Autor Tema: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"  (Leído 358055 veces)

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1640 en: 20 de Septiembre de 2015, 18:06:20 pm »
Cinco días sin sueldo ni arma para un policía que denunció que un mando bebía de servicio

El director general sanciona al responsable del SUP en Galicia con una falta grave por difundir las críticas en un foro interno - "Es un ajuste de cuentas, pero no nos callarán"
 j. fraiz    ourense   20.09.2015 | 04:29


"Venid de frente si tenéis huevos, hijos de puta",
decía el estado de whatsapp de un subinspector del Cuerpo Nacional de Policía de cuyos comportamientos hizo una crítica el responsable en Galicia del SUP, el principal sindicato. Una denuncia laboral acarreó al ourensano Roberto González la apertura de un expediente disciplinario que acaba de cerrarse en su contra tras más de medio año de tramitación. El director general de la Policía no impone pena disciplinaria por afirmar que el mando no se "encontraba en plenitud de condiciones para tener al mando a miembros del Cuerpo Nacional de Policía", pero lo castiga con falta grave por afectar a su intimidad. Según el articulado legal, por "la violación del secreto profesional cuando no perjudique el desarrollo de la labor policial, a las entidades con personalidad jurídica o a cualquier ciudadano".

El sindicalista colgó en un foro interno del SUP escritos sobre el mando policial, en el contexto de un clima de plantilla envilecido en A Coruña por el notable aumento de expedientes. En uno de los escritos del SUP se recogía la información de otra investigación interna, donde el subinspector admite haber bebido en un día de servicio. Además, González remitió un escrito a la Unidad de Régimen Disciplinario con una captura del estado de whatsapp del subinspector para reflejar su actitud.

Tras las vacaciones y un permiso de paternidad, González tuvo que volver a la Comisaría de Ourense para entregar la placa y el arma reglamentaria. Entre el 4 y el 9 de septiembre acató los 5 días de suspensión de funciones -empleo y sueldo, unos 300 euros- impuestos por la Dirección General de la Policía. La sanción admite recurso de reposición, en primer lugar, y una hipotética acción en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid si las alegaciones no prosperan. El responsable del SUP ya ha cumplido la suspensión pero quiere que su expediente quede sin mácula. "Creo que el j uzgado nos dará la razón; no daremos ni un paso atrás, ni para coger impulso", subraya González.

El sindicalista califica el proceso como resultado "de actuar como un sindicato reivindicativo e incómodo con los mandos", y aprecia un ataque a la libertad sindical . "Esta es una sanción totalmente injusta, un ajuste de cuentas, pero no nos callarán", dejar claro el agente de Policía Nacional.

"Una gota de whisky" en el café

En septiembre de 2014, el responsable del SUP en Galicia intervino para solicitar el archivo de un expediente contra un compañero de la Policía Autonómica y, a la vez, para que se depuraran responsabilidades contra el subinspector, tras afirmar González que habría podido consumir alcohol de servicio, a tenor de las declaraciones de testigos y del propio mando. Según el acta de ese otro expediente a un compañero del SUP, el subinspector reconoció que "en su desayuno de las 9 horas se toma un café solo y en ocasiones lo acompaña de una gota de whisky". Dos agentes de policía dijeron haber notado olor a alcohol en el superior.

En su proceso disciplinario, Roberto González defendió que únicamente dio publicidad a la primera hora de ese escrito en la zona privada de la página web del SUP, a la que solo tienen acceso, mediante clave, unos 50 afiliados. Pero la Dirección General de la Policía resuelve que lo colgó en su integridad.

El comportamiento del citado mando ha generado polémicas pero de la solicitud de investigación por parte de González "no se dedujo ningún indicio sobre la ingesta de alcohol" por parte del subinspector. En enero de este año, otro funcionario de Policía puso por escrito la supuesta visita del subinspector a un local de copas de A Coruña, donde presuntamente exhibió carné y placa para tratar de colarse en el establecimiento de ocio sin esperar en la cola. Según el agente, el mando le habría confirmado que efectivamente fue él quien tuvo un problema con los porteros "cuando estaba de copas".

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1641 en: 14 de Octubre de 2015, 09:46:52 am »


Sucedió en la comandancia de Pamplona

14/10/2015

Un tribunal militar da la razón a la guardia civil expedientada por enviar una noticia de ECD vía WhatsApp

La agente fue sancionada con un día de empleo y sueldo

Un tribunal militar ha dado la razón a la agente de la Guardia Civil que fue sancionada con un día de empleo y sueldo por enviar a través de un grupo de WhatsApp una noticia publicada por El Confidencial Digital. La propuesta partió del teniente coronel.

Los hechos ocurrieron hace más de un año en la comandancia de Pamplona. Una agente compartió la siguiente noticia de ECD a través de la conocida red social: “La policía judicial investiga un intento de suicidio de un guardia civil delante de su superior”. Lo hizo, además, en un grupo de WhatsApp donde se encontraban el comandante jefe de Tráfico de la zona y un capitán de la agrupación.

