció ante un comisario principal. Al parecer, podría ser objeto de una sanción, sin embargo el afectado se ha defendido con un informe de un catedrático de Derecho que argumenta que puede compatibilizar su trabajo policial con la docencia.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2490 en: 18 de Abril de 2024, 07:59:19 am »

El Ajuntament de Palma sanciona sin empleo y sueldo al policía local que alquilaba infraviviendas


Ya había sido multado con dos millones de euros por la Conselleria de Habitatge
El policía local que alquilaba infraviviendas ha sido sancionado por el Ajuntament de Palma
El policía local que alquilaba infraviviendas ha sido sancionado por el Ajuntament de Palma | Pilar Pellicer
Gemma Marchena | 17/04/24 14:11 | Actualizado a las 16:17
   
El Ajuntament de Palma ha sancionado por incompatibilidad al policía local investigado por alquilar infraviviendas, que ha sido suspendido de sueldo y empleo durante dos años y cuatro meses. La Conselleria de Habitatge ya le impuso una multa de dos millones de euros.


El pasado 25 de julio, el área de Seguretat Ciutadana i Civisme incoó un expediente disciplinario contra este funcionario de la Policía Local por la presunta comisión de una falta tipificada como muy grave. El 18 de marzo, el instructor del caso resolvió que había cometido una falta disciplinaria de carácter muy grave por la infracción del artículo 68, apartado 1, que sanciona «el incumplimiento de las normas de incompatibilidad», por lo que se propuso una suspensión de dos años y cuatro meses de funciones y de remuneración al agente. El afectado presentó alegaciones que han sido rechazadas, elevándose la propuesta a Junta de de Govern de este mismo jueves, ratificando la desestimación y la citada sanción.

El policía infractor fue detenido el pasado 24 de noviembre por la Policía Nacional, a raíz de la denuncia del servicio de Inspección de la Conselleria d’Habitatge, en una actuación conjunta con la Policía Local, tras detectarse que el funcionario llevaba el control de 73 infraviviendas en las barriadas de la zona de Gomila, proximidades de la calle Manuel Azaña, Foners, Lluis Sitjar y de s'Indioteria. En la mayoría de casos se trataba de plantas bajas o sótanos de escasos quince metros cuadrados como máximo, sin luz ni ventilación. El agente detenido cobraba a los irregulares entre 300 y 750 euros al mes.

En el pasado mes de febrero, la Conselleria d’Habitatge impuso una sanción de dos millones de euros (2.040.068 euros) por infracciones «muy graves» al policía local detenido por alquilar 68 infraviviendas que gestionaba a través de una sociedad limitada en zonas de Palma como Gomila, Foners y sa Indioteria. Se trata de la mayor multa registrada por la Direcció General d’Habitatge i Arquitectura hasta la fecha y es más alta que la suma de todas las sanciones de los últimos cinco años.

Por otro lado, la Plataforma de la Inmigración –que engloba a asociaciones de inmigrante–constituyó en febrero la plataforma de los afectados de estos habitáculos ilegales. Esta iniciativa se gestó a raíz de recoger amenazas por parte del policía local a muchos de sus inquilinos en los últimos meses. La mayoría, de origen dominicano. Hasta la fecha, han localizado a 40 familias de estas viviendas ilegales para ayudarles y defender sus derechos una vez sean desahuciados.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2491 en: 20 de Abril de 2024, 10:23:28 am »

Un juzgado revoca la suspensión del jefe de la Policía Local de Cuenca


El Ayuntamiento le abrió un expediente, junto a otro de los agentes, por causas que no han trascendido.
19 abril, 2024 19:06GUARDAR

 CASTILLA-LA MANCHA CUENCA (MUNICIPIO)
EDCM
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca ha revocado las medidas cautelares de suspensión temporal de sus funciones del jefe de la Policía Local de Cuenca. Así lo ha dado a conocer este viernes en un comunicado el mando policial, Juan Carlos Muñoz, quien, junto con el oficial de más antigüedad, Jesús María Casamayor, fue suspendido de sus funciones por un decreto del Ayuntamiento.

