Autor Tema: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales  (Leído 121082 veces)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #980 en: 15 de Octubre de 2015, 00:09:50 am »
1.-Una ley con 16 años ni siquiera es mayor de edad...que a veces parece de que hablamos de versiones de windows en lugar de leyes.
2.- Con el actual mezcladillo que gobierna la C.Valenciana la nueva ley puede ser para echarse a temblar.
3.- Hasta que no se modifique la 2/86 ninguna ley de coordinación puede llegar donde algunos pl quisieran.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #981 en: 15 de Octubre de 2015, 13:49:06 pm »
Quizás el por qué del cupo esté aquí...


Militares acuden a la Defensora del Pueblo para acabar con la jubilación forzosa a los 45 años


Soldados y marineros tienen que abandonar las Fuerzas Armadas al haber cumplido esta edad, algo que, dicen, contraviene la igualdad de los españoles y la Constitución
21.500 se habrán visto afectados en la próxima década por esta medida que sigue contando con el apoyo de PP y PSOE pero no  de otros partidos como Podemos e IU

infoLibre Actualizada 14/10/2015 a las 21:11     .

La Asociación de Militares de Tropa y Marinería (AMTM) presentará este jueves ante la Defensora del Pueblo un total de 17.224 firmas que piden recurrir ante el Tribunal Constitucional la ley que establece que los soldados y marineros que cumplen su contrato al llegar a los 45 años deben abandonar las Fuerzas Armadas.

 El presidente de la asociación, Antonio Martínez Cánevas, explicó a Europa Press que lo que quieren recurrir concretamente es el artículo 10 de la Ley de Tropa y Marinería, según el cual, "el compromiso de larga duración finalizará cuando el militar profesional de tropa y marinería cumpla 45 años de edad".

 A su juicio, esta parte de la ley va en contra del artículo 14 de la Constitución, que determina que "los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

Discriminados por edad

 Según Martínez Cánevas, la Ley de Tropa y Marinería, aprobada en 2006, discrimina por su edad a los soldados y marineros que cumplen 45 años, algo que el presidente de la asociación incluye en esa "condición o circunstancia personal" que figura en la Carta Magna.

 Unos 21.500 soldados y marineros se habrán visto obligados a dejar las Fuerzas Armadas en la próxima década por haber cumplido 45 años y no haber accedido a la condición de militares de carrera, según los datos que manejan las asociaciones de militares.

 A día de hoy, de los casi 77.000 efectivos de tropa y marinería solo cerca de 17.000 son militares de carrera, mientras que el resto tienen contratos temporales de corta o larga duración. Así, en 2015 llegarán a la edad de 45 años 78 soldados y marineros con contrato temporal, en 2016 serán ya 130, en 2017 llegarán a 228 y en 2018 la cifra se disparará hasta los 701.

 A partir de ese año, habrá que hablar de números de cuatro cifras. Según las previsiones de la asociación, 2026 será el año en que más bajas de soldados y marineros se produzcan: 3.188 militares con contrato temporal deberán dejar las Fuerzas Armadas al haber cumplido los 45.

Readmisión de todos

 Martínez Cánevas explicó que apelando a la Defensora del Pueblo pretenden que la ley se recurra ante el Tribunal Constitucional para que se elimine el citado artículo y, con ello, la readmisión de todos los soldados y marineros que se hayan visto afectados.

 El presidente de la Asociación de Militares de Tropa y Marinería indicó que en sus reivindicaciones cuentan con el respaldo de partidos como Podemos e Izquierda Unida, no así de PP y PSOE, que aunque son los que podrían tomar alguna medida por ser los mayoritarios, "no hacen nada de nada" para solucionar el problema de los soldados que cumplen 45 años.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #982 en: 16 de Octubre de 2015, 09:45:58 am »
Hola, se aprobó suprimir el límite de edad y la reserva de cupo.
Escala, tu sabes que la ley de coordinación de la CV se pago un peaje por pasarnos al C1. Es una ley que debió de desarrollarse en los siguientes seis meses como marcaba la propia ley, pero 16 años después solo ha habido parches.
La modificaciones de la 2/86 tardaran. No queremos mas competencias, de hecho es imposible asumir mas competencias, ya que la mayoría de municipios no cuenta con personal para ello y los aytos no lo van a asumir.
De aquí al verano veremos que pasa.
Un salu2

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #983 en: 17 de Octubre de 2015, 11:08:17 am »
De acuerdo en todo... Por cierto en reunión con jefes PLValencia nos comentan giro  hacia policía tráfico, ordenanzas, proximidad, mediación, convivencia ciudadana en detrimento de SC que quieren derivar siempre a CNP, salvo urgencia. Como diría ronin, cierra cajón... Vamos lo que ha pasado toda la vida en Pl.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #984 en: 17 de Octubre de 2015, 12:27:06 pm »
Valencia tiene todavia interinos incluida la capital.

