Autor Tema: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas  (Leído 70186 veces)

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #240 en: 08 de Marzo de 2011, 20:17:34 pm »
Providencia de 11 de febrero de 2011, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 17 de Barcelona sobre el artículo 41.2 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.

http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/04/pdfs/BOE-A-2011-4086.pdf

Artículo 41. Carriles de utilización en sentido contrario al habitual.


2. Los supuestos de circulación en sentido contrario al estipulado o con vulneración de los límites de velocidad tendrán la consideración de infracciones muy graves, en el primer caso, y de infracciones graves o muy graves, según corresponda, por el exceso de velocidad, conforme se prevé en los artículos 65.5.f, 65.4.c y 65.5.e, respectivamente, todos ellos del texto articulado.


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #241 en: 17 de Marzo de 2011, 18:06:06 pm »
Se acaba la impunidad?

NUEVA NORMATIVA COMUNITARIA

Los conductores europeos pagarán las multas impuestas en el extranjeroLa UE ha aprobado una norma para facilitar la ejecución de las multas de tráfico impuestas a los conductores en otro Estado miembro.

2011-03-17

La norma, sobre la que ya se alcanzó un acuerdo político en diciembre y que debe negociarse ahora con la Eurocámara, crea un sistema electrónico de intercambio de información entre los países de la UE para identificar al vehículo que haya cometido una infracción en el extranjero, informa Europa Press.

Pero no establece ningún mecanismo ejecutivo para garantizar el cobro de las multas debido a las diferencias entre los sistemas de los Estados miembros.

La directiva cubre las sanciones por exceso de velocidad, por conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, sin cinturón de seguridad, o usando el móvil; por incumplir la señalización de los semáforos; por circular por el arcén o por ir en moto sin caso. Estas infracciones representan más del 75% del total, según los datos de Bruselas. No están incluidas las multas de aparcamiento.

El objetivo de esta norma es acabar con la impunidad de la que disfrutan los conductores que infringen las normas de seguridad vial en otro país de la UE distinto del suyo, que a menudo pueden evitar las sanciones. De hecho, los conductores extranjeros representan el 5% del tráfico pero cometen el 15% de las infracciones por exceso de velocidad. Esta situación no sólo pone en riesgo la seguridad vial sino que además es discriminatoria para los residentes locales, que sí que tienen que pagar todas las multas que se les imponen.

La norma pone en marcha un sistema electrónico de intercambio de información entre los Estados miembros para identificar al vehículo que haya cometido una infracción. "En el futuro, si te detienen o te fotografían cometiendo una de estas infracciones, la policía en el Estado miembro donde cometiste la infracción podrá localizarte y decidir cómo procesarte", destacó en diciembre el comisario de Transporte, Siim Kallas.

Una vez efectuada la identificación, el Estado en el que se haya cometido la infracción remitirá una notificación de la misma al titular del certificado de matriculación en el que se le informa de los detalles, el importe de la multa, los procedimientos de pago y las vías de recurso. No obstante, la notificación será voluntaria, el país en cuestión no estará obligado a enviarla si por ejemplo los gastos son más altos que la multa. Si un infractor se niega a pagar la multa, corresponderá al país donde se ha cometido la infracción decidir cómo actúa, ya que la norma no establece los pasos siguientes a seguir. Una de las vías de actuación posibles sería recurrir a la legislación comunitaria que regula el principio del mutuo reconocimiento de las sanciones financieras para garantizar el cobro.

La propuesta inicial preveía que en caso de impago, la justicia del país donde se había cometido la infracción podía dictar una resolución para exigir el cobro y pedir al juez del país de residencia del conductor que la ejecutara. Pero esta iniciativa no salió adelante por las dudas de un gran número de Estados miembros sobre su base legal.


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #242 en: 17 de Marzo de 2011, 21:46:10 pm »
Si si.... me da a mi que más humo: "Pero no establece ningún mecanismo ejecutivo para garantizar el cobro de las multas debido a las diferencias entre los sistemas de los Estados miembros."


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #243 en: 25 de Marzo de 2011, 18:47:20 pm »
Desde mañana

Adiós a los 80 km/h para los conductores novatos

Desde mañana podrán circular a la misma velocidad que el resto
No obstante, seguirán llevando la L durante un año
La limitación estaba vigente desde que se aprobara en el año 1974
ELMUNDO.es | Madrid

Actualizado viernes 25/03/2011

A partir de mañana los conductores noveles -aquellos con antigüedad del permiso inferior a un año- podrán circular a la misma velocidad que el resto, si bien deberán seguir llevando la placa verde con la «L» en blanco durante un año.