En concreto, la decisión se adoptó en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca a principios de este mes de abril. En su momento, el Consistorio informó de que fueron suspendidos de sus cargos y funciones policiales tras la apertura de dos expedientes administrativos cuya causa no ha trascendido.


En el comunicado, los mandos policiales han expresado su agradecimiento a la ciudadanía y el "apoyo incondicional" de familiares y amigos. "Gracias por vuestras muestras de cariño", han concluido en el comunicado.

Biografía de Muñoz

Juan Carlos Muñoz fue reconocido por el Gobierno de Castilla-La Mancha en 2006 en su lucha contra la violencia de género.

Es licenciado en Humanidades por la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) y Grado en Trabajo Social.

En la misma Universidad realizó estudios de tercer ciclo en Psicología Social y es especialista universitario en estudio y tratamiento de las drogodependencias, además de experto en violencia de género

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2492 en: 25 de Abril de 2024, 15:19:29 pm »

Archivados los expedientes que se abrieron contra los guardias civiles que criticaron la amnistía


El comunicado fue redactado por la asesoría jurídica de la asociación a la que pertenecen los agentes
Guardias civiles vigilan el vallado de Melilla
 Imagen de la AQPROGC de la labor de los agentes, en este caso en el vallado de Melilla La Razón
J.M. Zuloaga
J.M. ZULOAGA
Creada: 25.04.2024 11:31




El Jefe de la Asesoría Jurídica de la Guardia Civil ha emitido una propuesta de resolución en la que se sugiere no adoptar ninguna medida disciplinaria para los dos guardias civiles que fueron expedientados por las manifestaciones en contra de la ley de amnistía expresadas en un comunicado de la Asociación Pro Guardia Civil (APROGC) titulado "La última
Los afectados, presidente y secretario de la mencionada Asociación, fueron expedientados por la comisión de la falta muy grave tipificada en el art. 7.2 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, consistente en "la violación de la neutralidad en el desarrollo de la actuación profesional".

Sin embargo, la propuesta de resolución, de fecha 11 de marzo de 2024, se inclina por la terminación del expediente sin declaración de responsabilidad respecto de los dos guardias civiles. En concreto, el Jefe de la Asesoría Jurídica de la Guardia Civil considera acreditado que el repetido comunicado no fue redactado por ninguno de los expedientados y que "su elaboración fue encargada a un despacho de abogados", PenalTech, siendo su máximo responsable Fran Peláez, "ajeno a la Institución y al ámbito de aplicación personal del Régimen  :gracias1, en relación a una hipotética pasividad en la comprobación de la materialización de las directrices dadas para la elaboración del comunicado en la que pudiera haber incurrido, toda vez que ni siquiera esa actuación omisiva sería típica, al producirse en el ámbito de la

gestión de la asociación profesional y con personas ajenas a la institución", avisa la propuesta de resolución.

El dictamen informa que Fran Peláez, socio fundador de PenalTech, asumió y corroboró ante el propio Instructor la elaboración del comunicado bajo la cobertura del contrato de arrendamiento de servicios profesionales que une a la Asociación y al despacho de abogados desde 2021.

Una vez archivado el expediente, el abogado ha subrayado la celeridad con la que se acusó a los guardias civiles y denuncia públicamente "las distintas tropelías que se cometieron al inicio de la tramitación de este expediente". "Se

propuso apartar a los agentes del servicio durante tres meses, el máximo permitido. Sin embargo, este período no llegó a completarse ya que el Tribunal Militar Central suspendió tal medida cautelar por considerarla absolutamente desproporcionada y no motivada".

Además, "en ningún caso se pusieron en contacto con los agentes de forma interna para aclarar lo ocurrido o simplemente para conocer el origen del mencionado comunicado", expone Fran Peláez. "Después llegaría el linchamiento mediático con la publicación y difusión de la decisión del Ministerio del Interior de expedientar a los guardias civiles en decenas de medios a nivel nacional", lamenta el abogado.



