Autor Tema: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal  (Leído 111800 veces)

Desconectado badboy

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #120 en: 05 de Octubre de 2007, 17:33:35 pm »
Me veo en dos a?os acudiendo en masa a los juzgados por parar "jais" sin carnet de conducir. A no ser que hagan como en las alcoholemias y les citen a ellos solamente en primera instancia.
ALGUNOS SABEN LO QUE DICEN Y OTROS DICEN LO QUE SABEN

Desconectado 47ronin

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #121 en: 05 de Octubre de 2007, 17:34:42 pm »
No esta mal ponernos en situaciones complicadas, o sea, adelantarnos a ellas, es buena forma de ir prevenidos a la hora de hacer los atestados, de todas formas yo no veo tan complicado el asunto... se toma manifestación al propietario del coche, si no identifica al conductor, así se hace constar y luego el juez que haga su trabajo... no hace falta buscarse los problemas.

Este asunto a mi me da que va a resultar igual que cuando penalizaron el circular sin seguro... al final lo volverán a despenalizar por que los juzgados no darán a basto, a no ser que se creen juzgados específicos en materia de seguridad vial, entonces la cosa podría funcionar... pero ???ande´stán los cuartos???  ;fu;

Eso pienso yo, y todavía está por saber si al final han incluído como delito conducir sin estar en posesión del carné acreditativo, delito que desapareció hace 20 a?os del CP.

Desconectado Mcero

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #122 en: 05 de Octubre de 2007, 18:13:30 pm »
Octavo.

Se modifica el artículo 384, que queda redactado
como sigue:
?El que condujere un vehículo de motor o ciclomotoren los casos de pérdida de vigencia del permiso o
licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o
definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o
ciclomotor sin disponer de permiso o licencia de conducción vigente y válida para conducir en Espa?a.?

Desconectado cazaor

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #123 en: 05 de Octubre de 2007, 18:14:00 pm »
No esta mal ponernos en situaciones complicadas, o sea, adelantarnos a ellas, es buena forma de ir prevenidos a la hora de hacer los atestados, de todas formas yo no veo tan complicado el asunto... se toma manifestación al propietario del coche, si no identifica al conductor, así se hace constar y luego el juez que haga su trabajo... no hace falta buscarse los problemas.
Exactamente, es que no hay otra... .ca;

Venga, átate los machos que te veo aparcando la moto y citando a la gente y tomando declaraciones como un poseso... ;ris;
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Desconectado 47ronin

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #124 en: 05 de Octubre de 2007, 18:28:02 pm »
Octavo.

Se modifica el artículo 384, que queda redactado
como sigue:
?El que condujere un vehículo de motor o ciclomotoren los casos de pérdida de vigencia del permiso o
licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o
definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o
ciclomotor sin disponer de permiso o licencia de conducción vigente y válida para conducir en Espa?a.
?

O sea que al final lo han incluído, OK.

Desconectado 47ronin

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #125 en: 05 de Octubre de 2007, 18:29:11 pm »
Según parece al final la enmienda se aprobó:

Octavo.

Se modifica el artículo 384, que queda redactado
como sigue:
?El que condujere un vehículo de motor o ciclomotoren los casos de pérdida de vigencia del permiso o
licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o
definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o
ciclomotor sin disponer de permiso o licencia de conducción vigente y válida para conducir en Espa?a.?


Desconectado cazaor

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #126 en: 05 de Octubre de 2007, 18:30:38 pm »
Pues muy bien: espero ansioso la entrada en vigor de la reforma (de verdad lo digo)... ;pal;
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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #127 en: 05 de Octubre de 2007, 18:31:44 pm »
Veintidos a?os han pasado desde que se despenalizó el conducir sin permiso.

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #128 en: 05 de Octubre de 2007, 18:34:47 pm »
No esta mal ponernos en situaciones complicadas, o sea, adelantarnos a ellas, es buena forma de ir prevenidos a la hora de hacer los atestados, de todas formas yo no veo tan complicado el asunto... se toma manifestación al propietario del coche, si no identifica al conductor, así se hace constar y luego el juez que haga su trabajo... no hace falta buscarse los problemas.
Exactamente, es que no hay otra... .ca;

Venga, átate los machos que te veo aparcando la moto y citando a la gente y tomando declaraciones como un poseso... ;ris;


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Desconectado chax

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #129 en: 05 de Octubre de 2007, 18:49:46 pm »
Pues muy bien: espero ansioso la entrada en vigor de la reforma (de verdad lo digo)... ;pal;

Te vas a hinchar a hacer diligencias.
Lo importante no es saber. Lo importante es tener siempre a mano el teléfono del que sabe.

