Autor Tema: La ley 4/2015 y su aplicación  (Leído 305822 veces)

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1200 en: 13 de Diciembre de 2014, 14:07:57 pm »
http://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/Documents/Proyecto_LOPSC_11-07-14.pdf  También se aplica la responsabilidad solidaria a los padres de los menores de 14 años. Verá la gracia que les va a hacer a los padres del susodicho, que muchos de ellos saben a lo que se dedican sus hijos y lo toleran, tener que pagar los destrozos que hacia su hijo menor de 14 añitos sabiendo que no les podían hacer nada.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1201 en: 13 de Diciembre de 2014, 14:10:10 pm »
Es una ley, administrativa, que carece de sentido, dado que las conductas violentas en las que se fundamentó la traspasan por ser conductas penales.

Es una ley muy normal, podremos debatir  puntos concretos y cada cual  tendrá su opinion, sus reticencias y su oposicion frontal va motivada mas por ideologia que por otra cosa,  los policias debemos alegrarnos de cualquier herramienta que nos ayude contra los bárbaros  y para mantener el orden , mas en este país que la gente como diversion ataca a la policía,  pero  este foro como todo en este puñetero pais esta politizado, y muchos opinais desde  la ideologia  y no desde ideas profesionales,  una pena...

Para los bárbaros está el código penal...y para mantener el orden no se necesita esta ley administrativa.
Esperate que pasen unos años y llegue al Gobierno el de la coleta y sus camaradas, si has visto las últimas entrevistas estaras conmigo que no se puede ser mas dictatorial y prepotente, la ley de vagos y maleantes de los republicanos de izquierdas no se te olvide, se va a quedar corta

Que vienen los rojos.
Es una ley, administrativa, que carece de sentido, dado que las conductas violentas en las que se fundamentó la traspasan por ser conductas penales.

Es una ley muy normal, podremos debatir  puntos concretos y cada cual  tendrá su opinion, sus reticencias y su oposicion frontal va motivada mas por ideologia que por otra cosa,  los policias debemos alegrarnos de cualquier herramienta que nos ayude contra los bárbaros  y para mantener el orden , mas en este país que la gente como diversion ataca a la policía,  pero  este foro como todo en este puñetero pais esta politizado, y muchos opinais desde  la ideologia  y no desde ideas profesionales,  una pena...

Para los bárbaros está el código penal...y para mantener el orden no se necesita esta ley administrativa.
Esperate que pasen unos años y llegue al Gobierno el de la coleta y sus camaradas, si has visto las últimas entrevistas estaras conmigo que no se puede ser mas dictatorial y prepotente, la ley de vagos y maleantes de los republicanos de izquierdas no se te olvide, se va a quedar corta

Que vienen los rojos.
se quien me dice pero no ha venido, QUE VIENEN LOS ROJOS, es como decir LA ABUELA FUMA
"Estoy a favor de que esas conductas las dirima un juez...con un código penal que las castigue y no que un funcionario administrativo sea el que las sancione" y que gane el que mejor mienta o tenga mejor abogado como recientemente un oficial que insulto,vejo y humillo a unos compañeros de uniforme en la calle arenal y en el juicio miente como un bellaco con chalet de sindicato en aravaca, ya le castigara el destino porque en ese caso ni administrativamente ya que se penso que era mejor judicialmente, otro caso es si fueran los de abajo los que hubieran faltado el respeto

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1202 en: 13 de Diciembre de 2014, 14:11:49 pm »
A qué gente?

A los que gritan y vociferan en una manifestación?

Pues si..gritar y vociferar es parte de cualquiera de ellas...dado que las procesiones del silencio lo son en semana santa.

Mañana, cuando tenga usted un problema con su administración, recuerde, manifiéstese en silencio, por la acera y sin ofender al santo.

No se preocupe que si el dia de mañana me manifesto, lo que si tendré claro es que llamar hijo de puta al agente de la UIP que tengo delante no me va a salir gratis.
Por cierto, gritar o vociferan no, dice claramente esto, o por lo menos lo que yo he leído eh:
-Las injurias o faltas de respeto y consideración que se realicen en una reunión o concentración CUYO DESTINATARIO SEA UN MIEMBRO DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD en el ejercicio de sus funciones, cuando estas conductas no sean constitutivas de delito.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1203 en: 13 de Diciembre de 2014, 14:16:31 pm »

