Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 305148 veces)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2480 en: 14 de Febrero de 2022, 17:33:54 pm »
15/02/2022

11:15 h.

Ponencia de la Comisión de Interior sobre la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

 Sala Lázaro Dou

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2481 en: 15 de Febrero de 2022, 17:39:41 pm »
 
El Congreso vuelve a aplazar el debate de los aspectos más polémicos de la 'ley mordaza'



El encuentro mantenido por los grupos ha concluido con la revisión de otros 10 artículos, además de los 19 primeros preceptos de la ley revisados en la primera ponencia celebrada en enero y que acotó la duración de la identificación de personas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a un máximo de dos horas, entre otras medidas.

 
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Manifestación contra la reforma "maquillada" de la 'ley mordaza' ante la sede de la Delegación del Gobierno en Murcia. — Marcial Guillén / EFE
Manifestación contra la reforma "maquillada" de la 'ley mordaza' ante la sede de la Delegación del Gobierno en Murcia. — Marcial Guillén / EFE

MADRID, 15/02/2022 17:33 ACTUALIZADO: 15/02/2022 17:34 PILAR ARAQUE CONDE
La reforma de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza, avanza en el Congreso, pero a un ritmo lento. La ponencia encargada de la modificación de la polémica norma ha retomado este martes su debate, pero tras una reunión de cerca de cuatro horas, ha emplazado a una nueva reunión, prevista para el próximo 1 de marzo, la discusión de los aspectos más polémicos de la reforma, tal como han confirmado fuentes parlamentarias.

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Asimismo, según han avanzado fuentes de Unidas Podemos, el encuentro mantenido por los grupos ha concluido con la revisión de otros 10 artículos, además de los 19 primeros preceptos de la ley revisados en la primera ponencia celebrada en enero y que acotó la duración de la identificación de personas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a un máximo de dos horas, entre otras medidas.


Con todo, según estas fuentes, los grupos han avalado este martes que los registros corporales fuera de dependencias policiales se realizarán cuando existan indicios "fundamentados racional y objetivamente". En ese caso, y también a propuesta de los partidos que sostienen el Gobierno, "no se dejará a la vista la totalidad del cuerpo, ni tampoco de manera sucesiva cada una de sus
partes, con el máximo respeto a la identidad sexual, procurando hacerlo siempre en lugar reservado y fuera de la vista de terceros. Se dejará constancia escrita de esta diligencia, causas e identidad del agente que la adoptó", según reza la enmienda introducida por PSOE y Unidas Podemos.

La sociedad civil reclama en la calle el fin de la ley mordaza frente al "maquillaje" de la reforma del Gobierno
La sociedad civil reclama en la calle el fin de la ley mordaza frente al "maquillaje" de la reforma del Gobierno
Además, estas acciones serán realizadas por agentes "del mismo sexo, salvo causas excepcionales debidamente justificadas", y tendrán que respetar los principios de "idoneidad, necesidad, injerencia mínima, proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación; y se realizarán de modo que causen el menor perjuicio, con respeto a la intimidad y dignidad de la persona afectada, que será informada de manera inmediata y comprensible de las razones de su realización".

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Los grupos han acordado, entre otras medidas, dotar de mayores garantías el uso de cámaras de videovigilancia móviles, que "deberá hacerse costar en cada atestado por actuación en la vía pública". En esta línea, a tenor de la enmienda registrada por Unidas Podemos, dichas grabaciones deberán ser "custodiadas dentro de los plazos que marca la legislación en materia de protección de datos, pudiendo ser recabadas por la autoridad judicial".

Por otro lado, ante la falta de acuerdo, se ha vuelto a posponer el debate de los puntos donde existe mayor fricción entre la propuesta del Gobierno y sus aliados parlamentarios, como la prohibición de reuniones y manifestaciones cuando se considere que se perturbe la seguridad ciudadana, las devoluciones en caliente de migrantes en la frontera, el uso de material antidisturbios o la asunción de la veracidad de los testimonios de la Policía.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2482 en: 22 de Febrero de 2022, 07:52:35 am »
Policía identificará a los organizadores de las concentraciones no comunicadas en la calle Génova


europapress/nacional Publicado 21/02/2022 14:18CET Policía identificará a los organizadores de las concentraciones no comunicadas en la calle Génova Varias personas en una concentración de apoyo a Díaz Ayuso, en la sede del Partido Popular, a 20 de febrero de 2022 - Ricardo Rubio - Europa Press MADRID, 21 Feb. (EUROPA PRESS) - La delegada del Gobierno en Madrid, Mercedes González, ha afirmado este lunes que es trabajo de la Policía Nacional identificar a los organizadores de las dos ...

Leer más: https://www.europapress.es/nacional/noticia-policia-identificara-organizadores-concentraciones-no-comunicadas-calle-genova-20220221141801.html


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2483 en: 04 de Marzo de 2022, 15:16:30 pm »
Parado?

Por lo que yo se el punto discordante son las pelotas de goma.


https://twitter.com/jusapol/status/1499459696117305348?t=xDVwyrxU2nUeher3EJywCg&s=19p

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2484 en: 05 de Marzo de 2022, 19:37:41 pm »

601 euros de multa por tratar de tú a un agente de policía


La Subdelegación de Gobierno de Lugo multa a una persona por una infracción grave de desobediencia tras tratar de tú a un agente de policía.

@tergar_
2 MAR 2022 06:41
—Si quieres no me preocupo por la gente.
—Si quiere.
—Si quieres.
—Va a ser usted sancionado por falta de respeto a agente de la autoridad.
—¿Por qué? ¿por tratarle de tú en vez de de usted? ¿Cuál es el motivo de la denuncia?
—Falta de respeto, porque usted me tiene que tratar de usted.

Seis meses después de tener esta conversación con un agente de policía, que se puede ver en un vídeo al que ha tenido acceso El Salto, Alejandro recibió en un domicilio una sanción administrativa, en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, por infracción grave. Pero no fue por falta de respeto a un agente de la autoridad sino por desobediencia o resistencia, una sanción por infracción grave tasada por la Subdelegación de Gobierno en Lugo en 601 euros, a pesar de que la conversación estaba teniendo lugar a la vez que comprobaban su documentación.


Los hechos, según narra la propia sanción, a la que ha tenido acceso El Salto, y confirma Alejandro, tuvieron lugar en la calle de la Reina de Lugo, a las 19,15h del 16 de agosto de 2021. Alejandro se acercó a los agentes de policía al verles intervenir ante una persona que se ganaba la vida en la calle con un pequeño espectáculo de pompas de jabón, una actividad “incívica”, según señala la sanción, que explica que los agentes comprobaron que esta persona era de nacionalidad polaca.

Alejandro se acercó a los agentes de policía al verles intervenir ante una persona que se ganaba la vida en la calle con un pequeño espectáculo de pompas de jabón, una actividad “incívica”, según señala la sanción
En el vídeo se oye cómo Alejandro se acerca a los agentes, que han intervenido ante el migrante que se dedica a echar pompas de jabón, y les dice que le conocen en el barrio, preguntándoles si ha pasado algo. Les dice que ninguna ordenanza recoge que sea ilegal lo que esta persona hace y es entonces cuando le piden el DNI diciéndole que “a la cuarta vez va usted detenido”. “Lo que estemos hablando con este señor no le incumbe a usted para nada, somos la policía y estamos haciendo nuestro trabajo”. Es entonces cuando tiene lugar la conversación que encabeza este artículo, mientras Alejandro facilita su documentación.


“La sanción se debe a tratarle de tú en vez de de usted, todo tras preocuparme por una persona extranjera, no conocedora del idioma, que estaba siendo tratada con formas dudosas por los agentes simplemente por realizar pompas de jabón en la calle para ganarse la vida”, explica Alejandro a El Salto. Añade que, además, los agentes no le dieron en ese momento una copia de la propuesta de sanción, que tuvo que ir a recoger a comisaría. Cuando acudió, intentó denunciar a los agentes, pero, según asegura, le “dieron largas en dos ocasiones con la excusa de que tenía que esperar a que me llegase la sanción”. Días más tarde, el 31 de agosto, y tras recibir asesoramiento legal, acudió de nuevo a interponer una denuncia a los agentes, que fue archivada a finales de septiembre de 2021.

