Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 302414 veces)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #740 en: 21 de Noviembre de 2013, 10:20:12 am »
Mira si por mí fuera el fútbol y toda la morralla de violentos que arrastra podían desaparecer, ni me interesa el fútbol como aficionado y como profesional no paso de controlar el tráfico en los accesos a los estadios, por tanto no controlo la ley tanto como tú, pero en todos los casos que me describes no estamos hablando de una simple conducta sino de una conducta agravada por el entorno o situación, no se si me entiendes, no es igual portar un arma blanca en la sierra para coger setas que en un espectáculo público.

Aún así las cuantías me siguen pareciendo desorbitadas y en cuanto a fútbol no es una actividad protegida por la constitución ( aunque a este gobierno le gustaría, al igual que los toros) pero el derecho a manifestarse sí es un derecho protegido constitucionalmente y si pones una multa de esa cuantía a un ciudadano medio con la indefensión que existe en el ámbito administrativo con el nivel de corrupción actual le condenas a una muerte en vida.

Sigo insistiendo, no multare a nadie por insultarme con mil euros, mientras que por conducir ebrio le impongo 500 euros, es una barbaridad.


la medida esta bien cuando haya una proporcionalidad en los hechos, como en el caso que comentas celestino, y tambien como por ejemplo, si en un momento de excitación llamo payaso al guardia(que no al guardia, si no a su uniforme) y me ponen una multa de 1000 pavos la mas barata., prefiero darle Zas en to la boca y que me valga 200,.
Si tu jodel chino........chino mealse en sopa. !Tu decidil!.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #741 en: 21 de Noviembre de 2013, 10:55:22 am »
esta parte del proyecto de Ley precisamente es porque esta visto que la via penal en estos casos es irrisoria y se la pasan los que lo cometen por el forro...si vas a darme Zas en toda la boca por ser mas barato...pues ya me estas diciendo que parte es la que no funciona..

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #742 en: 21 de Noviembre de 2013, 11:20:12 am »
por eso digo que tiene que haber una proporcionalidad, y se tendría que cambiar todo desde la base., por que  no tiene sentido que la vía administrativa sea mas dura que la penal .
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #743 en: 21 de Noviembre de 2013, 11:25:45 am »
No creo que nadie discuta el hecho de manifestarse pacifica y civilizadamente...como escribia esta es la parte que no veo bien de la Ley..que es en realidad por la que la estan preparando...pero si una persona creyendose amparada por la masa...insulta y veja al trabajador (policia)..porque no olvidemos que tambien es un trabajador..por el simple hecho de que es el que le a tocado delante en la linea de contencion...pues si me parece merecedor de una sancion al menos...y si esta es ejemplarizante (no digo que deba ser esa cantidad..pero si que duela al bolsillo) y deja de comportarse asi mas veces..pues algo habremos adelantado..yo no se Celestino las veces que te habras visto envuelto en temas de estos..pero que te insulten durante horas a veces..te escupan..o te tiren meados encima (como paso en la famosa operacion de limpieza de Plaza de Catalunya)..no es plato agradable ni facil de pasar.

No soy antidisturbios, aunque he ido a manifestaciones para labores de trafico y en numerosas ocasiones me han insultado como no y  he puesto en conocimiento de comisaria e incluso he ido a jucio de faltas ( por ejemplo al famoso  alunicero " el piojo" por insultos reiterados y menosprecio de la labor policial y se jodio porque tuvo que madrugar, ir al juzgado con su mama y cuando supo por lo que iba le dio más rabia aún, pero volvemos a lo mismo insultos, menosprecio reiterado para echar a la gente del poblado encima para evitar una inmovilización de un vehículo.

En cuanto a los escupitajos y las meadas no son insultos son agresiones fisicas que causan daño fisico y no se pueden meter en el mismo saco, en ese caso es infinitamente más grave.

Sanciones sí, pero logicas, el respeto se gana y no se impone, el ciudadano me insulta, pero quién me ofende son muchas veces mis responsables con su falta de respeto hacia la institucion y su comportamiento, sabes Li que de verdad me ofende?
 Me ofende Gallardón llamandome Vago e insolidario, me ofende mi jefatura tirando el museo a un contenedor de escombros y perdiendo 9 armas antiguas y despues intentando taparlo de manera ridicula, me ofende la Botella llendose al SPA después de una tragedia y me ofende que mis superiores supuestamente falsificaran papeles, me ofende que el MAR nos ponga a parir y mi jefatura calle como una puta, eso me ofende, que un ciudadano me llame payaso, chivato, cabrón o gilipollas es percata minuta.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #744 en: 21 de Noviembre de 2013, 11:31:40 am »
Mezclas churras con merinas Celestino.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #745 en: 21 de Noviembre de 2013, 11:34:36 am »
Meadas con insultos?  :manocara

Para mi no son lo mismo.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #746 en: 21 de Noviembre de 2013, 11:56:48 am »
Meadas con insultos?  :manocara

Para mi no son lo mismo.
No... faltas de respeto de un público muy determinado con faltas de respeto de tu Jefatura, Gallardón, etc.

