. . . en PMM existe el Código PIC y el Jefe de Bomberos o el Jefe de Samur es quien asume el mando en este tipo de incidentes . . . curiosamente CNP queda fuera de esta instrucción, pero como es lógico, en materia de incidentes donde la importante es el rescate y el salvamento de las personas . . . deben de ser los que van a realizar ese rescate y ese salvamento, los que asuman la responsabilidad del mando del dispositivo . . .
El orden publico queda fuera de ese codigo PIC, eso se trata para incidentes con multiples victimas o que requiere activacion de los planes de emergencias, para todo lo demas, los bomberos han de atenerse al articulo 31.2 del RD 94/1985 donde se describen sus procedimientos de trabajo, que ya se colgo aqui, pero por si acaso y para que no haya que buscarlo:
Si los miembros del Cuerpo de Bomberos colaborasen en situaciones sobre las que tuviesen competencia otras autoridades, fundamentalmente Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, actuarán, salvo imposibilidad o urgencia, bajo la dependencia de sus mandos propios, pero con sujeción a las órdenes que procedieran de tales autoridades.