Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 302357 veces)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #620 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:23:44 pm »
Por cierto, ¿la ley del deporte te parece fascista?

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #621 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:25:56 pm »
LEY FASCISTA A TOPE. Lo digo ahora antes de que sea ilegal expresarse libremente.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #622 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:28:00 pm »
Por cierto, ¿la ley del deporte te parece fascista?

No a conozco, pero evidentemente no voy a poner una multa de 3000 eruros a nadie por insultarme, eso es desproporcionado. No ofende quien qwuiere sino quién puede, no te das cuenta que con esta ley no nos van a insultar, directamente nos van a tirar piedras.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #623 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:30:59 pm »
Por cierto, ¿la ley del deporte te parece fascista?

No a conozco, pero evidentemente no voy a poner una multa de 3000 eruros a nadie por insultarme, eso es desproporcionado. No ofende quien qwuiere sino quién puede, no te das cuenta que con esta ley no nos van a insultar, directamente nos van a tirar piedras.


Pues en el fútbol no es al primero que le cae una sanción de esa cuantía o superior, por qué crees que los incidentes en el fútbol hoy en día son mínimos.......

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #624 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:32:10 pm »
Pues por insultarme porque no puedo ponerle 10.000 euros y fostiarlo, sino lo haría sin ninguna duda.
Que insulte a su puta madre.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #625 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:32:16 pm »
Por cierto, ¿la ley del deporte te parece fascista?

No a conozco, pero evidentemente no voy a poner una multa de 3000 eruros a nadie por insultarme, eso es desproporcionado. No ofende quien qwuiere sino quién puede, no te das cuenta que con esta ley no nos van a insultar, directamente nos van a tirar piedras.
Menuda estupidez. Solamente a la altura de los neonazis que mataron al mendigo.

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Desconectado Jaguar

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #626 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:36:07 pm »
Por cierto, ¿la ley del deporte te parece fascista?

No a conozco, pero evidentemente no voy a poner una multa de 3000 eruros a nadie por insultarme, eso es desproporcionado. No ofende quien qwuiere sino quién puede, no te das cuenta que con esta ley no nos van a insultar, directamente nos van a tirar piedras.


Tú no pondrás ninguna multa, propondrás para sanción y le meterán la mínima la primera vez, que serían 1.001 euros, ¿queremos protección de las leyes o no?, siempre quejándonos porque sale gratis insultar y pegar a un Policía, ahora esto no nos vale tampoco......, es lo que tiene el rojerismo, si te escupen en la cara espero que no le emplumes...........

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #627 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:37:34 pm »
Demasiado blando lo veo yo. Más aún teniendo en cuenta que en este país es un error no tener prevista responsabilidad personal por impago de sanciones económicas, es decir, que te entrullen por no pagar multas

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #628 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:37:41 pm »
Por cierto, ¿la ley del deporte te parece fascista?

No a conozco, pero evidentemente no voy a poner una multa de 3000 eruros a nadie por insultarme, eso es desproporcionado. No ofende quien qwuiere sino quién puede, no te das cuenta que con esta ley no nos van a insultar, directamente nos van a tirar piedras.


Tú no pondrás ninguna multa, propondrás para sanción y le meterán la mínima la primera vez, que serían 1.001 euros, ¿queremos protección de las leyes o no?, siempre quejándonos porque sale gratis insultar y pegar a un Policía, ahora esto no nos vale tampoco......, es lo que tiene el rojerismo, si te escupen en la cara espero que no le emplumes...........
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #629 en: 19 de Noviembre de 2013, 14:41:08 pm »
Por cierto, ¿la ley del deporte te parece fascista?

No a conozco, pero evidentemente no voy a poner una multa de 3000 eruros a nadie por insultarme, eso es desproporcionado. No ofende quien qwuiere sino quién puede, no te das cuenta que con esta ley no nos van a insultar, directamente nos van a tirar piedras.


