Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 302379 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2220 en: 02 de Diciembre de 2019, 10:04:24 am »


El Estado ingresa 150 millones con la ley de seguridad ciudadana


Desde que entró en vigor la conocida como ‘ley mordaza’, en 2015, se han impuesto 765.000 sanciones.
MÓNICA TRAGACETE
02.12.2019 - 10:00h

La Ley de Seguridad Ciudadana, que fue reformada por última vez en 2015 por elGobierno que presidía Mariano Rajoy (PP) siendo ministro del Interior Jorge Fernández Díaz, se ha revelado como una gran fuente de ingresos para las arcas públicas. Así lo revela el anuario estadístico de Interior correspondiente a 2018, recientemente publicado.


El juicio por el 'Rodea al Congreso' de diciembre de 2013
Uno de los acusados de 'Rodea el Congreso' reconoce haber tirado objetos a la Policía, "pero solo un tetrabrik"
A lo largo de los 12 meses del año pasado, en toda España se interpusieron 249.665 sanciones por infringir alguno de los artículos de esta norma, a la que se le atribuyó el sobrenombre de ‘ley mordaza’ por ser más restrictiva de derechos que su antecesora –la ‘ley Corcuera’, que databa de 1992–. La cuantía que llevaron asociados esos expedientes se acercó a los 150 millones de euros.


Infracciones
Las estadísticas de Interior facilitan el número de sanciones cursadas en tres grandes ámbitos: armas y los explosivos, seguridad ciudadana (desórdenes públicos, desobediencia, resistencia a la autoridad, etc.) y consumo de drogas.

Es en este último capítulo donde se registraron mayor número de sanciones, en concreto 177.199. Prácticamente todas se corresponden con consumos o tenencias ilícitas de drogas en establecimientos o lugares públicos, una infracción que representa el 70,9% de todas las cursadas por temas de drogas el año pasado.


El consumo o tenencia de drogas, aunque no estén destinadas a la venta, es considerada una infracción grave y a día de hoy es la que más se comete en España. De hecho, no deja de aumentar año a año el número de infractores castigados por hechos de este tipo.

Muy lejos de las cifras que registra el consumo de drogas, como segundo artículo más infringido de la ley, con alrededor de 20.000 multas cursadas, es el 36.10, que castiga la exhibición, uso o simplemente la tenencia en un lugar público de armas prohibidas. La recaudación ascendió a 12,2 millones.

En el capítulo de seguridad ciudadana, los comportamientos más castigados hacen referencia a la desobediencia o resistencia a la autoridad (el año pasado se cursaron 13.413 expedientes, una cifra similar a la de 2017 y 2016 que supone multas que ascienden a unos ocho millones de euros) y también los desórdenes públicos (6.700 sanciones el año pasado).

Los ingresos
Lectura de un manifiesto en el Día Mundial de la Lucha contra el Sida.
El BNG se vuelve a reunir con el PSOE en Madrid esta semana para "avanzar" en las negociaciones de la investidura
Con los datos que facilita Interior no se puede conocer con exactitud cuánto dinero ingresaron las arcas públicas porque las recaudaciones facilitadas no tienen en cuenta circunstancias como la reducción por pronto pago u otras. Sin perder de vista que las multas interpuestas en 2018 representaron la cifra más elevada desde la última reforma de la ley, resulta lógico pensar que la caja que se hizo el año pasado también fue récord.

Desde hace cuatro años y medio, ni el número de sanciones ni la cuantía de las multas ha dejado de crecer. 2015 es el ejercicio con menor recaudación, dado que la norma entró en vigor en julio.En los seis meses en los que estuvo en vigor la norma, ya se interpusieron cerca de 90.000 sanciones (a una media de 480por día) por valor de 41,7 millones.

En 2016, el primer ejercicio completo, como es lógico el número de expedientes se multiplicó (hasta prácticamente los 198.000 multas) y, con ellos, la recaudación, hasta los 89,6 millones. Un año después, el número de sanciones experimentó un crecimiento de casi 32.000 multas y la recaudación superó los 135 millones. Porcentualmente.

Por comunidades autónomas
De acuerdo con los datos recabados por Interior, desde que entró en vigor la última reforma hasta diciembre de 2018 se han interpuesto cerca de 765.500 sanciones en todo el país. Las comunidades en las que se han cursado más multas han sido Andalucía (254.957), la Comunitat Valenciana (85.965) y Canarias (67.144).

En realidad, la cifra de expedientes cursados en los últimos cuatro años y medio sería bastante superior, porque dentro de la cifra global de sanciones, el ministerio no contabiliza los expedientes que fueron archivados sin la imposición de sanciones económicas, ni tampoco los tramitados por la Ertzaintza, los Mossos y la Policía Foral en País Vasco, Cataluña yNavarra. En estos territorios solo se computan las sanciones tramitadas por la Administración Central del Estado.