El teniente coronel propuso para ella una sanción de hasta cuatro días de suspensión de empleo y sueldo por lo que hizo. Argumentaba que se trataba de una “falta de respeto a un superior”.

La expedientaba argumentó que ella no había sido la difusora de dicha información a través de WhatsApp, sino que había sido su hija, menor de edad. Días más tarde, la joven fue denunciada como supuesta autora de los hechos.

El superior, por su parte, argumentaba que había quedado demostrado que ella era la propietaria del teléfono móvil del que salió el mensaje y que, por ello, era responsable objetiva de todo lo que se difundiera a través del terminal.

La sanción se quedó finalmente en un día de empleo y sueldo, pero la agente recurrió ante el contencioso-disciplinario.

Ahora, el tribunal militar territorial número 3 de Barcelona acaba de darle la razón, estimando el recurso de la acusada. El expediente, por tanto, desparecerá de su currículum profesional.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1642 en: 28 de Octubre de 2015, 08:14:36 am »
Un tribunal frena la persecución de Interior al policía que se atrevió a investigar al comisario Villarejo

Los jueces apuntan a un montaje de dos abogados vinculados a Villarejo para apartar a Jaime Barrado del caso del apuñalamiento a la doctora Pinto

El Tribunal Superior de Madrid anula la suspensión de Barrado, adoptada por Cosidó en base a la supuesta trampa de los letrados, uno de ellos socio de Villarejo

Fernández Díaz ha condecorado a Villarejo por su participación en las maniobras policiales contra el proceso soberanista

Pedro Águeda

27/10/2015 - 21:27h


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de anular la suspensión provisional de sus funciones que la Dirección General de Policía dictó el 25 de junio contra el comisario Jaime Barrado, quien investigó a otro comisario, José Manuel Villarejo Pérez, por el apuñalamiento de una mujer. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha atendido el recurso de Barrado y, en un auto, apunta la posibilidad de que el policía haya sido víctima de un montaje urdido por dos abogados vinculados a Villarejo, una supuesta trampa de la que se sirvió el Ministerio del Interior para justificar apartarlo del servicio.

El auto de la Sección Séptima, al que ha tenido acceso eldiario.es, es el último episodio de una trama compleja que tiene en uno de sus vértices el caso del presunto acoso sexual de Javier López Madrid, yerno de Juan Miguel Villar Mir, a la doctora Elisa Pinto; en otro, las maniobras policiales contra el proceso independentista en Cataluña; y en un tercero, al comisario Villarejo, destinado en la cúpula de la Policía, condecorado por su participación en las mismas y del que el ministro del Interior hace una defensa cerrada.

Ante el comisario Barrado,  la doctora Pinto identificó a Villarejo como el hombre que la apuñaló en presencia de su hijo el 10 de abril de 2014, como presunta represalia por su denuncia contra López Madrid. Mientras que el comisario niega rotundamente cualquier implicación en los hechos, el Ministerio del Interior no se ha pronunciado y ha evitado adoptar medida cautelar alguna contra este policía. Cuando El País publicó que el comisario disfruta de un patrimonio millonario, Jorge Fernández reaccionó alabando sus “relevantes servicios al Estado”. El agente asegura que su fortuna está relacionada con la actividad empresarial desarrollada durante los diez años que estuvo fuera de la Policía.

Antes de que fuera suspendido, eldiario.es publicó que Jaime Barrado había sido desterrado a una comisaría conflictiva y que, según distintas fuentes policiales, se debía a que se había atrevido a investigar a Villarejo. El comisario José Manuel Pérez Villarejo envió entonces  un burofax a esta redacción en el que, haciendo las veces de portavoz del Ministerio del Interior, aseguraba que el verdadero motivo del destierro de Barrado era el trato que dio en su comisaría a un abogado, hechos que habían provocado una denuncia del letrado y que podrían ser constitutivos de amenaza y detención ilegal.

Villarejo revelaba asimismo que había en marcha una investigación contra Barrado de la Unidad de Asuntos Internos –de cuya actividad secreta nunca informa Interior- y que los hechos estaban siendo analizados por el Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid. Lo cierto es que el comisario Barrado había sido merecedor de un expediente por su afán investigador en el caso de la agresión a la dermatóloga, que el instructor designado por la Dirección de la Policía llegaba a tachar de “hiperactividad”.

También pesaba sobre él otro expediente, como revelaba en su burofax Villarejo, relacionado con un controvertido episodio acaecido en la comisaría de Chamartín. El 25 de junio, semanas después de enviar a Barrado a la comisaría de Carabanchel, el director general de la Policía, Ignacio Cosidó, firmó la resolución que le apartaba provisionalmente de servicio. Para ello, Cosidó se valió, como explica en su auto el TSJM, de un extracto de la grabación realizada por los citados abogados. El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo revoca la decisión de Cosidó.

