Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 305817 veces)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1100 en: 11 de Julio de 2014, 18:23:59 pm »
El sindicato de policía se siente indefenso con la nueva Ley de Seguridad Ciudadana

El representante del SUP, Javier Estévez, ha opinado que la ley se queda corta, y no aporta beneficios ni para los ciudadanos, por falta de garantías para defenderse, ni para los policías, porque les genera debilidades en su trabajo.

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) a través de su portavoz, Javier Estévez, ha considerado que la nueva Ley de Seguridad Ciudadana no aporta beneficios ni para los ciudadanos ni para los policías y asegura que no se están haciendo los cambios adecuados desde el Gobierno.

El portavoz ha reconocido la necesidad de modificación de la actual ley, pero ha estimado que la que plantea el Ejecutivo es “indeterminada” e “inconcreta”, porque habla de “perturbación”, “no discriminación” o “injerencia mínima”, unos conceptos ya existentes dentro de la constitución y, en consecuencia, no aporta nada en absoluto, según Efe.

Para Estévez, la nueva Ley de Seguridad Ciudadana no supone beneficios ni para los policías, porque genera indefensión a los agentes en su trabajo, ni para los ciudadanos, por la falta de garantías para defenderse.

El portavoz ha respondido que no conoce a nadie que haya estado en Comisaría seis horas para una identificación policial, ante el máximo de seis horas para la identificación de personas, a lo que ha añadido que no es el caso, porque supondría un expediente para el policía. Asimismo, ha lamentado la "falta de respeto" del Gobierno a las organizaciones sindicales policiales, puesto que no les ha consultado sobre la Ley de Seguridad Ciudadana, a pesar de que esta norma "debería contar con un amplio respaldo social".

Otras organizaciones

La Plataforma "No somos delito", integrada por 70 organizaciones sociales, ha rechazado también el proyecto de ley al considerar que está motivado por “criterios claramente políticos, de carácter partidista, e incluso particulares".

En un comunicado, la plataforma ha expresado que no comparte la justificación del Ejecutivo para aprobar la norma que "se basa en una supuesta creciente demanda de seguridad y prevención del delito por parte de la ciudadanía que, en realidad, no existe". Esta reforma, incluye, en su opinión, “medidas intimidatorias” que refuerzan el control del Estado sobre la ciudadanía bajo la sensación de “inseguridad física”.

Estas medidas, según afirma la Plataforma, no tienen otra finalidad "que limitar el derecho a la protesta" con iniciativas "hechas a medida de las acciones de protesta social que se vienen desarrollando en los últimos tiempos".

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1101 en: 11 de Julio de 2014, 18:34:55 pm »
Con esta ley vamos a dejar venezuelas limpias como la patena

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1102 en: 11 de Julio de 2014, 19:13:47 pm »
La Unión Progresista de Fiscales rechaza el carácter "represivo" de la ley   

EFE 11/07/2014    


El portavoz de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), Álvaro García Ortiz, ha rechazado "el marcado carácter represivo" del proyecto de ley de Seguridad Ciudadana aprobado hoy por el Gobierno.

En declaraciones a Efe, García Ortiz ha considerado "insuficientes" los cambios incluidos en la propuesta del Ejecutivo para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, unidos a la modificación del Código Penal y la Ley de Seguridad Privada.

En la nueva ley, hay "una confusión entre seguridad ciudadana y orden público", así como "una tendencia policial muy acentuada", en lugar de una "visión garantista de los derechos fundamentales de los ciudadanos", ha estimado el representante de la UPF.

García Ortiz ha explicado que la evaluación de determinadas actuaciones policiales, como por ejemplo un caso de insultos a un policía, dejará de ser investigado o sancionado en el ámbito penal y pasará a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ha subrayado que, en el ámbito de lo contencioso-administrativo, el ciudadano tendrá que pagar tasas judiciales, además de abogado y procurador, y perderá garantías, puesto que habrá una presunción de veracidad de los actos del funcionario público, que no existe en el caso de un juez de instrucción.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1103 en: 12 de Julio de 2014, 07:36:30 am »

¿Una 'ley mordaza'? Los puntos negros del proyecto de Seguridad Ciudadana que oculta Interior


El aumento del plazo en la reincidencia de las faltas o el incremento del tiempo de prescripción son algunos ejemplos del endurecimiento de la vigente 'ley Corcuera'. La indefinición de conceptos y el desvío al Gobierno de competencias propias de la Justicia son otras carencias del controvertido texto normativo.



