Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 302510 veces)

Desconectado sinpalotes

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #440 en: 28 de Junio de 2012, 12:17:00 pm »
Habría que hacer una sección en algún hilo en el profesional de "Modelos de Actas", para que cualquiera pudiera disponer de todos los modelos de actas con las diariamente se trabaja en todos los sectores y legislaciones, porque son muy variados y nadie, ni siquiera Jefatura, facilita estas Actas.

uidfaro, no conocía ese acta, pero lo sigo viendo Cogido con Hilos.
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #441 en: 28 de Junio de 2012, 12:24:32 pm »
Habría que hacer una sección en algún hilo en el profesional de "Modelos de Actas",

La hay.

uidfaro

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #442 en: 28 de Junio de 2012, 12:27:31 pm »

uidfaro, no conocía ese acta, pero lo sigo viendo Cogido con Hilos.


Si, cierto, pero se puede intentar...

Desconectado MASAM

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #443 en: 28 de Junio de 2012, 12:28:22 pm »
No hombre no, que tengo el documento en la mano, y están en las OACS al menos en la mia y ahorra tener que escribir mucho

No estaría de mas colgarla, donde corresponda, aunque....como ya dije.....una reyerta no tiene por que conllevar desordenes publicos y viceversa.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #444 en: 28 de Junio de 2012, 12:54:36 pm »
Yo suelo denunciar por la 1/92 y tramitarse supongo se hará. Pero de todas las redactadas, sólo de una me ha llegado el recurso del denunciado, y una vez leído...firma y ratifica.

Repito sólo 1 recurso...hace 3 años.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #445 en: 28 de Junio de 2012, 12:57:37 pm »
Yo suelo denunciar por la 1/92 y tramitarse supongo se hará. Pero de todas las redactadas, sólo de una me ha llegado el recurso del denunciado, y una vez leído...firma y ratifica.

Repito sólo 1 recurso...hace 3 años.

Puedes entonces hacerte a la idea dónde han ido las demás.

Desconectado MASAM

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #446 en: 28 de Junio de 2012, 13:12:51 pm »



Pssscchhheeeeee..........tossss tranquilos.......que según dicen por ahí........


..........."ahora las tramitan todas...." .



                                                                    ;fum; 

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #447 en: 28 de Junio de 2012, 13:20:53 pm »



Pssscchhheeeeee..........tossss tranquilos.......que según dicen por ahí........


..........."ahora las tramitan todas...." .



                                                                    ;fum;

La 1/92 va a ser modificada este año...asi que veremos lo que trae la nueva normativa.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #448 en: 28 de Junio de 2012, 13:34:37 pm »



Pssscchhheeeeee..........tossss tranquilos.......que según dicen por ahí........


..........."ahora las tramitan todas...." .



                                                                    ;fum;

La 1/92 va a ser modificada este año...asi que veremos lo que trae la nueva normativa.


Pues a tenor de lo que salió en prensa.........incorporará muchas 'municipaladas'.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #449 en: 28 de Junio de 2012, 19:01:27 pm »
No está pensado precisamente ese articulado para las reyertas...una reyerta, generalmente, acaba en lesiones y entonces es de ámbito penal.


no siempre, aunque si la mayoría, pero podría tramitarse ambas, ya que son cosas totalmente diferentes. Yo antes lo hacia, hace años, si iban para adelante y deje de hacerlas porque no se tramitan
Quizas algun CNP que son más dados a este tipo de denuncias podría aclararnos que hacen ellos

Mis dos últimos años en Madrid a mi no me llegó ningún recurso de la 1/92, pero tampoco es que yo hiciera muchas, si es cierto que veía a otros compañeros contestar a los recursos que le habían llegado.
En este último año aquí, pocas he hecho y ningún recurso.

uidfaro

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #450 en: 28 de Junio de 2012, 22:29:25 pm »
Pero entonces por las peleas en la calle las hacias por la 1/92 o te refieres a todas

Desconectado Xena091

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #451 en: 28 de Junio de 2012, 23:06:43 pm »
Me refería en general a la 1/92, pero si he hecho de pelea como dices, se que de Secretaría de Comisaría si la han tramitado, lo que hiciera Delegación.... recurso al menos no hubo, no se si porque no se tramitó o porque pagó sin más.
El que más he utilizado es el 26 h.