La resolución va firmada por la presidenta de la Sección Séptima, María Jesús Muriel Alonso, y los magistrados Mercedes Moradas, José Félix Martín Corredera y Rafael Sánchez Jiménez, quienes consideran que el levantamiento de la suspensión en funciones a Barrado no causa "daño al interés público". "Por el contrario -dicho interés público- puede verse menoscabado de corroborarse la hipótesis sotenida por don Jaime Barrado González", añaden.

Fuentes policiales muestran su extrañeza por el hecho de que Barrado haya sido apartado de sus funciones sin ni siquiera estar imputado en un juzgado, y lo comparan con otros casos, como el del primer policía imputado en la Operación Emperador, quien siguió  dos años en el mismo destino desde el que habría cometido los delitos por los que se le imputó. Este policía ha ascendido a inspector jefe mientras la Sala de lo Penal resuelve el recurso de Anticorrupción contra el archivo de la causa dictado por el juez Fernando Andreu.
Abogados con micros

Los hechos que valieron la suspensión provisional de Barrado, ahora anulada por el TSJM, tuvieron lugar en la comisaría de Chamartín el 11 de mayo pasado. Según la versión del abogado denunciante, Óscar Jiménez Rubia, el comisario le citó bajo la amenaza de detención si no acudía. Una vez allí el comisario habría proferido amenazas, instando al abogado a que firmara una declaración retractándose de otras acusaciones que había hecho con anterioridad contra él y otros en el marco de la Operación Prima, en la que el propio Jiménez Rubia está imputado. Según el letrado, Barrado le obligó a desnudarse por completo.

La Operación Prima es una investigación policial contra una trama de crimen organizado de origen indio, a raíz de la cual también fue investigado Villarejo. Asuntos Internos indagó la posibilidad de que el comisario hubiera advertido al presunto cabecilla de la red india de que estaba siendo investigado por la Policía. Asuntos Internos, sin embargo, ha exculpado a Villarejo, según fuentes policiales.

El hecho que no revelaba Villarejo en su comunicación a eldiario.es es que uno de los dos abogados que acudió a la comisaría de Barrado es David Macías, administrador único de Desarrollos Empresariales Potes S.L. Esta sociedad está participada al 100% por Club Exclusivo, una de las empresas matrices del conglomerado empresarial del comisario. Al mismo tiempo, Desarrollos Empresariales Potes es propietaria al 100% de Sensible Code SL, que a su vez posee la web Informacionsensible.com, desde la que Villarejo ataca a sus enemigos o responde a informaciones que cree le perjudican.

Los dos abogados acompañaron su denuncia contra el policía Barrado de una grabación realizada en el recinto policial y que, según los jueces del TSJM, no acredita los hechos que se le imputan. Macías, el socio de Villarejo, habría acudido como letrado defensor de Jiménez Rubia.

Frente a esta versión, se sitúa la del comisario Barrado, quien asegura que fueron los abogados quienes solicitaron el encuentro. Barrado solo reconoce que realizó un cacheo a los dos letrados, que acudieron al mismo con instrumentos de grabación. Asimismo niega amenazas o coacciones y expone que, “en su opinión, la denuncia obedece a los intereses espurios que detalla (indagarle y sacarle información) para apartarle de las investigaciones que estaban llevando a cabo al respecto del comisario Sr. Villarejo Pérez, reconocido como autor de una agresión con arma blanca a doña Elisa Pinto Romero”.

Una vez analizadas las dos versiones, el TSJM concluye que “la credibilidad de los denunciantes, en este caso particularmente de don Óscar Jiménez Rubia, se encuentra seriamente comprometida (quizá también la de don David Macías González) al existir importantes dudas sobre sus intenciones, sin descartar que la reunión obedeciera a un plan con el propósito de denunciar a don Jaime Barrado González con fines ilícitos”.

Para los cuatro jueces, la tesis del comisario Barrado “no es nada desdeñable, mientras que la otra presenta serios interrogantes”. A continuación, los magistrados enmiendan a Interior por su decisión de apartar al comisario en base a la grabación que aportan los abogados: “Las inferencias que se obtienen de la grabación son bastante vagas como para servir de soporte a la decisión provisional de suspensión cautelar de funciones, sin perjuicio, claro está, de lo que podamos resolver cuando examinemos el fondo en sentencia”.

Jiménez Rubia ha declarado en el marco de la operación Prima por supuestas irregularidades de los dos fiscales Anticorrupción encargados del caso, así como contra otros dos abogados y otros policías, entre los que se encuentra Barrado. Según el letrado Jiménez Rubia, Barrado le coaccionó para que se retractara en el encuentro del 11 de mayo.