“La sanción se debe a tratarle de tú en vez de de usted, todo tras preocuparme por una persona extranjera, no conocedora del idioma, que estaba siendo tratada con formas dudosas por los agentes simplemente por realizar pompas de jabón en la calle para ganarse la vida”
“La situación actual es que el recurso [contra el archivo de su denuncia contra los agentes] está ahora en manos de la Audiencia Provincial de Lugo”, explica Alejandro, que señala que también ha recurrido la sanción por vía administrativa y que, si desde Subdelegación mantienen la sanción, irá al juzgado contencioso-administrativo.


“No se trata de un caso aislado”, subraya Alejandro, que critica el principio de veracidad de los agentes de autoridad que recoge la Ley de Seguridad Ciudadana y sobre la que el proyecto de reforma actualmente en trámite no hace cambios sustanciales.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2485 en: 05 de Marzo de 2022, 19:47:39 pm »
Quizás no es tanto el tú o el usted. . . sino el recriminarle a los policías la intervención, haciendo manifestaciones en el sentido de que no hay ordenanza alguna que prohíba esa actividad callejera de hacer pompas de jabón cuando, en realidad, no sabe que es lo que están haciendo los policías, que probablemente se limitarían a identificar al malabarista para conocer su identidad y su situación legal en España. . . y probablemente fuera tan cansino en su defensa del migrante que a la cuarta vez le informan que, de persistir en esa actitud irá detenido. . . después le identifican y le sancionan, pero no por un simple tú, sino por todo lo que con toda probabilidad rodea a ese tú y que la noticia y el interesado omiten. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2486 en: 05 de Marzo de 2022, 20:25:51 pm »
Quizás no es tanto el tú o el usted. . . sino el recriminarle a los policías la intervención, haciendo manifestaciones en el sentido de que no hay ordenanza alguna que prohíba esa actividad callejera de hacer pompas de jabón cuando, en realidad, no sabe que es lo que están haciendo los policías, que probablemente se limitarían a identificar al malabarista para conocer su identidad y su situación legal en España. . . y probablemente fuera tan cansino en su defensa del migrante que a la cuarta vez le informan que, de persistir en esa actitud irá detenido. . . después le identifican y le sancionan, pero no por un simple tú, sino por todo lo que con toda probabilidad rodea a ese tú y que la noticia y el interesado omiten. . .

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De hecho, cuando están filiando al denunciado, se ve al artista de las pompas coger su cubo de agua y jabón y marcharse.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2487 en: 05 de Marzo de 2022, 20:30:10 pm »
Quizás no es tanto el tú o el usted. . . sino el recriminarle a los policías la intervención, haciendo manifestaciones en el sentido de que no hay ordenanza alguna que prohíba esa actividad callejera de hacer pompas de jabón cuando, en realidad, no sabe que es lo que están haciendo los policías, que probablemente se limitarían a identificar al malabarista para conocer su identidad y su situación legal en España. . . y probablemente fuera tan cansino en su defensa del migrante que a la cuarta vez le informan que, de persistir en esa actitud irá detenido. . . después le identifican y le sancionan, pero no por un simple tú, sino por todo lo que con toda probabilidad rodea a ese tú y que la noticia y el interesado omiten. . .

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De hecho, cuando están filiando al denunciado, se ve al artista de las pompas coger su cubo de agua y jabón y marcharse.

https://youtu.be/dVi0C6W7UOM

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2488 en: 07 de Marzo de 2022, 08:23:01 am »
Las palabras siempre se las lleva el viento, incluso siempre se puede decir, eso no lo dije, o se interpretó mal...de ahí que grabar sea la única solución cuando se carece de mano izquierda.

Quizás cuando les pongan a todos las cámaras que tanto reclaman estas situaciones pasarán a la historia.

https://twitter.com/chemadepablo/status/1500034646016466945

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2489 en: 16 de Marzo de 2022, 20:18:54 pm »

La policía no puede multar por fumar (o tener) hachís dentro del coche


Un juez anula una sanción de 601 euros a un hombre que fue sorprendido con 0,55 gramos de cannabis dentro del vehículo porque no se trata de un lugar público
PATRICIA ESTEBAN
Madrid - 16 MAR 2022 - 11:31 CET
Controles policiales en la Plaza Francesc Macià de Barcelona.
Controles policiales en la Plaza Francesc Macià de Barcelona.
GIANLUCA BATTISTA
La ley de seguridad ciudadana vigente desde 2015, también conocida como ley mordaza, castiga con una multa de 601 a 30.000 euros la posesión o consumo de drogas en la calle o en lugares o transportes públicos. Pero nada dice del tenencia o consumo dentro del propio vehículo, aunque el coche esté aparcado en la vía pública. Este es el motivo por el que un juez de Jaén ha anulado una multa de 601 euros impuesta a un hombre al que sorprendieron con una china de 0,55 gramos de resina de cannabis o hachís en su automóvil. La sentencia, de 4 de marzo de 2022, deja sin efecto la sanción dictada por la Subdelegación del Gobierno de la ciudad andaluza tras el expediente abierto al supuesto infractor.


El fallo (cuyo texto puede consultar aquí), concluye que la aprehensión de cierta cantidad de droga en el coche de un ciudadano no puede ser castigado como un acto de consumo o tenencia de estupefacientes en público por no estar contemplado expresamente en la Ley Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de Protección de Seguridad Ciudadana. Y es que, razona, el juez, “en materia sancionadora está prohibida tanto la analogía como las interpretaciones extensivas en contra del reo”.


En concreto, la citada norma castiga como infracción grave (en el apartado 16 de su artículo 36) “el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares”. Para el juez andaluz, fumar o tener hachís o marihuana en el propio vehículo no es ilegal ya que el coche no puede ser considerado “lugar público”. Con independencia de que, por la concurrencia de otras circunstancias, pueda llegar a suponer un ilícito penal. Y es que, si la cantidad de droga incautada es importante o se está traficando o favoreciendo el consumo por terceras personas, se puede estar cometiendo un delito contra la salud pública castigado con pena de prisión y multa en el Código Penal.

Según explica Begoña Valero, letrada en Legalion Abogados que defendió el caso: “el juzgado considera que el vehículo particular de un ciudadano no puede entenderse asimilado a un lugar público máxime cuando la norma es especialmente detallista con los lugares donde se puede sancionar”. Como apunta Valero, esta no es la primera ocasión que un juzgado anula una multa por este motivo. Este pronunciamiento se suma a otras resoluciones de juzgados de Barcelona, Albacete u Ourense en el mismo sentido.

Cuadro de ilícitos
La sentencia del juzgado jienense parte del principio de tipicidad de las sanciones administrativas. Esto quiere decir que la ley debe describir claramente el comportamiento ilícito cuya infracción puede multada. Así lo recoge la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público cuando en su artículo 27 dice que “solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico prevista como tales infracciones por una ley”. Y, a continuación, “únicamente por la comisión de infracciones administrativas podrá imponerse sanciones que, en todo caso, estarán delimitadas por la ley”. Es más, termina el precepto, las disposiciones reglamentarias de desarrollo, no pueden introducir nuevas infracciones, “ni alterar la naturaleza o los límites de las que la ley contempla”.


Conoce en profundidad todas las caras de la moneda.
SUSCRÍBETE
Se trata, explica el magistrado de “una exigencia de la seguridad jurídica”. Esto es, los ciudadanos deben conocer con “certeza absoluta” las consecuencias legales que pueda acarrear una determinada conducta.

