Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 304710 veces)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2201 en: 02 de Julio de 2019, 21:59:28 pm »
Estaba claro . . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2202 en: 04 de Julio de 2019, 15:12:44 pm »


El caso Carapolla: pegatinas, municipales y hashtags


Esta es la historia de un vecino de Vicálvaro. Uno más de los que en las fiestas de su barrio se pusieron una pegatina en la que se podía leer: Almeida Carapolla. Pero también es la historia de un exceso policial, el que cometieron agentes identificando a este vecino y amenazándole con una sanción.

ARTE EL SALTO
ANA ENCINAS
@ANAENCINASD

2019-07-04 11:19:00
Esta es la historia de un vecino de Vicálvaro de 32 años que el viernes bajó a las fiestas populares del distrito. Cerca del recinto ferial se cruzó con un grupo de gente que repartía pegatinas en las que se leía “Almeida Carapolla, seremos tu peor pesadilla”.

Ni tres semanas lleva el alcalde en el sillón y ya ha hecho los méritos suficientes para que la gente de Madrid encuentre un puñado de formas de opinar sobre su política tirando de un humor mejor hilado y a través de una chufla más elegante. Sí. Pero la historia viene de más lejos y el “carapolla” de la pegatina se entiende solamente después del ridículo que el señor alcalde hizo en el mismo distrito en tiempos de campaña electoral, cuando se presentó rodeado de prensa con la intención de borrar —aunque acabase puliendo— una pintada que expresa las siglas A.C.A.B. ¿La reacción a esta visita? Otra pintada por la que el actual alcalde ya ni pasó y que reza eso que estos días ha terminado haciéndose viral: #AlmeidaCarapolla.


“Las pegatinas me hicieron muchísima gracia y me la puse en la camiseta. Sin más”, cuenta BKV (las siglas corresponden a su usuario en una red social, donde ha colgado un post para denunciar los hechos que ya casi ha dado la vuelta al mundo). “Me hizo gracia además ver a mucha gente con ellas puestas”. B no tuvo ningún problema en acceder al recinto en un primer momento, pero fue al pasar por segunda vez por el control de acceso cuando un funcionario de la policía municipal le pidió el DNI y le preguntó qué hacía con esa pegatina. La policía le interpeló: “¿Sabes quién es?”. Su primera respuesta fue “no”, pero corrigió al instante: “mira, no te voy a mentir, sí sé quién es”. Es entonces cuando “empieza a sacar fotos de mi DNI junto a la pegatina, con su móvil personal”. Después le informaron de que iba a ser denunciado por insultar a una autoridad competente y que le caería una sanción administrativa.

“El policía me dice que si tengo algún problema lo recurra y que a ver si nos enteramos ya”. B. se queda allí, no se cree que vayan a multarle por llevar una pegatina.

Esta es también la historia de un exceso policial. “El policía me dice que si tengo algún problema lo recurra y que a ver si nos enteramos ya”. B. se queda allí, no se cree que vayan a multarle por llevar una pegatina. El policía le devuelve el DNI y le dice que buenas noches. Tres días después, este lunes, acude a comisaría por entender que la actuación de los agentes el sábado podría ser contraria a la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Todo bien hasta que explica a otro agente qué le ha llevado hasta allí: “En ese momento el tono cambia, se echa las manos a la cabeza y me dice que deje ese tema”. Le cuentan que la actuación de los policías en todo momento fue legal, que las fotografías se sacan con el teléfono personal porque no tienen teléfonos corporativos “al igual que no tenemos bolígrafos corporativos”. Que lo hacen para agilizar los procesos. También pregunta por la denuncia. La conversación, según B., transcurre más o menos así: “¿Mi compañero te dijo que te iba a denunciar? Pues entonces te llegará la sanción, o no. Te toca esperar, pero a ver si dejamos ya este tema”.


Expresa BKV que salió de comisaría “con poco resuelto, con la sensación de que unos se cubren a otros y con la sensación de que me habían tomado por tonto por el símil entre tener una foto en un móvil personal para hacer su trabajo y usar un bolígrafo personal para hacer su trabajo”. De momento no hay más noticias sobre la sanción. Toca esperar para saber si a él como a otros a quienes identificaron el pasado fin de semana en Vicálvaro por la misma pegatina les llegará finalmente la multa. O no.


DEL INSULTO A UNA “AUTORIDAD COMPETENTE” AL EFECTO STREISAND

El insulto a un alcalde no está recogido como infracción administrativa, por lo que el argumento que la policía utilizó el viernes —en nombre del ayuntamiento— carece de base legal. No deja de ser curioso que haya que recordar esto a la policía municipal de Madrid, que este mismo año ha visto cómo se archivaba definitivamente la causa abierta contra los tres agentes que, en 2017, calificaron de “vejestorio despreciable” a Manuela Carmena desde un chat con más de 200 miembros a la vez que bramaban que “lo terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros”. En esta ocasión los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid entendieron que el ayuntamiento no podía ejercer la acción penal por injurias y calumnias, ya que debía ser iniciada por la propia alcaldesa al referirse a “hechos concernientes en el ejercicio de su cargo”.

