Autor Tema: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"  (Leído 357924 veces)

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #860 en: 03 de Febrero de 2011, 16:38:37 pm »
Faltan datos, sin lugar a dudas.

Saludos y paz.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #861 en: 03 de Febrero de 2011, 16:56:13 pm »
parece una 1/1992 y si nos ponemos en el caso de que fuera cierto que hay sanción por parte de DL hay dos posibilidades:

- en GD no han tenido en cuenta la sanción a la ciudadana y no han instruido teniendo en cuenta todos los hechos, pruebas, obviando las mínimas averiguaciones pertinentes, incoando una falta grave y perjudicando mediante acción-omisión claramente arbitraria al policía, por lo que habría que redefinir el concepto de seguridad jurídica si eres PMM

- sí la han tenido en cuenta estaríamos ante una instancia oficiosamente superior a la Delegación del Gobierno, dictando una resolución paralela y completamente ajena a los hechos probados por DL, por lo que habría que redefinir el concepto de seguridad jurídica si eres PMM

sí, las dos posibilidades acaban igual, lo reconozco, es un corta-pega, pero es que... es lo que hay

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #862 en: 03 de Febrero de 2011, 17:05:54 pm »
Faltan datos, sin lugar a dudas.

Saludos y paz.

Sin duda alguna.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #863 en: 03 de Febrero de 2011, 17:14:24 pm »
divaguemos, yo ya lo he hecho poniéndome en el caso de que hubiera sanción por parte de DL a la ciudadana y queja en AAII a la fecha (o después) de la llegada de dicha sanción

elucubremos pues

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #864 en: 09 de Febrero de 2011, 12:05:47 pm »
El Alcalde de Garrucha abre por segunda vez expediente disciplinario al Ex-Jefe de la Policía Local José Antonio Oller a los doce días de haber resultado elegido enlace sindical
Martes, 08 de Febrero de 2011 23:14 Agustín Muñoz 

El Alcalde de Garrucha ha abierto por segunda vez expediente disciplinario al Ex-Jefe de la Policía Local José Antonio Oller a los doce días de haber resultado elegido enlace sindical por UGT y una semana después de que la edil de Personal la echara de su despacho.

 "No han asumido el que haya salido de delegado de personal y el expediente que le cerraron el 29 de diciembre se lo abren 12 días después de salir de delegado (1 de febrero de 2011)", se lamenta una persona conocedora de lo que le está sucedendo a Josè Antonio Oller, quien fuere destituido como Jefe de la Policía Local a pesar de ser el agente con mayor rango por haber ejerciido sus funciones, según la opinión extendida en la localidad.

La destitución de Oller supuso el nombramiento de otro Jefe de la Policía Local con argucias legales y a un coste que ha provocado una cierta alarma social en la población toda vez que se comenta que cobra emolumentos desorbitados para el común de las garrucheras y de los garrucheros.

Esta acción contra Oller ha producido la sensacón de que existe una "doble moralidad y vara de medir de los responsables municipales del Ayuntamiento de Garrucha". Este segundo expediente ha producido relatos entre los Empleados Públicos del Ayuntamiento que sostienen a él se "le desobedece siendo Jefe y sin serlo (pero sigo siendo Oficial y superior jerárquico de todos los policías) por sus acólitos y no pasa nada, y a él sin desobedecer a nadie y mucho menos si la orden es legal, le abren expediente".


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #865 en: 18 de Febrero de 2011, 18:35:15 pm »
Suspendido un policía local de Lugo por revelar datos de su sede
          agencias . lugo - 15-10-2010

 La comisión de gobierno del Ayuntamiento de Lugo acordó en una junta extraordinaria suspender de empleo y sueldo durante tres años por falta 'muy grave' a un oficial de la Policía Local, que reveló información de la protección de la sede policial. El concejal de Protección a la Comunidad y portavoz del equipo de gobierno, José Rábade, anunció esta decisión tras la reunión del ejecutivo local.