Por su parte, Villarejo también ha denunciado a esos dos fiscales Anticorrupción ante el TSJM, en un escrito que señala también al CNI, otros policías y periodistas, que formarían, según el comisario, una organización destinada a desacreditarle. El TSJM rechazó la denuncia de plano, pero el comisario Villarejo ha presentado otra que aún está pendiente de ser analizada por el mismo Tribunal Superior de Justicia.
López Madrid: Púnica, black y presunto acoso sexual

Después de 13 visitas infructuosas a la comisaría de Chamartín para denunciar diferentes episodios de amenazas a ella y a uno de sus hijos, la doctora Pinto fue requerida por Barrado el 19 de mayo para hacer un reconocimiento fotográfico del hombre que la apuñaló, la segunda agresión con arma blanca que sufría la dermatóloga desde que se decidió a denunciar por acoso sexual a López Madrid, yerno de Villar Mir y amigo personal del rey Felipe y, más recientemente, de la reina Letizia. López Madrid también aparece en el sumario de la   Operación Púnica por ceder su yate en varias ocasiones a dos de los cabecillas, Francisco Granados y David Marjaliza. Asimismo, López Madrid está imputado en el caso de las tarjetas black como exconsejero de Caja Madrid.

En el reconocimiento en sede policial, la dermatóloga reconoció “sin ningún género de dudas” a Villarejo –así consta en el acta- como el hombre que la asaltó, en presencia de su hijo, y que la apuñaló en un costado mientras le decía: “López Madrid quiere que cierres la boca”. La doctora reconoció dos fotografías de Villarejo en diferentes épocas y entre una docena de instantáneas de hombres con aspecto similar. Barrado remitió el resultado a los dos juzgados implicados en el litigio de la doctora con López Madrid y al Ministerio del Interior.

El Juzgado número 39 de Madrid investiga el presunto caso de acoso sexual, por el que permanece imputado López Madrid y sobre el que pesa una orden de alejamiento. A finales del pasado mes de julio, y por motivos que no han trascendido, la jueza Belén Sánchez decretó el secreto del sumario. Por otra parte, la doctora Pinto fue en su momento denunciada por el empresario, y por ello permanece imputada en el Juzgado de Instrucción número 26, aunque contra ella no pesan medidas cautelares.
La grabación de la reunión con Ignacio González

El comisario Villarejo llegó a ser investigado por el Ministerio del Interior en un procedimiento muy particular. Antes de las pesquisas internas, el ministro salió en seguida en defensa del comisario por las informaciones de El País. Pero la acumulación con otra información previa, la participación de Villarejo en la conversación grabada a Ignacio González sobre el origen de su ático y difundida por varios medios de comunicación, forzó a Interior a anunciar una investigación interna. La Dirección General de la Policía nombró instructor de la investigación a un subordinado del propio Villarejo. Ese inspector jefe cerró los dos expedientes sin encontrar irregularidad alguna en la conducta del comisario. Hoy, ese inspector jefe disfruta de un destino en la Embajada de España en Países Bajos por el que percibe 10.000 euros mensuales.

Entre tanto, Villarejo fue condecorado con una medalla pensionada por su participación en las investigaciones de Interior contra políticos catalanes sospechosos de corrupción, realizadas de forma prospectiva y sin control judicial, como  informó eldiario.es.

Los registros en domicilios y empresas del clan Pujol realizados este martes forman parte de la investigación que dirige el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional. El caso se abrió con la confesión de Victoria Álvarez, examante de Jordi Pujol Ferrusola, ante la UDEV y el juez Pablo Ruz. Álvarez le contó al magistrado que en su viaje a Madrid para denunciar estuvo implicado Rafael Redondo, otro letrado y socio de Villarejo, que la condujo hasta dependencias policiales. Ruz desconfió del testimonio y rechazó abrir una investigación, pero la Sala de lo Penal aceptó el recurso de la Fiscalía.

Rafael Redondo es apoderado de Stuart & McKenzie Spain S.L, de la que es administrador único el comisario José Manuel Villarejo Pérez. Al tiempo, Redondo es secretario general de Transparencia y Justicia, una asociación dedicada a personarse en casos mediáticos en los que, en ocasiones, Villarejo tiene otra participación, como en el del Pequeño Nicolás. Transparencia y Justicia resultó clave en el caso de la huida de la Policía por parte de Esperanza Aguirre, pero cuando llegó el momento de recurrir su archivo despidió al abogado que había contratado para ello, que fue sustituido por David Macías -uno de los dos abogados de la presunta trampa a Barrado- y se borró del proceso.

Barrado no es el primer policía que cae en desgracia tras investigar al comisario Villarejo. El anterior jefe de la Unidad de Asuntos Internos, Marcelino Martín Blas-Aranda, fue destituido en un intento de Interior por  aplacar la guerra que mantenía con Villarejo, a raíz de la aparición del nombre de éste último en el sumario del caso del Pequeño Nicolás. El joven había declarado que Villarejo había entregado a Javier de la Rosa 200.000 euros por tirar de la manta en el caso de los Pujol –De la Rosa llegó a declarar ante la UDEV pero luego se retractó- y que aún debía cantidad idéntica al empresario catalán. Asuntos Internos confundió supuestamente a Villarejo durante una vigilancia al Pequeño Nicolás, lo que valió una denuncia del comisario.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1643 en: 09 de Noviembre de 2015, 14:56:06 pm »
Y para los miembros de las FCS...también?


