Autor Tema: Actuaciones de las Policías Locales  (Leído 355264 veces)

Desconectado te70

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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #280 en: 28 de Febrero de 2006, 16:35:27 pm »
Periférico, no es un debate ES UN MONÓLOGO. :bur)
LOS PROBLEMAS VIENE SOLOS, NO HACE FALTA IR A BUSCARLOS (By te70)


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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #281 en: 28 de Febrero de 2006, 18:47:54 pm »
Pero ?cómo es posible que haya policías que no sepan que los policías autonómicos y locales son policías en todo el territorio espa?ol? ?Qué es lo que ense?an en sus academias?. De todo lo que me había encontrado hasta el momento, esto es lo más fuerte. O la formación es tremendamente mediocre, o el interés es preocupantemente escaso. Pobres ciudadanos y pobre imagen del CNP y GC, si la tónica general es esa.
Bueno como dice Periférico, la intervención de Murcielago, da por zanjado el debate.
Salud y suerte.
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Desconectado AiKiRoY

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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #282 en: 28 de Febrero de 2006, 19:08:38 pm »
Buenas,

murcielago.1, gracias por la documentación, especialmente la de la Universidad de Granada. Yo también pongo un sólo pero (y prometo será la última vez  :bur)), es increíble que hasta en un texto redactado por una Licenciada en Derecho Penal se mencione en numerosas ocasiones mal la Ley 2/86, más aún cuando en otras ocasiones lo hace bien. Supongo que es lo que tiene el "Copy&Taste"...  :bur)

Un SaLuDo.
Mírate, te crees a salvo de todo lo malo, invulnerable, invencible. Piensas que el peligro y el miedo están siempre en otra parte, lejos de aquí... ?Crees que éste no es tu mundo? ?Que ésta no es tu vida? ?Que ésta no es tu Guerra? No sabes cuánto te

Desconectado serra351

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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #283 en: 28 de Febrero de 2006, 19:50:22 pm »



 Sinchan respecto a lo que dices de que las PL o PA son policias en todo el Estado,    ...     
 
    Un Mozo de Escuadra es Policia en su Comunidad y como tal no puede salir de ella ni a investigar delitos, ni a perseguir delincuentes ni a relizar actuaciones policiales de ningun tipo, a nada de nada. Un Polcia Autonomico vasco lo mismo, un Foral lo mismo, y un Polcicia Local lo mismo. Salvo en los casos comentados de proteccion juridica o situaciones de emergencia no tienen condicion de Agentes de la Autoridad fuera de su Municipio o Comunidad. Que no se quiera ver esto ME PARECE MUY FUERTE. De hecho si teneis tal condicion por que no actuais fuera de vuestra jurisdiccion???? No sera que por motivos politicos y por nuestras Leyes no se les permite??...  Me acabo de enterar que ahora existen mas Cuerpos de Seguridad del Estado de los que yo creia, yo pensaba que eran solo dos...

 Aqui todos estamos de acuerdo en que en situaciones puntuales  en la que se corra riesgo para la vida nuestra  o la de terceros se tenga que actuar en cualquier tiempo y lugar.  Pero de ahi a decir que son Policias en todo el Estado HAY UN CACHO.  Ni una Policia Autonomica puede ejercer como tal fuera de su Comunidad ni una Policia Local puede ejercer fuera de su Municipio.  De hecho como se ha visto si eso pasara tendria condicion de particular y no de Agente de Autoridad, con todas las consecuencias que pudieran derivar, porque estariamos hablando de UNA ILEGALIDAD.  Ni un Mozo puede perseguir delitos fuera de Catalu?a ni un Policia Local fuera de su Localidad.

 Algunos se autoatribuyen competencias y jurisdicciones que no estan en las Leyes,solo en las mentes de algunos  y que estan bien claras, se agarran firmes a un articulo y no salen de el. El derecho y las Leyes son muy amplios y no solo hay que tomar las que interesan, obviando el resto. 

   Repito que por poner un ejemplo , un Mozo de Escuadra NO es Agente de la Autoridad fuera de su Comunidad ( repito una vez mas , salvo los casos comentados ).  De hecho si lo fuera ejerceria como tal.

 No se porque ironizas diciendo que que ense?an a algunos en las Academias, que la formacion es nefasta y mediocre, que pobre imagen del CNP o GC etc etc ...   explicamelo...

