Autor Tema: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales  (Leído 121009 veces)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1060 en: 11 de Enero de 2018, 10:01:13 am »
Más de 200 opositores a policía local de Murcia impugnan las bases por discriminación

A los juzgados también han llegado recursos que exigen la suspensión de las bases por quedar sin opciones los aspirantes menores de 20 años
Manuel Madrid
MANUEL MADRIDMurcia
Miércoles, 10 enero 2018, 21:19

El proceso de oposiciones a Policía Local de Murcia apenas ha echado a andar y ya está en los tribunales. El plazo de admisión de inscripciones acaba el 28 de enero próximo, pero, según ha podido saber 'La Verdad', ya se han presentado «una marea de impugnaciones» -más de 200, según fuentes jurídicas- de posibles aspirantes que se sienten agraviados por los requisitos aprobados. También están preparados los recursos contencioso-administrativos por la vía especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, solicitando medidas cautelares y la suspensión del concurso para proveer 47 plazas por considerar que es discriminatorio para menores de 20 años.

Las bases permiten presentarse a personas mayores de 18 años, pero se exige «estar en posesión de los permisos de conducción de motocicletas de todas las cilindradas, y de turismos», es decir, es condición ineludible disponer del permiso A, pero éste solo puede obtenerse con 20 años cumplidos. Además, no se exige en ninguna otra comunidad española. De modo que los aspirantes de 18, 19 e incluso de 20 no pueden cumplir esa formalidad en Murcia, siendo automáticamente excluidos.

47 plazas ha convocado el Ayuntamiento.
    21 corresponden a la oferta de empleo de 2016 y 26 a 2017.
18 es edad mínima de los aspirantes
    , aunque en la práctica no pueden presentarse los de menos de 20.

Esta circunstancia, según el relato de uno de los demandantes de 19 años, vulnera los principios de arbitrariedad, igualdad, capacidad y mérito en el acceso al empleo público, por lo que en el recurso se indica que este requisito es motivo de anulación de las bases. Además, «se vulneran los principios de jerarquía normativa, de igualdad y de buena fe, confianza legítima y actos propios depositados en los aspirantes, y de la propia normativa de la Comunidad Autónoma -ley 4/1998 y el anexo V del Decreto 82/1990, y el borrador del anteproyecto de Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia». La Junta de Gobierno aprobó el 1 de diciembre la convocatoria de oposición para proveer plazas de agente de la Policía Local, tras más de diez años sin abrir un proceso similar y con gran expectación entre los aspirantes de la Región y de provincias limítrofes, pero para muchos de ellos fue una sorpresa descubrir unos requerimientos imposibles de cumplir en igualdad de condiciones.

En el contencioso presentado por uno de los primeros demandantes, de 19 años, indica que lleva preparándose por cuenta propia para dicha oposición, «con gran esfuerzo y dedicación desde hace más de dos años, cumpliendo todos los requisitos exigidos tanto por la ley como por anteriores convocatorias del Ayuntamiento (español, sin antecedentes, con bachillerato...)». Menciona que en base a la convocatoria impugnada («estar en posesión de los permisos de conducción de motocicletas de todas las cilindradas y de turismos»), no sabe a qué atenerse, pues en un primer momento se aprobó exigir el permiso A2 -que se puede obtener con 18 años-, con expedición en curso, y se cambió a la exigencia del permiso A, que solo se puede conseguir con 20 años. Los contenciosos presentados reclaman que se suspenda la resolución por la que se aprobaron las bases el 1 de diciembre, publicadas en el BORM el 19 de diciembre de 2017, y se rectifique ese artículo de las bases para que, como se ha incluido en otros procesos en otros ayuntamientos de España, se pueda presentar cualquier candidato en posesión del permiso de conducción de motocicletas A o A2, y de turismos B. Los que accedan al cuerpo poseyendo el permiso de la clase A2, propone este demandante, deberán manifestar su compromiso de tramitar y obtener por su propia cuenta el permiso A, en el tiempo más breve posible, y en cualquier caso en el plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de toma de posesión como funcionarios de carrera, que presentarán mediante declaración jurada.

Además, reclaman que se amplíe el plazo de presentación de instancias de 20 días naturales a partir del día siguiente de dicha publicación.

Para los candidatos que han impugnado la única razón por la que el Consistorio no rectifica -las bases fueron acordadas en Mesa de Negociación, con el beneplácito de UGT, Sime, CC OO, Csif y SPLRM-Atabam, con la única queja del PSOE, que pide rectificar las bases-, es «restringir de forma sibilina la libre competencia de los aspirantes en las oposiciones por razón de edad» impidiendo que los menores de 20 puedan concurrir.