De esta forma, se pone fin a una limitación que se introdujo en España por motivos de seguridad en 1974. Primero fijando la velocidad máxima durante el primer año a 80 km/h para luego el segundo incrementarlo hasta los 90 km/h. Sin embargo, en 1979 se consideró conveniente limitar la velocidad máxima de este tipo de conductores sólo durante el primer año y así ha permanecido durante los últimos 31 años.

La decisión de autorizar a los novatos para que puedan circular como el resto de los automovilistas se tomó en el mes de septiembre, a través de una proposición no de ley aprobada por unanimidad en el Congreso.

La entrada en vigor de esta medida, curiosamente, juega en la dirección contraria a la aprobación por parte del Gobierno del límite de 110km/h para ahorrar combustible. Y es que, cada año aparecen alrededor de 1 millón de nuevos conductores que, desde mañana, podrán circular hasta 30km/h por encima de lo que lo podían hacer ahora mismo.

La organización Automovilistas Europeos Asociados AEA ha valorado muy positivamente esta medida, aunque considera que debería ir acompañada de una mejora en el proceso de aprendizaje en la conducción, obligando a enfrentarse a los aspirantes a condiciones reales del tráfico antes de obtener la autorización para conducir. Es decir, a través de la conducción acompañada que se anunció como innminente y que ahora parece que se retrasará de nuevo.

«Por eso AEA viene reivindicando desde hace años la implantación en España del sistema de «conducción acompañada». Un método de aprendizaje que permite, desde los 16 años, adquirir gradualmente la experiencia necesaria para conducir con seguridad, y que ha funcionado con éxito en varios países de la UE.

El segundo año del permiso las tasas de accidentalidad se duplican En el cuadro adjunto, referido a accidentes ocurridos en el 2009, se observa que la tasa de accidentes en los que están involucrados conductores noveles se duplica a partir del primer año de obtención del carnet, volviendo a reducirse cuando la antigüedad del permiso de los conductores es superior a tres años.

Así, mientras en el primer año de obtención del carnet tres de cada mil conductores están implicados en un accidente con víctimas, esta tasa se duplica cuando los conductores han cumplido el primer año de conducción llegando a alcanzar a casi ocho de cada mil conductores cuando su antigüedad del carnet es de dos a tres años.

La norma que lo regula:

https://www.derecho.com/l/boe/orden-pre-629-2011-22-marzo-modifican-anexos-xi-xii-reglamento-general-vehiculos-aprobado-real-decreto-2822-1998-23-diciembre/
« Última modificación: 25 de Marzo de 2011, 18:49:24 pm por 47ronin »

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #244 en: 26 de Marzo de 2011, 13:15:10 pm »
YECLA
De coche requisado a vehículo policial
26.03.11 - 02:33 - LA VERDAD.

El anterior propietario del nuevo Seat León de la policía local de Yecla lo conducía hace unos meses evitando a los guardias para que no descubriesen que no tenía carné. Ahora, ese mismo coche se dedica a vigilar y controlar el tráfico para que, entre otros, los conductores sin carné no pongan en peligro a los demás. Es la primera vez que un cuerpo policial de la Región reconvierte un coche retirado por una infracción. La Jefatura de Yecla cuenta desde ahora con su automóvil gracias a la ley 18/2009, de 23 de noviembre, y que entró en vigor el año pasado, por la que tanto el Estado, las Comunidades y los Ayuntamientos pueden adjudicarse los vehículos que hayan sido retirados por infracciones administrativas o penales, y que no hayan sido retirados por sus propietarios.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #245 en: 28 de Marzo de 2011, 01:38:06 am »
 :ojones . . . como se enteren en "Desguaces La Torre" de que no les dan los coches que no se retiran . . . se van a cabrear, la pela es la pela . . .  ;fum;

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #246 en: 13 de Abril de 2011, 13:32:13 pm »
La Ley de Tráfico no se recurrirá

El Defensor del Pueblo ha rechazado presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la última reforma de la Ley de Tráfico, que ha agilizado el procedimiento sancionador e introdujo novedades con una rebaja del 50% de la multa por 'pronto pago' o la responsabilidad subsidiaria del titular del vehículo por algunas infracciones cometidas por un tercero, tal y como habían pedido algunos clubes de automovilistas.