El proyecto de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana aprobado este viernes por el Consejo de Ministros ha sido suavizado con respecto al borrador inicial que vio la luz el pasado noviembre. Después de incorporar las aportaciones realizadas por órganos consultivos constitucionales y organizaciones no gubernamentales, entre ellas Amnistía Internacional, Greenpeace e Intermón Oxfam, el Ministerio del Interior ha elevado a las Cortes un texto edulcorado con respecto al de hace siete meses.

Sin embargo, el departamento de Jorge Fernández Díaz sólo ha agregado un número reducido del conjunto de sugerencias realizadas por los colectivos más críticos con la norma. La letra pequeña del proyecto de ley esconde todavía puntos negros que suponen un endurecimiento de la vigente Ley Corcuera de 1992, la cual quedará derogada. Un informe que circula entre movimientos sociales vinculados al 15-M desmonta el articulado aprobado y, por tanto, la tesis del ministro del Interior, para quien la "nueva ley no trata de sancionar más sino de sancionar mejor".

Ese dossier, consultado por Vozpópuli, hace alusión, por ejemplo, a la novedosa "graduación de la sanción", que divide las multas correspondientes a las infracciones (muy graves, graves y leves) en tres tramos (mínimo, medio y máximo), algo concebido en teoría para aplicar con mayores garantías los principios de proporcionalidad y seguridad jurídica. En este contexto, el estudio que manejan los activistas señala cómo entre las circunstancias que agravan las sanciones --hasta el grado medio-- se introduce el concepto de "reincidencia". Según el informe crítico, el Gobierno Rajoy ha ampliado el plazo de reincidencia, pasando de un año, como contempla la ley vigente, a 24 meses. De este modo, la falta leve cometida por quien, por ejemplo, provoque "alternaciones menores" en una manifestación seguirá pesando sobre sus espaldas un año más, con la posibilidad de ser utilizada en su contra (para agravamiento de la sanción) si vuelve a cometer una infracción similar.

    La falta leve de quien provoque "alternaciones menores" en una manifestación seguirá pesando sobre sus espaldas un año más

Asimismo, el documento contra la conocida como ley mordaza repara en que los criterios para la graduación de la sanción "está plagados de conceptos jurídicos indeterminados". Cuestiona así que la norma de Interior, a la hora de graduar la sanción, se fije en "la entidad del riesgo producido para la seguridad ciudadana o para la salud pública". "¿Qué se entiende por riesgo producido? ¿Cuál es el grado de riesgo que se necesitará para considerar que la sanción se incrementa o se reduce?", denuncia el texto de los indignados.

El proyecto de ley contiene otras muchas indefiniciones y vaguedades. Entre ellas, el informe crítico también hace alusión al caso de los "fines coercitivos" en una manifestación o a los "elementos susceptibles de ser utilizados para la comisión de un delito o alterar la seguridad ciudadana". Además, habla de los meros "indicios razonables" y las ambiguas "comprobaciones".

De igual modo, Interior ha ido allá que la ley Corcuera a la hora de regular la prescripción tanto de infracciones como de sanciones. Sobre ambas, el proyecto de ley establece tres años para infracciones muy graves, dos para graves y uno para leves. Sin embargo, la normativa de 1992 todavía vigente, por ejemplo, en el caso de la prescripción de las infracciones prevé dos años para las muy graves, uno para las graves y tres meses para las leves. "Al incrementar este plazo, la Administración tiene más tiempo para iniciar el expediente sancionador y perseguir la supuesta infracción cometida", señala el informe contrario consultado por este diario.

Extralimitación de funciones

Respecto al desvío hacia el Gobierno de competencias propias de la Justicia, dicho estudio alude, entre otras cuestiones, a la validación de diligencias de registro e identificación practicadas por agentes policiales. La nueva ley pretende que los resultados de estas diligencias administrativas se extiendan en un acto que gozará de presunción de veracidad. Sin embargo, parece no reparar en que si hay delito esas actuaciones policiales entrarían a formar parte de un procedimiento penal, y en el ámbito penal, no existe la presunción de veracidad de esos agentes. Se trata de un claro ejemplo de cómo el Ministerio de Interior quiere apropiarse de facultades que corresponden al poder judicial.