«No nos sacamos los requisitos de la manga», afirma el concejal Guillén

El concejal responsable de Personal, José Guillén, responde a las críticas argumentando que «los requisitos que tienen que cumplir los aspirantes a las oposiciones de agente de Policía Local no nos los sacamos nosotros de la manga sino que son los que establece el decreto número 82/1990, de 16 de octubre de 1990, por el que se aprueban los criterios a que deberán atenerse las bases de las convocatorias que se aprueben por las Corporaciones Locales de la Región para el ingreso y ascensos en los Cuerpos de Policía Local». Además, recuerda que estas bases se aprobaron en la Mesa General de Negociación del 20 de noviembre en la que estaba presente el Grupo Municipal Socialista junto al resto de grupos políticos y sindicatos. «Este es un tema delicado y creemos que no se debe frivolizar, hacer mala política o tratar a la ligera temas que afectan a la ilusión y el trabajo de miles de aspirantes». Pero han sido los propios aspirantes que han demandado al Ayuntamiento los que desmontan su tesis de que se está respetando la Ley y el decreto 82/1990. Según el sector que pide la suspensión del proceso, Guillén miente, ya que en dicho decreto no se hace ninguna mención a disponer de todos los permisos de conducción. «Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A2, B1 y B2», es lo que dice el texto. También citan una sentencia de la Jefatura de Tráfico de Tenerife que emite un certificado donde reconoce la equivalencia del A al A2 por los cambios en la ley. Muchos de los aspirantes que se sienten agraviados confían en que el Consistorio rectifique las bases de la convocatoria, si estima las impugnaciones ya presentadas y las del Partido Socialista.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1061 en: 25 de Enero de 2018, 09:08:47 am »

La Plataforma per la Llengua exige “una mínima noción” de valenciano a la Policía Local


Desde la entidad piden que se apliquen los mismos criterios lingüísticos a los cuerpos policiales que al resto de funcionarios, como ocurre en las Islas Baleares

24/01/2018 - Pablo Plaza Moltó -
“Se valorará el conocimiento del idioma valenciano, sin carácter eliminatorio”. Esto reza la nueva legislación de policías locales que ha entrado en vigor este mismo mes de enero. Las aptitudes en valenciano serán valoradas, pero no obligatorias. Por eso, la Plataforma per la Llengua ha pedido a la Generalitat que reconsidere este punto referido a la promoción interna del personal de todas las policías locales de la Comunitat Valenciana y exija un mínimo nivel de valenciano para acceder a las plazas.

“Pedimos que se les apliquen los mismos criterios que al resto de funcionarios” comentan desde la organización, que considera discriminatorio que el conocimiento del castellano sea “obligatorio” mientras que el del valenciano “sume puntos”, siendo ambas lenguas cooficiales según la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía.

Otra razón que aducen en la Plataforma per la Llengua es la responsabilidad de los cuerpos de policía local en cuanto a seguridad pública se refiere. Trabajar a pie de calle, en constante contacto directo con el ciudadano, requiere “una mínima noción lingüística acreditada”, en palabras del portavoz de la entidad, Manuel Carceller. Las personas que concurren a estos puestos, además, “son gente arraigada en su territorio”, señalan fuentes de la Plataforma.

Anteriormente, eran los Ayuntamientos los que establecían los criterios de promoción interna en sus cuerpos de policía local. Esta nueva legislación de la Generalitat Valenciana intenta unificar estas legislaciones. Y uno de los errores que apuntan en la Plataforma per la Llengua es que no diferencia entre zonas valencianohablantes de las castellanohablantes. Consideran que, “al menos en las valencianohablantes” debería exigirse un mínimo, “el mismo que al resto de funcionarios”.

Esta nueva norma valenciana difiere de su homóloga balear, que obliga a los agentes a “acreditar” el conocimiento de la lengua autóctona, igual que al resto del funcionariado insular. Además, desde la Plataforma, establecen la comparación también en cuanto a los ejecutivos. “En las Islas Baleares hay un gobierno progresista de izquierdas, con una formación balearista, como aquí podría ser perfectamente Compromís, un partido valencianista”; y en ambos casos, gobiernan con el PSOE.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1062 en: 19 de Marzo de 2018, 10:06:12 am »

Gijón y Avilés quieren policías más altos


El Principado se marca como objetivo unificar los requisitos para evitar discriminaciones entre los distintos ayuntamientos | Las distintas condiciones exigidas para acceder a la profesión pueden llegar a su fin
MARCO MENÉNDEZ GIJÓN.
Domingo, 18 marzo 2018, 02:08

La unificación de las bases que presentan los 32 ayuntamientos asturianos que tienen Policía Local es uno de los objetivos que se ha marcado la Consejería de Presidencia. En una reunión celebrada el pasado 22 de enero en Oviedo se decidió que establecer una uniformidad en las bases dotará de mayor garantía a las convocatorias, al tiempo que supondrá que habrá las mismas condiciones de acceso a las plazas. El consejero Guillermo Martínez explicaba entonces que «es fundamental que en una policía moderna y avanzada existan las mismas condiciones de acceso».

El caso es que el Gobierno del Principado ha establecido unos requisitos generales para el ingreso en las policías locales asturianas, pero, aunque son muy someros, no siempre se cumplen en las convocatorias. En opinión del Ejecutivo autonómico, los requisitos pasan por tener nacionalidad española, una edad entre 18 y 30 años, contar con la titulación académica correspondiente, no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones, no haber sido inhabilitado para la función pública, tener los carnés de conducir de coche y motocicleta, tener la estatura que se determine y comprometerse a llevar y, en su caso utilizar, armas.