Almeida es una autoridad competente porque es un cargo público con capacidad para dictar documentos con fuerza de ley, pero ha olvidado en estas semanas que la limitación de la libertad de expresión no le va con el título de alcalde. Mucho menos por vía administrativa.  Con lo sucedido en las fiestas de Vicálvaro el nuevo gobierno del Ayuntamiento de Madrid puede apuntarse ya su primer ridículo viral, y es que ni siquiera la retirada de Madrid Central ha podido competir con el tráfico que estos días ha tenido el hashtag #AlmeidaCarapolla, convirtiéndose ayer, 3 de julio, en trending topic en las principales ciudades del Estado a pesar de que Twitter no lo reflejase en su columna de tendencias.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2203 en: 04 de Julio de 2019, 16:24:34 pm »
Ya lo dije, flaco favor le han hecho al Sr. Almeida con esta actuación y sobre todo con una como esa, que hecha viral, ya siempre tendrá mote el Señor Alcalde.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2204 en: 04 de Julio de 2019, 17:29:16 pm »
Ya lo dije, flaco favor le han hecho al Sr. Almeida con esta actuación y sobre todo con una como esa, que hecha viral, ya siempre tendrá mote el Señor Alcalde.

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Y cree usted que llegará la denuncia?

Y oiga, ya puestos.....porque no le dieron copia en el momento?

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2205 en: 04 de Julio de 2019, 21:08:08 pm »
No vamos ahora a abrir ese melón . . .

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2206 en: 05 de Julio de 2019, 06:37:26 am »
No vamos ahora a abrir ese melón . . .

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 ;risr;

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2207 en: 07 de Septiembre de 2019, 07:08:40 am »
multas de hasta 10.400 euros
Un comisario aplica la ley mordaza en Yecla y dispara la recaudación: "Es una barbaridad"

https://www.elconfidencial.com/espana/2019-09-06/ley-mordaza-particulas-marihuana-multa-10400-euros_2213163/

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2208 en: 09 de Septiembre de 2019, 18:06:28 pm »


10.401 euros de multa por un porro en el bolsillo y ser reincidente


Carlos ha sido multado en Yecla en aplicación de la Ley Mordaza con sanciones que suman 10.401 euros por llevar restos de marihuana en el bolsillo (0,1 gramos una de las veces) y ser reincidente en la falta"Están destrozando a los jóvenes, es muy injusto", se lamenta Carlos. Ahora dedica el 40% de su salario a pagar una de las multas a plazos. El Ayuntamiento coincide en que es "una barbaridad"El estudio jurídico Brotsanbert denuncia las "sanciones desproporcionadas" por la mera tenencia en espacios públicos, sin consumo


EFE
Por Daniel Sánchez Caballero
08 sep 2019 21:13

A Carlos le han puesto más de 30.000 euros en multas por posesión de cannabis. Carlos (el nombre ha sido cambiado) no es un narcotraficante: es consumidor y su delito más habitual es llevar un porro o dos en los bolsillos. Pero es reincidente. Y la Ley Mordaza establece sanciones de un mínimo de 10.401 euros por reincidencia en la posesión de cannabis. Carlos lleva tres multas en un año.


Una de ellas fue por "tenencia y consumo de sustancia estupefaciente" (él niega el consumo), según se lee en la denuncia de la policía municipal de Yecla (Murcia), donde reside. Cuando le pararon, los agentes le intervinieron un "grinder [un pequeño aparato que se utiliza para picar la marihuana] con restos de sustancia vegetal, al parecer marihuana", reza el acta. Se envió el material intervenido al laboratorio, que lo pesó: había 0,01 gramos, una cantidad de yerba que cabe en la punta de un dedo. Le cayó encima toda la ley mordaza: 10.401 euros de multa, da igual la cantidad.



Análisis de 0,01 gramos de cannabis intervenido en Yecla.
Carlos y no es el único que está sufriendo esta situación. Son varios los ciudadanos que han recibido estas notificaciones. Otro vecino tiene una multa de la misma cuantía por 1,48 gramos de cannabis, una cantidad que no supera los diez euros en la calle [ver la denuncia un poco más abajo].

El bufete de abogados Brotsanbert denuncia que "los ciudadanos de esta localidad están sufriendo una imposición sistemática de sanciones por tenencia de cannabis". El abogado Francisco Azorín explica que muchos jóvenes de la ciudad han entrado en contacto con organizaciones pro cannabis como el bufete en el que trabaja para denunciar esta situación. Según sus cálculos, se han impuesto en el municipio, de 35.000 habitantes, al menos 50 sanciones por esta razón.


"La posibilidad de la aplicación de sanciones desmedidas a personas usuarias de cannabis a causa de la reincidencia ya se advirtió por parte de diferentes expertos cuando entró en vigor la ley mordaza", explica Azorín.

