Autor Tema: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"  (Leído 358137 veces)

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1660 en: 03 de Diciembre de 2015, 15:09:50 pm »
Espero a quien corresponde publique una sentencia relativa a la formación donde va a ver gratas sorpresas.
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1661 en: 03 de Diciembre de 2015, 15:12:11 pm »
Espero a quien corresponde publique una sentencia relativa a la formación donde va a ver gratas sorpresas.

Y de quien es la sentencia?

Y que tiene que ver la misma con los expedientes disciplinarios?

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1662 en: 03 de Diciembre de 2015, 15:14:43 pm »
Tiene y no tiene que ver. En mas de un lugar de España se ha sancionado por dar formación, esta claro siempre al de base.
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1663 en: 03 de Diciembre de 2015, 15:15:57 pm »
Es decir..que versa sobre incompatibilidades....y formación.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1664 en: 10 de Diciembre de 2015, 17:10:30 pm »
Incidente en Navarra

10/12/2015
   
Aviso a los guardias civiles: dormirse durante el servicio sí es una falta “muy grave”

El Tribunal Supremo corrige al Tribunal Militar Central, que anuló una sentencia a un agente al que pillaron descansando durante una guardia nocturna

 
Un agente de la Guardia Civil, destinado en Navarra, fue descubierto mientras dormía en un servicio nocturno de protección de puertas de su cuartel. Se le impuso una sanción de 3 meses sin empleo y sueldo por una falta muy grave. El Tribunal Militar Central anuló la sentencia, que finalmente ha sido confirmada por el Tribunal Supremo.

Los hechos denunciados ocurrieron el 13 de octubre de 2011. Un teniente se presentó en su vehículo, a las cinco y media de la mañana, ante la puerta del puesto de la Guardia Civil en Olagüe (Navarra).

Al ver que nadie le abría la valla, realizó varias ráfagas de destellos para advertir de su presencia al personal de la garita. Al comprobar que la puerta seguía sin abrirse, decidió saltar la valla y dirigirse a la garita.

Allí se encontró al agente sancionado dormido, despertándole y recriminándole su actitud. Meses después, la Dirección General de la Guardia Civil analizó el expediente y determinó que había cometido una falta muy grave de desatención del servicio.

Al agente se le impuso tres meses y un día de suspensión de empleo como autor de una falta muy grave consistente en “la desatención de un servicio cuando por su naturaleza y circunstancias sea de especial relevancia”.

Una falta que está prevista en el apartado 12 del artículo 7 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen disciplinario de la Guardia Civil. Sin embargo, el agente presentó un recurso contencioso-administrativo ante la resolución.

El caso llegó al Tribunal Militar Central, donde un juez dictaminó que la conducta del agente no suponía una "falta muy grave", sino solamente grave. Por ello, se le redujo la pena a la pérdida de cinco días de haberes. Defensa presentó recurso contra la sentencia del Tribunal Militar Central.

Ahora, la Sala Militar del Tribunal Supremo ha decidido anular esta sentencia del Tribunal Militar Central, alegando que los hechos “sí constituyen una falta muy grave”. Entiende el TS que la naturaleza del servicio sí era de “especial relevancia”.

En las alegaciones se especifica que el servicio para el que estaba destinado el agente sancionado era un ‘Servicio de Puertas de noche’. Constatan que las labores de dicho personal son ocuparse de la  “atención al ciudadano, recepción y confección de denuncias, autoprotección del acuartelamiento”, entendiendo que se trata de circunstancias “especiales” que agravan la conducta del sancionado.

 

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1665 en: 12 de Enero de 2016, 09:14:37 am »
Carmena pregunta a los servicios jurídicos si un cabo que está de baja puede colaborar con Gran Hermano VIP

El Ayuntamiento de Madrid también pide al exjefe de la Policía Municipal, destituido el pasado jueves, "información" sobre la entrevista que concedió a un periódico en la que aseguraba que su cese no había sido "correcto".


El Ayuntamiento de Madrid, que preside Manuela Carmena, ha solicitado a los servicios jurídicos un dictamen sobre si el cabo José González Hormigos puede hacer declaraciones en el programa Gran Hermano VIP estando de baja médica.

