"Oposición activa" de la víctima
Una mujer denuncia a Íñigo Errejón por una presunta agresión sexual
El abogado de la denunciante es también el mismo que el de Elisa Mouliaá, Alfredo Arrién, quien ha remarcado que, en en este caso, el político habría usado la "fuerza"
or El Confidencial
24/02/2026 - 23:52 Actualizado: 25/02/2026 - 00:27.
La segunda víctima de Errejón no se ratifica ante la juez: «Tengo más que perder, que ganar»
La magistrada titular, ante la ausencia de la ratificación de la víctima, tendrá que archivar de manera provisional la causa
Teresa Gómez
@teresagomezgp
tg@theobjective.com
Publicado: 13/03/2026
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 12 de Madrid se ha convertido este jueves en el epicentro de un frenazo judicial que pocos esperaban en el entorno del caso Errejón. A las 16 horas, el reloj de la sede judicial marcaba el inicio de una comparecencia clave: la ratificación de la denuncia de la segunda mujer que decidió llevar al exfundador de Podemos ante los tribunales por un presunto delito de agresión sexual. Sin embargo, según ha podido saber THE OBJECTIVE en exclusiva, la denunciante ha decidido no dar ese paso definitivo. El miedo al coste personal y profesional ha pesado más que el deseo de justicia inmediata.
El resultado es un archivo provisional de las diligencias. La magistrada titular, ante la ausencia de la ratificación de la víctima, se ha visto obligada a suspender el avance de la causa, aunque con una puerta abierta: la mujer podría retractarse en cualquier momento. Esto supondría la reapertura inmediata de la causa, dejando el futuro procesal de Íñigo Errejón en un limbo que dependerá, exclusivamente, de la voluntad de la denunciante.
El muro de la identidad y el derecho de defensa
La intrahistoria de esta incomparecencia revela un conflicto jurídico de calado. Según la denuncia, adelantada en el programa Código 10, la denunciante había solicitado formalmente adquirir la condición de testigo protegido. Su intención era nítida: que su identidad permaneciera blindada frente a la opinión pública, un extremo que, sin embargo, choca frontalmente con la arquitectura del derecho penal español. Jurídicamente, la protección total del anonimato del denunciante frente al denunciado es una excepción de difícil encaje cuando se trata de la prueba principal.
Permitir que una acusación de agresión sexual prospere sin que el investigado —en este caso, Íñigo Errejón— conozca quién le acusa, supondría una vulneración de sus derechos fundamentales. El derecho a la defensa y a un proceso con todas las garantías (consagrado en el artículo 24 de la Constitución) exige que el denunciado sepa de quién provienen los hechos imputados para poder articular su estrategia, impugnar la veracidad o señalar posibles motivos espurios. En el momento en que la víctima se ratifica, su identificación en el expediente es inevitable para las partes personadas.
La cronología de este caso se remonta al pasado 9 de marzo de 2026, cuando el juzgado admitió a trámite la denuncia. Si bien la admisión inicial no requiere que la víctima esté presente —basta con que el relato presente indicios mínimos de veracidad—, el paso siguiente es la ratificación. Este es el acto donde la denunciante, bajo juramento o promesa, hace suya la denuncia ante el juez instructor. En los delitos de violencia de género o contra la libertad sexual, la ratificación tiene una doble vertiente. Por un lado, refuerza la credibilidad del testimonio original; por otro, actúa como un filtro de seguridad jurídica. Si una víctima se retracta en una fase posterior, como el juicio oral, negando hechos que previamente ratificó bajo juramento, podría incurrir en un presunto delito de falso testimonio.
El coste personal: «Tengo más que perder, que ganar»
Pero más allá de los artículos y los códigos, esta decisión tiene un trasfondo humano que explica el parón. La denunciante, una conocida actriz, se encuentra en un momento vital de estabilidad que no está dispuesta a sacrificar. Con una vida ya rehecha, la exposición mediática que conlleva un juicio de esta envergadura se percibe como una amenaza directa a su núcleo familiar. A esto se suma el factor laboral. La actriz cuenta actualmente con trabajo en el sector y es plenamente consciente de cómo el estigma o la sobreexposición en casos vinculados a figuras políticas de alto nivel pueden perjudicar su trayectoria profesional. Según ha podido confirmar este periódico, la comunicación a su abogado ha sido tajante: «Tengo más que perder, que ganar».
El archivo provisional dictado hoy no es una sentencia de inocencia para Íñigo Errejón, pero sí es un alivio procesal inmediato. Mientras la víctima mantenga que tiene «más que perder» y el miedo a la identificación supere la voluntad de sostener el proceso, el caso dormirá en el cajón de los asuntos sobreseídos. La pelota vuelve ahora al tejado de la acusación. La posibilidad de reapertura permanece latente, a la espera de que la denunciante encuentre las garantías o la determinación necesaria para sentarse frente a la juez y decir: «Ratifico cada palabra». Hasta entonces, el proceso judicial contra el que fuera uno de los políticos más influyentes de la última década se deshincha por el flanco de su segunda denunciante.