Tú no pondrás ninguna multa, propondrás para sanción y le meterán la mínima la primera vez, que serían 1.001 euros, ¿queremos protección de las leyes o no?, siempre quejándonos porque sale gratis insultar y pegar a un Policía, ahora esto no nos vale tampoco......, es lo que tiene el rojerismo, si te escupen en la cara espero que no le emplumes...........
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #630 en: 19 de Noviembre de 2013, 15:40:21 pm »
Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana
 
Insultar a un policía podrá sancionarse con 30.000 euros
 
También será infracción grave el uso y la distribución de imágenes de los policías


Se restringirán especialmente las concentraciones frente a las instituciones del Estado


Los padres tendrán que pagar los desperfectos que ocasionen sus hijos menores


Se podrán acotar 'zonas de seguridad' para evitar los escraches


La Policía podrá inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad

   
La nueva Ley de seguridad propone sanciones de 600.000 euros para protestas ciudadanas Atlas.


EUROPA PRESS Madrid 
Actualizado: 19/11/2013

Insultar, vejar, amenazar o coaccionar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante una manifestación será considerado como una infracción administrativa "grave" sancionada con entre 1.001 euros y 30.000 euros de multa.

Esta es una de las principales novedades del Anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana que Interior prevé llevar el viernes al Consejo de Ministros y que tiene en la protección de los policías frente a los ataques uno de sus pilares fundamentales, según el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz.

En el redactado también se contempla como infracción "muy grave", sancionada con entre 30.001 y 600.000 euros, el uso y la distribución de imágenes de los policías, así como datos personales de los agentes con fines que puedan suponer un atentado contra su intimidad, su familia o que puedan poner en riesgo una operación.

Con esto se pretende evitar hechos acontecidos tras algunas concentraciones en las que asistentes fotografiaban a antidisturbios y luego difundían las imágenes en redes sociales quedando los agentes señalados y siendo objeto de insultos y vejaciones. En algunos casos, incluso se ofrecieron datos personales de los policías.

En total hay 21 infracciones consideradas "muy graves" y la mayoría de ellas destinadas a preservar el orden público. En este punto la ley recoge lo ya adelantado por el ministro en el Congreso de los Diputados: las concentraciones frente a las instituciones del Estado como la Cámara Baja cuando éstas no hayan sido debidamente comunicadas y con independencia de que las Cortes se encuentren en ese momento reunidas. Esto también estará sancionado con hasta 600.000 euros y en ello se incluye, además de a los participantes, a quienes las convoquen, dirijan o presidan.


 

Manifestantes en una convocatoria de 'Rodea el Congreso' en 2012. | A. Heredia

La perturbación del orden público en espectáculos, acontecimientos deportivos u oficios religiosos y demás actos públicos también se considerará "muy grave", así como las manifestaciones sin autorización en torno a las consideradas infraestructuras críticas como, por ejemplo, una central nuclear -objetivo muchas veces de movimientos ecologistas- o un aeropuerto. Con este apartado se recoge entorpecer el funcionamiento de las mismas o incluso sobrevolarlas. Entre 30.001 y 600.000 euros se sancionará también como muy grave entorpecer con dispositivos luminosos como los clásicos punteros laser vehículos u otros medios de transporte como aviones.

En el apartado del orden público, pero ya dentro de la infracciones graves, se contempla la participación en disturbios con capuchas, gorros, pañuelos o máscaras a efectos de dificultar la identificación por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Esto no quiere decir que no se pueda asistir a concentraciones autorizadas con este tipo de elementos, pero sí valerse de ellos para ocultarse a la hora de participar en disturbios.

Prostitución cerca de menores

Este anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana aporta otras novedades como la consideración como infracción grave ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios de menores (colegios, guarderías, parques...) o en aquellos lugares que puedan afectar a la seguridad vial. El redactado del texto no entra a regular el acto de la prostitución, pero sí trata de impedir su práctica al menos en estos dos supuestos en los que serían sancionados tanto el cliente como la persona que ofrece los servicios sexuales.

El Ministerio lleva trabajando en este Anteproyecto desde el inicio de la legislatura para lo que ha mantenido reuniones con miembros de las Fuerzas de Seguridad, asociaciones de padres y plataformas vecinales, entre otras instituciones. Según fuentes de Interior, este asunto de la prostitución era el que más demandas producía por parte de los ciudadanos consultados.