Europa Press

Así, en su Informe Anual a las Cortes Generales 2010 el Defensor del Pueblo, sin entrar a valorar las críticas que pudo generar en su momento la reforma, señala que el nuevo procedimiento sancionador, que la DGT puso en marcha para tratar de reducir el número de multas que se quedan sin cobrar, no es contrario a ningún derecho fundamental y, por lo tanto, no cabe un recurso de inconstitucionalidad.

"No se trata aquí de juzgar la oportunidad, el aplauso o la crítica que merezca esta reforma, ni la discrepancia de la sociedad compareciente con la misma, legítima en una sociedad democrática, sino más bien determinar si es contraria a algún derecho fundamental. La respuesta a ello debe ser negativa", subraya.

Concretamente, el Defensor del Pueblo señala que el nuevo procedimiento sancionador abreviado, que implica que si el conductor se acoge a una reducción del 50 por ciento de la multa al pagarla en los 15 primeros días renuncia a formular alegaciones por la vía administrativa, no infringe el derecho a la tutela judicial efectiva, como habían denunciado algunos clubes de automovilistas, ya que "el ciudadano tiene pleno acceso a la jurisdicción contencioso-administrativa".

Asimismo, la institución señala que no queda infringido tampoco el derecho de audiencia en vía administrativa, pues el ciudadano puede optar entre el procedimiento abreviado y el ordinario, y en este último "puede alegar cuanto estime conveniente". Además, señala que la reducción del 50 por ciento de la cuantía de la multa "no lesiona derecho alguno", ya que "el ciudadano inocente acudirá al procedimiento sancionador ordinario, en el que puede alegar y probar su inocencia", mientras que "el ciudadano culpable obtiene una sustanciosa rebaja y ahorra trámites y dilaciones a la Administración".

Algunos clubes de automovilistas se habían quejado de que la deducción de la cuantía de la multa por 'pronto pago' era "un castigo para quien quiera ejercitar su derecho fundamental de defensa". Sin embargo, el Defensor del Pueblo señala que estas opiniones son críticas "al contenido de la ley y a la reforma del procedimiento sancionador cuya relación con el principio constitucional de seguridad jurídica no se alcanza a comprender". "Como toda reforma, sencillamente innova la situación precedente", insiste.

Sobre la crítica vertida por otra compañía al hecho de que se obligue al ciudadano a decidir si pagar o no con bonificación, sin poder comprobar que existen pruebas fehacientes e irrefutables que determinen la comisión de la infracción, el Defensor del Pueblo contesta que "esta crítica desconoce la existencia no discutida de la presunción de veracidad en el procedimiento sancionador de tráfico".

Así, señala que el ciudadano tiene derecho a intentar probar que lo que sostiene el agente no es veraz, a lo que no tiene derecho es a acceder a medios de prueba complementarios antes de decidir si opta por el procedimiento abreviado o el ordinario.

Responsabilidad subsidiaria titular del vehículo

Por otro lado, respecto a los cambios introducidos en la Ley de Tráfico para que el titular del vehículo, aunque no sea el conductor que cometió una infracción de tráfico, sea considerado responsable ante la Administración de la infracción cometida por un tercero en algunos casos, el Defensor del Pueblo considera que "no quiebran los principios de responsabilidad, presunción de inocencia ni culpabilidad, pues la titularidad de un vehículo o la condición de arrendatario del mismo deben acarrear un conjunto de responsabilidades".

Un club de automovilistas que recurrió ante el Defensor del Pueblo ha afirmado que esta responsabilidad subsidiaria de los titulares de los vehículos en caso de impago de la multa es "excesiva". No obstante, la institución responde que "se trata de una crítica legítima pero que no se invoca derecho fundamental alguno que pudiera verse afectado".


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #247 en: 13 de Abril de 2011, 15:09:30 pm »
YECLA
De coche requisado a vehículo policial
26.03.11 - 02:33 - LA VERDAD.

El anterior propietario del nuevo Seat León de la policía local de Yecla lo conducía hace unos meses evitando a los guardias para que no descubriesen que no tenía carné. Ahora, ese mismo coche se dedica a vigilar y controlar el tráfico para que, entre otros, los conductores sin carné no pongan en peligro a los demás. Es la primera vez que un cuerpo policial de la Región reconvierte un coche retirado por una infracción. La Jefatura de Yecla cuenta desde ahora con su automóvil gracias a la ley 18/2009, de 23 de noviembre, y que entró en vigor el año pasado, por la que tanto el Estado, las Comunidades y los Ayuntamientos pueden adjudicarse los vehículos que hayan sido retirados por infracciones administrativas o penales, y que no hayan sido retirados por sus propietarios.