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1204 en: 13 de Diciembre de 2014, 14:27:30 pm »
Les vuelvo a poner el enlace

http://www.juecesdemocracia.es/pdf/INFOLEYSEGcIUDADANA.pdf
¿En qué artículo viene lo de vociferar a miembros que no sean de las FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD?
Después de ver una parte de lo escrito por ese Magistrado y Profesor asociado, sigo pensando lo mismo, a la gente le duele más cuando le tocan el bolsillo, y como dije antes, el ejemplo lo tenemos con los.....papás que tienen que pagar las diversiones de sus hijos de la Kaleborroka.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1205 en: 13 de Diciembre de 2014, 14:33:41 pm »
Les vuelvo a poner el enlace

http://www.juecesdemocracia.es/pdf/INFOLEYSEGcIUDADANA.pdf
¿En qué artículo viene lo de vociferar a miembros que no sean de las FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD?
Después de ver una parte de lo escrito por ese Magistrado y Profesor asociado, sigo pensando lo mismo, a la gente le duele más cuando le tocan el bolsillo, y como dije antes, el ejemplo lo tenemos con los.....papás que tienen que pagar las diversiones de sus hijos de la Kaleborroka.

El tema del resarcimiento del daño por parte de los menores es uno de los pocos puntos de la ley en los que estoy de acuerdo...quien rompa que pague, pero no se puede articular una ley y basar su argumentación en unos hechos puntuales, cuando la realidad demuestra que los hechos violentos se producen en un porcentaje escaso de las miles de manifestaciones que se convocan anualmente en España.

El Juez que disecciona la ley reseña lo que pretende:

7.- Nuevo tipo.La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el
ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la
negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la
alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.
La destipificación de la falta del art.634 CP supone su castigo administrativo. En
realidad, el legislador pretende sustraer del control judicial penal este tipo de
infracciones, privilegiándolas con la presunción de veracidad de lo declarado por los
agentes
(art.52) lo cual pugna con el p. presunción de inocencia. Téngase en cuenta
que el art.634 imponía una pena de multa de 10 a 60 días (mínimo 20 a 4000 euros,
máximo 120 a 24.000 euros) y las infracciones muy graves se castigan con multas de
1001 a 30.000 euros. Por tanto, lo que se está haciendo es sustraer del control judicial penal lo que eran las faltas de desobediencia del art.634 CP para permitir a la
administración imponer sanciones pecuniarias superiores a las penas con presunción
de veracidad de lo declarado por los agentes y sujetas a un "soft control" de la
jurisdicción contenciosa, cuyo acceso exige el pago de tasa y su demora es de todos
conocida, lo que desincentiva el acceso a la misma y genera zonas de abuso e
impunidad
.

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1206 en: 13 de Diciembre de 2014, 14:38:00 pm »
<a href="http://youtube.com/v/XulbJ_fqgYY#t=35" target="_blank" rel="noopener noreferrer" class="bbc_link bbc_flash_disabled new_win">http://youtube.com/v/XulbJ_fqgYY#t=35</a>

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1207 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:04:36 pm »
Les vuelvo a poner el enlace

http://www.juecesdemocracia.es/pdf/INFOLEYSEGcIUDADANA.pdf
¿En qué artículo viene lo de vociferar a miembros que no sean de las FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD?
Después de ver una parte de lo escrito por ese Magistrado y Profesor asociado, sigo pensando lo mismo, a la gente le duele más cuando le tocan el bolsillo, y como dije antes, el ejemplo lo tenemos con los.....papás que tienen que pagar las diversiones de sus hijos de la Kaleborroka.

El tema del resarcimiento del daño por parte de los menores es uno de los pocos puntos de la ley en los que estoy de acuerdo...quien rompa que pague, pero no se puede articular una ley y basar su argumentación en unos hechos puntuales, cuando la realidad demuestra que los hechos violentos se producen en un porcentaje escaso de las miles de manifestaciones que se convocan anualmente en España.

El Juez que disecciona la ley reseña lo que pretende:

7.- Nuevo tipo.La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el
ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la
negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la
alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.
La destipificación de la falta del art.634 CP supone su castigo administrativo. En
realidad, el legislador pretende sustraer del control judicial penal este tipo de
infracciones, privilegiándolas con la presunción de veracidad de lo declarado por los
agentes
(art.52) lo cual pugna con el p. presunción de inocencia. Téngase en cuenta
que el art.634 imponía una pena de multa de 10 a 60 días (mínimo 20 a 4000 euros,
máximo 120 a 24.000 euros) y las infracciones muy graves se castigan con multas de
1001 a 30.000 euros. Por tanto, lo que se está haciendo es sustraer del control judicial penal lo que eran las faltas de desobediencia del art.634 CP para permitir a la
administración imponer sanciones pecuniarias superiores a las penas con presunción
de veracidad de lo declarado por los agentes y sujetas a un "soft control" de la
jurisdicción contenciosa, cuyo acceso exige el pago de tasa y su demora es de todos
conocida, lo que desincentiva el acceso a la misma y genera zonas de abuso e
impunidad
.