Ya se que en ocasiones el interino en ocasiones le pone mas ganas pero es una figura que hay que solucionar y facilitarles el paso a PL.

El problema de las Pls es que muchos jefes tampoco han conocido otra cosa mas alla del trafico y ordenanzas.  Los que acaban de jefes en Pl que llegan desde FCSE se plegan a lo que les ordene el alcalde sin mas.

El problema viene en el "salvo urgencia" como se regula eso.
La vida me ha golpeado fuerte. Podría haberme hecho vulnerable y acabar pegándome un tiro o podría mirar al cielo y crecer. Prefiero la segunda opción.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #985 en: 18 de Octubre de 2015, 14:19:50 pm »
Pues en ello están... Probablemente reforzando proximidad y unidades de "competencias exclusivas" de pl a cambio de quitar patrullas. La voluntad política es clara (y coherente con los partidos de gobierno).

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #987 en: 28 de Noviembre de 2015, 10:46:34 am »
El Tribunal Supremo declara apto a un aspirante a guardia civil que fue excluido por tener el colesterol alto

    El TSJM concluía que, aunque el método utilizado por el tribunal de la Guardia Civil puede calificarse como desfasado, es el que rige legalmente para la convocatoria

infoLibre Actualizada 27/11/2015 a las 14:11
 
El Tribunal Supremo reconoció el derecho de un aspirante a guardia civil a ingresar en la Escala de Cabos y Guardias después de que fuera excluido del proceso selectivo por tener un nivel de colesterol en sangre muy superior a los 220 mg/dl fijados en las bases de la convocatoria.

La sentencia hecha pública este viernes por el alto tribunal recuerda que el perito recogió en su informe que siete días más tarde de ese primer examen, realizado en enero de 2013, un segundo reconocimiento reveló que las cifras de colesterol del aspirante se habían reducido desde los 276 a los 220 mg/dl y los triglicéridos eran de 63mg/dl.

En ambas analíticas, según el citado informe, el único índice que se utilizó como predictor de aparición de una posible arteriosclerosis y enfermedad vascular fue el del nivel de colesterol denominado "plasmático". Añadía que además no se habían realizado análisis de lipoproteínas LDL y HDL, ni se calcularon los "índices aterogénicos, como aconseja la medicina actual.

Tras valorar este informe, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), cuya sentencia casa ahora el Supremo, concluyó que aunque el método utilizado por el tribunal de la Guardia Civil puede calificarse como desfasado, es el que rige legalmente para la convocatoria.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo anula la mencionada sentencia que, a su juicio, hace una interpretación estricta de la base, que conduce a que el resultado de cualquier medición de niveles orgánicos en un determinado momento no pueda ser contradicho, "con independencia de que pueda ser demostrado que estamos ante una alteración temporal, algo que por otra parte facilitaría que quien tuviera una enfermedad invalidante, mediante la toma de medicamentos o ejercicio físico pudiera presentar en el momento del examen unos niveles inferiores a los exigibles".

La sentencia, de la que fue ponente el magistrado José Díaz Delgado, considera que el hecho de que el tribunal calificador haya de estar al resultado de la prueba el día en que se hace el reconocimiento médico, no impide que, tratándose de una enfermedad excluyente del acceso a la función pública, ese resultado pueda ser combatido mediante la impugnación correspondiente, administrativa o judicial, y en su caso desvirtuado a través de la prueba.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #988 en: 13 de Enero de 2016, 17:02:30 pm »


La Policía de la Región de Murcia pierde altura


Eliminan el límite de edad y reducen la estatura exigida para ser policía local - El borrador de la nueva ley prevé crear un carné para los agentes en prácticas y jubilados
 13.01.2016 | 01:04


 EFE  El borrador de la nueva Ley de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia, uno de los proyectos incluidos por el Gobierno de Pedro Antonio Sánchez en el calendario legislativo, eliminará el límite de edad para acceder a estos cuerpos de seguridad de los municipios, que estaba establecido en los 30 años.