La causa que origina la suspensión del agente, vinculado a la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF), se basa en la divulgación de información sobre la protección de la sede de la Policía Local en declaraciones que realizaba a un medio de comunicación. Se trata de un proceso que se inició el 7 de octubre de 2008, cuando la Junta de Gobierno decidió incoar un expediente disciplinario y, a su vez, suspenderlo para poner el hecho en conocimiento del juzgado de lo Penal por su hubiera indicios de tipo penal.

En una primera resolución, el juzgado falló a favor del policía al interpretar que no había indicios de tipo penal en su conducta, por lo que el gobierno local recurrió a la Audiencia provincial, que también falló en el mismo sentido.

El juzgado no ve motivos para revocar la suspensión de empleo a un policía de Lugo

18/02/2011 - El Progreso (Lugo)

El juzgado no encuentra motivos para no hacer efectiva la sanción de tres años sin empleo y sueldo a Benito Martínez, oficial de la Policía Local y delegado de CSI-Csif, suspendido por revelar secretos profesionales. El agente reclamaba que se suspendiera cautelarmente la medida aprobada por la junta de gobierno local, mientras se resuelve en los tribunales el recurso en el que pide la revocación definitiva.

El letrado del agente alegaba que seguir sin trabajo y sin salario daña su esfera personal, patrimonial y de representatividad sindical. Sin embargo el juzgado no admite la existencia de daño alguno.

En el primer caso, el abogado del policía recuerda que este estuvo de baja un año cuando se le abrió expediente disciplinario, aunque después se reincorporó a su puesto. Por tanto, alega que dejarlo sin trabajar implicaría un paso atrás en su recuperación y presenta un informe psiquiátrico que revela síntomas de depresión y estrés. El auto encuentra que el daño se originó por la imposición de la sanción pero no ve que se agrave por el hecho de mantenerla vigente.

Tampoco asume que haya daño patrimonial, aunque el oficial alegue que paga una hipoteca, tiene dos hijas estudiando la carrera en Santiago, una esposa afectada por incapacidad permanente y una madre dependiente. El auto recuerda que las retribuciones que deja de percibir se le reintegrarán en caso de que el juzgado estime su demanda de revocación definitiva.

Igualmente, no ve daño en la esfera de la representatividad sindical, por cuanto entiende que la presentación de su candidatura a las elecciones sindicales en el Concello responde a una expectativa y no a una realidad en el momento mismo de la suspensión.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #866 en: 23 de Febrero de 2011, 15:29:05 pm »
Son 12 agentes
Expediente a los policías que denunciaron a su jefe

Con la base del informe elaborado por el inspector jefe, será la Academia de Seguridad la encargada de nombrar un instructor e iniciar el procedimiento
23.02.11 - 00:02 - M. M. N. | CÁCERES.

«¿A quién piensan expedientar? ¿A los agentes que han denunciado al inspector jefe ante el juzgado? ¿A los que se negaron a patrullar?» Las preguntas se las hacían hasta ayer miembros de la unidad de motoristas de la Policía Local y a las mismas respondió, al término de la comisión de Tráfico, el concejal Carlos Jurado. El expediente abierto, y que se inicia con un informe del propio inspector jefe, Emeterio Corchado, del que se ha dado traslado a la Academia de Seguridad Pública, afecta a todos los miembros de esa unidad.

«Son 12 agentes y han estado un mes sin patrullar con las motos, según el informe. Por tanto, el expediente es para todos ellos», confirma Jurado.
El responsable municipal de Movilidad Urbana informó de este asunto a los grupos políticos y evitó hacer valoraciones al respecto cuando este diario le planteó la cuestión. Simplemente se limitó a insistir en lo publicado por HOY el pasado sábado 19: se abre expediente a los agentes, de momento con carácter informativo. Con la base del informe elaborado por el inspector jefe, será la Academia de Seguridad la encargada de nombrar un instructor e iniciar el procedimiento.

Se espera que pueda estar resuelto en «un mes o mes y medio», según Carlos Jurado, que reconoce que los propios policías tendrán que prestar declaración. Representantes sindicales confían en que el expediente no sea disciplinario y no culmine con sanciones. Estiman que no todos los agentes deberían verse afectados, solo aquellos cuya negativa a patrullar esté probada. Los policías se negaron a conducir las motocicletas debido a su falta de homologación.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #867 en: 05 de Marzo de 2011, 21:16:07 pm »

El Ayuntamiento expedienta a tres policías locales por desinflar ruedas de los coches patrulla de sus compa?eros

El Ayuntamiento de Madrid ha abierto un expediente y ha suspendido de empleo y sueldo durante seis meses a tres policías municipales por desinflar las ruedas de vehículos patrulla, debido supuestamente a las protestas que llevan a cabo los sindicatos por la negociación del convenio.

