Autor Tema: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales  (Leído 108279 veces)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #880 en: 19 de Febrero de 2014, 20:18:25 pm »
o el de las jirafas que propone... :bote

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #881 en: 18 de Marzo de 2014, 10:00:43 am »

Anulan el requisito de 35 años para ser policía local de Sevilla

El Ayuntamiento de Sevilla no ha aportado la "justificación necesaria" para poder impedir el acceso al cuerpo a los mayores de 35 años, más aún cuando se admite que se puedan desempeñar esas funciones hasta los 55 años.
EFE

17 marzo 2014 -


El Tribunal Supremo ha confirmado dos sentencias anteriores que anularon, por discriminatoria, una convocatoria de plazas en la Policía Local de Sevilla que limitaba a 35 años la edad máxima para concurrir.

policialocalUna sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, dice que el Ayuntamiento de Sevilla no ha aportado la “justificación necesaria” para poder impedir el acceso al cuerpo a los mayores de 35 años, más aún cuando se admite que se puedan desempeñar esas funciones hasta los 55 años, edad de pase a la segunda actividad.

La convocatoria del Ayuntamiento para 56 plazas de policías locales incluía el requisito de que el candidato tuviera menos de 35 años y fue recurrida por el Sindicato Profesional de Policías Municipales (SPPM) en Andalucía, cuyo secretario de Organización, Santiago Raposo, ha dicho a Efe que su organización “ha sido la única que le ha plantado cara a la Junta de Andalucía en este sentido y ha ganado unas diez sentencias en los tribunales contenciosos administrativos en contra del límite de edad impuesto por la administración andaluza”.

La sentencia de un juzgado sevillano, dictada en julio del 2009, anuló el requisito de la edad y fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) pero la Junta de Andalucía recurrió al Supremo en interés de ley.

El fallo establecía que no se podía imponer límite de edad porque, según lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), tal requisito sólo se podría establecer si viniera recogido por ley y no por decreto, como en Andalucía.

Según el TSJA, la exigencia de tal edad “supone una discriminación injustificada para acceder a la función pública”, interpretación en la que fue apoyada por la Fiscalía del Supremo.

Raposo ha dicho a Efe que, con esta sentencia del Supremo, “definitivamente en Andalucía no se puede poner límite de edad en las bases para cubrir plazas de Policía Local”.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #882 en: 09 de Abril de 2014, 09:13:28 am »
San Fernando | Funcionarios
Un sentencia del TS deja en el aire las oposiciones para la Policía Local

J.F.C.
08/04/2014 21:37


  Atado de pies y manos. Así se encuentra el Ayuntamiento isleño ahora mismo a la espera de que la Junta se pronuncie sobre la última sentencia del Tribunal Supremo, contra la que no cabe ya más recurso, que suspende el límite de edad de los 35 años para presentarse a las oposiciones de la Policía Local isleña. En este sentido, cabe recordar que salieron diez plazas de libre acceso para las que optan cerca de un millar de personas.

  En las bases aprobadas por el Ayuntamiento isleño se estableció ese límite de edad de 35 años en virtud del artículo 18.1.b) del Decreto 201/2013 aprobado por la Junta de Andalucía.

  Sin embargo, la sentencia dictada el pasado mes de febrero por parte del Tribunal Supremo contra un segundo recurso de casación presentado por la Junta de Andalucía por unas oposiciones de Sevilla elimina dicho límite de edad al entender que, entre otras cosas, se puede establecer un tope de edad pero siempre que se haga a través de una norma con rango de ley en base al Estatuto Básico del Empleado Público, algo de lo que carece el Decreto 201/2013.

Así las cosas, el Ayuntamiento ha decidido tirar para adelante con las oposiciones pese a tener conocimiento de la existencia de la citada sentencia del TS. Es más, en estos momentos se está en la fase de requerimiento de documentos a los opositores.

