Autor Tema: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales  (Leído 108250 veces)

Desconectado pindongo

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1020 en: 29 de Septiembre de 2016, 15:32:36 pm »
<a href="http://youtube.com/v/q4Ct8gt1Sqk" target="_blank" rel="noopener noreferrer" class="bbc_link bbc_flash_disabled new_win">http://youtube.com/v/q4Ct8gt1Sqk</a>

Si en su puesto del mercadillo vende polos falsos como el que lleva, tendrá problemas...

No creo, los municipales como somos subordinados no le podemos meter mano. Y los nacionales como son compañeros  :partirse  :partirse :partirse
A no ser que le pille la policía de verdá  :carcaj :carcaj

Lucaspoli

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1021 en: 29 de Septiembre de 2016, 15:41:15 pm »
No te metas con la mierda del niño que estás en el cuerpo policial más politizado  :karateka :partirse

Lucaspoli

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1022 en: 29 de Septiembre de 2016, 21:22:12 pm »
Es que he estado exiliado en el extranjero :bur)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1023 en: 16 de Noviembre de 2016, 16:28:08 pm »
La Justicia europea respalda el límite de edad en oposiciones a Policía
Ignacio Faes
15/11/2016 - 11:23

    Avala la exclusión de mayores de 35 años en la Academia Vasca


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respalda que se exija un límite de edad en las oposicones a Policía. El tribunal de Luxemburgo avala la exclusión de los candidatos mayores de 35 años de un proceso selectivo de agentes de policía que han de asumir funciones operativas y ejecutivas es conforme con el Derecho de la Unión.

De este modo, la sentencia, dictada hoy, permite a la Academia Vasca de Policía y Emergencias rechazar a aquellos opositores que ya hayan cumplido dicha edad. El Tribunal europeo entiende que "la posesión de capacidades físicas específicas constituye un requisito profesional esencial y determinante para estos agentes de policía".

El fallo reconoce que "es evidente que la norma establece una diferencia de trato basada directamente en la edad, ya que tiene como consecuencia dar a determinadas personas un trato menos favorable que el que reciben otras que se encuentran en situaciones análogas, por la mera razón de que han cumplido 35 años de edad". Sin embargo, subraya que, según la normativa europea, "la diferencia de trato basada en la edad no tendrá carácter discriminatorio cuando una característica vinculada a la edad, como la posesión de capacidades físicas específicas, constituya un requisito profesional esencial y determinante".

La sentencia apunta que las funciones relativas a la protección de las personas y bienes, la detención y custodia de los autores de hechos delictivos y las patrullas preventivas pueden requerir el empleo de la fuerza física. "La naturaleza de estas funciones exige una aptitud física específica, en la medida en que los fallos físicos que se producen en el ejercicio de dichas funciones pueden tener consecuencias importantes no sólo para los propios agentes de policía y para terceros, sino también para el mantenimiento del orden público", señala. "De ello se desprende que el hecho de poseer capacidades físicas específicas para poder cumplir las misiones esenciales de la Ertzaintza puede considerarse un requisito profesional esencial y determinante para el ejercicio de dicha profesión", añade.
"Envejecimiento del Cuerpo"

El TJUE precisa, en todo caso, que "las funciones desempeñadas por los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas son distintas de las encomendadas a la Policía Local". Entiende que la escala para la que se organizó el proceso selectivo no desempeña funciones administrativas, para las cuales se organizan otros procesos específicos que no establecen límite de edad.

Por otra parte, alerta del "envejecimiento masivo del cuerpo de policía" y destaca que "existe la necesidad de prever el reemplazo mediante procesos selectivos de los agentes de mayor edad por personas más jóvenes".

El fallo concluye que "un agente joven estará en condiciones de cumplir más eficazmente las tareas físicamente exigentes y además, por este motivo, los agentes de ese cuerpo de policía tienen derecho, a partir de la edad de 56 años, a determinados tipos de adaptaciones". Además, asegura que "para restablecer una pirámide de edades satisfactoria, la posesión de capacidades físicas específicas debe entenderse de manera dinámica, esto es, teniendo en cuenta los años de servicio que prestará el agente después de ser seleccionado".

Desconectado Heracles_Pontor

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1024 en: 16 de Noviembre de 2016, 18:09:13 pm »
Pues esto puede ser un jarro de agua fría para algunos opositores . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1025 en: 16 de Noviembre de 2016, 20:58:30 pm »
Interpreto que pueden poner ese límite,no que lo vayan a hacer,de hecho el ayuntamiento de Madrid tenía la intención de ampliarlo creo...

