Autor Tema: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas  (Leído 69712 veces)

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #440 en: 03 de Octubre de 2021, 08:47:44 am »



Seis puntos por sujetar el móvil y 500 euros por detectar radares: los cambios aprobados en la nueva Ley de Tráfico
A. Gil  NOTICIA01.10.2021 - 08:20h

    La reforma de la Ley de Tráfico lleva casi un año fraguándose y modifica el sistema de detracción de puntos del carné.
    Un punto destacado de esta reforma es la obligación de que todos los usuarios de VMP lleven casco protector.
    El colectivo motorista, en contra de la supresión del margen de 20 kilómetros por hora para adelantar en carretera.
    Cuál es la multa y cuántos puntos se pierden por conducir con el móvil en la mano.

<p>Los accidentes con presencia del móvil suelen consistir en salidas de vía y alcances traseros.</p> Solo sujetar el móvil ya sería un hecho sancionable con la reforma de la ley de Tráfico.Senivpetro/Freepik

Tanto tiempo anunciándolas y ya están aquí. El Congreso de los Diputados, en una Comisión de Interior, ha aprobado el paquete de reformas a la Ley de Tráfico y estas nuevas medidas continúan su camino hacia el Senado, tramitación tras la cual pasarán a ser publicadas en el BOE y será cuando entren en vigor. Desde cambios en la detracción de puntos del carné de conducir, hasta la seguridad vial de los usuarios de vehículos de movilidad y patinetes: ¿cuáles son todos los cambios aprobados y cómo van a afectar a los diferentes conductores que conviven en las carreteras?
Cambios en el carné por puntos

A partir de su publicación en el BOE, habrá una serie de infracciones que cambiarán su grado de gravedad y, por lo tanto, conllevarán una mayor pérdida de puntos del carné y una mayor sanción económica. También se incluyen nuevas figuras que antes no estaban contempladas. Los hechos que se van a ver afectados por esta nueva regulación son:

    Uso del móvil. Pasará a estar castigado con 6 puntos en vez de 3.
    ​Sostener el móvil con la mano. A partir de que entren en vigor las nuevas medidas, no solo se penalizará el uso del móvil, sino el mero hecho de sostenerlo en la mano, también con 6 puntos.
    Uso de detectores de radar. Hasta ahora se multaban los inhibidores, pero ahora también se sancionará el uso de detectores de radares móviles con 500 euros de multa y 3 puntos.
    No usar el cinturón de seguridad o el casco en la moto. Serán 4 puntos de sanción, en vez de 3.

Con la reforma, además, se unifica el periodo de recuperación de puntos sin cometer ningún tipo de sanción a 2 años, mientras que hasta ahora este margen dependía de la gravedad de la infracción cometida.
Daños y perjuicios contra el medio ambiente
Coches aparcados en una calle de Barcelona.
¿Es obligatorio apagar el motor con el coche parado?

En el apartado 10 del artículo 1 de la Ley de Tráfico se va a incluir de forma expresa la prohibición de generar daños o perjuicios al medioambiente. Esta puntualización pueda incluir sanciones a aquellos conductores que dejen el motor de sus vehículos encendido durante más tiempo de lo estipulado para que se considere una parada (dos minutos sin abandonar el coche).
Obligación llevar el casco al ir en patinete

En las modificaciones se incluye, en el artículo 47, la obligación de que los conductores de vehículos de movilidad personal lleven el correspondiente casco reglamentario en los "términos que reglamentariamente se determine". De todas formas, seguirán siendo las ordenanzas municipales las que ajusten la normativa.
¿Qué pasa con la supresión del margen de 20 kilómetros?
Un camión pasa junto a una señal de límite de velocidad de tráfico en la A-49, cerca de Sevilla.
¿A 90 o a 120? La polémica de la DGT sobre la velocidad recomendada para ahorrar gasolina

El margen que permite sobrepasar el límite de velocidad en carretera en 20 kilómetros por hora para adelantar ya no va a desaparecer. Esta ha sido una de las medidas más controvertidas ya que muchos colectivos la consideraban peligrosa al aumentar el tiempo de ejecución de un adelantamiento. Gracias a una enmienda presentada por Ciudadanos, queda suprimida la prohibición de superar estos 20 kilómetros por hora al adelantar en carretera, por lo que los conductores pueden sobrepasar a otros vehículos excediendo, solo en este momento puntual, los límites de velocidad genéricos y siempre y cuando sea posible.