La reforma de la normativa actual es uno de los proyectos pendientes por el Ejecutivo regional desde que el consejero de Presidencia, departamento del que depende la seguridad en el ámbito autonómico y local, era Manuel Campos. María Dolores Pagán quiere darle un acelerón a la ley, aunque antes de someterla a la aprobación del Consejo de Gobierno y llevarla a la Asamblea Regional quiere contar con el máximo consenso tanto de los ayuntamientos como de los distintos colectivos que se verán afectados por su aplicación.

La consejera se reunió ayer con asociaciones de policías locales de la Región de Murcia para analizar el borrador, detectar sus posibles carencias y aportar elementos que lo enriquezcan.

Entre las novedades, la futura norma contempla la posibilidad de que varios municipios puedan asociarse para colaborar en la prestación del servicio policial. Igualmente, se concretarán las funciones del jefe del Cuerpo de Policía Local y se abordará una reforma profunda en la estructuras de las organizaciones, sobre la base de una mejor cualificación de los funcionarios policiales, según la consejería de Presidencia.

Además del límite de edad, el borrador plantea cambios en el requisito de la estatura. Las personas que quieran ser policías locales tendrán que medir como mínimo 1,65 metros (hombres) y 1,60 metros (mujeres), cuando actualmente está fijado en 1,70 para hombres y 1,65 para mujeres. Asimismo, se exige el permiso de conducir A2 (en vez del permiso de conducir motocicletas de todas las cilindradas´ como se exige actualmente), con el objetivo de no elevar ´de facto´ la edad de acceso a los 20 años.

Otra novedad estará en que el documento de acreditación profesional (carné profesional) será expedido por la Comunidad Autónoma, para garantizar su homogeneidad en todos los cuerpos policiales. Se contempla asimismo la expedición del carné de funcionario jubilado y en prácticas, con el objetivo de poder acreditar la vinculación a la Policía.

Además, la consejera de Presidencia quiere establecer un sistema de formación permanente de los policías en el uso de sus medios de trabajo. Asimismo, la normativa establecerá una regulación de la uniformidad, de tal manera que sea homogénea en todo el territorio regional, así como la reglamentación de distinciones.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #989 en: 13 de Enero de 2016, 17:57:18 pm »
Gracias 47ronin por tenernos informados.

De la consolidación de policias interinos no dice nada :(




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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #990 en: 01 de Abril de 2016, 01:08:13 am »
Carmena modifica los requisitos de acceso a la Policía Municipal

EFE - Madrid
 
31/03/2016 -  17:25h
 
La Policía de Madrid mejorará los cacheos, que se harán sin humillar al ciudadano
   

El Ayuntamiento de Madrid modificará los requisitos para acceder a la Policía Municipal, como el incremento en la edad de ingreso hasta los 45 años y la reducción del "peso de las pruebas físicas" en el cómputo total del proceso de selección nuevos agentes.

Así lo recoge el Plan Director de la Policía Municipal, que hoy ha sido presentado por la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y el concejal de Salud, Seguridad y Emergencias, Javier Barbero.

En cuanto a las oposiciones para ingresar en el cuerpo, el documento establece la modificación del "actual requisito de talla supeditando las condiciones físicas a la superación de las pruebas de aptitud".

Las pruebas físicas tendrán menor "peso" en el cómputo total del proceso de selección mediante la calificación de apto o no apto.

El Plan Director también aumenta la edad de ingreso hasta los 45 años y fija la exigencia del título de Bachillerato o su equivalente para los aspirantes a ingresar en el cuerpo.

El objetivo es que el personal de la Policía Municipal sea reclutado sobre la base de sus competencias, así como que sea "capaz de demostrar discernimiento, apertura de mente, madurez, un sentido de la Justicia, capacidad para comunicar y, llegado el caso, aptitudes para dirigir y organizar".

Otro de los fines que se pretenden es que los futuros policías tengan "una buena comprensión de los problemas sociales, culturales y comunitarios".

