Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 302374 veces)

Desconectado trucango

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #80 en: 08 de Junio de 2007, 20:21:12 pm »
Porque??
La vida no se ha hecho para comprenderla sino para vivirla.

Desconectado Miky

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #81 en: 08 de Junio de 2007, 20:56:39 pm »
Porque??

Y si por un casual tú le has dejado??t qdaste sin él o t empluman a ti?? ;risr; ;risr; ;risr;
El hombre que tiene miedo sin peligro, inventa el peligro para justificar su miedo!!

franciscodeasis

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #82 en: 08 de Junio de 2007, 21:50:43 pm »
Porque??


 Pues hombre yo no inmovilizaria por carecer de carnet de conducir a una persona que luego me va a demostrar que lo tiene, por lo que ese carecer es un invento mio, habria que seguir otra via, pero ya digo por carecer yo no lo haria.

Un saludo.

uidfaro

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #84 en: 09 de Junio de 2007, 00:33:47 am »
Pero aquí la condenan por unos hechos que nada tienen que ver con identificarse o no.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

Desconectado hombredeazul

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #85 en: 09 de Junio de 2007, 10:12:36 am »
A partir de ahora con mas motivo, cuando haga un traslado a efectos de identificacion por estos motivos reflejare muy mucho hasta la pesadez que he agotado todas la s vias posibles para la identificacion in situ, y sumado a una serie de factores externos que me hacen sospechar que pudiese intentar ocultar su verdadera identidad (ya enlazo el trafico con la SC), se viene de paseo.

Si asi se crujen a alguno lo mejor ya sera quedarse en casa.
luzaederbmoh

Desconectado Ruas

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #86 en: 09 de Junio de 2007, 10:41:18 am »
si que se puede hacer, a mi la semana pasada se m dio un caso en Mendez Alvaro con un ecuatoriano y se le inmovilizo el vehiculo y fuimos a comisaria de ronda de toledo, con el a efectos de identificacion porq si no seria un chollo ser ilegal
cometes infracciones y no pagas ninguna al no tener domicilio, nie, ni permiso de circulacion,

Made

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #87 en: 09 de Junio de 2007, 10:57:51 am »
Osea, que va a ser cierto lo que se comenta en ese libro que se anuncia en varios foros ?no?

Desconectado coti1977

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #88 en: 09 de Junio de 2007, 11:35:11 am »
A partir de ahora con mas motivo, cuando haga un traslado a efectos de identificacion por estos motivos reflejare muy mucho hasta la pesadez que he agotado todas la s vias posibles para la identificacion in situ, y sumado a una serie de factores externos que me hacen sospechar que pudiese intentar ocultar su verdadera identidad (ya enlazo el trafico con la SC), se viene de paseo.

Si asi se crujen a alguno lo mejor ya sera quedarse en casa.

De acuerdo contigo compa?ero, debemos recordar que la segfuridad ciudadana es muy pero que muy amplia, por lo que escribir bien y pálante. salu2  .ca;

Desconectado coti1977

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #89 en: 09 de Junio de 2007, 11:35:47 am »
seguridad, vaya!  :mus;

franciscodeasis

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #90 en: 09 de Junio de 2007, 15:09:56 pm »
Pero aquí la condenan por unos hechos que nada tienen que ver con identificarse o no.

Salud y suerte.



 Efectivamente pero en los fundamentos y resaltado en amarillo queda claro que el tribunal considera que no se ajusta al art20 la identificacion por motivos de trafico, ademas de luego decir que si la matricula patatin patatan, pero lo básico a mi modo de ver es que te deslegitimiza para aplicar la Ley corcuera.

un saludo.


 

Made

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #91 en: 09 de Junio de 2007, 17:06:58 pm »
franciscodeasis, estoy totalmente de acuerdo contigo, sin embargo, la mayoría no acepta ese planteamiento, bueno, voy a comprarme ese manual de práctica policial de mad a ver que tal es

Saludos

Desconectado trucango

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #92 en: 09 de Junio de 2007, 19:38:16 pm »
Porque??