EL TC CONSIDERA QUE MERECE UNA PROTECCIÓN REFORZADA

La libertad de expresión del funcionario público

FéLIX BORNSTEIN | Publicado: 7/11/2015 10:16 - Actualizado: 8/11/2015 12:18


Lo que sigue es una muestra de los ásperos juicios de valor efectuados por un profesor interino sobre determinados jefes o compañeros suyos en un centro de enseñanza pública y su entorno administrativo (el director del instituto, varios inspectores y los miembros de un tribunal de oposiciones): 

“’X’ está esperando que esta parte ceda al acoso al que me está sometiendo ‘Y’”; están “metiéndole mano a mis nóminas”; “pero para chapuzas que le pregunten al inspector”; “esta parte interpreta la visita de los inspectores citados…con la excusa de realizar una simple entrevista como una trampa más urdida por el inspector…”; “cuando la sed de venganza del inspector parecía estar saciada…”; “…utilizó al inspector como una especie de marioneta en la instrucción del expediente dirigiéndole con su teléfono móvil”; “si la carta publicada revestía tal gravedad ¿es que el inspector se la guardó como un as en la manga para sacarla de forma inopinada, cobarde y a traición para abrirme el expediente?”; “parecía como si los miembros del tribunal tuvieran órdenes de la inspección para expulsarme de la prueba escrita y así excluirme de la lista de interinidad”; “¿habrá tenido que ver el inspector en mi exclusión de las oposiciones?”.

Las afirmaciones transcritas se vertieron en una denuncia de acoso en el trabajo realizada por un funcionario público. Y dieron lugar a la imposición de una fuerte sanción, lo que recientemente ha brindado al Tribunal Constitucional (TC) una ocasión inmejorable para pronunciarse sobre la libertad de expresión de los empleados públicos, en conexión con su derecho a la defensa.

Los antecedentes del asunto se remontan al mes de octubre de 2008 y el papel estelar de este dramatis personae lo representó a la fuerza don Manuel Ramón Rodríguez Benítez, profesor interino de griego en un centro de Murcia que, a través de la correspondiente oposición, aspiraba a ser funcionario de carrera. Dicho señor, que estaba siendo objeto de un procedimiento disciplinario, alegó en el trámite de audiencia ser víctima de un acoso laboral. Tras su escrito, el Sr. Rodríguez recibió la visita de varios inspectores, que él relacionó con el tono de su defensa en el citado trámite administrativo de alegaciones. Por este motivo, unos días después presentó un escrito complementario reiterando, si cabe con mayor razón según su parecer, el supuesto acoso que venía sufriendo por parte de algunos funcionarios.

Como el miedo es libre y no escasea el temor a padecer represalias de los superiores, quizás otro en su lugar habría inclinado la cabeza ante su jefe administrativo. Como acabamos de ver, no fue el caso del profesor Rodríguez. Y del bombo salió la papeleta que se esperaba. El segundo escrito dio lugar, en un típico movimiento en espiral de “acción-reacción-acción”, a una respuesta de mayor “intensidad” del lado de la autoridad competente, con ínfulas de alcanzar también la omnipotencia. Consistió aquélla en “dialogar” con el interesado mediante la apertura de un nuevo expediente disciplinario. ¿El resultado? En enero de 2010, el procedimiento administrativo culminó con un acuerdo del Consejero de Educación, Formación y Empleo de la Comunidad de Murcia que impuso al sr. Rodríguez una sanción global de 23 meses de suspensión de funciones, por la comisión de ocho faltas disciplinarias graves. Tal fue la respuesta a las manifestaciones vertidas en sus dos escritos por el profesor de la lengua que hablaba Aristóteles.

Según el Consejero, las afirmaciones del sr. Rodríguez (que he entrecomillado al comienzo de este artículo) constituyeron un cúmulo de actos tipificados como grave desconsideración y también como grave atentado a la dignidad de otros funcionarios. La sanción administrativa fue confirmada por la jurisdicción ordinaria. Ésta dio íntegramente la razón al Consejero murciano, que había detectado en los escritos del docente una grave desconsideración e incluso una imputación de delitos a varios superiores y compañeros de la función pública.

El TC, al hallarse el interesado sujeto a un procedimiento disciplinario, entiende que su queja –la posible vulneración de su derecho a la libertad de expresión- presenta una especial trascendencia constitucional. Planteada así la cuestión, el TC ha otorgado finalmente su amparo al funcionario sancionado porque la libertad de expresión de los funcionarios merece una protección constitucional reforzada si su ejercicio constituye un “instrumento necesario para la efectividad de otros bienes o valores constitucionalmente protegidos, y la defensa de un derecho e interés legítimo propio”. Puede –dice en sustancia el TC- que haya existido más de un exceso en las palabras del funcionario; quizás sus expresiones deban calificarse como inadecuadas, molestas o incluso hirientes. Pero, en todo caso, la reacción administrativa frente a dicha extralimitación no debe producir, por su severidad, “un sacrificio innecesario o desproporcionado de la libertad de la que [le] privan, o un efecto disuasorio o desalentador del ejercicio de los derechos fundamentales implicados en la conducta sancionada”.

