Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 302436 veces)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #520 en: 25 de Octubre de 2012, 15:53:40 pm »

...de nuevo te pregunto??......lo escribes así....que denuncias en base al padrón sin haber comprobado fehacientemente la identidad??....reconociendo que así lo has hecho??....



...........venga... que hemos pasado de la presuncion de veracidad de la 30/92....que no era tal por que la misma otorga valor probatorio a quienes se les reconoce LA CONDICIÓN de AUTORIDAD siendo, las FFCCSS, Agentes "de".....

....para seguir con una presuncion de veracidad (encubierta, pues no la reconoce expresamente)  "otorgada" por la 1/92 por ser "base suficiente" para adoptar la resolución que proceda (que no ha de ser necesariamente 'sanción...como de hecho ocurre)...y que lo es sobre las materias/hechos sancionados por la Ley mencionada....que no sobre las identidades....


.....continuando con 'cruce' de datos fotográficos para "verificar" una identidad.....


....implicando a unidades de PJ ??


....y ¡¡OJO!! plasmandolo TODO sobre el papel eehh!!....


....y todo ello para, como se ha dicho,...para "poner una multa".





.......pos vale....esto es como los culos....cada uno tiene el suyo.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #521 en: 25 de Octubre de 2012, 18:08:01 pm »
Masam, menuda empanada llevas con la presunción de veracidad, que si es para la autoridad pero no para los agentes;  que si es para los hechos pero no para las identidades... menos mal que viene recogida expresamente y que es el día a día de las sanciones administrativas pero vamos, pogamos fin a este bodrio. Por fin en una cosa estamos totalmente de acuerdo: cada uno tiene su culo, FIN.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #522 en: 25 de Octubre de 2012, 18:19:19 pm »
pero vamos, pogamos fin a este bodrio. Por fin en una cosa estamos totalmente de acuerdo: cada uno tiene su culo, FIN.

 :Burla que poco aguante.  ;risr;

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #523 en: 25 de Octubre de 2012, 18:31:08 pm »
pero vamos, pogamos fin a este bodrio. Por fin en una cosa estamos totalmente de acuerdo: cada uno tiene su culo, FIN.

 :Burla que poco aguante.  ;risr;

Mira ves :cul éste es el mío....  :bur)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #524 en: 25 de Octubre de 2012, 18:46:57 pm »
 :manitas


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #525 en: 25 de Octubre de 2012, 22:28:48 pm »
Masam, menuda empanada llevas con la presunción de veracidad, que si es para la autoridad pero no para los agentes;  que si es para los hechos pero no para las identidades... menos mal que viene recogida expresamente y que es el día a día de las sanciones administrativas pero vamos, pogamos fin a este bodrio. Por fin en una cosa estamos totalmente de acuerdo: cada uno tiene su culo, FIN.

Prefiero empanada racional a obstinamiento cerrado...solo una cosa tiene FIN.....que viene recogida expresamente??....aún está por que muestres donde... sip...el día a día....en el que sin una identidad (sin maquillar NI malinterpretar la base sufieciente) no hay sanción.....cosillas de haber tratado, bastante, con personal de sanciones........ya sabes........el día a día de las sanciones administrativas....

.... pero weno.... te dejo..... que acabo de ver en un balcón a uno que hace un rato estaba bebiendo en la calle.....y le voy a denunciar por consumo de alchol en vía pública con la base suficiente del valor probatorio que me otorga la 30/92, previa colaboración de una unidad PJ para la identificación tras consulta del padrón, pese a que no se que era lo que realmente consumia.


Por cierto....en ese "modo de denunciar".....cuando le das copia de la denuncia al empadronado??...

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #526 en: 25 de Octubre de 2012, 22:34:25 pm »


Por cierto.....sigues sin responder...........para "poner una multa"...aparte de 'hacer' todo 'eso'.....tambien plasmarias en el papel los trámites realizados para la identificación??.....o acaso los omitirias??

