Autor Tema: ELECCIONES  (Leído 1146382 veces)

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17500 en: 11 de Agosto de 2024, 09:34:57 am »
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Aún pueden conseguir el sueldo de Alvise

https://alvisecumpliendo.com/

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17501 en: 11 de Agosto de 2024, 11:54:19 am »
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Pues iba a ser un puntazo que el dinero fuese a parar a un negro venido en patera

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17502 en: 11 de Agosto de 2024, 11:58:58 am »
Por qué no?

Mejor que a un chalet en Galapagar...

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17503 en: 11 de Agosto de 2024, 15:56:42 pm »
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Aún pueden conseguir el sueldo de Alvise

https://alvisecumpliendo.com/


Pues iba a ser un puntazo que el dinero fuese a parar a un negro venido en patera

Si ha venido, se ha integrado y tiene NIF por aquello de que en su borrador de la declaración aparezca la donación recibida, parece que no hay problema.

Imagino que su duda va por ahí.

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17504 en: 12 de Agosto de 2024, 08:55:05 am »


Zapatero sigue en silencio 15 días después de las elecciones en Venezuela: el PP redobla la ofensiva


Los populares han solicitado que el expresidente comparezca en el Parlamento Europeo y en el Congreso para que esclarezca su relación con el régimen de Maduro.
12 agosto, 2024 02:37

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17505 en: 12 de Agosto de 2024, 12:47:28 pm »
Como para fiarse de la oposición...un vídeo de los San Fermines es usado para poner en circulacion que el.ejercito se une a la población.

https://x.com/JoaquinTeixeira/status/1818616422789964247?t=vKEoOtgFT5FuNJ9LsFQKEQ&s=19
« Última modificación: 12 de Agosto de 2024, 13:56:20 pm por 47ronin »

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17506 en: 13 de Agosto de 2024, 09:00:22 am »


El sueldo de Alvise Pérez, un 'sorteo' con mucha letra pequeña


Más de 140.000 personas optan a los 8.088,03 euros netos de salario en una rifa organizada por el eurodiputado, que exige la cesión de datos personales “para uno o varios usos” que no se especifican
— Alvise Pérez oculta sus ingresos al Parlamento Europeo





El eurodiputado ultra Luis 'Alvise' Pérez, líder de Se Acabó la Fiesta, en una imagen del pasado julio.
El eurodiputado ultra Luis 'Alvise' Pérez, líder de Se Acabó la Fiesta, en una imagen del pasado julio. Eduardo Parra / Europa Press
Elena Herrera

12 de agosto de 2024 21:51h
Actualizado el 13/08/2024 05:30h
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“Donaremos el 100% del sueldo público, porque no somos malditos parásitos”. El recién elegido eurodiputado Alvise Pérez reiteró la misma noche de las últimas europeas electoral la promesa que había proclamado durante su campaña, plagada de arengas antiinmigración y antifeministas que el agitador ultra planteó contra lo que él llama “mafia” política y mediática.


Alvise Pérez alienta una cacería contra un periodista que cubría la llegada de Puigdemont y lo acusa de “mercenario” por no detenerlo

Casi dos meses después y tras algunas protestas de seguidores de sus redes sociales que empezaban a impacientarse, el europarlamentario ha publicado las bases del supuesto sorteo, del que todavía no se ha anunciado fecha de celebración, pero que ya ha permitido al presidente de la agrupación de electores Se Acabó la Fiesta (SALF) tener acceso a información muy sensible de las más de 140.000 personas que han aceptado participar a cambio de una amplia cesión de sus datos personales.

La inclusión en la rifa de cada sueldo neto —que alcanza los 8.088,03 euros al mes— está supeditada a que los potenciales ganadores acepten incondicionalmente proporcionar, además de su nombre y apellidos, su dirección, su DNI, su número de teléfono, su email y el nombre de su cuenta de Instagram. También deben admitir, además, que esos datos puedan ser utilizados “para uno o varios fines específicos” —que no detalla— cuando se supone que el único propósito es dar “transparencia” al proceso y garantizar la realización “efectiva” de la donación del salario del Parlamento Europeo. Otros requisitos son seguir a Alvise Pérez en su cuenta de Instagram y su canal de Telegram.

Según la política de privacidad que firman los inscritos, es el propio eurodiputado el que se erige como “responsable” del tratamiento de estos datos. Esto es, no remite su gestión a la agrupación de electores con la que concurrió a las elecciones, sino que todo depende de él mismo.