Otra novedad en la que denominan ley mordaza es que los agentes, antes de adoptar las medidas precisas para la disolución de reuniones y manifestaciones, deberán avisar a las personas afectadas. Sin embargo, el dossier que manejan los activistas indica que "este deber impuesto a los agentes desaparece en la práctica cuando se incluye que el aviso se podrá hacer de manera verbal (sin ningún control de su cumplimiento, pues basta con que los agentes manifiesten lo que han hecho para darle veracidad) si la urgencia lo hiciera imprescindible". No hay mención a la necesidad de entregar una resolución motivada como forma de aviso.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1104 en: 12 de Julio de 2014, 16:55:46 pm »

Los policías locales creen que ley de seguridad ciudadana facilita su trabajo

12/jul/14 13:01

Madrid, EFE El presidente del Sindicato Profesional de Policía Local y Bomberos (Spplb), Manuel Sánchez Domingo, ha calificado de positivo el proyecto de ley de seguridad ciudadana, ya que regula multitud de situaciones con las que los agentes se encuentran cada día en las calles y facilita así su trabajo.

Sánchez ha explicado hoy que el proyecto aprobado ayer en Consejo de Ministros mejora las condiciones laborales de los policías en las calles porque establece el marco en que se tienen que mover para diferentes situaciones como la identificación en comisaría, la exhibición del DNI, los cacheos o la prostitución.

El presidente del sindicato, que está presente en las provincias de Albacete, Alicante, Asturias, Castellón, Granada, Murcia, Sevilla y Valencia, ha opinado que la nueva regulación permite hacer su trabajo "de manera más eficiente y con más seguridad".

Se ha felicitado de que la ley establezca un límite de seis horas para que alguien sea identificado en comisaría. "Ahora sabemos que tenemos un límite, todo lo que está escrito es una garantía para el funcionario y para el ciudadano, porque si no nos tenemos que basar en jurisprudencia", ha indicado.

Otro ejemplo de mejora es que con la antigua ley el ciudadano debía exhibir el DNI pero el policía no lo podía coger, cosa que ahora sí podrá hacer, con lo que el agente será capaz de comprobar si es un documento auténtico.

La regulación de los registros corporales o cacheos, una práctica habitual de los policías municipales, es otra de las mejoras, ya que, según Sánchez, ahora los policías sabrán cómo y dónde hacerlos.

Sánchez también se ha felicitado porque el proyecto, que aún tiene que pasar el trámite parlamentario, establece la manera de actuar de los agentes de cara a la prostitución, con las sanciones al cliente y la comunicación a la mujer de que no puede permanecer en un espacio público so pena de un delito de desobediencia.

Cómo sancionar el uso de punteros láser y a la gente que escala edificios, las vallas de seguridad, así como las imágenes en las redes sociales, son otros de los aspectos que regula el proyecto y que, en opinión de Sánchez, necesitaban de una concreción legislativa.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1105 en: 12 de Julio de 2014, 16:59:29 pm »
Otro ejemplo de mejora es que con la antigua ley el ciudadano debía exhibir el DNI pero el policía no lo podía coger, cosa que ahora sí podrá hacer, con lo que el agente será capaz de comprobar si es un documento auténtico.

Esto lo dice el periodista o el representante sindical?

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1106 en: 12 de Julio de 2014, 17:45:25 pm »
Yo hasta que no lo lea ya aprobado..... me da la impresión de que va a subir la estadística de solicitud de 'corpus cristi'.


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1107 en: 13 de Julio de 2014, 14:03:26 pm »
En varios temas he dejado algunos datos sobre las modificaciones a la ley, Botellon (CNP y GC puedeN denunciar), Juegos de balón y perros sueltos (CNP y GC pueden denunciar)...entregar DNI, denunciable para el que se resista a entregarlo...cliente de las prostitutas, USO de imágenes y USO de placa, uniforme o insignia....

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1108 en: 14 de Julio de 2014, 00:47:17 am »
En varios temas he dejado algunos datos sobre las modificaciones a la ley, Botellon (CNP y GC puedeN denunciar), Juegos de balón y perros sueltos (CNP y GC pueden denunciar)...entregar DNI, denunciable para el que se resista a entregarlo...cliente de las prostitutas, USO de imágenes y USO de placa, uniforme o insignia....
pero lo de la patada en la puerta que no era represivo por ser de izquierdas la ley no lo contempla esta nueva ley?