Escrito a López Gil

Pero mientras el procedimiento sigue su curso, el Gobierno local ya ha remitido un escrito al delegado de Gobierno en la Junta, Fernando López Gil, al objeto de haya un proceso de instrucción por parte de la Junta en el que se indique exactamente qué pasos se deben de seguir tras la aparición de esta sentencia que, no cabe la menor duda, sienta jurisprudencia.

La cuestión es saber qué puede ocurrir si la Junta sigue dilatando en el tiempo su respuesta o, mejor dicho, puede que todo se quede paralizado y haya que empezar el proceso de cero. Ese es el qui de la cuestión y lo que está deseando conocer el Gobierno municipal para saber a qué atenerse.   

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #883 en: 20 de Abril de 2014, 09:56:24 am »

La edad máxima para ser policía en Navarra subirá a los 40 años

MARCOS SÁNCHEZ. PAMPLONA   

    Es uno de los acuerdos de la ponencia parlamentaria, que ha aplazado el debate sobre los sueldos policiales

20/04/2014 a las 06:00

La edad máxima para poder convertirse en Navarra en policía foral o policía local va a aumentarse de los 30 años actuales a los 40. Así ha quedado determinado en la ponencia parlamentaria que está definiendo cómo va a ser la nueva Ley de Policías de Navarra, a raíz de una propuesta de modificación de la norma vigente que ha realizado el PSN en consenso con los sindicatos policiales.

La edad mínima para ingresar en los cuerpos policiales seguirá como hasta ahora: 18 años. El tope máximo, sin embargo, se eleva, aunque no tanto como pretendían los socialistas, quienes en el texto de su iniciativa marcaban como límite "no superar la edad de jubilación".


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #884 en: 30 de Mayo de 2014, 16:34:48 pm »

El límite de edad para ingresar en la Guardia Civil no se modificará


Por M.A.Moya


Última actualización 29/05/2014@11:46:12 GMT+1
 

El límite de edad para ingresar en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil seguirá siendo de 30 años, según han confirmado a ONE MAGAZINE fuentes de la Dirección General del Cuerpo. Ésa es, al menos, la intención de la cúpula de la Benemérita, aunque este controvertido asunto –hay una plataforma ciudadana y algunas asociaciones de la Guardia Civil que está luchando para que se aumente la edad de ingreso- está, en estos momentos, ‘en manos’ de la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados.

Es en dicha Comisión donde se está debatiendo la nueva Ley de Régimen de Personal de la Guardia Civil, cuyo borrador sigue recogiendo –como la anterior Ley, que data de 1999- que “para poder participar en los procesos selectivos e ingresar en los centros docentes de formación será necesario reunir”, entre otros, el requisito de “no superar los límites máximos de edad que reglamentariamente se establezcan”.

Sin embargo, tal y como precisan a ONE MAGAZINE fuentes de la Comisión de Interior, aunque el plazo de enmiendas al borrador de la nueva Ley concluía inicialmente el 27 de mayo, “todos los grupos han pedido que se amplíe, por lo que todavía quedan semanas para que concluya el trámite parlamentario de la nueva normativa”.

“En cualquier caso –precisan estas fuentes-, el límite de 30 años para ingresar en la Escala de Cabos y Guardias no está recogido –ni se recogerá- en la Ley, sino en un Real Decreto que la desarrolla, por lo que es imposible que los diputados de la Comisión, ni siquiera en las enmiendas, acordemos qué edad es la idónea para acceder a la Guardia Civil”.

Lo que sí se podría hacer en el seno de la Comisión es “eliminar la ‘cláusula legal’ en la que se especifica que un reglamento establezca cuál debe ser el límite de edad”. Sin embargo, según fuentes del Grupo Parlamentario Socialista consultadas por ONE MAGAZINE, “no hay nada decidido por el momento, porque todavía quedan semanas para que concluya el plazo de enmiendas”.