La potestad disciplinaria tiene su razón de ser en servir de cortafuegos necesario para garantizar el buen funcionamiento del aparato administrativo, que resulta dañado si la libertad de expresión de los funcionarios se utiliza en menosprecio de la dignidad de los ciudadanos o del respeto debido a los superiores jerárquicos o compañeros. Pero eso no significa que los empleados públicos deban tener “una fidelidad silente y acrítica respecto a instancias superiores”. El principio de jerarquía no puede ser un bozal para impedir que se descubran las conductas indebidas de quienes, abusando de su posición de preeminencia en una organización regida por el concepto de verticalidad, ni sirven al interés general o a la buena gestión administrativa, ni respetan la dignidad personal y profesional de los funcionarios a ellos subordinados.

Todo ello con independencia de la realidad o no del acoso supuestamente sufrido, en el caso de autos, por el interesado. Un hecho al margen de lo aquí debatido cuya prueba le corresponde al funcionario amparado por el TC.


La sentencia: http://www.boe.es/boe/dias/2015/10/30/pdfs/BOE-A-2015-11701.pdf

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1644 en: 10 de Noviembre de 2015, 09:50:28 am »
interior y defensa les castigó
Solo era tabaco de liar: anulada la sanción a cinco guardias civiles por fumar porros
El Tribunal Militar Central considera que no está acreditado que fuera una sustancia estupefaciente la que los agentes -grabados por cámaras- enrollaban junto al tabaco ni siquiera que la consumieran

Roberto R. Ballesteros

Tiempo de lectura3 min
10.11.2015 – 05:00 H.

El Tribunal Militar Central ha anulado la sanción impuesta por el Ministerio del Interior a cinco guardias civiles a los que acusaba de consumir sustancias estupefacientes en acto de servicio. Los cinco funcionarios fueron suspendidos de empleo durante seis meses en cumplimiento del Régimen Disciplinario del instituto armado. Tanto la Dirección General de la Guardia Civil como el ministro de Defensa, Pedro Morenés, en sendas resolución fechadas el 6 de mayo y el 25 de septiembre de 2014, entendieron que los agentes estaban fumando porros en el aeropuerto de Ibiza.

Asuntos Internos, en el marco de lo que denominó operación Customs, visionó unas imágenes grabadas en el aeródromo en las que se veía a los cinco vestidos de uniforme liando cigarros. Los investigadores interpretaron que se trataba de hachís, de marihuana o de alguna otra sustancia que no supieron concretar, por lo que abrieron expediente a los funcionarios que derivó en la mencionada sanción. Argumentaron que el modo de consumir “correspondía con la forma característica de fumar hachís”.

Tras el recurso interpuesto por el abogado Antonio Suárez Valdés, el Tribunal Central Militar decidió intervenir y declarar que no se ha probado que los agentes estuvieran consumiendo droga. En las imágenes, argumentan los magistrados Rafael Mamoros, Carlos Melón y Ricardo Llorente, se ve a los cinco guardias civiles “preparando cigarrillos”. En concreto, “mezclando en papel de fumar tabaco con alguna otra sustancia cuya naturaleza no consta”, relata la sentencia del Tribunal Militar.

“El examen de las imágenes no permite alcanzar la conclusión inequívoca de que la sustancia que se observa manipular junto con el tabaco a los demandantes, a algunos con una reiteración y contumancia altamente llamativas, fuera del tipo estupefacientes, tóxicas o psicotrópicas”, reza la resolución judicial. De hecho, continúa el fallo, en ningún momento se ha intervenido material alguno de los cigarros que haya permitido determinar el contenido.

Es más, prosigue la sentencia, “incluso admitiendo la hipótesis de que los cigarros que se observan en las grabaciones contuvieran alguna sustancia estupefaciente, lo cierto es que en ninguna de las grabaciones examinadas por el tribunal se observa el consumo del cigarro correspondiente, sino solo su preparación, altamente minuciosa en muchos de los casos”.

El Tribunal Militar asegura también que tampoco se puede determinar el momento en el que los agentes manipularos los cigarros, lo que lleva a los citados magistrados a estimar los recursos planteados por la defensa de los guardias civiles y retirar la sanción que pesaba sobre ellos. Fuentes jurídicas aseguran que lo que realmente estaban fumando los funcionarios era tabaco de liar con sisa de sabores.

La sanción impuesta por Interior y Defensa provocó que los guardias perdieran sus destinos y sus pabellones. Ahora, el Tribunal Militar ordena que les devuelvan todo lo que le quitaron. En concreto, la sentencia establece que se proceda a “la compensación de las retribuciones dejadas de percibir como consecuencia de la sanción anualada y al abono de cualesquiera gastos derivados directamente de ella”. “Se procederá igualmente -continúa la resolución- a reponer a los demandantes, si a su derecho conveniere, en el destino que ocupaban al producirse al sanción anulada”.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1645 en: 12 de Noviembre de 2015, 12:16:13 pm »






Hola compañeros:

 Se ha suscitado una discusión en el trabajo y quería saber vuestro punto de vista.