La Concejalía de Seguridad, que dirige Javier Barbero, ha enviado a los abogados la intervención que tuvo hace algunos días el cabo José González Hormigos en el programa de Telecinco. Hormigos está incluido en la investigación que hace un juzgado de instrucción de Madrid sobre las andanzas de Francisco Nicolás. En la actualidad está de baja médica. El cabo participa en este programa de televisión en calidad de 'abogado' externo a la casa de Gran Hermano y defiende la actuación del joven acusado por la Justicia de estafa, revelación de secretos y cohecho. Carlos Bahón, portavoz de la Asociación de Policía Municipal Unificada (APMU), presentó un escrito en Asuntos Internos de la Policía Municipal denunciando la actuación de este agente.

Por otra parte, el gobierno de la capital también ha pedido al exjefe de la Policía Municipal, Francisco Caletrio, “información” sobre la entrevista que concedió el día de su destitución al diario El País. Fuentes municipales indicaron que la Concejalía de Seguridad no le ha abierto un expediente, sino que se le quiere oír antes de tomar algún tipo de medida. El procedimiento habitual es que el Ayuntamiento abre primero una “información potestativa y reservada” por haber hecho unas declaraciones sin haber sido autorizadas.

    Caletrio aseguró que la destitución no ha sido "correcta" porque "no existe ningún motivo profesional que la justifique"

Se supone que deberá comparecer y declarar sobre esa entrevista y en función de lo que relate se le abrirá un expediente sancionador o se archivará el asunto. Hasta la pasada semana Caletrio era el inspector jefe, pero el Gobierno de Carmena le destituyó con el pretexto de que en pocos días se debe incorporar a un curso de subinspector.

El exjefe criticó su cese y calificó de "lamentable" que la Policía Municipal no esté dirigida ni organizada por "el inspector jefe, sino que lo hace un cargo político". Caletrio afirmaba que, aunque el curso de subinspector que va a comenzar era "incompatible" con su puesto en la Policía Municipal, la destitución no ha sido "correcta" porque "no existe ningún motivo profesional que justifique haber tomado esa medida".

Dijo que no había sido "desleal a la Institución", que ha trabajado "conforme a la legislación vigente", que deja "a un lado" su ideología política durante su función policial y que en un año ha cumplido "más de 340 jornadas laborales". "No creo que ningún miembro de la escala ejecutiva pueda decir lo mismo", agregó. Estudiará recurrir la destitución.

En sus declaraciones rechazó que el cese se deba a su defensa de las UCES (los antidisturbios de Gallardón) el 24 de junio, ni el incidente que mantuvo con un agente de movilidad en la plaza de Cuzco el pasado mes de noviembre. Dijo que no había tenido problemas con el equipo de Gobierno municipal, ni con el director de la Policía Municipal, Andrés Serrano. Finalmente, subrayó que se presentará al proceso de selección del nuevo jefe, ya que lleva 21 años en la Policía y le mueve "sobre todo la vocación".

Ahora Madrid, rectifica

La apertura de esta información se produce después de que Ahora Madrid tuviera que rectificar un tuit en su cuenta oficial en la que dijo que Caletrio había sido elegido "a dedo" por la anterior corporación. Bahón pidió a Ahora Madrid que rectificara el fallo, algo que se hizo a los pocos minutos.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1666 en: 12 de Enero de 2016, 10:03:19 am »
Pues las dos me parecen unas medidas muy correctas . . . luego ya veremos que resuelven . . .

Enviado por Eutelsat usando ViaSat con Tapatalk.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1668 en: 14 de Enero de 2016, 10:41:07 am »
Fíjate en el último mensaje diciendo que si ha cobrado pasta se lo crujen..... pues lo mismo cobra más en la TV de lo que le van a meter por el expediente y lo mismo tendrá hasta seguro nómina..... creo que ya lo tiene más que pensado y con un miedo atroz al expediente.