La Ley de Seguridad Ciudadana —aprobada por el PP, el PSOE prometió derogarla pero no lo ha hecho— establece tramos para las sanciones en función de su gravedad. Para las infracciones graves, categoría en la que incurre el consumo o tenencia de cannabis de manera reiterada, contempla multas mínimas de 10.401 euros y máximas de 20.200 euros.

Un portavoz del Ayuntamiento de Yecla declara a eldiario.es que al consistorio también le parecen "una barbaridad" estas cuantías, que tienen "una actitud de diálogo" y que incluso se reunieron con los abogados de Brotsanbert. Llegaron a consultar con la Delegación del Gobierno si había otra manera de afrontar la situación. "Es la ley y hay que aplicarla", les respondieron, según el portavoz.

Carlos, de 24 años, lo ve diferente. "Empezaron a perseguirme al año de empezar a fumar. Las primeras multas eran de 600 euros, ahora se están pasando". Cuando le llegó la primera multa por reincidir, la pagó con reducción a la mitad: 5.200 euros. No le había dado tiempo a devolver ese dinero cuando le comunicaron que tenía una segunda (la del grinder) que además no podía pagar reducida porque se le había pasado el plazo. En el mes y medio que ha pasado desde entonces le han puesto otra más, cuya notificación está esperando.

"Están destrozando a los jóvenes, es muy injusto", lamenta Carlos. Ahora dedica casi el 40% de su salario a pagar la segunda multa, íntegramente, a plazos, mes a mes. "Se te quitan las ganas de trabajar", afirma. Y sostiene que vive espantado de que la empresa en la que trabaja se entere de la situación y le despida.


El abogado Azorín coincide y califica la situación de "imposición sistemática de sanciones por tenencia de cannabis", e introduce otro elemento en la ecuación: la ley mordaza contemplaba en su artículo 43 la creación de un registro de reincidentes "a efectos exclusivamente de apreciar la reincidencia en la comisión de infracciones tipificadas en esta ley". Pero el registro no existe, nunca se ha creado.

"La pregunta que hay que hacerse es: ¿Se puede aplicar la reincidencia si no tienes habilitación legal para hacer un registro de reincidentes?", se pregunta Azorín. "¿Cómo saben que lo es? Veremos qué dicen los jueces, tenemos cuatro causas pendientes para el año que viene", explica.

Será tarde para Carlos. Él ya ha pagado una multa, está pagando otra y pendiente de recibir la tercera. Con el tema de los pagos de las sanciones se da otra circunstancia más sobre la que alerta el abogado. Al beneficiarse del pronto pago y la reducción del 50%, el infractor renuncia a recurrir.

Lo explica Azorín: "La ley llega a a comprar el derecho a recurrir del administrado por 5.200 euros, algo que consideramos inconstitucional. Además, la administración suele confirmar las sanciones, por lo que para conseguir anularlas hace falta acudir a un juzgado, con el consiguiente gasto, que en el caso de estas sanciones puede rondar los 3.500 euros".


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2209 en: 03 de Octubre de 2019, 20:20:11 pm »




La Policía multa con la Ley Mordaza a una activista de Femen por irrumpir en un acto franquista de Falange en 2018


La Delegación del Gobierno en Madrid inicia un procedimiento sancionador contra la activista y le impone una multa de 300 euros por "perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos"La protesta acabó con las tres 'Femen' que participaron pateadas e increpadas por varios asistentes, convocados con motivo del aniversario de la muerte de FrancoLas mujeres "irrumpieron de forma sorpresiva en dicho acto autorizado, realizando proclamas y consignas contrarias al acto convocado", esgrime la notificación


Activistas de Femen en el acto de Falange EFE
Por Marta Borraz
03 oct 2019 19:26

La Policía ha multado con 300 euros a una de las activistas de Femen que protestaron en el acto organizado en noviembre de 2018 por Falange para exaltar la figura de Franco y del que salieron pateadas e insultadas por miembros de la concentración. La mujer ha recibido este jueves la notificación de la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid, a la que ha tenido acceso eldiario.es, en la que se especifica el inicio del procedimiento sancionador en base a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, conocida como Ley Mordaza.


La multa tiene su origen en una denuncia interpuesta por la Policía el 22 de enero de 2019, dos meses después de la protesta, y en ella se cita que los hechos podrían ser constitutivos de una infracción grave. En concreto, por "perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas, cuando no sean constitutivas de infracción penal", tal y como establece el artículo 36.1 de la norma.


La notificación, fechada el 18 de septiembre, relata que el día 18 de noviembre de 2018, día en el que "la organización política Falange había convocado un acto autorizado por la Delegación del Gobierno", los agentes policiales "se encontraron a tres personas" que posteriormente "irrumpen de forma sorpresiva en dicho acto autorizado, realizando proclamas y consignas contrarias al acto convocado". "Todo ello –prosigue el escrito– con el torso totalmente descubierto perturbando la seguridad del mismo".

