Autor Tema: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales  (Leído 108281 veces)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1180 en: 31 de Agosto de 2020, 06:31:32 am »

La Guardia Civil adapta sus normas a la polémica por los tatuajes de mujeres en las Fuerzas Armadas

La convocatoria de la oposición prohíbe marcas en la piel y piercings que sean visibles con las prendas de uniforme comunes a ambos sexos
.
Fecha
31/08/20access_time 1:03

A.R.E.

La prohibición de lucir tatuajes en el cuerpo (y otros elementos como argollas, espigas e inserciones, automutilaciones...) es objeto de polémica desde hace años entre los aspirantes a ingresar en las Fuerzas Armadas y cuerpos policiales como la Guardia Civil.

Ese veto obliga a algunos opositores a someterse a tratamientos para borrar sus tatuajes, y pese a ello hay casos en que son excluidos al verse aún la mancha que queda.

Uno de los casos más polémicos fue el de las oposiciones a la especialidad de Psicología Militar en 2018. Una aspirante fue excluida por llevar un tatuaje en el tobillo, que se le vería con el uniforme de falda.

La excluida recurrió, el Ministerio de Defensa le dio la razón y se comprometió a cambiar la normativa para igualar las condiciones de hombres y mujeres, ya que ese mismo tatuaje en un hombre se hubiera permitido al taparse con el pantalón del uniforme.

Toda esta polémica parece inspirar el cambio que se ha producido de un año para otro en las bases de la oposición de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.

Confidencial Digital ha comparado las condiciones que establece la resolución publicada el viernes 28 de agosto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con la de hace un año.

En la Resolución 160/38128/2019, de 10 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, entre los “requisitos que deben reunir los aspirantes” se incluía el siguiente:

-- “Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil conforme a la Orden General n.º 12, de 28 de diciembre de 2009, Uniformidad en el Cuerpo de la Guardia Civil («Boletín Oficial de la Guardia Civil» n.º 1, de 12 de enero de 2010)”.

En los uniformes de uso general (el de diario, el de gala, el de etiqueta y el de gran etiqueta, el de servicio y el de campaña) se contempla en algunos casos excepcionales que el personal femenino pueda sustituir el pantalón recto y los zapatos negros de cordones por falda verde, medias de color natural, sin dibujo, y zapatos negros tipo salón. A eso se suma el uniforme para mujeres embarazadas, que ofrece la posibilidad de vestir pichi.

Por tanto, quedaban aún prohibidos los tatuajes que se vieran con uniforme de falda y zapatos. Era la misma redacción que el año anterior, 2018.
Prendas comunes para hombres y mujeres

Eso cambia este año, con la Resolución 160/38245/2020, de 24 de agosto, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, publicada en el BOE el viernes 28 de agosto.

El artículo que prohíbe los tatuajes ha cambiado en su redacción. Se mantiene exactamente igual la parte que veta los tatuajes que vayan contra los valores constitucionales o militares, que perjudiquen la imagen de la Guardia Civil o que incluyan mensajes obscenos o discriminatorios.

Pero en la oposición de ingreso a la Escala de Cabos y Guardias de este 2020 se establece que “asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general, conforme a la Orden General n.º 12 de 28 de diciembre de 2009, Uniformidad en el Cuerpo de la Guardia Civil («Boletín Oficial de la Guardia Civil» núm. 1, de 12 de enero de 2010)”.

Es decir, que en vez de vetarse los tatuajes “que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil” (como pasaba hasta ahora), pasan a estar prohibidos los tatuajes “visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general”.

Se acaba por tanto la posibilidad de que un tatuaje en un tobillo, como pasó en la oposición a psicólogo militar, impida presentarse a una mujer pero no a un hombre. Ahora esa novedad llega a las oposiciones de ingreso en la Guardia Civil.
Palabras de reserva en ortografía

Otra novedad en la resolución de convocatoria de este 2020 afecta a la prueba de ortografía. Hay que recordar que esta prueba desató una gran polémica el año pasado, por la rareza de algunas palabras incluidas (‘javaque’, ‘halodio’, ‘frange’...) y sobre todo porque algunos opositores recurrieron e incluso llevaron a los tribunales lo que ellos consideraban una diferencia sustancial en la dificultad entre la prueba que se hizo un día y la que pasaron los examinados otro día, ya que esta parte de la oposición se hizo en dos días seguidos.

En las bases de la oposición de ingreso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil para este 2020 se incluyen por primera vez unas palabras de reserva.

La prueba, como hasta ahora, “consistirá en la realización de un ejercicio con diez frases numeradas del uno al diez, en las que se han subrayado cuatro palabras en cada frase con las letras A, B, C y D, debiendo señalar las palabras que presenten falta ortográfica”.

La novedad es que “además se contestará una frase con cuatro (4) palabras de reserva subrayadas del mismo modo. Las palabras de reserva, solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario”.

En la prueba de 2019 la Dirección General de la Guardia Civil admitió anular alguna palabra, lo que a su vez también provocó algunas quejas. Ahora se prevé esa posibilidad con antelación, con una frase con cuatro palabras de reserva.
Somos ECD
¿Quieres formar parte de ECD?
Más en esta seccion
El Gobierno prepara el primer ejercicio de gestión de crisis de Seguridad Nacional
El Gobierno prepara el primer ejercicio de gestión de crisis de Seguridad Nacional
Oleadas de incendios provocados por los presos en las cárceles españolas
Oleadas de incendios provocados por los presos en las cárceles españolas
La Policía enviará 250 antidisturbios a Cataluña para la Diada
La Policía enviará 250 antidisturbios a Cataluña para la Diada
El anagrama de ETA desaparece del monumento de homenaje a un etarra
El anagrama de ETA desaparece del monumento de homenaje a un etarra
Comentarios
Somos ECD
¿Buscas un medio de información libre, que no se casa con nadie?
Confidencial Digital

Todos los derechos reservados. Esta información es para el uso exclusivo de los lectores de Confidencial Digital. No está autorizada su difusión ni citando la fuente. Publicaciones Confidenciales. C/Naranjo 3, 1º Dcha 28039 Madrid. Teléfono:  +34 91 445 96 97
OpenNeMaS CMS by Openhost
Nos preocupamos por tu privacidad

Tratamos los datos para ofrecer contenido o publicidad, y medimos esta oferta para extraer información acerca de nuestro sitio. Compartimos esta información con nuestros asociados en función del consentimiento otorgado. Se podrá ejercer el derecho al consentimiento, en función de un propósito específico a continuación o a nivel de asociado, en el enlace bajo cada propósito. El consentimiento referido aquí es específico a nuestro sitio web.
Tanto nosotros como nuestros asociados tratamos los datos para proporcionar:

Almacenar o acceder a información en un dispositivo, Datos de localización geográfica precisa e identificación mediante las características de dispositivos, anuncios y contenido personalizados, medición de anuncios y del contenido, información sobre el público y desarrollo de productos.
Lista de asociados (proveedores)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1181 en: 04 de Septiembre de 2020, 16:15:32 pm »


Los celíacos podrán acceder a los cuerpos de Policía Local de Andalucía

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) Andalucía, el sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector, ha celebrado los últimos avances para modificar la normativa de acceso a los cuerpos de Policía Local en Andalucía de manera que ésta se adapte a la orden ministerial que termina con la “discriminación” de las personas celíacas y de otros colectivos en el acceso al empleo público.

El presidente del Sector de la Administración Local de CSIF Andalucía, Miguel Ángel Sáenz, se ha felicitado por el hecho de que la modificación del decreto que regula el acceso a la Policía Local siga su curso, tal y como se puso de manifiesto en una reciente reunión del comité técnico que trabaja en este cambio normativo.

De esta manera, ha expresado a través de un comunicado su deseo de que dicho trámite culmine cuanto antes, de manera que “tanto las personas celíacas, las que padecen diabetes, psoriasis o son portadoras de VIH, dejen de estar discriminadas a la hora de acceder, si así lo desean, a los cuerpos de la Policía Local en nuestra comunidad autónoma”.

En este sentido, Sáenz ha explicado que la modificación de la norma de acceso para adaptarse a la Orden Ministerial de 19 de febrero de 2019 está en proceso de audiencia y que dicho trámite tuvo que interrumpirse como consecuencia de la pandemia de la Covid- 19. Por ello, CSIF-A valora que este trabajo de adaptación se haya retomado y confía en que dicha modificación sea una realidad cuanto antes, para que los próximos procesos selectivos que se convoquen en Andalucía terminen con la discriminación que hasta ahora existía en relación a los citados colectivos.

“Es de justicia terminar con esta discriminación en cumplimiento del acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros por el que se elimina la exclusión en el acceso público a personas con celiaquía, diabetes, VIH o psoriasis”, ha subrayado el responsable sindical, que ha abogado por agilizar los trámites para que su aplicación sea efectiva.

El sindicato señala que la discriminación laboral en el acceso a ciertos puestos de empleo público se basa en unos Cuadros Médicos de Exclusión que datan de los años 80 y que no consideran los avances que se han producido en los últimos años a nivel científico, tecnológico y farmacológico. Estos avances permiten que las personas con celiaquía puedan controlar su patología y desarrollar cualquier tipo de trabajo.

Por esta razón, CSIF y la Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACEE) han reclamado de manera recurrente la revisión y actualización de dichos cuadros para poner en marcha todas las medidas necesarias para acabar con la discriminación laboral de estas personas.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1182 en: 10 de Septiembre de 2020, 09:37:58 am »

La Guardia Civil cambia su normativa sobre tatuajes para evitar discriminar a las mujeres en la oposición

El cambio se produje tras rechazar en 2018 a dos aspirantes a guardia civil con un tatuaje en el pie que no sería visible con el pantalón del uniforme. Robles prometió introducir esta modificación.
9 septiembre, 2020 14:0

Hace dos años, en una oposición de la Guardia Civil a Psicología Militar, el caso de dos mujeres destapó un resquicio en la normativa que marca estos exámenes en el tema de los tatuajes y que suponía una discriminación para las chicas.

Estela Martín y otra compañera fueron rechazadas por el tribunal que les tocó porque tenían un tatuaje en el empeine del pie que era visible sólo cuando fueran a utilizar la falda como uniforme, no así cuando llevaran el pantalón.

Las dos aspirantes fueron expulsadas de la oposición y recurrieron al Ministerio de Defensa que les dio la razón puesto que ese mismo tatuaje, en un hombre, no habría sido motivo de rechazo.

Además, el Ministerio que lidera Margarita Robles se comprometió a cambiar la normativa para evitar que surgieran más situación discriminatorias como las que sufrieron estas dos psicólogas. Y en la última convocatoria de oposiciones publicada para nuevos puestos de la Guardia Civil ha cumplido su promesa.

En el BOE del pasado 24 de agosto, concretamente en la Resolución 160/38245/2020, se convocaban pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación de Cabos y Guardias del Cuerpo y el texto que hacía referencia a la prohibición de llevar tatuajes que fueran visibles ya estaba modificado.

La normativa a este respecta pide "carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso" y advierte de que tampoco "se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general".

Precisamente el cambio está en la introducción de la frase "prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme". Y es que en las convocatorias que se hacían hasta ahora sólo se hacía referencia a "los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil", lo que incluía algunos casos muy escasos y excepcionales en los que las guardias civiles llevarían falda.

