Autor Tema: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales  (Leído 119483 veces)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1360 en: 16 de Enero de 2024, 15:28:01 pm »


Opositores a la Guardia Civil impugnan el examen de ortografía tras ser declarados «no aptos» por la palabra «chavola»

Por señalar como incorrecta esta palabra, al considerar que se escribe con “b” y no con "v"



Han interpuesto un recurso de alzada, asistidos por la firma Legal Oposiciones. (Imagen: Guardia Civil)

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Rosalina Moreno
Redactora jefa




TIEMPO DE LECTURA: 4 MIN

Publicado 15/01/2024 13:05
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La prueba de ortografía de las oposiciones a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado vuelve a estar en la picota. En esta ocasión, un grupo de opositores a la Escala de Cabos y Guardias de la Benemérita han impugnado la prueba del pasado mes de octubre tras ser declarados «no aptos» por señalar como incorrecta ortográficamente la palabra “chavola”, ya que entienden que lo correcto es escribirla con “b” y no con «v».


Según las bases de la convocatoria, tenían que indicar si las palabras subrayadas de la siguiente frase tenían o no falta ortográfica: El sexagenario habitaba en una chavola inmunda. Las palabras subrayadas eran sexagenario, habitada, Chavela e inmunda.

Este grupo señaló la palabra “chavola” como incorrecta, e inicialmente el Tribunal Calificador también lo hizo. En la página web de la Guardia Civil publicó en octubre la plantilla con esa palabra como incorrecta, pero en noviembre la modificó dándola por buena.



Los opositores afectados denuncian que «sorpresivamente, y quizás por las presiones de alguna academia, se modificó esa plantilla dando por válida la palabra, argumentando el Tribunal calificador que esta aparece en el Diccionario de la Lengua Española», según declaran a este diario.

La oposición consta de una prueba de conocimientos teórico-prácticos: ortografía, gramática, conocimientos generales y Lengua inglesa; de una prueba psicotécnica: aptitudes intelectuales y perfil de personalidad; y por último, de un ejercicio de aptitud psicofísica, que consta de una prueba física, una entrevista personal, y un reconocimiento médico.

Cada una de ellas es eliminatoria, por lo que al fallar ésta fueron eliminados del proceso.

Los aspirantes afectados han puesto el caso en manos del despacho Legal Oposiciones, especializado en procesos selectivos, y han interpuesto de forma individual un recurso de alzada ante la Guardia Civil, al que acompañan un informe pericial de un filólogo, Antonio Martín Fernández, que señala que la palabra es incorrecta con «v».

En el recurso solicitan que se una dicte resolución acordando la nulidad del acuerdo del tribunal calificador por el que se aprueba esa plantilla, o la subsidiaria anulabilidad y, en consecuencia, que se retrotraigan las actuaciones para que se vuelva a corregir el ejercicio con esa palabra como incorrecta, «con todos los efectos legales, económicos y administrativos correspondientes en caso de que finalmente supere el proceso selectivo».

Asimismo, «sobre la base del principio de transparencia y del derecho de acceso al expediente», reclaman que se faciliten las Actas del tribunal calificador referidas a dicha prueba, en las que deberán constar, en su caso, las razones del cambio de plantilla que se denuncia.

Ahora, el general jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil dispone de un plazo de tres meses para resolver los recursos.

De ser estimados, los recurrentes continuarán con el proceso selectivo. Si no se estimaran, el siguiente paso de los opositores sería interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

«La Guardia Civil tiene ahora la oportunidad de remediar el error que ha cometido el Tribunal Calificador al dar por correcta esa palabra, y evitar los daños y perjuicios que supone para los afectados el tener que ir a los tribunales a que se haga justicia, más luego el derroche de dinero público que también gastará la administración si es condenada, porque ellos van a reclamar las retribuciones dejadas de percibir», señalan a este diario desde Legal Oposiciones, firma que dirigen Cristina Moscoso del Prado e Ignacio Ucelay Urech. Este despacho fue el que consiguió anular las lentes intraoculares como causa de exclusión en la Policía Nacional y la Guardia Civil.

La anterior polémica se dio en la Policía Nacional. Tras un largo periplo judicial, el alto tribunal de Madrid dio la razón a centenares de aspirantes a este Cuerpo que consideraban correctamente escritas las palabras “ciberataque”, “LGTBI”, ˝reditar” y “preminente”, lo que ha supuesto que muchos de ellos hayan conseguido finalmente su plaza después de varios años.

LAS CONCLUSIONES DEL EXPERTO SOBRE LA PALABRA «CHAVOLA»
El experto Antonio Martín expone en su informe pericial, tras evaluar los contextos en los que se valora la palabra y después de analizarla con distintas herramientas lingüísticas y criterios, que «todos los ejercicios podían resolverse usando los conocimientos básicos de ortografía requeridos en la formación primaria y secundaria del sistema educativo español en el que se han formado los candidatos».

Añade que el criterio para validar como correcta la palabra «chavola» no puede basarse solo en que esté registrada en el Diccionario de la Lengua Española, «dado que el tribunal ha usado este mismo criterio para aceptar una palabra y rechazar otra en las mismas pruebas».

También destaca que la propia RAE y la Fundéu «rechazan su uso»; que «no aparece en ningún otro diccionario de referencia»; y que palabras derivadas de ese término siempre usan la forma correcta «chabola» en todos los diccionarios consultados.

Asimismo, indica que la frecuencia de uso confirma lo expuesto por la RAE y la Fundéu: «El término ‘chabola’ es el que aparece en todos los textos, a excepción de algunos registros del término ‘chavola'». «Estas excepciones que se han localizado pertenecen fundamentalmente a tres razones que la alejan de ser correcta: a periodos históricos en los que pudo existir alguna vacilación y quedaron registradas como erratas; a erratas por confundir esta palabra con un topónimo; y por su aparición como erratas en textos en gallego y leonés», apunta.

En base a lo anterior, afirma que la palabra «chavola» entra dentro de la clasificación de errores por dominante grafofónica. «Todos estos datos indican que no existe una alternancia constatable en la producción escrita en español entre los términos ‘chabola’ y ‘chavola’, por lo que es muy improbable que cualquier persona con competencia básica y avanzada en el idioma español haya encontrado un texto escrito con el término ‘chavola’ que lo pueda dar por válido. Por esta razón, las personas que marcaron esta palabra como incorrecta respondían a lo que su competencia léxica confirmaba: que esta palabra, que no está sujeta a las normas ortográficas de la b/v, ni a sus excepciones, debería resolverse por el aprendizaje previo que hubieran tenido», argumenta.

Y concluye que los datos objetivos señalados en este informe «demuestran, sin ningún género de duda, que su competencia léxica es correcta y acertaron al marcarla como incorrecta».



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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1361 en: 20 de Enero de 2024, 15:31:44 pm »

Dos sentencias del TS recuerdan que aspirantes a guardia civil no pueden ser excluidos por lentes intraoculares


Los magistrados recordaron la sentencia que ya dictaron en febrero de 2023 donde se resolvió este asunto donde declararon nula esta causa de exclusión.
Dos sentencias del TS recuerdan que aspirantes a guardia civil no pueden ser excluidos por lentes intraoculares
Portada / Tribunales
Blanca Valdés
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20/1/2024 00:45
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Actualizado: 19/1/2024 22:10
El Tribunal Supremo ha recordado en dos recientes sentencias que los aspirantes a guardia civil no pueden ser excluidos de las oposiciones por llevar lentes intraoculares, como ya sentenció en febrero de 2023.

