Autor Tema: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales  (Leído 108240 veces)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1240 en: 16 de Octubre de 2021, 11:12:39 am »
U lo que ha disho,con más razón que un santo, aunque las verdades duelan.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1241 en: 29 de Octubre de 2021, 10:59:11 am »

Urkullu impone el euskera a los nuevos policías locales y Bildu lo apoya para que no entre gente "de ultraderecha"


JOSEAN IZARRA
Vitoria
Actualizado Jueves, 28 octubre 2021 - 02:09
Comisiones Obreras denuncia ante la Justicia que se exija el conocimiento del vasco para participar en la formación de los agentes interinos

El Gobierno de Iñigo Urkullu ha decidido vetar la formación como policía municipal a los ciudadanos que no tengan acreditado el perfil B2 de euskera. Un obstáculo insalvable para cientos de aspirantes a integrar las bolsas de empleo que utilizan todos los ayuntamientos vascos para sustituir a sus agentes locales o reforzar puntualmente sus plantillas. El establecimiento de este filtro previo a la realización del curso de formación ha sido recurrido ante los tribunales por Comisiones Obreras, frente a las críticas de EH Bildu, que defiende la exigencia del euskera para evitar la incorporación de «aspirantes con vinculaciones a ideas ultra-derechistas y autoritarias».

Los ayuntamientos vascos cuentan con casi 3.200 policías locales y el conocimiento del euskera constituye un requisito en gran parte de las ofertas de Empleo Público que realizan los municipios. Pero el Gobierno vasco ha dado una vuelta de tuerca más en la imposición del euskera como filtro para quienes aspiran a ser policías interinos mientras esperan la convocatoria de plazas. 1.400 aspirantes iniciaron el pasado sábado las pruebas para acceder a un curso de formación del que se quedaron fuera, por primera vez, aquellos que previamente no consiguieron acreditar el nivel B2 de euskera.

Un requisito que Comisiones Obreras ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por discriminación lingüística. «Se veta tanto a quien sabe euskera y no lo ha acreditado como, especialmente, a quienes no saben euskera y podrían trabajar en ayuntamientos donde su uso no es el mayoritario», defiende César Merino, secretario general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras.


El sindicato vasco argumenta que la imposición del euskera para acceder a un curso de formación como policía local es contraria a la «filosofía básica» de la normativa vasca que vincula la exigencia del euskera a la realidad sociolingüística de cada municipio. «No tiene sentido que se excluya a aspirantes que pueden acabar trabajando en pueblos castellanohablantes porque no han acreditado un nivel alto de euskera», denuncia Merino, que se apoya en una polémica sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sobre unas oposiciones en Irun.


El controvertido fallo anuló las oposiciones a policía local utilizadas por el Consistorio socialista porque las 12 plazas de su OPE exigían el perfil B2. Los jueces vascos sentenciaron que no se puede exigir el conocimiento del euskera a todos los nuevos agentes cuando la población que habla euskera en Irun no supera el 8%. Su exigencia vulnera, según el TSJPV, el principio de igualdad para acceder a la función pública reconocido en el artículo 23 de la Constitución. El alcalde José Antonio Santano (PSOE) no aceptó esta sentencia que está recurrida en el Supremo.

El gesto de CCOO de facilitar que cualquier aspirante pueda acceder al curso de formación provocó duras descalificaciones de EH Bildu y el sindicato ELA. La coalición de Arnaldo Otegi atacó a CCOO porque, al no exigir como requisito el euskera, se facilita que «aspirantes con vinculaciones a ideas ultraderechistas y autoritarias colonicen la propia policía vasca».

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1242 en: 19 de Noviembre de 2021, 09:03:19 am »

El Tribunal de Derechos Humanos desestima la queja de un aspirante a policía excluido por su edad


EFE
Madrid
18 NOV. 2021 - 12:43


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluye que la demanda es inadmisible y manifiestamente infundada.


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado la demanda de un ciudadano residente en Madrid cuya candidatura para ser Policía Nacional fue rechazada seis veces consecutivas por tener más de 30 años y no fue compensado por ello.

El demandante, Javier García Espinar, cumplió 30 años en 2004 y hasta 2009 se presentó cada año a la convocatoria. Sus apelaciones ante el Tribunal Supremo tuvieron éxito.

