Autor Tema: Sobre el DNI y Pasaporte  (Leído 77494 veces)

Desconectado 47ronin

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Sobre el DNI y Pasaporte
« en: 24 de Diciembre de 2005, 16:59:13 pm »
   
  CONSEJO DE MINISTROS
El DNI electrónico, en marzo


El Ministro Alonso presenta un informe sobre la evolución del proyecto de implantación, que tendrá un coste de 314 millones

ELMUNDO.ES

MADRID.- El Ministro del Interior, José Antonio Alonso, ha presentado en el Consejo de Ministros un informe sobre el desarrollo del Documento Nacional de Identidad (DNI) Electrónico, que empezará a implantarse de manera progresiva a partir de 2006. La primera Oficina Piloto estará en Burgos y se abrirá el día 1 de marzo.


(Foto: Mir.es)
El nuevo DNI se configura como un documento de naturaleza doble. Por una parte, tendrá un soporte físico (tarjeta), que servirá para las funciones del Documento Nacional de Identidad como un documento público y oficial.

El documento mantendrá pues sus características básicas: carácter personal e intransferible, obligatoria obtención a partir de los 14 a?os de edad, obligatoriedad de mostrarlo a los Agentes de la Autoridad cuando así lo requieran éstos, deber del titular del citado documento de custodia y conservación, etc.

Por otra parte, dicho soporte físico llevará incorporado un chip electrónico que le proporcionará las utilidades informáticas atribuidas, como aquel documento que acredita electrónicamente la identidad y permite la firma electrónica de documentos. Dicho chip se activará en el momento de la expedición del DNI, para lo cual se le proporcionará al titular su clave personal secreta de acceso al dispositivo de creación de firma electrónica.

El chip electrónico contendrá:


Los datos personales de su titular digitalizados (lo que permitirá la identificación electrónica): filiación del titular, imagen digitalizada de la fotografía, imagen digitalizada de la firma manuscrita y plantilla de la impresión dactilar del dedo índice de la mano derecha.


La clave personal y secreta de acceso para realizar la firma electrónica, así como el certificado electrónico de la Dirección General de la Policía que acredita que el usuario de dicha clave que firma electrónicamente se corresponde con el titular del DNI. Con ello, queda garantizada la seguridad de la firma electrónica contra un uso indebido de ésta por terceros.



La firma electrónica que se realice a través del nuevo DNI tendrá el mismo valor que la consignada en papel, si bien la activación del chip electrónico es voluntaria y se limita a los mayores de edad la posibilidad de que efectúen dicha activación.

A través de la Red

Otra de las novedades recogidas en el Real Decreto es la posibilidad que se establece de remitir a la Dirección General de la Policía a través de Internet los documentos requeridos para la expedición del DNI (certificado de nacimiento, fotografía reciente en color de 32x26 mm y certificado de empadronamiento).

Por su parte, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, en estrecha colaboración con la Dirección General de la Policía, está desarrollando los trabajos de dise?o y producción de este documento. Actualmente se trabaja en los últimos aspectos del tratamiento de datos biométricos (expresión electrónica de huella, foto y firma), en la protección de los datos y en la certificación de seguridad.

En total, el conjunto de las actuaciones previstas en los próximos cuatro a?os para la implantación completa del DNI electrónico tendrá un coste aproximado de 314 millones de euros.

Dentro de este coste la partida principal corresponde al proyecto técnico que asciende a 219 millones de euros, y más en concreto a la producción de tarjetas criptográficas que supone unos 145 millones de euros.
 
« Última modificación: 20 de Junio de 2008, 17:58:02 pm por 47ronin »

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #1 en: 24 de Diciembre de 2005, 17:32:54 pm »
Ahora que cojan y que hagan como en el carnet de conducir. ?de que cabeza pensante habrá sido la idea de no incluir el domicilio del conductor?.