 Un compañero (agente de policía local) se ve inmerso en un delito, a consecuencia del cual le condenan penalmente a 1 año y medio.

 Este delito se ha realizado fuera de horas de trabajo.

 ¿Qué consecuencias laborales tendría para el compañero?

 Unos comentan que expulsión inmediata del cuerpo sin posibilidad de reingreso.
 Otros que le expulsarían, cumpliría condena en  prisión y durante ese tiempo percibiría solo una parte pequeña de las retribuciones totales, es decir "sueldo, y "trienios" sin pluses ni complementos.(un 55% de la cantidad total habitual).
 Otros comentan que no perdería trabajo, sueldo ni tampoco reducción de emolumentos.

 ¿Cuál creeis que seria el desenlace a vuestro juicio?

ptinto

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1646 en: 12 de Noviembre de 2015, 14:13:04 pm »
Pues yo lo veo muy mal, o muy bien, según se mire, no sé, habría que verlo.

O no.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1647 en: 12 de Noviembre de 2015, 14:30:56 pm »


Hola compañeros:

 Se ha suscitado una discusión en el trabajo y quería saber vuestro punto de vista.

 Un compañero (agente de policía local) se ve inmerso en un delito, a consecuencia del cual le condenan penalmente a 1 año y medio.

 Este delito se ha realizado fuera de horas de trabajo.

 ¿Qué consecuencias laborales tendría para el compañero?

 Unos comentan que expulsión inmediata del cuerpo sin posibilidad de reingreso.
 Otros que le expulsarían, cumpliría condena en  prisión y durante ese tiempo percibiría solo una parte pequeña de las retribuciones totales, es decir "sueldo, y "trienios" sin pluses ni complementos.(un 55% de la cantidad total habitual).
 Otros comentan que no perdería trabajo, sueldo ni tampoco reducción de emolumentos.

 ¿Cuál creeis que seria el desenlace a vuestro juicio?

Depende siempre de la pena accesoria, si además de la condena se le aplica la accesoria de inhabilitación especial o absoluta, sea el tiempo que sea, pierde la condición de funcionario.

Respecto a lo que puede cobrar un funcionario en situación de condena, no lo tengo muy claro, imagino que se asimilará a una situación de suspensión de funciones, con lo cual cobrará el 75 por ciento del sueldo más la ayuda familiar que le correspondiese.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1648 en: 16 de Noviembre de 2015, 09:05:05 am »

Desconectado Terry

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1649 en: 16 de Noviembre de 2015, 09:46:46 am »
Pregunto. Genera prescripción en el tiempo para reclamar a otros que han pasado por esa misma situación.

« Última modificación: 17 de Noviembre de 2015, 21:14:50 pm por 47ronin »
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1650 en: 16 de Noviembre de 2015, 09:52:39 am »
Pregunto. Genera prescripción en el tiempo para reclamar a otros que han pasado por esa misma situación.


Si usted hizo la reclamación administrativa y se le denegaron pero no acudió a los tribunales podría intentar repetir la reclamación pero seguramente pierda el pleito por no haber ido en su momento, es decir, que sería extemporánea.

Si no ha solicitado nada entonces si que podría iniciar la via administrativa siempre que no hayan pasado màs de cinco años desde la perdida de los complementos dinerarios.

Mi recomendación, siempre quehaya un argumento de peso, y en este caso claro que lo hay, es la de ir hasta el final.
« Última modificación: 17 de Noviembre de 2015, 21:15:10 pm por 47ronin »

Desconectado Terry

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1651 en: 16 de Noviembre de 2015, 09:56:44 am »
Ok. Gracias.

Cada día me queda mas claro que esto es un Circo bien grande. 

La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1652 en: 16 de Noviembre de 2015, 12:26:43 pm »
Pregunto. Genera prescripción en el tiempo para reclamar a otros que han pasado por esa misma situación.


Si usted hizo la reclamación administrativa y se le denegaron pero no acudió a los tribunales podría intentar repetir la reclamación pero seguramente pierda el pleito por no haber ido en su momento, es decir, que sería extemporánea.

Si no ha solicitado nada entonces si que podría iniciar la via administrativa siempre que no hayan pasado màs de cinco años desde la perdida de los complementos dinerarios.

Mi recomendación, siempre quehaya un argumento de peso, y en este caso claro que lo hay, es la de ir hasta el final.

Yo tengo reclamadas dos productividades de dos años,  por dos faltas graves que gané en el Contencioso , una esta en el Contencioso a la espera de Juicio el año que viene y la otra aún ando reclamando vía administración con Recurso de Reposición, pero es algo que he hecho a nivel personal, desde el sindicato que saca el cartel no hubo no apoyo ni asesoramiento ni nada de nada, abogado pagado de mi bolsillo, quizás viendo que prosperaba el tema se apuntaron al carro para sacar un cartel.