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1109 en: 14 de Julio de 2014, 15:53:44 pm »

AMNISTÍA PIDE MÁS CONTROL SOBRE LAS ACTUACIONES POLICIALES EN LA “INNECESARIA” LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA

 
Hace 2 horas  - SAN LORENZO DE EL ESCORIAL (MADRID)
 

El director de la Sección Española de Amnistía Internacional (AI), Esteban Beltrán, afirmó hoy, antes de intervenir en los Cursos de Verano de la Universidad Complutense de Madrid en San Lorenzo de El Escorial, que la Ley de Seguridad Ciudadana es “innecesaria”. Pero “ya que existe”, continuó, debe garantizar un mayor control de la actuación policial y no impedir que se obtenga material gráfico de posibles violaciones de derechos humanos.

Beltrán afirmó que las manifestaciones violentas suponen tan solo un 0,09% de las que se celebran, una cifra que no justifica la aprobación de una Ley de Seguridad Ciudadana como la que ha preparado el Gobierno.

“Sin embargo, habiendo esta ley hay puntos positivos, como el refuerzo al derecho de manifestación o la declaración de que la disolución será el último recurso a la hora de controlar una protesta”, concedió Beltrán.

La otra cara, la negativa, la representa, según el responsable de Amnistía Internacional en España, la falta de métodos para controlar la intervención policial en las manifestaciones, “algo que sí se hace en países como Reino Unido”.
Esteban Beltrán también aseguró que desde Amnistía no entienden la negativa a que se puedan tomar imágenes de los agentes, pues “un policía en el ejercicio de sus funciones debería estar bajo el escrutinio público”. Además, cree que esta medida podría evitar que se capten imágenes de vulneraciones de los derechos humanos.

Tras indicar que entiende que la ley proteja la intimidad de los agentes de seguridad, aseguró no comprender qué quiere decir el texto legal al indicar que no se podrá tomar material gráfico de las fuerzas del orden cuando “ponga en peligro” el objetivo del operativo. Por ello, instó a eliminar este punto e incluir nuevas medidas de control sobre la actividad policial.




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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1110 en: 15 de Julio de 2014, 13:05:27 pm »
Tan progresista como la medalla a la Virgen?


Fernández Díaz destaca que la futura ley de seguridad ciudadana es "francamente progresista"

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha destacado este lunes que el proyecto de ley de seguridad ciudadana es "francamente progresista" porque garantiza más y mejor la seguridad de la ciudadanía y los derechos y libertades. El PSOE dice que Ley de Seguridad Ciudadana vuelve al viejo orden público franquista

En declaraciones a los periodistas tras presidir la presentación de los nuevos 104 policías nacionales destinados a Catalunya, el ministro ha vaticinado que tendrá una buena acogida de la sociedad española cuando se conozca de verdad y no solo "las caricaturas" que se han hecho de su contenido.

El ministro ha admitido que las críticas al proyecto "forman parte de la normalidad democrática porque la española es una sociedad plural".

Ha valorado que el proyecto de ley ha pasado por la Agencia española de protección de datos, el Consejo Fiscal, el Consejo General del Poder Judicial y el dictamen del Consejo de Estado, por lo que se adecua a la Constitución.

"Estamos absolutamente tranquilos, y también orgullosos, porque a partir de ahora con este proyecto lo que queremos, no es sancionar más, sino garantizar mejor la seguridad ciudadana desde el pleno respeto a los derecho fundamentales y libertades públicas", ha argumentado.

Ha indicado que la futura ley, aprobada el viernes en el Consejo de Ministros y que ahora se debatirá en el Congreso, supondrá "más seguridad jurídica para los policías que garantizan la seguridad ciudadana y para los propios ciudadanos".

"En la medida en que da más garantías jurídicas a todos, estoy convencido de que es un texto que garantizará más y mejor las libertades, los derechos y la seguridad", ha indicado.

Ha admitido que, "como toda obra humana, es mejorable, pero es un texto homologable a lo mejor que hay en el derecho comparado" respecto a la misión de los cuerpos policiales.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1111 en: 15 de Julio de 2014, 20:03:04 pm »
La relatividad de la progresión.... ley universal española.


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1112 en: 03 de Septiembre de 2014, 18:55:00 pm »
Fernández Díaz plantea añadir a la Ley de Seguridad Ciudadana la prohibición del burka en espacios públicos

El ministro ha argumentado que el proyecto de Ley aprobado por el Ejecutivo ya contempla sanciones a quienes acuden a manifestaciones con la cara tapada y ha calificado es “una oportunidad” debido a la tramitación de la Ley en el Congreso.