Las lentes intraoculares son unos implantes que se utilizan para corregir defectos visuales de enfoque como, por ejemplo, miopía, hipermetropía y astigmatismo.


Son las sentencias 3/2024 y 1/2024 de 8 de enero que han sido dictadas por los magistrados Celsa Pico (ponente), Pablo Lucas Murillo (presidente), Luis María Díez-Picazo, Antonio Jesús Fonseca-Herrero y José Luis Requero.

Dos casos que han sido defendidos por el letrado Antonio Suárez Valdés.

En una de las sentencias se cuenta el caso de una mujer a la que se le declaró no apto en la prueba de reconocimiento médico en la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso en centros de formación de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.

Decisión que se tomó mediante una resolución dictada el 10 de marzo de 2019 por el Tribunal de Selección y que fue recurrida en alzada posteriormente, pero sin suerte. De modo que se vio obligada a acudir a los tribunales.


Antonio Suárez-Valdés, director del Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, es abogado especialista en policía y en militares.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tampoco le dio la razón por lo que, como última vía, tuvo que acudir al Supremo.


El Supremo reconoce el derecho de que militares con lentes intraoculares puedan ingresar en la Guardia Civil
Consideró que se había infringido el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la jurisprudencia sobre la discrecionalidad técnica y requisitos a tener en cuenta en la prueba de reconocimiento médico.

Insistió en que no existía elemento de convicción alguno que pudiese acreditar que la implantación de lentes intraoculares incapacite o limite a la aspirante a guardia civil para el desempeño de funciones. A lo que añadió que un informe oftalmológico de enero de 2020 reveló que no disponía de ninguna secuela tras ser operada de cataratas en 2017.

LA ABOGACÍA DEL ESTADO MANIFESTÓ QUE LAS LENTES EN UN GUARDIA CIVIL CONLLEVABAN RIESGOS
La Abogacía del Estado, por su parte, relató que diversos estudios médicos concluyeron que el uso de este tipo de lentes conllevaba importantes riesgos en la visión. Ya que, si, por ejemplo, sufrían un accidente de tráfico o una agresión, ésta podría luxarse o causar una hemorragia vítrea.

Los magistrados recordaron que durante la vida profesional el funcionario está sujeto a un régimen de evaluación de las aptitudes psicofísicas, que se encuentra previsto en la Ley 17/1999 de 18 de mayo de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.


El TS también ordena que se acepte a un opositor a la Guardia Civil que fue excluido por llevar lentes intraoculares
Y en esa normal el uso de lentes intraoculares no es causa de pérdida de actitud psicofísica.

Los magistrados recordaron la sentencia que ya dictaron en febrero de 2023 donde se resolvió este asunto donde declararon nula esta causa de exclusión.

De modo que como en esa sentencia se tomó tal decisión, en este caso debe fallarse en el mismo sentido, por lo que han estimado el recurso.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1362 en: 22 de Enero de 2024, 14:40:07 pm »
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¿'Chabola' o 'Chavola'?: polémica en la prueba de ortografía de las oposiciones a Guardia Civil


El Instituto Armado consideró incorrecta el término escrito con v; un día después, la dio por buena.
22 enero, 2024 08:54GUARDAR

 GUARDIA CIVIL EXÁMENES OPOSICIONES
Delia Echavarri  @deliaechavarri
La prueba de ortografía de las oposiciones a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado vuelve a estar en el punto de mira. En esta ocasión, un grupo de opositores a la Escala de Cabos y Guardias de la Benemérita han impugnado la prueba del pasado mes de octubre, debido a una gran confusión con la palabra 'chavola', ya que entienden que lo correcto es escribirla con b y no con v. Sin embargo, aunque en un principio el Instituto Armado consideró incorrecta la escrita con v, un día después, la dio por buena. El resultado fue que cientos de estudiantes fueron excluidos de la carrera al ser considerados "no aptos". Este es el caso de un joven malagueño de 24 años.

Este ha sido uno de los afectados (se desconoce su nombre) y, según recoge Málaga Hoy, tras dos años preparándose y hacer sus cábalas tras la prueba, pensaba que había conseguido pasar a la siguiente fase. Todo tuvo que ver con la frase: "El sexagenario habitaba en una chavola inmunda".


Según el medio citado anterormente, a finales de octubre de 2023 el joven se examinó de todas las pruebas que incluyen la primera fase: ortografía, gramática, conocimientos generales, lengua inglesa y psicotécnicos. Esta prueba consiste en un ejercicio con cinco frases numeradas del uno al cinco. En cada una, aparecen varias palabras subrayadas e identificadas con las letras A, B y C, y los candidatos debían indicar si las palabras subrayadas eran incorrectas y los términos 'sexagenario', 'chavola' e 'inmunda' eran las opciones.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1363 en: 31 de Enero de 2024, 15:56:02 pm »
Si hay Gobierno hasta entonces....


El Gobierno eliminará en 2025 la tasa de reposición en la administración que limitaba la oferta de empleo público


Función Pública pone como centro de su estrategia para esta legislatura el refuerzo de las plantillas para abordar el problema de envejecimiento en el sector público

Diego Larrouy

31 de enero de 2024 12:18h
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El área de Función Pública ha arrancado en las últimas semanas su andadura separada de nuevo del Ministerio de Hacienda e incorporándose al de Transformación Digital. El nuevo ministro encargado, José Luis Escrivá, ha comparecido este miércoles en el Congreso para exponer las líneas maestras de su departamento para esta legislatura. Los nuevos responsables de Función Pública reconocen la necesidad de reforzar las plantillas de la administración y recuperar el empleo perdido durante la crisis de 2008. Por ello, entre otras medidas, se pondrá fin a la tasa de reposición, el límite que imponía el Gobierno central a las ofertas de empleo público.


La medida se encuadra dentro del plan del Ejecutivo de modernizar y reforzar la administración en la provisión de servicios públicos para acercarse a los modelos nórdicos. La tasa de reposición es un porcentaje que se estableció en los años noventa y que se actualizan en cada ley de Presupuestos Generales del Estado y que limita el lanzamiento de plazas públicas en las ofertas de empleo público anuales en función del número de jubilaciones que se van a producir.

Fuentes del Ministerio reconocen que esta medida, que ha permanecido durante décadas vigente, ha tenido efectos no deseados en el pasado ampliando problemas que no se han solucionado. Uno de ellos es que la limitación de plazas públicas que se podían ofertar, que durante la crisis ni siquiera coparon las jubilaciones en la administración, han provocado un aumento de la interinidad en el empleo público.


Estas fuentes explican que la medida no entrará en vigor para este año, ya que precisa de una puesta en común con todas las administraciones. Se aspira a que su eliminación, ampliamente reclamada por los sindicatos como demanda histórica, se producirá en los Presupuestos Generales del año 2025.

El Gobierno reconoce un gran reto generacional en la administración general del Estado que lleva a que en la próxima década más de la mitad de los trabajadores se habrán jubilado, siendo una de las plantillas públicas más envejecidas en el ámbito de la OCDE. En el refuerzo de plantillas, este aspecto será tratado como prioridad por Función Pública, con el objetivo a medio plazo de recuperar el empleo que se perdió en la crisis de 2008 y recuperar el peso del empleo público de otros países desarrollados.