Entre los requisitos que han suscitado controversia está la política de privacidad en la que se establece que estas personas “facilitan su consentimiento para el tratamiento de aquellos datos personales publicados” en sus perfiles de redes sociales. Además, estipula que esa información, incluida la de carácter personal, “puede ser publicada” a través de los perfiles del eurodiputado. Supone “quedar a disposición pública de otros terceros usuarios de redes sociales”. Ese requisito implica que, al ceder la información incluida en redes sociales, todo el contenido puede hacerse público a pesar de que pueda incluir elementos relacionados con la intimidad que requieren una mayor protección.

“Demostrar la transparencia”
En este punto, la política de privacidad justifica la publicación de los datos personales de los donatarios “incluyendo el nombre, los apellidos y el perfil de la red social” con el objetivo de “demostrar la transparencia y legitimidad del proceso de selección del donatario y la realización efectiva de la donación”. E incluye, como no puede ser de otra forma, los derechos de desistimiento y rectificación de esos datos.

Se trata de una cesión de datos que algunos juristas como el abogado y profesor de Derecho Administrativo Víctor Soriano consideran excesiva. “Aunque parece que hay una autorización expresa e informada, se podría discutir si el fondo es correcto”, sostiene este experto, quien afirma que el objetivo parece más bien obtener datos que pueden tener “valor” en el mercado y con la autorización para poder utilizarlos “con una finalidad amplísima”. Recuerda, en este sentido, que existe una doctrina en la Agencia Española de Protección de Datos encaminada a restringir la recopilación de datos de carácter personal.

Por ejemplo, recuerda este experto que este organismo sancionó en 2022 a un establecimiento hotelero por escanear el DNI de sus usuarios en el momento del check-in y utilizar después esas fotografías para el control de acceso y la facturación de sus consumos durante su estancia. En este caso, la AEPD consideró “innecesario” y “desproporcionado” la recogida y utilización de la fotografía.

Esta “excesiva” recopilación de datos lleva a juristas como Soriano a considerar que hay una “contraprestación en especie” que es la cesión de información de carácter personal. “Se está sorteando dinero en metálico a cambio de la entrega de los datos personales de los participantes. Es una cesión de datos que no es sólo instrumental para el sorteo, sino que se busca obtener datos con la autorización para utilizarlos con una finalidad amplísima. Son datos que tienen un valor en el mercado al incluir un elemento especialmente protegido como es la ideología, pues se entiende que nadie que no comulgue con sus ideas se va a apuntar al sorteo”, afirma este experto.

Algunos expertos sostienen que el sorteo del sueldo de Alvise entraría en el ámbito de la regulación del juego al darse esa supuesta contraprestación en especie que es la cesión de datos Y que, por tanto, debería haber solicitado una licencia a la Dirección General de Ordenación del Juego. Sin embargo, fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 —de quien depende la citada dirección general— afirman que aunque únicamente conocen la existencia de la supuesta rifa por los medios de comunicación, de la información publicada se deduce que “no consistirá en una actividad de juego” según la normativa vigente.

Esa regulación define como “juego” cualquier actividad “en la que se arriesguen cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables en cualquier forma sobre resultados futuros e inciertos, dependientes en alguna medida del azar”. Las citadas fuentes explican que, en el caso de lo anunciado por Alvise Pérez, se trata de un sorteo que tiene una finalidad exclusivamente publicitaria o de promoción de un producto o servicio. Y subrayan que esa figura —que recibe el nombre técnico de combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales— no requiere la obtención de licencia o autorización alguna, ni la realización de comunicación previa a la Dirección General de Ordenación del Juego.

Esa actividad, no obstante, sí está sometida al pago del Impuesto sobre Actividades de Juego, cuya liquidación e inspección corresponde a la Agencia Tributaria, detallan estas mismas fuentes. Asimismo, el abono de los 8.088,03 euros netos de salario se consideraría una donación entre extraños que está sujeta al impuesto de donaciones y que no suelen estar sujeta a reducción. De hecho, el propio Alvise Pérez dice en su página web que no se hace responsable de las obligaciones fiscales del receptor de esos fondos y pide que quien finalmente se haga con su sueldo pague el impuesto oportuno “dada la persecución política y mediática” de la que asegura ser víctima.


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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17507 en: 13 de Agosto de 2024, 16:18:46 pm »
Pues allá cada cual, que ya somos todos mayorcitos. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17508 en: 13 de Agosto de 2024, 17:43:26 pm »
Primero que no iba a donar el sueldo.