Respecto a las horas extraordinarias, el documento informa de que "la Dirección General de la Policía está estudiando la adecuación de los horarios de los agentes de forma que se incremente su presencia en las horas con mayor demanda de servicio".

En este sentido, avanza que se programarán los servicios y la distribución de los recursos humanos para garantizar los derechos sobre jornada y conciliación familiar.

"Una prestación de servicio más eficiente, reduciendo el número de horas extraordinarias programadas, mediante la creación de nuevos turnos de servicio y la readaptación de los existentes", añade el texto del Plan Director.

La asignación de horas extras será pública y se fijará anualmente un número a cada agente, que no se podrá sobrepasar "sin informe justificativo del responsable de la unidad".

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #991 en: 02 de Abril de 2016, 09:31:03 am »
Carmena quiere fijar cuotas por raza o religión en la plantilla de la Policía Municipal

 Fernán González 02/04/2016

El Plan Director de la Policía Municipal recoge la necesidad de "aplicar una política que tenga como objetivo reclutar hombres y mujeres que representen a los diferentes componentes de la sociedad, incluidos grupos minoritarios étnicos". Los sindicatos policiales denunciarán al Ayuntamiento si decide crear estos cupos por considerarlos anticonstitucionales.

La gestión de la Policía Municipal de Manuela Carmena no deja de sorprender a los madrileños. Como puede avanzar OKDIARIO, para paliar la escasa presencia de agentes municipales de religión musulmana, budista o hinduista; así como de raza negra, asiática, india o etnia gitana Carmena pretende fijar unas cuotas en la plantilla de la Policía Municipal reservadas para estos “grupos minoritarios”.




 
Se trata de una discriminación positiva que planean Carmena y su concejal de Seguridad, Javier Barbero, que a ojos del sindicato Colectivo Profesional de Policía Municipal atenta directamente contra la Constitución Española. Es por ello que, según dicen a este medio, irán directamente al juzgado para denunciarlo. Aseguran que no es posible que haya trato de favor a determinados candidatos a estas oposiciones públicas.
 
Unas cuotas que, según los propios representantes de los policías, irían contra la propia Constitución porque estarían haciendo una distinción entre razas y religiones. Los sindicatos dicen que si todas las plazas disponibles las obtienen agentes de color, con nacionalidad española, con la altura suficiente y todas las pruebas físicas y teóricas aprobadas no hay problema, pero reservar un porcentaje para éstos sería anticonstitucional.


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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #992 en: 02 de Abril de 2016, 10:55:50 am »
Carmena quiere fijar cuotas por raza o religión en la plantilla de la Policía Municipal

 Fernán González 02/04/2016

El Plan Director de la Policía Municipal recoge la necesidad de "aplicar una política que tenga como objetivo reclutar hombres y mujeres que representen a los diferentes componentes de la sociedad, incluidos grupos minoritarios étnicos". Los sindicatos policiales denunciarán al Ayuntamiento si decide crear estos cupos por considerarlos anticonstitucionales.

La gestión de la Policía Municipal de Manuela Carmena no deja de sorprender a los madrileños. Como puede avanzar OKDIARIO, para paliar la escasa presencia de agentes municipales de religión musulmana, budista o hinduista; así como de raza negra, asiática, india o etnia gitana Carmena pretende fijar unas cuotas en la plantilla de la Policía Municipal reservadas para estos “grupos minoritarios”.




 
Se trata de una discriminación positiva que planean Carmena y su concejal de Seguridad, Javier Barbero, que a ojos del sindicato Colectivo Profesional de Policía Municipal atenta directamente contra la Constitución Española. Es por ello que, según dicen a este medio, irán directamente al juzgado para denunciarlo. Aseguran que no es posible que haya trato de favor a determinados candidatos a estas oposiciones públicas.
 
Unas cuotas que, según los propios representantes de los policías, irían contra la propia Constitución porque estarían haciendo una distinción entre razas y religiones. Los sindicatos dicen que si todas las plazas disponibles las obtienen agentes de color, con nacionalidad española, con la altura suficiente y todas las pruebas físicas y teóricas aprobadas no hay problema, pero reservar un porcentaje para éstos sería anticonstitucional.