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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2493 en: 03 de Mayo de 2024, 08:35:00 am »

Sanción a un policía por llamar «puto niñato» a un conductor


J.M. / Burgos - jueves, 2 de mayo de 2024
El agente fue grabado en vídeo y el expediente disciplinario se resuelve con una «falta grave» en la que se le suspende de sus funciones durante cinco días
Los hechos tuvieron lugar hace casi un año aunque es ahora cuando se resuelve el procedimiento. -

El Ayuntamiento de Burgos ha puesto una sanción de cinco días de «suspensión de sus funciones» a un policía local por entablar una «conversación subida de tono» con el conductor de un vehículo de «marca Audi TT» que, al parecer, estaba «realizando carreras ilegales y/o conducciones imprudentes» y al que el agente se dirigió con la expresión «niñato, eres un puto niñato». Unas palabras que fueron recogidas en un vídeo que aportó el conductor y que el policía ha reconocido haber pronunciado, tal y como se recoge en el expediente disciplinario abierto.

Aunque es ahora cuando se están depurando las responsabilidades, los hechos tuvieron lugar sobre las 17.30 horas del día 27 de mayo de 2023, en el contexto de una intervención policial en las inmediaciones de la avenida de Cantabria con la glorieta Bilbao. En el relato de lo que se consideran «hechos probados» por parte del instructor del expediente se detalla también que en el vídeo se escuchan blasfemias «en repetidas ocasiones», expresión que el agente no recuerda haber pronunciado.
.




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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2494 en: 10 de Mayo de 2024, 08:50:34 am »

Anulan el castigo a dos policías de Bilbao por cantar un aurresku a un compañero


El Ayuntamiento les degradó porque no habían hecho cumplir las normas anticovid, pero el TSJPV recuerda que en el acto «había superiores»

Ainhoa de las Heras

Viernes, 10 de mayo 2024, 01:03

La sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado la degradación de dos agentes de la Policía Municipal de Bilbao, que fueron castigados por cantar un aurresku de despedida a un compañero que se jubilaba tras 30 ...

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2495 en: 10 de Mayo de 2024, 08:55:57 am »
Degradados?. . . qué es eso?. . .

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2496 en: 10 de Mayo de 2024, 17:29:16 pm »

Un policía, sancionado con 15 días de suspensión por resolver una disputa sacando la pistola sin estar de servicio


El TSJ de Cataluña confirma la sanción contra el policía al no informar de sus actuaciones en la calle. Foto: EP
Portada / Tribunales
Un policía, sancionado con 15 días de suspensión por resolver una disputa sacando la pistola sin estar de servicio
Barbara Hermida
|
10/5/2024 06:31
|
Actualizado: 10/5/2024 09:42
En esta noticia se habla de:

José Manuel de Soler Bigas
Policía Nacional
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat)
Identificarse como agente de la Policía Nacional. Sacar la pistola. Y, posteriormente, no informar sobre el suceso. Esto es lo que ha provocado que un miembro del cuerpo policial haya sido sancionado con una suspensión de 15 días.

El agente, ahora sancionado, se encontraba libre de servicio el 28 de agosto de 2020 de sus labores dentro del cuerpo policial en Marbella. Un momento que utilizó para trabajar, como personal de seguridad privado, en un traslado.

Así pues, tal y como destaca la sentencia  958/2024 del TSJ de Cataluña, el agente fuera de servicio “acompañó al conductor de una furgoneta de alquiler a recoger a una ciudadana extranjera a un domicilio, a fin de trasladarla a otra zona de la ciudad”.

Un traslado que, sin embargo, no salió como se esperaba. “Al llegar al lugar de recogida, dos hermanos de la mujer trataron de impedir que se subiera a la furgoneta”.

Dos hombres, de nacionalidad rumana, que tal y como el agente de la Policía Nacional justificó, se acercaron a él “de forma agresiva”. “Les vio acercarse rápidamente en un vehículo deportivo, y llevaban algo escondido entre las piernas, sospechando que podría tratarse de un arma”.

Situación de aparente peligro ante la que el agente, a pesar de estar fuera de servicio “llegó a identificarse como policía, y a intimidar con el arma que portaba a los varones”.

Identificación como agente de la Policía Nacional que el hombre no informó debidamente al cuerpo policial. Y es que el hombre “apareció en las dependencias policiales 15 horas después de que los hechos fueran denunciados por otras personas”.