En realidad se trata de un pequeño resquicio que queda ahora resuelto puesto que el llevar falda es algo optativo en el uniforme de la Guardia Civil porque lo que no tendría por que ser visible el tatuaje en esa zona del pie con un pantalón.

La intención de esta nueva redacción es que se elimine cualquier posibilidad de interpretación por parte de algunos tribunales y se garantice la igualdad de acceso entre hombres y mujeres en este punto.



Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1183 en: 13 de Septiembre de 2020, 07:03:30 am »
150 YA HAN IDO POR LA VÍA JUDICIAL
La burocracia de Interior obliga a cientos de opositores a repetir pruebas ya aprobadas

El retraso en la respuesta al recurso de cientos de candidatos a ingresar en el cuerpo, que fueron suspendidos por la prueba de ortografía, también evita que estos puedan acudir a los tribunales
ROBERTO R. BALLESTEROS

13/09/2020 05:00
La División de Formación de la Policía Nacional lleva tres meses de retraso en la respuesta que debe dar a los recursos presentados por un millar de opositores que fueron rechazados durante la última convocatoria de ingreso en el cuerpo, después de que el tribunal examinador modificara los criterios de evaluación. El mencionado departamento, responsable de calificar los procesos de promoción interna y las nuevas incorporaciones al instituto armado, ha contestado a apenas 150 de estos candidatos a policías frustrados en sendas resoluciones del 18 de junio y del 10 de julio de 2020, fallos que están siendo notificados estos días, nada menos que tres meses después.

Hay cerca de mil aspirantes que se quedaron fuera por los mencionados cambios de criterio relacionados con la prueba de ortografía y que, tras conocer su suspenso, decidieron recurrir por la vía administrativa al considerar que se había producido una irregularidad en la corrección de sus ejercicios. En concreto, argumentaron que la nota de corte siempre había estado en el cinco, cuando no se había dicho otra cosa con anterioridad y que, en esta ocasión, las bases no habían expresado nada al respecto. La mayoría de ellos (más de 600) interpusieron recurso a través del abogado Ángel Galindo, conocido por representar también al exconcejal de Majadahonda José Luis Peñas, el denunciante que abrió el 'melón' de la trama Gürtel.

Los 150 opositores que ya han recibido respuesta, por su parte, han iniciado el camino de los tribunales. Todos ellos han sido notificados con una contestación negativa, pero necesitaban el aviso formal para acudir a la vía judicial. De ahí que el resto de opositores, que aún no han tenido noticia de la División de Formación, estén visiblemente enfadados. No pueden dar el mismo paso que sus compañeros porque no han recibido la notificación correspondiente. En este contexto, muchos de ellos han optado por remitir correos electrónicos o realizar llamadas telefónicas a la Dirección General con el fin de pedir explicaciones personalmente por el retraso de las respuestas.

El malestar entre los funcionarios de la División de Formación es patente, pues cada día deben atender las interpelaciones. Muchos candidatos a acceder al cuerpo denuncian ante El Confidencial que el departamento responsable de la organización de las oposiciones no responde ni siquiera a estos requerimientos remitidos por 'e-mail' y que, en ocasiones, los teléfonos se tiran toda la mañana comunicando. Según Galindo, son "cientos" los aspirantes a los que él representa que están interpelando por las dos mencionadas vías a los miembros de la División de Formación.

La razón, explica el abogado, es que no solo están sufriendo un perjuicio con motivo del retraso en la respuesta, porque no pueden acudir a la vía judicial hasta tener la notificación, sino también porque este recurso a los tribunales demorará aún más la futura resolución judicial y esta podría llegar cuando ellos ya se encuentran en otra realidad vital. No en vano, son muchos de estos damnificados los que se han vuelto a presentar a la nueva convocatoria de oferta pública abierta a finales de julio. Podría darse la circunstancia de que todos ellos tuvieran que volver a hacer los ejercicios que ya superaron en la pasada edición, las pruebas físicas y las de conocimiento, además de la de ortografía, que es la que han recurrido.

Más de 2.500 opositores anunciaron inicialmente su intención de recurrir el suspenso en ortografía que les impuso la Dirección General de la Policía en el examen de acceso a la institución. Finalmente, un millar se lanzó a interponer el recurso por la vía administrativa. La mayoría se agrupó en torno al mencionado letrado. Otros lo hicieron a través del abogado Antonio Suárez Valdés, también especializado en la defensa de miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, y unas decenas más por medio de otros representantes legales.

El fallo al que se agarran miles de opositores de la GC para impugnar el test de ortografía

P. GABILONDO

La pasividad de la División de Formación para contestar a los recursos no ha sido la tónica de este departamento, sin embargo, en otros aspectos. Las bases de la nueva convocatoria mencionada, por ejemplo, sí recogen ya todos los requerimientos que precisamente reclamaban los opositores rechazados por la prueba de ortografía en sus recursos, lo que en el fondo representa una contradicción en el seno de la Dirección General. Por un lado, denegó los mencionados escritos interpuestos por un millar de aspirantes a entrar en el cuerpo que se quejaban por los criterios de corrección y, por otro, modifica esos mismos criterios para abrazar precisamente los que reclamaban los opositores 'repudiados'.

"Para la corrección de las pruebas, se utilizarán las entradas propias que figuren en el Diccionario de la Lengua Española, obra lexicográfica de referencia de la Academia", refleja por una parte el nuevo texto de las bases, que también deja meridianamente claro que "serán declarados aptos los opositores que obtengan una nota igual o superior a 5". "El tribunal, en el ejercicio de sus competencias, podrá, en el caso de que tras la calificación de la prueba de conocimientos no exista un número suficiente de opositores con puntuación igual o superior a 5 (...), bajar la nota de corte", agrega la resolución, que hace suyos de este modo los argumentos esgrimidos en sus recursos por los opositores. Estos últimos fueron rechazados precisamente porque el tribunal evaluador no tomó el diccionario como referencia, además de subir la nota de corte después de las pruebas, modificando de este modo los criterios en mitad del 'partido'.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1184 en: 15 de Septiembre de 2020, 07:26:11 am »

La Policía permite por fin llevar reloj a las oposiciones pero veta los smartwatch
Se prohibieron todos en 2016 para evitar que los aspirantes copiaran en los exámenes. Ahora se abre la puerta a modelos convencionales, que podrán ser revisados

Fecha
14/09/20access_time 1:02

A.R.E.

Los opositores de la Policía Nacional podrán utilizar relojes para controlar el tiempo en los exámenes escritos. La Dirección General ha decidido atender las peticiones de distintos sindicatos, que se hicieron eco de las protestas de algunos aspirantes al ingreso o al ascenso que lamentaban no poder controlar el tiempo en las pruebas.

Confidencial Digital ha podido consultar un documento enviado por la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Policía a todas las dependencias del cuerpo, sobre el asunto “Uso de relojes en procesos selectivos”.

A través de la Comisión de Personal y Proyectos Normativos del Consejo de Policía, han ido llegando propuestas para regular el uso de relojes en los proceso selectivos de promoción interna, es decir, las oposiciones para ascender dentro del cuerpo.

La División de Formación y Perfeccionamiento ha analizado todas esas propuestas “con el fin de establecer el modo más correcto de su utilización, así como los modelos a ser autorizados, habida cuenta que la actual tecnología pudiera ser usada indebidamente durante los procesos”.
El motivo: se podría copiar con algunos relojes

Ese fue el motivo que llevó a la Policía Nacional a vetar los relojes. Se quería evitar que algunos opositores entraran a los exámenes con relojes inteligentes, los llamados smartwatch, que permiten almacenar y consultar información y datos, en algunos casos incluso acceder a Internet, con lo que parece un simple reloj de pulsera. Eso facilitaría usarlos como chuletas en los exámenes, algo que quería evitar la Policía.

Pero la prohibición total suscitó quejas, por policías y opositores que lamentaron que al quedarse sin relojes, no podían controlar el tiempo del examen, y así ir viendo cuánto les quedaba para acabar, cuánto estaban invirtiendo en responder cada pregunta...
La solución: relojes convencionales

Esas protestas y peticiones han surtido efecto: la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Policía ha considerado “que se pueden arbitrar procedimientos para facilitar el control del tiempo de examen por parte de los funcionarios policiales durante la realización de pruebas de ascenso por promoción interna”.

De ahí que haya decidido regular este asunto con tres instrucciones. En primer lugar, autoriza “el uso de relojes analógicos o digitales convencionales, que tengan exclusivamente la función de medición de tiempo, en los procesos selectivos de ascenso en la Policía Nacional, que con ocasión de convocatoria pública se celebren”.

El permiso para usar relojes convencionales viene acompañado de otra orden: “Todos los demás elementos que pudieran ser susceptibles de realizar dicha tarea, como teléfonos móviles, tabletas, ordenadores, smartwatch tanto de apariencia analógica como digital, no serán permitidos”.

De hecho, “su uso durante las pruebas, sin autorización del Tribunal, implicará la anulación de las actuaciones”.

Como última precisión, la Policía establece que aquellos que entren al examen con un reloj convencional tendrán que colocarlo en la mesa del examen, junto a su documento de identificación, y “los miembros del tribunal o personal colaborador podrán en cualquier momento del desarrollo de las pruebas comprobar que se cumplen los requisitos recogidos en la presencia resolución”, es decir, que es un reloj convencional y no un reloj inteligente con el que se pueden consultar ‘chuletas’.
Prohibición y reconsideración

La decisión de vetar los relojes se introdujo en 2016. Tres años después, el sindicato Confederación Española de Policía (CEP) dirigió un escrito de petición para que se arbitraran fórmulas que permitieran el uso de relojes sin que hubiera posibilidad de copiar con ellos.

La División de Formación y Perfeccionamiento se negó a ello, tal y como se contó en estas páginas en octubre de 2019.

Sin embargo, en febrero de 2020 desde el Sindicato Profesional de Policía (SPP) revelaron que los mandos de esa división ya estaban valorando cómo volver a permitir que los opositores pudieran controlar el tiempo.

Se plantearon dos opciones. Una sería proyectar un reloj o cronómetro en las pantallas electrónicas que existen en las aulas de formación de los centros docentes, como alternativa a la compra de 400 relojes grandes de pared, que se había descartado.

La segunda opción era precisamente la que se ha terminado adoptando: permitir entrar con relojes pero sólo analógicos. Meses antes, la División de Formación también había rechazado esa opción, por la dificultad de revisar uno por uno los relojes de quienes entran a hacer el examen, para comprobar que son simplemente relojes y no dispositivos con capacidad de almacenamiento de datos o con acceso a Internet.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1185 en: 01 de Octubre de 2020, 06:40:17 am »

La prueba de ortografía de la Guardia Civil incluirá cuatro palabras de reserva tras la polémica del “javaque”
La dificultad de algunos términos del examen del año pasado y las quejas de cientos de opositores llevó a la Dirección General a anular una pregunta

Fecha
01/10/20access_time 1:02

Aurelio Ruiz Enebra

Las pruebas escritas de las oposiciones de ingreso a la Guardia Civil no sólo tendrán la novedad de las medidas especiales para tratar de evitar contagios por coronavirus por la concentración de cientos de aspirantes.