Según ha informado el delegado de Seguridad y Movilidad, Pedro Calvo, tras hacer balance del Plan Navidad 2009-2010 en la Delegación del Gobierno, el viernes el Ayuntamiento abrió expediente a tres agentes a los que unas cámaras grabaron el pasado mes de diciembre desinflando las ruedas de tres coches patrulla de otros compa?eros en la confluencia de las calles Montera y San Alberto.

Los tres han sido suspendidos de empleo y sueldo durante seis meses y están acusados de una falta muy grave, que conlleva penas de entre tres a?os y un día de suspensión de empleo y sueldo hasta la expulsión del Cuerpo, han detallado fuentes municipales, que han precisado que se trata de allegados al sindicato Unión de Policía Municipal (UPM).

Calvo ha explicado que la situación "está siendo especialmente tensa en algunos distritos" debido al estancamiento de las negociaciones sobre el convenio colectivo que mantienen los sindicatos y el Ayuntamiento, y ha recordado "algún sindicato propone el 0,0", que supone no multar.

Ha precisado que "el Ayuntamiento no va a dejar de pagar" a los policías, por lo que espera que los agentes no sigan esta consigna y "sigan haciendo su trabajo", con independencia de que se llegue a un acuerdo o no.

Ha criticado que hay agentes que "no pueden hacer su trabajo, ya sea porque se lo impiden materialmente o porque les amenazan", y ha desvelado que, además de los citados expedientes, un policía ha denunciado amenazas por parte de sus compa?eros "por intentar hacer su trabajo, por no estar de acuerdo con el 0,0".

En su opinión, los sindicatos "pretenden crear una situación que no existe, ya que la mayoría de los policías siguen haciendo su trabajo muy bien".

Archivo de actuaciones.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #868 en: 06 de Marzo de 2011, 10:11:39 am »
Me alegro por ellos. :Aleg


Mientras los de arriba actuen como si nuestro sueldo fuese suficiente, nosotros actuaremos como si hiciesemos nuestro trabajo...

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #869 en: 09 de Marzo de 2011, 11:00:14 am »
Investigan a una veintena de policías de Barakaldo por «filtrar» información

El Consistorio dice que los documentos hechos públicos incluyen datos «comprometedores» y ponen en riesgo la seguridad del cuerpo

09.03.11 - 02:30 - SERGIO LLAMAS | BARAKALDO.

Denuncia. El 3 de febrero el PP alerta de que sólo la mitad de los agentes previstos en los cuadrantes oficiales se encuentran de servicio. El equipo de gobierno responde que es mentira y el PP publica los cuadrantes oficiales.

Filtración. Las hojas de servicio sacadas a la luz abarcan del 12 al 18 de enero, ocultan el nombre y el número de placa de los agentes y revelan su cometido, si se encuentran de permiso, de baja, en vacaciones o realizando algún curso.
Investigación. El 21 de febrero, el alcalde y la concejal de Seguridad Ciudadana firman un decreto para descubrir quién ha realizado las filtraciones.El Ayuntamiento de Barakaldo investigará a su propia Policía. Lo hará para descubrir quiénes filtraron al PP los cuadrantes internos que rigen los turnos de los agentes. Según denunció ayer el equipo de gobierno socialista, el motivo de que se hayan
abierto «diligencias informativas, que no expedientes sancionadores» se debe a que los documentos contenían datos «comprometedores», relativos a la situación y ubicación de varios miembros del cuerpo. «Son unos hechos muy graves, que han puesto en peligro a los propios policías, por lo que ellos son los primeros interesados en saber qué ha ocurrido para tomar las medidas oportunas», aseguró ayer la concejal de Seguridad Ciudadana y Recursos Humanos, Olga Santamaría.