Desconectado 47ronin

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1026 en: 21 de Noviembre de 2016, 09:23:23 am »
CONSIDERACIONES DE LA CSL A LA RECIENTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)
de fecha 15 de noviembre de 2016 en el asunto C-258/15

EL TRIBUNAL EUROPEO NINGUNEA LA SEGURIDAD DE LOS MUNICIPIOS

Reconocimiento Judicial Denomínase reconocimiento o examen judicial la percepción sensorial directa efectuada por el juez o tribunal sobre cosas, lugares o personas, con el objeto de verificar sus cualidades, condiciones o características

Desde  CSL hemos leído detenidamente la resolución recaída en el procedimiento de referencia y hemos de reconocer que nos aclara muchas dudas, unas directamente relacionadas con el objeto del procedimiento y otras mas amplias, como entender por qué existe una desafección tan brutal y creciente de los ciudadanos europeos hacia sus instituciones.

Hemos querido usar la definición del Reconocimiento Judicial como encabezamiento de este escrito porque creemos que es precisamente la base de nuestra indignación con el contenido de la resolución.

Insignes togados multinacionales resuelven una cuestión sin enterarse “in situ” del funcionamiento real de la misma, SIN EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL PREVIO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS, sin, por tanto, comprobar sobre el terreno que una cosa es el texto legal en sentido estricto y otra muy, muy lejana, la realidad.

Los agentes de las Policías Locales de toda España trabajan día a día y velan por el orden público y la seguridad ciudadana aunque la Ley no lo especifique claramente. El Ilustrísimo ponente debería haber viajado a España y comprobarlo antes de “sentenciarlo” insinuando que solamente desarrollamos tareas administrativas y de tráfico.

Es indignante, incluso podía ser ilegal que para esas tareas burocráticas, portemos armas.
Deberíamos plantearnos el uso de las mismas, devolverlas a nuestros patronos y mandar a tan ilustres cabezas pensantes nuestras licencias.

La triste historia de las Policías Locales de España está siempre contaminada de desprecio hacia el colectivo, desinformación (o tenemos que recordar que algo tan básico como el censo total de Policías Locales, hubo que hacerlo recientemente para la tramitación del anticipo de la jubilación) e, incluso, animadversión.

En el caso que nos ocupa, opinamos que la sentencia se dicta mas desde la desinformación (que puede venir de la propia ignorancia o la falta de ganas de actualizarse y trabajar) que desde la animadversión o el desprecio, o por lo menos eso deseamos.

No somos personal administrativo ni simplemente ordenadores del tráfico, somos mucho más, incluso en muchísimas ocasiones somos la primera y única fuerza policial de choque en asuntos peliagudos de orden público y seguridad ciudadana. Ilustrísimos señores de la Curia, vengan y se lo demostraremos.

Todo lo que  esta Sentencia recoge, afecta directamente a los Ayuntamientos y las Federaciones de Municipios, puesto que incide en el nivel de Seguridad Ciudadana, que desde ellos se presta a los vecinos,  por esto consideramos muy importantes conocer la opinión de los Alcaldes y de los Presidentes de las distintas Federaciones de Municipios, y sus posicionamientos , entendemos que en defensa de la profesionalidad de las policías locales y de la Seguridad de sus ciudadanos .
Finalmente, destacar que, con el afán de evitar una discriminación, entendemos que la Justicia Europea ha generado una de las mayores y más hirientes discriminaciones laborales de su historia, ya que mostrando nuestro acuerdo sobre que el límite de la edad no se opone a una norma como la controvertida en el litigio, éste mismo criterio debería hacerse extensivo al acceso a los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales. 

      Confederación de Seguridad Local


http://www.csl.es/app/download/13355696023/Nota+Prensa+CSL+Sentencia+de+15+de+Noviembre+de+2016.doc?t=1479503220

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1027 en: 21 de Noviembre de 2016, 09:31:35 am »
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
COMUNICADO DE PRENSA n.º 125/16
Luxemburgo,
15 de noviembre de 2016



La exclusión de los candidatos mayores de 35 años de un proceso  selectivo de agentes de policía
que han de asumir funciones operativas y ejecutivas es conforme con el Derecho de la Unión


http://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2016-11/cp160125es.pdf

El texto íntegro de la sentencia se publica en el sitio CURIA el día de su pronunciamiento

http://curia.europa.eu/juris/documents.jsf?num=C-258/15


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1028 en: 06 de Diciembre de 2016, 15:04:06 pm »
Cuando la bajen a 1'52, avísame rápidamente eh?

