“Parece el desfile de Victoria Secret del CNP” o “Hay gente que ha muerto portando ese uniforme como para que los estéis manchando con estas idioteces”, son algunos de los comentarios. Publicaciones que se realizaron en el grupo de Facebook “Primavera Española CENEPE”.
Agentes de Policía Nacional, absueltos tras criticar a una compañera que «hacía el gilipollas” en el TikTok corporativo
Barbara Hermida
06/4/2024 06:33
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Actualizado: 05/4/2024 21:44
La Policía Nacional también da servicio a los ciudadanos a través de las redes sociales. Y es que pocas son las empresas e instituciones que actualmente pueden resistirse a tener presencia en portales sociales como TikTok, Facebook o Instagram.
Así pues, con la llegada de la pandemia, el Cuerpo Nacional de Policía decidía comenzar a hacer vídeos divulgativos en la red social de TikTok. Unos vídeos que, sin embargo, no parecen ser del agrado de todos. Ni siquiera, dentro de la propia Policía.
Y es que varios agentes, a través de sus perfiles personales de redes sociales, no dudaban en volcar diferentes contenidos ofensivos hacia estas publicaciones. Y, asimismo, hacia la compañera que los protagonizaba.
“Parece el desfile de Victoria Secret del CNP” o “Hay gente que ha muerto portando ese uniforme como para que los estéis manchando con estas idioteces”, son algunos de los comentarios. Publicaciones que se realizaron en el grupo de Facebook “Primavera Española CENEPE”.
Entre estas afirmaciones, otro agente de la Policía Nacional también se pronunciaba, siendo ofensivo incluso con su compañera.
“Los feos estamos trabajando para que otros se puedan permitir el lujo de hacer el gilipollas. Hacen los mismos castings que los que hacían en las películas de Canal+ de los viernes por la noche”, son algunos de sus comentarios.
Críticas ante las que la Dirección General de Policía tomaba la decisión de sancionar en suspensión de funciones a estos agentes por un total de siete días. Ello, debido a que los consideró autores de una falta grave de “desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos”.
LA JUSTICIA DA LA RAZÓN A LOS AGENTES DE POLICÍA NACIONAL SANCIONADOS
Una sanción ante la que los agentes tomaban la decisión de presentar demandas individuales para conseguir la anulación de sus condenas.
“El hecho de que miembros del Cuerpo Nacional de Policía publiquen contenido ofensivo en una red social, aunque sea en un chat privado, tiene relevancia pública”, aseguró el Letrado del Estado en este sentido. Una actitud que no sólo les afecta de forma individual, sino que también “causa descrédito notorio a la Institución Policial”.
Posición que, sin embargo, no ha sido compartida por los diferentes tribunales implicados, que han estimado los recursos de los agentes. El último de ellos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha anulado la condena contra uno de los agentes en su sentencia 162/2024.
“No resulta que dirija su comentario hacia la funcionaria policial protagonista del vídeo, siendo su finalidad una opinión crítica más o menos afortunada”, sentencia el TSJM sobre las publicaciones del agente.
Así pues, defiende el tribunal que, a pesar de que estas manifestaciones no tienen categoría de “insultantes o descalificadoras”. Ello, a pesar de que sí se utiliza un lenguaje “coloquial, inapropiado, inadecuado, molesto o hiriente”.
“Las expresiones vertidas no suponen una grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones, ni causan descrédito notorio a la Institución Policial”, destaca el tribunal.
Afirmación que hace que el TSJM falle a favor de estimar el recurso del agente de Policía Nacional sancionado. Una decisión que imitaba las anteriores, tomadas por otros juzgados de cara al resto de agentes implicados. Y, a su vez, condenaba a la Dirección de Policía al pago de costas, con un límite de 600 euros.