....no se si es la tercera o la cuarte vez que pregunto lo mismo.


El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #527 en: 25 de Octubre de 2012, 22:42:08 pm »
Masam, menuda empanada llevas con la presunción de veracidad, que si es para la autoridad pero no para los agentes;  que si es para los hechos pero no para las identidades... menos mal que viene recogida expresamente y que es el día a día de las sanciones administrativas pero vamos, pogamos fin a este bodrio. Por fin en una cosa estamos totalmente de acuerdo: cada uno tiene su culo, FIN.

Prefiero empanada racional a obstinamiento cerrado...solo una cosa tiene FIN.....que viene recogida expresamente??....aún está por que muestres donde... sip...el día a día....en el que sin una identidad (sin maquillar NI malinterpretar la base sufieciente) no hay sanción.....cosillas de haber tratado, bastante, con personal de sanciones........ya sabes........el día a día de las sanciones administrativas....

.... pero weno.... te dejo..... que acabo de ver en un balcón a uno que hace un rato estaba bebiendo en la calle.....y le voy a denunciar por consumo de alchol en vía pública con la base suficiente del valor probatorio que me otorga la 30/92, previa colaboración de una unidad PJ para la identificación tras consulta del padrón, pese a que no se que era lo que realmente consumia.


Por cierto....en ese "modo de denunciar".....cuando le das copia de la denuncia al empadronado??...
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #528 en: 26 de Octubre de 2012, 00:29:47 am »
Masam, menuda empanada llevas con la presunción de veracidad, que si es para la autoridad pero no para los agentes;  que si es para los hechos pero no para las identidades... menos mal que viene recogida expresamente y que es el día a día de las sanciones administrativas pero vamos, pogamos fin a este bodrio. Por fin en una cosa estamos totalmente de acuerdo: cada uno tiene su culo, FIN.

Prefiero empanada racional a obstinamiento cerrado...solo una cosa tiene FIN.....que viene recogida expresamente??....aún está por que muestres donde... sip...el día a día....en el que sin una identidad (sin maquillar NI malinterpretar la base sufieciente) no hay sanción.....cosillas de haber tratado, bastante, con personal de sanciones........ya sabes........el día a día de las sanciones administrativas....

.... pero weno.... te dejo..... que acabo de ver en un balcón a uno que hace un rato estaba bebiendo en la calle.....y le voy a denunciar por consumo de alchol en vía pública con la base suficiente del valor probatorio que me otorga la 30/92, previa colaboración de una unidad PJ para la identificación tras consulta del padrón, pese a que no se que era lo que realmente consumia.


Por cierto....en ese "modo de denunciar".....cuando le das copia de la denuncia al empadronado??...
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 :carcaj :carcaj :carcaj

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #529 en: 26 de Octubre de 2012, 00:39:17 am »
En fin...

Alguien contó una vez hasta 6. Que lejos queda aquello.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #530 en: 28 de Octubre de 2012, 10:21:58 am »
PJ caca de perro?

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...o la misma que usa la base suficiente.... igual dá...... 



El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #531 en: 28 de Octubre de 2012, 10:22:45 am »


Por cierto.....sigues sin responder...........para "poner una multa"...aparte de 'hacer' todo 'eso'.....tambien plasmarias en el papel los trámites realizados para la identificación??.....o acaso los omitirias??

....no se si es la tercera o la cuarte vez que pregunto lo mismo.


....será cosa del Margaret Astor............

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #532 en: 28 de Octubre de 2012, 11:01:22 am »


Por cierto.....sigues sin responder...........para "poner una multa"...aparte de 'hacer' todo 'eso'.....tambien plasmarias en el papel los trámites realizados para la identificación??.....o acaso los omitirias??

....no se si es la tercera o la cuarte vez que pregunto lo mismo.


....será cosa del Margaret Astor............