También se ha rechazado parcialmente la medida que prohibía a los motoristas utilizar en el casco dispositivos bluetooth. Siempre y cuando estén excluidos y no interfieran con la conducción, podrán utilizarse con fines de comunicación o navegación.

 

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #441 en: 05 de Noviembre de 2021, 12:31:19 pm »

La DGT 3.0 tendrá que esperar: las luces de emergencia como esta también serán válidas


El Tribunal Supremo da la razón a un grupo de empresas españolas y autoriza el uso de las señales V-16 sin geoposicionamiento, en contra del deseo de la DGT

DGT - Luz de emergencia V-16
Un conductor coloca y activa una luz de emergencia V-16 en el techo de su vehículo.Grupo V16
DANIEL G. LIFONA
Actualizado 05/11/2021 - 08:59

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La DGT acaba de perder una batalla en los juzgados. Concretamente, en el Tribunal Supremo, que ha autorizado el uso de las luces de emergencia sin geoposicionamiento (las llamadas V-16) en contra del criterio de la DGT, que pretendía que las balizas conectadas fuesen las únicas válidas a partir del 1 de enero de 2026. De hecho, el organismo autónomo animaba a los conductores a comprar solamente las señales V-16 con geolocalización, más caras y difíciles de conseguir que las no conectadas.

Luces de emergencia obligatorias en 2026
"Ya puedes usar la señal luminosa V-16 en lugar de los triángulos de emergencia. A partir del 1 de enero de 2026, la V-16 sustituirá definitivamente a los triángulos y, además, deberá tener geolocalización. La señal con geolocalización estará en el mercado a partir de diciembre", informaba la DGT a través de Twitter hace unos meses
« Última modificación: 05 de Noviembre de 2021, 12:42:59 pm por 47ronin »

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #442 en: 03 de Diciembre de 2021, 13:48:02 pm »

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #443 en: 20 de Marzo de 2022, 08:04:55 am »

Entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial
Viernes 18 de marzo de 2022

Campaña de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

El lunes 21 de marzo
entra en vigor la nueva ley de tráfico; una ley que se adapta a los nuevos tiempos y que da un paso más para seguir avanzando en mejorar la seguridad vial en España.

Según el director general de Tráfico, Pere Navarro "es una Ley que apuesta por el futuro, ya que se incorpora a la Ley de Tráfico la política de medioambiente, obligando a los usuarios de la vía a protegerlo y con referencias expresas a episodios de alta contaminación y a zonas de bajas emisiones. También es novedosa porque establece, por primera vez, la regulación del vehículo autónomo con el fin de dotarle de un marco jurídico susceptible de garantizar las exigencias en relación con la seguridad vial".

Además de esta apuesta por el futuro, la Ley refleja los cambios que se están produciendo en la movilidad, incorporando a la Ley los vehículos de movilidad personal y dotando de mayor seguridad a los usuarios de las bicicletas. Además se da cobertura legal a la acreditación del permiso de conducir en soporte digital, a través de la app MIDGT o la utilización de los Paneles de Mensaje Variable u otros medios tecnológicos para dar órdenes o instrucciones para la regulación del tráfico.

Pero la Ley también incide sobre los elementos esenciales de la seguridad vial como son las distracciones, la velocidad, el alcohol y el no uso del cinturón de seguridad. Con esta nueva Ley se incrementan el número de puntos a detraer en determinados preceptos, sin aumentar la cuantía económica.

A tener en cuenta

Distracciones. Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales.