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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1669 en: 14 de Enero de 2016, 15:45:37 pm »
Fíjate en el último mensaje diciendo que si ha cobrado pasta se lo crujen..... pues lo mismo cobra más en la TV de lo que le van a meter por el expediente y lo mismo tendrá hasta seguro nómina..... creo que ya lo tiene más que pensado y con un miedo atroz al expediente.

¿¿ Seguro nomina ?? Dice la leyenda que existe, pero que
muy pocos han podido ver. En fin lo veremos en cuarto milenio.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1670 en: 14 de Enero de 2016, 15:54:06 pm »
Fíjate en el último mensaje diciendo que si ha cobrado pasta se lo crujen..... pues lo mismo cobra más en la TV de lo que le van a meter por el expediente y lo mismo tendrá hasta seguro nómina..... creo que ya lo tiene más que pensado y con un miedo atroz al expediente.

¿¿ Seguro nomina ?? Dice la leyenda que existe, pero que
muy pocos han podido ver. En fin lo veremos en cuarto milenio.

Depende de casa sindicato...unos lo integran dentro de la cuota, otros fiscalizan su abono mediante sus Estatutos y otros cobran la póliza a parte y directamente contratada con una aseguradora...pero todas las fórmulas contienen exclusiones a las coberturas.

En este caso, el del cabo, es una actuación fuera de sus horas de servicio y por lo tanto, si hubiese sanción, ninguna póliza la cubriría.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1671 en: 14 de Enero de 2016, 21:34:42 pm »
Eso solo existe para algunos.

El dolo sale rápido. Es una verdadera MENTIRA
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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1672 en: 14 de Enero de 2016, 21:35:29 pm »
Ni con aseguradora externa ni sin ella.
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1673 en: 14 de Enero de 2016, 21:37:52 pm »
Pues no puedo estar de acuerdo ya que son muchas las indemnizaciones que se abonan por infracciones de tipo administrativo...incluso le podría añadir que las más se abonan y son las menos las que no pasan el trámite de la solicitud por ser exclusiones.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1674 en: 14 de Enero de 2016, 22:10:48 pm »
 Sinceramente deje de creer esto, no lo compro.....
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1675 en: 16 de Enero de 2016, 10:22:59 am »


Multado un guardia civil por disparar para frenar a una lancha con droga



El agente debe pagar 240 euros por usar su arma en una zona con bañistas

Interior cerrará con estacas metálicas la ruta del hachís del Guadarranque

Miguel González   Madrid  15 ENE 2016 - 16:37 CET 

El general jefe de la zona de la Guardia Civil de Andalucía ha impuesto una sanción de cinco días de haberes (equivalentes a unos 240 euros), con suspensión de funciones, al agente S. R. C., quien el pasado 12 de julio hizo uso de su arma para intentar detener a una lancha sospechosa de traficar con un alijo de hachís. La resolución explica que el agente, junto a su compañero, se desplazó a la desembocadura del río Guadarranque (Cádiz), “donde se encontraba un número considerable de personas disfrutando un día de playa”. Al observar la entrada en el río de una embarcación semirrígida a gran velocidad, procedente de la bahía de Algeciras, el guardia efectuó “al menos seis o siete” disparos, al aire primero y al agua después, con su arma reglamentaria, para obligarla a detenerse, aunque esta hizo caso omiso y pasó de largo.

El agente ha reconocido que efectuó los disparos, cuyas detonaciones se escuchan en un vídeo que acompaña al expediente, “ante el peligro que suponía su entrada a gran velocidad en una zona de bañistas”. Por el contrario, el instructor del expediente cree que el guardia incurrió en una acción “voluntaria y desproporcionada” que “puso en peligro a las personas allí presentes infringiendo las normas sobre el uso de armas”, pero le impone la sanción menor para las faltas disciplinarias graves teniendo en cuenta que la acción fue debida a "un exceso de celo en el cumplimiento del deber y que, a pesar del riesgo creado, no tuvo consecuencias.