Desde el punto de vista legal, un Real Decreto tiene un rango normativo inmediatamente posterior al de las leyes, y debe ser aprobado por el Consejo de Ministros. “Por tanto, si el Ejecutivo –a través del Ministerio del Interior y de la Dirección General de la Guardia Civil- está decidido a no quitar el límite de edad para ingresar en la Guardia Civil, poco se podrá hacer en el trámite parlamentario de la nueva Ley de Régimen de Personal del Cuerpo”, explican fuentes jurídicas a ONE MAGAZINE.

¿Qué razones da la Guardia Civil para no eliminar el límite de edad?

La primera de las razones es que el tiempo de permanencia en el Cuerpo no debe ser inferior a los 25 años, por lo que los componentes de la Escala de Cabos y Guardias pasan a la situación de reserva a los 58 años (aunque esta edad se puede retrasar de forma voluntaria), hecho éste que, según la Dirección General de la Guardia Civil, justifica “que la edad máxima de ingreso (30 años) se considere la adecuada”.

Por otra parte, la Dirección General considera que la ampliación de la edad de ingreso “podría afectar a la cobertura de especialidades y unidades de la Guardia Civil en las que se requieran condiciones psicofísicas determinadas”, y que “podría suponer una limitación para el propio guardia civil que quisiera formar parte de alguna especialidad o unidad”.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #885 en: 30 de Mayo de 2014, 16:36:43 pm »

Como medida provisional, a la espera de resolución judicial

Los mayores de 35 años podrán presentarse a las pruebas de la Ertzaintza

BILBAO, 29 May. (EUROPA PRESS) -

   La directora de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, Malentxo Arruabarrena, emitirá una resolución en la que aceptará provisionalmente que los candidatas mayores de 35 años puedan presentarse a las pruebas de acceso a la XXIV Promoción de la Ertzaintza.

   Según ha informado el Departamento vasco de Seguridad, una vez finalizado el plazo de reclamaciones, el próximo 6 de junio, la directora de la Academia publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las pruebas de acceso a la escala básica de la Policía autonómica.


   La Consejería ha recordado que, en un reciente auto judicial, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) concedía a un candidato a la Ertzaintza mayor de 35 años, como medida cautelar, la posibilidad de realizar las pruebas. Teniendo en cuenta este auto, la Dirección de la Academia ha decidido admitir provisionalmente a todos los mayores de 35 años que formalizaron su inscripción.

   Con esta decisión se pretende, por una parte, continuar con el calendario previsto para el acceso a la Ertzaintza, cuya primera prueba se realizará el 5 de julio, y, por otro lado, permitir que las personas mayores de 35 años inscritas puedan participar provisionalmente en el proceso selectivo, si bien "la posibilidad real de su acceso a la Ertzaintza estará siempre condicionado a la sentencia del TSJPV".

   El Departamento de Seguridad "sigue defendiendo el respeto a la legalidad y la normativa vigente y a las sentencias que sobre esta cuestión ha dictado el Tribunal Superior de Justicia en relación al límite de acceso a los mayores 35 años como una de las medidas para afrontar el relevo generacional, dar estabilidad a la plantilla y garantizar la sostenibilidad del actual régimen especial de jubilación".

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #886 en: 05 de Junio de 2014, 12:44:15 pm »
Postura CCOO de Melilla al límite de edad en oposiciones de policia local

Posted on 04 junio 2014 by admin


Francisco Veira y Francisco FausCCOO está en contra que se mantenga edad máxima para dicha oposición

 

Por Francisco José Faus García, Delegado sindical de CCOO para la Policía Local: Desde la sección sindical de CCOO-SPLM se quiere dejar clara la postura en referencia al límite de edad en las bases de policía local del presente año y es la siguiente: CCOO en mesa general solicita que se anule el límite de edad en dicha oposición ya que se encuentra eliminado en oposiciones como policía nacional y algunas policías locales de España y tras esta petición la Administración alega que se basan en un Real Decreto Legislativo 781/86, el cual en su disposición transitoria cuarta apartado cuarto marca por Ley el límite de edad y la CAM al carecer de la posibilidad de legislar ha de someterse a dicha ley, la cual no se encuentra derogada por ninguna posterior y aun habiendo sentencias a favor de dicha anulación de la edad máxima, esta reflejan que será la ley la que debe de imponer la edad máxima cuando se requiera una distinta a la de la jubilación forzosa.