Podré conducir algún día un BMW que esté implicado en un Delito contra la Seguridad Vial y sea reconvertido a patrulla??
Ya que por sueldo no puedo conducir un BMW, tal vez pueda conducirlo aunque sea lleno de pirulos...


La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #248 en: 19 de Junio de 2011, 17:22:07 pm »
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES

http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #249 en: 19 de Junio de 2011, 17:38:19 pm »
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES

http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf


 :buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #251 en: 20 de Junio de 2011, 18:23:11 pm »
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES

http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf


 :buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.

Correcto....y si a alguno de los que por aquí pululamos se le ocurriera hacer un "copiar acta" añadiendole nuestros logos y demas.... me imagino a donde le pueden mandar cuando la entregue en la 'ofi'.......  :carcaj   :partirse 

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #252 en: 20 de Junio de 2011, 19:45:02 pm »
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES

http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf


 :buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.

Correcto....y si a alguno de los que por aquí pululamos se le ocurriera hacer un "copiar acta" añadiendole nuestros logos y demas.... me imagino a donde le pueden mandar cuando la entregue en la 'ofi'.......  :carcaj   :partirse

Pero se puede solicitar su oficialidad...la hacemos con los logos, argumentamos el cambio de norma y presentamos la nueva de la que solicitamos su incorporación como documento a usar.

Es muy sencillo.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #253 en: 20 de Junio de 2011, 22:54:11 pm »
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES

http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf


 :buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.

Correcto....y si a alguno de los que por aquí pululamos se le ocurriera hacer un "copiar acta" añadiendole nuestros logos y demas.... me imagino a donde le pueden mandar cuando la entregue en la 'ofi'.......  :carcaj   :partirse

Pero se puede solicitar su oficialidad...la hacemos con los logos, argumentamos el cambio de norma y presentamos la nueva de la que solicitamos su incorporación como documento a usar.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #254 en: 21 de Junio de 2011, 10:27:23 am »
Un escrito argumentado con un acta bien hecha...debe ser más que suficiente para que se incorpore la misma como documento oficial.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #255 en: 04 de Noviembre de 2011, 18:59:17 pm »
Venga, que no hemos terminado de aplicar la última reforma y ya nos viene la siguiente.

http://issuu.com/pbueno/docs/reforma-reglamento-genera-circulacion?mode=window&backgroundColor=%23222222

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #256 en: 04 de Noviembre de 2011, 20:51:27 pm »
Venga, que no hemos terminado de aplicar la última reforma y ya nos viene la siguiente.

http://issuu.com/pbueno/docs/reforma-reglamento-genera-circulacion?mode=window&backgroundColor=%23222222
esw un proyecto o esta aprobado ya

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #257 en: 04 de Noviembre de 2011, 20:56:14 pm »
Como se puede leer en las páginas es un borrador de trabajo.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #258 en: 04 de Noviembre de 2011, 21:00:56 pm »
pues como lo aprueben con las velocidades que marcan nos van a tener que cambiar los radares por tanques de las movidas que se van a producir,tambien en la ordenanza del ruido se prevee bajar las velocidades en determinadas zonas y no se ha echo nada

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #259 en: 04 de Noviembre de 2011, 22:50:13 pm »
MODIFICACIÓN DE LA ACTUACION RESPECTO A VEHÍCULOS DE LA UE Y
EEE REFERENTE A IMPUESTOS ESPECIALES

http://carris.files.wordpress.com/2011/06/impuestos-especiales.pdf


 :buenpost . . . muy interesante, el problema es que seguimos teniendo en PMM las actas antiguas de la la LITA, que yo se pa no se han actualizados los modelos de actas ni se han adaptado a las reformas de la LIIEE.

Correcto....y si a alguno de los que por aquí pululamos se le ocurriera hacer un "copiar acta" añadiendole nuestros logos y demas.... me imagino a donde le pueden mandar cuando la entregue en la 'ofi'.......  :carcaj   :partirse

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fijo que te llaman al despacho para dar explicaciones jeje
Si tuviéramos consciencia de lo efímera que es la vida no podriamos ignorar las oportunidades que tenemos de ser y de hacer felices a otros.