Mañana a ver si me acuerdo, que en el curro tengo una de las antiguas actas que utilizábamos, antes de que existieran los librillos, y vienen especificados dentro de cada apartado del artículo qué tipo de acto en concreto se propone para sanción, era curioso y se que la conservo, "arrebuscaré" en ese agujero negro que es mi taquilla.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #452 en: 28 de Junio de 2012, 23:10:34 pm »
 Ami me llego un recurso no hace más de medio año.

Desconectado sinpalotes

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #453 en: 29 de Junio de 2012, 09:22:40 am »
Habría que hacer una sección en algún hilo en el profesional de "Modelos de Actas",

La hay.

Ponme el enlace para no tener que buscarlo, que soy funcionario...
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #454 en: 06 de Julio de 2012, 18:22:30 pm »
El Gobierno ultima la Ley de Protección Ciudadana centrada en la seguridad y la reiteración delictiva
 02.07.12 | 11:07h. EUROPA PRESS | SANTANDER


El Gobierno de la Nación está ultimando la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, que dará respuesta a la "creciente demanda colectiva de seguridad ciudadana y tranquilidad" y a la necesidad de compatibilizar el correcto uso del espacio público por parte de todos.

La futura norma "evidencia el compromiso firme y sólido" de la Administración central en su lucha contra "cualquier forma de ilícito" y la reiteración delictiva, una cuestión esta última que actualmente "preocupa e inquieta mucho a los ciudadanos".

 Así lo ha avanzado este lunes el delegado del Gobierno en Cantabria, Samuel Ruiz, durante su participación en la inauguración del curso 'La policía científica y la prueba prericial', que se celebra en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), y en la que ha estado acompañado por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), César Tolosa, y la comisaria general de la Policía Científica y directora del seminario, Pilar Allúe.

 Ruiz también ha indicado que además de la citada, el Gobierno trabaja en la elaboración de una Ley de Seguridad Privada, un reglamento regulador de los Centros de Internamiento de Extranjeros y un Reglamento de Prevención y Bloqueo de Financiación del Terrorismo.

 También lo hace en un proyecto de Ley Orgánica de Régimen de Personal del Cuerpo Nacional de Policía y en una orden ministerial de Estructura de este cuerpo, que se encuentra "prácticamente perfilada", y en la que destaca la importancia de la cooperación policial, la inteligencia criminal y la innovación y lucha contra el crimen.

 El delegado ha insistido en la "trascendencia" de estas iniciativas normativas, que son algunas de las líneas estratégicas de actuación del Ministerio del Interior para esta legislatura.

 Por otra parte, ha destacado el "vínculo perfecto" y la "exitosa relación" entre ciencia y policía, y se ha remitido a la memoria anual de actuaciones de la Comisaría General de Policía Científica de la Policía Nacional de 2011, cuando se identificó a más de 13.700 delincuentes por sus huellas digitales, ADN, o manuscritos y se esclarecieron 15.257 delitos, de los que 350 eran agresiones sexuales, 329 homicidios y 119 casos de terrorismo.

 Igualmente ha resaltado que la Policía Científica española está "en la vanguardia europea" como demuestra que es "habitual" que gobiernos de distintos países soliciten la colaboración de sus expertos, como en el incendio de la granja penal de Comayagua, donde murieron 362 personas y, en respuesta a la petición de Honduras, acudieron cuatro expertos españoles, entre ellos, el jefe de la brigada de Policía Científica de Cantabria.

 Por su parte, Tolosa ha señalado que, dentro de la actividad procesal, especialmente penal, la parte más determinante para la decisión judicial es la actividad probatoria, y dentro de ésta la prueba pericial es una de las de "mayor complejidad" y "de la que más necesitan los jueces".

 Mientras, Allúe ha explicado que en esta sexta edición del curso se abordará una tercera parte del trabajo que lleva a cabo la Policía Científica, con una temática centrada en el presente y el futuro de esta actividad; un futuro "que ya está aquí", ha asegurado.

 Además ha destacado la "calidad" del trabajo de los peritos policiales del Cuerpo Nacional de Policía.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #455 en: 07 de Julio de 2012, 18:47:21 pm »
Por esta noticia parece que solo hay peritos en el CNP...