La Dirección General también va a introducir cambios en la prueba de ortografía. Las modificaciones llegan después de que este examen provocara en 2019 las quejas de cientos de opositores, que vieron con sorpresa que les preguntaban por palabras como “halodio”, “frange”, “javaque”, “sallal”, “brial”, muy poco conocidas y por tanto de nulo en el día a día de un guardia civil.

Esto suscitó un movimiento para pedir a la Dirección General que repitiera el examen, también por la diferencia de nivel entre los exámenes celebrados en dos días distintos. Finalmente sólo se anuló una pregunta (lo que a su vez enfadó a otro sector de los examinados).

Algunos opositores recurrieron a despachos de abogados, que hasta encargaron a un filólogo que demostrara los fallos en el planteamiento de esos exámenes. El asunto llegó a la vía administrativa, y después a los tribunales.

Tras todo ese revuelo provocado en 2019, la Guardia Civil ha decidido curarse en salud y prever la posibilidad de que se vuelvan a anular algunas palabras.

La Resolución 160/38245/2020, que regula las pruebas selectivas de este año para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, introduce palabras de reserva en la prueba de ortografía.

Fuentes consultadas por Confidencial Digital señalan que esta es una novedad, será este el primer año que existan esas palabras de reserva.

La resolución de este año indica que la prueba de ortografía “consistirá en la realización de un ejercicio con diez frases numeradas del uno al diez, en las que se han subrayado cuatro palabras en cada frase con las letras A, B, C y D, debiendo señalar las palabras que presenten falta ortográfica”.

Hasta ahí, todo se mantiene como hace un año. La novedad es el añadido siguiente que se ha introducido este año: “Además se contestará una frase con cuatro (4) palabras de reserva subrayadas del mismo modo. Las palabras de reserva, solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario”.

Es decir, si no hubiera ningún problema, sólo se valorarán las diez frases primeras. Pero si hubiera problemas de nuevo y se llegara a anular una o varias palabras, entonces se sustituiría por las palabras de reserva.

Las pruebas escritas de las oposiciones se celebrarán (en principio) el 24 y el 25 de octubre.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1186 en: 05 de Octubre de 2020, 06:33:24 am »

OPOSICIONES A LAS FUERZAS DE SEGURIDAD
Los tribunales empiezan a tumbar también las entrevistas de acceso a la Guardia Civil
Hasta ahora la mayor parte de los recursos contra la validez de esta prueba eran ganados por policías nacionales en los juzgados, que empiezan a estimar también al cuerpo hermano

Autor
Roberto R. Ballesteros

04/10/2020 13:28 - Actualizado: 04/10/2020 13:52

Los tribunales empiezan a invalidar las entrevistas de acceso a la Guardia Civil. El Confidencial ha tenido acceso a dos sentencias que obligan al Ministerio del Interior a admitir en el cuerpo a otros tantos aspirantes que habían sido rechazados en la última prueba, un ejercicio que ya ha sido duramente criticado por los juzgados en el marco de los exámenes de ingreso en la Policía Nacional en no pocas ocasiones, pero que en el caso de la Guardia Civil aún no había sido abordado del mismo modo. La última de las resoluciones tuvo lugar el pasado 24 de septiembre en Granada.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estimó el recurso de un opositor que había superado con holgura todos los ejercicios pero que fue rechazado en la entrevista final y el 22 de septiembre de 2017 los evaluadoreso decidieron dejarlo fuera de la Guardia Civil. El aspirante recurrió inicialmente ante la Dirección General, que declinó su protesta y obligó al afectado a acudir a la justicia. "En efecto, la resolución recurrida carece de suficiente motivación", sentenció entonces el alto tribunal autonómico, que consideró que no quedó justificado el suspenso.

"El actor tomó parte en la fase de concurso y superó la de oposición con una puntuación de 8,78 en la prueba psicotécnica y un 113,45 en total; ambas resultan elevadas comparadas con los resultados de otros participantes que obran en el expediente", describió el fallo judicial. "No resulta razonable que con la entrevista se llegue a un resultado distinto al de las pruebas psicotécnicas y que no se haya motivado en absoluto qué se ha apreciado en esa entrevista que no se hubiera recogido en la prueba psicotécnica", agregó la sentencia, que criticó que ni siquiera existiera copia del controvertido ejercicio final en el expediente.

La resolución censuró asimismo que "los informes de los entrevistadores o de la junta de revision" no hicieran "referencia alguna a los criterios evaluadores". "La falta de motivación expuesta es contraria tanto a las exigencias derivadas de las normas sobre procesos selectivos como a la jurisprudencia que las interpreta", falló el Tribunal Superior de Andalucía, que también puso en evidencia los informes perciales. "Se examinó al actor realizándole distintas pruebas (hasta un total de 11...) y ello con el objetivo de estudiar los concretos aspectos en que la entrevista personal realizada durante el proceso selectivo había detectado carencias o deficiencias", subrayó la resolución, emitida tras el recurso interpuesto por el abogado Antonio Suárez Valdés.

Guardias civiles recién salidos de la academia. (EFE)
Guardias civiles recién salidos de la academia. (EFE)

La otra sentencia que dio la razón a un aspirante a ingresar en la Guardia Civil la publicó el pasado 29 de julio el Tribunal Superior de Justicia Aragón. La Sala de lo Contencioso censuró que el entrevistador no fuera un psicólogo del instituto armado. "Se trata probablemente de un guardia civil de la escala básica que no ha ejercido nunca su profesión como psicólogo y menos aún como psicólogo especializado en selección de personal y que por lo tanto, presumiblemente, no cuenta con la menor experiencia profesional en la materia", zanjó la resolución, que también criticó que el informe sobre la entrevista personal lo firmara un capitán que no participó en la prueba.

"Al no existir un soporte audiovisual de la misma y haberse practicado en un formato único e irreproducible, difícilmente podría haber aportado dato alguno sobre la misma ni sobre la aptitud psicológica del demandante", añadió el fallo, que argumentó de este modo que solo había una manera de ver la entrevista, en directo y estando presente en la misma. El alto tribunal aragonés reprochó que, cuando los examinadores dijeron que el opositor "no es sincero" o tiene una "historia de abandono o alta rotación laboral" como excusa para rechazarlo, están vulnerando "el derecho que la Constitución reconoce a todos los ciudadanos a encauzar su vida académica y mejorar sus expectativas formativas y laborales, "sobre todo en cuanto al ingreso en la administración", donde los evaluadores deben "ajustarse a los principios de mérito y capacidad".

Una sentencia cuestiona las pruebas psicológicas de oposiciones de media España
Roberto R. Ballesteros
Un juzgado censura que se delegue el control de la prueba en una empresa externa —la que hace todos los test del país—, que oculta correcciones y criterios para definir los perfiles psicológicos

"Una persona que lleva cuatro años preparando una oposición y presentándose a la misma en tres ocasiones demuestra una motivación clara en la vida que no es otra que la de superar la oposición para acceder a la escala de cabos y guardias", incide la sentencia para contrarrestar otro de los argumentos emitidos por los examinadores, que sostenían que el aspirante no contaba con suficiente motivación para entrar en el cuerpo. La sala llama la atención asimismo sobre que el recurrente superara la oposición -incluida la entrevista personal- en la siguiente oposición. "Resulta cuanto menos chocante que de una convocatoria a otra se le excluya y resulte apto en la misma prueba que pretende estudiar la adecuación psicológica del aspirante para el acceso", sostiene la resolución, que considera que esta paradoja "da una idea de la arbitrariedad del resultado".

En el ámbito de la Policía Nacional han sido ya varias las sentencias que han echado para atrás resoluciones administrativas que rechazaban a aspirantes a ingresar en el cuerpo porque no superaban la subjetiva prueba de la entrevista. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid publicó el pasado verano cuatro sentencias dirigidas a la que ya empieza a conocerse como la línea de flotación de los procesos de ascenso de la corporación. Cuatro mandos del instituto armado recurrieron a la justicia a través del Sindicato Profesional de la Policía (SPP) la decisión de la Dirección General de suspenderles por no superar la entrevista y el alto tribunal les dio la razón en bloque.

Las cuatro resoluciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo, con similar argumentación jurídica, fueron tan contundentes que, a juicio del SPP, pusieron en duda el sistema de ascensos que impera en el cuerpo, que es el que determina quién sube de categoría profesional y quién no con base en dos pruebas, un test psicotécnico y la mencionada conversación personal. Algunos de los cuatro que suspendieron la entrevista habían obtenido un 4,8 en el test psicotécnico, donde la nota de corte se había fijado en un tres.





Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1187 en: 19 de Octubre de 2020, 11:17:32 am »
h50 DIGITAL POLICIAL


Ingresa en la Policía Local a los 56 años


Por H50 Digital Policial -16/10/20201
- Publicidad -

 
Comparte ese artículo
Durante el día de hoy ha tenido lugar la presentación en el Ayuntamiento de la Villa de Moya (Gran Canaria) de cuatro agentes de nuevo ingreso. Un acto aparentemente normal, si entre ellos no se encontrara Valentín Peña, que a sus 56 años ha conseguido convertirse en policía local.


Imagen: Facebook Villa de Moya
Cuatro años llevaba Valentín tratando de acceder al Cuerpo, sin importarle su edad: “Son muchos años de esfuerzo, esto es como un regalo de los Reyes Magos”, admite ilusionado en una entrevista para TVE. “Los cincuentones estamos vivos”, recalca con orgullo.


 
Y es que para acceder al puesto que estrena mañana, este exempleado de banca tuvo que superar con éxito hasta 13 pruebas para finalmente alcanzar su sueño. Atrás quedaron 236 aspirantes que deberán seguir intentándolo.

¿”Bicho raro” o “ejemplo a seguir”? De estas dos maneras lo veían sus compañeros de oposición, tal cómo él mismo reconoce. Lo cierto es que con este caso se vuelve a reabrir la polémica sobre el límite de edad para acceder a los cuerpos policiales, suprimido por una sentencia del Tribunal Supremo en 2011.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1188 en: 29 de Octubre de 2020, 06:57:03 am »

Nueva polémica en la prueba de ortografía de la Guardia Civil: ahora, con la expresión “treinta y un”
Los opositores tenían que marcar si el termino estaba bien escrito, cuando hay académicos de la RAE que indican que hay hasta cinco formas válidas



Fecha
29/10/20access_time 1:02

Aurelio Ruiz Enebral

Ni la polémica del año pasado, con impugnaciones y recursos judiciales, ni la novedad de incluir de varias preguntas de reserva ha impedido que surjan polémicas en la prueba de ortografía de la oposición de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.

Los opositores fueron convocados este pasado fin de semana para realizar la prueba de conocimientos, la prueba de idiomas y la prueba de ortografía. Como en años anteriores, las pruebas de dividieron en dos días, pero este año con mayor número de sedes para así reducir la concentración de personas como medida para evitar contagios de coronavirus.

Confidencial Digital ha podido saber que de nuevo este año han surgido protestas de algunos opositores, por las mismas razones que el año pasado aunque en esta ocasión parece que el movimiento es menos numeroso.

Las quejas se centran de nuevo en que había palabras que se prestaban a la confusión, y que la dificultad fue notablemente mayor en el examen del sábado 24 que en el que hicieron los opositores que fueron convocados el domingo 25.
“Treinta y un”

“Treinta y un” y “veintiuno”: uno de los puntos de conflicto en esta ocasión hacen referencia a estos términos, que aparecían en una misma frase. Estaban subrayados, marcados junto a “dige” y “trajesen”, para que los opositores señalaban si esas palabras estaban escritas correctamente o no, y en caso negativo, que la escribiesen bien.