Desconectado Mirotz

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #2 en: 24 de Diciembre de 2005, 17:41:16 pm »
Aunque en el permiso de conducción no aparece la dirección del titular (en la tarjeta), figura en las bases de datos informáticas y la obligación de comunicar cambios de domicilio etc. es la misma asi q en principio no hay problema. Leí hace tiempo q iban a unificar ambos documentos (permiso d conducir y dni), pero con el dinero q se están gastando en los formatos por separado no parece q se vaya a realizar ?no?
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Desconectado William

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #3 en: 25 de Diciembre de 2005, 02:39:10 am »
Ahora que cojan y que hagan como en el carnet de conducir. ?de que cabeza pensante habrá sido la idea de no incluir el domicilio del conductor?.
Compi, todo conductor de vehículo tiene la obligación de llevar el D.N.I., a efectos de identificación el permiso de conducir sirve bien poco.vssssssss A lo mejor ha sido por eso.
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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #4 en: 25 de Diciembre de 2005, 12:37:32 pm »
Uhmmm...y dónde se regula que todo conductor tiene que llevar el DNI?.

Esto es como lo de pedir según qué documento en un momento determinado. Si yo estoy sentado dentro de mi coche y nadie me ha visto conducir, o vengo de mi casa me han dado un golpe y llega la patrulla a hacer el informe, a veces se le pide a esa persona el permiso de conducir, pudiéndonos encontrar con que alguien te diga, pues no se lo ense?o, y estaría en su perfecto derecho, pues como sabemos el permiso de conducir te habilita para eso.

Pero una vez que conduces y te paran, el documento que te acredita como conductor es el Permiso de conducir y no el DNI, y si bien existen diferentes criterios sobre si este documento es valido para tu identificación, lo cierto es que si lo es, y jueces, juzgados lo admiten, e incluso votar se puede hacer con el permiso de conducir, por lo tanto, es un documento valido, y más con el nuevo formato, que es más dificil de falsificar que el anterior.

O es que no darías como válido un permiso de conducir como identificación de una persona y le trasladarías a la Comisaría en aplicación de la 1/92?


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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #5 en: 25 de Diciembre de 2005, 16:36:07 pm »
Yo lo que quiero decir con mi anterior respuesta es que cuando se hace alguna innnovación se debe hacer para facilitar el trabajo, y para mi el no incluir el domicilio es algo que lo dificulta. No hubiese sotado nada incluirlo y ahorraría muchas llamadas para pedir los datos y el hecho de tener que mostrar el DNI, además de, como bien dice Ronin, en ninguna norma se regula que el conductor de un vehícluo esté obligado a llevar el DNI.


Un saludo.

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #6 en: 25 de Diciembre de 2005, 17:38:37 pm »
Pues está muy bien que informaticen el DNI, el permiso de conducir, etc.....pero si ésto no lo acompa?an de medios para su utilización, es decir, si no dotan a los vehículos policiales de un portatil con un lector que permita sacar los datos impreson en dicho documento, estamos como al principio, la intención es buena pero tendrán que culminarla
Si tan urgente era, que hubiesen llamado antes

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #7 en: 25 de Diciembre de 2005, 18:23:40 pm »
william no creo que exista obligación de llevar DNI en el vehículo, sino el mencionado permiso de conduc?r, pensando un poco en la "excentricidad" de no poner domicilio en el mismo, una opción que se me ocurre es porque no habrá que hacer duplicado del permiso en cada cambio de domicilio y los conductores estarán mas predispuestos a notificar el cambio de domicilio a Tráfico y estos tenerlo actualizado en el registro de conductores. no se! digo yo, una opción como otra cualquiera. Salu2  :mus;

Desconectado William

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #8 en: 26 de Diciembre de 2005, 04:47:15 am »
Uhmmm...y dónde se regula que todo conductor tiene que llevar el DNI?.

Esto es como lo de pedir según qué documento en un momento determinado. Si yo estoy sentado dentro de mi coche y nadie me ha visto conducir, o vengo de mi casa me han dado un golpe y llega la patrulla a hacer el informe, a veces se le pide a esa persona el permiso de conducir, pudiéndonos encontrar con que alguien te diga, pues no se lo ense?o, y estaría en su perfecto derecho, pues como sabemos el permiso de conducir te habilita para eso.

Pero una vez que conduces y te paran, el documento que te acredita como conductor es el Permiso de conducir y no el DNI, y si bien existen diferentes criterios sobre si este documento es valido para tu identificación, lo cierto es que si lo es, y jueces, juzgados lo admiten, e incluso votar se puede hacer con el permiso de conducir, por lo tanto, es un documento valido, y más con el nuevo formato, que es más dificil de falsificar que el anterior.