El letrado del guardia, Antonio Suárez-Valdés, ha recurrido la sanción y ha anunciado que acudirá a los tribunales, incluso hasta el Supremo si hace falta, ante lo que califica como “vergonzosa indefensión” en que los mandos del instituto armado dejan a sus agentes.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1676 en: 17 de Enero de 2016, 15:38:21 pm »
Sancionado un guardia civil que fue de copas a un club de uniforme y armado


•La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo confirma dos sanciones de tres meses sin empleo y sueldo

•Considera que su actuación fue "gravemente contraria a la dignidad de la Guardia Civil"


MANUEL MARRACO
 | Madrid
@marraco_elmundo

Actualizado 17/01/201612:25

El Tribunal Supremo ha confirmado los seis meses de suspensión de empleo y sueldo a un guardia civil del puesto de Seseña (Toledo) que en horario de servicio entró de uniforme y armado en el club de alterne El Cruce, donde pasó un par de horas tomando cubalibres.

Según el relato de hechos probados, el guardia civil sancionado, como jefe de pareja de una patrulla de seguridad ciudadana, tenía que vigilar, entre las 22.00 horas del 8 de abril de 2013 y las 6.00 horas del día 9 las vías de servicio de la autovía A-4 y las zonas industriales aledañas, además de prevenir robos de vehículos, en el interior de camiones y en locales comerciales por la zona de Seseña Nuevo.

En lugar de eso, hacia la 1:30 horas la pareja se dirigió a un club de Valdemoro. El agente expedientado «estuvo de pie junto a la barra del establecimiento, consumiendo ron con Coca-Cola y departiendo con las mujeres que allí trabajaban en funciones de alterne, mientras animaba en elevado tono de voz al Guardia auxiliar de pareja a consumir cubalibres».

El dueño del local, sorprendido y tal vez preocupado por la repercusión en la clientela, llamó al cuartel de Valdemoro para preguntar «si era normal» que en su local estuvieran dos guardias civiles de uniforme y armados consumiendo alcohol. Y que, en este caso, «qué debía hacer». Al lugar se desplazaron dos patrullas de la Guardia Civil que no llegaron a entrar en el local.

Ante sus superiores, el agente sostuvo que no había llegado a entrar en el club, que sólo había estado en la explanada adyacente «hablando con unos amigos» y que luego, al observar un movimiento sospechoso en las inmediaciones local, fue con su compañero a comprobarlo.

La Sala de lo Militar del Supremo, sin embargo, confirma la sentencia del Tribunal Militar que ratificó las dos sanciones de tres meses cada una impuestas por el director general de la Guardia Civil como autor de sendas faltas graves consistentes en «la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil» y «ausentarse del servicio».

La sentencia del Supremo destacan que cualquier guardia civil, a causa de su profesión y conocimientos que se le exigen, llegaría a la conclusión que al acudir a un club de alterne, desatendiendo el mismo, con uniforme y armamento reglamentario para consumir bebidas alcohólicas es una conducta «indecorosa y perjudicial para el servicio».

Durante el tiempo que permaneció en el club, según la sentencia, se menoscabó sus tareas de seguridad ciudadana y vial, poniendo en peligro «los cometidos esenciales» del Instituto Armado.

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1677 en: 29 de Enero de 2016, 18:56:31 pm »

Expulsan del cuerpo a un guardia civil que se accidentó ebrio con un coche oficial


El siniestro se produjo tras las celebraciones de la patrona del instituto armado del 2010

La Justicia Militar acaba de confirmar la expulsión del cuerpo de la Guardia Civil de un agente que, tras las celebraciones de la patrona del cuerpo, la Virgen del Pilar, de hace seis años, sufrió un accidente de tráfico en un coche oficial que conducía estando ebrio. De este modo, la sala de lo Militar del Tribunal Supremo ratifica la separación del servicio, una circunstancia que conlleva «la pérdida de la condición de militar de carrera de la Guardia Civil, perdiendo los derechos profesionales adquiridos excepto los derechos pasivos que hubiese consolidado».

La medida es consecuencia de una sentencia previa de la Audiencia de Lugo, que impuso al agente cinco meses de prisión por conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas en concurso con un delito de lesiones imprudentes, así como otros seis meses de cárcel por desobediencia. Igualmente, se le condenó a indemnizar con 30.833 euros a la Dirección General de la Guardia Civil por los daños ocasionados en el coche patrulla.