Por lo general, los puntos principales se cumplen en los distintos ayuntamientos, pero al tiempo hay importantes disparidades, desde la edad a la que se puede acceder al puesto hasta los exámenes que se realizan o la altura de los aspirantes.

    Distintos temarios exigidos para realizar el examen teórico

De las últimas convocatorias consultadas por EL COMERCIO, la titulación que se requiere es el Bachillerato o equivalente, así como la nacionalidad española. Pero llama la atención que la norma establecida por el Principado sobre la edad solo la cumple Oviedo, pues el resto de las bases consultadas lo amplían hasta la edad de jubilación reglamentaria. También hay disparidad en la estatura mínima de los aspirantes. Para las mujeres, todos fijan 1,60 metros, aunque hay cambios en los hombres. Lo más habitual es que sea 1,65 metros, pero, por ejemplo, en Gijón y Avilés los quieren más altos, pues exigen 1,70 metros.

Las convocatorias físicas son parecidas en las diferentes convocatorias. Se trata de una prueba de velocidad, de potencia de tren inferior, de potencia de tren superior, de resistencia y de natación. Ni que decir tiene que las marcas mínimas que se exigen tienen algunas variaciones según el ayuntamiento que convoque las plazas, pero es curioso que las pruebas de potencia del tren inferior se suelen hacer con lanzamiento de un balón medicinal, mientras que en Oviedo exigen directamente flexiones.

Otro de los ejercicios que han de pasar todos los aspirantes es el reconocimiento médico, aunque por lo general las bases no especifican qué pruebas se realizarán. En la mayoría de los casos, solo indican que se trata de exámenes de carácter clínico y de analíticas, además de las complementarias que se consideren necesarias.

Carné de conducir

La gran mayoría de las convocatorias consultadas añaden un requisito que no ha tenido en cuenta la normativa del Principado, como que los aspirantes no hayan sido condenados por delito doloso. Como norma general se exige que el aspirante a policía local tenga el carné de motocicleta, pero hay casos en los que se quedan con los que lo tienen para los vehículos de menor cilindrada.

Otra disparidad es la cuantía de las tasas que han de abonar los aspirantes, que van desde los diez euros de Avilés hasta los treinta de Grado, pero puede haber municipios incluso más caros.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1063 en: 22 de Marzo de 2018, 09:35:58 am »

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1064 en: 22 de Marzo de 2018, 16:09:55 pm »
La discriminados positiva hacia la mujer sólo consigue dos cosas: estigmatizarlas más y dar la imagen de que son unas inútiles que entran por cuota y lis hombres vivan esta situación como una discriminación negativa hacia ellos . . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1065 en: 14 de Abril de 2018, 08:48:01 am »
Canarias reducirá la altura mínima para acceder a la Policía Local para los hombres

La medida equipara este requisito de altura mínima al ya establecido en la práctica totalidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de España

Europa Press
13/04/2018 · ACTUALIZADO 10:00

La Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad del Gobierno de Canarias reducirá la estatura mínima para el acceso a los cuerpos de Policía Local a 1,65 metros para los hombres, rebajando en 5 centímetros la estatura de 1,70 metros que se exige actualmente.

Así lo ha informado el Ejecutivo regional en un comunicado en el que añade que la Dirección General de Seguridad y Emergencias tramita en estos momentos una modificación del Decreto 178/2006 que regula las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de las islas.

Por su parte, esta medida equipara este requisito de altura mínima al ya establecido en la práctica totalidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de España. La talla mínima para las mujeres se mantiene en 1,60 metros.

La directora general del área, Nazaret Díaz, ha afirmado que “la modificación de este punto en concreto se ha acordado en el seno de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, con el compromiso de abordar en un futuro próximo una revisión en profundidad del contenido total del decreto”.

La iniciativa para la modificación del decreto ha sido publicada en el portal www.canariasparticipa.com para que ciudadanos, asociaciones y afectados hagan constar su propuestas o consideraciones sobre esta medida. El plazo de información pública finaliza el próximo 25 de abril.

Finalmente, la Consejería ha recordado que en cuanto al Cuerpo General de la Policía Canaria, la estatura mínima para los hombres ya viene fijada en 1,65 metros en la Orden de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad de 9 de noviembre de 2017.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1066 en: 14 de Abril de 2018, 08:50:42 am »
La generación Y...viejos, bajitos, y lo peor, con un discurso cargado de toxicidad.

La sociedad me odia.

Los jueces no me respaldan.

Los políticos no me protegen.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1067 en: 14 de Abril de 2018, 10:00:48 am »


La amplia mayoría de la sociedad y de los jueces nos quiere, mucho. Los políticos...por barrios.



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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1068 en: 14 de Abril de 2018, 12:14:53 pm »
Es más, algunos jueces hasta nos arropan en según que circunstancias . . . en contra de lo que en general se piensa . . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1069 en: 09 de Mayo de 2018, 07:53:33 am »
borrador de reglamento de acceso al cuerpo
Interior quiere prohibir los policías bajitos: propone elevar a 1,70 la altura mínima

Zoido presenta un proyecto a los sindicatos, que rechazan estos límites y denuncian que la ley actual discrimina a las mujeres porque no tiene en cuenta la estatura media de las españolas

Roberto R. Ballesteros

09.05.2018 – 05:00 H.