La Delegación del Gobierno le impone una multa de 300,50 euros, la mitad del mínimo que contempla la ley para las infracciones graves (de 601 a 30.000 euros). La activista puede hacer frente al pago en 15 días, un plazo en el que puede también presentar alegaciones. Si no responde, deberá ingresar los 601 euros, especifica la notificación. Aunque, de momento solo le ha llegado a una de las activistas, fueron tres las que protagonizaron la protesta, por lo que desde Femen concluyen que también les llegaran a las otras dos miembros de la organización feminista.

Aquel día, Falange Española había convocado un acto en la madrileña Plaza de Oriente con motivo del aniversario de la muerte de Franco y el objetivo de pedir la derogación de la Ley de Memoria Histórica. Pocos minutos antes de que empezara, las tres 'Femen' comenzaron a protestar y a lanzar varios lemas contrarios al franquismo. En sus torsos se podía leer "fascismo legal, vergüenza nacional" y en la espalda mostraban el escudo preconstitucional tachado con una cruz roja y la frase "Stop 20N".

Las activistas fueron increpadas por los manifestantes, que portaban banderas de Falange con consignas como "Viva la unidad de España" o "Sánchez desokupa y deja a Franco en paz", en alusión a la exhumación del dictador del Valle de los Caídos. Las integrantes del colectivo feminista fueron placadas y pateadas, escupidas e insultadas por varios asistentes a la concentración y las imágenes tuvieron repercusión incluso a nivel internacional.

"Nos gritaban 'puta' y 'a la hoguera' mientras nos agredían", aseguró a eldiario.es una de las activistas pocos días después. De hecho, aunque la protesta duró apenas unos minutos, fue la Policía la que acabó interviniendo para sacar a las activistas del lugar entre empujones de los manifestantes, según se pudo ver en las imágenes.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2210 en: 03 de Octubre de 2019, 21:40:19 pm »
Y un acto convocado por un partido franquista para enaltecer y conmemorar la muerte y figura  de Franco (por muy autorizado que fuese).
No es también una perturbación de seguridad ciudadana?

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2211 en: 03 de Octubre de 2019, 21:41:14 pm »
La Policía propone para sanción, la que multa o sanciona, como prefieran, es la Delegación del Gobierno del PSOE.....





La Policía multa con la Ley Mordaza a una activista de Femen por irrumpir en un acto franquista de Falange en 2018


La Delegación del Gobierno en Madrid inicia un procedimiento sancionador contra la activista y le impone una multa de 300 euros por "perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos"La protesta acabó con las tres 'Femen' que participaron pateadas e increpadas por varios asistentes, convocados con motivo del aniversario de la muerte de FrancoLas mujeres "irrumpieron de forma sorpresiva en dicho acto autorizado, realizando proclamas y consignas contrarias al acto convocado", esgrime la notificación


Activistas de Femen en el acto de Falange EFE
Por Marta Borraz
03 oct 2019 19:26

La Policía ha multado con 300 euros a una de las activistas de Femen que protestaron en el acto organizado en noviembre de 2018 por Falange para exaltar la figura de Franco y del que salieron pateadas e insultadas por miembros de la concentración. La mujer ha recibido este jueves la notificación de la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid, a la que ha tenido acceso eldiario.es, en la que se especifica el inicio del procedimiento sancionador en base a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, conocida como Ley Mordaza.


La multa tiene su origen en una denuncia interpuesta por la Policía el 22 de enero de 2019, dos meses después de la protesta, y en ella se cita que los hechos podrían ser constitutivos de una infracción grave. En concreto, por "perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas, cuando no sean constitutivas de infracción penal", tal y como establece el artículo 36.1 de la norma.


La notificación, fechada el 18 de septiembre, relata que el día 18 de noviembre de 2018, día en el que "la organización política Falange había convocado un acto autorizado por la Delegación del Gobierno", los agentes policiales "se encontraron a tres personas" que posteriormente "irrumpen de forma sorpresiva en dicho acto autorizado, realizando proclamas y consignas contrarias al acto convocado". "Todo ello –prosigue el escrito– con el torso totalmente descubierto perturbando la seguridad del mismo".

La Delegación del Gobierno le impone una multa de 300,50 euros, la mitad del mínimo que contempla la ley para las infracciones graves (de 601 a 30.000 euros). La activista puede hacer frente al pago en 15 días, un plazo en el que puede también presentar alegaciones. Si no responde, deberá ingresar los 601 euros, especifica la notificación. Aunque, de momento solo le ha llegado a una de las activistas, fueron tres las que protagonizaron la protesta, por lo que desde Femen concluyen que también les llegaran a las otras dos miembros de la organización feminista.

Aquel día, Falange Española había convocado un acto en la madrileña Plaza de Oriente con motivo del aniversario de la muerte de Franco y el objetivo de pedir la derogación de la Ley de Memoria Histórica. Pocos minutos antes de que empezara, las tres 'Femen' comenzaron a protestar y a lanzar varios lemas contrarios al franquismo. En sus torsos se podía leer "fascismo legal, vergüenza nacional" y en la espalda mostraban el escudo preconstitucional tachado con una cruz roja y la frase "Stop 20N".