Masam, menuda empanada llevas con la presunción de veracidad, que si es para la autoridad pero no para los agentes;  que si es para los hechos pero no para las identidades... menos mal que viene recogida expresamente y que es el día a día de las sanciones administrativas pero vamos, pogamos fin a este bodrio. Por fin en una cosa estamos totalmente de acuerdo: cada uno tiene su culo, FIN.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #533 en: 28 de Octubre de 2012, 14:19:04 pm »
Me ha desaparecido un mensaje que advertía de insultos, pero no los mensajes insultantes. Supongo que es porque no he utilizado el botón de reporte.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
Non nobis,Domine, non nobis sed Nomini tuo da gloriam.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #534 en: 28 de Octubre de 2012, 15:57:38 pm »
PJ caca de perro?

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...o la misma que usa la base suficiente.... igual dá......
Suficiente base para fumarse un chino.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #535 en: 28 de Octubre de 2012, 16:04:07 pm »
Me ha desaparecido un mensaje que advertía de insultos, pero no los mensajes insultantes. Supongo que es porque no he utilizado el botón de reporte.

Salud y suerte.

No lo entiendes por que es humor naci.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #536 en: 28 de Octubre de 2012, 16:12:53 pm »
 ;ris; Es eso, seguro.  ;llor; Voy a fustigarme.  :karateka

Salud y suerte.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #537 en: 29 de Octubre de 2012, 17:43:01 pm »


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....no se si es la tercera o la cuarte vez que pregunto lo mismo.


....será cosa del Margaret Astor............



             FIN.
                                  ;fum;   



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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #538 en: 29 de Octubre de 2012, 17:44:46 pm »
PJ caca de perro?

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...o la misma que usa la base suficiente.... igual dá......
Suficiente base para fumarse un chino.

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Aunque alguno lleve los "efectos" del mismo de nacimiento.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #539 en: 22 de Enero de 2013, 14:18:02 pm »
 :mus;

Cifuentes admite que las medidas de la Ley de Seguridad Ciudadana no gustarán a todos

El proyecto que presentará el departamento de Interior intentará responder «a lo que la sociedad necesita, y lo que necesita es tener garantías», la delegada del Gobierno en Madrid

La delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, ha afirmado que es probable que el proyecto de ley de Seguridad Ciudadana que elabora el Ministerio del Interior incluya medidas "que no gusten a una parte de la población".

En un entrevista con Efe, Cifuentes ha asegurado que la ley "va a ser un avance importante" que dotará al Cuerpo Nacional de Policía y a la Guardia Civil "de instrumentos más eficaces para poder garantizar el orden publico y la seguridad ciudadana".

La delegada ha advertido de que cuando se legisla es "imposible hacerlo a gusto de todos", pero al final el Ejecutivo tiene la obligación de legislar "pensando en la mayoría y en el bienestar de los ciudadanos".

"Es más que probable que en esa ley se tomen decisiones que no gusten a una parte de la población", ha admitido la delegada del Gobierno, quien cree que en esta ley se han de regular "con carácter general" aspectos como la prostitución, ya que ahora se aplican normas diferentes en las Comunidades y Ayuntamientos.

"Habría que abrir un debate, sin criminalizar a esas mujeres, porque la mayoría lo hace de manera no voluntaria, obligada, pues muchas son víctimas de trata y hay que regular el ejercicio de la prostitución en determinadas zonas, como en la puerta de los colegios", ha explicado.

Tras afirmar que ha traslado al Ministerio del Interior sus sugerencias sobre la futura ley de Seguridad Ciudadana, Cifuentes ha asegurado que el proyecto que presentará el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz intentará responder "a lo que la sociedad necesita, y lo que necesita es tener garantías".

"La libertad no puede existir si no hay una seguridad, y en estos momentos se necesita que el Estado tenga ciertos mecanismos para poder dar esa seguridad al ciudadano; también la prioridad tiene que ser la lucha contra la inseguridad y contra todas aquellas situaciones que pueden estar provocando un deterioro de la convivencia en España", ha dicho.