Se está trabajando para que de forma legal se elimine dicho límite de edad, el cual consideramos discriminatorio para el ciudadano

Bien tras esta aclaración informamos que CCOO está en contra que se mantenga edad máxima para dicha oposición, pero desde esta sección sindical se trabaja siempre con el cumplimiento de las leyes mas eso no es impedimento y desde CCOO se está trabajando para que de forma legal se elimine dicho límite de edad, el cual consideramos discriminatorio para el ciudadano limitando sus posibilidades laborales, esta es la opinión clara de CCOO y no la desvirtualizaciòn que pretenden otros sindicatos dando una información falsa sobre la posición ante esta cuestión de CCOO, esperamos quede aclarada la postura de CCOO.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #887 en: 21 de Julio de 2014, 14:56:45 pm »
Demasiado alto para el tricornio, demasiado bajo para la Guardia Urbana

anna cabeza / barcelona

Día 21/07/2014 - 11.00h
 


La disparidad de criterios para acceder a los diferentes cuerpos policiales españoles genera situaciones discriminatorias para los aspirantes

Demasiado alto para el tricornio, demasiado bajo para la Guardia Urbana
inés baucells
 
El mínimo para ser Urbano es de 1,70 metros y para ser Mosso, de 1,65

Los ciudadanos que miden menos de 1,70 metros pueden aspirar a trabajar en los Mossos d’Esquadra, la Ertzaintza, la Policía Nacional o la Guardia Civil pero no en la Guardia Urbana de Barcelona y los que miden más de 2,03 metros tienen la entrada restringida en la Guardia Civil. Trabajar en los cuerpos de seguridad española requiere un sinfín de aptitudes y es también una cuestión de talla, que en algunos casos es incluso discriminatoria.

En concreto, la Guardia Urbana de Barcelona busca aspirantes masculinos con un mínimo de 1,70 metros de altura, mientras que en el resto de plantillas piden solo 1,65 metros. Además, aunque en estos cuerpos se busca la corpulencia, la talla demasiado alta es un inconveniente en el caso de la Guardia Civil, que no permite a candidatos de más de 2,03 metros.

El caso de los agentes locales de Barcelona está siendo analizado, dado que algunos candidatos se han quejado ante la Síndica municipal por lo que creen que es una discriminación. Normativa municipal en mano el Ayuntamiento no incumple nada, pero sus requisitos de entrada al cuerpo pueden considerarse como excluyentes respecto a otras fuerzas de seguridad y este hecho puede ir contra el derecho de la no-discriminación de la Constitución.

Restricciones de talla rebajadas
 
Las diferentes propuestas de altura afectaron anteriormente a otros cuerpos, también fuera de España, y la tendencia ahora es ir limándolas y estandarizar el prototipo de agente. La Guardia Civil rebajó en 2007 la altura mínima de 1,70 a los 1,65 metros y los Mossos hicieron lo mismo en 2011. Además, en el caso de las mujeres los cuerpos sí tienen unanimidad, con un mínimo de 1,60 metros de altura.

En el caso de la Urbana de Barcelona, el consistorio solo justifica esta altura mínima en “la visibilidad de los agentes de la autoridad y en su mayor corpulencia y fuerza de talla superior dada la función que tienen encomendada”. Varios expertos lamentan, sin embargo, que las duras pruebas psicofísicas y médicas que pasan los aspirantes ya garantizan su idoneidad para prestar el servicio, independientemente de su altura.

En este sentido, la Síndica de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, ha reclamado recientemente al Ayuntamiento que la altura mínima se iguale para evitar así una vulneración del derecho de acceder a las funciones públicas en condiciones de igualdad.