Las activistas fueron increpadas por los manifestantes, que portaban banderas de Falange con consignas como "Viva la unidad de España" o "Sánchez desokupa y deja a Franco en paz", en alusión a la exhumación del dictador del Valle de los Caídos. Las integrantes del colectivo feminista fueron placadas y pateadas, escupidas e insultadas por varios asistentes a la concentración y las imágenes tuvieron repercusión incluso a nivel internacional.

"Nos gritaban 'puta' y 'a la hoguera' mientras nos agredían", aseguró a eldiario.es una de las activistas pocos días después. De hecho, aunque la protesta duró apenas unos minutos, fue la Policía la que acabó interviniendo para sacar a las activistas del lugar entre empujones de los manifestantes, según se pudo ver en las imágenes.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2212 en: 03 de Octubre de 2019, 21:43:53 pm »
Y un acto convocado por un partido franquista para enaltecer y conmemorar la muerte y figura  de Franco (por muy autorizado que fuese).
No es también una perturbación de seguridad ciudadana?

Pues para el partido de izquierdas que gobierna y gobernaba en aquel momento, se ve que no lo es....

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2213 en: 03 de Octubre de 2019, 21:52:28 pm »
PSOE, izquierda rancia y franquista  :partirse :partirse :partirse.

Si gobernase el PP diríais algo así ¿no?

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2214 en: 03 de Octubre de 2019, 22:06:14 pm »
Poca diferencia hay entre uno y otro.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2215 en: 07 de Octubre de 2019, 07:09:46 am »

El Estado ingresó en un año un 68% más en multas por tener o fumar cannabis en la calle con la Ley Mordaza


Aunque los usuarios globales han pasado del 7,3% al 9,1% y los consumidores diarios no varían, las sanciones subieron de 2016 a 2017 –últimos datos disponibles– un 24% y el importe medio fue un tercio mayor

El 99% de las multas por tenencia y consumo de drogas en vías públicas se circunscribe al cannabis, según el Anuario Estadístico del Ministerio del Interior
Los últimos datos disponibles indican que en 2017 se recaudaron más de 102 millones de euros en 156.981 multas, a una media de 654 euros por sanción
Daniel Sánchez Caballero
06/10/2019 - 21:25h

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Illinois (EE.UU.) legalizará hoy la marihuana para usos médicos

EFE

Las fuerzas de seguridad del Estado ponen cada día en España 433 multas por tenencia y/o consumo de drogas en la vía pública; la inmensa mayoría de ellas por cannabis. Desde que entró en vigor la conocida como Ley Mordaza, en 2015, la estadística en torno a las sanciones por cannabis se ha disparado: el número de multas impuestas ha subido un 24%, el importe medio de la multa lo ha hecho un 34% y la recaudación total del Estado por esta partida, un 68%, según datos del anuario estadístico del Ministerio del Interior.

Esta evolución se ha dado en un marco en el que el consumo de cannabis entre la población ha subido, pero muy ligeramente. En 2015, cuando entró en vigor la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza), un 7,3% de los adultos había consumido cannabis en el mes precedente a la Encuesta sobre alcohol y drogas en España (EDADES). En 2017 (no hay datos más actualizados) eran el 9,1%. El porcentaje de consumidores diarios se mantuvo estable en el 2,1%. El panorama está prácticamente congelado.

"La primera conclusión es que la aplicación de la Ley ha consistido básicamente en la creciente sanción a personas usuarias de drogas", escribe Claudio Vidal, psicólogo en Energy Control, una iniciativa de la ONG ABD que trabaja para reducir los riesgos del consumo de drogas.

"Creo que es una técnica recaudatoria de la industria de la guerra contra las drogas", opina Francisco Azorín, abogado del bufete Brotsanbert, especializado en la materia. "Además, la ley incluye una técnica de mercado que consiste en la rebaja a la mitad de estas sanciones si se pagan en 15 días, lo que supone comprar tu derecho al recurso por 300 euros" porque al aceptar el pronto pago se renuncia, en teoría, al derecho a recurrir la sanción, añade.

Se da la circunstancia de que la Comisión de Interior del Congreso había alcanzado un acuerdo para rebajar la categoría de estas multas de grave, como está ahora, a leve, lo que implicaría una reducción en las cuantías. Las faltas graves se sancionan actualmente con una multa de entre 601 y 30.000 euros (las de consumo de drogas suelen ser de 601, excepto para reincidentes), mientras que las leves van desde 100 a 600. Pero el adelanto electoral dio al traste con la reforma de la Ley Mordaza, por lo que habrá que esperar a la siguiente legislatura, en el mejor de los casos.
El panorama

El Estado, en alguna de sus formas, propone cada día más de mil sanciones administrativas por tenencia o consumo de drogas en la vía pública. Sin embargo, ni siquiera la mitad de ellas se acaba materializando en multa.

En el Ministerio del Interior apuntan que las competencias sancionadoras para las infracciones graves corresponden a las Delegaciones del Gobierno. Las Delegaciones del Gobierno de Madrid y Andalucía –las que registran más sanciones– no han respondido a la petición de este diario, por lo que no hay una explicación oficial a qué ocurre con esas denuncias que se quedan por el camino.