El Ejecutivo reconoce la necesidad de tratar en los próximos años de dar solución a unas plantillas que se encuentran muy tensionadas con la mayor carga de trabajo planteado por la ampliación de servicios (IMV, bono cultural, becas, cheque de 200 euros...) o la gestión de los fondos de recuperación.

La estrategia del Gobierno ya tuvo un primer paso a finales del año pasado cuando se aprobó mediante Real Decreto la ley de Función Pública. Esta medida incluye cuestiones como una mejora de la planificación estratégica de las plazas necesarias en las distintas organizaciones de la administración, un plan para captar talento joven, la creación de bonos por desempeño y por carrera profesional o creando la figura del directivo público.

“Cuanto mejor y más cualificados estén los trabajadores públicos, mayor será el crecimiento de la productividad, el capital humano es fundamental”, ha explicado Escrivá en el Congreso. “El capital humano es central”, ha insistido, situando estos aspectos en el centro de su presentación. “Países como Dinamarca o Suecia tienen una tasa de empleo público 10 puntos por encima de la nuestra”, ha incidido.

Los planes del Gobierno van más allá de dotar de mayores manos a la administración. La estrategia se encuentra desarrollada en el tercero de los consensos que ya planteó Escrivá el lunes en el Congreso que pretende desarrollar su Ministerio. Estos consensos incluyen un plan para el impulso de la inteligencia artificial, tanto en el sector público como el privado, un segundo centrado en el desarrollo de las capacidades tecnológicas del país y, por último, la transformación de la Administración pública.

Este último punto es el que ha desarrollado Escrivá este miércoles. Además del refuerzo laboral de la Administración, el ministro ha planteado un plan para mejorar la evaluación de las políticas públicas, desarrollando la ley aprobada el año pasado, que incorpora herramientas para la mejora del servicio público con el objetivo de ser más eficiente. Aquí entrarán algunos aspectos vinculados al uso de la inteligencia artificial que aporte soluciones a problemas de las políticas públicas.

Fin a la cita previa obligatoria
Uno de los principales objetivos de la estrategia planteada por Escrivá este miércoles es la mejora de la atención al ciudadano. Entre otras cuestiones, se reformarán las plataformas digitales que ya existen con el objetivo de agilizar y facilitar el acceso de la población a los servicios públicos de manera centralizada. En este sentido, entra en juego uno de los anuncios realizado por el ministro el pasado lunes, que incluye una nueva ley de ciberseguridad, con el objetivo de hacer al sector público más resiliente frente a las amenazas.

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Otro de los aspectos fundamentales de este punto es también la eliminación de la obligatoriedad de la cita previa. El Gobierno reconoce que la atención al público es fundamental para buena parte de la población en trámites como su jubilación. Por ello, fuentes del Ministerio explican que se va a tramitar una reforma de la ley para eliminar la obligación de tener una cita previa como se instauró durante la crisis del coronavirus.

Acompañan a estas medidas una ampliación de los servicios de la web de la administración o del uso del teléfono 060, de manera que se apuesta por una omnicanalidad que no deje atrás a la atención física. Para otros trámites, los que se realizan por escrito, Función Pública aplicará una mejora del lenguaje administrativo que permita la convivencia de los documentos legales que son imperativos, con cartas que contengan información clara y sencilla.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1364 en: 31 de Enero de 2024, 16:05:05 pm »
Veremos si este Gobierno llega al 2025. . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1365 en: 07 de Febrero de 2024, 14:27:08 pm »

La aparente falta de empatía no es razón para calificar «no apto» a un opositor de la Policía Municipal, según el TSJM


El tribunal obliga a la Policía Municipal a repetir la prueba psicotécnica al candidato rechazado. Foto: Europapress
La aparente falta de empatía no es razón para calificar «no apto» a un opositor de la Policía Municipal, según el TSJM
Portada / Tribunales
Barbara Hermida
|
07/2/2024 06:31
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Actualizado: 07/2/2024 10:54
La Policía Municipal de Madrid ha llevado sus procesos selectivos ante los tribunales. En concreto, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que obliga a la policía a repetir el proceso selectivo a un candidato.

El Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid del 29 de octubre de 2021 mostraba la lista definitiva de los aspirantes aptos de las pruebas selectivas de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.


Una lista en la que aparecían los aspirantes declarados aptos en las pruebas selectivas para proveer 66 plazas de Policía Municipal de la capital española.

Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias en la que, sin embargo, se consideraba «no apto» a un candidato.

Decisión que se fundamentaba en los parámetros de «iniciativa» y «empatía», en los que el candidato conseguía una nota total de 14,83 puntos.

El caso llegaba ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº33 de Madrid que, en el proceso abreviado 554/2021, se posicionaba a favor de los intereses del aspirante, considerándole apto para esta promoción.

«Se declara el derecho del recurrente a la superación de la prueba psicológica y se ordena su inclusión como apto en dicho listado«, destaca el tribunal madrileño.

Así pues, se remarca en la decisión judicial que los parámetros de empatía e iniciativa constaban como «no excluyentes» en el proceso de calificación. También señala el tribunal que en ningún momento se dio «justificación adicional explicativa de la forma que se llega al resultado», y por qué se decidió la calificación de «no apto» para el candidato.

LA POLICÍA MUNICIPAL DEBE REPETIR LA PRUEBA
Una sentencia que era recurrida por la Policía Municipal ante el TSJM. «La sentencia no ha valorado en su conjunto todos los informes […] ni ha llegado a entenderse bien el significado técnico de la decisión tomada», aseguran desde el Ayuntamiento de Madrid.

En la resolución 19/2024 explica así la administración local que las pruebas se han realizado «sin que se aprecie indefensión o discriminación alguna».

«El segundo ejercicio de la oposición no es una prueba de conocimientos, por lo que no existe una plantilla de respuestas correctas», justifican desde el Consistorio madrileño.

Explicaciones que, sin embargo, han sido matizadas por el TSJM. Así pues, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Ayuntamiento. Pero señalando a su vez la falta de cumplimiento en el proceso selectivo.

«Resulta indudable el incumplimiento del deber de motivación de la declaración de no apto del recurrente en la prueba psicológica», destaca el TSJM. Un punto de vista que comparte con la anterior sentencia. Y que lleva al tribunal a exigir una nueva calificación del candidato por parte del tribunal calificador.

Los magistrados Juan Francisco López de Hontanar, José Manuel Ruiz Fernández y María Soledad Gamo Serrano han rechazado la automática calificación del candidato como apto. Pero, a su vez, han instado a la Policía Municipal de Madrid a realizar un nuevo examen psicotécnico al candidato rechazado.

Una repetición del proceso que podría hacer que el candidato entrase en la Policía Municipal de Madrid. Una victoria, no sólo en el proceso selectivo, sino también en los tribunales.

 

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1366 en: 01 de Marzo de 2024, 08:08:50 am »
Las cuotas para feminizar Mossos dejan sin plaza a decenas de hombres con mejor nota


En la última oposición a sargento de Mossos, 84 hombres se han quedado fuera a pesar de tener mejor nota que sus compañeras mujeres
29/02/2024 10:57:00h

/ Actualizado a 29/02/2024 11:20:10h
💬
por
Alejandro Espinosa


Como tantas otras instancias, los Mossos d’Esquadra están inmersos en un proceso de paridad de género. Algo que, en ciertas áreas, se traduce en pruebas de acceso diferentes. Si no directamente en plazas reservadas, lo que se conoce como “cuotas”.

