Autor Tema: Las Policías Locales como Policía Judicial  (Leído 147962 veces)

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Re:Las Policías Locales como Policía Judicial
« Respuesta #2641 en: 28 de Octubre de 2020, 14:34:46 pm »
Eeehhh? . . . me lo explique. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Las Policías Locales como Policía Judicial
« Respuesta #2642 en: 25 de Febrero de 2023, 07:45:00 am »
Málaga quiere que se vuelvan a poder poner denuncias en las comisarías de Policía Local


Pide al Gobierno que le devuelvan competencias en materia judicial

JORGE PEDROSA
Málaga, 23 Febrero, 2023 - 06:55h

El Ayuntamiento de Málaga pretende que el Gobierno le devuelva competencias en materia de la policía judicial, de manera que se puedan volver a poner cierto tipo de denuncias en las Comisarías de Policía Local. De esta manera, aseguran en el equipo de gobierno, se facilitaría la vida del ciudadano y se descongestionarían a la Policía Nacional.

Esta petición, que se hará este jueves en el Pleno del Ayuntamiento, parte del anterior mandato, cuando se desproveyó al Ayuntamiento de las competencias, en cumplimiento con una nueva norma operativa, para realizar funciones judiciales en delitos contra la seguridad vial, menores, violencia de género y en el ámbito familiar, y delitos leves susceptibles de enjuiciarse bajo el procedimiento de juicios inmediatos.

Desde 2017, aseguran en el PP, llevan tratando, vía firma de convenios que se les exige desde el Gobierno, que se les devuelvan las competencias, sin respuestas por parte del Gobierno central.

"Tras numerosas consultas en los sucesivos años, la última respuesta de la que se dispone data del 7 de junio de 2019, cuando la entonces subdelegada del Gobierno, María Gámez, respondía que “aún no hay tomada una decisión al respecto, aunque se sigue trabajando en todas las posibles fórmulas de colaboración entre Policía Nacional y Local que puedan ser beneficiosas para ambos cuerpos”. Desde entonces, no hemos tenido noticias pese a haber vuelto a preguntar y seguimos a la espera de que el Gobierno nos dé una respuesta", exponen desde el PP en una moción presentada a Pleno.

En caso de que la Policía Local ostentase competencias de policía judicial podría encargarse de la instrucción de delitos leves cuya instrucción sea sencilla, sin tener que derivarlas a la Policía Nacional; fundamentalmente aquellos delitos leves contra el patrimonio como pueden ser los hurtos, delitos leves de lesiones, delitos leves de amenazas, coacciones, etc. siendo atendido este servicio por las Oficinas de Denuncias ubicadas en cada una de las ocho Jefaturas de Policía de Barrio, con las que cuenta la Policía Local de Málaga y que están abiertas las 24 horas los 365 días del año.

Así se evitaría a los malagueños tener que desplazarse hasta una de las cinco comisarías de Policía Nacional de la ciudad que, además, no están abiertas las 24 horas en su totalidad. Podemos concluir, y es innegable, que la asunción de competencias de policía judicial permitiría a este Ayuntamiento ofrecer un servicio de proximidad a los malagueños, a la vez que descongestionaría las comisarías de Policía Nacional. Todo ello redundaría en la mejor prestación del servicio, recalcan los populares.

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Re: Las Policías Locales como Policía Judicial
« Respuesta #2643 en: 25 de Febrero de 2023, 07:45:29 am »
Están los cuerpos de policía local como para ampliar sus quehaceres....esto mismo planteó el portavoz de Vox en el Ayuntamiento de Madrid en la última Comisión de Seguridad celebrada el pasado miércoles...y la respuesta del Director fue de nota, en una venta acumulada de humo en rebajas de temporada.

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Re: Las Policías Locales como Policía Judicial
« Respuesta #2644 en: 25 de Febrero de 2023, 20:46:12 pm »
No hay ni medios, ni voluntad política de hacerlo. . . además, se debería de contar con el beneplácito de CNP. . .y dudo mucho que lo fuéramos a tener. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Las Policías Locales como Policía Judicial
« Respuesta #2645 en: 26 de Febrero de 2023, 08:48:40 am »
No hay ni medios, ni voluntad política de hacerlo. . . además, se debería de contar con el beneplácito de CNP. . .y dudo mucho que lo fuéramos a tener. . .