Cinturón de seguridad y elementos de protección. Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

Velocidad. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

2 de cada 3 siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos.
Alcohol. Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa.

Ciclistas. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
Recuperación de los puntos del carnet. Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación.

Cursos de conducción segura y eficiente. Se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir. Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.
Objetos a la vía. Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.
Motoristas. Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Otras novedades

Zonas de Bajas Emisiones. Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 enero de 2023.

Fraude en las pruebas de obtención del permiso de conducir: Se introduce, como infracción muy grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
Alcoholímetro antiarranque (alcoholock) Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.

La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir del 06/07/2022 y matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.

Todos estos cambios normativos se están dando a conocer en la campaña informativa #NuevosTiemposNuevasNormas que la DGT está realizando desde el 15 de febrero hasta el 21 de marzo en radio, prensa, digital, redes sociales y en el site. https://www.dgt.es/inicio/


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #444 en: 22 de Marzo de 2022, 07:39:39 am »
Es obligatorio para patinetes o no?


Ayer este medio https://www.abc.es/motor/reportajes/abci-multa-enfrentas-no-llevar-casco-patinete-202203220002_noticia.html informó de la obligatoriedad del casco para patinetes, sin embargo, la normativa no precisa esa obligatoriedad y da a entender que se deja para una futura concreción.

Este es el principal motivo para la nueva obligatoriedad del uso del casco en patinete. Y no hacerlo implicará una sanción de 200 euros y se procederá a la inmovilización del vehículo, según la nueva Ley de Tráfico.



«Artículo 47. Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad.

El conductor y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los términos que reglamentariamente se determine.

El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.


El conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los términos que reglamentariamente se determine siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen por vías interurbanas.

Reglamentariamente se fijarán las excepciones a lo previsto en este apartado.»


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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #445 en: 22 de Marzo de 2022, 08:30:05 am »
Es obligatorio para patinetes o no?


Ayer este medio https://www.abc.es/motor/reportajes/abci-multa-enfrentas-no-llevar-casco-patinete-202203220002_noticia.html informó de la obligatoriedad del casco para patinetes, sin embargo, la normativa no precisa esa obligatoriedad y da a entender que se deja para una futura concreción.

Este es el principal motivo para la nueva obligatoriedad del uso del casco en patinete. Y no hacerlo implicará una sanción de 200 euros y se procederá a la inmovilización del vehículo, según la nueva Ley de Tráfico.



«Artículo 47. Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad.

El conductor y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los términos que reglamentariamente se determine.

El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.


El conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los términos que reglamentariamente se determine siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen por vías interurbanas.

Reglamentariamente se fijarán las excepciones a lo previsto en este apartado.»



Ya ha aclarado Tráfico, a traves de una Instucción en materia de Sanciones, que hasta que no se modifique próximamente el RGCirc, no lo es.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #446 en: 22 de Marzo de 2022, 08:34:08 am »


Ya ha aclarado Tráfico, a traves de una Instrucción en materia de Sanciones, que hasta que no se modifique próximamente el RGCirc, no lo es.

Exactamente, no lo es, pero determinadas instituciones policiales no deben haberse enterado y DESINFORMAN.

https://twitter.com/PoliciaEjea/status/1506022961324699648



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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #447 en: 22 de Marzo de 2022, 08:44:18 am »
Incluso también desinforman respecto de los 20 kilómetros al adelantar ya que su redacción es un genérico...cuando en realidad la modificación lo está respecto de las carreteras convencionales, no así en autovías y autopistas.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #448 en: 22 de Marzo de 2022, 09:34:29 am »
Alguien puede colgar esa instrucción donde aclara que no lo es.
Gracias.

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Re: Nueva Ley de Tráfico: dudas y consultas
« Respuesta #449 en: 22 de Marzo de 2022, 09:35:16 am »
Alguien puede colgar esa instrucción donde aclara que no lo es.
Gracias.

Hablo del uso del caso obligatorio en patinetes.