Sin dejarme llevar por el medio que publica esta noticia y que sistemáticamente "desarrolla" siempre a su conveniencia política las noticias...quiero entender que esto se refiere a "promocionar" la Policía Municipal entre esos colectivos, para que LOS QUE CUMPLAN TODOS LOS REQUISITOS EXIGIBLES, Y SIN NINGÚN TIPO DE CUOTA RESERVADA formen parte de la Policía Municipal (si esto no se hiciera asi, desde luego tendría toda la lógica denunciar a los tribunales). En la policía estadounidense hay multitud de agentes de todas las etnias, religiones y razas sin ningún problema, incluso es una ventaja a la hora de relacionarse con ciertos colectivos para evitar conflictos... eso si todos cumpliendo los requisitos exigidos y sin ningún tipo de discriminación ni positiva, ni negativa, otra cosa es promocionar entre dichos colectivos el acceso a la Policía Municipal (Cuando salgan vacantes....)

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #993 en: 02 de Abril de 2016, 11:06:20 am »
Se propondrá modificar la normativa...a la CAM, que es a la que le compete.

Recordemos que después de años de abandono se ha reactivado el tema de la modificación de la 4/92, y dado que ese tema ha de pasar por trámite parlamentario todavía quedan meses por delante, quizás incluso un par de años.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #994 en: 02 de Abril de 2016, 11:22:22 am »
Carmena modifica los requisitos de acceso a la Policía Municipal

EFE - Madrid
 
31/03/2016 -  17:25h
 
La Policía de Madrid mejorará los cacheos, que se harán sin humillar al ciudadano


Hasta ahí he podido leer, con la edad va disminuyendo mi tolerancia a la manipulación informativa...los cacheos se hacen sin humillar a nadie y su verdadera regulación no la hace una ordenanza municipal, viene en una ley organica, la LOPSC, aprobada por el gobierno del pp y que algunos insolventes llamaban ley mordaza. Ley cuya aplicación diaria se está viendo es completamente normal.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #995 en: 02 de Abril de 2016, 11:40:19 am »
Carmena modifica los requisitos de acceso a la Policía Municipal

EFE - Madrid
 
31/03/2016 -  17:25h
 
La Policía de Madrid mejorará los cacheos, que se harán sin humillar al ciudadano


Hasta ahí he podido leer, con la edad va disminuyendo mi tolerancia a la manipulación informativa...los cacheos se hacen sin humillar a nadie y su verdadera regulación no la hace una ordenanza municipal, viene en una ley organica, la LOPSC, aprobada por el gobierno del pp y que algunos insolventes llamaban ley mordaza. Ley cuya aplicación diaria se está viendo es completamente normal.

Lea

2.5.2. Protocolo de identificación y cacheos

http://diario.madrid.es/wp-content/uploads/2016/03/plandirector_version_web.pdf

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #996 en: 02 de Abril de 2016, 11:56:56 am »
No he podido leer la noticia después de ese titular, como para leer el protocolo...  ;ris; hablando en serio Tablet no me abre pdf

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #997 en: 02 de Abril de 2016, 15:06:08 pm »
La discriminación positiva existe desde el momento en el que hay baremos diferentes en las pruebas físicas de las mujeres con respecto de los hombres . . . el problema de la discriminación positiva hacia determinados colectivos es que supone una discriminación negativa hacia el resto . . . pero meterse en el jardín de querer discriminar positivamente por razón de raza, etnia o religión . . . les llevaría de cabeza al TC

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #998 en: 02 de Abril de 2016, 15:30:58 pm »
El Ayuntamiento puede proponer, al igual que ha hecho con los AM...pero la decisión la tiene la Comunidad de MADRID en ese grupo de trabajo que se ha constituido para dar forma a la nueva ley, algo que está en pañales y que podría tardar un año o más.

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Re: Requisitos de acceso en los cuerpos policiales
« Respuesta #999 en: 03 de Abril de 2016, 15:04:45 pm »
La discriminación positiva existe desde el momento en el que hay baremos diferentes en las pruebas físicas de las mujeres con respecto de los hombres . . . el problema de la discriminación positiva hacia determinados colectivos es que supone una discriminación negativa hacia el resto . . . pero meterse en el jardín de querer discriminar positivamente por razón de raza, etnia o religión . . . les llevaría de cabeza al TC

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