 Pues hombre yo no inmovilizaria por carecer de carnet de conducir a una persona que luego me va a demostrar que lo tiene, por lo que ese carecer es un invento mio, habria que seguir otra via, pero ya digo por carecer yo no lo haria.

Un saludo.

Bien remitamos a hechos concretos... un individuo se salta un semaforo... detienes el vehiculo para identificarle y prodecer a sancionarle.... este no te muestra ningun documento en el que figuren sus datos en definitiva que no sabes quien es, entonces no puedes comprobar si posee permiso de conducir ?cual seria tu intervencion?

La vida no se ha hecho para comprenderla sino para vivirla.

Made

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #93 en: 09 de Junio de 2007, 20:58:39 pm »
Bueno, probablemente estemos ante un delito contra la seguridad del tráfico y no ante una simple infracción administrativa, por lo que no vale como ejemplo. Aquí la intervención no ofrece dudas

Desconectado mance22

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #94 en: 09 de Junio de 2007, 21:06:04 pm »
y no sera mas facil que pasen el dni del tio porque eso si se lo tiene que saber y ahi ya sale si tiene el carnet o no? por el sigo esas cosas se ven. tu metes el dni de culquiera y te aparecen sus datos.

Desconectado trucango

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #95 en: 09 de Junio de 2007, 22:00:14 pm »
Bueno, probablemente estemos ante un delito contra la seguridad del tráfico y no ante una simple infracción administrativa, por lo que no vale como ejemplo. Aquí la intervención no ofrece dudas
y no sera mas facil que pasen el dni del tio porque eso si se lo tiene que saber y ahi ya sale si tiene el carnet o no? por el sigo esas cosas se ven. tu metes el dni de culquiera y te aparecen sus datos.

Para el primero ??un delito contra la seguridad del trafico??, mas bien es una infraccion administrativa... art 132 del Reglamento General de Circulacion.. (no obedecer una se?al de circulacion en este caso un semaforo)....

Y para el segundo el caso que estamos poniendo es de que el individuo no se te identifica por ningun medio, y si se debe aplicar la 1/92 o no para identificar al individuo..

Un saludo
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Desconectado hombredeazul

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #96 en: 09 de Junio de 2007, 23:31:31 pm »
y no sera mas facil que pasen el dni del tio porque eso si se lo tiene que saber y ahi ya sale si tiene el carnet o no? por el sigo esas cosas se ven. tu metes el dni de culquiera y te aparecen sus datos.

si yo te digo el dni de mi padre o de mi hermano, que me los se de memoria, te va a salir que tengo carnet hasta de burros, pero sigues sin saber si soy yo o no y por que no quiero que lo sepas... 

todo va mas lejos por dificil que te parezca aun.
luzaederbmoh

Desconectado hombredeazul

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #97 en: 09 de Junio de 2007, 23:34:41 pm »
Bueno, probablemente estemos ante un delito contra la seguridad del tráfico y no ante una simple infracción administrativa, por lo que no vale como ejemplo. Aquí la intervención no ofrece dudas

para ti aun si. eso es por si solo solo un infraccion admva., en cambio si le sumas otros factores de mas peso podria cambiar.

vamos, me imagino llegar a plomo con un tio preso por saltarse un semaforo y solo pensar en ello se me viene a la cabeza la cara que pondria alguno... :hipo :insano :ojones
luzaederbmoh

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #98 en: 10 de Junio de 2007, 00:12:21 am »
Pero aquí la condenan por unos hechos que nada tienen que ver con identificarse o no.

Salud y suerte.



 Efectivamente pero en los fundamentos y resaltado en amarillo queda claro que el tribunal considera que no se ajusta al art20 la identificacion por motivos de trafico, ademas de luego decir que si la matricula patatin patatan, pero lo básico a mi modo de ver es que te deslegitimiza para aplicar la Ley corcuera.

un saludo.


 

Joder, yo es que de lo resaltado en amarillo sólo veo lo amarillo.  ;llor;

Salud y suerte.
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Desconectado mance22

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #99 en: 10 de Junio de 2007, 00:58:41 am »
ok. sorry esque lei mal la pregunta creia que solo no tenia el de conducir encima. perdon...