El alto tribunal concluyó que el demandante "había sido discriminado debido a su edad", al no poder participar en el concurso de plazas para policía nacional.

La resolución señaló que "tenía derecho a no ser excluido del proceso de contratación y a que se le permitiera presentarse y, en caso de superar todas las pruebas, ser nombrado agente de policía con efecto retroactivo".

En cada ocasión, la Policía Nacional invitó a García Espinar a tomar parte en una convocatoria especial, cuya primera prueba era un examen de aptitud física. Por diferentes razones, el demandante nunca participó en esas pruebas.

En todas ellas presentó recursos y solicitó a los tribunales que declararan "no ejecutables" las sentencias del Tribunal Supremo, con el fin de "concederle una compensación económica por no haber podido aplicar en primer lugar la convocatoria".


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, encargado de la ejecución del fallo del Supremo, instó a García Espinar a presentar argumentos sobre sus ausencias en las convocatorias especiales y le advirtió que si no lo hacía, consideraría la sentencia ejecutada.

El demandante argumentó que no se podía dar el fallo por ejecutado, ya que "sería injusto comparar sus resultados en 2013 con los obtenidos por los demás en 2005".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la sentencia por ejecutada el 14 de diciembre de 2012 y rechazó posteriormente el recurso de reposición que presentó el demandante y le obligó al pago de las costas.

La Comisión de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad de Madrid rechazó su solicitud en 2014 porque "tenía suficientes recursos para litigar".

Sus posteriores recursos legales fueron rechazados.

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El TEDH concluye que la demanda es inadmisible y manifiestamente infundada, y que los tribunales españoles "no restringieron la esencia misma del derecho del demandante de presentar un recurso".

Añade que "la autoridades fueron diligentes al informar al demandante de los pasos a seguir para ejecutar las sentencias" y que las decisiones adoptadas "no parecen plantear ningún problema en cuanto a su carácter razonable o justificado".



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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1243 en: 23 de Diciembre de 2021, 19:51:21 pm »
No distingue el verde con.nitidez, sin embargo el juzgado...


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado el recurso interpuesto por Pedro Fortún Chocarro, opositor a la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, y ha ordenado que se le considere «apto» para que le hagan la entrevista personal consiguiente así como los test psicotécnicos, pese a sufrir una condición leve en su visión que le impide percibir el color verde.

Es lo que se denomina discromatopsia. En este caso, por ser una discromatopsia congénita que también recibe el nombre de daltonismo.

El tribunal reconoce «el derecho del recurrente a ser declarado ‘apto’ en el reconocimiento médico, y por tanto a que se le realicen la entrevista personal y los test psicotécnicos, con los mismos parámetros y criterios seguidos en la convocatoria a la que concurrió (…)», dice la sentencia 608/2021, de 2 de diciembre.

«Caso de ser declarado apto, el mismo, en la entrevista reseñada, y de recibir la puntuación suficiente en los tests psicotécnicos para la adjudicación de una de las plazas convocadas, tendrá derecho continuar el resto del proceso selectivo hasta su finalización, es decir deberá ser convocado para incorporarse a la Escuela Nacional de Policía», añade en su fallo el TSJM.

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NO SUPERÓ EL RECONOCIMIENTO MÉDICO
Fortún Chocarro, que se presentó a las oposiciones de 2018 a dicha Escala, fue descartado al no superar el reconocimiento médico que le realizaron por «incurrir en la causa de exclusión 4.1.6. : ‘discromatopsia objetivada mediante realización test Ishihara'». Causa contemplada en la Orden de 11 de enero de 1988.

Recurrió dicha decisión ante el director general de la Policía, en recurso de alzada, que fue desestimada.

El aspirante a policía presentó, en consecuencia, este recurso ante el TSJM, bajo la dirección letrada de Antonio Suárez-Valdés, socio director del Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, especializado en este campo.

El tribunal de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, presidido por María Jesús Muriel y compuesto por los magitrados Elvira Adoración Rodríguez Martí, Ignacio del Riego Valledor, Santiago de Andrés Fuentes y Manuel Ponte Fernández, ponente, ha fallado a favor de Fortún Chocarro con esta sentencia, en la misma línea que otras anteriores.

