Entiendo que conoces que quien instruye no juzga. Bueno, pues en este caso, que no es lo mismo, pero sirve para ilustrarlo. El juez, lo que está haciendo es investigar una noticia aparecida en un medio de comunicación relacionada con un asunto que es de su competencia. Esta investigación, le lleva a requerir la declaración de unas personas, policías en este caso, cuyo testimonio arrojará luz sobre el asunto que le ocupa. Durante la declaración, el juez ve indicios de la comisión de un delito que no es de su competencia. Sobre lo actuado en relación a ese delito, debe inhibirse y traspasar lo diligenciado al juzgado competente para su instrucción, que posteriormente se lo pasará a quien deba juzgarlo. Es imposible que este mecanismo se de, si el juez no hubiera previamente interrogado a los imputados, por la sencilla razón de que no hubiese tenido constancia del hecho. Los policías no estaban denunciados. La imputación se realizó como consecuencia de sus declaraciones.
Salud y suerte.