La Jefatura Central de Recursos Humanos de la Policía Nacional quiere incrementar la altura mínima de acceso al cuerpo. El departamento presentó ayer ante los sindicatos un borrador de reglamento de la normativa de acceso a la institución que proponía, entre otras cosas, aumentar de 1,65 a 1,70 metros la talla límite para que los hombres entren en la corporación y de 1,60 a 1,62 metros la de las mujeres.

En concreto, según la redacción que servirá de base para negociar con los sindicatos un escrito definitivo, en el capítulo segundo del texto, "referido a los requisitos que han de cumplir los aspirantes a ingresar en la Policía Nacional en las categorías de inspector y policía", la Dirección General preve elevar "la estatura mínima exigida tanto para hombres como para mujeres" hasta la cifra indicada. El borrador argumenta que aumenta la altura debido a que en los últimos años también se ha incrementado la talla media de los españoles.

Sin embargo, la altura media de los ciudadanos del país ha crecido poco más de un centímetro en casi dos décadas. Fue medida por última vez por el Instituto Nacional de Estadística en 1998. En aquel año, el organismo estableció que la talla media era de 1,72 metros. Otro estudio más reciente, llevado a cabo por el Instituto Biomecánico de Valencia, desveló que 17 años después (en 2015), la estatura media creció algo más de un centímetro, hasta superar ligeramente los 1,73 metros.

La iniciativa de poner un límite al acceso a la institución no está exenta de polémica, vinculada además con el concepto de igualdad entre hombres y mujeres. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó el pasado octubre que establecer una estatura mínima con independencia del sexo puede constituir una discriminación contra las mujeres, que tienen una talla media por debajo de la de los hombres. En la Policía Nacional no se ha medido por el mismo rasero este parámetro, dado que la altura límite ha sido siempre mayor para hombres que para mujeres. Sin embargo, la cifra para las féminas no parece la más adecuada en función de la media existente.

Así lo entiende el abogado especialista en fuerzas de seguridad Andrés Galán, que mantiene un procedimiento abierto en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al respecto. El letrado, que defiende a una mujer que fue excluida del proceso selectivo por no superar el límite de altura, alega que la norma vigente en estos momentos (que establece una estatura mínima de 1,65 para los hombres y 1,60 para ellas) "discrimina a las mujeres de forma indirecta", dado que —aunque aparentemente se trata de un requisito neutro, al pedir más altura para los primeros— en realidad impide el acceso a muchas más mujeres que hombres.

En su demanda, Galán argumenta que la altura media actual en España es de 1,77 para ellos y de 1,66 para ellas, lo que significa que la estatura mínima de 1,65 establecida supone 12 centímetros menos para los chicos, mientras que la de 1,60 representa apenas seis centímetros menos para las féminas. Es decir, "puede haber hombres bajitos pero no mujeres bajitas", resume el letrado, cuyo pleito se encuentra pendiente de que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid voten y fallen. Para Galán, la propuesta de subir cinco centímetros a los hombres y dos a las mujeres —que recoge el mencionado borrador de reglamento de la normativa de acceso— apunta hacia una mayor equidad y reduce la discriminación.

En la misma línea se posiciona el portavoz del Sindicato Unificado de Policía (SUP), Ramón Cosío, que recuerda que en 2010, tras la presión de las organizaciones sindicales, la Administración se vio forzada a reducir la estatura mínima de 1,70 metros para hombres y 1,65 para mujeres a 1,65 y 1,60 respectivamente. El borrador de nueva normativa de acceso vuelve al punto inicial para el caso de los primeros y se queda en un punto intermedio para las segundas, con los 1,62 metros mencionados. Cosío entiende, como Galán, que el límite perjudicaba a las mujeres, puesto que se presentaban ya de inicio muchas menos porque no daban la talla.

En cualquier caso, según el portavoz del SUP, "no tiene sentido poner topes" en estas cosas. "Sería muy injusto que una persona que haya dedicado los tres últimos años de su vida a preparar la oposición ahora se encuentre con que no puede presentarse porque no cumple este requisito", pone como ejemplo. Además, continúa, "igual para entrar en los antidisturbios es bueno que el aspirante tenga envergadura, pero para un sinfín de departamentos de la Policía no es en absoluto necesario".

Del mismo modo opina el portavoz de la Unión Federal de Policía (UFP), José María Benito, quien se muestra "no muy de acuerdo" con el borrador en general. "La altura se bajó hace ocho años porque entonces se entendió que este parámetro no debía ser determinante; puede haber policías muy brillantes que midan 1,60 metros, ya sean hombres o mujeres; no tienen mucho sentido estas limitaciones", apunta Benito.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1070 en: 22 de Mayo de 2018, 08:11:35 am »


La ESO ya no será suficiente para entrar en la Guardia Civil


La nueva Ley de Régimen de Personal exigirá el Bachillerato a partir de 2022 a quienes vayan a ingresar en la Escala de Cabos y Guardias


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 Cambio importante para los aspirantes a ingresar en la Guardia Civil. Hasta el momento el requisito académico para entrar en el cuerpo era tener aprobada la Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Sin embargo, con los cambios que prepara la Dirección General ese nivel formativo no será suficiente.