La plantilla de respuestas de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil indicó posteriormente que en “treinta y un” la contestación correcta era que estaba bien escrito, y por lo tanto no cabía corregirla.

El problema es que algunos opositores la marcaron como que estaba mal, y la corrigieron, poniendo “treintaiún” o “treintaiuno”. Consideraban que era la forma más correcta para que tuviese concordancia con “veintiuno”, que aparecía más adelante en la misma frase.

Sin embargo, poner que estaba mal escrito “treinta y un” y escribirlo de otra forma en principio va a ser considerado un fallo por la Jefatura de Enseñanza. Aunque en algunos foros y en conversaciones entre opositores algunos se plantean reclamar para que se anule esa palabra.

Se da la circunstancia de que hay un buen número de opositores que están justo al límite de los fallos máximos que se permiten, por lo que dar o no por buenas estas respuestas podría suponer la diferencia entre el “apto” y el “no apto”.

Eso está provocando consultas, preguntas y comentarios entre opositores y personal de las academias de preparación, tanto en foros especializados por en Twitter, sobre si caso que este año ocurra como en 2019, cuando la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil anuló la pregunta de “javaque” ante las quejas de cientos de opositores que empezaron a recoger firmas por la dificultad de muchas de las palabras incluidas en la prueba de ortografía.
Preguntas a la RAE

ECD ha podido saber que algunos opositores que marcaron como error “treinta y un” y la corrigieron han realizado consultas a la Real Academia Española para tratar de fundamentar sus quejas.

En algunos casos, lo han hecho a través de Twitter, ya que el perfil oficial de la RAE (@RAEinforma) mantiene el servicio #RAEconsultas, que con bastante agilidad resuelve dudas de los usuarios sobre cuestiones ortográficas, gramaticales y de otro tipo relacionadas con la lengua castellana.

Pero, además, algunos han llegado incluso a consultar con catedráticos y con académicos de la RAE para constatar si en castellano la forma “treinta y un”, en una frase donde también se utiliza “veintiuno”, es la más adecuada.

“La RAE admite hasta cinco formas de escribirlo”, es decir, no sólo “treinta y un”, como se preguntaba en el examen, sino también “treintaiún”, “treintaiuno”..., explican opositores consultados.

Incluso aseguran que algunos académicos, en consultas personales, les han indicado que no se cumple la concordancia entre “treinta y un” y “veintiuno”, por lo que sería correcto corregir la primera expresión.

Algunos de los aspirantes a ingresar en la Guardia Civil que se han visto afectados por este problema están recopilando información, jurisprudencia, textos oficiales en los que se utilizan términos similares, con previsión de impugnar esa palabra. Incluso formas de cómo se escriben números en la Constitución de 1978.

Por cierto, que algunos apuntan que no es nada habitual que entre las palabras a corregir en esta prueba se incluyan numerales.

Se prevé que este viernes 30 de octubre la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil publique las notas provisionales de las pruebas de este fin de semana. Entonces se abrirá un plazo de tres días para presentar impugnaciones.

El año pasado se anuló “javaque” a iniciativa de la propia Jefatura, que admitió esa queja, pero no otras preguntas. En este caso, si se anulara “treinta y un”, se valoraría una de las cuatro palabras de reserva.
Diferencias de dificultad

También hay opositores que, como en 2019, critican diferencias notables de dificultad entre el examen del sábado 24 y el del domingo 25. Del sábado, cuando se incluyó “treinta y uno”, subrayan que había términos menos de uso menos común (“jerifaltes”) que el domingo.

Pese a ello, por el momento no se ha producido un movimiento masivo de quejas como el año pasado, por palabras como “javaque”, que se anuló, pero también “halodio”, “frange”, “brial”... términos que sorprendieron a los opositores, que provocaron las quejas y que, de hecho, motivaron que el 43% de los examinados suspendieran por la prueba de ortografía.

Además, hubo diferencias destacadas entre los suspensos de una y otra prueba: suspendieron el 57% de quienes hicieron el test de ortografía el sábado, y el 31% el domingo. Eso avaló las quejas de que hubo un examen mucho más difícil que el otro.
Problemas en el psicotécnico

Además, este año se han producido también problemas en la prueba psicotécnica. En este caso se impugnó una pregunta en el examen del sábado, porque ninguna respuesta era válida, mientras que en el del domingo se espera que se invalide una pregunta por estar repetida.

De esta forma, si se anularan ambas, los dos turnos quedarían con 79 y no 80 preguntas, así que se les podría valorar en igualdad.
Somos ECD
Queremos escucharte y queremos que nos ayudes
Más en esta seccion
Cuatro de cada diez incautaciones de hachís se producen en el campo de Gibraltar
Cuatro de cada diez incautaciones de hachís se producen en el campo de Gibraltar
La ‘Marina’ de los Mossos compra tres lanchas de vigilancia
La ‘Marina’ de los Mossos compra tres lanchas de vigilancia
El juez envía a prisión a tres extranjeros por una agresión en el barrio madrileño de San Blas
El juez envía a prisión a tres extranjeros por una agresión en el barrio madrileño de San Blas
La Policía sigue de cerca el documental de Amazon sobre los GEO tras la polémica con ‘Antidisturbios’
La Policía sigue de cerca el documental de Amazon sobre los GEO tras la polémica con ‘Antidisturbios’
Comentarios
Somos ECD
Queremos escucharte y queremos que nos ayudes

Confidencial Digital

Todos los derechos reservados. Esta información es para el uso exclusivo de los lectores de Confidencial Digital. No está autorizada su difusión ni citando la fuente. Publicaciones Confidenciales. C/Naranjo 3, 1º Dcha 28039 Madrid. Teléfono:  +34 91 445 96 97
OpenNeMaS CMS by Openhost
Nos preocupamos por tu privacidad

Tratamos los datos para ofrecer contenido o publicidad, y medimos esta oferta para extraer información acerca de nuestro sitio. Compartimos esta información con nuestros asociados en función del consentimiento otorgado. Se podrá ejercer el derecho al consentimiento, en función de un propósito específico a continuación o a nivel de asociado, en el enlace bajo cada propósito. El consentimiento referido aquí es específico a nuestro sitio web.
Tanto nosotros como nuestros asociados tratamos los datos para proporcionar:

Almacenar o acceder a información en un dispositivo, Datos de localización geográfica precisa e identificación mediante las características de dispositivos, anuncios y contenido personalizados, medición de anuncios y del contenido, información sobre el público y desarrollo de productos.
Lista de asociados (proveedores)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1189 en: 16 de Noviembre de 2020, 10:11:14 am »

La Policía deberá admitir en la oposición a una aspirante excluida por haber padecido un tumor



El tribunal superior de Madrid recrimina a la Administración una ejecución “fraudulenta” de sentencias similares
MIGUEL GONZÁLEZ
Madrid - 15 NOV 2020 - 14:19 CET
Una agente del Cuerpo Nacional de Policía realiza un control en la estación de tren de Entrevías (Madrid) en septiembre pasado.
Una agente del Cuerpo Nacional de Policía realiza un control en la estación de tren de Entrevías (Madrid) en septiembre pasado.OLMO CALVO
La Policía tendrá que admitir en la oposición a una aspirante a la que eliminó por haber sido operada de un tumor si la sentencia dictada el pasado 15 de octubre por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se convierte en firme. La Administración tiene 30 días desde la notificación para anunciar si recurre ante el Tribunal Supremo. Los jueces subrayan que la joven debe hacer los test pendientes junto con los aspirantes de la convocatoria más próxima y en las mismas condiciones que ellos dado los “precedentes fraudulentos” en la ejecución de sentencias similares.

Ad
E. G. R. se presentó a las oposiciones para el ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía convocadas en abril de 2017, superando la prueba física y la de conocimientos. Sin embargo, al someterse al reconocimiento médico, fue eliminada por apreciarse una “cimentación quiste episiometafisiario de tibia izquierda por tumoración células gigantes extirpado quirúrgicamente” que, a juicio del tribunal, podía dificultar el desarrollo de la función policial.

La joven aportó cuatro informes médicos (incluido el de un traumatólogo especialista en tumores óseos del Servicio Aragonés de Salud) que acreditaban que la intervención quirúrgica a la que se sometió en 2011 para extirparle el tumor no le dejó ninguna secuela y no le impide ni limita el desarrollo de ninguna actividad física. Además, en las dos ocasiones en las que se presentó a las oposiciones para policía superó las pruebas físicas.

La Abogacía del Estado replicó que su afección podría agravarse con el desempeño de la labor policial y que la decisión del Servicio Sanitario de la Policía se encuadra en la “discrecionalidad técnica”.

El tribunal reconoce que al procedimiento se han aportado “informes médicos antagónicos” y que, según el Supremo, “deben prevalecer los dictámenes emitidos por tribunales médicos oficiales”. Sin embargo, subraya que los aportados por la joven coinciden en que la patología ha quedado completamente curada, sin que presente secuelas ni precise tratamiento; y destaca el informe de los médicos que realizaron “un seguimiento directo de la patología, su intervención y alta”, a los que, por su conocimiento directo del caso y su adscripción a la sanidad pública, presupone que actúan “de forma objetiva”.

Ad
Aunque la sentencia admite que “la exigencia de una especial capacitación física” para ser policía “es indiscutible”, reprocha al tribunal médico oficial que se limitara a constatar la patología de forma genérica, “sin valorar las especiales circunstancias del caso concreto ni el informe del servicio público aragonés de salud del que disponía”. Y que ni siquiera explicara por qué el haber padecido un tumor podría suponer una alteración del aparato locomotor y limitar la futura actividad policial “que es la verdadera causa de exclusión”.

En consecuencia, la sentencia estima el recurso de la joven y ordena que se le declare apta en el reconocimiento médico. Si superase las pruebas pendientes de la oposición (test psicotécnico), deberá incorporarse a la Escuela Nacional de Policía para seguir el periodo de formación.

Una vez superado este, agrega, deberá ser nombrada policía, en el puesto que le hubiera correspondido en la promoción de la convocatoria de 2017, “con la misma antigüedad y resto de efectos económicos y administrativos” que sus compañeros. Además, condena al pago de 800 euros de costas a la Administración.

“Precedentes fraudulentos”
Los jueces aprovechan para dar un tirón de orejas a la Administración al subrayar que la joven debe hacer los test pendientes junto con los aspirantes de la convocatoria más próxima y en las mismas condiciones que ellos, “dados los precedentes fraudulentos que hemos constatado en diferentes incidentes de ejecución de sentencias”, para así “garantizar, en la medida de lo posible, que presentan similares parámetros y criterios de evaluación”. Es decir, que se ha sometido a quienes ganaban en los tribunales a test más difíciles que a sus compañeros para forzar su eliminación.