PSOEy Unidas Podemos, a favor de derogar la reforma de 2015
Tanto el PSOE como Unidas Podemos, los dos partidos que han llegado a un acuerdo para formar gobierno y actualmente negocian con otros la investidura de Pedro Sánchez como presidente, se comprometieron en sus programas electorales de cara al 10-N a derogar la actual ley de seguridad ciudadana porque la consideran "restrictiva" de derechos y libertades.

Desconectado Heracles_Pontor

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2221 en: 02 de Diciembre de 2019, 16:47:30 pm »
No está en el espíritu de la ley el que esta tenga un afán recaudatorio . . .

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Desconectado 47ronin

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2222 en: 02 de Enero de 2020, 07:03:05 am »
Aprobaremos  una  nueva  Ley  de  seguridad  ciudadana, que sustituya a la “Ley mordaza" para garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y reunión pacífica. Esta nueva legislación, que verá la luz a la mayor brevedad, estará basada  en  una  concepción  progresista  de  la  seguridad  ciudadana  y  priorizará  la garantía  de derechos y la protección de la ciudadanía, y en particular regulará,entre otros,el Derecho de reunión, la identificación y registro corporal,la identificación de los agentes, y la derogación del artículo 315.3 del Código Penal. (3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses)


En el inicio de la reseña han mezclado churras y merinas dado que para el ejercicio de reunión hay otra norma que la desarrolla, pero bueno, en el turrón del asunto está el temor de ciertos funcionarios porque la nueva ley les deje en situación de desamparo, sin faltas penales que regulen las faltas de respeto y sin una ley que las meta a capón  como administrativas, que va a ser de ellos, que va a ser de esta sociedad sin una norma que castigue un "cabronhijoputademierda.."....en fin.



https://www.foropolicia.es/el-camino-a-la-derogacion-de-la-ley-mordaza-t24574.html


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2223 en: 02 de Enero de 2020, 10:03:18 am »
Creo que cuando salga la ley, se podrá criticar.
Lo de la ley mordaza lo saco el PP para que el ciudadano no pudiese salir a la calle a protestar.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2224 en: 02 de Enero de 2020, 11:14:48 am »
Aprobaremos  una  nueva  Ley  de  seguridad  ciudadana, que sustituya a la “Ley mordaza" para garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y reunión pacífica. Esta nueva legislación, que verá la luz a la mayor brevedad, estará basada  en  una  concepción  progresista  de  la  seguridad  ciudadana  y  priorizará  la garantía  de derechos y la protección de la ciudadanía, y en particular regulará,entre otros,el Derecho de reunión, la identificación y registro corporal,la identificación de los agentes, y la derogación del artículo 315.3 del Código Penal. (3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses)


En el inicio de la reseña han mezclado churras y merinas dado que para el ejercicio de reunión hay otra norma que la desarrolla, pero bueno, en el turrón del asunto está el temor de ciertos funcionarios porque la nueva ley les deje en situación de desamparo, sin faltas penales que regulen las faltas de respeto y sin una ley que las meta a capón  como administrativas, que va a ser de ellos, que va a ser de esta sociedad sin una norma que castigue un "cabronhijoputademierda.."....en fin.



https://www.foropolicia.es/el-camino-a-la-derogacion-de-la-ley-mordaza-t24574.html



Ese cabronhijodeputademierda es una falta de respeto que quita autoridad al no llevar consecuencia.
Si no hay autoridad al que respetar,ni consecuencia,la agresión está a un paso,y mucha ley mordaza o antifaz,pero la agresión a un guardia,es baratisima,y si califican de tentativa,como ocurrió en mi caso,no diré la sentencia,que si alguien lo ve,vamos ostiados para casa después de cada servicio.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2225 en: 02 de Enero de 2020, 12:28:24 pm »
Antes de la 4/2015 y de la 1/92 hubo vida y quedaban las 5000 pesetas de multa por falta...por qué a pesar de que lo.ptetebdanis, ni todo es delito (grave) de resistencia y atentado, los hay leves, la mayoría.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2226 en: 02 de Enero de 2020, 12:32:35 pm »
Antes de la 4/2015 y de la 1/92 hubo vida y quedaban las 5000 pesetas de multa por falta...por qué a pesar de que lo.ptetebdanis, ni todo es delito (grave) de resistencia y atentado, los hay leves, la mayoría.

Pues eso,guanter al guardia 20 euros,me lo quitan de las manos!!

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2227 en: 02 de Enero de 2020, 17:03:27 pm »
Lo de la ley mordaza lo saco el PP para que el ciudadano no pudiese salir a la calle a protestar.


Vamos, que no tienes ni puta idea y te crees lo que dicen panfletos como Público, diario.es,, etc....