22 may 201801:00
La Dirección General de la Guardia Civil reunió recientemente a las asociaciones en una mesa de trabajo para tratar el proyecto de modificar la Ley 29/2014, de Régimen de Personal de la Guardia Civil.

Fuentes de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) explican a  El Confidencial Digital que en ese encuentro los mandos les presentaron un borrador con los cambios que la dirección pretende introducir en dicha ley.

Una de las modificaciones de mayor calado es la que hace referencia a la exigencia de titulaciones académicas para acceder a la Escala de Cabos y Guardias. Hasta el momento, para ingresar en la Guardia Civil en esta escala, la más baja, bastaba con tener el título de la ESO (Educación Secundaria Obligatoria).

De ESO a Bachillerato
La Dirección General de la Guardia Civil va a endurecer este requisito: si se llega a aprobar la reforma de la ley que está preparando, para acceder al cuerpo ya será necesario, al menos, contar con el título de Bachillerato o equivalente (Grado Medio de FP).


Desde AUGC indican que la suya y otras asociaciones llevaban tiempo reclamando esta elevación de la exigencia para acceder al cuerpo. Por un lado, porque consideran que los agentes de la Guardia Civil, aunque sean de la escala inferior, deben tener un nivel de formación académica mayor a la ESO.

Por otro, porque al elevarse la formación mínima de acceso se da un paso para que los guardias civiles puedan, en el futuro, pasar de ser catalogados como funcionarios tipo C a funcionarios tipo B: una categoría superior que les permitiría, entre otras ventajas, recibir una mayor retribución económica en todas las escalas.

A partir de 2022
Este cambio se empezaría a aplicar en los procesos selectivos para la Escala de Cabos y Guardias que se convoquen a partir de 2022, según aparece contemplado en la disposición transitoria sexta del proyecto de reforma de Ley de Régimen de Personal de la Guardia Civil, consultado por  ECD.

De esta forma habrá unos años de transición entre la aprobación de la reforma de la ley y la entrada en vigor de este endurecimiento de las condiciones para acceder al Instituto Armado, para que los aspirantes puedan preverlo y sepan que deben conseguir ya no sólo del título de la ESO, sino el de Bachillerato.

La modificación también supondrá que una vez que salgan de la academia, los cabos y guardias tendrán un título de Grado Superior de Formación Profesional.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1071 en: 29 de Mayo de 2018, 10:25:03 am »

Así es el perfil del candidato con menos opciones a ser Policía Nacional


28/05/2018 Giuseppe Platania Oposiciones

Los aspirantes deberán demostrar en las pruebas selectivas capacidades como autocontrol, empatía y seguridad personal.

    El análisis de las convocatorias anteriores permite determinar cuáles son los aspectos que resultan contraproducentes en el acceso al CNP.


Las conductas obsesivas o neuróticas serán una barrera de acceso al Cuerpo Nacional de Policía.



El Cuerpo Nacional de Policía no tiene un patrón único para sus aspirantes. Sin embargo, la tendencia registrada durante las anteriores oposiciones de acceso a la Policía Nacional permite determinar algunas características y comportamientos que podrán impedir que el aspirante conquiste la plaza anhelada o, al menos, hacer que su aceptación por parte del tribunal calificador se encuentre un poco más cuesta arriba.

La primera barrera para quedarse fuera del perfil buscado por la Policía Nacional es el físico. No sólo por los requerimientos mínimos de una estatura, edad y capacidad física, sino también por las limitaciones que establecen algunas patologías, algunas tan comunes en la sociedad como el asma, la diabetes o la hipertensión arterial. No obstante, el cuerpo no es el único aspecto a considerar y el tribunal calificador aplica la entrevista personal y las pruebas psicotécnicas como un mecanismo para determinar la valía del candidato en el cuerpo de seguridad del Estado.

Uno de los perfiles que se aleja de los intereses de la Policía Nacional es aquel marcado por la intolerancia, la incapacidad de comunicarse y que no se adapta a las nuevas circunstancias. En la misma línea, pierden puntos aquellos aspirantes que tienen un perfil rencoroso, poco conciliador, así como en quienes se perciba una ausencia de seguridad propia, un desinterés por trabajar en equipo, que mantienen una desconfianza general y que  no sea capaz de defender sus propias ideas.

En este sentido, el objetivo es encontrar un aspirante que, si bien puede ser una apasionado de la aventura y de las emociones fuertes, tenga la capacidad de autorregular tanto sus emociones como sus pensamientos, lo que le permitirá pensar con la cabeza en frío en las situaciones de estrés o conflicto. Además, se busca un perfil motivado, con capacidad para la resolución de problemas, con la habilidad de cumplir órdenes y mantener tanto sus ideales como una dosis de empatía.