Nacional | 17:10

Aprovechando la tramitación de la Ley de Seguridad Ciudadana en el Congreso de los Diputados, el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, ha planteado la “oportunidad” de regular la prohibición del burka en espacios públicos.

El ministro, ha planteado que es “una oportunidad y “un buen momento” al tiempo que ha recordado que el proyecto de esa Ley aprobado por el Ejecutivo ya contempla sanciones a quienes acuden a manifestaciones con la cara tapada, según informa Europa Press.

"Tenemos en el Congreso el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana. Quizá sea un buen momento durante la tramitación de ese proyecto de Ley para que esta cuestión pueda tener un nivel de consenso", ha explicado el titular de Interior en rueda de prensa tras ser preguntado por algunas iniciativas a nivel municipal enfocadas a prohibir esa prenda en espacios públicos.


"Como opinión personal creo que es una prenda que atenta contra la dignidad de las mujeres, pero eso no sería competencia de Interior"

Fernández Díaz ha explicado que este asunto tiene dos dimensiones: "una es la de la seguridad y otra la de la dignidad de las mujeres". "Como opinión personal creo que es una prenda que atenta contra la dignidad de las mujeres, pero eso no sería competencia de Interior", ha matizado.

Identificaciones

No obstante, ha añadido que este debate sí afecta al Ministerio del Interior desde el punto de vista de la seguridad "en la medida que (el burka) dificulta la identificación de una persona que pudiera cometer un acto ilícito".

Ha recordado que ya en la Ley de Seguridad Ciudadana se contempla el hecho de que las personas que van embozadas a las manifestaciones sean sancionados administrativamente "en la medida que ese embozamiento impide su identificación". Ha insistido en que "no quiere decir que sea necesario" esta regulación para prohibir el burka, pero ha insistido en que "puede ser una oportunidad".

Fernández Díaz ha recordado que ya en Lleida hubo una iniciativa en este sentido, pero también ha añadido que en diversas ocasiones las autoridades judiciales las han cuestionado.


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1113 en: 04 de Septiembre de 2014, 01:40:46 am »
Otro ejemplo de mejora es que con la antigua ley el ciudadano debía exhibir el DNI pero el policía no lo podía coger, cosa que ahora sí podrá hacer, con lo que el agente será capaz de comprobar si es un documento auténtico.

Esto lo dice el periodista o el representante sindical?

Osea que si yo cogía el DNI, infringía que......................? _Fumón_2

Madre mía, los únicos que no cogen DNI´s son los jefes.

Que me quiten lo bailao

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1114 en: 04 de Septiembre de 2014, 06:34:44 am »
cada dia me doy mas cuenta de todo lo que he venido infringiendo.... :nen:

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1115 en: 04 de Septiembre de 2014, 10:18:06 am »
La verdad es que no se como no estoy en prision...

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1116 en: 04 de Septiembre de 2014, 19:27:31 pm »


ONG, jueces y policías, a favor de prohibir el burka


Varias de las principales ONGs, así como colectivos de jueces y policías se mostraron este jueves a favor de prohibir en España el uso del burka en espacios públicos. Por el contrario, Amnistía Internacional y la Junta Islámica se opusieron a esta medida, al considerar que es algo innecesario, ya que pocas mujeres lo llevan en territorio español. Defendieron la prohibición del burka Mujeres Juristas Themis, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Confederación Española de Policías (CEP), Movimiento contra la Intolerancia y Europa Laica. Los portavoces de estas asociaciones se pronunciaron sobre este asunto tras la sugerencia que el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, lanzó este miércoles en relación con la posible regulación del uso del burka en espacios públicos, algo que se haría con el propósito de garantizar la seguridad ciudadana.

A este respecto, la mayoría de los colectivos de juristas, policías y ONGs consultados mostraron su disposición a la prohibición del uso de esta prenda "porque es algo discriminatorio", pero puntualizaron que "nunca se debería hacer por motivos de seguridad ciudadana, puesto que el problema no es ese".

En ese sentido, se manifestó, en declaraciones a Servimedia, Ángeles Jaime de Pablo, vicepresidenta de la Asociación de Mujeres  Juristas Themis, quien indicó que "la discriminación de las mujeres es una forma de no respetarse los derechos humanos", y opinó que el burka es algo "incapacitante" para las mujeres que lo portan". Eso sí, aclaró que la regulación del burka es un tema "muy delicado" y que se debe abordar con cuidado, "porque afecta a la identidad de las musulmanas que usan la prenda".