     



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Desconectado cazaor

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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #284 en: 28 de Febrero de 2006, 19:55:10 pm »
Pues desde mi punto de vista te han dicho mal ?que diferencia existe en que seas agente de la autoridad o particular a efectos d denuncia penal? En el ambito administrativo la diferencia esta en la presuncion de veracidad, pero no así en el penal en que el juez puede valorar las veracidad de las pruebas y declaraciones por lo tanto no existe diferencia. Lo mismo es aplicable a GC que no está de servicio, su declaracion debe producir los mismos efectos que cuando esta de servicio.
Exactamente eso quise decir, periférico lo ha expresado infinitamente mejor que yo...
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Desconectado serra351

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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #285 en: 28 de Febrero de 2006, 19:59:27 pm »

  yo creo que en delitos de atentado en la que incluso no hay testigos si un agente es agredido el plus de veracidad lo tiene el policia, aunque luego el agresor page solo 50 euros y la multa sea de risa..,  Y esto no es administrativo es puramente penal. 
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #286 en: 28 de Febrero de 2006, 20:04:39 pm »
Es decir que en contra del criterio mantenido por UN juez, por Te70 y por Jake, el Tribunal Supremo, en varias sentencias, avala la opinión del resto (que es lo legal), sobre la imposibilidad de perdida de la condición de agente de la autoridad de las policías locales y autonómicas, cuando no se hallaren de servicio.
Así es, como no había de ser de otra manera, si bien esa protección penal sobre los policías locales y autonómicos por su condición de tales y que alcanza a todo momento y lugar en el que se hallen, así como la obligación de intervenir generíca de la LOFCS en defensa de la seguridad ciudadana no hallándose de servicio, NO guarda relación con la actuación profesional de los mismos en su servicio, que ha de circunscribirse a su ámbito territorial, salvo supuestos excepcionales...
Ciao.
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #287 en: 28 de Febrero de 2006, 20:06:16 pm »


 De acuerdo con cazaor.
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #288 en: 28 de Febrero de 2006, 20:07:46 pm »
  yo creo que en delitos de atentado en la que incluso no hay testigos si un agente es agredido el plus de veracidad lo tiene el policia, aunque luego el agresor page solo 50 euros y la multa sea de risa..,  Y esto no es administrativo es puramente penal.
Negativo, no hay ningún "plus" de veracidad del agente, te lo aseguro, sólo entra en juego la objetividad de las lesiones que pudiere haber o la declaración testifical de terceros, entre otras pruebas de cargo que pudieren existir...
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #289 en: 28 de Febrero de 2006, 20:09:10 pm »
Te lo explico Serra. Me parece muy grave que un policía no sepa quienes son policías. No es una ironía. Es perplejidad. Me causa estupefacción observar como un policía no conoce la ley con la que trabaja. Eso es algo que es básico. Todos los policías locales y autonómicos son policías en todo el territorio espa?ol y si no has tenido oportunidad de estudiarlo en tu academia, por la razón que fuere, estás a tiempo de subsanar la deficiencia, con las aportaciones de Murcielago1. Después si te siguen cabiendo dudas, pregunta y entre todos trataremos de explicarte la diferencia entre las competencias que se dan a nivel administrativo por razón de la protección del principio de autonomía de las administraciones territoriales y la figura del policía como agente de la autoridad, el concepto de autoridad misma y cual es la autoridad a la que se representa en cada momento.
Salud y suerte.
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #290 en: 28 de Febrero de 2006, 20:10:51 pm »


 De acuerdo con cazaor.

Pero como vas a estar de acuerdo con Cazaor si es lo contrario de lo que estás manteniendo. Cazaor explícaselo otra vez.
Salud y suerte.
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #291 en: 28 de Febrero de 2006, 20:12:47 pm »


 De acuerdo con cazaor.

Pero como vas a estar de acuerdo con Cazaor si es lo contrario de lo que estás manteniendo. Cazaor explícaselo otra vez.
Salud y suerte.
Nooo, por favor, no me hagas explicarlo más... :bur)
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #292 en: 28 de Febrero de 2006, 20:16:37 pm »
Fiaros de los Politicos.

EN MENOS DE UN MES DOS SITUACIONES SIMILARES , COMO CONSECUENCIA DE LA PRIMERA SE QUEJA A MI SUPERIOR ANTE NUESTRA SUPUESTA PASIVIDAD CON UNOS CABEZAS RAPADAS, NO PASAN 20 O 25 DIAS, REPARTICPOS UN POCO DE CALOR NEGRO Y SE QUEJA POR HABER HECHO USO DE LA FUERZA.

asi es la vida

UN SALUDO

franciscodeasis

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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #293 en: 28 de Febrero de 2006, 20:16:59 pm »
Yo tambien estoy de acuerdo con lo expuesto con cazador, es más creo que la mayoria de los que han intervenido siguen esa linea.

Entonces Serra lo que pasa es que a veces nos expresamos bien y damos lugar a la confusion tu frase.

    un Mozo de Escuadra NO es Agente de la Autoridad fuera de su Comunidad.