Según los datos oficiales que ofrece el periodista Aleix Mercader, esta discriminación positiva ha llevado a que, en la última oposición de Mossos para ascender a sargento, se hayan quedado fuera 84 hombres. Y el caso que estos agentes tienen mejor nota que sus compañeras mujeres. En términos agregados, el 50% de mujeres pasa las pruebas frente al 29% de los hombres.

Las cuotas en la policía
“Cómo es sabido, Interior se ha embarcado en una feminización de la policía que afecta a todos los escalafones”, así empieza Mercader su hilo de X. Esto es algo bien conocido por todos. Para promocionar la igualdad entre sexos, de un tiempo a esta parte la administración pública pone diferentes baremos de acceso en función del género. Algo que, en ocasiones, plantea debates y polémicas.

La última promoción para ascender a sargento de los Mossos d’Esquadra es un ejemplo. En este caso, el Departamento de Interior había reservado 43 plazas para mujeres. De entre ellas, la que ha obtenido la nota más alta ha sacado un 83,89. Y la nota más baja ha sido un 62,27.

El debate de las cuotas
Por su parte, a las “plazas no reservadas” - o sea, hombres - se han presentado 432 candidatos, con 127 que pasaron el corte y de los cuales 84 tienen una nota superior a un 62,27. Es decir, que hay 84 hombres que se han quedado fuera y que tienen más nota que la mínima de entre las mujeres. “En resumen: el Govern deja fuera del ascenso a 84 hombres”, concluye Mercader.

Segunda parte del hilo de Aleix Mercader sobre las oposiciones a sargento de Mossos d'Esquadra
Notas entre los aspirantes hombres | Camara Twitter, @aleix_mercader

Con 81 mujeres aspirantes y 432 hombres aspirantes, esta situación arroja un 50% de éxito entre las mujeres frente a un 29% entre los hombres. Al margen de que las diferencias también existentes en las pruebas físicas levantan polémica dentro del cuerpo. Los agentes aceptan las diferencias de baremos, pero ocurre que estas diferencias ya las empiezan a considerar un poco excesivas.

En conclusión, "Se trata de una oposición que empieza a ser dura y hay malestar en el cuerpo”, explica Mercader. Esta situación reaviva el debate ya referido sobre la paridad y las cuotas. En concreto, pone otra vez sobre la mesa la pregunta de si las cuotas son convenientes o no.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1367 en: 01 de Marzo de 2024, 16:50:39 pm »
Cuando la discriminación positiva hacia la mujer, se transforma en discriminación negativa hacia el hombre. . . Vox gana votantes. . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1368 en: 01 de Marzo de 2024, 18:23:09 pm »
La Charicía de la Generalidad de Cataluña.

Próximamente en la Charicía Nacional y la Charicía Municipal (aquí entran directamente de Comisaria desde la calle 4/6 en las últimas, un 66%)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1369 en: 02 de Marzo de 2024, 17:05:57 pm »


El TSJM confirma el suspenso a un opositor a policía que no superó el corte de la prueba ortográfica


Los magistrados rechazan su pretensión de que la grafía en “redonda” que se planteaba en el examen no sea una entrada en el Diccionario de la Lengua Española, donde los términos en discusión aparecen en “cursiva”

Autor
Comunicación Poder Judicial
La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid ha desestimado el recurso presentado por un aspirante a Policía Nacional que fue rechazado en las oposiciones del año 2022, al declarársele “no apto” por haber errado en la prueba ortográfica del proceso selectivo. El aspirante al ingreso en la Escala Básica del CNP había superado con éxito las dos primeras pruebas, aptitud física y conocimientos, pero no pudo superar la tercera, la ortográfica, ya que en el cuestionario a cumplimentar contestó que las grafías “Majorette”, “Stent” y Software” no figuran en el diccionario de la Real Academia Española.

La discrepancia entre el opositor y el Tribunal Calificador radica en el hecho de que según el primero, los tres términos en cuestión aparecen en el DRAE escritos en cursiva, con la finalidad de indicar que son extranjerismos no adaptados, por lo que, a su modo de ver, su respuesta, que fue NO, es la correcta, circunstancia por la que reclama que se le apruebe y se le permita realizar las siguientes pruebas del proceso selectivo para que en el caso de superarlas sea nombrado miembro de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía con todos y los mismos efectos económicos y administrativos de quienes superaron el proceso selectivo en el que participó.

El tribunal rechaza su pretensión y desestima su recurso al entender, en sintonía con la resolución adoptada por la Dirección General de la Policía, que la pregunta que se le planteó en el cuestionario no era si los tres términos referidos estaban correctamente escritos o no, sino si dichas palabras constituían “entradas” en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, la obra lexicográfica de referencia que debía tenerse en cuenta a la hora de validar el ejercicio, por lo que igual daba que estuvieran escritas en “redonda”, como aparecían en el cuestionario, o en “cursiva”, como aparecen en el diccionario.

Para zanjar la discrepancia, los jueces recuerdan que “las bases de la convocatoria de un proceso constituyen la Ley del mismo y en tal consideración vinculan tanto a la Administración convocante, como a quienes toman parte en el mismo”, y dado que en las bases de la convocatoria se manifestaba claramente que “para la corrección de la prueba (ortográfica) se utilizarán las entradas propias que figuren en el Diccionario de la Lengua Española, obra lexicográfica de la Academia”, se debe dirimir qué significa “entrada”.

Pues bien, “entrada”, en el primero de sus significados es sinónimo de lema, voz que se define a su vez como “palabra que encabeza un artículo de un diccionario o de una enciclopedia”. “Entrada” es también, según la segunda acepción, sinónimo de “artículo”, voz que se define a su vez como “cada una de las divisiones de un diccionario o una enciclopedia encabezada con distinta palabra”. Es por esto que, y así aparece en la resolución que se acompaña en archivo adjunto y sobre la que cabe recurso de casación, que “la expresión entrada propia hace referencia tanto a cada uno de los artículos que conforman el Diccionario de la Lengua Española como a los lemas que los encabezan” y las entradas pueden aparecer en letra redonda o en letra cursiva, según los casos, por lo que “el estilo de la letra (cursiva o redonda) del lema no resulta relevante para la respuesta”.

El opositor debió marcar la casilla A de la pregunta (Figura así escrita de esa forma…) y no la B (No figura así escrita de esa forma…), ya que “estas palabras –concluye la resolución-, no están siendo utilizadas dentro de un texto o discurso en español, donde sí tendrían que haber sido obligatoriamente escritas en cursiva”, sino en una prueba “donde se esperaba del opositor que discriminara las palabras que forman parte del Diccionario de la Lengua Española con respecto a aquellas que no han sido admitidas, concreta razón por la que –dicen los jueces-, consideramos que las preguntas cuestionadas, frente a lo que se afirma no fueron equívocas ni confusas, no pudiendo por ello inducir a confusión a los aspirantes en el proceso selectivo”.