Al que no respeta públicamente a la Policía no se le puede hacer entender con palabras, ni con multas de 60 euros en el Juzgado (sí, tienen que levantarse y cuando van a juicio flipan, pero flipan aún más cuando después del susto ven que todo se queda en 60 euros). A la Policía, siempre, y digo siempre, en cualquier país democrático, se la ha respetado por el poder coactivo que tiene, no porque sean unos grandes profesionales cuya labor el ciudadano entiende como ejemplar.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #747 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:07:25 pm »

Llamadme raro, exótico, incrédulo y hasta utópico, pero tan difícil resulta pensar que se puede acudir a una manifestación sin llevar ya programado el tener que ir a insultar a la policía, ejercer desobediencia cívica, destrozar mobiliario urbano, etc, ya por defecto??

No sé, yo creo que se puede acudir a una manifestación legítima y autorizada y poder regresar a casa después sin más, siempre y cuando uno se comporte como es debido.

Aunque entiendo que si fuera de los que va a las manifestaciones con ánimo de salir calentito de ellas me sienta intimidado y coaccionado por este proyecto de ley.
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #748 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:11:33 pm »
Meadas con insultos?  :manocara

Para mi no son lo mismo.
No... faltas de respeto de un público muy determinado con faltas de respeto de tu Jefatura, Gallardón, etc.

Al que no respeta públicamente a la Policía no se le puede hacer entender con palabras, ni con multas de 60 euros en el Juzgado (sí, tienen que levantarse y cuando van a juicio flipan, pero flipan aún más cuando después del susto ven que todo se queda en 60 euros). A la Policía, siempre, y digo siempre, en cualquier país democrático, se la ha respetado por el poder coactivo que tiene, no porque sean unos grandes profesionales cuya labor el ciudadano entiende como ejemplar.


Si estoy de acuerdo contigo, pero no me negarás que una multa de 150 o 200 euros por un insulto ya es un buen estacazo y convendrás conmigo que quien primero ha de respetarnos son nuestros jefes, yo veo esta ley como el enésimo intento de desviar la indignación ciudadana de la cata política y lo que nos quieren hacer creer que es una protección en el fondo es un instrumento de enfrentamiento, entre policia y ciudadanos, al menos yo lo veo así.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #749 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:15:16 pm »

Llamadme raro, exótico, incrédulo y hasta utópico, pero tan difícil resulta pensar que se puede acudir a una manifestación sin llevar ya programado el tener que ir a insultar a la policía, ejercer desobediencia cívica, destrozar mobiliario urbano, etc, ya por defecto??

No sé, yo creo que se puede acudir a una manifestación legítima y autorizada y poder regresar a casa después sin más, siempre y cuando uno se comporte como es debido.

Aunque entiendo que si fuera de los que va a las manifestaciones con ánimo de salir calentito de ellas me sienta intimidado y coaccionado por este proyecto de ley.

Claro que sí, pero qué ocurrió con aquellas identificaciones previas a una manifestación y que después resultaron que se les sanciono y ni siquiera había comenzado la manifestación y con las identificaciones masivas a inmigrantes para engordar las estadísticas? Miedo me da que esas denuncias cuenten para la productividad

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #750 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:18:46 pm »
Meadas con insultos?  :manocara

Para mi no son lo mismo.
No... faltas de respeto de un público muy determinado con faltas de respeto de tu Jefatura, Gallardón, etc.

Al que no respeta públicamente a la Policía no se le puede hacer entender con palabras, ni con multas de 60 euros en el Juzgado (sí, tienen que levantarse y cuando van a juicio flipan, pero flipan aún más cuando después del susto ven que todo se queda en 60 euros). A la Policía, siempre, y digo siempre, en cualquier país democrático, se la ha respetado por el poder coactivo que tiene, no porque sean unos grandes profesionales cuya labor el ciudadano entiende como ejemplar.