Ahora que si tiene letra pequeña.


Don Alvise Perez, dando zascas al rojerio everyday

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17509 en: 13 de Agosto de 2024, 17:57:38 pm »
Primero que no iba a donar el sueldo.

Ahora que si tiene letra pequeña.


Don Alvise Perez, dando zascas al rojerio everyday

LOPD


https://x.com/Eurodiputado/status/1823326843631505911?t=3isKK5FnTd_QUPLa4ZgVeg&s=19

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17510 en: 23 de Agosto de 2024, 08:05:45 am »

 El Tribunal Supremo de Venezuela ratifica a Nicolás Maduro como vencedor de las elecciones presidenciales


La Sala Electoral del TSJ ha certificado "de forma inobjetable" el material del CNE y, por tanto, considera a Maduro como presidente electo de Venezuela para el periodo 2025-2031

Frederico Brasil / Zuma Press / ContactoPhoto

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Cambias de casa, pero no de necesidades. Compra en IKEA.es

Diario Red / EP
22/08/24 |
Actualizado: 22/08/24 | 19:34
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha considerado válidos los resultados de las elecciones presidenciales difundidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y que dieron como vencedor al actual presidente venezolano, Nicolás Maduro.

La Sala Electoral del TSJ ha certificado "de forma inobjetable" el material del CNE y, por tanto, considera a Maduro como presidente electo de Venezuela para el periodo 2025-2031, pese a las acusaciones de fraude vertidas por la oposición, que ha reclamado la difusión de las actas.

Asimismo, la sentencia leída por la presidenta del tribunal, Caryslia Rodríguez, en presencia de ministros del Gobierno de Nicolás Maduro, ha apuntado a posibles delitos informáticos, insistiendo en que el CNE fue víctima de un ciberataque "masivo" en plena jornada electoral.


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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17511 en: 23 de Agosto de 2024, 16:54:48 pm »
Pucherazo
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17513 en: 25 de Agosto de 2024, 08:02:39 am »

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17514 en: 28 de Agosto de 2024, 08:34:14 am »
...

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17515 en: 28 de Agosto de 2024, 10:09:41 am »
Pues parece que la foto no cambia mucho. . . y todavía queda legislatura por delante. . .

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17516 en: 28 de Agosto de 2024, 12:04:07 pm »
Maduro tenia 30 días para mostrar los datos de las mesas, no las actas, los resultados electorales de cada mesa...hoy termina el plazo.

https://youtube.com/shorts/nK6XyRyc8MM?si=R_ctDyqc9DZInGQZ

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17517 en: 02 de Septiembre de 2024, 07:56:00 am »

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17518 en: 02 de Septiembre de 2024, 16:40:17 pm »
Aquí el PSOE sigue sacando más de 120, el PP 150..

Mientras, en Alemania, votando a AFD.

Disfrutaremos lo votado

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Re: ELECCIONES
« Respuesta #17519 en: 02 de Septiembre de 2024, 17:22:31 pm »

Condenada por delito electoral la vecina que alegó que se cortó la córnea con las pestañas postizas en Palma


La magistrada le impone una multa de 1.350 euros por ausentarse de la mesa electoral en la que debía hacer de vocal en las elecciones del 28 de mayo de 2023
B. Palau
Palma | 02·09·24 | 00:21 | Actualizado a las 17:19


La mujer acusada, durante el juicio celebrado en Palma.
Condenada por delito electoral la vecina que alegó que se cortó la córnea con las pestañas postizas en PalmaB. P.


Un juzgado de Palma ha condenado a una multa de 1.350 euros por un delito electoral a una vecina de la ciudad que se ausentó de la mesa electoral en la que debía ejercer de vocal sin contar con la debida autorización en las pasadas elecciones del 28 de mayo de 2023 y que alegó que no se encontraba bien y no podía leer porque se había cortado la córnea con las pestañas postizas.



Delito electoral en Mallorca por unas pestañas postizas: “Llegué al colegio con el ojo tapado, no estaba bien, me corté la córnea con las pestañas postizas”
B. Palau

La magistrada detalla que la acusada solicitó excusa ante la Junta Electoral y presentó la documentación médica relativa a la lesión ocular, pero la Junta Electoral de Zona la desestimó el 26 de mayo, es decir, dos días antes de las elecciones. La mujer aportó un informe del centro de salud de s’Escorxador y otro del hospital de Son Espases, ambos de fecha 20 de mayo de 2023, en los que se hacía constar como diagnóstico una erosión corneal en el ojo izquierdo con plan “mañana retirar parche, pomada cada ocho horas durante tres días y lágrima artificial cada cuatro horas durante siete días”. Cuando la encausada declaró ante el juzgado de instrucción, no aportó documentación médica distinta a la ya valorada por la Junta Electoral.

