DECLARACIONES DE DOS TEDAX
El juez rechaza pasar al sumario del 11-M las últimas diligencias sobre el explosivo
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Actualizado jueves 03/08/2006 14:39 (CET)
EFE
MADRID.- El juez Juan del Olmo ha rechazado la petición de la Fiscalía de incorporar al sumario del 11-M, cuya instrucción dio por concluida el 6 de julio, las últimas diligencias practicadas recientemente en una causa aparte en la que se investigan aspectos de los atentados que quedan por esclarecer sobre los explosivos.
En su petición al juez de la Audiencia Nacional, la fiscal Olga Sánchez consideraba que los hechos investigados en el marco de las diligencias previas 147/06 son los mismos que los del sumario 20/04, abierto a raíz de los atentados del 11-M, por lo que estimaba "procedente" incorporar esas diligencias al sumario para que puedan ser consideradas como prueba en el futuro juicio.
En el marco de esas diligencias previas, el juez tomó declaración hace dos semanas al comisario jefe de los TEDAX, Juan Jesús Sánchez Manzano, y a la inspectora de los TEDAX que el 11-M elaboró los informes preliminares sobre los explosivos, quienes aseguraron que en ningún momento hablaron de que se hubiese detectado nitroglicerina, componente de la dinamita 'Tytadine' típica de ETA.
Estos interrogatorios fueron acordados de oficio por Del Olmo a raíz de las informaciones publicadas en EL MUNDO y que se referían a que mientras que en los primeros datos policiales tras los atentados se hablaba de nitroglicerina, tal y como dijo Sánchez Manzano en la comisión de investigación del 11-M, este componente no aparecía citado ni una sola vez en el sumario de los atentados.
Del Olmo, sin embargo, sostiene en su resolución, contra la que cabe recurso, que "en modo alguno se ha realizado en las diligencias previas 147/06 una actuación jurisdiccional dirigida a esclarecer extremos contemplados y fijados en el sumario 20/2004, respecto a los que ya se dictó auto de conclusión el 6 de julio".
"La actividad a desarrollar en las diligencias previas 147/2006 -destaca Del Olmo- es la profundización de extremos nuevos o datos que resulten del análisis, también complejo, de la ingente información recopilada en el sumario", ya concluido.
Recuerda el juez que "las actuaciones realizadas" en las diligencias previas, "han consistido en dos declaraciones testificales, prestadas por miembros del Cuerpo Nacional de Policía, sobre extremos que no constaban en el sumario" y que sí aparecían en el diario de sesiones de la comisión de investigación del 11-M, reclamado por Del Olmo al Congreso poco después de concluir el sumario.
Además, según el juez, en esos dos interrogatorios han estado presente la fiscal y una acusación popular. Dichas partes, a?ade, "en el trámite de calificación -paso previo para el se?alamiento del juicio- pueden considerar la posibilidad de interesar como medio de prueba la unión de testimonio de esas declaraciones o de cualquier otro documento que obre en las diligencias previas".
"Pero esa finalidad de 'unión' del resultado de una diligencia concreta no puede invalidar la investigación judicial independiente", tal y como fijó el juez, según él mismo recuerda, en el auto de conclusión de sumario y en el dictado el pasado 10 de abril, en el que dedujo testimonio para que se investigara a algunos procesados por causas ajenas al 11-M así como de imputados que finalmente no fueron procesados.
En el escrito dirigido al juez, la fiscal indicaba también que si en un futuro, como consecuencia de las investigaciones que realicen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, aparecen nuevos indicios incriminatorios respecto a otras personas, "se proceda a la reapertura del referido sumario para la práctica de diligencias que hubiere lugar".
A este respecto, Del Olmo cree "contraria a la realidad del tipo de delincuencia organizada transnacional e internacional reflejada en los atentados" del 11-M que "el estímulo de la investigación proceda de las investigaciones que realicen los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado".
"?Qué razón legal existe para que el propio Juzgado Instructor, con sus medios personales y materiales, no pueda seguir desarrollando su función instructora, en causa abierta al efecto, en pro del análisis de datos o elementos que las investigaciones hasta ahora realizadas han aflorado, y sí puedan seguir investigando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que en dicha labor de averiguación del delito están sometidas al Poder Judicial?", se pregunta Del Olmo.
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