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Exacto, el perro del hortelano jamás cederá lo que entiende suyo y exclusivo.

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Re: Las Policías Locales como Policía Judicial
« Respuesta #2646 en: 19 de Junio de 2024, 08:43:18 am »

Los ciudadanos podrán presentar denuncias 'online' ante la Policía Municipal de Pamplona


Este canal de denuncias está disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Edificio de la Policía Municipal de Pamplona.Edificio de la Policía Municipal de Pamplona.Europa Press
La Policía Municipal de Pamplona ha incorporado a su canal de denuncias online la posibilidad de completar cualquier denuncia sobre delitos contra las pertenencias personales (hurtos, daños intencionados o actos vandálicos, sustracciones y extravíos de documentación) sin necesidad de acudir a las oficinas para firmar dicha denuncia. Hasta ahora, este último trámite debía hacerse siempre de forma presencial.

Con las mejoras en el canal de denuncias penales online, se permite la firma digital a través de distintas herramientas seguras como el DNI electrónico, la Clave Permanente o la Clave PIN. Así lo ha explicado en rueda de prensa el concejal delegado de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, Endika Alonso.

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Cómo presentar una denuncia 'online'
Otras denuncias —referidas a violencia física o intimidación o de naturaleza sexual o violenta— deberán hacerse en las propias oficinas de Policía, en la calle Monasterio de Irache, número 2. Además, si los delitos se están produciendo en ese mismo momento, quien esté presenciándolos debe llamar al teléfono 092 (948420092), en lugar de acudir a la denuncia online.

El canal de denuncias penales online está disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona, en el apartado de 'Avisos, reclamaciones y denuncias' y, dentro de éste, en la sección 'Si afectan a tus pertenencias personales'. Para presentar la denuncia, el sistema recoge la posibilidad de realizar el trámite con firma digital o sin ella. En este último caso, habrá que acudir a las oficinas a firmarla presencialmente.

Plaza de Toros de Pamplona.
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El sistema exige cumplimentar los datos personales, de contacto y de residencia de la persona denunciante, antes de precisar los datos denunciados, incluyendo una descripción de lo ocurrido. El paso final será enviar la denuncia, tras proceder a su firma electrónica. En estos momentos, la presentación de estas denuncias puede realizarse tanto en castellano como en euskera. Además, se está trabajando para poder ofrecer este mismo servicio en inglés y en francés.

Para dar a conocer estas mejoras en el sistema, el Ayuntamiento de Pamplona va a distribuir dípticos informativos en comercios, espacios municipales como Civivox y Centros Comunitarios o la Oficina de Turismo.

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Re: Las Policías Locales como Policía Judicial
« Respuesta #2647 en: 23 de Junio de 2024, 16:38:48 pm »

La justicia desautoriza a la Policía Local de O Porriño en su pulso con la Guardia Civil


J.

J. ROMERO
VIGO / LA VOZ
 
El CGPJ recuerda a los agentes locales que tienen que dar copia de sus atestados
23 Jun 2024. Actualizado a las 05:00 h.

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La cronología del enfrentamiento entre la Policía Local de O Porriño y la Guardia Civil comenzó el 9 de enero con un acuerdo de la junta general de jueces de O Porriño. Lo aprobado oficializó el pulso que mantienen ambos cuerpos: «Se acuerda recordar a la Policía Local del Partido Judicial de O Porriño la obligación de comunicar y remitir los atestados por causas por delito que se elaboren a la Guardia Civil competente tras la práctica de las primeras diligencias de prevención, de acuerdo con lo ordenado en la Ley Orgánica 2/1986». 16 días después, la jueza decana de O Porriño dictó otro acuerdo: «Se aclara que, en relación al acuerdo adoptado en fecha 9 de enero de 2024, es suficiente con la remisión de copia del atestado, sin que sea necesaria la remisión del atestado original».