Las diligencias que se abrirán ahora supondrán tomar declaración a los policías que han ejercido de jefes de servicio y a los operadores encargados de atender las llamadas de teléfono. Este proceso afectará a una veintena de agentes, si bien en el decreto de alcaldía firmado el pasado 21 de febrero que puso en marcha este procedimiento ya se advierte de que la investigación podría ampliarse a cualquier otro componente del cuerpo que pudiera estar implicado. Según informaron ayer, al finalizar el proceso se tomarán «las medidas oportunas».

La portavoz popular, Amaya Fernández, afirmó ayer que estos hechos constituyen «una auténtica política de represalias y de persecución sin precedentes contra la Policía local», dirigida a «tapar la nefasta gestión en esta materia». Fue la propia edil quien inició la polémica el pasado 3 de febrero cuando denunció supuestas incongruencias entre los cuadrantes oficiales y el número de efectivos que realmente patrullaban las calles. Según alertó entonces, de los 32 agentes y 8 patrullas con los que estaba previsto contar de media, sólo figuraban 12 agentes y 4 patrullas.

Cabezas de turco

Fernández recordó ayer que la información relativa a los cuadrantes y enviada a los medios de comunicación, «no revelaba nombres ni placas de los agentes». «A los socialistas no les importa que no haya un número suficiente de agentes y patrullas en las calles, sólo están preocupados porque no se sepa», acusó la concejal. La edil avanzó ayer que el equipo de gobierno «no encontrará a los cabezas de turco que busca» y pidió que «se concentren los esfuerzos» en garantizar la seguridad de los baracaldeses.

«Los socialistas sólo quieren saber quién o quiénes de la Policía local -porque presumen que la información provino del cuerpo- facilitaron al PP de Barakaldo dicha información para expedientarles o sancionarles, y que así no vuelva a salir a la luz pública la insuficiencia de patrullas y agentes en nuestras calles», denunció.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #870 en: 12 de Marzo de 2011, 10:59:41 am »
Expedientan a un policía por trabajar más del horario fijado en el Reina Sofía

Un oficial del Cuerpo Nacional de Policía detuvo a una mujer holandesa con tres kilos de heroína y, al instruir las diligencias, excedió su jornada laboral.

El jefe de servicio del siguiente turno se sintió molesto con esa actitud y denunció el caso ante sus superiores. La UFP opina que se trata de un hecho vergonzoso.
12/mar/11
PEDRO FUMERO, Tenerife

Un oficial del Cuerpo Nacional de Policía que trabaja en la Comisaría del aeropuerto Tenerife Sur-Reina Sofía ha sido expedientado por trabajar más horas de las que establece su turno de trabajo, cuando dedicó ese tiempo a instruir las diligencias por la interceptación de tres kilos de heroína a una mujer que llegó en un vuelo.

El caso fue denunciado por un representante del sindicato Unión Federal de Policía (UFP), que considera absurda la situación y un acto reprochable, puesto que el afectado ha cumplido con su deber más allá del horario reglamentario.

Los hechos comenzaron cuando el oficial, junto con agentes de su turno, localizaron a una "mula" (persona dedicada al transporte de sustancias estupefacientes).

Al parecer, una mujer de 55 años de edad y nacionalidad holandesa adoptó una actitud sospechosa al llegar al aeropuerto Tenerife Sur y los funcionarios procedieron a registrarla.

Al abrir una de sus maletas, los policías nacionales encontraron un doble fondo, en el que había tres kilos de heroína en planchas.

Como suele ocurrir en estos casos, los funcionarios acudieron a dependencias de la Comisaría para instruir las diligencias oportunas. Sin embargo, en el proceso de elaboración del citado atestado, el oficial y los agentes excedieron el tiempo de su jornada laboral, aunque a estos no les importó, puesto que lo prioritario era redactar los detalles de la incidencia para remitir la documentación, junto con la detenida y la droga, lo antes posible a la autoridad judicial.

Al parecer, tal actitud no agradó al oficial jefe del turno siguiente, que denunció el caso ante sus superiores y el comisario abrió el expediente. La UFP recuerda que, en ningún momento, el aeropuerto quedó desguarnecido de agentes. A juicio de dicho sindicato, al oficial expedientado debieran reconocerle públicamente su esfuerzo y el de sus compañeros.