Vilà lamenta que si el Consistorio no argumenta objetivamente el trato distinto para acceder a un cuerpo de seguridad, se puede considerar “discriminatoria” la actitud municipal. Ante la petición de la Síndica, la Gerencia de Recursos Humanos del Ayuntamiento ha anunciado que se estudiará este cambio.

La edad, también discriminatoria

La edad también es diferente en función de los cuerpos. Hasta el año pasado los candidatos a urbanos en Barcelona no podían tener más de 35 años y el consistorio ya eliminó el requisito, a petición de la Síndica. En la Guardia Civil, hasta ahora, el tope también son los 30 años, pero la nueva Ley de Personal del cuerpo, que está en su fase final de tramitación, retirará esta condición. Los Mossos sí que siguen teniendo la limitación máxima de edad.

En lo que sí que coinciden todas las fuerzas en que sus aspirantes tiene que ser de nacionalidad española, poseer como mínimo del título de ESO o EGB y el carnet de conducir y estar limpios de delitos y de antecedentes penales.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #888 en: 21 de Julio de 2014, 15:01:14 pm »
No pesan los años pesan además los kilos....y a alguno le sobran.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #889 en: 21 de Julio de 2014, 18:31:23 pm »
 :partirse

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #890 en: 12 de Septiembre de 2014, 16:49:45 pm »
Santander no se actualiza, respecto a la edad.




Abierta la inscripción para las oposiciones a la Policía Local

El Ayuntamiento oferta un total de catorce plazas, diez de nueva creación y cuatro por vacantes surgidas por jubilaciones

Los aspirantes deben ser mayores de edad y no superar los 30 años, contar con carné de conducir tipo A y B y tener título de Bachiller, Formación Profesional de grado superior o titulación equivalente


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #891 en: 22 de Septiembre de 2014, 11:30:37 am »
Santander

Opositores a Policía Local recurren las bases por «discriminatorias»

Aspirantes que no cumplen los requisitos de la altura mínima para las mujeres, el tope de edad y los carnés para conducir motos presentan siete recursos administrativos y uno más en el juzgado

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #892 en: 22 de Septiembre de 2014, 12:47:54 pm »
Y lo ganarán. Al final novatos a punto de adaptarse y pequeñajos. Y sin carné de conducir ni bicis.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #893 en: 22 de Septiembre de 2014, 12:51:47 pm »
Y lo ganarán. Al final novatos a punto de adaptarse y pequeñajos. Y sin carné de conducir ni bicis.


Tienes un futuro en la policía nacional (El Víbora 27)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #894 en: 22 de Septiembre de 2014, 12:52:51 pm »
Mido 1´60 y peso 130 kilos recién cagao mestan ustedes descriminando porque tengo 56 años y quiero ser munisipá que me ha entrado la vocación tardía y no me dejan porque no tengo la ESO ni lo otro.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #895 en: 03 de Octubre de 2014, 19:30:31 pm »

Baja la altura de las mujeres y sube la edad mínima para ser Policía Local

Desaparece el límite de edad de los 30 años para ser Policía Local.


Aspirar a ser agente de Policía Local en Cantabria será ahora un poco más fácil. El Gobierno de Cantabria elimina el límite de edad de los 30 años para poder ingresar, y baja la estatura mínima de las mujeres, a 1,60 metros, cinco centímetros de lo que se venía exigiendo hasta ahora.

  vídeo
   
La Policía Local, ¿un cuerpo de altura?
http://www.eldiariomontanes.es/20131206/local/cantabria-general/polemica-exigencia-altura-oposicion-201312060822.html


Estas son dos de algunas de las modificaciones que sufrirá la Ley de Cantabria 5/2000, de 5 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, gracias a un proyecto de Ley que ha aprobado este jueves el Consejo de Gobierno de Cantabria.

Además, los agentes auxiliares pasarán a llamarse auxiliares de policía, manteniendo su condición de agentes de la autoridad, y el centro de formación y perfeccionamiento de los agentes pasa a llamarse Escuela Autonómica de Policía Local;

En cuanto a las categorías, se han eliminado los nombres de algunas, como institutos armados de naturaleza civil con el fin de suprimir denominaciones de carácter militar.