Si estoy de acuerdo contigo, pero no me negarás que una multa de 150 o 200 euros por un insulto ya es un buen estacazo y convendrás conmigo que quien primero ha de respetarnos son nuestros jefes, yo veo esta ley como el enésimo intento de desviar la indignación ciudadana de la cata política y lo que nos quieren hacer creer que es una protección en el fondo es un instrumento de enfrentamiento, entre policia y ciudadanos, al menos yo lo veo así.

La Policía y ciertos ciudadanos siempre van a estar enfrentados, esto no va a cambiar, podrá graduarse, pero no se acabará jamás.

Creo que ni 150 euros ni 200 es cantidad suficiente para hacer entender lo que en teoría y en el papel significa nuestro oficio y nuestro carácter de agente de la Autoridad, aunque en el presente la condición de Autoridad esté un poco difusa.

Estoy seguro de que si esto sale adelante y realmente se tramitan estas denuncias, vamos a ver grandes cambios en pocos años en el trato recibido por cierto personal.

Por qué no nos escandalizamos por los 1500 euros que cuesta circular sin seguro obligatorio? O por los 800 si únicamente está estacionado?
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #751 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:24:31 pm »
Meadas con insultos?  :manocara

Para mi no son lo mismo.
No... faltas de respeto de un público muy determinado con faltas de respeto de tu Jefatura, Gallardón, etc.

Al que no respeta públicamente a la Policía no se le puede hacer entender con palabras, ni con multas de 60 euros en el Juzgado (sí, tienen que levantarse y cuando van a juicio flipan, pero flipan aún más cuando después del susto ven que todo se queda en 60 euros). A la Policía, siempre, y digo siempre, en cualquier país democrático, se la ha respetado por el poder coactivo que tiene, no porque sean unos grandes profesionales cuya labor el ciudadano entiende como ejemplar.


Si estoy de acuerdo contigo, pero no me negarás que una multa de 150 o 200 euros por un insulto ya es un buen estacazo y convendrás conmigo que quien primero ha de respetarnos son nuestros jefes, yo veo esta ley como el enésimo intento de desviar la indignación ciudadana de la cata política y lo que nos quieren hacer creer que es una protección en el fondo es un instrumento de enfrentamiento, entre policia y ciudadanos, al menos yo lo veo así.

La Policía y ciertos ciudadanos siempre van a estar enfrentados, esto no va a cambiar, podrá graduarse, pero no se acabará jamás.

Creo que ni 150 euros ni 200 es cantidad suficiente para hacer entender lo que en teoría y en el papel significa nuestro oficio y nuestro carácter de agente de la Autoridad, aunque en el presente la condición de Autoridad esté un poco difusa.

Estoy seguro de que si esto sale adelante y realmente se tramitan estas denuncias, vamos a ver grandes cambios en pocos años en el trato recibido por cierto personal.

Por qué no nos escandalizamos por los 1500 euros que cuesta circular sin seguro obligatorio? O por los 800 si únicamente está estacionado?

Es cuestión de apreciación, para alguien que cobra 450 euros es una fortuna, en cuanto a lo del seguro es mucha pasta pero un vehículo sin seguro puede llegar a causar daños a terceros aún estacionado si se incendia por ejemplo, yo veo bien que se sancione una falta de respeto a un agente, pero esta ley está redactada con segundas intenciones y preparando el terreno al igual que el tasazo de Gallardón.

gautamacop

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #752 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:35:18 pm »
Le vamos a aplicar LO QUE YO TE CUENTE, a los que no tienen o por lo menos aparentan que no tienen na mas que una paguica social no le vamos poder aplicar nada y creo mas no se lo podremos aplicar nunca, ademas que yo como Munipa no me veo en el encuadre de la Ley, esta dice Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, solo pagara en que sea menos listo y tenga para pagar con lo cual seguiremos lo mismo o peor, que medejen con la de Corcuera, , no sea que con la del Gallarddon se ponga mi comunidad Autonoma a legislar para que no se aplique la Ley o bien mi ayuntamiento legisle y coordine mediante ordenanza los precios y demas zarandajas que vale que te lanzen un escupitajo, o se te meen en las botas, He dicho :adorar :adorar :adorar :adorar :adorar :adorar

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #753 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:38:44 pm »
Es cuestión de apreciación, para alguien que cobra 450 euros es una fortuna, en cuanto a lo del seguro es mucha pasta pero un vehículo sin seguro puede llegar a causar daños a terceros aún estacionado si se incendia por ejemplo, yo veo bien que se sancione una falta de respeto a un agente, pero esta ley está redactada con segundas intenciones y preparando el terreno al igual que el tasazo de Gallardón.