La presente resolución es la primera en relación a este asunto y la citada oposición a la Escala Básica de la Policía Nacional, a la espera de la resolución de los demás procedimientos análogos en el tribunal.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1370 en: 12 de Marzo de 2024, 08:50:05 am »

El TSXG impide el ingreso en la Guardia Civil a un coruñés «hostil y psicótico»

ALBERTO MAHÍA
A CORUÑA / LA VOZ

La sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en A CoruñaLa sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en A Coruña Marcos Miguez
El aspirante alegó que fue rechazado por su «exacerbada religiosidad»
12 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.
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Un coruñés, licenciado en Derecho y con un máster en Abogacía, quiso ser policía nacional y no lo consiguió pese a presentarse tres veces a las pruebas. También lo intentó en la Guardia Civil, pero


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1371 en: 19 de Marzo de 2024, 07:53:26 am »


Interior hará promociones para equilibrar la presencia de hombres y mujeres en cuerpos de seguridad y emergencia


Germán González

Por qué confiar en El Periódico
Barcelona - Lunes, 18/03/2024 - 18:25
El Departament de Interior ha creado este lunes su Comisión de Igualdad, un órgano consultivo formado por representantes de todos los cuerpos de seguridad y emergencia que debe impulsar acciones para avanzar en la igualdad. El conseller de Interior, Joan Ignasi Elena, que ha presidido su constitución, ha recordado que la comisión debe garantizar la "feminización", que es "una de las prioridades del Govern"


"Queremos cambiar lo que no aceptamos. Por eso hemos impulsado cambios muy relevantes como la incorporación de 500 'mosses' en tres años o pasar del 12 al 30% de comisarias en el cuerpo de Mossos d'Esquadra” ha dicho el conseller y ha añadido que “a finales de año se incorporarán 95 nuevas bomberas, más que las que hay ahora en el cuerpo ahora porque las queremos y las necesitamos”. Por eso, ha destacado que "intensificaremos y mantendremos la feminización de los cuerpos de seguridad y emergencias para garantizar más justicia, menos discriminación y que se parezcan más a la sociedad a la que sirven".

El acto de constitución de la comisión ha contado con la presencia de la secretaría general, Tamara Garcia, la directora del Gabinete de Seguridad y Políticas Transversales, Alba Alfageme, el director general de la Policía, Pere Ferrer, el director general de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, Joan Delort y la directora general de los Agentes Rurales, Elisenda Pérez, entre otros altos cargos del Departamento y mandos de Mossos d'Esquadra, Bomberos de la Generalitat y Agentes Rurales.

Sus objetivos son establecer mecanismos internos de colaboración y coordinación para impulsar la transversalidad de género, así como evaluar el cumplimiento de los objetivos y la implantación de medidas y actuaciones de igualdad entre mujeres y hombres en el Departamento de Interior. Por eso se quiere "reforzar los vínculos entre las personas responsables de igualdad que conforman los diferentes ámbitos del Departamento y tejer complicidades para impulsar proyectos estratégicos tanto en el ámbito de los diferentes cuerpos operativos y unidades directivas como de carácter transversal de Interior".

Mejoras en la formación
Además, se aprobará un plan de actuación anual en el que se impulsarán acciones desde la perspectiva de género en políticas de seguridad y emergencia del Departament, además de "promover la publicación de campañas de sensibilización o información en materia de igualdad al personal de los cuerpos operativos; velar por la igualdad efectiva de mujeres y hombres en el acceso y la carrera profesional del personal de los cuerpos operativos, promoviendo acciones para equilibrar la presencia de ambos sexos en las diferentes especialidades y categorías de los cuerpos operativos e impulsar diagnosis, informes, estudios y estadísticas, en coordinación con el departamento competente en igualdad de género, sobre la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de la seguridad y las emergencias".

De esta forma, la comisión propondrá medidas "orientadas a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en los cuerpos operativos del Departamento", así como actividades formativas en este ámbito. Joan Ignasi Elena ha insistido en la necesidad de feminizar los cuerpos operativos, para que "la mitad del talento de la población" también se incorpore a estos organismos.

La Comisión de Igualdad del Departamento de Interior se reunirá de forma anual y contará con directores generales y altos cargos de los cuerpos operativos, mientras que una segunda comisión técnica, que dependerá de la institucional, se reunirá cada seis meses y se ocupará del seguimiento intensivo de las medidas aplicadas.

Contra el acoso sexual
La directora del gabinete de Seguridad y Políticas Transversales, Alba Alfageme, ha insistido en que durante el 2024 se implantará un paquete de medidas para abordar uno de los "ejes clave" de la comisión, que es el acoso sexual. Para ello, se harán campañas internas, formación y protocolos en todos los cuerpos de seguridad y regiones de emergencia.

Alfageme ha avanzado que en los próximos meses, se desplegaran formaciones en todas las regiones para explicar qué es exactamente el acoso sexual, para que todo el mundo tenga claro donde están "las líneas rojas", qué hacer ante una situación así y las medidas cautelares y correctoras que se aplicarán, para que estén claras las consecuencias.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1372 en: 05 de Abril de 2024, 15:27:08 pm »

La justicia ordena readmitir a un opositor a la Policía Canaria que fue suspendido en la entrevista personal sin motivación


Una sentencia considera “insuficientes” las explicaciones que dio el tribunal para excluir al aspirante, que se vio obligado a presentarse de nuevo a un proceso selectivo dos años después
— Casi dos años esperando para entrar en la Policía Canaria: el periplo de los excluidos de las oposiciones por llevar tatuajes
Agentes de la Policía Canaria. (GOBIERNO DE CANARIAS )
Agentes de la Policía Canaria. (GOBIERNO DE CANARIAS )
Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
4 de abril de 2024 21:51 h
0

Una sentencia ya firme del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ordena readmitir en las oposiciones convocadas en 2020 para el acceso al Cuerpo General de la Policía Canaria a un aspirante que fue suspendido en la entrevista personal competencial tras superar las pruebas anteriores de conocimientos e idiomas. La Sala de lo Contencioso- Administrativo ha estimado el recurso presentado por el candidato y ha anulado su exclusión del proceso selectivo al entender que no estuvo debidamente motivada. 

Las oposiciones fueron convocadas en julio de 2020 por el procedimiento de acceso libre. Los aspirantes debían superar una primera fase que consistía en la realización de un examen con preguntas tipo test, una prueba de inglés y un supuesto práctico, además de ejercicios físicos. La calificación obtenida por el recurrente hasta este punto del proceso selectivo le situaba dentro de las 50 plazas que ofertaba la Dirección General de Seguridad y Emergencias de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

Las bases estipulaban que los candidatos tenían que superar también las pruebas de evaluación psicotécnica y de personalidad, además de  una entrevista personal competencial que es realizada por asesores especialistas (tres profesionales de la psicología) y que tiene como objetivo “obtener información a través del diálogo y de los test efectuados en la prueba anterior al efecto de lograr coherencia y consistencia en la misma”.

El aspirante fue calificado como “no apto” en esa entrevista personal al ser puntuado con un cero en tres apartados y, por lo tanto, quedarse en 15 de los 18 necesarios para superar esta prueba. En su informe, los asesores explican que el candidato no ofreció ejemplos de “un estilo comunicativo asertivo y empático” y que los ejemplos que dio sobre el trabajo en equipo o la gestión de emociones en situaciones de conflicto agresivas no resultaban “significativas” para las necesidades competenciales para el puesto.

Ese informe destacaba, además, que el opositor no había expresado una motivación concreta hacia alguna de las funciones específicas del cuerpo, más allá de mencionar la unidad de Seguridad Ciudadana, y que tenía una experiencia laboral muy reducida, lo que, a juicio de los asesores, dificulta “la aportación de situaciones laborales que resulten evidencias de las competencias valoradas”. También remarcaban los psicólogos que el ahora recurrente no había aportado “experiencias vitales” en otros ámbitos que contribuyeran a suplir de forma satisfactoria esa falta de experiencia laboral.