Se introducen los cambios legislativos a nivel nacional que inciden en la norma autonómica, como el Estatuto Básico del Empleado Público. También, en materia disciplinaria, se contempla una remisión, con las adaptaciones pertinentes, a la regulación establecida por la Ley Orgánica 4/2010, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

En la nueva norma, se introducen modificaciones en el ámbito de la carrera profesional de los policías locales, referentes a la movilidad y las permutas.

Por último, se amplía la composición de la Comisión de Coordinación de Policía Local, incorporando un vocal más en representación de las policías locales, a propuesta de los sindicatos más representativos en los Cuerpos de los ayuntamientos de Cantabria, pasando de cuatro a cinco.
« Última modificación: 17 de Noviembre de 2014, 14:33:04 pm por 47ronin »

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #896 en: 26 de Octubre de 2014, 10:47:25 am »
121/000090 Proyecto de Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

Se incorporan dentro del articulado las edades máximas para poder participar en los distintos procesos selectivos en los distintos sistemas de acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil, tanto en el acceso directo a la escala de cabos y guardias como en la promoción profesional. En cuanto al acceso directo a la escala de cabos y guardias, la existencia de distintas especialidades para el cumplimiento de las misiones que atribuye al Cuerpo la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, aconsejan una edad donde se mantengan las destrezas psicofísicas necesarias para desempeñar cometidos en áreas concretas de actividad en las que se requieren unas determinadas condiciones que deben mantenerse en el tiempo, por lo que el aspirante no podrá superar los 40 años. Por otro lado, actualmente la promoción interna a las distintas escalas tiene fijada como requisito el no superar los 50 años. En la promoción profesional se opta por mantener esa edad, recogiéndola específicamente en el texto, a diferencia de lo que sucedía en la Ley anterior, buscando el conjugar la formación recibida con la experiencia profesional y el tiempo disponible para aplicar los conocimientos adquiridos.

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu10&FMT=PUWTXDTS.fmt&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-10-A-90-4.CODI.%29#%28P%C3%A1gina1%29

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #897 en: 14 de Noviembre de 2014, 14:04:05 pm »


El Tribunal de la UE juzga ilegales los topes de edad para acceder a la policía


La justicia europea considera que contravienen la normativa de igualdad en el empleo


Ignacio Fariza   Bruselas  13 NOV 2014 - 20:09 CET

Los cuerpos de policía local europeos no podrán fijar límites de edad entre los requisitos de acceso. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado este jueves que los topes de edad para acceder a los cuerpos de policía local contravienen la legislación europea. La justicia europea basa su sentencia en la directiva de igualdad de trato en el empleo, que prohíbe cualquier discriminación basada “directa o indirectamente” en la edad del trabajador. El fallo contraviene parcialmente lo dispuesto por el mismo órgano judicial en 2010 cuando juzgó legal que los cuerpos de bomberos alemanes fijasen el mismo límite (30 años) de edad de acceso.

La sentencia del TJUE responde a una consulta de un tribunal de Oviedo que dudaba sobre el encaje de la ley del Principado de Asturias —que fija un límite de edad de 30 años para acceder a cualquier cuerpo de policía municipal— y la normativa comunitaria y da la razón a un ciudadano asturiano que impugnó la legalidad de este tope de edad al considerar que vulneraba el derecho fundamental de acceso igualitario. En su solicitud esta persona alegaba que siete comunidades autónomas españolas evitan fijar límite alguno, el País Vasco lo sitúa en 35 años y Galicia y la Comunidad Valenciana, en 36 años.