Si cobras 450 euros no insultes a un policía, problema solucionado.
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gautamacop

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #754 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:44:01 pm »
Insultar, vejar, amenazar o coaccionar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante una manifestación será considerado como una infracción administrativa "grave" sancionada con entre 1.001 euros y 30.000 euros de multa

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #755 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:45:15 pm »
Es cuestión de apreciación, para alguien que cobra 450 euros es una fortuna, en cuanto a lo del seguro es mucha pasta pero un vehículo sin seguro puede llegar a causar daños a terceros aún estacionado si se incendia por ejemplo, yo veo bien que se sancione una falta de respeto a un agente, pero esta ley está redactada con segundas intenciones y preparando el terreno al igual que el tasazo de Gallardón.

Si cobras 450 euros no insultes a un policía, problema solucionado.

No se debe insultar nunca a un policía ni un policía debe abusar de su autoridad, pero la realidad a veces no es tan perfecta y se producen ambas cosas, pero no deben suponer unas consecuencias desproporcionadas, todo en su término medio.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #756 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:46:23 pm »
Es cuestión de apreciación, para alguien que cobra 450 euros es una fortuna, en cuanto a lo del seguro es mucha pasta pero un vehículo sin seguro puede llegar a causar daños a terceros aún estacionado si se incendia por ejemplo, yo veo bien que se sancione una falta de respeto a un agente, pero esta ley está redactada con segundas intenciones y preparando el terreno al igual que el tasazo de Gallardón.

Si cobras 450 euros no insultes a un policía, problema solucionado.
[/quot

Es como si te digo que si no quieres que te insulten no te metas a guardia.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #757 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:55:36 pm »
Mira si por mí fuera el fútbol y toda la morralla de violentos que arrastra podían desaparecer, ni me interesa el fútbol como aficionado y como profesional no paso de controlar el tráfico en los accesos a los estadios, por tanto no controlo la ley tanto como tú, pero en todos los casos que me describes no estamos hablando de una simple conducta sino de una conducta agravada por el entorno o situación, no se si me entiendes, no es igual portar un arma blanca en la sierra para coger setas que en un espectáculo público.

Aún así las cuantías me siguen pareciendo desorbitadas y en cuanto a fútbol no es una actividad protegida por la constitución ( aunque a este gobierno le gustaría, al igual que los toros) pero el derecho a manifestarse sí es un derecho protegido constitucionalmente y si pones una multa de esa cuantía a un ciudadano medio con la indefensión que existe en el ámbito administrativo con el nivel de corrupción actual le condenas a una muerte en vida.

Sigo insistiendo, no multare a nadie por insultarme con mil euros, mientras que por conducir ebrio le impongo 500 euros, es una barbaridad.
tranquilo que a final de año podras denunciar por ir ebrio con 1000 euros hasta a los peatones

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #758 en: 21 de Noviembre de 2013, 12:56:07 pm »
Es cuestión de apreciación, para alguien que cobra 450 euros es una fortuna, en cuanto a lo del seguro es mucha pasta pero un vehículo sin seguro puede llegar a causar daños a terceros aún estacionado si se incendia por ejemplo, yo veo bien que se sancione una falta de respeto a un agente, pero esta ley está redactada con segundas intenciones y preparando el terreno al igual que el tasazo de Gallardón.

Si cobras 450 euros no insultes a un policía, problema solucionado.

Es como si te digo que si no quieres que te insulten no te metas a guardia.

Ok.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #759 en: 21 de Noviembre de 2013, 13:08:31 pm »
a ver..seamos sensatos..no estoy hablando del resto del proyecto de ley..(que ya por activa y pasiva he dado mi opinion)..sino en lo referente a como se acude a las manifestaciones (pasamontañas, pañuelos para tapar la cara y otros)..y los insultos a la policia..en una manifestacion debo ir perfectamente identificado..con un numero de 50x 20 para que resulte mas facil mi identificacion..para evitar en teoria que cometa abusos y si los cometo se me sancione convenientemente..(y si no los cometo tambien..porque con coger el numero en cualquier momento y denunciar..es igual que tuviese algo que ver o no..me lo comere con patatas..salvo que pueda demostrar que no estaba alli sin ningun genero de dudas..total las denuncias son gratis)..y esto lo vemos bien no??...aunque al policia le pueda costar muy caro...y no seran 50 euros...
Pero..que se ve que el prohibir acudir a las manifestaciones con pasamontañas..mascaras o pañuelos e insultar a los policias desplegados alli no se puede denunciar porque esta mal visto...he pillado la idea??..