« Última modificación: 17 de Noviembre de 2015, 21:15:27 pm por 47ronin »

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1653 en: 16 de Noviembre de 2015, 13:15:28 pm »
Si en el contencioso ves una escena teatral, en vez de una vista oral seria, si del de negro a sabiendas de su equivocacion en un fallo previo le escuchas decir lindezas de su homologo en un instancia superior por revocar su fallo, te das cuenta que todo es una mentira bien grande y que lo que te apasionaba a hacer en el dia a dia se convierte en odio y rencor hacia el sistema de manera irreversible.

La vida continua....
« Última modificación: 17 de Noviembre de 2015, 21:15:46 pm por 47ronin »
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1654 en: 23 de Noviembre de 2015, 21:33:15 pm »
“crear alarma” en 13 TV

La Policía suspende al agente Perdiguero por "crear alarma"

Por Ana Isabel Martín
 @anai_martin
23 de noviembre de 2015, 12:28
 

Al portavoz del sindicato SIPE, uno de los rostros más mediáticos de la Policía, se le ha abierto un expediente disciplinario y privado de empleo y sueldo en lo que se resuelve.

La Dirección General de la Policía ha abierto un expediente disciplinario y suspendido cautelarmente de empleo y sueldo a uno de sus agentes más mediáticos, el secretario general del Sindicato Independiente de Policía, Alfredo Perdiguero. La orden viene directamente firmada por su director, Ignacio Cosidó.
Según ha sabido ESdiario la decisión le fue comunicada a Perdiguero el viernes 20 de noviembre y tiene su origen en las declaraciones que éste realizó al programa El Cascabel de 13 TV la noche de los atentados de París, justo una semana antes. Cabe recordar que sólo el programa de Antonio Jiménez y el Canal 24 Horas realizaron una cobertura especial de lo sucedido.
Los superiores de Perdiguero le acusan de haber "creado alarma social" con sus opiniones, algo que él niega categóricamente y afirma por contra haber defendido el trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españoles. Dijo cosas como éstas: "La información y la inteligencia en España está funcionando mucho"; "La Policía española con la Guardia Civil y el CNI está haciendo un trabajo de prevención muy grande y muy exahustivo"; "Desde el 11-M en España hemos aprendido".
No obstante en la comunicación enviada a Perdiguero se hace mención a lo siguiente: "En un momento de la retransmisión manifestó que unos compañeros le comunicaban en ese instante que 'en estos momentos se encuentran reunidos Don Félix Sánchez, el DGP (director general de la Policía) y el secretario de Estado de Seguridad, que están muy nerviosos y van a declarar la alerta máxima en España, que se espera un ataque inminente en cualquier lugar público y extremar precauciones' y aclaró que 'elevarlo a nivel 5 supone un ataque inminente a cualquier objetivo'". Y se le culpa de provocar "creciente alarmismo de manera innecesaria e infundada".
En el programa también participó Serafín Giraldo, el portavoz de otro de los sindicatos policiales, la UFP. Sin embargo contra él no se ha emprendido acción alguna, lo que lleva a pensar a Perdiguero que se trata de una represalia por su trayectoria sindical.
La noche del programa, en pleno directo, Cosidó ordenó telefonear a Perdiguero para que abandonara inmediatamente el plató, pero éste no atendió la llamada hasta terminada la emisión. Es por ello que se le acusa de desobeceder una orden. De momento no le han llamado a declarar, sino que se trata de una suspensión cautelar sine die hasta que se resuelva el expediente disciplinario abierto.
Este periódico se ha puesto en contacto con la Dirección General de la Policía, pero de momento no se ha pronunciado. Por su parte el suspendido tiene previsto emprender acciones legales contra sus superiores.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1655 en: 23 de Noviembre de 2015, 22:05:23 pm »
Puede Cosido ordenar a un representante sindical que abandone un plató de televisión y que no haga más declaraciones? . . . yo creo que no y por ahí es por dónde Perdiguero lo tiene ganado.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1656 en: 23 de Noviembre de 2015, 22:49:23 pm »
Pero sabe quien es el Director General de la Policía?

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1657 en: 24 de Noviembre de 2015, 09:14:29 am »
<a href="http://youtube.com/v/5VZkWULqHYo" target="_blank" rel="noopener noreferrer" class="bbc_link bbc_flash_disabled new_win">http://youtube.com/v/5VZkWULqHYo</a>

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1658 en: 26 de Noviembre de 2015, 12:05:02 pm »
Si en el contencioso ves una escena teatral, en vez de una vista oral seria, si del de negro a sabiendas de su equivocacion en un fallo previo le escuchas decir lindezas de su homologo en un instancia superior por revocar su fallo, te das cuenta que todo es una mentira bien grande y que lo que te apasionaba a hacer en el dia a dia se convierte en odio y rencor hacia el sistema de manera irreversible.

La vida continua....

Cómo lo sabes. Pasé por una actuación de libro y, tras pasar por GD y meterme dos graves por un pedazo de pasteleo, te das cuenta que está la cúpula llena de corruptos. A lucharlo en el contencioso y a ser un parásito social después de eso.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1659 en: 26 de Noviembre de 2015, 12:48:54 pm »
 Lastima de grabadora, algún sinvergüenza saldría del "paraíso".