Algo no cuadra y/o se oculta.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #871 en: 12 de Marzo de 2011, 14:02:00 pm »
 :pen: . . . a lo mejor la respuesta hay que buscarla en el tipo de holandesa . . .

. . . si es de este tipo . . . 


. . . pues prolongo . . .


. . . si es de este otro . . .

. . . pues me voy corriendo . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #872 en: 15 de Marzo de 2011, 14:40:14 pm »
El Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera sanciona a cuatro policías locales y apercibe a otro

Se les acusa de desobediencia a las órdenes recibidas por sus superiores e incumplimiento de sus funciones

El Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, a través de su Alcalde, Ángel Luis Castilla, ha sancionado a cuatro policías locales acusando a cuatro de ellos de una presunta falta grave y ha apercibido a otro y proponiendo, en el primer caso, la suspensión de funciones y remuneración por un periodo de un mes.

Los hechos se remontan al temporal de principios de año 2010 cuando presuntamente los agentes ahora sancionados, durante una situación de alerta máxima determinada por la Dirección General de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias, en una situación de riesgo para las personas y sus bienes, hicieron caso omiso de las órdenes de sus superiores de estar localizables.

En el proceso se ha tenido en cuenta lo establecido por la Ley de Coordinación de Polícia de Canarias de acuerdo a la proporcionalidad de las sanciones con la intencionalidad de los hechos y la trascendencia para la seguridad pública.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #873 en: 17 de Marzo de 2011, 13:11:28 pm »
CCOO denuncia a la Policía Foral ante Inspección de Trabajo

Demanda a la Jefatura por "impedir el asesoramiento y la defensa" de expedientados

d.n. - Jueves, 17 de Marzo de 2011 - Actualizado a las 05:16h

       pamplona. El sindicato CCOO presentó ayer una denuncia ante la Inspección de Trabajo al entender que la Jefatura de la Policía Foral "impide el asesoramiento y la defensa" a agentes del cuerpo expedientados, lo que "incumple el derecho a la actividad sindical". El sindicato denuncia que se le ha impedido acompañar al policía expedientado para participar en la toma de declaración de varios testigos de los hechos que se le imputan.

CCOO recoge en su demanda que con esta práctica se impide que los agentes expedientados puedan acudir "asesorados debidamente", por sus representantes de personal o por los asesores destinados por el sindicato al que pertenecen", a las prácticas de las pruebas que, finalmente, pueden resultar determinantes para el posterior desarrollo del expediente disciplinario que tiene abierto en su contra.

Todo ello provoca la "indefensión" en el agente, aseguró CCOO en una nota, en la que además denuncia que con estos hechos la Jefatura incumple el derecho a la actividad sindical, es decir, el derecho de los sindicatos a ejercer las actividades dirigidas a la defensa, protección y promoción de los intereses de los trabajadores.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #874 en: 25 de Marzo de 2011, 15:55:06 pm »
Pavón (IU) pedirá que se abra expediente a 10 policías locales de Cáceres por "abandono de sus funciones"
24 mar 2011

  El concejal de IU-Siex en el Ayuntamiento de Cáceres, Santiago Pavón, pedirá este viernes en la Comisión de Seguridad Ciudadana que se abra expediente a los 10 policías locales motorizados que "abandonaron buena parte de su cometido durante un mes, por lo que no atendieron las funciones que tenían encomendadas".

Además planteará al concejal de Seguridad Ciudadana, Carlos Jurado, la necesidad de "transparencia" en las actuaciones de la Policía Local, según informa en nota de prensa.

Pavón pedirá también cambios legislativos para que los policías locales pasen a depender de los gobiernos autónomos "ante la falta de control" de los municipios sobre "las policías locales de muchos pueblos y ciudades de España", concluye la nota

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #875 en: 29 de Marzo de 2011, 10:55:21 am »
¿Incluirá la revista de tirada nacional el nuevo papel de lija para el coño? Creo que da un gustito.  ;risr;

No puedo subirlo pero os lo reproduzco.

