Autor Tema: Medidas restrictivas por contaminación  (Leído 31876 veces)

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #320 en: 07 de Diciembre de 2018, 18:17:12 pm »
La Comunidad desbloquea el nuevo protocolo anticontaminación de Carmena


Tras diez días suspenso, el plan podrá ser aprobado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid

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07/12/2018 16:35h

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Madrid suspende su protocolo anticontaminación por falta de documentación
Guía para entender el nuevo protocolo anticontaminación
La Comunidad de Madrid ha dado hoy el visto bueno al nuevo protocolo anticontaminación del gobierno de Manuela Carmena, que tuvo que ser anulado la semana pasada por un «error» del Ayuntamiento de la capital. El Consistorio tuvo que suspender el nuevo plan antipolución sólo dos meses después de aprobarlo tras un requerimiento realizado por el gobierno de Ángel Garrido en el que se señalaba que no se había remitido la información definitiva antes de su aprobación en Junta de Gobierno.


Una vez enviada la documentación solicitada por la Comunidad, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha confirmado que tanto el de la capital como el de Alcobendas, que también estaba suspendido, cuentan con su correspondiente informe, que incluye el asesoramiento técnico y las recomendaciones de la Comunidad de Madrid para su puesta en marcha.

En este sentido, el viceconsejero Pablo Altozano ha confirmado que «los protocolos de ambas ciudades están alineados con el Protocolo Marco de Actuación durante Episodios de Alta Contaminación en la Comunidad y podrán seguir su proceso para la aprobación en sus respectivos ayuntamientos».


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Durante esta semana, el Ayuntamiento ha tenido que aplicar su antiguo protocolo, firmado en 2016, durante tres días ante los picos de dióxido de nitrógeno. No obstante, será desactivado mañana. Hoy, todavía el límite de velocidad a 70 kilómetros por hora en la M-30 y los accesos. El nuevo plan para combatir la contaminación endurece las restricciones al tráfico, ya que las limitaciones se extiende

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #321 en: 09 de Diciembre de 2018, 09:13:59 am »
El Niño Jesús no está afectado por Madrid Central y se puede acceder a el desde Getafe sin necesidad de pasar por el centro y también sin tener que levantarse a las 5 de la madrugada.

https://www.youtube.com/watch?v=-9KM4xNoL_0

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #322 en: 09 de Diciembre de 2018, 18:02:04 pm »
Lo de Madrid central es una batalla política en donde se demuestra que para el PP y cs  los madrileños son solo unos peones.

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #323 en: 09 de Diciembre de 2018, 18:10:46 pm »
El Niño Jesús no está afectado por Madrid Central y se puede acceder a el desde Getafe sin necesidad de pasar por el centro y también sin tener que levantarse a las 5 de la madrugada.

https://www.youtube.com/watch?v=-9KM4xNoL_0
Lo de esta persona es demagogia barata....porque la seguridad social te pone una ambulancia.
Y pasemos a una segunda cuestión,porque mi hijo tiene que sufrir problemas de respiración porque esta persona quiera pasar por el centro de Madrid con su coche.

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #324 en: 11 de Diciembre de 2018, 08:08:26 am »

Este martes se activa el protocolo anticontaminación, con velocidad máxima a 70 por hora en la M-30
El Ayuntamiento vuelve a aprobar en Junta de Gobierno la medida tras subsanar errores

Gloria Rodríguez-Pina

 
Madrid 10 DIC 2018 - 21:23 CET   

Este martes se activa de nuevo el Protocolo Anticontaminación, en este caso en su escenario 1, que implica que se reduce la velocidad máxima a 70 kilómetros por hora en la M-30 y en las vías de acceso a la capital. El Ayuntamiento de Madrid recomienda el uso del transporte público y, en la medida de lo posible, no usar el vehículo privado para no aumentar la contaminación atmosférica.
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    15 millones de españoles respiran un aire que la UE considera insalubre
    Los episodios de contaminación aumentan las consultas respiratorias pediátricas un 8%

La medida, que se repite tras varias jornadas con alta contaminación la pasada semana, se conoce el mismo día que el  Ayuntamiento ha aprobado, por segunda vez, el nuevo protocolo para episodios de alta contaminación. Las medidas habían entrado en vigor el pasado 8 de octubre, pero el Consistorio las tuvo que anular el 22 de noviembre tras un requerimiento de la Comunidad de Madrid en el que se señalaba que no se había remitido a esta administración la información definitiva antes de su aprobación en Junta de Gobierno. Después de 10 días hábiles en los que se ha subsanado el error administrativo, vuelven a ser de aplicación las medidas que endurecen las restricciones al tráfico en episodios de alta contaminación y que se basan en la etiquetas medioambientales de la DGT de los vehículos, incluidos motos y ciclomotores.
Este martes se activa el protocolo anticontaminación, con velocidad máxima a 70 por hora en la M-30 pulsa en la foto

El nuevo protocolo adelanta y refuerza algunos escenarios ante niveles de alta contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2), crea uno nuevo para casos extremos y extiende a toda la ciudad algunas medidas. Estas se activarán cuando se superen los umbrales máximos establecidos en tres estaciones de la red para que tengan más peso los distritos exteriores a la M-30, además de cuando se activen en dos estaciones de la misma zona.