Con todo, el tribunal calificador concluyó que el aspirante no superaba tres de las competencias valoradas para el acceso a una de las plazas ofertadas (la comunicación, el trabajo en equipo y el autocontrol emocional) y, por ello, lo excluyó del proceso selectivo.

El TSJC entiende que esa argumentación es “insuficiente”. A juicio del alto tribunal canario, los psicólogos que entrevistaron al candidato no dieron una explicación “técnica y comprensible” que justificara que no era idóneo para el desempeño de la función policial. La sentencia destaca que el recurrente superó todas las pruebas anteriores, incluido el test psicotécnico, y estaba pendiente exclusivamente del reconocimiento médico antes de lograr la plaza, acceder al curso selectivo de formación básica y realizar el periodo de prácticas.

Un dictamen “sin fuerza probatoria”

En contestación a la demanda presentada por el opositor, la administración presentó un dictamen elaborado por un perito que, además de ser policía del cuerpo autonómico, cuenta con el grado de Psicología y otras titulaciones. Para el TSJC, la longitud de este dictamen contrasta con “la brevedad” del informe de los asesores especializados. Sin embargo, el fallo precisa que este perito no intervino en la entrevista personal, por lo que sus conclusiones “no tienen fuerza probatoria por más que sea mucho más extensa su argumentación de las razones por las que el recurrente no es un candidato idóneo para la función policial desde el punto de vista psicológico”.

Según la Sala, lo que demuestra ese dictamen pericial es que era exigible “una mayor motivación” al equipo de psicólogos que auxiliaron al tribunal calificador.

Las bases de la convocatoria estipulan que para concluir en la prueba psicotécnica la falta de aptitud del aspirante es necesario detectar “indicios suficientemente probados que indiquen una clara deficiencia en las competencias para el desempeño del puesto”. Unos indicios que “de ningún modo constan en el expediente administrativo”, concluye la resolución judicial.

El TSJC recuerda además que, según doctrina consolidada del Supremo, la exclusión en la entrevista personal de quien haya superado con éxito las pruebas de conocimientos de una oposición requiere que, “de una manera inequívoca y rigurosa”, haya quedado demostrada “su falta de adecuación profesional y la concurrencia en su personalidad de factores que revelen que la misma es incompatible con ese correcto desempeño funcionarial”.

Los magistrados que firman la sentencia inciden en la necesidad de explicar y justificar la exclusión con el mayor “rigor y exigencia”, puesto que se trata de una “grave consecuencia” para quien realizó “el enorme esfuerzo de adquirir los conocimientos correspondientes a las primeras pruebas”.  El fallo estima la demanda, anula la calificación de no apto en la entrevista personal y reconoce al aspirante el derecho a continuar el proceso selectivo.

Carlos Herrero, abogado del demandante, informa de que la sentencia dictada por el TSJC en diciembre adquirió firmeza a finales de febrero. Se da la circunstancia, según explica el letrado, de que, después de ser excluido en las oposiciones de 2020, el aspirante se presentó al siguiente proceso selectivo, convocado en 2022, y obtuvo una de las 75 plazas que se ofertaban, habiendo superado en esta ocasión la entrevista personal competencial. De hecho, ha sido uno de los agentes que este mismo mes de marzo han concluido su periodo formativo antes de iniciar el periodo de prácticas en el cuerpo autonómico.

Herrero señala que, en este escenario, la sentencia firme tiene efectos económicos y de antigüedad. Es decir, se le reconoce la plaza que habría obtenido con la promoción anterior en caso de no haber sido excluido en la entrevista personal y, en consecuencia, todos los derechos inherentes desde el momento en que, según el fallo judicial, debió haber ingresado en la Policía Canaria.

Las oposiciones a la Policía Canaria ya fueron objeto de controversia en los juzgados por la expulsión del proceso selectivo de aspirantes que llevaban tatuajes visibles. Después de que varias sentencias dieran la razón a los candidatos que recurrieron su exclusión por este motivo, el Gobierno regional acaba de dictar una resolución que permite a los agentes poder llevar tatuajes visibles, salvo que estén en la cabeza y cara, que contengan “expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales” o que reflejen “motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso”, así como dibujos “que inciten al odio o que comprometan la neutralidad política e imparcialidad policial”.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1373 en: 08 de Abril de 2024, 07:13:05 am »

El Supremo apoya la altura mínima para que mujeres y hombres ingresen en policías locales de Valencia


Tras eliminar el requisito de una estatura de 1.60 metros exigido a las mujeres, rechaza acabar con esta condición para ser agentes.
7 abril, 2024 06:00

 TRIBUNAL SUPREMO VALENCIA GENERALITAT VALENCIANA COMUNIDAD VALENCIANA POLICÍA LOCAL
   
 

Juan Nieto  @JuanNietoIvars Valencia
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso que presentó el Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos (SPPLB) y ha validado la decisión de la Generalitat Valenciana de fijar una altura mínima para acceder al puesto de policía local.

El tribunal concluye que no existe una discriminación en el acceso a la función pública respecto a otras categorías en las que no se exige una altura mínima y recuerda que "se exige atendiendo a las funciones propias de las Fuerzas Cuerpos de Seguridad".

"Declaramos que la exigencia de una estatura mínima para el acceso a los Cuerpos de policía municipal, como para el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o para las Fuerzas Armadas, será admisible si se justifica según las funciones y cometidos propios", recoge la sentencia, dictada el pasado 18 de marzo y consultada por EL ESPAÑOL.

[La reforma educativa de Mazón que sí empieza en 2024: más matemáticas, nota numérica y valenciano exento]

El sindicato pidió la nulidad de los artículos que fijaron "una talla mínima de 1.65 metros los hombres y 1.58 metros las mujeres para el acceso al puesto de policía".

A juicio de la organización, este requisito suponía "una discriminación del acceso a la función pública de todos los ciudadanos, por exigir una circunstancia personal como es la talla o estatura mínima, de forma general, inmotivada e injustificada" que vulneraría la Constitución, entre otras normas.

En 2022, el TS anuló el requisito de tener una estatura mínima de 1,60 metros exigido a las mujeres para ser admitidas en las pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, al considerar que constituye una discriminación indirecta de las mujeres respecto de los hombres.

El Supremo estimó así el recurso de una mujer que fue excluida en 2017 del proceso de selección para ingresar en la Escala Básica de la Policía Nacional por no reunir el requisito de la estatura mínima.

Pero en este caso, puntualiza el tribunal, "no se plantea una discriminación por razón de sexo, sino el hecho de exigir una estatura mínima" en general.

Así, la sala entiende que el recurrente en su petición "no advierte discriminación entre la estatura mínima exigida a los hombres y a las mujeres, aparte de que en el Decreto 153/2019 se ha rebajado el mínimo para las mujeres respecto del anterior Decreto 88/2001, que la fijaba en 1.60 metros".

Por ello, estima que, "en cuanto a la exigencia en sí de una estatura mínima, podrá haber cuerpos estatales, autonómicos o locales que hayan suprimido ese requisito, pero otros muchos lo mantienen y se exige atendiendo a las funciones propias de las Fuerzas Cuerpos de Seguridad".

Este litigio surgió después de que el sindicato recurriera el decreto del Consell, del año 2019 y modificado en 2021, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de los cuerpos de la policía local de la Comunitat Valenciana.

Estimación parcial
El recurso fue parcialmente estimado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y anuló una serie de artículo del decreto.

En concreto, los que hacían referencia a "estar en posesión de la titulación universitaria de grado o licenciatura o de técnico superior en formación profesional" o "no estar incurso en expediente disciplinario alguno", así como los "referidos a la fase previa y curso de capacitación ha quedado sin objeto".

El Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos recurrió al TS para que estimara de manera íntegra sus pretensiones.

"Nuestra pretensión es que se declare que la fijación de una talla mínima sí constituye una discriminación en el acceso a la función pública de todos los ciudadanos, cuando no se ha motivado y justificado la necesidad o que con una talla inferior no es posible realizar las funciones y tareas del puesto al que se aspira", comunicó el sindicato al Supremo, según recoge la sentencia.

La Generalitat argumentó que, en cuanto a la exigencia de la estatura mínima, el requisito "no es discriminatorio".

En este sentido, añadió que la "estatura mínima de las mujeres fue rebajada en el Decreto 179/2021, ahora vigente, conforme a las exigencias en otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".

El Supremo razona que en los pleitos en los que se ha cuestionado la exigencia de una estatura mínima, "la experiencia muestra que accionan aspirantes que han quedado excluidos, precisamente porque lo que se ventila es un requisito para ingresar en los cuerpos policiales o en las Fuerzas Armadas".

"Ahora recurre un sindicato formado por quienes ya han ingresado, luego son policías profesionales", aclara.

Por tanto, declara que "la exigencia de una estatura mínima para el acceso a los Cuerpos de policía municipal, como para el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o para las Fuerzas Armadas, será admisible si se justifica según las funciones y cometidos propios", como ocurrió en este caso, concluye el TS.

 

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1374 en: 08 de Abril de 2024, 18:44:22 pm »
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Mammadou de 1.95 y 95 kgs está temblando.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1376 en: 21 de Abril de 2024, 07:23:27 am »

Eximen de acreditar el euskera a un policía local de Eibar por tener más de 45 años


Un juzgado de Donostia faculta al agente a optar al proceso de estabilización de 5 plazas en la Guardia Municipal, al hacer valer el artículo 42 de la Ley de la Función Pública Vasca

Oskar Ortiz de Guinea
Oskar Ortiz de Guinea

San Sebastián

Sábado, 20 de abril 2024, 07:01

El euskera ha vuelto a ser eximido en un proceso de estabilización de empleo público por una sentencia judicial. En esta ocasión el beneficiado es un guardia municipal de Eibar con más de 25 años de vinculación al cuerpo, los últimos de ellos en calidad de funcionario interino, al que se le había rechazado su candidatura a consolidar una de las 5 plazas de agente de la Policía Local ofertadas por el Ayuntamiento de la villa armera. De esta manera, este hombre podrá seguir con su carrera tras el fallo favorable del juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Donostia, que ha hecho valer su edad (más de 45 años)para no obligarle a acreditar un perfil lingüístico 2 (B2) en euskera, tal como había reclamado su abogado, Francisco Ignacio López Lera, en virtud de lo recogido en la Ley de la Función Pública Vasca. Este letrado ya ha logrado varias sentencias que han tumbado la exigencia de la lengua vasca. Alguna, también para plazas de policía local en Irun o Donostia.

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Exigencia «fundada»
La resolución judicial, que tiene fecha de este jueves, considera «suficientemente fundada la exigencia relativa al perfil lingüístico» para el puesto de guardia municipal en Eibar. De este modo, da la razón al Ayuntamiento, que había argumentado la necesidad de acreditar un conocimiento de euskera porque los agentes suelen patear la calle solos y están en constante contacto directo con la ciudadanía en una comarca de Debabarrena donde el 68,22% son vascoparlantes. Además, señalaba que el recurrente no obtuvo el perfil «pese a los plazos concedidos», lo que achaca a su «baja asistencia de las horas lectivas».

Sin embargo, el recurso presentado por el aspirante a consolidar su carrera de funcionario apelaba a la Ley de la Función Pública Vasca, que en su artículo 42 recoge varias posibilidades de exención del requisito del perfil lingüístico. La primera de ellas, libera a «quienes superen la edad de 45 años al comienzo de cada periodo de planificación, previa conformidad del interesado», como sería el caso del agente en cuestión. También quedarían exentas, entre otras, las personas sin bachiller elemental o con minusvalías físicas o psíquicas que dificulten el aprendizaje del euskera

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1377 en: 24 de Abril de 2024, 21:09:48 pm »


El "rebuscado" examen teórico de la Policía Local de Zaragoza: un 90% de suspendidos


M. A. COLOMA
NOTICIA24/04/202416:31
Del casi medio millar de aspirantes, solo han superado la prueba teórica 49. La importante criba hace temer que no se puedan cubrir las 46 vacantes.
Más de 700 aspirantes en las oposiciones de la Policía Nacional en Zaragoza: "Nos mueve la vocación por servir"

El resultado del primer examen teórico augura que el Ayuntamiento de Zaragoza podría llegar a tener problemas para cubrir todas las plazas de la convocatoria que ha puesto en marcha para aumentar la plantilla de la Policía Local. Las vacantes son 46 y presentaron instancia 466 aspirantes. Sin embargo, solo 49 lograron superar el primer ejercicio, lo que significa que únicamente pasaran a la siguiente fase del proceso un 10% de los candidatos. Desde sindicatos como CSIF hablan de un porcentaje “nada habitual” y aseguran que no hace más que constatar lo “rebuscado” de un test que llegan a calificar de “maléfico”.

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El examen de conocimientos teóricos se celebró el pasado 4 de abril en la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza. Los candidatos tenían que responder a un cuestionario con cien preguntas tipo test con 3 respuestas alternativas en un tiempo máximo de setenta y cinco minutos, siendo solo una de las respuestas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas.

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Para poder presentarse a la prueba, que corresponde a la oferta de empleo público de 2022, se exigía el título de bachiller o de técnico equivalente. Al parecer, fueron muchos los aspirantes que se sorprendieron de la dificultad del test. Y ahora que se han conocido las notas, se habría confirmado que tenía un nivel bastante alto.

La importante criba del primer ejercicio hace temer que una vez finalizado el proceso de selección no puedan a llegar a cubrirse las 46 plazas vacantes. Porque esta misma semana comienzan las pruebas físicas, en las que siempre hay también suspensos. El próximo viernes, 26 de abril, están previstos los ejercicios de trepa de cuerda lisa (seis metros en 20 segundos para los hombres y cinco para las mujeres), levantamiento de pesas en dos tiempos (40 y 30 kilos, respectivamente) y natación (50 metros en 40 y 47 segundos) en el cuartel de La Paz. El día 3 de mayo se celebrarán las pruebas de 1.500 metros y salto en las pistas de atletismo. Quienes superen esta fase habrán de enfrentarse después a una prueba de aptitud psicotécnica y a la resolución por escrito de dos supuestos prácticos.

Ponte a prueba

CSIF habla de preguntas "ambiguas"
Para Enrique Peralejo, del sindicato CSIF, sería "un auténtico milagro" que con estos primeros resultados puedan cubrirse finalmente todas las vacantes de la convocatoria. "No pretendemos que se regalen los aprobados, pero sí que se revise el nivel del teórico y se compense por ejemplo con los casos prácticos, que es el ejercicio donde verdaderamente se ve si un policía está preparado para serlo", apunta.

Según Peralejo, el hecho de que tan pocos candidatos hayan aprobado el test teórico se debería a la “ambigüedad” de ciertas preguntas y al hecho de que algunas de ellas estén, en su opinión, “fuera del temario”. Este último incluye 50 temas, que abarcan desde la Carta Magna a la disciplina urbanística.