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LA JURISPRUDENCIA DEL SUPREMO Y DEL TSJM «DISIENTEN» DE LAS EXCLUSIONES ESTABLECIDAS POR LA POLICÍA NACIONAL
Los cinco magistrados admiten que la Orden de 11 de enero de 1988 especifica las discromatopsias como causas de exclusión definitiva para entrar en el Cuerpo Nacional de Policía, sin incluir graduaciones ni modulación alguna.

«Sin embargo, la Sala (…) no comparte esta conclusión», afirman.

Y citan la sentencia del Supremo de 7 de abril de 2015 que, resolviendo asuntos similares, decía que «las causas de exclusión han de considerarse en función de si, efectivamente, inhabilitan, menoscaban o dificultan el ejercicio de los cometidos propios, en este caso, del Cuerpo Nacional de Policía».

Una línea que sigue el tribunal siguió en su sentencia de 24 de junio de 2021: «La apreciación de una patología, en este caso una discromatopsia, requiere, para poder considerarse causa de exclusión definitiva, presentar caracteres de intensidad suficientes como para revelar una inidoneidad para los cometidos a desarrollar en el Cuerpo, Escala o Categoría a que se aspira, por falta de aptitud a dichos concretos y específicos fines».

Afirman que no es el caso.

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Porque en el reconocimiento médico que le hicieron a Fortún Chocarro en la Policía no determinaron «el grado de afectación de la patología ni la medida en que la misma presenta la gravedad o intensidad suficiente» que impida que vaya a realizar bien su trabajo.

Se presume, por lo tanto, que con esa condición, el aspirante podría cumplir con sus obligaciones policiales sin problemas.

DESVIRTUADA LA PRESUNCIÓN DE ACIERTO Y VERACIDAD DEL SERVICIO MÉDICO DE LA POLICÍA
Además, refieren que el aspirante a policía aportó varios informes oftalmológicos, como prueba pericial, de los que se desprende que presenta «una
discromatopsia del tipo deuteranomia leve, referida a la dificultad de percibir el color verde».

La clave está en el adjetivo «leve».

De acuerdo con el artículo 348 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los dictámenes periciales tienen que valorarse según las reglas de la sana crítica.

«La Sala entiende desvirtuada la presunción de acierto y veracidad del dictamen técnico de la Administración (el servicio médico de la Policía Nacional), en la medida en que se limita a describir una patología sin referencia a su intensidad ni a su incidencia en el desempeño concreto de la función policial», subrayan.

Y concluyen: «Por tanto, la Sala considera que nos encontramos en el ámbito de control de los hechos determinantes de la aplicación de una potestad discrecional –en este caso, discrecionalidad técnica- para llegar a la conclusión de que la evidencia fáctica alcanzada no sustenta la exclusión del recurrente en virtud de la circunstancia apreciada por la Administración, debiendo ser estimado el recurso contencioso-administrativo».

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1244 en: 23 de Diciembre de 2021, 19:58:58 pm »
«Caso de ser declarado apto, el mismo, en la entrevista reseñada, y de recibir la puntuación suficiente en los tests psicotécnicos para la adjudicación de una de las plazas convocadas, tendrá derecho continuar el resto del proceso selectivo hasta su finalización, es decir deberá ser convocado para incorporarse a la Escuela Nacional de Policía», añade en su fallo el TSJM.


Ahí estará la clave, que ha de ser declarado apto en la entrevista y obtener la suficiente puntuación en los psicotécnicos. . . así que ya veremos, puede que tenga que llevar también la entrevista al contencioso. . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1245 en: 28 de Diciembre de 2021, 07:54:11 am »

Portugal incluirá prueba a futuros policías para evitar vínculos con extrema derecha
Por The Clinic

27 de Diciembre, 2021

“Uno de los aspectos que hemos identificado y donde hay alguna necesidad de intervención es el tema de la discriminación, que no puede incluirse en un gran crisol de derechos humanos, porque los derechos humanos lo son todo”, explicaron las autoridades de Portugal sobre la medida.
COMPÁRTELO
Según informó la Inspección General de Admiración Interna de Portugal (IGAI), las pruebas a futuros policías incluirán un test de personalidad para descartar nexos con ideologías de extrema derecha.