La estadística muestra que pese a que el número de denuncias cae año tras año desde al menos 2013, el de multas sube. Las propuestas de sanción han pasado de 401.289 en 2013 a 376.271 en 2017, una caída del 6,3%. Entre 2016, primer año completo de la aplicación de la Ley Mordaza, y 2017, últimos datos disponibles, cayeron un 4,3%.


Sin embargo, en el mismo periodo el número de multas pasó de 126.115 a 156.981, una subida del 24,4%. El importe medio de cada sanción también se elevó, como disponía la ley: la infracción media por consumo y/o tenencia en la vía pública ha subido desde 477 euros a 654 en año y medio (un 37,1%). La Ley Mordaza introdujo también multas de hasta 10.400 euros por reincidencia en estas sanciones.


En consonancia, el Estado está recaudando más dinero por esta infracción y todas las relacionadas con drogas. Por tenencia y consumo públicos pasó de recaudar 61,1 millones de euros en 2016 a 102,6 en 2017, un aumento del 68%.


Esta subida de las sanciones y la recaudación se da en todos los artículos relacionados con drogas de la Ley Mordaza. El citado 36.16, sobre consumo y tenencia en la calle, acapara el 99% de las sanciones. Pero las multas y la recaudación por trasladar a personas para que accedan a drogas (las cundas, artículo 36.17), el autocultivo en lugares visibles al público (36.18) o la tolerancia del consumo y tráfico o falta de diligencia para impedirlo en locales o establecimientos públicos (36.19) también han subido con la Ley de Seguridad Ciudadana.


De Corcuera a Mordaza

"Se confirma que el de las drogas es uno de los ámbitos donde la polémica Ley de Seguridad Ciudadana se ha mostrado más activa, tanto desde el punto de vista punitivo como recaudatorio", opina Vidal.

Azorín explica que este incremento en el número de sanciones y la recaudación se debe a la subida en las cuantías de las multas y el procedimiento, pero no solo por el hecho de que imponer multas más altas se recaude más (que también). "Si la modificación de la Ley de Seguridad Ciudadana (de la ley Corcuera a la ley Mordaza) quita el tratamiento de deshabituación para sustituir la sanción pecuniaria y establece el pronto pago, la industria de la guerra contra las drogas sale ganando en dos sentidos: no hay que pagar a psicólogos y trabajadores sociales y médicos que atiendan a los que quieren apuntarse a estos tratamientos y tampoco se tiene que gastar dinero en funcionarios que resuelvan los recursos, ya que la gente prefiere pagar y no arriesgarse", relata. El pronto pago reduce la multa de 600 a 300 euros, pero se pierde en teoría el derecho a recurrir.

El abogado también lamenta que la mayoría de las sanciones se ponen un poco a ojo.  "La mayoría de los análisis [de las sustancias incautadas] se realizan con test colorímetros presuntivos, que incluso ofrecen falsos positivos", explica Azorín. "Si no se hace una prueba confirmatoria con un cromatógrafo de gases no se puede saber la pureza y determinar si esa sustancia supera el mínimo psicoactivo [la cantidad mínima de una droga para que esta produzca efectos en el cuerpo humano], un elemento que sí que existe en el ámbito penal y que en el caso del THC, el principal psicoactivo del cannabis, es de 10mg", lamenta.

Y la mayoría de las veces esta prueba no se realiza, asegura Azorín. "Cuesta bastante dinero, y cuando te ponen una multa es más fácil pagar que contratar un abogado, irte a un juez...".





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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2216 en: 22 de Noviembre de 2019, 07:17:45 am »

Una decena de manifestantes de Rodea al Congreso en 2013 en contra de la 'Ley Mordaza' se enfrentan a 6 años de cárcel

    Los delitos que se les imputan son desórdenes públicos, atentado contra la autoridad y resistencia a las autoridades
    Los encausados piden su absolución y se consideran "las primeras víctimas de la Ley Mordaza"

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Publicada el 21/11/2019 a las 18:22 Actualizada el 21/11/2019 a las 18:57

Una decena de manifestantes detenidos en la convocatoria del Rodea al Congreso, celebrada el 14 de diciembre de 2013 contra el proyecto de Ley de la denominada Ley Mordaza, se enfrentan a seis años de cárcel en el juicio que comenzará el próximo 27 de noviembre en un Juzgado de lo Penal de Madrid, según informa Europa Press.

Nueve de los acusados afrontan una pena de dos años de prisión por un delito de desórdenes públicos y otros cuatro por atentado a la autoridad en concurso ideal con tres delitos de lesiones. Para otros tres jóvenes piden dos años de cárcel por desórdenes públicos y otro por un delito de resistencia.

En el escrito de acusación del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, se señala que los encausados participaban en una concentración no autorizada bajo el lema Rodea el Congreso, que se desarrolló por el calles del centro de Madrid desde Neptuno hasta Sol, "donde se inició un lanzamiento de petardos y botellas".