El Tribunal de Luxemburgo reconoce que algunas atribuciones de los agentes municipales pueden requerir unas determinadas capacidades físicas, pero subraya que no están “directamente vinculadas” a la edad del candidato al puesto. “Nada permite afirmar que el objetivo legítimo de garantizar el buen funcionamiento del cuerpo de agentes de la policía local exija mantener una determinada estructura de edad en su seno”, añade en la sentencia. La justicia europea también refrenda la opinión del juez español que considera que las pruebas físicas —“exigentes y eliminatorias”— que deben superar los candidatos son criba suficiente para alcanzar el objetivo de que los policías tengan la condición necesaria para el desarrollo de su profesión. Y lo hacen, a su entender, de un modo “menos restrictivo” que la imposición de un límite de edad.

La justicia europea reconoce indirectamente la aparente contradicción entre este fallo y el relativo al tope de edad en el cuerpo de bomberos de Fráncfort (Alemania), emitido en 2010. Sin embargo, la sentencia del TJUE alega que en aquella ocasión se llegó a la conclusión de que era pertinente la imposición de este límite tras haber observado científicamente que “muy pocos funcionarios de más de 45 años tienen la capacidad física suficiente” para ejercer las actividades propias de un bombero y que una contratación “a edad avanzada” supondría que un número elevado de funcionarios “no podría ser destinado a las tareas más exigentes”. El fallo del Tribunal de Luxemburgo de este jueves concluye que las capacidades exigibles a los agentes de policía local “no son siempre comparables” a la capacidad física “excepcionalmente elevada” exigida a los bomberos.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #898 en: 15 de Noviembre de 2014, 13:22:04 pm »
Un juez permite a un aspirante mayor de 30 años opositar a la Policía Local

Presentó un contencioso contra las bases de las oposiciones convocadas en Santander y logró que el Juzgado le conceda como medida cautelar participar en el proceso

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #899 en: 16 de Noviembre de 2014, 11:37:45 am »
Las administraciones tienen una patata muy caliente...incluso las de Madrid podrían verse afectadas por esa sentencia de la UE?


La Justicia deroga de forma cautelar los límites de edad en las oposiciones a la Policía Local en Melilla

    La medida llega tras la denuncia de una candidata que quedó excluida de la convocatoria por tener más de 30 años

    EFE |  MELILLA.

16 noviembre 201400:29

   
Un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado como medida cautelar que se suspenda la limitación de edad para los aspirantes de las oposiciones para diez plazas de Policía Local de Melilla convocadas este año, que exigía que los candidatos tuvieran entre 16 y 30 años.

Con esta medida cautelar de la Justicia, publicada el viernes en el Boletín Oficial de Melilla (BOME), la Consejería de Administraciones Públicas readmitirá en la lista definitiva a todos los aspirantes que fueron excluidos por no cumplir el requisito de la edad, según ha informado en declaraciones a la agencia Efe su responsable, la consejera Catalina Muriel.

La medida ha sido originada por la denuncia ante la Justicia de una de las candidatas que había quedado excluida por tener más de 30 años y, aunque el auto publicado en el BOME se refiere únicamente a la readmisión de esta aspirante, Muriel ha avanzado que finalmente afectará a todos los que se encuentran en la misma situación.
Los aspirantes a las diez plazas para la Policía Local debían tener entre 16 y 30 años

La consejera ha dejado claro que se trata de una medida cautelar «donde dice que de manera provisional y de momento, hasta que no haya una sentencia firme, se permita presentarse y admitir a los aspirantes que optaron por presentarse y se les excluyó de las listas por no tener el requisito de la edad». Además, ha reconocido que la limitación de edad es «un tema muy controvertido» que, de hecho, originó polémica tras la publicación de las bases de esta convocatoria el pasado mes de junio porque Coalición por Melilla (CPM) pidió que se eliminara esa exigencia, como ya había hecho el Gobierno para las oposiciones a la Policía Nacional y la Guardia Civil.

Sin embargo, Muriel respondió entonces lo mismo que ahora reitera, y es que la limitación de la edad se había incluido en las bases por indicación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, según el cual las dos ciudades autónomas, al carecer de capacidad legislativa, deben regirse por la legislación estatal de función pública.