Los nuevos criterios para seleccionar personal para las policías portuguesas comenzarán a regir desde 2022.

Los lineamientos de esta medida estarán incluidos en el Plan de Prevención de la Discriminación en las Fuerzas y Servicios de Seguridad. El documento fue aprobado en marzo de este año y está “prácticamente ejecutado”.

Anabel Ferreira, inspectora general de IGAI y una de las encargadas de este plan, señaló que esta medida apunta a fortalecer el Estado de Derecho.

“Lo que estaba previsto en el plan era definir y reforzar criterios de reclutamiento para poder evitar comportamientos contrarios al estado de derecho, falta de empatía, agresividad”, explicó Ferreira al medio portugués “Público“.

Por su parte, José Vilalonga, subinspector de la IGAI, planteó la necesidad de contar con una medición de quienes se unen a las fuerzas policiales. En este sentido detalló que el plan está focalizado en el análisis de personalidad de los postulantes.

“Se realizaron cambios en los métodos de contratación, insertando algunos campos de análisis relacionados con aspectos de personalidad que intentan evaluar cuestiones como el nivel de empatía y adherencia a los valores del Estado de derecho”, afirmó.


De la misma forma, desde la IGAI recalcaron la importancia del respeto a los derechos humanos por parte de las instituciones policiales.

“Uno de los aspectos que hemos identificado y donde hay alguna necesidad de intervención es el tema de la discriminación, que no puede incluirse en un gran crisol de derechos humanos, porque los derechos humanos lo son todo”, señalaron.

La medida se complementará con cursos de capacitación a funcionarios policiales activos sobre casos específicos de discriminación.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1246 en: 28 de Diciembre de 2021, 09:36:23 am »
Harán lo mismo con los jueces? . . . con los fiscales?. . . prohibirán los partidos políticos de esa ideología?. . . cuidado, se meten en un jardín peligroso, se empieza por la policía y se termina por decir a qué partido hay que votar. . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1247 en: 28 de Diciembre de 2021, 17:22:59 pm »
Y los vínculos con la extrema izquierda, malo malo.
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1248 en: 03 de Enero de 2022, 08:48:58 am »

SEGURIDAD
La justicia declara apto a un opositor a la Policía Nacional descartado por un problema cardíaco


Fue rechazado por una afección en la arteria aorta y llevar una prótesis, pero el aspirante ha demostrado que no le incapacita o limita para las funciones del puesto


FECHA
03/01/22access_time 1:03

Paloma Garrido González 
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara apto en el reconocimiento médico del proceso selectivo a la Escala Básica de Policía Nacional, que fue excluido por un problema cardíaco.


El aspirante ahora tendrá que superar los test psicotécnicos y la entrevista personal para ingresar en la academia de Ávila.

La causa de la exclusión
El 11 de abril de 2019 el Tribunal Calificador del proceso selectivo de ingreso en la Escala Básica de la Policía Nacional declaró no apto al recurrente al no superar la prueba del reconocimiento médico.

El tribunal argumentó que incurría en la causa de exclusión 4.3.3. del Cuadro de exclusiones médicas para ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía al habérsele diagnosticado el reconocimiento médico que se le efectuó “Dilatación moderada de aorta y leve de cayado aórtico. Prótesis biológica en posición aórtica normofuncionante”.

Tras ser declarado no apto por esta causa, el aspirante a policía reclamó a la justicia ser declarado apto en el reconocimiento médico y que se le valorasen la entrevista personal y el test psicotécnico para concluir el proceso selectivo.

¿Puede desempeñar las funciones policiales?

Defiende que la causa de exclusión prevista en el apartado 4.3.3. no prevé en ningún momento la dilatación moderada de aorta ascendente ni referencia al cayado aórtico, ni que dichas circunstancias puedan limitar o incapacitarle para realizar la función policial. Además, alega que no fue sometido en ningún momento a ninguna prueba cardiológica que pueda sustentar su exclusión.