Por mucho que diga ese Juez...sigo pensando lo mismo. Es más, viendo la forma de actuar de muchos Jueces...cada vez estoy más de acuerdo con la modificación de dicha ley. http://www.publico.es/politica/455112/el-escrache-a-saenz-de-santamaria-no-fue-delito-sino-libertad-de-expresion-segun-el-juez
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1208 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:21:25 pm »
Las leyes están para modificarlas, y lo que está claro es que las manifestaciones en las que participan estas personas violentas se están yendo de madre, soy partidario de endurecer tanto la Ley de Seguridad Ciudadana como el Código Penal. Porque viendo como actúan muchos Jueces... me gustaría saber que es lo que ha pasado con los 24 detenidos (3 de ellos menores de edad) en esta "MACROFIESTA" http://www.lavanguardia.com/vida/20140322/54404340467/disturbios-marcha-dignidad-madrid-detenidos.html
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1209 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:22:40 pm »
Las leyes están para modificarlas, y lo que está claro es que las manifestaciones en las que participan estas personas violentas se están yendo de madre, soy partidario de endurecer tanto la Ley de Seguridad Ciudadana como el Código Penal. Porque viendo como actúan muchos Jueces... me gustaría saber que es lo que ha pasado con los 24 detenidos (3 de ellos menores de edad) en esta "MACROFIESTA" http://www.lavanguardia.com/vida/20140322/54404340467/disturbios-marcha-dignidad-madrid-detenidos.html

Le parecen violentos los de estas fotos?

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1210 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:26:18 pm »
Las leyes están para modificarlas, y lo que está claro es que las manifestaciones en las que participan estas personas violentas se están yendo de madre, soy partidario de endurecer tanto la Ley de Seguridad Ciudadana como el Código Penal. Porque viendo como actúan muchos Jueces... me gustaría saber que es lo que ha pasado con los 24 detenidos (3 de ellos menores de edad) en esta "MACROFIESTA" http://www.lavanguardia.com/vida/20140322/54404340467/disturbios-marcha-dignidad-madrid-detenidos.html

Le parecen violentos los de estas fotos?


Eso es una foto, me parecen violentos los del video que le he puesto yo. ¿O a usted no?
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1211 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:29:49 pm »
Esos de las fotos participaban en una manifestación y fueron "disueltos" a palos, no tiraron piedras, ni quemaron contenedores...si es cierto que algún insulto "humano" se les escapó ante la actuación...pero eso es parte de cualquier manifestación, que ahora se pretende corregir con una ley que hurta al juez la posibilidad de valorar...como en esa ocasión y fotos...de PMM que protestaban ante el Consistorio.


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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1212 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:33:49 pm »
Esos de las fotos participaban en una manifestación y fueron "disueltos" a palos.



Le repito, siguen siendo fotos, ¿sabe usted lo que hubo antes? usted supongo que sabrá que es muy fácil darle la vuelta a una noticia, claro está, si ha estado mucho en la calle, si ha estado en los despachos....ahí poco se ve. La policía no es que esté muy bien vista por la prensa que digamos, o especifico, por cierta prensa.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1213 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:37:33 pm »
Esos de las fotos participaban en una manifestación y fueron "disueltos" a palos, no tiraron piedras, ni quemaron contenedores...si es cierto que algún insulto "humano" se les escapó ante la actuación...pero eso es parte de cualquier manifestación, que ahora se pretende corregir con una ley que hurta al juez la posibilidad de valorar...como en esa ocasión y fotos...de PMM que protestaban ante el Consistorio.



Digamos que usted por lo que interpreto en sus mensajes está  del lado de los protestantes y los que alteran el orden público antes que de los compañeros que están ahí para impedirlo. Creo que me queda clara su postura. Está claro que no nos vamos a poner de acuerdo ni en este tema, ni en muchos otros, pero es lo bueno que tiene la democracia, que sirve para intercambiar opiniones.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1214 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:42:12 pm »
Esos de las fotos participaban en una manifestación y fueron "disueltos" a palos, no tiraron piedras, ni quemaron contenedores...si es cierto que algún insulto "humano" se les escapó ante la actuación...pero eso es parte de cualquier manifestación, que ahora se pretende corregir con una ley que hurta al juez la posibilidad de valorar...como en esa ocasión y fotos...de PMM que protestaban ante el Consistorio.



Vaya, no leí bien y no vi lo de PMM. Repito, son fotos, me gustaría que me mostrara alguna video de lo sucedido. Lo que tengo claro es que se marca una linea en la que se prohibe la entrada, y ya pueden ser miembros de la PMM, de la GC, de bomberos, de médicos......que si se sobrepasa, alguien tiene que cortarlo, y cuando se quiere seguir SI ó SI....pues pueden pasar ese tipo de cosas.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1215 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:44:30 pm »
Esos de las fotos participaban en una manifestación y fueron "disueltos" a palos.