Desconectado shane

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #130 en: 05 de Octubre de 2007, 18:50:09 pm »
   Y digo yo el quebrantamiento de condena antes no era delito?, por que creo solo creo, que cuando se para ha alguien y se descubre que no tiene carnet de conducir, y se verifica que le ha sido retirado por sentencia judicial, se procedia a la detención por quebrantamiento de condena.


   Ademas ahora el que se le pille con carnet de conducir falso, se le han de imputar los dos delitos, que entiendo que iran en concurso, y se penaran por separado.

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #131 en: 05 de Octubre de 2007, 18:51:02 pm »
Veremos la respuesta judicial a eso y que no pase como con lo de suscribir el seguro obligatorio, que al final....

Desconectado cazaor

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #132 en: 05 de Octubre de 2007, 18:52:06 pm »
Pues muy bien: espero ansioso la entrada en vigor de la reforma (de verdad lo digo)... ;pal;

Te vas a hinchar a hacer diligencias.
Yo no... :mus;

Un saludo.
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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #133 en: 05 de Octubre de 2007, 18:52:48 pm »
  Y digo yo el quebrantamiento de condena antes no era delito?, por que creo solo creo, que cuando se para ha alguien y se descubre que no tiene carnet de conducir, y se verifica que le ha sido retirado por sentencia judicial, se procedia a la detención por quebrantamiento de condena.
   Ademas ahora el que se le pille con carnet de conducir falso, se le han de imputar los dos delitos, que entiendo que iran en concurso, y se penaran por separado.

Yo particularmente nunca detenía y me limitaba, en estos casos, a dar traslado a la Autoridad Judicial de ese quebrantamiento.

Desconectado shane

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #134 en: 05 de Octubre de 2007, 18:53:40 pm »
   Aqui se detiene por quebrantamiento de condena, y sin problema alguno.

Desconectado cazaor

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #135 en: 05 de Octubre de 2007, 18:54:05 pm »
Ademas ahora el que se le pille con carnet de conducir falso, se le han de imputar los dos delitos, que entiendo que iran en concurso, y se penaran por separado.
Debería. Yo al menos así lo entiendo...

Un saludo.
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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #136 en: 05 de Octubre de 2007, 18:55:28 pm »
La detención por delitos contra la seguridad del tráfico y todo lo relacionado con ello siempre han sido considerados de segunda a pesar de los miles de muertos que ello ocasiona, con lo cual, es un delito pero " ".

Desconectado shane

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #137 en: 05 de Octubre de 2007, 18:57:47 pm »
   Va haber juzgados suficientes para abordar la cantidad de casos que van a llegar?

  Imaginaos una ciudad como Madrid, Barna etc.......(Gitanos, Rumanos, ecuatorianos...............)

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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #138 en: 05 de Octubre de 2007, 19:00:37 pm »
   Va haber juzgados suficientes para abordar la cantidad de casos que van a llegar?

  Imaginaos una ciudad como Madrid, Barna etc.......(Gitanos, Rumanos, ecuatorianos...............)
Ya tienen Juicios rápidos a mansalva (que parece que foljeaban un poco)... :pen:
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Re: Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal
« Respuesta #139 en: 05 de Octubre de 2007, 19:06:09 pm »
   Va haber juzgados suficientes para abordar la cantidad de casos que van a llegar?

  Imaginaos una ciudad como Madrid, Barna etc.......(Gitanos, Rumanos, ecuatorianos...............)
Ya tienen Juicios rápidos a mansalva (que parece que foljeaban un poco)... :pen:

Los que se dedican principalmente a trafico, que piensen cuantas denuncias por lo del permiso de conduccion ponen en un mes... si lo pasamos al juzgado, de aqui a nada hay alguna instrucción de que al juzgado lo justito y en casos muy concretos....