Por su parte, la Administración argumentó que el aspirante resultó en el reconocimiento médico no apto para el eventual desempeño de las funciones policiales al padecer una patología cardiovascular que le impide o dificulta el ejercicio de las funciones policiales.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid constata que el texto configura las patologías o lesiones cardiovasculares como causas de exclusión definitiva; sin embargo, el apartado de las exclusiones médicas establece una graduación de la misma al exigir que las mismas puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

Por otro lado, el recurrente aporta dos informes médicos, emitidos por dos facultativos diferentes, en los que se constata la inexistencia de contraindicación alguna relacionada con cualquier actividad física, incluida la policial, a los que se une el informe pericial aportado con la demanda, realizado por un especialista en medicina intensiva y cardiología tras examen médico.

 


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Derecho a ser declarado apto
El tribunal concluye reconociendo el derecho del recurrente a ser declarado apto en el reconocimiento médico, y por tanto a que se le realicen la entrevista personal y los test psicotécnicos, con los mismos parámetros y criterios seguidos en la convocatoria a la que concurrió el ahora demandante, en el caso de que ambas pruebas no hubieran sido realizadas o que, realizadas, no pudieran valorarse.

La sentencia contempla que si el aspirante superase las pruebas restantes tendrá derecho a continuar el resto del proceso selectivo hasta su finalización, es decir, deberá ser convocado para incorporarse a la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, para lleva a cabo el período práctico de formación de carácter selectivo previsto en la propia convocatoria.

En caso de superar dicho periodo, el recurrente deberá ser nombrado Policía del Cuerpo Nacional de Policía, escalafonándosele en el puesto que le hubiera correspondido en la promoción saliente de la convocatoria en que participó, con la misma antigüedad y resto de efectos económicos y administrativos que los obtenidos por quienes superaron la convocatoria.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1249 en: 09 de Febrero de 2022, 07:49:55 am »

Marlaska obliga a los nuevos agentes a pasar por el aro del feminismo radical

OKDIARIO
09/02/2022 06:50 ACTUALIZADO: 09/02/2022 06:50

Los exámenes de acceso a la escala básica de la Policía Nacional  se han convertido en un interrogatorio para medir el conocimiento que los aspirantes a agentes tienen de las políticas impulsadas por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero. Un ejemplo: «¿Cómo se denomina al instrumento promovido por el Ministerio de Igualdad para implicar al conjunto de la sociedad en la lucha contra la violencia machista y extender la información necesaria para saber cómo actuar ante un caso de violencia contra las mujeres? A) Punto rosa. B) Punto rojo. C) Punto violeta».

Es decir, aquel opositor que no conozca al detalle las mamarrachadas del Departamento de Igualdad no estará en condiciones de responder, por ejemplo, a otra de las preguntas: «Dentro de la definición de “género” no-binario o genderqueer se pueden incluir como tipo de modalidades para expresar su género: A) Agénero, bigénero, tercer sexo, transgénero y género fluido. B) Género binario. C) Agénero, segundo sexo y transfóbico”. Lo de lo no binario o «genderqueer» es para nota.

O sea, que Marlaska mide la capacidad de los futuros agentes por el grado de implicación que tengan con las medidas puestas en marcha por Irene Montero.  Y es que las preguntas, más que otra cosa, lo que hacen es promocionar un ministerio concreto, rezumando un sesgo ideológico que tira para atrás.  Y es que una cosa es preguntar por medidas de sensibilización, protección y detección relacionadas con la violencia de género y otra, bien distinta, obligar a los futuros agentes a que conozcan al detalle todas las propuestas, informes y estudios promovidos por un Departamento que ha malgastado millones de dinero público en llevar su feminismo radical a la cumbre más alta del sectarismo ideológico.

Otra pregunta: «La sede del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) se encuentra en: A) Praga (República Checa). B) Bucarest (Rumania). C) Vilna (Lituania)”. Manda narices.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1250 en: 09 de Febrero de 2022, 11:40:48 am »

Oposiciones a Policía: adiós a la polémica prueba de ortografía



09 de febrero de 2022 - 10:49
(Actualizado: 09 de febrero de 2022 - 10:50)
EFE
La Dirección General de la Policía eliminará el polémico examen de ortografía como prueba de selección excluyente en las próximas oposiciones para acceder a Policía Nacional, aunque esta materia se evaluará dentro de la prueba de conocimientos.


A través de una orden ministerial, la Dirección General de la Policía ha actualizado la norma que regula las bases de las convocatorias de ingreso en la Policía Nacional y ha modificado la normativa de 1989 que desarrollaba el Reglamento de Ingreso, Formación, Promoción y Perfeccionamiento de Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.