Se acusa a una de las procesadas de dar una patada a un agente, a otros dos de patear un coche de la Policía Municipal. Cuando los agentes de la Policía Nacional fueron en su auxilio, otros de los luego detenidos "les arrojaron botellas de vidrio y piedras para evitar la intervención". Otro de ellos "propinó fuertes empujones a los agentes", mientras el resto les insultaban y desobedecían a la autoridad.

Como consecuencia de todo ello, 14 agentes resultaron heridos de diversa consideración, por lo además de la responsabilidad penal se pide responsabilidad civil con diversas cantidades para cada agente lesionado.

Los procesados piden su absolución

Por su parte, los encausados han pedido hoy su absolución. "El miércoles se celebrará un juicio contra las que seremos las primeras víctimas de la Ley Mordaza. Personas que en aquel momento teníamos entre los 17 y 23 años, y sobre los que podría pesar una pena de seis años de cárcel. Tan solo por haber participado en una manifestación, el segundo Rodea al Congreso que se celebró para protestar contra el proyecto de Ley Mordaza", han señalado en un comunicado.

Según han explicado, cinco de las personas que serán juzgadas fueron detenidas por agentes de paisano de la Brigada de Información el 20 de diciembre, seis días más tarde de la manifestación sobre personas previamente identificadas antes de la misma. "A algunos se les fue a buscar al instituto. A otros, a nuestras casas. Incluso hubo detenidos en el mismo Metro", apuntan.

A su juicio, estos arrestos tenían la intención de "amedrentar la protesta y servir como propaganda de la Ley Mordaza y el Gobierno quiso lanzar un mensaje de que aumentaría las medidas de represión de la protesta tanto en la aplicación de las leyes existentes como con la aprobación de su nueva medida legislativa represiva, la Ley Mordaza, que acababa de ser presentada el 29 de noviembre y que pese a toda la repulsa fue aprobada el 26 de marzo de 2014".

Aunque reconocen que esa protesta acabó con disturbios, aseguran que ellos fueron "escogidos de forma arbitraria sobre las personas identificadas antes de la manifestación y de que se produjera ningún disturbio". "A pesar de lo mucho que se ha alargado la instrucción, la Fiscalía no ha logrado encontrar aún una sola prueba que les relacione con los altercados", indican los encausados.

Por todo ello, han pedido su absolución y la derogación de la Ley Mordaza, "que tanto miedo, represión e injusticias ha provocado desde que fue concebida como proyecto de ley". Para explicar los detalles de este caso darán una rueda de prensa el lunes 25 a las 11 horas en el Teatro del Barrio.


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2217 en: 22 de Noviembre de 2019, 07:26:42 am »


Multados con 3.000 euros cada uno de los cinco miembros de España2000 que boicotearon la proyección del film de Amenábar en Valencia
Se ha considerado una infracción grave de la ley de Seguridad Ciudadana, fue aprobada el pasado 8 de noviembre y ya ha sido recibida por algunos de los multados
Ultraderechistas de España 2000 boicotean una proyección de la película 'Mientras dure la guerra' de Amenábar
EFE - Valencia
21/11/2019 - 22:13h


La Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana ha multado con 3.000 euros a cada uno de los cinco miembros de España 2000 que el pasado 3 de octubre boicotearon la proyección de la película de Alejandro Amenábar "Mientras dure la guerra" en un céntrico cine de Valencia.

Fuentes de la Delegación del Gobierno han informado a EFE de que la propuesta de sanción, basada en una infracción grave de la ley de Seguridad Ciudadana, fue aprobada el pasado 8 de noviembre y ya ha sido recibida por algunos de los multados.

De hecho, el líder de España 2000 en Valencia, José Luis Roberto, ha publicado ya en su cuenta de Twitter que la calificación de los hechos que se les notifica en la propuesta de sanción es "más que dudosa" y anuncia que recurrirán esta multa "hasta el final".

La Policía Local anunció un día después del incidente que había denunciado a seis personas por alteración del orden público.

España 2000 publicó el vídeo de los hechos en su página de Facebook, en el que se ve a varias personas irrumpiendo en la sala y cómo despliegan delante de la pantalla una gran bandera de España con el lema: "Únete a la resistencia: España 2000", justo al inicio de la proyección de la película.

En las imágenes se ve a cuatro personas sujetando la bandera durante varios minutos y cómo repliegan a continuación la tela y abandonan la sala al grito de "Viva España", "Viva Cristo Rey" y "España, una, fuerte y libre", mientras varios espectadores piden silencio y otros salen del cine.