Estas asociaciones aconsejaron al Gobierno que en caso de abordar el desarrollo de la prohibición, tengan cuidado de no caer en la tentación de legislar de tal modo que se desate la "islamofobia" entre las comunidades afectadas.

En esa línea se manifestó, Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, quien se mostró a favor de regular el uso del burka en la Ley de Seguridad Ciudadana pero aconsejó que el desarrollo de la posible norma se haga evitando la islamofobia, porque "es una decisión que no tiene que interpretarse como un conflicto de la libertad religiosa porque no tiene nada que ver".

Del mismo modo, Francisco Delgado, presidente de Europa Laica, explicó que es necesario la existencia de límites y barreras en los espacios públicos a la hora de utilizar el burka porque hay ámbitos, como el educativo o el sanitario, por ejemplo, donde es necesario "el uso de una cara para poder trabajar".

Por su parte, el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, Pablo Llanera, aseguró que una iniciativa parlamentaria en España para la regulación del uso del burka sería "razonable" y "conforme con una sociedad democrática". A su juicio, "la seguridad y el respeto a los derechos humanos son dos aspectos básicos para abordar la tramitación parlamentaria en España de una ley sobre el empleo de esta prenda".

Algunos de los portavoces de estas asociaciones plantearon que el uso del burka
"puede llegar a dificultar la labor policial a la hora de garantizar la seguridad en las manifestaciones".

Es el caso del portavoz de la CEP, Antonio Labrado, quien garantizó que "el burka lo que imposibilita es identificar claramente a una persona", cuando así se requiere por "seguridad", al tiempo que subrayó que la Policía "no tiene la capacidad de vislumbrar si detrás del burka , o de una persona embozada o con careta, hay un terrorista o una persona con unas creencias religiosas".

Sin embargo, algunos colectivos insistieron en que la prohibición por parte del Ejecutivo de esta prenda supondría una "coacción" por parte del Estado. Así se pronunció María Serrano, portavoz de Política Interior de Amnistía Internacional en España, asegurando que "es una medida innecesaria y desproporcionada porque afectaría a todas las mujeres que llevan el velo integral, independientemente de si éstas deciden llevarlo libremente o si se ven coaccionadas a llevarlo. Para nosotros, el punto de coacción es fundamental: cuando el Estado se mete en decidir cómo se visten o deben dejar de vestirse las mujeres".

Por último, Isabel Romero, presidenta de la Junta Islámica, afirmó que el Gobierno "debería preocuparse más de garantizar la conciliación familiar y menos de regular el uso del burka". En ese sentido, Romero sostuvo que no existe en la actualidad un problema social que obligue a que el Ejecutivo se plantee impulsar una regulación de este tipo, "ni por volumen de mujeres que lo usan, ni por su dignidad, ni por seguridad ciudadana". Remarcó que "existen cauces legales para que puedan defenderse y denunciar que se está vulnerando su libertad y sus derechos como persona".

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1117 en: 04 de Septiembre de 2014, 19:36:40 pm »
Pero se incluirá el burka específicamente en la norma o simplemente el ir por la calle con el rostro cubierto...por que ya estoy viendo al señor Ministro decomisando bufandas y verdugos...en su defecto, los fieles cumplidores de la norma.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1118 en: 09 de Octubre de 2014, 13:15:55 pm »

La calle da un respiro a Rajoy


El número de manifestaciones violentas se reduce a la mitad en lo que va de año respecto al mismo periodo de 2013. Los expertos prevén que 2014 concluya en los mismos parámetros.

 Seguridad y Tribunales | 09/10/2014 - 8:24

La calle está dando un respiro al Gobierno. La conflictividad social que caracterizó a 2012 y 2013 no se repetirá durante el presente año, que está siendo notablemente más calmado en términos de protestas callejeras que sus predecesores. Así lo atestiguan los datos oficiales.

El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, aseguró ayer durante su comparecencia en el Congreso de los Diputados para dar cuenta de los presupuestos de su departamento que las manifestaciones violentas han disminuido considerablemente en lo que va de 2014 respecto al mismo periodo del año anterior.

En concreto, Cosidó aseguró que el número de concentraciones agitadas se ha reducido hasta la mitad en los ocho primeros meses del presente ejercicio. Según el máximo responsable del cuerpo, en la demarcación que es responsabilidad de la Policía –grandes ciudades principalmente, que es donde tienen lugar la inmensa mayoría de las protestas–, el Ministerio contabilizó 82 marchas entre enero y agosto, por las 196 computadas en los mismos meses de 2013.