O es que no darías como válido un permiso de conducir como identificación de una persona y le trasladarías a la Comisaría en aplicación de la 1/92?


-ronin, a mi un Policía Nacional me hizo ense?arle mi D.N.I. No le fue válido que le ense?ara el permiso de conducir. Es más todos tenemos la obligación de llevarlo encima según la 1/92.Vssssss
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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #9 en: 26 de Diciembre de 2005, 10:25:02 am »
Uhmmm...y dónde se regula que todo conductor tiene que llevar el DNI?.

Esto es como lo de pedir según qué documento en un momento determinado. Si yo estoy sentado dentro de mi coche y nadie me ha visto conducir, o vengo de mi casa me han dado un golpe y llega la patrulla a hacer el informe, a veces se le pide a esa persona el permiso de conducir, pudiéndonos encontrar con que alguien te diga, pues no se lo ense?o, y estaría en su perfecto derecho, pues como sabemos el permiso de conducir te habilita para eso.

Pero una vez que conduces y te paran, el documento que te acredita como conductor es el Permiso de conducir y no el DNI, y si bien existen diferentes criterios sobre si este documento es valido para tu identificación, lo cierto es que si lo es, y jueces, juzgados lo admiten, e incluso votar se puede hacer con el permiso de conducir, por lo tanto, es un documento valido, y más con el nuevo formato, que es más dificil de falsificar que el anterior.

O es que no darías como válido un permiso de conducir como identificación de una persona y le trasladarías a la Comisaría en aplicación de la 1/92?


-ronin, a mi un Policía Nacional me hizo ense?arle mi D.N.I. No le fue válido que le ense?ara el permiso de conducir. Es más todos tenemos la obligación de llevarlo encima según la 1/92.Vssssss

william la 1/92 te dice que tienes obligación de identificarte por cualquier medio valido, pero no que debas llevar el DNI, igual te confundes porque dice que los mayores de 14 a?os tienen la "obligación" de obtener el DNI, te lo digo porque yo tuve un intercambio de parecer con una compa?era que en una intervención con unos chabales les dijo que era obligatorio y como ella llevaba esa intervención y tampoco era muy relevante la deje que continuara, pero  luego le hice ver mi opinión y como no coincidiamos hicimos consultas, buscamos legislación, bla, bla, bla y me parece que esta bastante clarito. Salu2  :mus;

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #10 en: 26 de Diciembre de 2005, 10:32:43 am »
Yo tambien creo que esta claro, obligacion de identificarte no obligacion de llevar encima el D.N.I, los extranjeros si estan obligados a llevar su pasaporte, o eso creo.

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #11 en: 26 de Diciembre de 2005, 10:34:08 am »
Artículo 20. Ley 1/92 Seguridad Ciudadana

    1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de  Seguridad.
    2. De no lograrse la identificación por cualquier medio, y cuando resulte necesario a los mismos fines del apartado anterior, los agentes, para impedir la comisión de un delito o falta, o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompa?en a dependencias próximas y que cuenten con medios adecuados para realizar las diligencias de identificación, a estos solos efectos y por tiempo imprescindible.
    3. En las dependencias a que se hace referencia en el apartado anterior se llevará un Libro-Registro en el que se harán constar las diligencias de identificación realizadas en aquellas, así como los motivos y duración de las mismas, y que estará en todo momento a disposición de la autoridad judicial competente y del Ministerio Fiscal. No obstante lo anterior, el Ministerio del Interior remitirá periódicamente extracto de las diligencias de identificación al Ministerio Fiscal.
   4. En los casos de resistencia o negativa infundada a identificarse o a realizar voluntariamente las comprobaciones o practicas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Codigo Penal y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.




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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #12 en: 26 de Diciembre de 2005, 10:47:15 am »
Coti disculpa me he confundido, crasso error.vsssss
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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #13 en: 26 de Diciembre de 2005, 10:55:37 am »
Hoy por ti y ma?ana por mi,   ;;cer;; jeje, Salu2

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #14 en: 26 de Diciembre de 2005, 13:28:22 pm »
Efectivamente, nadie está obligado a llevar su DNI mientras circula con las vías públicas, sin que la falta de ese DNI sirva para poder denunciarle administrativamente, pues los RD que regulan el DNI no recogen como infracción el no portarlo.