El letrado de la joven, Antonio Suárez-Valdés, considera la sentencia “una gran noticia en la lucha por los derechos de quienes han padecido problemas oncológicos”, ya que limita el motivo de exclusión a las limitaciones presentes o futuras para el ejercicio de la profesión y no al hecho de haber padecido en el pasado un tumor como hace el actual cuadro de exclusión.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1190 en: 21 de Noviembre de 2020, 07:23:13 am »
Muchas. algunas....no me digan para donde barre el autor.
https://formacion.ideal.es/noticia/diferencias-entre-policia-nacional-policia-local-y-guardia-civil

Diferencias entre Policía Nacional, Policía Local y Guardia Civil

Alberto Flores / 20-11-2020

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se dividen en dos: por un lado está la Policía y por otro la Guardia Civil. Pero… ¿Conoces las diferencias que existen entre ellas? Te contamos todo lo que debes saber al respecto.


Si alguna vez has pensado trabajar como Policía o Guardia Civil, sabrás que debes enfrentarte a una dura oposición para conseguirlo. Y en este sentido, es posible que te hayas preguntado qué sería mejor para ti: la Policía Local, la Policía Nacional o la Guardia Civil. Así que, si es tu caso, vamos a ofrecerte los requisitos para presentarte a cada una de las oposiciones así como las funciones que desempeña cada cuerpo. De este modo podrás determinar cuál es el que más te gusta.

Funciones y requisitos para Guardia Civil

Primero hablaremos de la Guardia Civil. Se trata de un Cuerpo de Seguridad Pública que es de naturaleza militar y que cuenta con ámbito nacional. Como el resto de cuerpos de los que hablaremos hoy, forma parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Entre sus principales funciones nos encontramos la seguridad ciudadana, la seguridad vial, el control de armas, la lucha antiterrorista, la conservación de la naturaleza… Entre muchas otras más.

Existen varios tipos de Guardia Civil dependiendo de su función. Está el SEPRONA, encargado de dar protección a la naturaleza, la Unidad Especial de Intervención, el Servicio de Explosivos y Defensa, el Servicio Fiscal… Y, al ser una oposición, se deben cumplir con una serie de requisitos para poder participar en la convocatoria y entrar al cuerpo. Estos requisitos son los siguientes:

    Tener nacionalidad española.
    No contar con antecedentes penales o estar procesado o en procedimiento judicial por delito doloso.
    Estar titulado en ESO o equivalente.
    Compromiso de portar armas y utilizarlas si es necesario.
    Disponer del permiso B de conducir.
    Ser mayor de edad y no superar los 40 años.
    Carecer de tatuajes que estén contra los valores constitucionales o que puedan ser visibles con los uniformes de uso habitual.

Funciones y requisitos para Policía Nacional

Por su parte el Cuerpo de Policía Nacional cuenta con otro tipo de competencias. En concreto son las relacionadas con investigación de delitos, droga, delincuencia organizada, inmigración ilegal… Entre otros. Como sucede con la Guardia Civil, en la Policía Nacional existen diferentes especialidades como los TEDAX, los GEO, la Unidad de Intervención Policial o la Brigada de Investigación Tecnológica.

En este caso, los requisitos son similares a los de la Guardia Civil aunque es necesario contar con mayor formación a nivel académico. Te contamos cuáles son los requisitos para ser Policía Nacional:

    Tener nacionalidad española.
    Tener 18 años y no superar la edad máxima de jubilación.
    No haber sido condenado por delito doloso.
    Estatura mínima de 1,65 metros para hombres y de 1,60 metros para mujeres.
    No hallarse en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica.
    Poseer el carnet de conducir de clase B.
    Compromiso a portar armas y utilizarlas si es necesario.
    Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.

Funciones y requisitos para Policía Local

Por último hablaremos de la Policía Local, los conocidos como municipales. Se trata de un cuerpo que desarrolla su función en una localidad o municipio concreto. Pueden colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado si es necesario aunque sus funciones están relacionadas con la protección de autoridades locales, la dirección de tráfico en el núcleo urbano y la vigilancia de instalaciones municipales, entre algunas otras.

En este caso, los requisitos para poder acceder al cuerpo pueden variar en función del lugar de la convocatoria. Aunque por norma general los requisitos a cumplir suelen ser los siguientes:

    Tener nacionalidad española.
    Ser mayor de edad y no haber alcanzado el límite establecido en la convocatoria.
    Poseer el título de Bachiller o equivalente, aunque en algunos casos basta con el título de ESO.
    Contar con los permisos de conducción de clase A o A2 y B.
    Compromiso de portar armas y utilizarlas en caso de ser necesario.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1191 en: 23 de Noviembre de 2020, 07:06:22 am »

Los nuevos policías tendrán que saber inglés
Los aspirantes al ingreso en la Escala Básica deberán acreditar el nivel A2, según prevé la División de Formación

Fecha
23/11/20access_time 1:02


A.R.E.
La Policía Nacional avanza para exigir un nivel mínimo de idiomas (de inglés, principalmente) a los aspirantes al ingreso en el cuerpo y en algunas escalas superiores. Si hasta ahora acreditar el dominio de una lengua extranjera aporta puntos en el baremo, próximamente será un requisito indispensable.

Confidencial Digital ha podido saber que ese fue uno de los anuncios que hicieron a los representantes de los sindicatos policiales desde la División de Formación y Perfeccionamiento en una reunión reciente.

Desde la Confederación Española de Policía explican que esa división de la Dirección General de la Policía sorprendió a los presentes al anunciar que se exigirá ciertas titulaciones para acceder al cuerpo.
A2 para entrar en la Escala Básica

Concretamente, su plan es que los opositores al ingreso en la Escala Básica tengan que acreditar que tienen un nivel A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

En teoría ese nivel capacita a una persona para “comprender frases y expresiones de uso frecuente relacionadas con áreas de experiencia que le son especialmente relevantes (información básica sobre sí mismo y su familia, compras, lugares de interés, ocupaciones, etc.)”.

También permite “comunicarse a la hora de llevar a cabo tareas simples y cotidianas que no requieran más que intercambios sencillos y directos de información sobre cuestiones que le son conocidas o habituales”, así como “describir en términos sencillos aspectos de su pasado y su entorno así como cuestiones relacionadas con sus necesidades inmediatas”.
B1 para ser inspector

No sólo los aspirantes a agente de la Policía tendrán que acreditar un nivel A2. Quienes quieran acceder a la Escala Ejecutiva (que agrupa a inspectores e inspectores jefe) deberán aportar documentación de que cuentan con el nivel B1 del idioma correspondiente.

Alguien que tiene un B1 “es capaz de comprender los puntos principales de textos claros y en lengua estándar si tratan sobre cuestiones que le son conocidas, ya sea en situaciones de trabajo, de estudio o de ocio”, “sabe desenvolverse en la mayor parte de las situaciones que pueden surgir durante un viaje por zonas donde se utiliza la lengua”, “es capaz de producir textos sencillos y coherentes sobre temas que le son familiares o en los que tiene un interés personal” y “puede describir experiencias, acontecimientos, deseos y aspiraciones, así como justificar brevemente sus opiniones o explicar sus planes”.

Estos planes de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía los corroboran también desde otro sindicato, la Unión Federal de Policía (UFP), que añaden que además se pretende crear un Centro de Idiomas propio para los policías nacionales.
El vídeo del día
Arrimadas sobre el acercamiento de presos de ETA y elecciones catalanas.

Desde CEP denuncian que los mandos no han explicado hasta ahora ni cuándo ni en qué condiciones se creará ese centro de idiomas. Critican que estos requisitos de idiomas supondrán un obstáculo más en la carrera profesional de los policías nacionales, y lamentan sobre todo que quienes ya están preparándose para las oposiciones de los próximos años se encontrarán de pronto con un requisito añadido.

“¿Quién y cómo va a resarcir de los perjuicios a los opositores que actualmente se encuentran en las academias pagándose clases particulares para formarse lo mejor posible, con esfuerzo económico, personal y familiar? ¿Acaso la futura promoción XXXVIII de la Escala Básica tiene que soportar este tipo de ocurrencias sobrevenidas?”, subrayan.
Oposición a un cambio inmediato

Fuentes consultadas por Confidencial Digital explican que actualmente no existe ningún requisito de inglés ni de otro idioma para convertirse en policía nacional. Sí es cierto que existe una prueba, pero es voluntaria y la nota que se obtiene puede mejorar sensiblemente la calificación final para obtener o no plaza, pero no es indispensable.

Los planes de la División de Formación han causado cierta inquietud entre algunos sindicatos, que sobre todo se oponen a que este cambio se apruebe “de la noche a la mañana”, de forma que los opositores que ahora mismo están formándose en academias privadas para presentarse en 2021/2022 no tienen en cuenta que podrían tener que acreditar que tienen un nivel A2 de inglés, por ejemplo.

Critican también con dureza que “no tiene lógica que se exija internamente este requisito sin que la Dirección General de la Policía ofrezca ningún tipo de actualización en idiomas”. Es decir, que se pide un nivel B1 para convertirse en inspector, sin que haya todavía un Centro de Idiomas de la Policía Nacional en el que los agentes puedan sacarse el título de ese nivel.
Resistencia de los sindicatos

Por todas estas objeciones, muchos esperan que el proyecto no salga adelante, o que al menos se ralentice su entrada en vigor. En principio la intención del responsable de la División de Formación y Perfeccionamiento es que se empiece a aplicar en la promoción de 2021/2022, como se ha indicado.

Para que entre en vigor este cambio se tendría que incluir en una reforma del real decreto de procesos selectivos y formación en la que está trabajando la Dirección General. Pero, según indican desde CEP, este plan de introducir los idiomas como un requisito para las oposiciones de la Policía Nacional no cuenta aún con el apoyo de los órganos superiores.

Eso, unido a la resistencia de los sindicatos, hace pensar a algunos que al menos es complicado que el plan salga adelante a corto plazo, si bien admiten que a medio o largo plazo puede ser más viable. Recuerdan que ya en 2018 los mandos de Formación trataron de aprobar una medida similar, y el proyecto quedó paralizado por la oposición frontal de todos los sindicatos del cuerpos.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1192 en: 07 de Diciembre de 2020, 13:28:15 pm »

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1193 en: 21 de Diciembre de 2020, 07:25:34 am »


El PSOE pide revisar las enfermedades excluyentes para ser Policía en Santander y evitar «estigmantizaciones»

Ana Santurtún, ha presentado una moción para que sea debatida en el próximo Pleno de diciembre, en la reclama que se haga un análisis detallado de las condiciones

roberto ruiz
DM .
DM . Santander
Lunes, 21 diciembre 2020, 07:02

El PSOE en el Ayuntamiento de Santander solicita que se revise y actualice el cuadro de enfermedades excluyentes para ser Policía Municipal en Santander o para acceder al empleo público y evitar así «estigmatizaciones» a través de sus comunicados, convocatorias y normas.

En este sentido, la portavoz adjunta del PSOE, Ana Santurtún, ha presentado una moción para que sea debatida en el próximo Pleno de diciembre, en la reclama que se haga un análisis detallado con técnicos que examinen y estudien el listado de enfermedades que impiden ser Policía Local de la capital cántabra.

«No se puede limitar el acceso al empleo público sólo por el diagnóstico de una enfermedad, porque sería caer en el estigma e ir en contra de los avances en el conocimiento médico, debe hacerse atendiendo a parámetros clínicos», ha enfatizado en un comunicado.