La brusca caída prevé que los resultados estadísticos a finales de año sean del mismo orden en conceptos similares en todo el territorio nacional, extremo que no puede sino tranquilizar al Gobierno, que vio cómo 2014 comenzaba con fuerza con fenómenos insólitos hasta el momento, como los altercados que se produjeron el pasado 22 de marzo en Madrid tras las protestas de las denominadas Marchas por la Dignidad.

Batallas campales

Aquellas batallas campales entre policías y radicales acabaron con 67 funcionarios heridos, algunos de gran consideración, y marcaron un antes y un después en las protestas callejeras, que posiblemente no empezaron a ser tan bien vistas por la opinión pública.

La proclamación de Felipe VI como nuevo rey de España tampoco aventuraba un panorama tranquilizador. Los acontecimientos del 22 de marzo hacían ver con inquietud la celebración de un acontecimiento clave para la estabilidad del país, que se producía además en un momento incómodo todavía, pues aún estaba en el imaginario popular la imagen del rey con los elefantes y los indicadores económicos –aunque mejores– aún no resultaban tranquilizadores.

Los actos, sin embargo, fueron superados con éxito por el Gobierno y la Monarquía, como de hecho ahora revelan los datos aportados por Cosidó, que contrastan claramente con los números arrojados por las estadísticas en años anteriores. No en vano 2012 recibió al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, con la mayor cifra de manifestaciones convocada en España hasta el momento, con más de 36.000 marchas celebradas por todo el territorio nacional.

El año siguiente no fue menos convulso y en ciudades como Madrid se volvió a superar el número de concentraciones que ya en 2012 había registrado un récord. Por primera vez, los ciudadanos convocaron más de 4.350 manifestaciones por las calles de la capital de España, casi mil más que en 2012, cuando la Delegación del Gobierno contabilizó 3.419 marchas, cifra que a su vez suponía prácticamente el doble que las concentraciones registradas en 2011 (1.936), año del relevo en la Moncloa.

Los datos muestran, por lo tanto, un cambio de tendencia, que deberá confirmarse cuando el Ministerio del Interior presente la estadística oficial a principios de 2015. Fuentes policiales consultadas vaticinan que el panorama no variará sustancialmente en los próximos meses, pues no tienen constancia de amenazas concretas más allá de las sopresas que pueda deparar la actualidad (como las consecuencias que pueda haber con el asunto del ébola), que siempre son impredecibles.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1119 en: 15 de Octubre de 2014, 17:59:08 pm »
AMNISTÍA, SOBRE LA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA: “AMPLÍA LOS PODERES POLICIALES EN LUGAR DE PROTEGER LA PROTESTA”
 
Hace 1 horas  - www.teinteresa.es, MADRID

   
- El Pleno del Congreso inicia mañana el debate parlamentario de este proyecto de ley. Amnistía Internacional (AI) afirmó este miércoles que el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, que inicia mañana, jueves, su andadura parlamentaria, “amplía los poderes policiales en lugar de proteger la protesta” y que algunas de las infracciones del texto podrían amenazar el ejercicio de derechos como la libertad de reunión pacífica, de expresión y de información.

El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana el pasado 11 de julio, que AI considera “un paso en la dirección equivocada y se aleja de los estándares internacionales”, pese a que el texto final incluye algunas de las recomendaciones que Amnistía Internacional realizó al Ministerio del Interior, como incluir de manera expresa el principio de no discriminación en las identificaciones por parte de la policía o que la disolución de la reunión sea la última medida a tomar en las manifestaciones pacíficas.

Amnistía Internacional ha hecho llegar a todos los grupos parlamentarios sus preocupaciones antes de que el Pleno del congreso inicie este jueves el debate a la totalidad del proyecto de ley, como “la ampliación de los poderes a las fuerzas y cuerpos de seguridad, que podría llevar a la arbitrariedad en la aplicación de la ley, así como la tipificación y sanción de nuevas formas de protesta, que podrían afectar al ejercicio de derechos como la libertad de reunión pacífica, expresión e información”.

“El proyecto ha mejorado respecto a su versión inicial, pero, de aprobarse tal y como está, podría suponer una restricción innecesaria e injustificada de la protesta contraria al derecho internacional”, declaró Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España.
En ese sentido, la organización pidió que se corrija la discrecionalidad que otorga el proyecto de ley a las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como que se establezcan mecanismos de control y supervisión de la actividad policial para garantizar que los abusos de las fuerzas y cuerpos de seguridad no queden impunes.