Yo soy un defensor de dos cosas, la altura y la edad...no podemos tender hacia la policía con canijos y viejos, o canijos a secas o viejos a secas, la función policial es compleja y el policía ha de tener una presencia física suficiente, un grado de músculo suficiente y una materia gris importante, recoger los dos primeros es sencillo, se ve a simple vista...el tercero es el más complejo de evaluar....... y asi pasa.

La policía de la aldea de los pitufos.


Cantabria propone rebajar la estatura mínima de los policías locales para adecuarla al resto de España

30/11/2016 - 15:26

El consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, ha presidido la segunda reunión este año de la Comisión de Coordinación de Policía Local de Cantabria, en la que el Gobierno autonómico ha informado de las modificaciones legislativas en la Ley 5/2000 de Coordinación de Policías Locales, con el objetivo de adecuarla a la realidad actual.

SANTANDER, 30 (EUROPA PRESS)

Se trata de un cambio "muy bien valorado" por todos los miembros de la Comisión, ha subrayado este miércoles el Ejecutivo en un comunicado de prensa. Las modificaciones, que están incluidas el anteproyecto de ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2017 -la denominada Ley de Acompañamiento de los Presupuestos-, suponen cambios menores.

Entre ellos figura la modificación de la altura mínima exigida para los hombres, que pasará de los 1,70 metros actuales a 1,65, un criterio que será común a lo que se exigen para el ingreso en otros cuerpos de seguridad del Estado como la Guardia Civil y la Policía Nacional. En el caso de las mujeres, se mantiene la estatura mínima para ser policía local de 1,60 metros.

El Gobierno de Cantabria procede así a equiparar la ley cántabra a las de otras comunidades autónomas y a lo exigido por las normas nacionales relacionadas.

Además, con el fin de facilitar la participación en los procesos selectivos, se eliminará también por esta vía la reserva a militares de un 20 por ciento de las plazas de las oposiciones a los cuerpos municipales de policía local, un cambio legal que se introdujo en la pasada legislatura y que "nunca" ha sido de aplicación en la Comunidad Autónoma.

NUEVA APLICACIÓN INFORMÁTICA

Por otro lado, el consejero de Presidencia, junto al director general de Justicia, Pablo Ortiz, entre otros, han expuesto a los miembros de la Comisión, como órgano consultivo, la aplicación informática que funcionará a partir del 1 de enero de 2017 para los agentes de todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, incluidas las policías locales.

A partir de esta fecha, se podrá en marcha un programa de comunicación telemática, incluido en el sistema de la Administración de Justicia 'Vereda', para la remisión de los informes, atestados y denuncias a los juzgados, que eliminara la utilización del papel.

De la Sierra ha informado que esta aplicación será presentada de forma detallada a miembros de la Policía Nacional y Guardia Civil y en los ayuntamientos que cuentan con Policía Local, sesiones que incluirán jornadas formativas y el reparto de toda la documentación técnica necesaria.

Entre sus beneficios, De la Sierra ha destacado el "ahorro considerable de tiempo" que facilita el nuevo sistema, que permitirá transmitir de forma telemática las más de 1.000 comunicaciones que realizan al mes los agentes a los juzgados de Cantabria.

Por otro lado, se ha acodado en la reunión celebrada este miércoles la constitución de un grupo de trabajo encargado de la modificación de las Normas Marco de Policías Locales de Cantabria, con el fin de adaptar el reglamento de funcionamiento de este cuerpo a las últimas modificaciones legislativas, ya que las actualmente vigentes datan de 2003, es decir, hace más de 13 años.

Los miembros de la Mesa de Coordinación han apoyado los cambios legislativos impulsados por la Consejería de Presidencia y los beneficios del nuevo sistema de comunicaciones con los juzgados.

Del mismo modo, han subrayado el funcionamiento y la participación para abordar las próximas iniciativas relacionadas con las Normas Marco, a través de un grupo de trabajo en el que están representados todos los agentes implicados.

COMISIÓN

En la Comisión de Coordinación de la Policía Local, presidida por el consejero, también participan otros representantes del Gobierno de Cantabria, miembros de la Federación de Municipios de Cantabria y responsables de los ayuntamientos de Santander y Torrelavega.

También intervienen miembros en representación de las Policías Locales, a propuesta de los sindicatos más representativos, y representantes de la Asociación de Jefes de Policía Local.