Y es que, en las bases de las últimas convocatorias de la Policía Local de Santander se incluyen «numerosas enfermedades» que, atendiendo a la evidencia científica actual (tanto sobre la evolución de las enfermedades como sobre las estrategias terapéuticas) «deben estar sujetas al dictamen facultativo correspondiente y no ser en sí mismas una causa de exclusión», ha aseverado.

Para Santurtún, «la enfermedad de Crohn, la colitis ulcerosa, la enfermedad de Paget, y la hipotensión arterial son algunos ejemplos de los procesos que deben evaluarse en cada paciente y no estar en sí mismas especificadas en el cuadro».

Formar en salud

Según la edil del PSOE, dentro de las competencias del Consistorio debe entenderse como una prioridad «no sólo formar en salud para luchar contra el estigma asociado a numerosos procesos mórbidos, sino evitar generar una mayor estigmatización de las personas con enfermedad a través de sus convocatorias públicas».

En la moción se señala que «el estigma que rodea a muchas enfermedades, debido a numerosas características equivocadas que se atribuyen a las dolencias y a las personas que las padecen, empeora la calidad de vida de estas últimas, además de generarles un gran sufrimiento».

Tras reunirse con diversas asociaciones, ha resaltado que «son numerosos los colectivos de pacientes que vienen exigiendo que se tenga en cuenta el conocimiento científico-médico que avala la no discriminación a la hora de acceder a la función pública por el mero hecho de haber sido diagnosticado de una enfermedad».

La moción reclama empezar a trabajar «de inmediato» en la actualización de este cuadro de exclusiones, para que sea aplicable antes de que se publiquen las bases de nuevas convocatorias de empleo.

Una revisión que, a juicio del PSOE, debe ampliarse a convocatorias para otros cuerpos del Ayuntamiento que «tampoco son acordes al estado de la ciencia».

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1194 en: 26 de Diciembre de 2020, 07:25:12 am »
Venga, en 5 años ya puede pedir la segunda actividad

https://twitter.com/corporepol/status/1339651487400640521?s=19

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1195 en: 28 de Enero de 2021, 06:28:44 am »

Los opositores a Policía no quedarán excluidos por sufrir diabetes o asma
El Ministerio del Interior va a modificar el cuadro de enfermedades y causas médicas que impiden acceder al Cuerpo Nacional

Fecha
28/01/21access_time 1:02

A.R.E.
Quienes padezcan asma, diabetes y algunas otras enfermedades dejarán de tener vetada la posibilidad de convertirse en policías nacionales. El Ministerio del Interior tiene previsto cambiar el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en el cuerpo, que se aprobó en 1988.

Confidencial Digital ha consultado el borrador del “Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional”, que próximamente será aprobado por el Consejo de Ministros.

Hasta ahora, las causas de tipo médico por las que un opositor podía ser excluido al presentarse a las pruebas de acceso a la Policía Nacional se regulan por la Orden de 11 de enero de 1988 por la que se establece el cuadro de exclusiones médicas para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía.

Después de 33 años, el departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska considera que “la evolución de los conocimientos médicos, tanto en el diagnóstico como en los tratamientos desde el año 1988 [...] han dejado obsoleto algunos de los epígrafes del cuadro vigente”.

El Gobierno cambia las causas de exclusión

Una serie de causas como “la implicación de la sociedad civil (organizaciones sociales de enfermos o grupos) que compelen a las administraciones públicas a la mejora continua y permanente en sus actuaciones”, “la sensibilidad que desde el Ministerio de Sanidad se tiene respecto a las posibles discriminaciones por portar determinadas patologías” y “la experiencia de los asesores médicos que participan en los procesos de selección” llevaron al Gobierno a reformar las causas de exclusión.

El Consejo de Ministros aprobó el 30 de noviembre de 2018 un acuerdo “por el que se actualiza el catálogo de las causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público, que todavía opera en determinados ámbitos, como los referidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, proponiendo eliminar determinados diagnósticos y, en consecuencia, siendo pertinente la modificación de las normas reglamentarias correspondientes”.

Más de dos años después, Interior ha puesto en marcha el proceso para retirar de su normativa esas causas médicas de exclusión que indicó el Gobierno. Provisionalmente, desde la aprobación de ese acuerdo, el ministerio indicaba que en procesos como el ingreso a algunas escalas de la Policía Nacional “no será causa médica de exclusión la celiaquía, y respecto del VIH, la diabetes y la psoriasis, serán causa médica de exclusión en cuanto resulten incompatibles con la profesión policial motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente”.
Diabetes, asma, psoriasis... ya no eliminarán

Ahora el Ministerio del Interior va a aprobar un real decreto, para fijar el nuevo el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.

Interior acepta una serie de informes del Ministerio de Sanidad y de entidades sociales para retirar de su lista de exclusiones algunas enfermedades que hasta ahora provocan directamente el veto a un opositor a policía.

“Se propone el presente real decreto en el que, con respecto al cuadro de exclusiones vigente, se han modificado y ampliado las causas de exclusión y en muchos casos aclarado. Desaparecen diagnósticos como la diabetes, la psoriasis, la ulcera gástrica, asma, etc.”, se indica en la memoria que acompaña el proyecto de real decreto.

El texto del nuevo cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional que se pretende aprobar se menciona el asma, pero ya para ser considerada causa de exclusión será si es “asma bronquial persistente”, como una enfermedad obstructiva de las vías aéreas.

La diabetes ni se menciona, como tampoco la psoriasis, a diferencia de lo que ocurría hasta ahora, que sí eran causas de exclusión.

Índice de Masa Corporal

En la Orden de 11 de enero de 1988 no se menciona, pero en la web del Ministerio del Interior sí se establecen requisitos sobre el peso. Se fija como causa de exclusión la “obesidad o delgadez manifiesta que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo”.

Esa obesidad o delgadez se evalúa a través del índice de masa corporal (IMC), cuyo cálculo se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T2, donde P es el peso desnudo en kilogramos y T la talla en metros.

En base a esos cálculos, hasta ahora se indicaba que “no serán aptos/as aquellos/as aspirantes, que presentando características morfológicas de obesidad, tengan un índice de masa corporal superior a 28 en hombres y mujeres. En ambos sexos, dicho índice no podrá ser inferior de 18”.

El proyecto de reforma que plantea Interior para el acceso a la Policía Nacional introduce nuevos matices a la hora de valorar si un opositores cumple o no estos requisitos:

-- “El índice de masa corporal (IMC): No sobrepasará 28 ni será inferior a 18. Se podrán aceptar IMC superiores a 28 si objetiva y claramente se deben, no a un aumento de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta patología ni factores de riesgo sobreañadidos. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T², donde P es el peso de la persona aspirante desnuda en kilogramos y T la talla en metros”.

Es decir, se pueden aceptar excepciones de aspirantes con mayor índice de masa corporal, si se comprueba que no se debe a la grasa corporal, sino al músculo.

En todo caso, Interior explica que el texto no pretende enumerar todas las posibles enfermedades o problemas médicos. La clave es analizar dichas patologías en base a dos principios técnicos básicos:

-- Patologías incompatibles con la función de seguridad, uso de la fuerza y de armas, inherentes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tal como viene establecido en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

-- Patologías que se verían agravadas por el desarrollo del trabajo policial, tal como establecen todas las normas europeas y nacionales de prevención de riesgos laborales.

Las patologías que encajen en alguna de estas dos categorías impedirán ingresar en la Policía Nacional.



Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1196 en: 10 de Febrero de 2021, 16:48:45 pm »

La lucha de una inspectora contra la Policía por la "absoluta arbitrariedad" de las entrevistas en las oposiciones


La demandante fue declarada no apta en la entrevista tras pasar la fase anterior con una nota muy superior a la media
Una agente de la Policía Nacional, durante la investigación POLICÍA NACIONAL 09/11/2020
Una agente de la Policía Nacional, durante la investigación POLICÍA NACIONAL 09/11/2020 EP
Joaquín Vera

10/02/2021 06:00Actualizado a 10/02/2021 09:55
Una inspectora de la Policía Nacional, que durante su trayectoria profesional ha sido portavoz del cuerpo ante los medios de comunicación, ha logrado ganar una batalla en los tribunales después de que fuese suspendida durante la entrevista personal de una oposición para promocionar. El tribunal la declaró “no apta” después de que los examinadores concurrieran en “una absoluta arbitrariedad” al reconocer que estaba preparada para desempeñar las labores del futuro puesto, pero que la entrevista personal no fue “lo esperado”. Ahora, la Justicia le da la razón y un juez obliga a la Policía a declararla aprobada.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la que ha tenido acceso La Vanguardia recoge cómo la demandante se presentó a una oposición interna de la Policía Nacional para lograr una plaza como Inspector Jefe en la convocatoria de 2016, después de haber pasado por puestos como jefa de relaciones internacionales, de prensa o de Gabinete. El proceso selectivo constaba de tres fases: calificación previa o concurso, pruebas de aptitud profesional y curso de formación profesional.


La inspectora superó los test psicotécnicos con una puntuación de 5,4 puntos. Una nota considerablemente superior a la puntuación mínima que se fijó en 3 puntos. Sin embargo, en la entrevista posterior -motivo de la disputa- la demandante obtuvo un 57 cuando la nota de corte se situó en 60 puntos. Esos tres puntos de menos le hicieron emprender una batalla legal contra la Policía Nacional.

El recurso ante el 'no apto'
El informe de la evaluación sólo contenía "juicios subjetivos y mayormente genéricos”
En su recurso la agente alegó “la falta de motivación y justificación de la nota” de “no apto” en la entrevista personal. A lo largo del escrito argumentó que el informe de la evaluación no incluía criterios que permitieran conocer cómo se había alcanzado la nota. Además, añadió que los entrevistadores incurrieron “en una absoluta arbitrariedad”, ya que el informe de la evaluación contenía “únicamente juicios subjetivos y mayormente genéricos”.

La convocatoria especificaba que la fase de la entrevista personal es una técnica que permite contrastar los datos obtenidos a lo largo del proceso de selección y explorar aspectos concretos de la trayectoria profesional del candidato. Algo que a priori no le debería haber supuesto mayor dificultad a una aspirante que pasó la anterior parte de la oposición con una nota superior a la media y con buenas habilidades comunicativas, fruto del desempeño de sus tareas en el cuerpo de la Policía.


Sin embargo, en la evaluación “sólo constaba” valoración relativa al facto de la comunicación y la expresión oral. En concreto, tal y como recoge la sentencia, los examinadores se centraron en identificar su dificultad para dar coherencia a un relato”: “Del discurso enrevesado y atropellado de la candidata se desprendía cierta dificultad para sintetizar ideas, resumir, construir un relato ordenado, adaptándose a la situación, con abuso, incluso, del uso de conectores”.

El informe de la entrevista
Los evaluadores concluyeron que no poseía “habilidades comunicativas”
Finalmente, los evaluadores llegaron a la conclusión de que la demandante no poseía “habilidades comunicativas” o “dificultad” para desempeñar las principales funciones de un futuro inspector jefe, pero sí que lo manifestado durante la evaluación “no fue lo más esperable o acertado”. “No obteniendo, por ello, lo necesario para ser considerada apta en contra de otros candidatos que sí lo fueron”, añadieron.