En el caso de la tenencia o consumo de drogas en lugares o establecimientos públicos, la ley de seguridad ciudadana establece tres grados de alcance. En el mínimo, la multa será de 601 a 10.400 euros. El grado medio se corresponde con una sanción de entre 10.401 y 20.200 euros. Y, el grado máximo supone una multa de entre 20.201 y 30.000 euros. Los criterios que se tienen en cuenta para fijar el importe de la sanción son la entidad del riesgo producido para la seguridad ciudadana o salud pública, la cuantía del perjuicio causado o la capacidad económica del infractor, entre otros.

Sin saltarse la ley
El juez termina dando la razón al sancionado porque, según este razonamiento, no infringió la ley. En estos casos, explica en la resolución, hay que aplicar un criterio “restrictivo” y, dado que la sustancia estupefaciente aprehendida estaba dentro del vehículo su vehículo particular, no vulneró la prohibición de consumir o tener drogas en lugares públicos.


Además, agrega, “la cantidad intervenida de 0,55 gramos (resina cannabis), no se considera cantidad para ser objeto de tráfico”. Por todo ello, resume, “estimo que el supuesto de autos no se encuentra comprendido en ninguno de los supuestos previstos en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, primero por tratarse de una cantidad pequeña de cannabis, y segundo, por tratarse en el interior de un vehículo”.

A diferencia del Código Penal, explica la abogada defensora, Begoña Valero, la ley de seguridad ciudadana “sanciona situaciones que puedan dar lugar al quebranto de la paz ciudadana”. Lo que se desprende de la sentencia, afirma, “es que además de que se encontraba en el vehículo, la cantidad es ínfima para suponer un peligro para la seguridad ciudadana”.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2490 en: 16 de Marzo de 2022, 20:35:28 pm »

La policía no puede multar por fumar (o tener) hachís dentro del coche


Un juez anula una sanción de 601 euros a un hombre que fue sorprendido con 0,55 gramos de cannabis dentro del vehículo porque no se trata de un lugar público
PATRICIA ESTEBAN
Madrid - 16 MAR 2022 - 11:31 CET
Controles policiales en la Plaza Francesc Macià de Barcelona.
Controles policiales en la Plaza Francesc Macià de Barcelona.
GIANLUCA BATTISTA
La ley de seguridad ciudadana vigente desde 2015, también conocida como ley mordaza, castiga con una multa de 601 a 30.000 euros la posesión o consumo de drogas en la calle o en lugares o transportes públicos. Pero nada dice del tenencia o consumo dentro del propio vehículo, aunque el coche esté aparcado en la vía pública. Este es el motivo por el que un juez de Jaén ha anulado una multa de 601 euros impuesta a un hombre al que sorprendieron con una china de 0,55 gramos de resina de cannabis o hachís en su automóvil. La sentencia, de 4 de marzo de 2022, deja sin efecto la sanción dictada por la Subdelegación del Gobierno de la ciudad andaluza tras el expediente abierto al supuesto infractor.


El fallo (cuyo texto puede consultar aquí), concluye que la aprehensión de cierta cantidad de droga en el coche de un ciudadano no puede ser castigado como un acto de consumo o tenencia de estupefacientes en público por no estar contemplado expresamente en la Ley Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de Protección de Seguridad Ciudadana. Y es que, razona, el juez, “en materia sancionadora está prohibida tanto la analogía como las interpretaciones extensivas en contra del reo”.


En concreto, la citada norma castiga como infracción grave (en el apartado 16 de su artículo 36) “el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares”. Para el juez andaluz, fumar o tener hachís o marihuana en el propio vehículo no es ilegal ya que el coche no puede ser considerado “lugar público”. Con independencia de que, por la concurrencia de otras circunstancias, pueda llegar a suponer un ilícito penal. Y es que, si la cantidad de droga incautada es importante o se está traficando o favoreciendo el consumo por terceras personas, se puede estar cometiendo un delito contra la salud pública castigado con pena de prisión y multa en el Código Penal.

Según explica Begoña Valero, letrada en Legalion Abogados que defendió el caso: “el juzgado considera que el vehículo particular de un ciudadano no puede entenderse asimilado a un lugar público máxime cuando la norma es especialmente detallista con los lugares donde se puede sancionar”. Como apunta Valero, esta no es la primera ocasión que un juzgado anula una multa por este motivo. Este pronunciamiento se suma a otras resoluciones de juzgados de Barcelona, Albacete u Ourense en el mismo sentido.

Cuadro de ilícitos
La sentencia del juzgado jienense parte del principio de tipicidad de las sanciones administrativas. Esto quiere decir que la ley debe describir claramente el comportamiento ilícito cuya infracción puede multada. Así lo recoge la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público cuando en su artículo 27 dice que “solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico prevista como tales infracciones por una ley”. Y, a continuación, “únicamente por la comisión de infracciones administrativas podrá imponerse sanciones que, en todo caso, estarán delimitadas por la ley”. Es más, termina el precepto, las disposiciones reglamentarias de desarrollo, no pueden introducir nuevas infracciones, “ni alterar la naturaleza o los límites de las que la ley contempla”.


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Se trata, explica el magistrado de “una exigencia de la seguridad jurídica”. Esto es, los ciudadanos deben conocer con “certeza absoluta” las consecuencias legales que pueda acarrear una determinada conducta.

En el caso de la tenencia o consumo de drogas en lugares o establecimientos públicos, la ley de seguridad ciudadana establece tres grados de alcance. En el mínimo, la multa será de 601 a 10.400 euros. El grado medio se corresponde con una sanción de entre 10.401 y 20.200 euros. Y, el grado máximo supone una multa de entre 20.201 y 30.000 euros. Los criterios que se tienen en cuenta para fijar el importe de la sanción son la entidad del riesgo producido para la seguridad ciudadana o salud pública, la cuantía del perjuicio causado o la capacidad económica del infractor, entre otros.

Sin saltarse la ley
El juez termina dando la razón al sancionado porque, según este razonamiento, no infringió la ley. En estos casos, explica en la resolución, hay que aplicar un criterio “restrictivo” y, dado que la sustancia estupefaciente aprehendida estaba dentro del vehículo su vehículo particular, no vulneró la prohibición de consumir o tener drogas en lugares públicos.


Además, agrega, “la cantidad intervenida de 0,55 gramos (resina cannabis), no se considera cantidad para ser objeto de tráfico”. Por todo ello, resume, “estimo que el supuesto de autos no se encuentra comprendido en ninguno de los supuestos previstos en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, primero por tratarse de una cantidad pequeña de cannabis, y segundo, por tratarse en el interior de un vehículo”.

A diferencia del Código Penal, explica la abogada defensora, Begoña Valero, la ley de seguridad ciudadana “sanciona situaciones que puedan dar lugar al quebranto de la paz ciudadana”. Lo que se desprende de la sentencia, afirma, “es que además de que se encontraba en el vehículo, la cantidad es ínfima para suponer un peligro para la seguridad ciudadana”.

Eso de que no puede es muy relativo  Por poder, se puede y luego que recurra.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2491 en: 28 de Marzo de 2022, 08:21:38 am »

La norma que derogará la ley mordaza avanza en el Congreso ajena a las protestas de los sindicatos policiales

Publicado por Crónica el dilluns, 28 de març de 2022 categ. destacat , seleccion |

Los trabajos para la derogación de la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy –la conocida como ley mordaza–, a través de un nuevo texto que la sustituya, dieron un avance importante esta semana durante la reunión del grupo constituido al margen de la ponencia que tuvo lugar el martes, en el Congreso de los Diputados. Los grupos esperan poder concluir el dictamen de la nueva norma pasada la Semana Santa y confían en culminar su tramitación antes del verano, al menos dentro de la Comisión de Interior de la Cámara Baja. La idea es tener lista la reforma cuando concluya el actual periodo de sesiones, en julio.