Un conductor está obligado a llevar la documentación del vehículo y el permiso de conducir, pues ese conjunto de documentaciones amparan una actividad que es la conducción, estando sujetas a diferentes normas.

La cuestión es: Es válido identificarse con el permiso de conducir?. Para mi lo es, y como he dicho antes, mucho más ahora que ese documento es más dificil de falsificar, mientras que otros defienden que sólo son válidos, en el caso de espa?oles, el DNI y el Pasaporte.

Pero yo no me arriesgaría a "invalidar" un permiso de conducir como documento de identificación en una detención y traslado por la 1/92, pues podríamos incurrir en una detención ilegal.

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #15 en: 26 de Diciembre de 2005, 14:17:36 pm »
Para mi tanto DNI como permiso de conducir como Pasaporte son documentos oficiales q acreditan la identidad del titular. Sin embargo creo q la constitución establece q el único documento (nacional) q acredita la identidad particular es el Documento Nacional de Identidad, no citando ningún otro documento. De todas formas ocurre lo q en otros artículos de la constitución (derechos varios etc.), la constitución es la ley de leyes, pero no hay ningún real decreto por el q puedas después denunciar la no identificación de un particular con DNI, ni está regulado en ninguna parte ninguna sanción por no portarlo.

Y bajo mi punto de vista, el tema d detener a una persona por el tema d identificación no debería d llevarse a cabo en un caso en el q la persona colabore en esclarecer su identidad y pudiera quedar clara esta.
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Desconectado fuyu

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #16 en: 27 de Diciembre de 2005, 02:36:43 am »
Es facil, leer la regulación del carné de conducir, del D.N.I. y del Pasaporte, y vereis que los unicos documentos que acreditan la personalidad son el DNI y el Pasaporte.

Luego, aparte, otras leyes, como la ley electoral, autoricen la identificación con el carné de conducir para determinados actos, como votar.

Todo ello, sin cuestionar que el carné de conducir, ante un policia, dificilmente se puede argumentar que carece de validad para una identificación en vía pública.

En cuanto a lo que dan por valido los jueces, como curiosidad en el macro-juicio que se esta llevando ahora mismo en la Audiencia Nacional, el Sr. Juez ha dado por valido para identificarse el "DNI VASCO", y yo no tendré ningún reparo, ni miedo a jusitificar, que para mi ese documento tiene el mismo valor que el ticke de la pescadería, por mucho magistrado de la Audiencia Nacional que lo pase por bueno.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #17 en: 27 de Diciembre de 2005, 02:37:38 am »
En cuanto al DNI electronico, es cojonudo, lo que pasa que hay mucho desconocimiento sobre le gran abanico de posibilidades que puede ofrecer, solo condicionadas por la legalidad.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #18 en: 27 de Diciembre de 2005, 03:57:41 am »
Es facil, leer la regulación del carné de conducir, del D.N.I. y del Pasaporte, y vereis que los unicos documentos que acreditan la personalidad son el DNI y el Pasaporte.


A eso me refería yo.vsssss
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Re:Sobre el DNI y Pasaporte
« Respuesta #19 en: 27 de Diciembre de 2005, 14:06:03 pm »
Unificacion base de datos...


Ertzaintza, Mossos d´Esquadra y Policía Foral 
 

El Ministerio del Interior prepara un protocolo que permitirá la incorporación a la nueva base documental de la Ertzaintza, los Mossos d´Esquadra y la Policía Foral de Navarra, así como del Instituto Nacional de Toxicología, según el comunicado emitido ayer.
La investigación científica en el ámbito policial es una de las prioridades marcadas por el ministro del Interior, José Antonio Alonso, y, por ello, se ha suscrito recientemente un convenio de colaboración con la Universidad de Alcalá para desarrollar actuaciones en materia de ciencia policial.
En su comunicado, el Ministerior del Interior subraya el prestigio con que cuenta la policía científica espa?ola, cuya colaboración es requerida por otros países ante situaciones de grandes catástrofes como el tsunami en el sudeste asiático o los terremotos en Argelia.
 
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