La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #456 en: 10 de Octubre de 2012, 18:09:37 pm »
Los sindicatos policiales apoyan penalizar a los manifestantes que se tapen la cara

La medida «tranquilizaría a la mayoría de los ciudadanos que acuden a una manifestación y contribuiría a que los violentos no actuaran impunemente»
 
efe / madrid

Día 10/10/2012 -

Los principales sindicatos policiales han celebrado que el Gobierno esté estudiando que sea considerado como delito manifestarse con la cara tapada, una iniciativa que puede contribuir, aseguran, a «desenmascarar» a los violentos en protestas que, en su mayoría, se desarrollan de forma pacíficas.
 
«El hecho de que alguien acuda a una manifestación que es un acto legal con la cara cubierta es que tiene algo que ocultar», ha asegurado a Efe el portavoz del Sindicato Unificado de Policía (SUP), José María Benito, que ha aplaudido cualquier iniciativa encaminada a que los elementos radicales que empeñan manifestaciones pacíficas sean descubiertos.
 
El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, avanzó ayer en una entrevista en ABC Punto Radio que el Gobierno está estudiando que el Código Penal contemple como delito manifestarse con la cara cubierta.
 
El secretario general de la Confederación Española de Policía (CEP), Ignacio López García de la Torre, se ha mostrado a favor de la iniciativa del Gobierno, ya que «tranquilizaría a la mayoría de los ciudadanos que acuden a una manifestación y contribuiría a que los violentos no actuaran impunemente». «No lo vemos descabellado», ha asegurado López que considera que el que haya personas con la cara tapada en protestas es «muy sintomático» de sus intenciones.
 
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, subrayó ayer en el Pleno del Senado que el derecho de manifestación no es «ilimitado», aunque insistió en que el Gobierno no se plantea «en absoluto» modificar la ley que lo regula. No obstante, recordó que el Ejecutivo va a modificar el Código Penal y la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana con el objetivo de que «los ciudadanos que se manifiesten libremente lo puedan hacer con absoluta libertad y en paz» y de esta manera «se cumpla el mandato constitucional».

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #457 en: 10 de Octubre de 2012, 19:46:54 pm »
Por esta noticia parece que solo hay peritos en el CNP...



Son los que ahora están pasando un mal trago...

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #458 en: 18 de Octubre de 2012, 17:08:33 pm »
El Gobierno estudia prohibir la grabación y difusión en Internet de imágenes de la Policía

El Ejecutivo pretende "dar un paso al frente" para dotar de más seguridad el trabajo de la Policía "desde la legalidad y el cumplimiento del Estado de Derecho"
EFE   18-10-2012

El director general de las Policía, Ignacio Cosidó, ha avanzado que la próxima Ley de Seguridad Ciudadana prohibirá la captación, tratamiento o difusión en Internet de imágenes de agentes en el ejercicio de sus funciones si ponen en riesgo su persona o la operación en la que están trabajando.

Cosidó ha asegurado que la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, en la que trabaja el Ministerio del Interior, pretende "buscar un equilibrio en la protección de los derechos de los ciudadanos y de los de las fuerzas de seguridad".

Así, ha avanzado que se prohibirá "la captación, reproducción o tratamiento de imágenes, sonidos o datos de miembros de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones cuando puedan poner en peligro su vida o en riesgo la operación que están desarrollando".

Una medida que pretende proteger la intimidad personal y familiar de los agentes y garantizar el derecho a su honor e imagen y con la que el Gobierno, ha dicho, "da un paso al frente" para dotar de más seguridad el trabajo de la Policía "desde la legalidad y el estricto cumplimiento del Estado de Derecho".

Cosidó ha aprovechado también para manifestar su apoyo al anteproyecto de reforma del Código Penal, que, a su juicio, sienta "las bases para la prevención y persecución de las conductas que atentan gravemente contra el orden público".

Entre algunas de las novedades que incluirá el Código Penal, el director de la Policía ha recordado que la acción de resistencia pasiva, junto a la desobediencia, se mantiene penada con entre seis meses y un año de cárcel.

La falta de desobediencia desaparece, pero se sancionará como infracción administrativa en la Ley de Seguridad Ciudadana.

La pena se agrava cuando se porten armas, se exhiban simuladas o se realicen actos de violencia con peligro para la vida o integridad de las personas, así como los actos de pillaje.

Sólo se castigará la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público o actos de violencia, pero no la simple convocatoria a movilizaciones.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #459 en: 18 de Octubre de 2012, 17:13:09 pm »
Hay una sentencia, al menos, del tribunal constitucional que garantiza ese derecho a los informadores gráficos...cómo va a sortear el gobierno lo que el TC plasmó en una sentencia?