Ante la falta de explicación, la demandante contrapuso un informe pericial psicológico tras someterse a la misma entrevista personal. El informe elaborado a instancia de la opositora destaca que es “emocionalmente estable, con confianza y seguridad en sí misma, resistente a la adversidad, competente, resolutiva, responsable” Además destacó su “habilidad para establecer contacto con otras personas, para entender los estados de ánimo de los demás y para interpretar las situaciones sociales”.


Con este informe psicológico, sumado a la insuficiente motivación del informe técnico de evaluación, la Sala que se ha ocupado del caso dice que no puede llegar a la misma conclusión que la resolución impugnada, “máxime cuando los resultados satisfactorios de las pruebas anteriores y del contenido de su trayectoria profesional”. De tal modo que acuerda dar la razón a la demandante y declararla apta en la entrevista personal y poder así comenzar el curso de formación principal que la lleve a ser nombrada Inspector jefe.

Antonio Suárez-Valdés, abogado de la inspectora de Policía recurrente, critica que en materia de ascensos, “las entrevistas personales vienen siendo utilizadas arbitrariamente como medio para otorgar las plazas a dedo”. Así, dice el abogado, dejan fuera de la carrera por el puesto “a aquellos aspirantes sin padrinos o que en el pasado hubieran resultado molestos para la institución”. Esta sentencia, a su juicio, viene a reconocer “la falta de rigor de este tipo de pruebas”

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1197 en: 11 de Febrero de 2021, 07:02:01 am »


EL ACTUAL SISTEMA, EN ENTREDICHO
El Supremo fijará doctrina sobre cómo valorar la personalidad de los opositores


El alto tribunal admite a trámite el recurso de dos policías forales que fueron rechazados en los test psicotécnicos y anuncia que aclarará cómo debe evaluarse el perfil del aspirante


Por Roberto R. Ballesteros
11/02/2021 - 05:00

Las pruebas psicotécnicas que los opositores tienen que superar en los exámenes de acceso a las fuerzas de seguridad suelen ser objeto de polémica. Los tribunales de oposición a veces no motivan suficientemente las razones que los han llevado a dejar a un aspirante fuera de la convocatoria por no haber superado esos test, que suelen arrojar las características de personalidad de los candidatos a acceder a la Policía Nacional, a la Guardia Civil o a cualquier otro cuerpo similar. Esos rasgos psicoprofesionales tampoco están definidos ni publicados con anterioridad a las pruebas, con lo que no es fácil que los opositores sepan qué modelo deben cumplir cuando se presentan a las mismas.

Esta situación de indefinición ha provocado que haya habido interpretaciones contradictorias incluso en los tribunales de Justicia a los que han apelado los opositores que han sido rechazados en estas pruebas e incluso que el Tribunal Supremo haya decidido tratar de sentar doctrina. La última instancia jurídica del país ha admitido a trámite el recurso de dos aspirantes a acceder a la Policía Foral de Navarra que fueron expulsados del proceso selectivo por estos test psicotécnicos. El Tribunal Superior de Justicia contradijo su recurso, pero estos apelaron al Supremo, que ha considerado necesario aclarar cuál debe ser la interpretación de la Justicia y sentar doctrina para que todas las instancias tengan una doctrina unívoca.

Los dos aspirantes alegaron que se habían vulnerado los principios de transparencia al no publicar el tribunal los criterios de evaluación y corrección de los test psicotécnicos antes de que comenzara el examen, algo que sí se produce en otras pruebas, como la teórica o la física. Además, sostuvieron que la calificación de no apto que ambos recibieron no venía acompañada por motivación alguna, pues el tribunal evaluador no hizo constar las razones que explicaban el suspenso. No consideraron suficiente que los responsables de las pruebas indicaran que ambos opositores no habían superado la puntuación prevista en el perfil profesiográfico.

El Supremo entiende que el recurso, dirigido por el abogado Ángel Galindo, "cumple las exigencias" legales para ser admitido a trámite. El alto tribunal analizará en concreto qué criterios deben imperar en las futuras decisiones judiciales en relación con "si una prueba de un proceso de provisión de puestos como el perfil profesiográfico, que define los rasgos a valorar en una prueba psicotécnica y sus sistemas de baremación, se ha de dar a conocer a los participantes en las pruebas selectivas con carácter previo" y a "cuál debe ser el contenido del deber de motivación de la declaración de no apto en una prueba psicotécnica en que se valoran rasgos o factores de personalidad y aptitudes y en qué momento debe exigirse tal deber".

La cuestión es de un elevado nivel técnico, pero en la práctica servirá para que los aspirantes a ingresar en un cuerpo de seguridad tanto a nivel nacional como autonómico o local sepan a qué atenerse, qué modelo de policía deben cumplir e incluso en qué momento deben exigir una motivación adecuada a esa calificación de no apto que les puedan colocar. Esta doctrina permitirá a los opositores preparar adecuadamente su formación previa e incluso interponer recursos más dirigidos hacia esa correcta interpretación que también los tribunales evaluadores deberán adecuar a la nueva jurisprudencia.

Así lo considera el propio letrado que ha redactado el recurso que ahora estudia el Supremo. La decisión que tome el alto tribunal, asegura Galindo, "va a ser de absoluta relevancia, pues va a decidir cómo tiene que valorar un tribunal calificador los rasgos de personalidad y la aptitud en las pruebas selectivas, una decisión que afectará a la valoración de las pruebas tanto psicotécnicas como de las entrevistas". Esta decisión, continúa el abogado, "será de aplicación a todos los procesos selectivos donde haya pruebas que valoren rasgos de personalidad y aptitudes" de entre los que se llevan a cabo en todo el país. Es la mejor forma, resume, de "despejar las sombras de arbitrariedad que recaen constantemente sobre la valoración de este tipo de pruebas, que sistemáticamente vienen anulando los tribunales de Justicia".

El propio Galindo es el representante legal de un grupo de decenas de candidatos a acceder a la Policía Nacional que fueron rechazados por suspender estos test psicotécnicos en la última convocatoria que ha tenido lugar. Todos ellos están aún pendientes de que responda la Administración, ante la que tienen obligación de interponer el primer recurso. La Dirección General de la Policía, sin embargo, aún no ha contestado a sus recursos, a pesar de que solo quedan unos días para que se celebre la siguiente prueba selectiva. "La fijación y publicidad de los criterios de corrección con carácter previo a la realización de las pruebas es condición necesaria para asegurar el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad", alegan los aspirantes a ser policías.

Galindo también representa a cientos de opositores que han recurrido ante la Justicia por otros aspectos controvertidos en el marco del proceso selectivo para acceder a la Policía Nacional, como la polémica entrevista que el tribunal hace a los aspirantes y que ha sido criticada por la aplicación de criterios demasiado subjetivos, el reconocimiento médico o la prueba de ortografía, que modificó la nota de corte en mitad del examen y provocó el recurso de miles de aspirantes. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de momento, ha admitido todos los recursos de los opositores.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1198 en: 18 de Febrero de 2021, 20:17:53 pm »


Los test psicotécnicos de la Policía, a debate: el TS dictará cómo evaluar el perfil de los opositores


MARCARÁ JURISPRUDENCIA

Dos suspensos en los test de personalidad recurren porque los rasgos a examen ni se definen ni publican
El Supremo admite a trámite el recurso y fijará doctrina para la oposición en cualquier cuerpo de Seguridad
El furgón que traslada al ertzaina detenido el pasado jueves por la Policía Foral en el municipio navarro de Areso como presunto autor de los disparos que causaron la muerte a un camionero, a su llegada a la Audiencia
Un furgón de la Policía Foral en el municipio navarro de Areso Propias
JOAQUÍN VERA, CARLOTA GUINDAL

18/02/2021 06:00Actualizado a 18/02/2021 14:04
3

La batalla en los tribunales de dos opositores a policía suspendidos en los test psicotécnicos llega al Tribunal Supremo. Los aspirantes fueron declarados “no apto” en la prueba de la oposición que evalúa las características de la personalidad de los candidatos y estos denunciaron la falta de transparencia en los criterios de este examen y la escasa motivación a la hora de suspenderlos. Ahora, llega su lucha al Alto Tribunal, cuya Sala de lo Contencioso ha decidido que va a entrar en el fondo del asunto para fijar doctrina sobre cómo debe ser valorada la personalidad.

La decisión que  adopte el tribunal será un hito porque de una vez por todas se determinará judicialmente cómo se deben fijar los criterios para las evaluaciones de las pruebas psicotécnicas y las entrevistas personales. En este caso concreto se revisarán los exámenes de la Policía Foral aunque fuentes jurídicas explican que la relevancia precisamente se encuentra en que se podrá crear jurisprudencia para el resto de cuerpos policiales tanto nacionales como autonómicos y otras oposiciones en las que se empleen sistemas similares de evaluación.


Los dos denunciantes se presentaron a la convocatoria de la Policía Foral de Navarra en 2017 por la que se convocaron 37 plazas. Ambos fueron declarados “no aptos” en los test psicotécnicos, una prueba que suele estar cargada de polémica en la mayoría de oposiciones porque, a diferencia de otras fases de la oposición como el examen de conocimientos o las pruebas físicas, no tiene fijados unos contenidos previos.

En el auto de admisión de la Sala de lo Contencioso, al que ha tenido acceso La Vanguardia, el tribunal establece que la jurisprudencia que se va a marcar va a determinar si en una prueba psicotécnica los participantes deben conocer previamente los factores concretos a valorar y su sistema de baremación, con su corrección correspondiente, "sin que este criterio admita excepciones".

Y por otro lado, fijar cuál debe ser el contenido del deber de motivación de la declaración de "no apto" en este tipo de pruebas en el que se valoran rasgos o factores de personalidad y aptitudes "y en qué momento debe exigirse tal deber".

Interpretar dos leyes y la Constitución
Para ello, el tribunal advierte que se entrará a interpretar la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y concretamente el artículo 55.2, que establece que las administraciones públicas seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales, como publicidad en las convocatorias, transparencia, imparcialidad, independencia, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar, y agilidad.


Asimismo, se revisará el artículo 35 de la Ley que fija el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en lo referente a la motivación de las pruebas; y el artículo 9.3 de la Constitución, que garantiza "el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos".

El siguiente paso que ha dado la Sala ha sido dar traslado a la Comunidad Foral de Navarra para que "en un plazo de 30 días" se pronuncie sobre el recurso planteado por la defensa de los dos policías.

Análisis de las emociones
Tal y como se recoge en el recurso presentado al Tribunal Supremo por el letrado Ángel Galindo, encargado de la defensa de los dos aspirantes, el informe de los test de personalidad de uno de los demandantes concluyó que tenía “dificultad para mantener el control externo e interno de las emociones con repercusión en sus conductas. No ha mostrado confianza en sus capacidades para manejar con calma y serenidad ante situaciones tensas o conflicto abierto. Ha exhibido dificultad para establecer relaciones con diversos tipos de personas”.


Con respecto al otro aspirante a policía que lucha en los tribunales, los profesionales observaron “dificultad para mantener el control externo e interno de las emociones repercutiendo en las conductas observadas. Ha exhibido una escasa disposición para poner en marcha las acciones necesarias encaminadas a la resolución de dificultades o conflictos de forma oportuna”. Ambos fueron declarados “no apto”. Y ahí empezó su batalla.