En este sentido, se busca una persona que sea resolutiva. No en vano, es considerado un aspecto positivo su capacidad de planificación y de ser polivalente, mientras que será un caso opuesto aquellos aspirantes que demuestren ser obsesivos o neuróticos, debido a que podrán entorpecer las actividades cotidianas del Cuerpo Nacional de Policía.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1072 en: 29 de Mayo de 2018, 11:27:20 am »
Luego llegan las macropromociones y al final es un coladero . . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1073 en: 29 de Mayo de 2018, 17:26:40 pm »

Autocontrol, empatia y seguridad personal...en un pack


https://twitter.com/alto_policia/status/1001419912936677377?s=19

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1074 en: 29 de Mayo de 2018, 21:04:51 pm »
Está usted un poco obsesionado con ese tuitero..., se lo vuelvo a repetir, por lo general,de lo que se dice en una red social a como se actúa en la calle, suele haber un gran trecho, y no hablo sólo de policías.

Usted para lo que le interesa es muy exagerado...

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1075 en: 29 de Mayo de 2018, 21:39:00 pm »
Está usted un poco obsesionado con ese tuitero..., se lo vuelvo a repetir, por lo general,de lo que se dice en una red social a como se actúa en la calle, suele haber un gran trecho, y no hablo sólo de policías.

Usted para lo que le interesa es muy exagerado...

Dicen los estudiosos que en la red uno se muestra cono verdaderamente es...eso dicen.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1076 en: 30 de Mayo de 2018, 00:17:37 am »
Está usted un poco obsesionado con ese tuitero..., se lo vuelvo a repetir, por lo general,de lo que se dice en una red social a como se actúa en la calle, suele haber un gran trecho, y no hablo sólo de policías.

Usted para lo que le interesa es muy exagerado...

Dicen los estudiosos que en la red uno se muestra cono verdaderamente es...eso dicen.


Vale, pues prepárese porque Torra va a empezar a exterminar “españoles”.


Por no hablar de que uno de los suyos, Zapata, va a quemar a los judios, igual que Hitler, que similitudes entre el podemismo y el nazismo, le compro esa teoría, así que no critique el nazismo, porque tienen un pensamiento muy similar a los podemitas con los que usted simpatiza.

Etc........

Curioso, frases xenófobas de podemitas, pero de los “ultraderechistas” de VOX nada.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1077 en: 07 de Julio de 2018, 17:19:40 pm »


El Supremo insta a la Guardia Civil a admitir a un joven que excluyó por hipertenso
 

El Tribunal lo hace incidiendo en que la tensión arterial del joven, aunque "ligeramente por encima de los valores máximos", se debía al estrés del momento

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07.07.2018 - 10:53
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de un aspirante a guardia civil a ingresar en la academia de la Escala Básica del instituto armado después de ser excluido hace cinco años por sufrir un estado de hipertensión que en realidad estaba provocado por el estrés del momento.


Tras superar todas las pruebas de la oposición, el aspirante fue considerado "no apto" en el reconocimiento médico por superar en ese momento los valores máximos de tensión al obtener 140 mmHg (milímetros de mercurio) de sistólica y/o 90 de diastólica.

Pero, según la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, la resolución que le dejó fuera del proceso selectivo no tuvo en cuenta un informe médico que, aunque reconocía que las cifras de tensión arterial estaban "ligeramente por encima" de los valores máximos, exponía que podía deberse al estado emocional y de estrés "habitual en dichas situaciones".

Normalidad previa
Dicho informe explicaba además que el aspirante había aportado pruebas cardiológicas complementarias que demostraban que las cifras estaban dentro de la normalidad y que no era hipertenso.

"Son pruebas -dice el Supremo- que muestran una tensión arterial dentro de los límites admitidos" e indican "que con anterioridad no se le habían detectado episodios de hipertensión".

Por ello, la Sala da la razón al aspirante al estimar el recurso de casación que presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ratificó la resolución administrativa y concluyó que existían motivos para excluirle.

Una sentencia que, a juicio del Supremo, "se ha limitado" a confirmar la aplicación de las bases de la convocatoria "sin tener en cuenta la relevancia de sus consecuencias", lo que hace que se impidiese la defensa del aspirante ante una situación de exclusión del acceso a la función pública.

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En noviembre de 2015 se reconoció el derecho a ingresar en la Escala Básica a otro aspirante que fue excluido por superar las tasas de colesterol

Además, el tribunal desestima la versión de la anterior sentencia, que ahora queda anulada, que apuntó "sin pruebas" que el aspirante "pudo haber tomado medicación para reducir sus niveles de tensión arterial".

Una consideración que, a ojos de la Sala, "no tiene ningún soporte" y es más bien "una hipótesis a la que acude para argumentar su decisión"

El Supremo recuerda que ya dictó sentencia en este mismo sentido en noviembre de 2015, cuando reconoció el derecho a ingresar en la Escala Básica a otro aspirante que fue excluido por superar las tasas de colesterol, pese a que días después se sometió a un contraanálisis que dio un resultado óptimo para el acceso a la Guardia Civil.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1078 en: 18 de Julio de 2018, 07:55:02 am »
Uno de cada cinco españoles tiene vedado ser policía o militar por su enfermedad

Las asociaciones de pacientes exigen al Gobierno que liquide ya las barreras que impiden a personas con VIH o psoriasis, a diabéticos y a celiacos ingresar en estos cuerpos

Alfonso Torices
ALFONSO TORICESMadrid
Martes, 17 julio 2018, 16:04


Las asociaciones de pacientes que representan a los diabéticos, los celiacos, las personas con el virus del VIH y a quienes tienen psoriasis se han unido para denunciar que estos enfermos, que son uno de cada cinco españoles, sufren desde hace décadas «una total discriminación laboral por parte de las administraciones», que les impiden acceder a la mayor parte de los empleos públicos vinculados a la seguridad solo por la dolencia que padecen.