Dice una revista de tirada nacional  :pino

LOS CLÁSICOS DEL LÁTIGO

La Candi. Su comportamiento despótico y chulesco le ha caracterizado desde que entré en este Cuerpo. Una de sus últimas declaraciones no tiene desperdicio: "los escritos de el látigo me los paso por el coño..." Pues ahí está, que, para complacerte, te enviamos a tu casa una edición de este número impreso en papel de lija del 30 a ver si así te conseguimos dar una alegría para tu cuerpo serrano. Pues, por lo amargada que estás, no debes haber tenido muchas en tu vida.



Y las

 GOLFADAS

Golfada imprudente para el Sr. Oficial Jefe de Tetuán, en su afán de hacer cumplir la Ley y el Orden a toda costa, aún sabiendo como está el patio hoy en día, no duda en mandar a inspeccionar un local conflictivo a un policía de paisano sólo. El resultado de tan arriesgada avanzadilla, os lo podeis imaginar: Desorden público, dos policías heridos, dos detenidos, etc, A ver que se te ocurre para la próxima.

Golfada incapáz, de soberbia y mala fe para el Sr. Oficial Jefe de la U.I.D. de Vicalvaro gestionando su Unidad.

En el poco tiempo que lleva como Oficial ha conseguido, ayudado por el Maligno (al que dedicaremos un capítulo especial), que los Policías del turno de tarde acumulen una colección de partes para todos los gustos y colores, en especial se ceban con una buena persona y mejor compa?ero que afortunadamente ahora ha ascendido y se los quitará de encima.

Incapaz de poner en su sitio al Sargento, opta por lo más fácil: machacar a los Policías. Eso si, utiliza otro rasero con su don y asistente personal, al que dota de horario especial, sin ningún cuadrante, con libranza semanal de oficial y despacho que comparten como buenos siameses.

Mientras, el resto de los Policías no pueden librar en fin de semana ni aún siendo la comunión de sus hijos o la boda de un hermano y cuando algún Policía pide coger las cuatro horas para ejercer su derecho al voto, busca la manera de joderlos dándoselas en mitad de la jornada de 8 a 12 de la ma?ana ?Se puede superar Sr. Oficial?


 ;risr;

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #876 en: 29 de Marzo de 2011, 14:00:25 pm »
¿Incluirá la revista de tirada nacional el nuevo papel de lija para el coño? Creo que da un gustito.  ;risr;


 :pen: algo se comenta por los pasillos, pero ya veremos si la maquinaria aplica la generalidad o sin embargo, por esas cosas de la vida, el papel prescribe.   ;fum;

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #877 en: 29 de Marzo de 2011, 18:52:14 pm »
Comunidad Valenciana. Régimen disciplinario de la Policía Local: cómputo de la sanción por falta grave

Fecha de la consulta: 25/3/2011


Planteamiento

El régimen disciplinario de la Policía Local en la Comunidad Valenciana lo regula entre otras normas, la conocida como Norma Marco del año 2003. En sanciones, esta norma impone para las graves menos de 3 años de suspensión y para las leves de 1 a 4 días.

Dejando aparte la modificación por el EBEP y la LO del CNP del año 2010, no he entendido que para faltas graves deba ser necesariamente de 5 días a tres años, pues eso sería una interpretación extensiva en un procedimiento administrativo sancionador (similares principios al procedimiento penal), he entendido siempre que la pena por falta grave podría ser hasta tres años, pudiendo por tanto ser de 1,2,3 4 días, evidentemente seimpre que los criterios de determinación y las posibles atenuantes lo permitieran. Era similar a como estaba regulado por el anterior Reglamento del CNP.

Mi pregunta es: ¿para faltas graves y con arreglo a la norma marco puede imponerse la sanción de hasta tres años en toda su extensión, o debe ser entre 5 días y tres años?



Respuesta

La normativa a aplicar a las Policías Locales, en primer lugar, está establecida por la Ley 6/1999, de 19 abril, de Policías Locales y Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana. En desarrollo de la citada ley el Consell aprobó el Decreto 19/2003 de 4 marzo 2003 (Regulación de Norma-Marco sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana.