Todo ello al margen de las protestas policiales de sindicatos como Jupol, que desde hace meses han salido a las calles y se han quejado de que el nuevo texto contemplara que se compensaran las multas en función de la renta o que se puedan emitir los DNI en lenguas cooficiales, entre otras objeciones.

Las negociaciones se centran entre los partidos del Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, y sus principales socios del llamado bloque de la investidura con los que forman mayoría en el hemiciclo. El trabajo parte del texto registrado por el PNV, pero todas las fuentes parlamentarias consultadas aseguran que se están produciendo acuerdos también con ERC y EH Bildu, los grupos que más presión están ejerciendo para que se produzca una derogación real de la ley del PP. Según ha podido conocer este diario, es el secretario de Estado de Agenda 2030 y líder del PCE, Enrique Santiago, quien está ejerciendo de mediador entre los partidos del Ejecutivo y el resto de grupos.

Uno de los principales pactos que, a juicio de las fuentes consultadas, está allanando el acuerdo para el texto final, es la decisión de desvincular del texto algunos de los aspectos que han generado más fricciones durante las negociaciones, como las devoluciones en caliente o la consideración de agentes de la autoridad de los funcionarios de prisiones. Este mismo martes en el que se reunió el grupo de trabajo se tomó de hecho en consideración por mayoría del Pleno del Congreso una proposición de ley del PSOE para modificar ese estatus de los trabajadores de las cárceles, desligándolo así de la ley mordaza y evitando un choque con fuerzas como ERC o EH Bildu que se mostraban en contra de esa nueva consideración.

Una iniciativa similar en la que ya se encuentran trabajando los grupos del Gobierno abordará en las próximas semanas la regulación de las devoluciones en caliente, un tema que también genera fricciones entre el PSOE y Unidas Podemos y que, además, dificultaba los acuerdos con sus socios en el seno de la negociación de la derogación de la ley mordaza.

Además de salvar esos escollos, el grupo de trabajo avanzó el martes en uno de los puntos más polémicos del texto, el artículo 37.1, referido a la responsabilidad de los convocantes de manifestaciones en los que se produzcan altercados o que no hayan sido comunicadas previamente a las respectivas delegaciones del gobierno. Además de desvincular al convocante de los disturbios cuando se demuestre que no ha tenido vinculación con los mismos, en la enmienda que están ultimando los grupos se establece que la falta de comunicación previa de una protesta no será castigada cuando responda a una rápida expresión ante un acontecimiento de indudable repercusión social, siempre que no se cause violencia o alteración del orden público.

Fuentes parlamentarias aseguran que existe "prácticamente un acuerdo" entre las fuerzas del Gobierno y sus socios en ese sentido, si bien reconocen que aún existen algunas reticencias de grupos como ERC y EH Bildu que tratan de acotar aún más las responsabilidades de los convocantes de esas protestas cuando se produzcan altercados.

Siguen sin abordarse otros aspectos polémicos, que se discutirán después de la Semana Santa, como la regulación del material antidisturbios para los que varios grupos exigen la prohibición expresa de las pelotas de goma, o lo referido a la presunción de veracidad de los agentes de los distintos cuerpos policiales cuyo único testimonio, sin otros testigos, es a raíz de la ley del PP válido para que se produzca una condena. Un ejemplo es el del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, condenado por el Supremo –y al que a raíz de la sentencia se le retiró el acta de parlamentario– por pegar a un policía siendo el agente el único testigo que, durante el juicio, reconoció esa agresión.

En las dos reuniones de la ponencia de la Comisión de Interior encargada de elaborar el nuevo texto –una tuvo lugar en enero y otra, en febrero– los partidos del Gobierno han consensuado y aprobado con otros partidos –en ocasiones, también con el PP y Ciudadanos– enmiendas parciales a 29 artículos de la Ley de Seguridad Ciudadana. Se han acordado modificaciones al objeto de la ley, a los fines y a los principios rectores estableciendo la eliminación de la violencia en los espacios públicos y la garantía de convivencia como el objeto de la ley, introduciendo mayores garantía de derechos y libertades de la ciudadanía, según han explicado fuentes de Unidas Podemos.

Esas mismas fuentes explican que entre los principios rectores de la norma también se ha incluido uno de accesibilidad para garantizar que personas con discapacidad puedan disfrutar plenamente de sus derechos en todo lo relacionado con la seguridad ciudadana. En la ponencia también han visto luz verde algunas de las peticiones de los socios, como que se garantice la incorporación al Documento Nacional de Identidad y al pasaporte las distintas lenguas cooficiales. O el establecimiento de mecanismos que tengan en cuenta la capacidad económica de los ciudadanos a la hora de solicitar esos documentos de identidad.

Las fuentes consultadas añaden que también se han regulado de manera "más garantista" los aspectos relacionados con la entrada en domicilios y edificios de organismos oficiales por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante el riesgo para las personas o animales en supuestos de catástrofes, calamidades, ruina inminente y cualquier otro supuesto recogido en la legislación de protección civil. Asimismo, se ha acordado por "muy amplia mayoría de la ponencia" la modificación de las normas sobre identificación de personas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. De esta forma, las diligencias en comisaría en ningún caso podrán superar las dos horas salvo causas excepcionales debidamente justificadas, verificadas y comunicadas a la persona afectada.

También se ha introducido el derecho de la persona conducida a identificación a ser devuelta al lugar en el que no pudo ser identificada desde la dependencia policial cuando para su identificación haya tenido que ser trasladada a una localidad diferente a aquella en la que se le requirió la práctica de la diligencia.


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2492 en: 29 de Marzo de 2022, 00:42:48 am »
Un ejemplo es el del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, condenado por el Supremo –y al que a raíz de la sentencia se le retiró el acta de parlamentario– por pegar a un policía siendo el agente el único testigo que, durante el juicio, reconoció esa agresión.

Menudo bulo del panfleto de extrema izquierda de Podemos, y lo peor es que muchos ignorantes se lo creen. Mezclan la 4/15 con un proceso penal para cocinar un bulo de los suyos.


El guarro ese fue condenado en un proceso penal, en donde los policías NO tienen presunción de veracidad.



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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2493 en: 30 de Marzo de 2022, 20:00:27 pm »

Multado con la ley mordaza porque sus hijos jugaban en una comisaría


El padre se encontraba en la calle con su bebé de meses, mientras su mujer y sus otros dos hijos de 2 y 4 años estaban esperando para renovar el DNI en uno de los locales de la Policía Nacional de A Coruña
EUROPA PRESS
Miércoles, 30 marzo 2022, 16:49
1
Un agente de la Policía Nacional de la comisaría de la Avenida do Porto de La Coruña ha impuesto una infracción grave a un padre porque dos de sus hijos jugaban en la entrada del local. Según el relato policial, «los dos hijos» de este hombre estaban «entrando y saliendo» de la oficina y le dieron «golpes» a un paragüero. También dice que se le pidió al padre que «controlase» a los niños y, según el policía, el hombre le remitió a su mujer que se encuentraba dentro de la oficina.


En la denuncia policial, sin embargo, no figura que el hombre se encontraba fuera de la comisaría sosteniendo a su tercer hijo, un bebé de menos de un año, y que la madre, con quien estaban los dos menores a los que acusa de una infracción grave, y que tienen 4 y 2 años, en ese momento estaba hablando con un funcionario para la renovación del DNI.

El hombre contra quien se redactó la infracción interpuso una queja en la propia comisaría en la que explicaba que él se encontraba fuera del recinto con su bebé y que el agente se dirigió a él para que «controlase» a sus hijos, de 2 y 4 años, a lo que respondió que estaban dentro con su madre y que él tenía a un bebé en brazos y no podía hacerse cargo. «Acto seguido», añade, el agente le pidió el DNI y redactó la infracción.