La discriminación laboral se basa en unas ordenes ministeriales, con una antigüedad de entre 10 y 30 años, según los casos, que incluyen todas estas dolencias y otras más como motivo de exclusión para poder acceder a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional, a la Guardia Civil, a las policías locales y autonómicas, y a otros cuerpos como los bomberos o los funcionarios de prisiones, y que además sirven de guía y son secundadas en el veto por sectores privados como el de los guardias de seguridad, las azafatas de vuelo o los patrones de embarcaciones.
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Las organizaciones explican que se trata de unas barreras laborales caducas porque, en las últimas décadas, los avances médicos y los tratamientos de todas estas dolencias, que padecen casi 10 millones de españoles, han minimizado los síntomas, han cronificado la enfermedad y han permitido que los pacientes lleven una vida absolutamente normal y que puedan desarrollar, también con normalidad, cualquier tipo de empleo, como respaldan los informes al efecto de las sociedades científicas de las cuatro patologías.

Por este motivo, Fede (diabéticos), Face (celiacos), Cesida, Trabajando en Positivo y Felgtb -pacientes con VIH- y Acción Psoriasis han enviado una carta a la nueva ministra de Política Territorial y Función Pública en la que le reclaman que «con urgencia», antes de que acabe el año, el Consejo de Ministros apruebe un real decreto con el que modifique las órdenes que regulan los cuadros de exclusiones médicas para el acceso a estos empleos públicos.

La modificación que le proponen a Meritxel Batet es la misma que el Ministerio de Sanidad ya recomendó en un informe elaborado este mismo año para terminar con la discriminación de los pacientes con VIH en el acceso a las fuerzas de seguridad del Estado y las fuerzas armadas. Que el diagnóstico, la enfermedad que padece, no pueda ser motivo para excluir a nadie de un empleo público, sea el que sea, y que, en todo caso, sea la valoración clínica de cada uno de los aspirantes que superen las pruebas la que indique si está o no capacitado para ejercer esa función o profesión.
Buscan «políticos valientes»

Andoni Lorenzo, presidente de FEDE, que fue la organización que comenzó hace ya cuatro años esta campaña contra las exclusiones, recuerda que tienen el apoyo de todas las sociedades médicas y que tanto el Congreso como el Senado ya han reclamado al Gobierno con la unanimidad de todos los partidos que termine con esta discriminación. «Hasta ahora todo son buenas palabras, pero no se ha hecho nada», lamentó, antes de concluir que «lo único que necesitamos son políticos valientes». Lorenzo, con el asentimiento de los demás, avisó de que, si el diálogo no da resultados inmediatos, sus siguientes pasos serán la vía judicial y las manifestaciones en la calle.

En la carta enviada a Batet, cada colectivo detalla a la ministra cómo los avances médicos han convertido en «injustificadas» las viejas exclusiones del empleo público. Los enfermos de VIH recuerdan que el riesgo de contagio laboral es inexistente. Han cronificado su dolencia con la simple ingestión de uno o dos pastillas diarias y gracias a los antirretrovirales su carga viral es tan baja que no puede contagiarse a nadie, en el 80% de los pacientes ni siquiera en contacto sexual. Los diabéticos indican que los actuales tratamientos de insulina, con los que el enfermo es autosuficiente, les permiten hacer las mismas actividades que a cualquiera. Los celiacos aclaran que su única necesidad para preservar la salud es tener una dieta sin gluten y que preparar estos menús es algo muy sencillo, más en organizaciones que ya ofrecen alimentos 'halal' o 'kosher' sin problemas a miembros musulmanes o judíos. Los enfermos de psoriasis relatan que su dolencia no es contagiosa ni limita su actividad y que, además, las nuevas terapias mantienen los síntomas bajo control.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1079 en: 31 de Julio de 2018, 07:59:45 am »

«Cinco años preparándome oposiciones y me dejan fuera por padecer diabetes»


El sevillano José Pablo Erramusbea ha iniciado una recogida de firmas para luchar contra la exclusión de las personas con diabetes a la hora de optar a ciertos empleos públicos
Candela Vázquez/ Vídeo: A. Periáñez
@canvazmar
SevillaActualizado:
27/07/2018 08:12h

La vida de José Pablo Núñez Erramusbea cambió cuando, hace cinco meses, el médico le comunicó que padecía diabetes tipo 1 y que, por tanto, su sueño de pertenecer al Cuerpo Nacional de Policía no podría hacerse realidad. Ahí comenzó su particular lucha por reivindicar el derecho de las personas con diabetes a poder optar al empleo público.