El accidente se produjo minutos antes de las ocho de la tarde del 12 de octubre del 2010, día de la Hispanidad, cuando el agente circulaba por la LU-541 «después de haber ingerido bebidas alcohólicas que mermaban sus facultades psicofísicas». De este modo, tras adelantar a varios vehículos, se incorporó «de manera brusca» al carril derecho, «momento en el que el imputado realiza un brusco giro a la izquierda a fin de retomar la calzada, cruzando esta de derecha a izquierda al tiempo que se ladea, saliéndose a su vez por el margen izquierdo». El coche quedó volcado en una finca.

Tanto el conductor como su compañero resultaron heridos, por lo que fueron trasladados a un centro médico. Allí, al funcionario se le extrajo sangre, inicialmente, con fines terapéuticos, si bien, posteriormente, un auto judicial autorizó la custodia y conservación de las muestras para determinar la tasa de alcohol, cuyo resultado fue positivo.

En la sentencia se hace constar que el agente se negó a someterse a la prueba de alcoholemia alegando que «tenía cristales en la boca, siendo contradicho tal diagnóstico por el médico de guardia que lo atendió». Se da la circunstancia de que el agente ya fue condenado en el 2004 por un juzgado de Lugo y por la Audiencia de Pontevedra, si bien tales antecedentes están cancelados.

Los magistrados del Tribunal Supremo, en cualquier caso, consideran que lo hechos ocurridos aquel 12 de octubre «son de tal naturaleza que por sí solos, sin necesidad de ninguna otra prueba complementaria, evidencian nítidamente la causación de un grave daño a la Administración y a los ciudadanos».

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1678 en: 10 de Febrero de 2016, 10:28:44 am »

Condenan a un funcionario a pagar 30.000 euros
por ausentarse durante seis años de su puesto de trabajo


El exempleado del Ayuntamiento de Cádiz "no llegó a acudir a su puesto de trabajo ni llegó a realizar tarea alguna" durante seis años a pesar de que en ningún momento dejó de percibir su nómina.
 
EFE
CÁDIZ.- Un juzgado de Cádiz ha condenado a un exfuncionario del Ayuntamiento de Cádiz a pagar al consistorio 29.920,93 euros por no acudir a su puesto de trabajo "al menos" desde el 2004 hasta marzo del 2010.

Según la sentencia, el 15 de octubre del 2010 el Ayuntamiento acordó abrir un expediente a J.G.V. por una falta "muy grave" del Estatuto Básico del Empleado Público por "abandono del servicio" y "falta injustificada". La suspensión de empleo y sueldo a la que se sometió tras la apertura del expediente sólo duró cuatro meses ya que, durante la tramitación del mismo, el funcionario se acogió a la jubilación anticipada.


Los hechos se remontan a 1998 cuando el Ayuntamiento de Cádiz firmó un convenio de colaboración con la empresa pública Aguas de Cádiz por el que dicho empleado pasaba a hacerse cargo de unos controles en la estación de La Martona. El texto judicial recoge como en la propuesta de sanción interpuesta por el Ayuntamiento en el año 2010 consta que el trabajador "no llegó a acudir a su puesto de trabajo ni llegó a realizar tarea alguna" aunque en ningún momento dejó de percibir su nómina.

El entonces concejal de Personal, José Blas Fernández (PP), descubrió que en Aguas de Cádiz suponían que sus servicios para la empresa habían finalizado y había vuelto al Ayuntamiento y que en la corporación pensaban que seguía en Aguas de Cádiz. La sentencia también recoge que el decreto aprobado por el consistorio no es propiamente un procedimiento sancionador sino la "devolución de cantidades indebidamente cobradas".

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Re: Los expedientes disciplinarios. Formas y "formas"
« Respuesta #1679 en: 10 de Febrero de 2016, 10:41:18 am »
y...¿cómo ha sido posible esto?, ¿quien ha sido el responsable de que haya podido hacer lo que le ha dado la gana a este funcionario?....