La infracción se ha impuesto en el marco de la ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, la conocida como 'ley mordaza', en su artículo 36, de infracciones graves, por «causar desórdenes en las vías, espacios, o establecimientos públicos, u obstaculizar la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos, cuando en ambos casos se ocasione una alteración grave de la seguridad ciudadana». Las sanciones para este tipo de infracciones graves ascienden, en el grado mínimo a una multa de 601 a 10.400; en el grado medio, de 10.401 a 20.200 euros; y el grado máximo, de 20.201 a 30.000 euros

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2494 en: 01 de Abril de 2022, 21:17:42 pm »


La "anomalía democrática" de la Ley Mordaza cumple siete años mientras se dejan de lado las promesas de derogación


La medida legislativa, que no cumple con los estándares internacionales en torno al derecho de reunión, manifestación e información, sigue causando estragos entre activistas, periodistas y población en general.

 
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Dirigentes de 10 organizaciones sociales junto a la plataforma No Somos Delito, han reclamado este martes frente al Congreso una reforma de la Ley Mordaza. — Chema Moya / EFE
Dirigentes de 10 organizaciones sociales junto a la plataforma No Somos Delito, han reclamado este martes frente al Congreso una reforma de la Ley Mordaza. — Chema Moya / EFE

MADRID, 30/03/2022 22:13 ACTUALIZADO: 31/03/2022 01:40 GUILLERMO MARTÍNEZ
La Ley de Seguridad Ciudadana, aprobada hace exactamente siete años en solitario por el PP, se tildó rápidamente de Ley Mordaza por diversos organismos que velan por el cumplimiento de los Derechos Humanos en España. No se equivocaban.

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Las repetidas promesas por parte de Pedro Sánchez de su derogación, incluso antes de convertirse en presidente del Gobierno, parecían auspiciar un nuevo horizonte para los derechos sociales en el país. Lo dijo en mayo y septiembre de 2015 ante sus militantes, en una declaración ante la prensa en febrero de 2016 y un mes después de ese mismo año ya en sede parlamentaria; también en octubre de 2017 y mayo de 2018. Declaraciones que se han ido sucediendo sin que se alcanzara ningún acuerdo para su reforma mientras el tiempo corre y la defensa de los derechos sociales siguen sin cumplir con los estándares internacionales.


"Aprobaremos una nueva Ley de seguridad ciudadana que sustituya a la Ley Mordaza para garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y reunión pacífica", se comprometieron Unidas Podemos y el PSOE en su pacto de coalición de 2019. Ese "nuevo acuerdo para España", como lo titularon, recogía que "esta nueva legislación, que verá la luz a la mayor brevedad, estará basada en una concepción progresista de la seguridad ciudadana y priorizará la garantía de derechos y la protección de la ciudadanía (…)". Así la esperan ansiosos todos los organismos que han criticado duramente algunos de sus artículos, mediante los cuales se han coartado derechos como el de reunión, manifestación e información.

Ley Mordaza para Nacho del Páramo, concejal de Somos Oviedo
Ley Mordaza para Nacho del Páramo, concejal de Somos Oviedo
Actuaciones arbitrarias de la Policía
"Hemos documentado numerosos casos de aplicación de algunos artículos de la Ley que han supuesto actuaciones arbitrarias de la Policía. En la práctica, se han dado actuaciones indebidas contra activistas sociales por el medio ambiente y el derecho a la vivienda, pero también contra periodistas que, precisamente, documentan esas mismas actuaciones policiales", señala Daniel Canales, investigador de Amnistía Internacional (AI).

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Él mismo indica que el artículo 36.6 del actual texto en vigor, referido a "la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes", es uno de los más lesivos.

En este sentido, la Comisión de Venecia, órgano consultivo del Consejo de Europa formado por expertos independientes del campo del derecho constitucional, subrayó en marzo de 2021 que dicha definición era "problemática" debido a su excesiva amplitud y poca concreción. "Pero no solo se ha aplicado en el ámbito del derecho a la protesta. Hay que recordar que durante los meses de confinamiento estricto en España, el Gobierno sancionó a través de este artículo los incumplimientos que se dieron, aunque luego las multas no se tramitasen al declararse nulo el estado de alarma por parte del Tribunal Constitucional", añade Canales.

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Una docena de eurodiputados afea a Pedro Sánchez que solo vaya a reformar la 'ley mordaza' "de forma superficial"
Una docena de eurodiputados afea a Pedro Sánchez que solo vaya a reformar la 'ley mordaza' "de forma superficial"
Yolanda Quintana, secretaria general de la Plataforma por la Libertad de Información (PLI) califica a la Ley Mordaza como "anomalía democrática". En sus propias palabras, "llevamos siete años en los que ha sido posible recortar derechos fundamentales al margen de lo que establecen los estándares internacionales a los que están sujetos los Poderes Públicos en España (parlamento, Gobierno y jueces)".

Censurar a base de multas
La Ley también ha sido criticada por organismos como el Instituto Internacional de Prensa, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), el Consejo de Europa y el Comité de Derechos Humanos de la ONU por "por contener preceptos genéricos que permiten una aplicación arbitraria por parte de la Policía y que ha venido aplicándose en España contra activistas y periodistas, en particular los que cubren protestas y manifestaciones", desarrollan desde la PLI.

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Es la propia Quintana quien alude a que la Ley está "censurando de forma camuflada", y a los datos se remite: "Según las últimas estadísticas disponibles, las multas por desobediencia o la resistencia a la autoridad o negativa a identificarse (artículo 36.03) se multiplicaron por 20 pasando de 12.645 sanciones a 243.001. Se trata de unos artículos aplicados con mayor frecuencia contra periodistas (sobre todo fotógrafos) con un claro impacto negativo en la libertad de prensa".

Joan Ignasi Elena: "Me sorprende que el PSOE y UP hayan dicho que la Ley Mordaza es un atentado a las libertades y que siga vigente"
Joan Ignasi Elena: "Me sorprende que el PSOE y UP hayan dicho que la Ley Mordaza es un atentado a las libertades y que siga vigente"
En la misma línea del derecho a la información, la PLI agrega que las sanciones por "uso no autorizado de imágenes de policías en el ejercicio de sus funciones" (artículo 36.23) solo fueron 50 (aunque también aumentaron: en este caso, un 30%). Y continúa Quintana: "En diciembre de 2020, el Tribunal Constitucional español eliminó este artículo por considerarlo inconstitucional. Sin embargo, esta anulación no ha supuesto durante el año pasado una mayor libertad para los periodistas, que siguen siendo multados por el artículo anteriormente mencionado". Así lo demuestran los casos de la fotoperiodista Mireia Comas, sancionada por negarse a borrar unas fotografías tal y como le ordenaba un policía.

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"El efecto desaliento que provocan este tipo de sanciones es irreparable", incide Quintana, quien también se refiere a otro de los preceptos aplicados contra periodistas, el de faltas de respeto a los policías (art. 37.04), que causó 14.892 multas por un importe de 2.384.693 de euros. "Una vez más los fotoperiodistas y aquellos periodistas que cubren manifestaciones han sido quienes más golpes han recibido, como el caso de Guillermo Martínez. Otro de los casos más relevantes fue el de Albert García, para quien en un principio se pedía prisión", en sus propios términos.

De la censura a la autocensura
Mónica Hidalgo, portavoz de la Plataforma No somos delito, indica que estos siete años de Ley Mordaza han terminado con una grave "autocensura en los movimientos sociales que han visto muy reprimidos sus derechos de manifestación y reunión". Otro de los aspectos en los que incide Hidalgo es el uso que las Fuerzas de Seguridad del Estado han dado a algunos de los artículos de la mencionada Ley. "Hemos visto cómo multaban a gente por comer pipas de forma desafiante, literalmente, o por no tratar de usted a un agente ".