“El actor omitió de este modo la obligación legal de dar cuenta con prontitud y diligencia de hechos trascendentes en que había intervenido identificándose como funcionario policial y exhibiendo el arma reglamentaria”.

LOS TRIBUNALES RATIFICAN LA SANCIÓN CONTRA EL AGENTE DE POLICÍA
Una omisión de información pertinente al cuerpo policial que llevó al Director General de la Policía a imponer una sanción al agente de policía.

En concreto, en la resolución del 17 de mayo de 2021, se dictó la sanción de “suspensión de funciones durante 15 días, como autor de una falta grave”. Una sanción fundamentada en la “omisión de obligación de dar cuenta a la superioridad con la debida diligencia de todo asunto que por su entidad requiera su conocimiento”.

Sanción que el agente de policía recurría ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.Sala de lo contencioso-administrativo que, sin embargo, decidía desestimar las pretensiones del agente frente a la decisión del Ministerio de Interior.

El tribunal, con José Manuel de Soler Bigas como ponente, desestima el recurso presentado frente a la sanción al agente policial. Recurso presentado tanto por el motivo de “caducidad del expediente disciplinario”, como por el hecho de que se había vulnerado el principio de proporcionalidad. Y es que el agente consideró excesiva la sanción con respecto a los hechos acontecidos.

Algo que rechaza el TSJ de Cataluña. Por un lado, mostrando que el procedimiento cumplía con el plazo establecido.

Por otro, destacando el tribunal el artículo 10, sobre sanciones del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. “Son faltas graves […] la omisión de la obligación de dar cuenta a la superioridad con la debida diligencia de todo asunto que requiera su conocimiento”, destaca la normativa. Una falta grave que, recuerda el tribunal, puede ser sancionada “con suspensión de funciones desde cinco días a tres meses”.

“Se confirma la resolución firmada por el Director General de Policía, por estimarse ajustada a derecho”, falla el tribunal. TSJ que, además, condena al agente al pago de costas, con un límite de 500 euros.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2497 en: 15 de Mayo de 2024, 09:35:44 am »

La comisión de control de la Policía vasca analizará el puñetazo de un ertzaina a un hombre en Irún


La Policía vasca ha decidido apartar de modo cautelar a ese funcionario después de se publicara el vídeo de una actuación que tuvo lugar el pasado verano


Iker Rioja Andueza

Vitoria —
14 de mayo de 2024 22:33h
Actualizado el 15/05/2024 05:30h
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La Comisión de Control y Transparencia de la Policía vasca, presidida por el exmagistrado Juan Luis Ibarra, investigará la actuación de seis ertzainas y cuatro agentes municipales de Irún del pasado verano en la que uno de los del primer grupo propinó un puñetazo en la cara a un hombre que ni siquiera estaba detenido. Este análisis se suma al anunciado por Asuntos Internos de la Ertzaintza, que abrió diligencias este viernes, cuando estos hechos trascendieron después de que empezara a circular por redes sociales un vídeo con toda la secuencia. De modo cautelar, el Departamento de Seguridad ha decidido apartar al ertzaina identificado como autor de la agresión. “Es evidente que no puede tratar con gente”, sostienen las fuentes consultadas.


PNV y PSE-EE ensayan su acuerdo de Gobierno y reeligen como presidenta del Parlamento Vasco a Bakartxo Tejeria

En la grabación se aprecia claramente a un hombre rodeado de policías de los dos cuerpos quejándose de que había recibido un golpe. Acto seguido, uno de los ertzainas uniformados le propina un fuerte puñetazo en la cara y lo derriba al suelo. “Cállate ya, coño. Se acabó la tontería. ¡Se acabo la tontería! ¡Venga! ¡Venga!”, se escucha en el vídeo. Desde la Ertzaintza insisten en que no se tenía conocimiento de lo ocurrido hasta que empezó a moverse a través de diferentes plataformas este viernes y argumentan que han actuado de inmediato.