MÁS INFRACCIONES, MENOS GARANTÍAS

Por otro lado, Amnistía Internacional señaló que, en comparación con la ley vigente, el texto amplía el número de infracciones de 27 a 47, que el Gobierno ha justificado bajo el argumento de que algunas faltas se han eliminado del Código Penal.

Sin embargo, AI apuntó que sólo 9 infracciones del texto proceden del Código Penal y pasan al ámbito administrativo sancionador, mientras que 21 son de nueva creación.
Además, indicó que el traslado al ámbito administrativo de algunas de las faltas se produce además en un contexto en el que los tribunales han archivado o fallado en favor de manifestantes. Así, los tribunales han reconocido, por ejemplo, que los “escraches” son ejercicios legítimos del derecho a la libertad de expresión; han desestimado cargos contra los organizadores de la manifestación “Rodea el Congreso” celebrada el 25 de septiembre de 2012, al constatar que el "delito contra las altas instituciones del Estado" aducido por el Ministerio del Interior no era tal, o han reafirmado que está permitido grabar a las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones.

LIMITAR LA PROTESTA

Amnistía recalcó que el proyecto de ley sanciona las manifestaciones ante el Congreso, el Senado y los parlamentos de las comunidades autónomas cuando no se ha cumplido con los requisitos de la Ley Orgánica de Libertad de Reunión, que establece obligaciones para los organizadores relativas a la notificación de la reunión.

Amnistía Internacional expresó su preocupación ante el hecho de que en España no se contemple la posibilidad de la celebración de manifestaciones o reuniones espontáneas, especialmente en los casos en que son respuesta a un evento desencadenante y donde el organizador (en el caso que lo hubiese) no tuviera posibilidad de notificar con antelación.
“Todo esto podría provocar el efecto de limitar la protesta social, así como de castigar la disconformidad, tal y como han denunciado movimientos sociales, organizaciones de derechos humanos, expertos y organismos internacionales”, aseguró Virginia Álvarez, responsable de Política Interior de AI España.

GRABAR IMÁGENES

Otra de las preocupaciones de Amnistía Internacional es la limitación de la grabación y difusión de imágenes de las fuerzas de seguridad cuando puedan poner en peligro operaciones policiales o la integridad de los agentes.

En ese sentido, la organización insiste en que, tal y como han recordado a España diversos organismos internacionales, el ejercicio del derecho de información corresponde a cualquier ciudadano, independientemente de si ejerce o no la profesión de periodista. “El relator de Naciones Unidas sobre libertad de opinión y expresión ha recordado el ejercicio tan valioso que llevan a cabo miles de personas que documentan las violaciones de derechos humanos”, apostilló Álvarez.

Por otro lado, Amnistía Internacional recordó que, según el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, las autoridades españolas se comprometieron a no introducir restricciones a la difusión de imágenes o datos sobre los miembros o fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones en los casos en los que dichas imágenes o datos pudieran suponer una amenaza para su vida o para la operación que lleven a cabo. El Comisario afirmó que tales restricciones “socavarían enormemente el derecho a la libertad de expresión en el país”.

AI recalcó que la libertad de expresión también podría verse amenazada con algunos artículos del proyecto de ley, como el que castiga como infracción leve las injurias o faltas de respeto dirigidas contra las Fuerzas de Seguridad en una concentración o reunión en el ejercicio de sus funciones. “Esta disposición, expresada en términos vagos e imprecisos, podría limitar de manera injustificada el derecho a la libertad de expresión y se correría el riesgo de sancionar cualquier crítica que se considere ofensiva”, concluyó.

Amnistía ha hecho llegar algunas recomendaciones a los grupos parlamentarios, como la eliminación de los artículos que limitan el derecho de reunión pacífica espontánea cuando no es posible la notificación al ser respuestas inmediatas a sucesos no previstos ante el Congreso, el Senado y los parlamentos autonómicos; la eliminación de la infracción que hace referencia a la grabación de imágenes y la que castiga como infracción leve las injurias o faltas de respeto dirigidas contra las Fuerzas de Seguridad en una concentración o reunión en el ejercicio de sus funciones, e introducir mecanismos independientes que aseguren que las violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas de Seguridad sean investigadas de manera imparcial y exhaustiva.