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Gobierno y grupos progresistas siguen sin acordar los puntos clave de la reforma de la 'ley mordaza' tras casi dos años de retraso
Gobierno y grupos progresistas siguen sin acordar los puntos clave de la reforma de la 'ley mordaza' tras casi dos años de retraso
Muchas organizaciones se pusieron manos a la obra, incluso antes de su aprobación parlamentaria en 2015. "Con cualquiera que hables, te dirá que esta Ley no puede seguir vigente. Hemos trabajado junto a juristas y entidades como Greenpeace, Cáritas o Amnistía Internacional, y a todos nosotros nos parecen insuficientes las enmiendas presentadas para su reforma", relata Hidalgo. Según su punto de vista, quieren aprobar una "mordaza maquillada" y en ninguno de los casos el PSOE cumpliría su promesa de derogarla por completo.

"Eso sí, cambiará el lenguaje. Te seguirán multando por lo mismo, pero no podrás decir que sea por la Ley Mordaza porque dirán que la han eliminado. Esa es su jugada mediática", incide la portavoz.

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Nombres propios
A todo ello se suman las peticiones de diversas organizaciones que quieren terminar con las identificaciones policiales por perfil racial y la prohibición del empleo de pelotas de goma, que han producido lesiones muy graves en manifestantes. Es el caso de Esther Quintana en 2012, quien perdió un ojo por una pelota de goma disparada por los Mossos d’Esquadra. Más tarde, aunque prohibidos estos elementos de disuasión en Catalunya, Roger Español perdió un ojo por un disparo de la Policía Nacional en Barcelona el 1 de octubre de 2017.

Marian es una de las tantas personas que han sufrido en sus carnes, y sus bolsillos, la Ley Mordaza. En marzo de 2021 se acercó a la concentración organizada por el colectivo Apostasía Feminista frente al Arzobispado madrileño. La Policía pidió identificarse a la mayoría de las asistentes, y ella preguntó el motivo, y le respondieron que "era su obligación". "Finalmente el policía dijo a Marian que si no le daba la documentación, la iba a detener. Ante esto, Marian entregó su DNI, y cuando se lo devolvieron, más de media hora después, le entregaron una propuesta de sanción por infracción del art. 36.6, sobre negativa a identificarse", según el relato recogido por AI.

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Negociación en el Congreso
Por el momento ni siquiera existe un texto consolidado que vaya a discutirse en la Cámara Baja, pero están en ello. Diversos partidos políticos negocian en la comisión de Interior del Congreso de los Diputados, donde se las ven y se las desean. Uno de ellos es ERC, quien apunta que la Ley se encuentra en fase de enmiendas y, aunque ha habido alguna reunión de ponencia, cuesta avanzar.

En palabras de Gabriel Rufián, "las negociaciones con nosotros avanzan, aunque bajo nuestro punto de vista, por ahora no lo suficiente como para dar nuestra aprobación. Y no lo decimos solo nosotros. El propio Consejo de Europa alertó hace unas semanas de que el texto inicial no resuelve todos los problemas que planteaba la norma, en cuanto a derechos humanos se refiere".

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Y continúa el portavoz catalán: "Un Estado democrático no puede tolerar normas que permitan la impunidad policial en los casos abusos. No puede tolerar la represión. No puede tolerar que los ciudadanos no puedan ejercer sus derechos fundamentales". Fuentes internas de la formación republicana añaden que "habría que eliminar muchos aspectos de la Ley si realmente el objetivo es que el nuevo texto no suponga una privación de derechos fundamentales", y enumeran algunos.

Parafraseándoles, se debe acabar con el hecho de que la Policía pueda multar sin consecuencias a cualquier ciudadano sin que haya cometido ningún delito; hay que eliminar las faltas de respeto a la autoridad; el valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad sin que exista prueba objetiva, y acabar con las tácticas policiales que persigan el enfrentamiento o la alimentación de disturbios y sobre todo la arbitrariedad y los abusos policiales.

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Por otra parte, fue el PNV quien impulsó la reforma de esta medida legislativa que hoy cumple su séptimo aniversario a través de una proposición de ley presentada en septiembre de 2020. Tal y como expresa Mikel Legarda, diputado de la formación vasca, "lo nuclear es que las cosas no sigan como están". Su grupo parlamentario entiende que no hay una correlación entre derechos y libertades y el principio de seguridad, hacia el que está sesgada esta ley. "Parece que los derechos y libertades son fiduciarios de la seguridad y no al revés nuestro objetivo principal es modificar la ley", en palabras del diputado.

Él apunta que, desde luego, no pueden contar ni con el PP ni con Vox para acometer la reforma, y todo parece indicar que con Ciudadanos tampoco. En estos momentos, Legarda sostiene que  "hay que ir enhebrando acuerdos con los demás partidos políticos".

Tal y como explicita Quintana, la posible reforma de la Ley Mordaza no significa el final de la misma: "Nos preocupa mucho que las enmiendas que los Grupos Socialista y Podemos han presentado para modificar la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, lejos de derogarla, mantiene vigentes los aspectos más lesivos de esta ley".

Desconectado Ragnar

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2495 en: 02 de Abril de 2022, 00:51:33 am »
Otro panfleto podemita con sus mentiras.

Desconectado 47ronin

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2496 en: 13 de Abril de 2022, 09:28:23 am »

La Ley Mordaza se impone en cuatro huelgas vascas: 28 imputados y más de 15.000 euros en multas

Trabajadores de Tubacex, ITP Aero, Petronor y el metal de Bizkaia han creado una plataforma para alertar de la “avalancha” de sanciones recibidas estas últimas semanas por parte de la Ertzaintza.

Gessamí Forner
@GessamiForner
13 ABR 2022 06:00

Han organizado una plataforma de multados e imputados. Aún no tienen nombre, pero acumulan decenas de multas —cuyas sanciones se elevan a más de 15.000 euros— y citaciones —un total de 28, entre absueltos, condenados y a la espera de juicio—. Son trabajadores que han secundado las huelgas del metal de Bizkaia, Petronor, Tubacex e ITP Aero —conocida antiguamente como PCB—. El Parlamento Vasco se comprometió el 28 de junio de 2016 a no aplicar la Ley Mordaza en la Comunidad Autónoma Vasca. En 2017, la Ertzaintza incoó 5.695 expedientes; 638 por desobediencia o resistencia a la autoridad, 1.103 por falta de respeto a las fuerzas de seguridad. Gobierno vasco jamás instó al Departamento del Interior a cumplir ese mandato.

Más bien al contrario, alertan desde la plataforma. Se han reunido con la viceconsejera de Trabajo, Elena Pérez, pero no el consejero de Seguridad, Josu Erkoreka, sigue sin recibirles. El departamento que dirige Erkoreka es el responsable de dichas sanciones e imputaciones, una estrategia de represalia política que parece consolidada desde el pasado año.

Miren —nombre ficticio— es trabajadora de Tubacex. Por tanto secundó la huelga de casi ocho meses que ha permitido la readmisión de 129 compañeras despedidas en un ERE que la Justicia consideró nulo. Por el camino, Miren participó en los piquetes organizados a pie de fábrica, en las concentraciones frente a los juzgados y en las manifestaciones que durante ese tiempo organizó su comité de empresa. La presencia de los agentes antidisturbios de la Ertzaintza fue constante.

Tubacex - 5
PAÍS VASCO
Trabajadores de Tubacex: “Somos ejemplo y somos historia”
GESSAMÍ FORNER
2
El 17 de junio participó en la concentración convocada delante de los juzgados de Amurrio, donde dos personas iban a declarar tras ser identificadas en una concentración previa. “Los agentes antidisturbios nos dijeron que teníamos que quedarnos detrás del carril bici. Nos empujaron hasta ahí y siguieron empujándonos después. En apenas unos segundos, pasé de estar de tercera a primera fila. Con su escudo, un antidisturbio me dio en el dedo índice de la mano derecha. Le dije “mira lo que me has hecho, y me siguieron empujando hasta que me empezaron a aporrerar y a tirar de mí hacia ellos”, explica.