Esta Norma Marco se aplica, cuando el ayuntamiento no había aprobado el Reglamento del Cuerpo de la Policía Local. Así su art. 1artículo.1 Decreto 19/2003, de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la Norma-Marco sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana. dispone en su primer párrafo que la presente Norma -Marco será de aplicación directa en los Ayuntamientos en los que no exista reglamento de Policía Local. Como en el caso consultado no se dice otra cosa debemos entender que no existe ese Reglamento, por lo que en materia disciplinaria debemos acudir, en cuanto a las sanciones a los policías locales a su art. 37 artículo.37 Decreto 19/2003, de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la Norma-Marco sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana.cuando dice que: "por razón de las faltas a que se refieren los artículos anteriores, podrán imponerse a los funcionarios de la Policía Local las siguientes sanciones:

1. Por faltas muy graves:

a) Separación del servicio.

b) Suspensión de funciones de tres a seis años, y pérdida de la remuneración por el mismo período.

2. Por faltas graves: suspensión de funciones por menos de tres años, y pérdida de la remuneración por el mismo período.

3. Por faltas leves:

a) Suspensión de funciones de uno a cuatro días, y pérdida de la remuneración por el mismo período, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón.

b) Apercibimiento".

Se plantea el problema de la interpretación de las sanciones por falta graves cuando simplemente dice que suspensión de funciones por menos de tres años, sin que se pongan días de diferencia en los plazos menores con las sanciones leves ya que en este caso de dice que se impondrá una suspensión de uno a cuatro días, preguntándose si puede imponerse una sanción grave de 4,3,2, o 1 día.

En materia disciplinaria la citada Ley de Coordinación, actualmente vigente dice en su art. 52, artículo.52 Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana.refiriéndose a los principios inspiradores del derecho sancionador que el régimen disciplinario de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana se ajustará a lo establecido en la LO 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y en esta Ley.

Acudiendo, en consecuencia, a la LO 2/1986, de 13 de marzo, en su Título 1º título.1 Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad."De los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad", en el Capítulo 3º título.1 Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad."Disposiciones Estatutarias Comunes",art. 6.9artículo.6.9 Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. establece que el régimen disciplinario, sin perjuicio de la observancia de las debidas garantías, estará inspirado en unos principios acordes con la misión fundamental que la Constitución les atribuye y con la estructura y organización jerarquizada y disciplinada propias de los mismos. Actualmente este régimen disciplinario, derogando la anterior normativa que lo regulaba ha sido institucionalizado por la LO 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

Ley Orgánica que debemos entender como fuente de aplicación e interpretación según lo dispuesto en el art. 52 artículo.52 Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.de la LO 2/1986, de 13 de marzo, al decir que los Cuerpos de Policía local son Institutos armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, rigiéndose, en cuanto a su régimen estatutario, por los principios generales de los Capítulos 2 título.1capitulo.2 Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.y 3 título.1capitulo.3 Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.del Titulo 1º y por la Sección 4.ª título.2capitulo.4 Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.del Capítulo 4º. Título 2 de la presente ley, con la adecuación que exija la dependencia de la Administración correspondiente, las disposiciones dictadas al respecto por las Comunidades Autónomas y los reglamentos específicos para cada Cuerpo y demás normas dictadas por los correspondientes Ayuntamientos.

Por tanto, esta nueva Ley Orgánica que regula todo lo relativo al régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía es aplicable cuando existan lagunas en el propio régimen disciplinario de las policías locales, cuestión que se ha planteado en la consulta. Pues bien el art. 10 artículo.10 Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.de la citada Ley orgánica, regula las sanciones que pueden imponerse por la comisión de las faltas administrativas. Así se dice que por estas faltas, según su gravedad se pueden imponer.

Por la comisión de faltas muy graves:

a) La separación del servicio.

b) La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años.

c) El traslado forzoso.

Por faltas graves podrá imponerse la sanción de suspensión de funciones desde cinco días a tres meses.

Por la comisión de faltas leves son:

a) La suspensión de funciones de uno a cuatro días, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón.

b) El apercibimiento.

