Hola Ronin,
Muchas gracias por tu aclaración, ahora te aporto yo más datos, por convenio han de notificarte un cambio en el turno por "necesidades del servicio" con una antelación mínima de 72h, me hacen la notificación por teléfono un superior una hora y veinte minutos antes de "tener que incorporarme al servicio para el que se me ha requerido", a lo cual el funcionario contesta que no va a asistir al servicio y que la notificación o comunicación según convenio ha de hacerse 72h antes, no una hora y veinte minutos antes y telefónicamente, supongo que como todos los compañeros tendremos hijos, pareja, una vida, con unos horarios, etc.
Tras esto, como no tienen "nada" para un expediente disciplinario porque directamente les cae la querella por acoso laboral, tratan de amedrentar al funcionario con "la información reservada". Por este motivo pregunto sobre la obligación legal de comparecer para dicha información reservada, toda vez que se me va a preguntar del por qué no asistí al servicio e "incumplí" la obligación de presentarme al mismo cuando es la empresa la que ha incumplido el acuerdo firmado y vigente por el que no se te puede cambiar el turno sin una notificación con 72h de antelación y no telefónicamente una hora y veinte minutos antes, que no es por no ir, pero es que antes está el ir a recoger a mi hijo del colegio que salía en una hora y llevarlo al fútbol por la tarde, etc.
La cosa es darme el gusto de no tener ni que verle la cara al estómago agradecido del instructor, el cual ha sido el último mando al que ha podido recurrir "la empresa" para que haga las veces de instructor puesto que ante tal irregularidad hasta otros dos mandos se han negado en participar en el "circo" propuesto por "jefe" de la empresa.
No se si con esto Ronin aporto más información...