El Tribunal Europeo abre un galimatías jurídico complejo e incierto: el Supremo tiene una última baza
Puede presentar una cuestión prejudicial si un aspecto de la sentencia del TJUE no está claro o si dudan del futuro fallo del TC por la malversación
Publicado: 14/11/2025 ·04:45
Actualizado: 14/11/2025 · 08:59
El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE ha comenzado a despejar el futuro sobre la ley de amnistía en Europa. Dean Spielmann, ha concluido que la norma impulsada para investir a Pedro Sánchez como presidente del Gobierno no afecta a los intereses financieros comunitarios. Al igual que sostiene que exonerar a 12 CDR de delitos de terrorismo no es incompatible con el Derecho europeo. Ahora bien, ha advertido de que hay aspectos que pueden afectar a la tutela judicial efectiva al dar un plazo de dos meses para emitir una resolución de su aplicación.
Este pronunciamiento responde a dos cuestiones prejudiciales. El Tribunal de Cuentas decidió acudir a Europa al considerar que el desvío de dinero destinado a organizar el referéndum ilegal del 1-O pudo haber afectado a los intereses financieros comunitarios. Los magistrados decidieron paralizar la sentencia que iba a decidir el futuro de los expresidentes Carles Puigdemont, Artur Mas y una treintena de cargos de la Generalitat. Pero para el Abogado General, no se ha producido "un vínculo directo entre esos actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión".
La Audiencia Nacional también planteó sus dudas al entender que aplicar la amnistía en el caso de terrorismo atribuido a varios miembros de CDR en el marco del proceso independentista de Cataluña, iba en contra del Derecho de Unión y garantizaba la impunidad de los delitos.
En este sentido, el consejero jurídico detalla que la medida de gracia "cumple con los estándares jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: por un lado, parece haberse aprobado en un contexto real de reconciliación política y social y no constituye una autoamnistía; por otro lado, no incluye violaciones graves de derechos humanos, entre las que se cuentan, primeramente, las violaciones de los derechos a la vida y a la integridad física".
Fuentes jurídicas consultadas detallan que el informe "es flojo, de muy poca categoría" y que estas conclusiones se asemejan más a un análisis político que jurídico. Al igual que cuestionan el hecho de que no se haga referencia al "núcleo de la cuestión", que es "la compatibilidad con el Estado de Derecho. Al hilo, a otras voces les llama la atención que manifieste que no se contaminan las directivas pero sí momentos procesales.
Ahora bien, todavía queda mucho camino por recorrer. No está todo el pescado vendido, a pesar de que Spielmann haya despejado el camino a Carles Puigdemont. Las conclusiones del Abogado General no tienen carácter vinculante, aunque eso sí, en torno al 70% de los casos el Tribunal tiende a seguir sus recomendaciones en la sentencia definitiva, que llegará aproximadamente a principios de 2025.
En este momento se abre un posible escenario. Fuentes consultadas detallan que el Supremo tiene una última baza y es que puede presentar una nueva cuestión prejudicial. Un hecho que "solo se puede justificar si algún aspecto de lo que dice el TJUE no queda claro porque sus interpretaciones, es decir, sus sentencias, son vinculantes para todos los tribunales de Europa, incluso para los que no han planteado la cuestión".
Mientras tanto, en el TC faltan por resolver los recursos que afectan al Supremo
Mientras tanto, en el Constitucional todavía quedan pendientes de resolver los recursos de amparo presentados por los cabecillas del 'procés', que entienden que se han vulnerado sus derechos fundamentales.El Supremo, tras aprobarse la norma en 2024, llegó a la conclusión de que la malversación que habían cometido no era amnistiable porque existía un beneficio personal de carácter patrimonial.
En este bloque se encuentran los que ya han sido condenados, como Oriol Junqueras, Raüentel Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, y los que solo han sido procesados porque se encuentran huidos de la justicia, como es el caso de Puigdemont, Lluís Puig y Antoni Comín. En caso de que el TC falle en favor de los intereses de los independentistas, el Supremo, si tiene dudas sobre como aplicarlo, también podrá presentar su correspondiente cuestión prejudicial distinta a la que ya se ha planteado ante Europa. Y si no, Puigdemont podrá volver a España.
El pasado mes de junio, la Corte de Garantías decidió, tras analizar la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el PP, avalar la norma por seis votos a favor del ala progresista frente a cuatro en contra del bloque conservador. Posteriormente, se resolvió la cuestión de inconstitucionalidad planteada por Aragón, aplicando la doctrina fijada durante el verano, y se prevé que en las próximas semanas se continúen resolviendo las cuestiones presentadas por diversas comunidades autónomas en esta misma línea.