Ambos acuerdos no agradaron al jefe de la Policía Local de O Porriño, Daniel Rodríguez. Respondió el 23 de febrero presentando un recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial. Su argumentario denuncia que «en los casi 26 años ejerciendo como policía local nunca se produjo un acuerdo gubernativo de esta singularidad; si bien esto sucede, desde la nueva incorporación de un capitán de la Guardia Civil de la Compañía de Vigo. Dicho funcionario público está tratando de que la Policía Local sea su subordinada, confundiendo la coordinación entre dos unidades policiales, con subordinación». Ahí está el fondo del problema, pero también el origen de las consecuencias. Principalmente generar duplicidades. Sin coordinación entre ambos cuerpos, se investigaron a veces los mismos hechos de manera paralela; llegándose a dar la situación de llamar a testigos para declarar dos veces, una para cada cuerpo. Pero el jefe de la Policía Local de O Porriño considera que tiene la razón y no la obligación de aportar copia de los atestados a la Guardia Civil. Lo pensaba antes de los dos acuerdos adoptados por los juzgados de la zona, y lo pensó también después al redoblar su posición ante la máxima figura judicial del Estado.


Otro argumento de Rodríguez, resuelve el CGPJ, para «rehusar el cumplimiento de dicha obligación es que al final de cada año envía a la Guardia Civil un documento en el que se indican el número de atestados realizados por cada tipo de delito, sin más especificaciones; alegando que eso ya cumple el deber de comunicación de dicha ley». La tesis de la Policía Local de O Porriño, representada en su mando superior, ha sido desestimada.

 

Recordatorio

El primer argumento resulta elocuente para situar a cada parte en su posición natural: «El acuerdo impugnado se limita a remitir un recordatorio de un deber legal, cuyo destinatario es la Policía Local. En él se especifica el modo en que la Policía Local debe cumplir su función de colaborador con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en cuanto desarrollen labores de policía judicial». La resolución del CGPJ añade: «Ante la falta de colaboración de dicho cuerpo [Policía Local] y el incumplimiento de sus obligaciones legales, se hizo necesaria la adopción del acuerdo, como la medida más comedida posible, a la espera de que se proceda por la policía local a cumplir sus obligaciones legales y no haga necesaria la adopción de medidas más gravosas en caso de persistir los incumplimientos. Posteriormente, y tras una reunión mantenida con los jefes de la policía local del partido judicial, se dictó el acuerdo aclaratorio para resolver las dudas sobre el alcance del acuerdo, en relación a si era necesario atestado original o bastaba con una copia».

El alegato desestimado solo puede recurrirse en un contencioso administrativo
El relato cronológico y oficial de hechos evidencia que el problema entre la Policía Local de O Porriño y la Guardia Civil comenzó al menos el año pasado. La resolución judicial expone que ante la interpretación de sus obligaciones, la Policía Local se reunió con las juezas de O Porriño. Allí se expuso la obligación de cada uno y se recordó que la Guardia Civil tiene que recibir copia de los atestados. Pero aquello no fue suficiente para que la diferencia de criterios siguiera ganando altura hasta llegar al CGPJ. Ahora, una vez desestimado la tesis de la Policía Local, está por ver si el jefe de la Policía Local de O Porriño seguirá redoblando el pulso por la única vía posible: iniciar un procedimiento contencioso administrativo.

El recurrente también pretende que se declare la nulidad del acuerdo de la junta sectorial de jueces de O Porriño (Pontevedra) y el acuerdo complementario de la jueza decana del mismo partido judicial. La petición abre otro frente, a mayores del perpetuado con la Guardia Civil, contra las personas al frente de los tres juzgados de la zona. Pero el CGPJ también se pronunció sobre esto. Recuerda y argumenta que ambos acuerdos del pasado enero están legitimados: «Se trata de una actividad sobre la que los jueces de instrucción no pueden permanecer ajenos, pues ello redundaría de manera negativa en el ejercicio de la jurisdicción». El CGPJ añade que los jueces de instrucción no pueden pasar por alto el «incumplimiento reiterado» de la ley. Y que en el caso de O Porriño, hicieron lo que tenían que hacer.