La identificaron, la metieron en el coche patrulla y la llevaron al centro de salud. Se negaron a dejarla a solas con la médica —tuvo otras dos contusiones— y fue la doctora quien se plantó y afirmó que Miren no iba a desnudarse delante de los agentes. O se iban o venían mujeres policía. No se marcharon, esperaron a un relevo de turno.

Ahora el fiscal pide para Miren 15 meses de cárcel por atentado a la autoridad. Da por buenas las explicaciones de los ertzainas, que aseguran que Miren le golpeó a un agente en el pecho. “¡Pero si llevaban escudos!”, exclama para incidir en la imposibilidad física de darle un puñetazo al tórax a un agente que lleva, además del chaleco protector, un escudo de plástico.

En Tubacex hay otras tres personas imputadas, dos de ellas por un presunto delito de desórdenes públicos —un agente de la policía local consideró que habían movido unas vallas—. Al menos 17 personas han recibido 30 multas —varias personas han recibido varias multas, algunas sin ser identificadas en el presunto momento de los hechos—. Dos expedientes sancionadores ascienden a 3.000 euros, cinco son de 700 euros y el resto, de entre 100 y 50. Como mínimo, 10.000 euros en sanciones. Otros trabajadores han preferido no colectivizar las sanciones que han recibido, y han optado por pagarlas de forma individual. Tubacex creó una caja de resistencia, que ahora servirá, si alcanza, para pagar letrados y multas.

Javier Gómez CC OO
BIZKAIA
El sindicalista Javier Gómez denuncia a la Ertzaintza por romperle la nariz
GESSAMÍ FORNER
2
La huelga del metal de Bizkaia dejó 15 imputados. Nueve personas resultaron absueltas, una condenada a un año de prisión —ha recurrido—, otras tres se encuentran a la espera de la sentencia, otra a la espera de juicio. Dos tienen una petición de 23 meses de cárcel por presuntos delitos de atentado contra la autoridad y lesiones.

En ITP Aero hay ocho trabajadores imputados, algunos a la espera de juicio, dos condenados. En esta huelga, la intervención de la Ertzaintza saltó a los medios de comunicación cuando un antidisturbios le rompió la nariz al sindicalista de CC OO Javier Gómez. Este denunció a la Ertzaintza. En enero, la plataforma indicó que las multas recibidas ascendían casi a 5.000 euros

En Petronor, un trabajador ha sido imputado por daños y atentado a la autoridad.

Avalancha
La plataforma alerta de que los trabajadores están recibiendo “una avalancha de multas” en las últimas semanas. “Solo hemos defendido el empleo y las condiciones laborales de todas y cada una de nuestras compañeras”, señalan. “La lucha es la herramienta legítima para defender y conquistar derechos para la clase trabajadora. Por ello decimos, alto y claro, que la lucha sindical nunca puede ser un delito”, advierten.

Precisamente el artículo 315.3 del Código Penal, que penaba con hasta tres años de cárcel la actividad de los piquetes en las huelgas, fue derogado el 11 de marzo de 2021.

Recientemente, una sentencia del 1 de marzo reconocía el valor de las movilizaciones laborales para obtener mejoras: “[las movilizaciones, concentraciones, una huelga indefinida y el acompañamiento de un sindicato, ELA, que fue indemnizado] nos demuestran que el personal afectado es reivindicativo y ha obtenido con su conducta resoluciones judiciales que avalan mayores retribuciones a las que venían percibiendo anteriormente”. Dicha sentencia declaró nulo el ERE contra las 76 trabajadoras de la limpieza del Igualatorio Médico Quirúrgico de Bilbao.

La delegada sindical de LAB Iratxe Axkue, compañera de Miren, reitera que “defender puestos de trabajo nunca será un delito”. Y añade una valoración política: “Detrás de todas estas multas, represión e imputaciones hay una cosa bien clara, el intento de criminalizar cualquier lucha sindical y de la clase trabajadora, así como una dejación absoluta del Gobierno vasco, que lo único que ha hecho es ponerse del lado de la patronal y no duda en poner a la Ertzaintza a su servicio”.

En 2015, cuando el PP de Mariano Rajoy ostentaba la mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, aprobó la ley que incluía el artículo 315.3 para ampliar la solicitud de penas de cárcel hasta tres años para los piquetes. Ese año también aprobó la Ley Mordaza, que sigue intacta a pesar de los múltiples anuncios de derogación —del PSOE— o los anuncios de no ejecutarla, como el del PNV en 2016.

Desahucios Barcelona mossos
El precio por intentar frenar un desahucio en Barcelona: 18.030 euros en multas “mordaza”
GESSAMÍ FORNER
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La Ley Mordaza  se ha convertido en Catalunya en el instrumento que utilizan los agentes de los Mossos d’Esquadra para intimidar al movimiento social en defensa de la vivienda. Un movimiento que, como el sindicalismo laboral en Euskal Herria, está ampliamente implantado y cosecha frutos cuando sale a la calle.

El 21 de enero de 2021, la Ertzaintza replicó la estrategia de los Mossos d’Esquadra al sindicato de viviendas de Gasteiz, Etxebizitza Sindikatua, en la ejecución del desahucio del número 15 de Los Herran. Detuvieron a tres personas, dos fueron enviadas a extranjería, cuatro fueron imputadas por atentado a la autoridad y desobediencia e incoaron 15 multas de 700€ por desobediencia y 28 multas de 1.200€ a las personas que se encontraban dentro del edificio finalmente desahuciado. Las sanciones ascendía a 30.000 euros.

Los sindicatos CC OO, LAB, ESK, CNT y CGT, así como la organización juvenil Ernai apoyan la plataforma de trabajadores sancionados e imputados. Algunos miembros de esta plataforma consultados por El Salto alertan de las inconcreciones, incorrecciones e incluso invenciones que aparecen en dichos expedientes.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2497 en: 14 de Abril de 2022, 01:55:08 am »
Los panfletos podemitas de extrema izquierda no se enteran o mienten, ya que con la 4/15 no se puede imputar a nadie.


La Ley Mordaza se impone en cuatro huelgas vascas: 28 imputados y más de 15.000 euros en multas

Trabajadores de Tubacex, ITP Aero, Petronor y el metal de Bizkaia han creado una plataforma para alertar de la “avalancha” de sanciones recibidas estas últimas semanas por parte de la Ertzaintza.

Gessamí Forner
@GessamiForner
13 ABR 2022 06:00

Han organizado una plataforma de multados e imputados. Aún no tienen nombre, pero acumulan decenas de multas —cuyas sanciones se elevan a más de 15.000 euros— y citaciones —un total de 28, entre absueltos, condenados y a la espera de juicio—. Son trabajadores que han secundado las huelgas del metal de Bizkaia, Petronor, Tubacex e ITP Aero —conocida antiguamente como PCB—. El Parlamento Vasco se comprometió el 28 de junio de 2016 a no aplicar la Ley Mordaza en la Comunidad Autónoma Vasca. En 2017, la Ertzaintza incoó 5.695 expedientes; 638 por desobediencia o resistencia a la autoridad, 1.103 por falta de respeto a las fuerzas de seguridad. Gobierno vasco jamás instó al Departamento del Interior a cumplir ese mandato.

Más bien al contrario, alertan desde la plataforma. Se han reunido con la viceconsejera de Trabajo, Elena Pérez, pero no el consejero de Seguridad, Josu Erkoreka, sigue sin recibirles. El departamento que dirige Erkoreka es el responsable de dichas sanciones e imputaciones, una estrategia de represalia política que parece consolidada desde el pasado año.

Miren —nombre ficticio— es trabajadora de Tubacex. Por tanto secundó la huelga de casi ocho meses que ha permitido la readmisión de 129 compañeras despedidas en un ERE que la Justicia consideró nulo. Por el camino, Miren participó en los piquetes organizados a pie de fábrica, en las concentraciones frente a los juzgados y en las manifestaciones que durante ese tiempo organizó su comité de empresa. La presencia de los agentes antidisturbios de la Ertzaintza fue constante.