En el apartado de las infracciones graves se mantienen aspectos relacionados con el consumo o la tenencia de drogas tóxicas aunque no estuvieran destinadas al tráfico, así como el abandono en la vía pública de utensilios necesarios para su consumo o fabricación, pero se introduce como grave la plantación o el cultivo de drogas siempre y cuando las cantidades no sean consideradas como delito.

Esta futura Ley supondrá la derogación de la denominada como 'Ley Corcuera' de 1992 y la Seguridad Ciudadana pasará de estar regulada con 39 artículos a contar con 55 y nuevas infracciones repartidas entre infracciones leves, graves y muy graves. Esta normativa se crea en paralelo a la reforma del Código Penal en la que desaparecen las faltas dividiendo las conductas punibles en delitos e infracciones Administrativas. De estas últimas se encargará esta nueva Ley de Seguridad Ciudadana.

Desperfectos causados por los hijos

Otra de las principales novedades es que los padres tendrán que hacerse cargo económicamente de los desperfectos que ocasionen sus hijos menores de edad en la vía pública y la Policía tendrá potestad para establecer "zonas de seguridad". El hecho de que los progenitores tengan que pagar los daños ocasionados por sus hijos es una medida que ya se puso en marcha hace años en el País Vasco para combatir los episodios de 'kale borroka' y que ofreció buenos resultados, según admiten en el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz. En función del grado de daño que produzcan al mobiliario urbano, también podría considerarse una infracción grave.

En cuanto a las "zonas de seguridad" para evitar los escraches es una medida que esbozó el ministro hace meses a partir de una iniciativa en este sentido de la Ertzaintza, que fijó ese perímetro en 300 metros. Aunque el anteproyecto no especifica distancias concretas, los responsables de Interior otorgan especial importancia al hecho de que este recurso de seguridad ya esté regulado formalmente.

El consumo de alcohol en la vía pública sin estar autorizado administrativamente será considerado una infracción grave siempre que se perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana. Este anteproyecto regula como infracciones graves otras conductas como la de establecer barricadas en la calle, maltratar animales en espectáculos no autorizados, el escalamiento a monumentos o edificios emblemáticos o la denominadas "cundas", es decir, la acción de trasladar a los toxicómanos a los lugares donde se vende y se consume droga.

Mismas sanciones, nuevas prohibiciones

Por su parte, las infracciones leves apenas experimentan variaciones con las actuales faltas leves y seguirán siendo sancionadas con multas contempladas entre los 100 y los 1.000 euros. La cuantía de las infracciones graves y las muy graves también es la misma que en la actual ley de Seguridad Ciudadana, lo que se ha modificado o se ha incluido son conductas que no estaban recogidas y tras más de 20 años era necesario regular, según Interior.

Otro campo que regula esta Ley es la obligatoriedad de identificarse ante las Fuerzas de Seguridad, que podrán inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad y que el documento que porta no es falso. Ahora los agentes podrán hacer esa gestión en el mismo lugar de forma telefónica o telemática.

Este articulado regula que los agentes puedan requisar el documento durante unos minutos afectos de esta comprobación. Fuentes de Interior llaman la atención sobre el hecho de que en algunas manifestaciones había quien alegaba que el documento es personal e intransferible para no entregarlo a las autoridades. Por su parte, a los ciudadanos extranjeros no se les podrá desposeer de sus documentos de origen salvo mandato judicial.
 
 

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #631 en: 19 de Noviembre de 2013, 16:00:30 pm »
LEY FASCISTA A TOPE. Lo digo ahora antes de que sea ilegal expresarse libremente.

. . . .la van a tumbar.

Policía destaca la "sensibilidad" con sus demandas en la ley Seguridad Ciudadana

 
19/11/2013

El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, ha destacado hoy la "gran sensibilidad" del Ministerio del Interior "hacia las demandas de la Policía" en la elaboración del anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana que previsiblemente verá el viernes el Consejo de Ministros.

"Desde el punto de vista de la Policía es una ley necesaria", ha subrayado Cosidó en declaraciones a los periodistas durante su participación en una conferencia de prensa sobre una operación antidroga.

El responsable del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) no ha querido pronunciarse sobre los aspectos concretos de este proyecto legislativo para que sea el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, quien lo haga tras su presentación en el Consejo de Ministros.

El texto elaborado por Interior contempla como infracciones muy graves, sancionadas con multas de 30.001 a 600.000 euros, las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no tengan actividad.