Es decir, que si se establecen unos periodos de tiempo limitados para la diferenciación de los días coincidentes entre las sanciones por faltas graves y las sanciones por faltas leves. Dicha distinción es perfectamente aplicable a las sanciones de la Norma Marco, de manera que cuando se dice en sanciones por faltas graves, suspensión de funciones por menos de tres años, sin especificar en los días de inicio, debe entenderse, para no coincidir con los 4 días de las sanciones por las faltas leves, que las sanciones por faltas graves deberán imponerse entre los cinco días hasta los tres años.

http://www.derecholocal.es/novedades_consultas_ampliada.php?id=CATPE:7DB03522




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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #878 en: 30 de Marzo de 2011, 13:28:49 pm »
Cáceres
ES UNA POSIBILIDAD QUE PERMITE LA LEY, EL GOBIERNO NOMBRA UNA INSTRUCTORA DEL SERVICIO DE PERSONAL.

La policía local rechaza instruir el expediente contra sus motoristas

El cuerpo prefiere que su tramitación la lleve alguien ajeno al servicio policial

El procedimiento se abre ante la negativa de los agentes a usar los vehículos.

30/03/2011 SIRA RUMBO

Una instructora de personal se encargará del caso del expediente a los motoristas de la policía local. Así lo decidió la junta local de gobierno después de que la policía local, ajustándose a la legalidad, se negara a tramitar el procedimiento. El ayuntamiento nombrará ahora a una funcionaria para que evalúe lo sucedido y emita una propuesta de resolución no vinculante, ya que el órgano encargado de determinar qué sanción debe imponerse a los agentes es la propia junta de gobierno local. El nombre de la instructora aún no ha trascendido.

Los policías locales se enfrentan a un delito administrativo por negarse durante más de un mes (entre diciembre y enero) a subirse a las motos del cuerpo porque, según decían, no estaban homologadas ni habían pasado la Inspección Técnica del Vehículo (ITV) correspondiente. Sin embargo, en ese tiempo en que no utilizaron los vehículos, no dejaron de realizar su trabajo, ya que llevaban a cabo los servicios a pie o en los coches patrullas que les fueran asignados, según explican desde CSIF, el sindicato mayoritario de la policía local de Cáceres.


HOMOLOGACION DE LUMINOSOS Concretamente los agentes hacían referencia a que los luminosos de las motos no estaban adaptados a la nueva ley de la Junta de Extremadura. Este argumento fue puesto en duda por el propio concejal de Tráfico y Seguridad Ciudadana, Carlos Jurado, que en su momento advirtió de que este tipo de vehículos estaban "exentos" de pasar tal homologación. En enero las motos aprobaron la ITV y los motoristas volvieron a subirse a sus vehículos, que siguen utilizándose a día de hoy.

El asunto no quedó ahí, sino que además seis agentes denunciaron al jefe de la policía local por coacciones y amenazas al obligarles, según explicaron, a patrullar "sin las pertinentes revisiones". Le acusaban, también, de obligarles a patrullar a pie y de ser objeto de mensajes intimidatorios. Tras todos estos avatares, Tráfico decidió trasladar el caso a la concejalía de Recursos Humanos para que recabara datos y emitiera un informe jurídico que determinara si realmente los policías habían incurrido en alguna infracción.


ACADEMIA DE SEGURIDAD La Academia de Seguridad Pública de la Junta de Extremadura (que incluye a la policía local) es la responsable de llevar a cabo la recopilación de datos, pero rechazó hacerlo. Por esta razón se nombra ahora a una instructorade Personal para que lleve el caso. "Son temas complicados. Ellos --academia de seguridad-- se han negado a hacerlo y la ley les ampara", explicó el concejal de Recursos Humanos de ayuntamiento, Cipriano Madejón.

En cualquier caso, los agentes se enfrentan, según establece la ley orgánica 4/2010 de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, que regula las sanciones disciplinarias de los policías locales, a penas que van desde la suspensión de funciones de uno a cuatro días hasta la separación total del servicio. Todo dependerá de la información recabada por la instructora, que determinará el grado de la infracción cometida por los motoristas

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #879 en: 30 de Marzo de 2011, 13:43:49 pm »
Aqui en un foro publico... . 

DAMOS A CONOCER NUESTRAS VERGÜENZAS !??!?!


Ya os vale.
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