Tres días después y en declaraciones a los periodistas en Valencia, Alejandro Amenábar dijo que los intentos de boicot a su nueva película estaban consiguiendo "exactamente lo contrario: despertar la curiosidad y que más gente quiera verla", y defendió la importancia de "mirar atrás", en el pasado.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2218 en: 27 de Noviembre de 2019, 07:07:06 am »

Femen recurre la multa por irrumpir en un acto falangista en 2018: "Las agredidas fuimos nosotras"

Igualdad
La Policía denunció a dos de las activistas y la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid les impuso una multa de 600 euros en base a la Ley Mordaza
Piden el archivo porque un juzgado mantiene unas diligencias abiertas contra ellas tras una querella de Falange y, según la ley, no se podrá continuar con el procedimiento sancionador en casos de posibles delitos

"Fue una protesta pacífica y simbólica. La multa es incomprensible", lamentan fuentes del colectivo feminista
Marta Borraz
26/11/2019 - 18:32h


Activistas de Femen en el acto de Falange. EFE


Femen ha recurrido la multa de 600 euros a dos de las activistas que protestaron en un acto organizado por Falange en 2018 para exaltar la figura de Franco. La Policía les denunció y la Delegación del Gobierno de la Comunidad de Madrid inició el procedimiento sancionador en base a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, conocida como Ley Mordaza. Las activistas fueron insultadas y pateadas por miembros de la concentración falangista, celebrada anualmente con motivo de la muerte del dictador el 20N. Este año, Femen también protestó en el acto del pasado domingo bajo el lema "Al fascismo, ni honor ni gloria".

La notificación recibida por las dos activistas relata que el día 18 de noviembre de 2018, día en el que "la organización política Falange había convocado un acto autorizado por la Delegación del Gobierno", los agentes policiales "se encontraron a tres personas" que posteriormente "irrumpen de forma sorpresiva en dicho acto autorizado, realizando proclamas y consignas contrarias al acto convocado". "Todo ello –prosigue el escrito– con el torso totalmente descubierto perturbando la seguridad del mismo".

Las activistas podían presentar alegaciones en los 15 días siguientes a la recepción de la sanción, algo que las dos ya han hecho –la última esta misma mañana–. Piden el archivo del expediente administrativo en base a la propia Ley Mordaza, que señala que "en las conductas que pudieran ser constitutivas de delito, el órgano administrativo pasará el tanto de culpa a la autoridad judicial o al Ministerio Fiscal y se abstendrá de seguir el procedimiento". Y es que Falange Española presentó una querella contra las Femen acusándolas de haber cometido un delito de desórdenes públicos, entre otros; un procedimiento que sigue abierto. "No podemos ser 'castigadas' dos veces por la misma conducta", dicen fuentes del colectivo.

Según la multa recurrida, los hechos podrían ser constitutivos de una infracción grave, señala el escrito. En concreto, por "perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas, cuando no sean constitutivas de infracción penal", tal y como establece el artículo 36.1 de la norma. Por ello les impusieron una sanción de 601 euros, que si pagaban durante los siguientes 15 días se reducían a la mitad.

Femen se muestra "en desacuerdo" con la sanción porque "fue una protesta, como todas las que realizamos, pacífica y simbólica", defienden fuentes de la organización. "El objetivo era abrir el debate sobre por qué en España se siguen permitiendo los homenajes de enaltecimiento del fascismo y de la dictadura. La multa es incomprensible porque las imágenes fueron muy claras: fuimos las Femen las que fuimos agredidas. No entendemos como nosotras, que fuimos las que actuamos de forma pacífica, somos las que estamos siendo multadas", señalan.

Aquel día, Falange Española había convocado un acto en la madrileña Plaza de Oriente con motivo del aniversario de la muerte de Franco y el objetivo de pedir la derogación de la Ley de Memoria Histórica. Pocos minutos antes de que empezara, las tres 'Femen' comenzaron a protestar y a lanzar varios lemas contrarios al franquismo. En sus torsos se podía leer "fascismo legal, vergüenza nacional" y en la espalda mostraban el escudo preconstitucional tachado con una cruz roja y la frase "Stop 20N".

Las activistas fueron increpadas por los manifestantes, que portaban banderas de Falange con consignas como "Viva la unidad de España" o "Sánchez desokupa y deja a Franco en paz". Las integrantes del colectivo feminista fueron placadas y pateadas, escupidas e insultadas por varios asistentes a la concentración y las imágenes tuvieron repercusión incluso a nivel internacional. De hecho, fue la Policía la que acabó interviniendo para sacar a las activistas del lugar entre empujones de los manifestantes, según se pudo ver en las imágenes.

Falange Española ha vuelto este año a celebrar un acto de la misma naturaleza, también en la Plaza de Oriente el pasado día 24. Y en esta ocasión las Femen han vuelto a repetir la protesta. Esta vez, seis activistas irrumpieron en la concentración al grito de "Al fascismo, ni honor ni gloria", una frase que llevaban pintada en la parte delantera del torso. En la espalda se podía leer 'Stop 20N', en referencia a los actos de celebración del aniversario de la muerte de Franco, informa Europa Press.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2219 en: 27 de Noviembre de 2019, 10:00:33 am »

"Las agredidas fuimos nosotras"


¿Interpusieron la correspondiente denuncia?

Por otra parte, no sé porque se extrañan de la sanción, es lo que tiene reventar actos o concentraciones/manifestaciones.