“Es un hecho muy aislado pero que incuestionablemente daña la imagen de la Ertzaintza”, reconocen fuentes oficiales, que insisten en que se analizará por parte de Asuntos Internos la intervención del agresor pero también de los otros cinco ertzainas porque “no hacen nada” para impedirla o después para socorrer al hombre golpeado. Es más, la intervención policial se acaba con el golpe y todos los presentes abandonan el lugar cuando el varón queda tendido en el suelo. La Ertzaintza ha comunicado también sus decisiones al Ayuntamiento de Irún para que decida qué medidas adoptar en el caso de las dos patrullas locales que acompañaban a las autonómicas.

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La investigación de Asuntos Internos determinará las posibles responsabilidades disciplinarias. La de la Comisión de Control y Transparencia, que ha recibido el encargo este martes, abarcará también posibles recomendaciones para mejorar la actuación policial. Tiene también jurisdicción sobre los cuerpos municipales. Este foro ya emitió un primer y muy contundente informe sobre una detención en Bilbao. De él se derivaron recomendaciones sobre la grabación de este tipo de actuaciones en la calle -que lleva retraso en su aplicación- o la importancia de que los atestados policiales sean fidedignos para evitar posibles excesos. Se llegaba a plantear que los ertzainas comparecieran por separado y no uno por uno para evitar casos de corporativismo.

La comisión dirigida por Ibarra se creó al calor de la nueva ley de Policía, promulgada en 2019. Sin embargo, al margen del caso de Bilbao, incuestionablemente su pronunciamento de mayor calado, ha sido en los últimos meses cuando ha adquirido especial protagonismo. Se han analizado intervenciones antidisturbios en Tolosa, Anoeta o Vitoria, por ejemplo, así como la muerte de una persona que iba a ser trasladada en ambulancia en Astigarraga.

 

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2498 en: 22 de Mayo de 2024, 10:25:17 am »

La Generalitat suspende a un agente de los Mossos por colaborar con Vox en su tiempo libre


El policía supuestamente coordinaba el servicio de seguridad de la formación en los actos en Girona

 Europa Press
JOAN PLANES
Barcelona Creada: 22.05.2024 09:04
Última actualización: 22.05.2024 09:04

La conselleria de Interior de la Generalitat sancionó en abril del año pasado a un agente de los Mossos d'Esquadra por haber colaborado con la seguridad de Vox, si bien lo hacía fuera de sus horas de trabajo y sin cobrar, han informado fuentes del departamento.

Según ha avanzado 'El País' este miércoles, el 'mosso' fue sancionado con un año y un día de suspensión de empleo y sueldo tras una investigación de la División de Asuntos Internos (DAI) de la policía catalana, que consideró que el agente ejercía una actividad incompatible con la de ser funcionario.

El policía supuestamente coordinaba del servicio de seguridad de Vox cuando estos tenían un acto en Girona, haciendo de intermediario por correo electrónico y teléfono con los Mossos para informar de los eventos en los que participaban algunos líderes de la formación.



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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #2499 en: 23 de Mayo de 2024, 08:29:34 am »

Carlos Pérez, el mosso purgado por coordinar la seguridad de Vox: "A los de Puigdemont no los cesan"


La División de Asuntos Internos de los Mossos d'Esquadra considera que hay incompatibilidad entre ambos cargos. El afectado, que operaba en Gerona, alega que se trata de "una persecución" que lo ha hundido psicológicamente.
23 mayo, 2024 02:30GUARDAR
 
David G. Maciejewski  @dgmaciejewski
Carlos Pérez lleva de baja laboral desde abril de 2023.
Coincide con la fecha en la que la División de Asuntos Internos (DAI) de los Mossos d'Esquadra le mandó un carta informándole de que, durante un año y un mes, quedaba suspendido de empleo y sueldo. El argumento era que su desempeño como Coordinador del Departamento de Seguridad Nacional de Vox en Gerona, cargo orgánico del partido, era "incompatible" con su desempeño profesional en el cuerpo policial. Él alegó que lo hacía en sus ratos libres, que no cobraba ni un euro por ello y que, además, no desempeñaba ninguna actividad que fuese en contra del reglamento interno de los mossos. Sin embargo, la DAI fue implacable y lo cesó temporalmente.