Da lugar a una interpretacion erronea de hecho llevamos 6 páginas del hilo,reconozco no haberlo leido tod ni mucho menos para llegar a una conclusión que creo que estaba clara.

Los miembros de los ffccss, son agentes de la autoridad cuando se encuentran de servicio dentro de su ámbito territorial.

Cuando actuen en evitación  de delitos flagrantes o se les acomete por  motivos relacionados con su condicion,fuera de servicio, son agentes de la autoridad independientemente de si est?n en su ámbito territorial.

Un saludo.


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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #294 en: 28 de Febrero de 2006, 20:18:20 pm »


 De acuerdo con cazaor.

Pero como vas a estar de acuerdo con Cazaor si es lo contrario de lo que estás manteniendo. Cazaor explícaselo otra vez.
Salud y suerte.
Nooo, por favor, no me hagas explicarlo más... :bur)

Es que me va a coger manía a mí el chaval. Tú que eres alguien sensato, sacame de dudas. ?Es que en la academia estas cosas no se estudian?
Salud y suerte.
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #295 en: 28 de Febrero de 2006, 20:25:46 pm »


 De acuerdo con cazaor.

Pero como vas a estar de acuerdo con Cazaor si es lo contrario de lo que estás manteniendo. Cazaor explícaselo otra vez.
Salud y suerte.
Nooo, por favor, no me hagas explicarlo más... :bur)

Es que me va a coger manía a mí el chaval. Tú que eres alguien sensato, sacame de dudas. ?Es que en la academia estas cosas no se estudian?
Salud y suerte.
?Sensato yo?... :cuer; ,) :mus;
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #296 en: 28 de Febrero de 2006, 20:27:18 pm »
ShinChan

En todas las academias de policia hay buenos y malos profesores... pero aqui da la sensacion de que la de Avila son todos unos ineptos y envidiosos...

Yo, con todos mis respetos hacia todas las academias de policia de Espa?a, me quedo con la del CNP:
POR INSTALACIONES
POR PROFESIONALES
POR EXPERIENCIA
POR CONOCIMIENTOS
POR PRESTIGIO y por infinidad de razones...

Que yo sepa, policias de otros paises vienen a la Academia del CNP y no de ninguna policia local o autonomica.

Pero lo peor es ser hipocritas; si los profesores del CNP son tan malos y saben tan poco, POR QUE LAS PL ESTAN DESEANDO HACER CURSOS DEL CNP?
CUANTOS PL QUISIERAN IR A CANILLAS O PIO XII A ESPECIALIZARSE PROFESIONALMENTE?

Saludos
Primero fue el TIO DE LA VARA... ahora, EL TIO DEL GARROTE, para no dejar un chino con cabeza...

Desconectado Shin-Chan2

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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #297 en: 28 de Febrero de 2006, 20:29:13 pm »
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?Sensato yo?... :cuer; ,) :mus;
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Hombre, eres mi heroe... :n:
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #298 en: 28 de Febrero de 2006, 20:30:12 pm »
Vale Larras, yo todo eso no lo pongo en duda. Pero entonces cómo es posible que alguien salido de ahí no sepa lo que es un policía.
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Re: Actuaciones de las Policías Locales
« Respuesta #299 en: 28 de Febrero de 2006, 20:30:47 pm »
Serra estamos un poco obsoletos, aunque no venga al cuento ?quien te ha dicho a ti que las PA,PL, no pueden trabajar fuera de su territorio, salvo en casos de emergencias? MIRA LO QUE DICE LA 2/86.
Y TE ASEGURO QUE SE HACE BASTANTE.

Artículo cincuenta y uno (modificado por; Ley Orgánica 1/2003, de 10 marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales.)

3. Dichos cuerpos sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.

No obstante, cuando ejerzan funciones de protección de autoridades de las corporaciones locales, podrán actuar fuera del término municipal respectivo, con autorización del Ministerio del Interior o de la correspondiente autoridad de la Comunidad Autónoma que cuente con cuerpo de policía autonómica, cuando desarrollen íntegramente esas actuaciones en el ámbito territorial de dicha Comunidad Autónoma?

Artículo cuarenta y dos  (modificado por; Ley Orgánica 1/2003, de 10 marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales.)

Los cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas sólo podrán actuar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma respectiva, salvo en situaciones de emergencia, previo requerimiento de las autoridades estatales.

No obstante, cuando ejerzan funciones de protección de autoridades públicas de la Comunidad Autónoma, podrán actuar fuera del ámbito territorial respectivo, previa autorización del Ministerio del Interior y, cuando proceda, comunicación al órgano de gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, con las condiciones y requisitos que se determinen reglamentariamente?.