Conducir una "cunda" (los taxis de la droga), insultar a un policía, ejercer o demandar la prostitución en lugares donde haya presencia de niños o donde se ponga en peligro la seguridad vial, alterar el orden público encapuchado o realizar escraches

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #632 en: 19 de Noviembre de 2013, 16:28:48 pm »
Vale digo que me parece desproporcionada la sanción por insultar a un policía y me ponéis a parir, incluso me deseáis que me escupan en la cara, ya me quedo más tranquilo con la ecuanimidad y la mesura de quienes van a aplicar la medida, me parece mal por un lado porque nos coloca en un plano de tal superioridad que roza el abuso y por otro lado yo prefiero que me respeten a que me insulten, pero no estoy seguro de que quiera que me teman y menos que me odien.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #633 en: 19 de Noviembre de 2013, 16:32:37 pm »
LEY FASCISTA A TOPE. Lo digo ahora antes de que sea ilegal expresarse libremente.

. . . .la van a tumbar.

Policía destaca la "sensibilidad" con sus demandas en la ley Seguridad Ciudadana

 
19/11/2013

El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, ha destacado hoy la "gran sensibilidad" del Ministerio del Interior "hacia las demandas de la Policía" en la elaboración del anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana que previsiblemente verá el viernes el Consejo de Ministros.

"Desde el punto de vista de la Policía es una ley necesaria", ha subrayado Cosidó en declaraciones a los periodistas durante su participación en una conferencia de prensa sobre una operación antidroga.

El responsable del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) no ha querido pronunciarse sobre los aspectos concretos de este proyecto legislativo para que sea el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, quien lo haga tras su presentación en el Consejo de Ministros.

El texto elaborado por Interior contempla como infracciones muy graves, sancionadas con multas de 30.001 a 600.000 euros, las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no tengan actividad.

Conducir una "cunda" (los taxis de la droga), insultar a un policía, ejercer o demandar la prostitución en lugares donde haya presencia de niños o donde se ponga en peligro la seguridad vial, alterar el orden público encapuchado o realizar escraches


MOVIMIENTOS SOCIALES
“La ley es inconstitucional y demuestra la concepción franquista del Gobierno”
El Bufete Almeida asegura que la Ley de Seguridad Ciudadana es un “globo sonda” para “amedrentar” a los ciudadanos que iría en contra de la Constitución.

G.G. / 19-11-2013 • 12:23
Jorge Fernández Díaz ha sumado un nuevo nombre en su larga lista de ‘enemigos’ con el anteproyecto de ley orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana que previsiblemente se aprobará este viernes en el Consejo de Ministros. Abogados consultados por elboletin.com ha cargado contra el ministro del Interior por una norma que “demuestra la concepción franquista” del Gobierno.

“Es como si no hubiera Constitución”, ha asegurado Carlos Sánchez Almeida, del Bufete Almeida, que ha insistido en que se regresa así a los años del franquismo. Y es que, para este letrado, el Ejecutivo de Mariano Rajoy trata de restringir la libertad de expresión y el derecho a reunión de los ciudadanos con una ley que, “según lo publicado, sería inconstitucional”.

“El texto real se desconoce, sólo se sabe el teletipo publicado ayer”, denuncia Sánchez Almeida que destaca que este gesto “demuestra el escaso respeto del Gobierno, ya que lo lógico y democrático hubiera sido publicarlo online”.

A falta de conocerse el articulado final de la Ley de Seguridad Ciudadana, lo que tienen claro desde este bufete es que “es una norma a medida del 15M”. Según el abogado, se “intenta combatir estas nuevas formas de movilización” con, entre otras cosas, multas millonarias, en referencia a la sanción de 600.000 euros por los ‘escraches’, las concentraciones no comunicadas o la grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad.

Una norma que nace para frenar las “protestas pacíficas” que han llevado a cabo los colectivos de indignados en los últimos meses siempre “de acuerdo con la Ley y con ella en la mano”. “Desde el Gobierno se quiere adelantar las líneas rojas y que todo esté prohibido”, asegura Sánchez Almeida.