En España, hay más de cinco millones de personas que padecen diabetes, todas ellas tienen trabas para acceder a algunos empleos públicos tal y como aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En el caso de José Pablo, su deseo de ser Policía Nacional no es posible tal y como ordena este texto oficial, lo mismo ocurriría si quiera opositar a funcionario de prisiones o agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

«Me he llevado cinco años preparándome las oposiciones al Cuerpo Nacional de Policía, y durante el proceso selectivo, habiendo superado las pruebas físicas, de conocimientos, ortografía, y habiendo realizado el biodata, el test de personalidad y la entrevista, a tan sólo dos meses de terminar las oposiciones, no he podido superar el reconocimiento médico». José Pablo es diagnosticado con 32 años y, según la Orden de de 11 de enero de 1988, no puede volver a presentarse para este empleo.

«Si hubiera sido diagnosticado dentro del Cuerpo hubiera tenido derechos que me amparaban»

«Si hubiera sido diagnosticado sólo unos meses más tarde y ya dentro del Cuerpo Nacional de Policía, hubieran existido unos derechos que me amparan, pero cuando la diabetes aparece durante el proceso, y aunque se superen la mayor parte de las pruebas, nada ni nadie te ampara», explica José Pablo. Como última baza, el joven sevillano aportó un informe médico por parte del personal sanitario del Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla en el que se aseguraba que, en la actualidad, tiene una diabetes bien controlada y que está capacitado para realizar cualquier actividad o profesión.

Sin embargo, de nada ha servido la opinión de los médicos ni el resultado del resto de pruebas de acceso. José Pablo ha visto con 33 años cerrada la puerta a su futuro en la carrera profesional para la que llevaba un lustro preparándose. «Mi último cartucho es iniciar esta campaña de visibilización para que los poderes públicos y las instituciones del Estado acaben con esta discriminación laboral que sufren las personas con diabetes en España en el acceso al empleo público».

Además, ha interpuesto un recurso de alzada con la esperanza de que se subsane este «anacronismo obsoleto». «Tenía un mes para presentarlo, lo presenté el 25 de mayo, no me han contestado por lo que hay silencio administrativo y ahora, si siguen sin responderme, tengo seis meses para interponer otro recurso al contencioso-administrativo», explica.
«No es una discapacidad»

Mientras dura todo este proceso, el sevillano también ha iniciado de forma paralela una petición de firmas en Change.org para que el Gobierno de Pedro Sánchez revise este criterio. Además, el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, atribuye a la diabetes tipo 1 un porcentaje de minusválida del 0%. «La exclusión es una incoherencia cuando la diabetes no tiene la consideración legal de discapacidad».

Dentro de esta petición de firmas, todo lo que se solicita es originario de una Proposición No de Ley, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista el 1 de marzo de 2017 a la Mesa del Congreso, cuando el PSOE aún estaba en la oposición. En esta PNL, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el menor plazo de tiempo posible adopte las medidas legales y reglamentarias necesarias para imposibilitar que el diagnóstico de la diabetes sea causa de exclusión genérica para el acceso al empleo público, para así evitar que pueda constituir ninguna discriminación en los derechos laborales de los empleados y empleadas públicos.
Andoni Lorenzo, presidente de la Federación Española de Diabetes
Andoni Lorenzo, presidente de la Federación Española de Diabetes - ABC
Una normativa de hace 30 años

Andoni Lorenzo, presidente de la Federación Española de Diabetes (FEDE), lleva más de dos años trabajando en la campaña «STOP a la discriminación laboral por diabetes», y el cual explica cómo se encuentra actualmente las negociaciones con las diferentes administraciones.

¿La Federación ha atendido muchas reclamaciones o peticiones de asesoramiento ante las dificultades de acceder a ciertos empleos públicos?

Así es. Desde hace años, en la Federación Española de Diabetes recibimos quejas continuas por parte de hombres y mujeres que intentan acceder a determinados puestos de trabajo de empleo público sin éxito, siendo excluidos por el mero hecho de padecer diabetes, aunque estén perfectamente capacitados para desarrollar el puesto en cuestión.

¿A qué se debe esta norma?

Se debe a que los puestos de empleo a los que aludía antes, se rigen por unos cuadros médicos de exclusión en los que aparece la diabetes. Dichos cuadros datan de hace 30 años, concretamente de 1988, por lo que están total y absolutamente desfasados con la realidad de los avances médicos y clínicos de la diabetes.

¿Han reclamado este asunto al Gobierno central? ¿Se ha avanzado en esta materia en los últimos años?

En FEDE llevamos más de dos años trabajando en este asunto y, a través de la campaña «STOP a la discriminación laboral por diabetes», nos hemos reunido incontables veces con representantes políticos de distintos estamentos para explicarles la situación y reclamar una acción por su parte: Ministerio de Sanidad, Ministerio de Política Territorial y Función Pública, Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo, etc. En este tiempo, hemos logrado algunos avances.

De hecho, hace unos meses se aprobó por unanimidad en el Senado una moción para la actualización de los cuadros de exclusiones médicas, mencionados anteriormente, lo que demuestra que contamos con el apoyo de los partidos políticos. No obstante, a pesar de todo esto, todavía no hemos logrado que se revisen y actualicen los cuadros de exclusiones médicas, por eso seguimos trabajando en el asunto.