Le repito, siguen siendo fotos, ¿sabe usted lo que hubo antes? usted supongo que sabrá que es muy fácil darle la vuelta a una noticia, claro está, si ha estado mucho en la calle, si ha estado en los despachos....ahí poco se ve. La policía no es que esté muy bien vista por la prensa que digamos, o especifico, por cierta prensa.

El comportamiento humano varía según le toque, si le toca en el lado de los que reparten, repartirá a tutiplén, pero cuando esté al otro lado y el repartido sea él sus reacciones, humanas, serán idénticas a los que le toco reprimir el día anterior.

Todos esos de las fotos eran PMM que respondieron con voces, griteríos e insultos ante lo que consideraban un ataque injustificado por parte de la UIP, y a alguno todavía le escuecen aquellos estacazos, hoy, esos mismos PMM se pronuncian a favor de la nueva ley por que endurece...tontos, se endurece para todos, incluso para ellos, que volverían a ser "apalizados" y denunciados, ahora de forma más severa, por que el error que se comete, y es un error muy generalizado en el español, es que la ley ha de aplicarse a los demás, a mi no que soy garante, protector y defensor  de la misma, gente de orden en definitiva, craso error, por que delante se te pondrá alguno de los que hay en estos vídeos http://wiki.15m.cc/wiki/Lista_de_agresiones_policiales que entenderá que ni protector, ni garante, ni gente de orden, ni diálogo, ni pollas..que el orden lo establece él en ese momento y le respalda una ley que le ampara y le otorga la presunción de veracidad por encima del juez, y eso nos conduce a dar un paso atrás y situarnos aquí:




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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1216 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:49:48 pm »
Esos de las fotos participaban en una manifestación y fueron "disueltos" a palos.



Le repito, siguen siendo fotos, ¿sabe usted lo que hubo antes? usted supongo que sabrá que es muy fácil darle la vuelta a una noticia, claro está, si ha estado mucho en la calle, si ha estado en los despachos....ahí poco se ve. La policía no es que esté muy bien vista por la prensa que digamos, o especifico, por cierta prensa.

El comportamiento humano varía según le toque, si le toca en el lado de los que reparten, repartirá a tutiplén, pero cuando esté al otro lado y el repartido sea él sus reacciones, humanas, serán idénticas a los que le toco reprimir el día anterior.

Todos esos de las fotos eran PMM que respondieron con voces, griteríos e insultos ante lo que consideraban un ataque injustificado por parte de la UIP, y a alguno todavía le escuecen aquellos estacazos, hoy, esos mismos PMM se pronuncian a favor de la nueva ley por que endurece...tontos, se endurece para todos, incluso para ellos, que volverían a ser "apalizados" y denunciados, ahora de forma más severa, por que el error que se comete, y es un error muy generalizado en el español, es que la ley ha de aplicarse a los demás, a mi no que soy garante, protector y defensor  de la misma, gente de orden en definitiva, craso error, por que delante se te pondrá alguno de los que hay en estos vídeos http://wiki.15m.cc/wiki/Lista_de_agresiones_policiales que entenderá que ni protector, ni garante, ni gente de orden, ni diálogo, ni pollas..que el orden lo establece él en ese momento y le respalda una ley que le ampara y le otorga la presunción de veracidad por encima del juez, y eso nos conduce a dar un paso atrás y situarnos aquí:





Repito, me gustaría ver algún video de cómo se inició esa carga.
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1217 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:52:07 pm »
De la de la foto de la época de Franco no, ya que me imagino que se iniciarían de la misma forma que se hacen en Venezuela y se repelerían de la misma forma en la que ahora se está actuando allí y que el coletas Pablo Iglesias tanto defiende. Me gustaría ver un vídeo de cómo se inició la carga en la manifestación de los PMM
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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1218 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:53:40 pm »
La carga se inició por que una concentración de 2000 personas simplemente no se movían., y un delegado gubernamental dio la orden pertinente de desalojo.

http://elpais.com/diario/2002/02/22/madrid/1014380663_850215.html

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Re: La ley 4/2015 y su aplicación
« Respuesta #1219 en: 13 de Diciembre de 2014, 15:54:52 pm »
Yo cuando me levanto de la cama soy ciudadano, cuando realizo las tareas básicas de la vida cotidiana . . . soy ciudadano, cuándo voy a trabajar soy ciudadano y cuándo me pongo en uniforme soy un ciudadano que trabaja de policía . . . ahora, como ciudadano pregunto . . . que procedimiento ofrece más y mayores garantías . . . el penal o el administrativo? . . . pues eso . . . los yogures caducados de Cañete han hecho mucho daño al Consejo de Ministros, tanto que no paran de elaborar leyes con fecha de caducidad . . .

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