Desconectado 47ronin

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1029 en: 03 de Enero de 2017, 15:46:28 pm »
La guàrdia urbana de Barcelona obre 49 places per a guàrdies civils, policies espanyols, mossos i policies locals

No caldrà tenir el nivell C de català per a presentar-s'hi

Per: Redacció
 02.01.2017  22:00

L’Ajuntament de Barcelona té previst d’ampliar la plantilla de la guàrdia urbana de Barcelona amb quaranta-nou places noves. Però aquesta vegada no farà servir la via més habitual, que és l’oposició lliure, en què es pot presentar tothom (l’any 2015 es van oferir així cent noves places d’agents). Aquesta vegada les places són pensades únicament per a policies dels altres cossos: per accedir-hi s’haurà de ser guàrdia civil, policia espanyol, policia local de Catalunya o mosso d’esquadra. Tot i no ser habitual, no és la primera vegada que passa: l’ajuntament havia fet servir aquesta via, per exemple, l’any 2007 (pdf).

Les bases del concurs, a les quals VilaWeb ha tingut accés, deixen clar que el nivell C de català no hi serà obligatori, però sí que sumarà punts. Només s’hi exigirà el nivell B2 (antic B), que és una prova de nivell més baix. Amb això, s’establirà una paradoxa: a l’Ajuntament de Barcelona els aspirants a auxiliars han de tenir el nivell C de català, però aquests guàrdies urbans, no. I tots s’enquadraran en el mateix nivell funcionarial. També s’ha de dir que quan l’any 1994 els Mossos d’Esquadra van obrir la porta a la Guàrdia Civil i a la policia espanyoles, en un procés que va durar anys, tampoc no els van demanar el nivell C, sinó el B.


Hi haurà més requisits per als aspirants: hauran de tenir el graduat escolar i menys de 42 anys, no podran haver estat condemnats per cap delicte (per bé que podran tenir els antecedents penals cancel·lats) i hauran de fer més d’1,60 metres les dones i més d’1,70 els homes. La convocatòria també deixa clar que es vol que hi hagi una ‘presència equilibrada de dones i homes’.

Els aspirants que compleixin els requisits hauran de passar després quatre proves: la de català, una prova física, un test de personalitat i una prova mèdica.


Aviat es farà pública la convocatòria d’aquestes noves places i a partir d’aleshores els aspirants tindran vint dies hàbils per a presentar-s’hi.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1030 en: 03 de Enero de 2017, 15:48:02 pm »
Colau discrimina a las Policías Locales no catalanas?

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1031 en: 03 de Enero de 2017, 22:31:41 pm »
Y las Bases que dice ese panfleto independentista que tiene?

Desconectado Carljohnson

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1032 en: 03 de Enero de 2017, 23:27:19 pm »
Que se metan su país por el....

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1033 en: 04 de Enero de 2017, 00:15:10 am »
En castellano mejor....

Citar
La Guardia Urbana de Barcelona abre 49 plazas para policías de otros cuerpos

POR EUROPA PRESS / LAINFORMACION.COM 
BARCELONA| 03/01/2017 - 15:30
 
El Ayuntamiento de Barcelona ampliará la plantilla de la Guardia Urbana con 49 plazas nuevas que podrán ocupar únicamente policías de otros cuerpos --Guardia Civile, Policía Naciona y Mossos d'Esquadra--, en lugar de ofrecerse por oposición libre, han informado a Europa Press fuentes municipales.

Las bases del concurso, que ha hecho públicas Vilaweb, establecen que a los nuevos agentes se les exigirá el nivel B2 de catalán, el graduado escolar, tener menos de 42 años, no haber sido condenados por ningún delito, y medir más de 1,60 metros las mujeres y más de 1,70 metros los hombres.

La convocatoria subraya que deberá favorecerse una presencia equilibrada de hombres y mujeres, y que los aspirantes que cumplan los requisitos deberán superar cuatro pruebas: la de catalán, una prueba física, un test de personalidad y una prueba médica.


El portavoz de ERC en el Ayuntamiento, Jordi Coronas, ha lamentado en un comunicado que el Gobierno municipal quiera cubrir las vacantes en el cuerpos sin oposiciones libres, y ha asegurado que las 49 plazas serán insuficientes, ya que, a su juicio, se debería incorporar a entre 400 y 600 agentes para "modernizar el cuerpo y prestar un buen servicio".