¿Me puedes decir que artículos de la 4/15 restringen el derecho a manifestarse?

Por cierto, el PSOE recurrió artículos de la 4/15 que fueron copiados literalmente de la 1/92 que ellos sacaron.

Desconectado sincadenas

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2228 en: 02 de Enero de 2020, 17:53:20 pm »
El que no tienes ni puta idea eres tú.....

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2229 en: 02 de Enero de 2020, 17:58:36 pm »

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2230 en: 02 de Enero de 2020, 18:15:26 pm »
Pues ala,a insultar el uniforme que es gratis.
Luego dirán que como que la gente quiere oficina....

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2231 en: 02 de Enero de 2020, 18:26:57 pm »
Pues ala,a insultar el uniforme que es gratis.
Luego dirán que como que la gente quiere oficina....

Se puede insultar en "genérico"...o en "diferido".





« Última modificación: 03 de Enero de 2020, 07:11:20 am por 47ronin »

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2232 en: 02 de Enero de 2020, 20:49:08 pm »
El que no tienes ni puta idea eres tú.....


Bastante más que tú y a los hechos me remito.

Ningún artículo de la 4/15 impide o restringe que la gente se manifieste, pero como tienes mucha idea, espero que me pongas alguno.


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2233 en: 02 de Enero de 2020, 22:25:11 pm »
Pues vuélvelo a leer otra vez ya que eres tan listo.
😴😴😴😴🤣🤣🤣🤣

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2234 en: 02 de Enero de 2020, 22:36:29 pm »
Se nota que os tenéis un cariño..... :hipo
 :carcaj
Si tu jodel chino........chino mealse en sopa. !Tu decidil!.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2235 en: 02 de Enero de 2020, 23:28:31 pm »
Pues vuélvelo a leer otra vez ya que eres tan listo.
😴😴😴😴🤣🤣🤣🤣

No me hace falta volver a leerla para saber que no hay ninguno.

O no te la has leído o eres muy retrasado para decir eso después de leerla.

No tienes ni puta idea de la 4/15, como para hablarte de la 9/1983 reguladora del derecho de reunión......, se nota que eres más de Público, Eldiario.es, La Secta, etc....., que de leyes.

Otra vez demuestras tu retraso.

Desconectado sincadenas

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2236 en: 03 de Enero de 2020, 01:04:34 am »
Por policías como tú es por lo que hay que derogar la ley mordaza.
Te lo dice un retrasado.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2237 en: 03 de Enero de 2020, 02:04:49 am »
Por policías como tú es por lo que hay que derogar la ley mordaza.
Te lo dice un retrasado.

¿Por? ¿qué peligro tiene la 4/15? hablas sin tener ni puta idea, seguro que hay más denuncias de la 4/15 con tu número que con el mío, si es que estás en la calle, claro.

¿Dónde están esos artículos que demuestran lo que dijiste?

Menudo peligro, un policía que no tiene ni puta idea de leyes.


Desconectado 47ronin

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2238 en: 03 de Enero de 2020, 07:13:37 am »
El que no tienes ni puta idea eres tú.....


Bastante más que tú y a los hechos me remito.

Ningún artículo de la 4/15 impide o restringe que la gente se manifieste, pero como tienes mucha idea, espero que me pongas alguno.

Vuelvo a insistir...ni restringe, ni impide pero la ley se creó con la clara intención de "acotar" derechos y en respuesta a una demanda policial en relación a las faltas de respeto.




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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #2239 en: 03 de Enero de 2020, 12:23:14 pm »
¿Acotar derechos? Más bien castigar a los que incumplen la ley y pisotean los derechos de los demás.

Podemos debatir si las sanciones, sobre todo en su máximo, son proporcionadas o desproporcionadas, pero cualquier persona puede manifestarse sin ningún problema, cosa que usted sabe, aunque hay ignorantes de uniforme que dicen lo contrario.

Me pregunto porque nunca se ha puesto en duda la conocida como “Ley del deporte”, ley con la que la Policía tiene más “poder”, por decirlo de alguna manera, y que a la mínima te soplan 3.000 euritos.

Esa ley la sacó ZP, cosa por la que le felicito, ya que es una herramienta muy buena, en cambio muchos la criticarían si la hubiese sacado el PP, ya que hay mucho ciego con los colores políticos, que parece que le da de comer la política.



El que no tienes ni puta idea eres tú.....


Bastante más que tú y a los hechos me remito.

Ningún artículo de la 4/15 impide o restringe que la gente se manifieste, pero como tienes mucha idea, espero que me pongas alguno.

Vuelvo a insistir...ni restringe, ni impide pero la ley se creó con la clara intención de "acotar" derechos y en respuesta a una demanda policial en relación a las faltas de respeto.