Asuntos Internos de los «Mossos» archiva un expediente a un sargento para proteger a un mando que no dijo la verdad
Carlos Berbell | 28 julio, 2019
La División de Asuntos Internos (DAI) de la Dirección General de los «Mossos d’Esquadra» ha archivado un expediente disciplinario abierto, por una infracción grave, contra el sargento Moisés Abelli Puigderrajols, quien, en el curso de la investigación, aportó un audio de la conversación que mantuvo con su superior, el inspector jefe Marcel Pazos Villegas, grabada con su teléfono móvil.
De la audición del mismo se podía deducir que éste, claramente, no dijo la verdad con la aparente intención de perjudicar al sargento.
Al sargento Abelli Puigderrajols la DAI le abrió un expediente disciplinario –el 1719-ED–, a instancias del inspector jefe de la comisaría de Santa Coloma de Gramanet, Barcelona, por no haber cumplido las órdenes dadas para que transmitiera a su «escamot» –su grupo de trabajo de seguridad ciudadana,– un comunicado interno en el que se advertía de la prohibición de filtrar imágenes de la Comisaría. Fue el 13 de marzo de 2018.
Aquella «indisciplina» suponía una infracción grave. Incumplir la orden de un superior implica una sanción de hasta 11 meses sin sueldo y pérdida de plaza fija.
Abelli Puigderrajols es pareja de la cabo de los «Mossos», Inmaculada Alcolea, quien ha venido denunciando desde hace dos años que el 60 por ciento de la policía autonómica catalana es «desleal a España».
El sargento en su descargo, negó que las cosas fueran tal como las había relatado el inspector, tras la conversación que ambos mantuvieron en la oficina del segundo el día mencionado. E informó que, en ningún momento, él hubiera cometido ninguna desobediencia a las órdenes del inspector.
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La DAI ha dado, ahora, carpetazo al expediente disciplinario argumentando el derecho a la presunción de inocencia del sargento Puigderrajols «al no haber quedado acreditada una posible conducta irregular del sargento (…) relacionada con el cumplimiento de las directrices establecidas en el comunicado interno de 2 de marzo de 2018 emitido por el jefe de la comisaría de Santa Coloma de Gramanet [Marcel Pazos Villegas], motivo por el cual su actuación no se puede incardinar en la infracción disciplinaria tipificada en la Ley 10/1994 de 11 de julio», dice la Resolución, que tiene fecha de 9 de julio.
Asuntos Internos, curiosamente, no admite la grabación como prueba de descargo del susodicho expediente e incluso, llega a afear y recriminar al sargento Abelli Puigderrajols el hecho de haber grabado la conversación con su superior, la cual rechaza y no da ninguna validez, a pesar de que demuestra que el sargento no le desobedeció.
Según la DAI, la deslealtad del sargento al grabar la conversación, se apoya en la sentencia 79/2018 de 19 de septiembre de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo en la que se afea a un miembro de la Guardia Civil haber grabado a un superior, porque «es radicalmente contraria a la dignidad que le es exigible como miembro de la Guardia Civil, e impropia de su condición al entrañar absoluta falta de confianza y clara manifestación de deslealtad a su superior”.
La División de Asuntos Internos considera que el sargento Abelli Puigderrajols supuestamente incumplió el código de ética exigible a los «Mossos d’Escuadra» por usar una grabación con su superior para defenderse. Sin embargo, no recrimina, o no ve ausente de ética que un inspector jefe no diga toda la verdad, lo que perjudica a un subalterno, que ha sido expedientado.
Las grabaciones como medio de prueba para demostrar la versión de una parte en un juicio no están prohibidas. Al contrario, están permitidas, siempre y cuanto hayan sido realizadas por el sujeto activo y partícipe en la conversación.
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A pesar de no haber aceptado la validez de la grabación, su existencia ha sido vital para el archivo del expediente contra el sargento. Sin ella, con total seguridad, al haber superado ya el trámite de pliego de cargos, el sargento Abellí Puigderrajols habría podido ser sancionado injustamente.
Porque el inspector Pazos Villegas, había negado dos veces ante Asuntos Internos, de forma expresa y reiterada, que el sargento Abelli Puigderrajols le hubiera dicho que iba a ampliar la información que él había ordenado pasar a los agentes, en relación a que no se podían filtrar fotos del interior de la comisaría. En ningún momento habló de olvido hasta que apareció la grabación de la conversación que desmentía su versión.
Cuando el inspector firmó la lectura de derechos, antes de su declaración, fue informado de que si no decía toda la verdad, ello le podía acarrear consecuencias disciplinarias.
El hecho de que la División de Asuntos Internos no acepte la grabación realizada por el sargento para defenderse de la versión del inspector induce a pensar que se está protegiendo al inspector jefe.
La grabación, realizada con el móvil del sargento, demostró que en ningún momento el sargento se había negado a cumplir las órdenes del inspector jefe y, por lo tanto, no había existido indisciplina alguna.
El audio del sargento «corrigió» la versión del inspector, rescatando esa parte de la conversación del 13 de marzo de 2018 y pasó de recordar perfectamente toda la conversación con cada uno de sus puntos, a informar que el transcurso del tiempo le había hecho olvidar parte de la conversación, que en este caso, era fundamental para llevar al sargento a la suspensión de su empleo y de su sueldo.
No olvidó el inspector jefe de la Comisaría de Santa Coloma de Gramanet informar a la DAI del primer punto de la conversación, que era la prohibición de que el sargento, siguiera cargando su coche eléctrico en la Comisaría, como lo venía haciendo durante el último año.
Tampoco olvidó el segundo punto, el inspector jefe, al recriminar al sargento el comportamiento de su mujer, la cabo Inmaculada Alcolea, cuando al explicarle al exdelegado del Gobierno con el 155, Enric Milló, en un acto de Societat Civil Catalana, la ilegalidad de su situación disciplinaria y la indefensión que le suponía no poder acudir a la vía judicial, llamó golpistas a los mandos del cuerpo de «Mossos d’Esquadra».
El inspector jefe llegó incluso a recriminar al sargento el hecho de que él estuviera a su lado en dicho acto y le dijo que informase a su pareja de que él no era ningún golpista.
Y el tercero, le avanzó que la División de Asuntos Internos, le había abierto una información reservada, que era el paso previo al expediente disciplinario, relativos a un comportamiento irregular en su perfil de «tweeter» (como los que habitualmente suelen abrir a todos los «Mossos» constitucionalistas) .
El inspector Pazos Villegas reconoció posteriormente su voz en la conversación.
Sin embargo, no recordó que escuchara al sargento Albelli Puigderrajols mostrarse obediente ni proactivo.
Este hecho es fundamental porque exonera al sargento de culpa alguna y dejó sin base el expediente disciplinario.
EL SARGENTO SE QUERELLÓ CONTRA EL INSPECTOR
El sargento Abelli Puigderrajols se querelló, tras la apertura del expediente disciplinario, contra el inspector Pazos Villegas por un delito de falsedad ideológica, tipificado en el artículo 390 del Código Penal, castigado con penas de prisión de 3 a a 6 años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años.
De acuerdo con los abogados del sargento, los hechos representan «una falsedad ideológica, puesto que se falta a la verdad, en el sentido de que se da cuenta de unos determinados hechos, que nada tienen que ver con la realidad».
«Los hechos se narran falsamente, siendo consciente en todo momento su autor, puesto que se documenta un acta de declaración de manera distinta a la que debería de haberse realizado de manera clara, expresa y reiterada», afirman.
Un caso que está pendiente de resolución.