Los recurrentes, entre otras cuestiones, alegan la vulneración de los principios de publicidad y transparencia por la no publicación de los parámetros evaluativos y de los criterios de corrección de la prueba psicotécnica con carácter previo a su realización.

Sin motivación
La base de la convocatoria, dice el recurso, no fijaba en qué consistían las pruebas, ni los rasgos que se medían, ni el sistema de calificación de los rasgos, a diferencia de lo que sucede con la prueba teórica y con la física. Así, denuncian que “el perfil profesiográfico” no se publicó ni en el Boletín Oficial, ni en la web creada para esta oposición, ni tampoco se comunicó a los aspirantes antes de la realización de la prueba.

Además, los opositores sostienen que en la calificación de “no apto” no existe una clara motivación ya que no se especifican razones para esa calificación. Explican en el recurso que la motivación en este tipo de pruebas debe ser “especialmente intensa” por referirse a la evaluación de actitudes o conductas del aspirante, debiendo especificarse “qué rasgos del carácter del aspirante le incapacitan para el desempeño del puesto de trabajo” de policía foral.


La Sala de Navarra desestimó su denuncia alegando que no era posible la publicación del perfil profesiográfico porque “los test podrían ser objeto de estudio y aprendizaje, frustrando así la finalidad del ejercicio”. Pero recurrieron a la siguiente instancia, el Supremo, quien ahora ha admitido a trámite el recurso presentado.

Piden al Alto Tribunal que se pronuncie en este asunto por afectar a un gran número de situaciones, ya que esta misma es extensible, a su entender, a un gran número de procesos selectivos de acceso al empleo público que, en sus bases de convocatoria, se pronuncian en términos similares a las que se cuestionan en este recurso por incluir pruebas psicotécnicas, en las que se evalúan rasgos o factores de personalidad y aptitudes.

El Supremo deberá debatir entonces cuáles son los rasgos de la personalidad evaluables y su decisión, que creará jurisprudencia, afectará a miles de opositores que sueñan con una plaza en los cuerpos de seguridad de todo el territorio.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222527
Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1199 en: 02 de Marzo de 2021, 07:12:12 am »

Bajitos y viejos... o más bien... enanos y talludos?... en fin...

Menos policías, más mayores, y más bajitos


21 enero 2014

Policías navarros bajitos y viejos

Lo políticamente correcto nos cuesta caro




Sigo opinando que para ejercer esta profesión, a parte de una cabeza amueblada, que es lo verdaderamente importante, la envergadura del funcionario también ayuda, y lo que se propone es todo lo contrario, bajitos y viejos.


Propuesta altura para acceder a la Policía Nacional

La lucha de la policía nacional Marisa para que los 'pequeñitos' entren en el Cuerpo: "5 cm menos"
El Sindicato de Policía Unificado (SUP) lo reclama por ser más justo a través de su portavoz.
2 marzo, 2021 02:59l

Domingo Díaz

Las pruebas físicas de acceso a la Policía Nacional fueron un suplicio para Laura. Nada más llegar al pabellón de Ávila, se tumbaba en el suelo. Mientras el resto de opositores calentaban y preparaban sus músculos para la actividad, ella no podía activar los suyos: esperaba pacientemente la hora de medirse y debía mantener su cuerpo lo más erguido posible. Era su prueba de fuego. Si alcanzaba los 160 centímetros de altura, podría acceder. Si no, estaba fuera. En su cabeza, una y otra vez la misma pregunta: ¿seré mejor policía por medir un centímetro más?

Hace un par de años que la pregunta está sobre la mesa. Para ser Policía Nacional hay un requisito mínimo de altura: 160 centímetros para las mujeres y 165 para los hombres. En la Guardia Civil, hombres y mujeres pueden medir 5 centímetros menos para acceder al cuerpo. Ser militar también es posible midiendo 155 centímetros si eres mujer y 160 si eres hombre. No obstante, en este caso la salvedad es que si eres muy alto tampoco podrás acceder. Las fuerzas armadas piden una altura máxima de 203 centímetros para ser recluta.  :carcaj

Los ejemplos podrían seguir. La Ertzaintza exige a sus aspirantes lo mismo que el CNP. Los estamentos policiales municipales, aunque dependen de las Comunidades, generalmente son los más exigentes: 170 centímetros para los hombres y 165 para las mujeres.

Por el contrario, ya hay cuerpos policiales españoles que no exigen una altura mínima para pertenecer a ellos. A la vanguardia, Cataluña. Ha sido la primera en tomar medidas en este sentido. Las últimas pruebas para acceder a los Mossos d’Esquadra eliminaban cualquier requisito de altura. Igualmente lo hacían las plazas ofertadas por la Guardia Urbana.

En este sentido, los cuerpos policiales están reclamando otra equiparación. Al igual que debe ocurrir con el sueldo de los agentes, el tema de los límites de altura diferenciados para el acceso carece de sentido en los tiempos actuales. El SUP denunció la pasada semana la discriminación para las mujeres en la estatura mínima para el acceso al CNP, que se mantiene entre las más altas del resto de cuerpos.

Marisa, secretaria nacional de la FIC del SUP, considera que la altura no define a un policía. “Es un elemento discriminatorio y que está fuera de lugar para hombres y mujeres”, dice.

Desde la Federación de Igualdad y Conciliación (FIC) del SUP se propone encontrar una solución para este desequilibrio mediante el futuro reglamento de procesos selectivos y formación de Policía Nacional que, en su fase de elaboración por la Dirección General de Policía previa a la negociación con los sindicatos, sustituirá al actual Real Decreto de 1995.

“Dentro del cuerpo hay muchos puestos que no necesitan una altura mínima para ser desempeñados. En ciberseguridad, en atención a la ciudadanía o en una oficina en el 091…”, apostilla Marisa.

No obstante, es consciente de que en otros quizás sí: “Es cierto que en algunos grupos de acción o de seguridad ciudadana tipo UIP o UPR sí que a lo mejor podríamos mantener esa categoría como requisito, pero no la altura no es determinante para elegir un buen policía. Se podrían hacer otro tipo de pruebas. Una prueba de inteligencia, por ejemplo”.

Su intención y la del sindicato es eliminar de forma total este criterio. Como mínimo que se equipare al de Guardia Civil y Fuerzas Armadas: 5 centímetros menos para hombres y mujeres.

Una prueba más

El cuerpo humano se contrae a lo largo del día. Cuando nos levantamos por la mañana, cuenta Laura, medimos un par de centímetros más que por la tarde. Lo sabe desde que decidió presentarse para ser agente de la Policía Nacional en 2011 y tuvo que buscar crecer un centímetro por lo civil o lo criminal para acceder al cuerpo.

Laura mide 159 centímetros. Cuando se levanta, gana un par de centímetros, como todo ser humano. La explicación científica que da esta aspirante es que los discos intervertebrales se contraen a lo largo del día. Con el descanso, vuelven a recuperar su posición original. El cuerpo descalificado por la tarde puede aprobar por la mañana.

Ella preparaba, al igual que sus compañeros, todos los exámenes físicos y teóricos. Además, hacía lo propio con el tallaje. Masajes con un fisioterapeuta especializado y otros trucos para no caer en la prueba más fácil a priori.

“Tenía que dormir en el suelo desde dos semanas antes de las pruebas para estirar la columna. Al final, es contraproducente porque no descansas bien. Luego, al ser de Madrid, podía irme con mi coche la misma mañana, pero tenía que coger un hotel en Ávila  porque tenía que dormir el máximo posible. Cuando llegaba al pabellón, me lanzaba al suelo hasta que me midieran”, cuenta en conversación con EL ESPAÑOL.

La historia de Laura es sólo un ejemplo más de los que ocurren cada año. Para acceder a la Policía Nacional, las mujeres deben medir 160 centímetros; los hombres, 165 centímetros. Aquellos que no superen este primer corte quedarán excluidos de las pruebas. No podrán ser policías ni en la escala básica ni tampoco en la ejecutiva. Muchos aspirantes se quedan fuera por ser bajitos, sin que la altura esté acreditada como una aptitud sine qua non para cumplir con las funciones exigidas a un agente.

Laura se ha presentado hasta en 9 ocasiones. Algunas veces ha conseguido realizar las pruebas físicas. En otras ocasiones, ni eso. Le ha llegado a ocurrir que la medida pueda causarle problemas con apenas meses de distancia entre una prueba y otra. Como sabía que esto podía ocurrirle, esta opositora se presentaba a la escala básica y a la ejecutiva.

Reclama la importancia de la hora a la que te miden. No es lo mismo medirnos a las 2 de la tarde que hacerlo a las 7 de la mañana, recién levantados. Es tan injusto que una medida u otra no te capacita más o menos.

“Yo pienso que la estatura es una estupidez. A mí no me hace mejor policía. Hay muchas unidades. Si vas a ser antidisturbios quizás necesites una estatura para poder bloquear mejor, pero una persona de homicidios para qué necesitas una estatura”, reclama.

Laura llegó a pensar en presentarse a otros cuerpos, como la Guardia Civil. Ello significaba, no obstante, renunciar a las unidades que le gustaban. Quería acceder a la policía judicial o estar en la unidad de Patrimonio Histórico.

Además, denuncia que el trato que se le da a algunos aspirantes son una “vergüenza”. Si a la hora de medirte en el metro digital das justo, te pasan a una segunda prueba manual. “Te aprietan el medidor que parece que quieran bajarte un centímetro”, comenta. En conversación con este periódico narra cómo una vez incluso trataron de meterle un folio entre la planta de los pies y el suelo para asegurarse

Esta ya exopositora cree que no volverá a presentarse. Por eso lo denuncia, para que su caso no se vuelva a dar. “Cuando te dicen que no después de un año tan intenso, mínimo un mes estás mal”, comenta. Ella eliminaría cualquier límite: “Que sean más justos y que la discriminación no exista”.

El TSJUE, a favor de la eliminación

El Tribunal Superior de Justicia Europeo se pronunció a este respecto en 2017. “Aun suponiendo que todas las funciones ejercidas por la policía (…) exigieran una aptitud física particular, no parece que dicha aptitud esté necesariamente relacionada con la posesión de una estatura física mínima y que las personas de una estatura inferior carezcan naturalmente de dicha aptitud”, expuso el alto tribunal.

Tras esta resolución, las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil bajaron los límites mínimos para acceder a sus cuerpos cinco centímetros. Lo hicieron en 2019.

La eliminación total de la discriminación por altura ha ocurrido ya en el caso de los Mossos d’Esquadra o la Guardia Urbana recientemente. Hace un par de años, el Ayuntamiento de Madrid también pidió a la Comunidad eliminar la altura mínima en la policía municipal. Por lo tanto, parece que hay concordancia entre distintos estamentos de la sociedad con respecto a este tema. Como mínimo

La justicia española también ha golpeado duramente al requisito de altura. La última sentencia conocida al respecto la emitió el Juzgado contencioso-administrativo número 5 de Barcelona, por el proceso de selección a Guardia Urbana del año 2018. La magistrada entendía que este requisito vulneraba los derechos fundamentales de igualdad y acceso a la función pública de acuerdo con los principios de méritos y capacidad.

La jueza desestimó que la altura proyectara ante los ciudadanos un poder de disuasión en caso de conflicto: lo tachó de razonable, pero “el hecho de medir menos no implica que no se puedan seguir realizando las funciones con las mismas garantías de éxito”.