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“Por ejemplo, el tema 2 incluye cuatro títulos de la Constitución. Se han hecho dos preguntas relativas a dos de ellos, pero no de la Constitución sino de las leyes específicas que lo regulan. Que, en teoría, deberían estar fuera del temario”, indica. “Debería especificarse más el enunciado de los temas para que el aspirante sepa exactamente a qué normas se refiere”, apostilla.

En definitiva, desde el sindicato entienden que, “dada la dificultad y rareza del examen teórico”, procesos selectivos de este tipo comprometen el objetivo de seguir aumentando la plantilla de la Policía Local de Zaragoza. Porque aunque “con mucho esfuerzo” se está consiguiendo que se convoquen nuevas plazas, luego existe el riesgo de “perderlas por el camino”.

Más de medio centenar de plazas más
A la convocatoria que ahora está en marcha le seguirá pronto otra, correspondiente esta vez a 2023 y que servirá para adjudicar al menos otras 55 vacantes de agente de Policía Local C1, a las que se sumarán las que no se cubran por movilidad (hay previstas doce). No se ha definido todavía la Oferta de Empleo Público que corresponde a este año. A pesar de ello, se convocan ya las plazas de la Policía porque al proceso ordinario hay que añadir el tiempo que los futuros agentes han de pasar en la academia.

Esta situación difiere de lo que ocurre con las plazas para entrar en el Cuerpo de Bomberos de Zaragoza, que, junto a las de la Policía Local, son las que más aceptación tienen. El Ayuntamiento tiene previsto convocar en el segundo semestre del año más de 50 plazas de bombero, que corresponden a las oferta pública de empleo de 2022 y 2023.

La Oficina de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Zaragoza va a tener que hacer un "esfuerzo enorme" este año. Así lo reconoció hace unas semanas el concejal de Participación Ciudadana y Régimen Interior,  Alfonso Mendoza, quien recordó que a las convocatorias de las ofertas de empleo público ordinarias se suma, este año, la obligación de cumplir el plan de estabilización de empleo antes de que finalice 2024.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1378 en: 21 de Mayo de 2024, 09:19:41 am »

Una sentencia tumba la exclusión de un aspirante a policía nacional que dio inicialmente positivo en cannabis


El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana destaca que en un segundo análisis de orina encargado por el aspirante “el positivo inicial en cannabis desaparece”
— Cuando superas pruebas físicas y orales para ser abogado militar, pero te excluyen por un tumor curado y sin secuelas





Imagen de un acto de graduación de alumnos de la Escuela de Policía de Ávila.
Imagen de un acto de graduación de alumnos de la Escuela de Policía de Ávila. Cuerpo Nacional de Policía
Lucas Marco

València —
20 de mayo de 2024 22:19h
Actualizado el 21/05/2024 05:30h
1

SEGUIR AL AUTOR/A
Un aspirante a la escala básica de la Policía Nacional excluido tras dar inicialmente positivo en cannabis podrá volver a presentarse al proceso selectivo convocado en 2019. El hombre superó con resultado favorable las primeras pruebas de aptitud física, conocimientos y ortografía. Sin embargo, un análisis de orina en el reconocimiento médico efectuado el 29 de enero de 2020 dio positivo en sustancias estupefacientes, concretamente en consumo de cannabis, y fue declarado no apto por “toxicomanías”.


Un contra-análisis confirmó el resultado positivo aunque en ningún momento se le entregó una copia de los resultados ni se le informó de qué sustancia ni de qué intensidad se trataba. El aspirante, por su cuenta, se hizo unas pruebas: de orina en la Seguridad Social y de cabello en una laboratorio privado. La segunda prueba, del 5 de marzo de 2020, dio negativo en cannabis y reseñó rastros de cocaína, que no habían aparecido en el informe inicial pero de los que no se podía determinar que fueran como consecuencia del consumo.

El aspirante recurrió, con los contra-análisis en la mano, la exclusión dictaminara por el tribunal calificador del proceso selectivo. Así, la sección segunda de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha estimado el recurso, anulando la resolución de exclusión y declarando el derecho del aspirante a uniformado a continuar en el proceso selectivo, en una sentencia que no es firme y que impone las costas a la dirección general de la Policía Nacional, representada por la Abogacía del Estado.

En sus alegaciones, la Abogacía del Estado consideraba que el análisis de los resultados de las pruebas del reconocimiento médico “corresponde en exclusiva” al tribunal calificador (con asesores y especialistas que gozan de presunción de imparcialidad, objetividad y veracidad en sus dictámenes) y “no puede verse alterado por informes complementarios, anteriores o posteriores”. Las pruebas, agregaban, “se deben superar en el momento en que el aspirante es convocado a realizarlas, y no en otro anterior o posterior”.

El aspirante a uniformado reprochaba que “en ningún momento” se le entregaron los análisis, “pese a haberlos solicitado por escrito” tanto al laboratorio como a la dirección general de la Policía Nacional con la intención de evitar una situación de indefensión y facilitar su derecho a la defensa.

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El positivo inicial en cannabis “desaparece”
El fallo del alto tribunal autonómico, por su parte, destaca que en el segundo análisis de orina “el positivo inicial en cannabis desaparece”. “En estas condiciones, no podemos considerar que exista objetivamente dato alguno que dé soporte a la causa de exclusión aplicada por la administración, lo que nos lleva a estimar el recurso y ordenar la retroacción de lo actuado para que el proceso selectivo continúe con la participación del recurrente”, indica la sentencia.

El TSJ-CV descarta el contra-análisis de cabello, en inglés y sin la “oportuna traducción jurada”, que halló “trazas” de cocaína“, indicativas ”de contacto pero no necesariamente de consumo“. ”Sencillamente porque no consta en todo el proceso que al demandante se le realizara toma de muestra alguna de cabello“, explica la sentencia.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
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Un aspirante con dedos en garra puede ser Policía Nacional, según la Justicia de la Región


La sentencia ha declarado apto a un candidato y le ha reconocido el derecho a incorporarse al periodo de formación
EFE
21·05·24 | 10:15 | Actualizado a las 08:02


Archivo - Un agente de Policía Nacional
Un aspirante con dedos en garra puede ser Policía Nacional, según la Justicia de la RegiónA. PÉREZ/ EUROPA PRESS - ARCHIVO


La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha dado la razón a un aspirante a Policía Nacional y aunque tenga un dedo de los pies en garra no le incapacita para ejercer esa profesión.


La sentencia lo ha declarado apto en la prueba de reconocimiento, en la que fue rechazado y le reconoce el derecho a incorporarse al periodo de formación y prácticas y, en su caso, a ser nombrado Policía Nacional.



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El TSJRM estima así el recurso que el candidato presentó contra la resolución de la Dirección General de la Policía de enero de 2022 que confirmó la decisión del tribunal calificador que lo dejó fuera del proceso selectivo por la patología.

La sentencia, que condena a la citada Dirección General al pago de las costas, que limita a 600 euros, indica que las resoluciones que ahora se dejan sin efecto lo declararon no apto por tener el segundo dedo de ambos pies en garra, lo que se consideraba que era una limitación para ejercer la actividad policial.

Dice la Sala que el demandante presentó varias pruebas periciales, de expertos en la materia, que acreditan lo contrario y que, de forma concluyente, señalan que aquella patología no es invalidante, ya que la misma no afecta a su biomecánica normal, tanto de la marcha como de la carrera.