Ante la mencionada “inconstitucionalidad” de la Ley de Seguridad Ciudadana de Jorge Fernández Díaz, este abogado destaca que podemos estar ante un nuevo “globo sonda” del Ejecutivo del PP. Y es que, si se quiere aprobar, se tendría que hacer mediante una ley orgánica que debería contar con el visto bueno del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial, entre otros organismos, y de ahí, y como proyecto de Ley, a las Cortes. En total, más de un año de tramitación.

De ahí, que desde el Bufete Almeida se insista en que únicamente se busca “amedrentar” a los ciudadanos con un “globo sonda”. Un mensaje también para “presionar a los jueces”, cuyas decisiones parecen no estar gustando a La Moncloa. Y es que, si todo sigue adelante bastaría con que el delegado de Gobierno pusiera la multa incluida en las nuevas infracciones de esta norma.

http://www.elboletin.com/nacional/87928/gobierno-aprueba-ley-franquista.html

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #634 en: 19 de Noviembre de 2013, 16:33:31 pm »
Almeida, Almeida... de qué me suena ese apellido... :pen:
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #635 en: 19 de Noviembre de 2013, 16:34:24 pm »
SÁBADO, 5 de octubre de 1991
El PP tacha de inconstitucional el proyecto de ley de Seguridad Ciudadana
EL PAÍS Madrid 5 OCT 1991

El Partido Popular (PP) explicó ayer en rueda de prensa su posición ante el proyecto de ley de seguridad ciudadana, y las razones por las que ha presentado una enmienda a la totalidad. Francisco Álvarez Cascos y Federico Trillo aseguraron que el proyecto aumenta la inseguridad jurídica de los ciudadanos, no mejora los niveles de seguridad y, a su entender, contiene aspectos incompatibles con la Constitución.ÁIvarez Cascos se refirió con algún pormenor a los artículos 20 y 21 del proyecto de ley. Respecto al primero de ellos, que autoriza la retención de ciudadanos a efectos de identificación, aseguró que el Tribunal Constitucional ha dejado zanjado definitivamente que no puede haber situaciones intermedias entre la libertad y la detención formal.

Además, el secretario general del PP afirmó que con el proyecto de ley no se avanza en la coordinación entre los distintos cuerpos policiales y sigue dilatándose por parte de los socialistas el decreto de plantillas para distribuir a las fuerzas de seguridad.

Por último, Álvarez Cascos dijo que su grupo y su partido no podían aceptar un proyecto en el que se sigue sin tipificar con sanción penal el consumo público de drogas y que tampoco exige el cumplimiento íntegro de las condenas a los narcotraficantes.

http://elpais.com/diario/1991/10/05/espana/686617203_850215.html


. . . solo hay que tirar de hemeroteca . . .

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #636 en: 19 de Noviembre de 2013, 16:35:41 pm »
Pues a m me parece una ley blandengue hecha por acomplejados.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #637 en: 19 de Noviembre de 2013, 17:05:51 pm »
Vale digo que me parece desproporcionada la sanción por insultar a un policía y me ponéis a parir, incluso me deseáis que me escupan en la cara, ya me quedo más tranquilo con la ecuanimidad y la mesura de quienes van a aplicar la medida, me parece mal por un lado porque nos coloca en un plano de tal superioridad que roza el abuso y por otro lado yo prefiero que me respeten a que me insulten, pero no estoy seguro de que quiera que me teman y menos que me odien.

Nadie ha deseado que te escupan, no tergirverses mis palabras, he dicho que si te escupen no le emplumes, que no es lo mismo.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #638 en: 19 de Noviembre de 2013, 17:18:54 pm »
el problema de esta Ley es que es para lo que es...y nosotros como siempre nos paramos en las ramas..sin llegar a las flores...que es que no se les haga ‘escraches’.y otros asedios a los politicos..lo de menos son los insultos o las lluvias de eflubios interiores varios..(escupir..orines...etc..que desde luego no es plato de gusto) que lanzan a los policias...eso es para que hablemos de ello...

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #639 en: 19 de Noviembre de 2013, 18:24:32 pm »
Demasiado blando lo veo yo. Más aún teniendo en cuenta que en este país es un error no tener prevista responsabilidad personal por impago de sanciones económicas, es decir, que te entrullen por no pagar multas

Coincido plenamente.
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d