Según se desprende de la sentencia, que no es firme y contra la cual cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Palma, la excusa presentada por la mujer le fue denegada “sin duda porque ya había transcurrido el período de curación obrante en el informe, con tratamiento de siete días”, por lo que expiraba el 27 de mayo de 2023, justo el día de antes de la jornada electoral, “sin que conste acreditada la necesidad de extenderlo más allá y sin haber aportado en sede judicial otra documentación médica para así acreditarlo”.


La jueza concluye que la acusada, conociendo la desestimación de la excusa que ella misma aportó a la mesa electoral, “desobedeció una orden ejecutoria y vinculante, ausentándose de la mesa sin documentación alguna que la autorizara a hacerlo y obligando a constituir la mesa con su suplente”. Por tanto, incurrió “en la conducta típica del delito electoral” del que fue acusada por la fiscalía.

Nueve meses de multa
El fallo destaca que ha quedado acreditado “con claridad” que concurre el presupuesto legal indispensable para exigir la responsabilidad penal por “el incumplimiento del deber cívico” que el artículo 143 de la Ley especial establece, es decir, la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General. Por ello, la magistrada condena a la encausada como autora responsable de un delito electoral a la pena de nueve meses de multa con una cuota diaria de cinco euros, lo que supone que tendrá que pagar 1.350 euros.

La jueza, a la hora de fijar la condena, considera que en la alternativa entre la pena de prisión y la de multa, no puede sino optarse por la pena de multa, como reclamaba el ministerio fiscal. La sentencia estima prudente una condena de nueve meses de multa, “dado que la acusada cuenta con diversos antecedentes penales que, si bien no son computables a efectos de reincidencia, sí son reveladores de una obstinada persistencia a acatar el cumplimiento de los imperativos legales como el que nos ocupa”. Según la magistrada, la mujer cuenta con una condena firme por un delito de resistencia de fecha 18 de octubre de 2022, además de otras cuatro condenas por delitos contra la seguridad del tráfico (incluyendo tres por conducción sin permiso y una negativa a realizar las pruebas de detección de alcohol), según se desprende de la hoja histórico penal de la acusada oportunamente introducida en el juicio por la acusación. Finalmente, la jueza fija una cuota diaria de cinco euros al haber manifestado la sospechosa en la vista oral que no trabaja y cobra un subsidio de 480 euros mensuales, pero sin que consten obligaciones económicas a su cargo.


Según se declara probado en la sentencia, los hechos ocurrieron el pasado 28 de mayo de 2023 cuando se celebraban en el territorio español las elecciones autonómicas y municipales, que en Balears se extendían además a la elección de los Consells insulares.

La acusada fue designada vocal segunda para integrar una mesa electoral en un colegio electoral de Palma. La mujer se presentó en dicho lugar el 28M, pero se ausentó poco después, antes del inicio de la votación, sin contar con la debida autorización ni constar acreditada causa legítima que le impidiera cumplir las funciones para las que había sido designada.

La vecina de Palma, tanto en su declaración en el juzgado de instrucción como durante el juicio, manifestó que el 28 de mayo de 2023 acudió a la mesa electoral a las ocho de la mañana, si bien reconoció que se marchó antes de que empezaran las votaciones porque no podía estar allí, pues tenía un corte en la córnea y estaba fatal. Admitió también que no le dieron ningún papel en el que constara que se la autorizaba a marcharse. Según su versión, un señor le dijo que firmara y luego se puso una chica en su puesto.

“Llegué al colegio electoral con el ojo tapado, no estaba bien, me corté la córnea con las pestañas postizas”, declaró la ciudadana durante la vista oral. “Yo pensaba que era un resfriado porque me moqueaba la nariz y el ojo, el ojo me lloraba mucho, pero fue un corte profundo”, aclaró la acusada. “Yo sigo teniendo molestias, aún me llora el ojo; de hecho, ya no me puedo poner pestañas postizas”, lamentó la mujer. “En el estado en el que estaba yo no podía estar allí. No podía leer tal como estaba. Sin gafas no puedo ver. Claro que no podía leer”, reiteró en el juicio. Finalmente, las pestañas postizas la han llevado a una condena.