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Trabajadores de Tubacex: “Somos ejemplo y somos historia”
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El 17 de junio participó en la concentración convocada delante de los juzgados de Amurrio, donde dos personas iban a declarar tras ser identificadas en una concentración previa. “Los agentes antidisturbios nos dijeron que teníamos que quedarnos detrás del carril bici. Nos empujaron hasta ahí y siguieron empujándonos después. En apenas unos segundos, pasé de estar de tercera a primera fila. Con su escudo, un antidisturbio me dio en el dedo índice de la mano derecha. Le dije “mira lo que me has hecho, y me siguieron empujando hasta que me empezaron a aporrerar y a tirar de mí hacia ellos”, explica.

La identificaron, la metieron en el coche patrulla y la llevaron al centro de salud. Se negaron a dejarla a solas con la médica —tuvo otras dos contusiones— y fue la doctora quien se plantó y afirmó que Miren no iba a desnudarse delante de los agentes. O se iban o venían mujeres policía. No se marcharon, esperaron a un relevo de turno.

Ahora el fiscal pide para Miren 15 meses de cárcel por atentado a la autoridad. Da por buenas las explicaciones de los ertzainas, que aseguran que Miren le golpeó a un agente en el pecho. “¡Pero si llevaban escudos!”, exclama para incidir en la imposibilidad física de darle un puñetazo al tórax a un agente que lleva, además del chaleco protector, un escudo de plástico.

En Tubacex hay otras tres personas imputadas, dos de ellas por un presunto delito de desórdenes públicos —un agente de la policía local consideró que habían movido unas vallas—. Al menos 17 personas han recibido 30 multas —varias personas han recibido varias multas, algunas sin ser identificadas en el presunto momento de los hechos—. Dos expedientes sancionadores ascienden a 3.000 euros, cinco son de 700 euros y el resto, de entre 100 y 50. Como mínimo, 10.000 euros en sanciones. Otros trabajadores han preferido no colectivizar las sanciones que han recibido, y han optado por pagarlas de forma individual. Tubacex creó una caja de resistencia, que ahora servirá, si alcanza, para pagar letrados y multas.

Javier Gómez CC OO
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El sindicalista Javier Gómez denuncia a la Ertzaintza por romperle la nariz
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La huelga del metal de Bizkaia dejó 15 imputados. Nueve personas resultaron absueltas, una condenada a un año de prisión —ha recurrido—, otras tres se encuentran a la espera de la sentencia, otra a la espera de juicio. Dos tienen una petición de 23 meses de cárcel por presuntos delitos de atentado contra la autoridad y lesiones.

En ITP Aero hay ocho trabajadores imputados, algunos a la espera de juicio, dos condenados. En esta huelga, la intervención de la Ertzaintza saltó a los medios de comunicación cuando un antidisturbios le rompió la nariz al sindicalista de CC OO Javier Gómez. Este denunció a la Ertzaintza. En enero, la plataforma indicó que las multas recibidas ascendían casi a 5.000 euros

En Petronor, un trabajador ha sido imputado por daños y atentado a la autoridad.

Avalancha
La plataforma alerta de que los trabajadores están recibiendo “una avalancha de multas” en las últimas semanas. “Solo hemos defendido el empleo y las condiciones laborales de todas y cada una de nuestras compañeras”, señalan. “La lucha es la herramienta legítima para defender y conquistar derechos para la clase trabajadora. Por ello decimos, alto y claro, que la lucha sindical nunca puede ser un delito”, advierten.

Precisamente el artículo 315.3 del Código Penal, que penaba con hasta tres años de cárcel la actividad de los piquetes en las huelgas, fue derogado el 11 de marzo de 2021.

Recientemente, una sentencia del 1 de marzo reconocía el valor de las movilizaciones laborales para obtener mejoras: “[las movilizaciones, concentraciones, una huelga indefinida y el acompañamiento de un sindicato, ELA, que fue indemnizado] nos demuestran que el personal afectado es reivindicativo y ha obtenido con su conducta resoluciones judiciales que avalan mayores retribuciones a las que venían percibiendo anteriormente”. Dicha sentencia declaró nulo el ERE contra las 76 trabajadoras de la limpieza del Igualatorio Médico Quirúrgico de Bilbao.

La delegada sindical de LAB Iratxe Axkue, compañera de Miren, reitera que “defender puestos de trabajo nunca será un delito”. Y añade una valoración política: “Detrás de todas estas multas, represión e imputaciones hay una cosa bien clara, el intento de criminalizar cualquier lucha sindical y de la clase trabajadora, así como una dejación absoluta del Gobierno vasco, que lo único que ha hecho es ponerse del lado de la patronal y no duda en poner a la Ertzaintza a su servicio”.

En 2015, cuando el PP de Mariano Rajoy ostentaba la mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, aprobó la ley que incluía el artículo 315.3 para ampliar la solicitud de penas de cárcel hasta tres años para los piquetes. Ese año también aprobó la Ley Mordaza, que sigue intacta a pesar de los múltiples anuncios de derogación —del PSOE— o los anuncios de no ejecutarla, como el del PNV en 2016.

Desahucios Barcelona mossos
El precio por intentar frenar un desahucio en Barcelona: 18.030 euros en multas “mordaza”
GESSAMÍ FORNER
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La Ley Mordaza  se ha convertido en Catalunya en el instrumento que utilizan los agentes de los Mossos d’Esquadra para intimidar al movimiento social en defensa de la vivienda. Un movimiento que, como el sindicalismo laboral en Euskal Herria, está ampliamente implantado y cosecha frutos cuando sale a la calle.

El 21 de enero de 2021, la Ertzaintza replicó la estrategia de los Mossos d’Esquadra al sindicato de viviendas de Gasteiz, Etxebizitza Sindikatua, en la ejecución del desahucio del número 15 de Los Herran. Detuvieron a tres personas, dos fueron enviadas a extranjería, cuatro fueron imputadas por atentado a la autoridad y desobediencia e incoaron 15 multas de 700€ por desobediencia y 28 multas de 1.200€ a las personas que se encontraban dentro del edificio finalmente desahuciado. Las sanciones ascendía a 30.000 euros.

Los sindicatos CC OO, LAB, ESK, CNT y CGT, así como la organización juvenil Ernai apoyan la plataforma de trabajadores sancionados e imputados. Algunos miembros de esta plataforma consultados por El Salto alertan de las inconcreciones, incorrecciones e incluso invenciones que aparecen en dichos expedientes.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2498 en: 29 de Abril de 2022, 17:20:09 pm »

ERC congela la reforma de la ‘ley mordaza’ por el ‘caso Pegasus’


Los partidos favorables a modificar la norma se plantean seguir los trabajos sin los republicanos hasta que amaine la polémica por el supuesto espionaje a los independentistas
Óscar López-Fonseca
ÓSCAR LÓPEZ-FONSECA
Madrid - 28 ABR 2022-05:40 CEST
Manifestación contra la 'ley mordaza' celebrada el pasado 15 de marzo ante el Congreso de los Diputados.
Manifestación contra la 'ley mordaza' celebrada el pasado 15 de marzo ante el Congreso de los Diputados.
MARTA FERNÁNDEZ JARA (EUROPA PRESS)
El terremoto político provocado por el caso Pegasus ya altera la vida parlamentaria. ERC ha forzado este miércoles la suspensión de la reunión que iban a celebrar por la mañana los partidos partidarios de reformar la ley de seguridad ciudadana, la conocida como ley mordaza, con la advertencia de que no volverá a participar en estos trabajos hasta que el Gobierno aclare el supuesto espionaje a ...

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2499 en: 15 de Mayo de 2022, 08:50:00 am »

El Gobierno asume que la crisis con ERC deja en el aire las leyes de vivienda, memoria y seguridad ciudadana


El PSOE da por hecho que la agenda de estas normas prioritarias para la coalición se retrasará en el Congreso al menos hasta después del verano por el escándalo del espionaje