Asimismo, ha criticado que el consistorio no exija el nivel C de catalán, a lo que el Ayuntamiento ha respondido que este nivel superior sólo se pide en las categorías de inspector, intendente, intendente mayor y superintendente, mientras que los agentes, caporales, sargentos y subinsepctores necesitan el nivel B2.

http://www.lainformacion.com/policia-y-justicia/policia/Guardia-Urbana-Barcelona-policias-cuerpos_0_986902055.html

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1034 en: 04 de Enero de 2017, 02:41:51 am »
La Urbana fichará 49 agentes de los Mossos, la Policía Nacional o la Guardia Civil

Barcelona además ampliará la plantilla de su cuerpo municipal con una oposición de 120 plazas

El Ayuntamiento de Colau prevé realizar asimismo la mayor promoción interna de mandos en los últimos 15 años


GUILLEM SÁNCHEZ / BARCELONA
MARTES, 3 DE ENERO DEL 2017 - 20:55 CET

El Ayuntamiento de Barcelona convoca oposiciones para reclutar a 120 nuevos agentes para la Guardia Urbana. Se celebrarán durante el primer semestre del 2017 y está previsto que se incorporen al Institut de Seguretat Pública de Catalunya durante el otoño.

La Urbana ofrecerá suplementariamente 49 plazas a miembros de otros cuerpos policiales. Esto significa que podrán optar a estas únicamente aquellas personas que gocen de la condición de policías porque pertenecen a los Mossos d’Esquadra, a policías locales catalanas, al Cuerpo Nacional de Policía (CNP) o a la Guardia Civil.

Fuentes del consistorio aclaran que se trata de un recurso habitual que han utilizado anteriormente diversas policías locales o los Mossos d'Esquadra e incluso la propia Urbana de Barcelona en el pasado.

Las bases para esta convocatoria interadministrativa establecen que como mínimo los funcionarios interesados deberán acreditar una experiencia superior a dos años en territorio catalán. Es decir, no podrán inscribirse los miembros de las fuerzas estatales que no hayan sido destinados un mínimo de 24 meses en Catalunya.


La convocatoria subraya que deberá favorecerse una presencia equilibrada de hombres y mujeres. También que los aspirantes que cumplan los requisitos deberán superar cuatro pruebas: la de catalán, una prueba física, un test de personalidad y una prueba médica. No será necesario superar la prueba de catalán si están en posesión del nivel B, cosa que ha generado críticas de ERC.

La convocatoria interadministrativa es un recurso que permitirá incorporar a 49 policías con mayor celeridad. Los 120 aspirantes que resulten seleccionados en la oposición pública abierta a todos los ciudadanos deberán superar los 9 meses de formación en la escuela de policía antes de poder ingresar en la Urbana. Esto significa que no podrán servir -en el mejor de los casos- hasta mediados del verano del 2018. Los 49 procedentes de otros cuerpos -en cambio- podrán entrar después de superar un curso de adaptación.

PROMOCIÓN INTERNA

La renovación en el seno del cuerpo municipal se completará este 2017 con una convocatoria para mandos. La mayor de los últimos 15 años, según remarcan fuentes municipales. Se celebrarán oposiciones para 60 plazas de cabo, 24 de sargento y 8 de subinspector. De este modo, la Urbana engrosará con 92 nuevos jefes su escala operativa.

http://www.elperiodico.com/es/noticias/barcelona/urbana-fichara-agentes-los-mossos-cnp-guardia-civil-5724202

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1035 en: 04 de Enero de 2017, 12:10:02 pm »
Eso no es cierto . . . la izquierda nacional no apoya el independentismo  . . . pero como vamos a tener Rajoy y PP unas cuantas legislaturas . . . pues el independentismo catalán se irá desmovilizando, de hecho Soraya ya está en Cataluña trabajando en ello y ya reconoce abiertamente el error del recurso al Statut y que sus políticas han sido la mayor fábrica de independentistas que ha habido, ahora toca lo contrario y como tiene mucho tiempo por delante seguro que se termina consiguiendo la desmovilización del independentismo.

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1036 en: 04 de Enero de 2017, 19:20:54 pm »
No que va...PODEMOS no lo apoya

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1037 en: 04 de Enero de 2017, 19:22:58 pm »
No, no lo apoya, de hecho en el parlamento Catalán están en la oposición y votan contra los independentistas.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1038 en: 04 de Enero de 2017, 19:32:49 pm »

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1039 en: 04 de Enero de 2017, 19:52:23 pm »
Pues ya quisiera Ahora Madrid unas encuestas como esas para ellos . . . en Madrid dudo mucho que repitan . . .

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