En concreto, ha eliminado como prueba de selección excluyente el polémico examen de ortografía, que había sido denunciado en múltiples ocasiones por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) y la Confederación Española de Policía (CEP).

Frustración entre los opositores a Policía Nacional por la prueba de ortografíaFrustración entre los opositores a Policía Nacional por la prueba de ortografía
Frustración entre los opositores a Policía Nacional por la prueba de ortografía
De hecho, ya en 2017 el Ministerio del Interior anuló esta prueba dada su complejidad, pues el examen se componía de cien palabras, entre ellas algunas en desuso como "yuyo", "champurrear" o "diunvirato".

Una decisión que se adoptó tras las quejas recibidas por los aspirantes a ocupar una de las plazas de la escala básica de Policía que se examinaron de esta prueba, que consistía en corregir en ocho minutos qué palabras de un listado de cien estaban bien escritas y cuáles no.

Según ha informado en un comunicado la Dirección General de la Policía, esta actualización conllevará una selección "más eficaz" basada en los principios de mérito, capacidad, publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica a través de un cuestionario de preguntas relacionadas con la función policial que se determinen en la convocatoria.

Cómo podemos acceder a una plaza de Empleo Público como Policía NacionalCómo podemos acceder a una plaza de Empleo Público como Policía Nacional
Cómo podemos acceder a una plaza de Empleo Público como Policía Nacional
El tribunal será el encargado de elaborar el conjunto de cuestiones para cada una de las materias encuadradas en las áreas de ciencias jurídicas, sociales y técnico-científicas y conocimiento general y de lengua extranjera.

Además, serán las bases de la convocatoria las que determinarán el número máximo de aspirantes aptos en la prueba de conocimientos, que coincidirán con las mejores calificaciones obtenidas, ordenadas de mayor a menor.

Por último, se mantendrá el idioma voluntario en el acceso a la categoría de inspector por oposición libre, distinto al escogido en la prueba de conocimientos, con lo que la valoración del dominio de la segunda lengua seguirá incrementando la nota final una vez superado el proceso selectivo.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1251 en: 09 de Febrero de 2022, 11:41:33 am »
En mi opinión.. un error

Haber y a ver, ahí, hay, ay..y más, se suceden en los textos sin saber como usarlos

Y es la redacción el arma más efectiva de un policía, eso..y...saber expresarse en público.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1252 en: 09 de Febrero de 2022, 15:02:02 pm »
Si la prueba se ortografía pasa a estar dentro de la de conocimientos. . . no desaparece, cambia de ubicación. . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1253 en: 09 de Febrero de 2022, 15:07:37 pm »
Si la prueba se ortografía pasa a estar dentro de la de conocimientos. . . no desaparece, cambia de ubicación. . .

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Pero pierde peso.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1254 en: 09 de Febrero de 2022, 15:12:31 pm »
Porque no es eliminatoria, pero la ortografía también ha perdido peso socialmente, antes todos llevábamos papel de carbón para las copias de la minutas, que o se hacían a mano, o en máquina de escribir, todo el procedimiento de generación de documentos era artesanal. . . eso ya es historia, ahora con los ordenadores y los procesadores de texto, los errores ortográficos han desaparecido, todos tienen corrector, por eso la ortografía ha perdido peso. . .

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1256 en: 09 de Febrero de 2022, 19:16:59 pm »
A ver hestudiao.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1257 en: 12 de Febrero de 2022, 08:11:43 am »
El titular se las trae.

Ya no será necesario escribir correctamente para ser policía


https://www.canarias7.es/nacional/necesario-saber-escribir-20220209115629-ntrc.html

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1258 en: 12 de Febrero de 2022, 12:54:16 pm »
Yo apostaría por el sentido común. Que entre el que más vale, independientemente de su edad, sexo, altura etcetc
Que luego mide 1'50cm, pues para mi no podría estar en unidades de calle, los requisitos de altura, edad y todo eso los marcaría para entrar en las distintas unidades.
Por ejemplo, no necesitas a un tio de 1'90 en científica, no obstante en Zetas pues lo agradeces.
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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #1259 en: 12 de Febrero de 2022, 16:25:01 pm »
Muy de acuerdo