Como en el protocolo antiguo, que se tuvo que activar la semana pasada, las primeras medidas incluyen la limitación de la velocidad máxima a 70 kilómetros por hora en M-30 y accesos a la ciudad. Los escenarios siguientes restringen la posibilidad de estacionar y de circular según los distintivos medioambientales.

Desde 2016, los días en que se limitaba la circulación a la mitad de los vehículos se hacía según el número de matrícula par o impar. Ahora, con el escenario 2 solo podrán aparcar en la zona SER los CERO emisiones y ECO y no podrán circular en la M-30 y los accesos a Madrid los vehículos que más contaminen, que son los que no tienen etiqueta de la DGT (los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006). En el escenario 3, la restricción se extenderá a toda la ciudad.
La Comunidad plantea dos escenarios más

Una edición revisada del protocolo marco anticontaminación de la Comunidad de Madrid incluirá dos escenarios adicionales, que se suman a los cuatro ya existentes, y sugerirá aplicar las medidas aplicadas a los municipios de más de 75.000 habitantes a los que tengan más de 50.000. Así lo ha anunciado el consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Carlos Izquierdo, en un desayuno informativo organizado por Executive Forum en el que ha pasado revista a las medidas ya adoptadas y previstas por el Gobierno regional para cumplir los objetivos de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.

El protocolo marco anticontaminación, cuya finalidad es "coordinar y armonizar" las normativas municipales en la materia, agregará un escenario 0 de normalidad (con buena calidad del aire, pero con mecanismos de vigilancia ante posibles cambios) y un nivel 5 para situaciones de "persistencia" de los episodios de alta contaminación.

Además, abre la puerta a que "poco a poco" se vayan "incorporando" los municipios de más de 50.000 habitantes, a los que el Gobierno regional ayudará a que desarrollen sus reglas.

Izquierdo ha recalcado que la Comunidad cuenta con una red "importante" de estaciones de medición de la calidad del aire, con 23 fijas y una móvil, a las que próximamente pretende incorporar dos más, y que se prevé la firma de un convenio con la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) para obtener datos en tiempo real.



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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #325 en: 14 de Diciembre de 2018, 06:46:50 am »
Era cuestión de tiempo, lo que mandaron gratis luego paso a costar cinco euros y en abril....




Largas colas en Correos para conseguir la pegatina de la DGT, pese a no ser obligatoria hasta abril

La compañía indica que los ciudadanos están yendo «en masa» a comprar el distintivo, con esperas de más de dos horas
S. L.
@abc_madrid
MADRIDActualizado:
12/12/2018 13:59h

Las oficinas de Correos de Madrid están registrando este miércoles largas colas, tras acudir los madrileños a por la etiqueta ambiental Cero emisiones, ECO, C, o B, de la Dirección General de Tráfico (DGT) al estrenarse el escenario 2 del nuevo protocolo por episodios de alta contaminación de dióxido de nitrógeno.

Fuentes de la compañía han explicado a Europa Press que desde ayer los ciudadanos han acudido «en masa» para adquirir esta etiqueta –necesaria para poder circular con restricciones pero no obligatoria hasta el mes de abril– y que se está enfrentando a «una enorme carga de trabajo». De hecho, algunas personas que acudieron este martes a las oficinas han afirmado que tuvieron que esperar al menos dos horas a ser atendidos.

Según informó ayer el Ayuntamiento de Madrid, los vehículos sin distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico, incluidos los ciclomotores y motocicletas, no podrán circular este miércoles por la M-30 ni por su interior, y solo podrán aparcar en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) los vehículos Cero emisiones y ECO.

Por ahora, la compañía de mensajería no tiene datos «cuantitativos» pero han insistido que la «gran cantidad» de personas que están solicitando esta etiqueta para sus vehículos es «patente» y creen que lo seguirá siendo durante todo el día.

Correos ya informó ayer de que ha vendido 380.390 etiquetas ambientales en sus oficinas repartidas en la Comunidad de Madrid y desde el pasado 29 de noviembre.

Estos distintivos ambientales, que cuestan 5 euros, identifican a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente permitiendo el acceso a los centros urbanos en períodos de contaminación a aquellos calificados como ecológicos.


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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #326 en: 22 de Diciembre de 2018, 08:25:55 am »

Varapalo de la justicia a la Comunidad por sus recursos a Madrid Central
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado la suspensión de la restricción del tráfico en el centro de la capital

Miguel Ángel Medina

Madrid 21 DIC 2018 - 19:32 CET   

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acordó ayer denegar las medidas cautelares solicitadas por la Comunidad de Madrid (gobernada por el Partido Popular) contra las restricciones al tráfico en el centro de la capital decretadas por el Ayuntamiento, conocidas como Madrid Central. Los magistrados recuerdan a los organismos públicos su deber de cooperar y colaborar en aras del bien general y argumentan que “no pueden prevalecer intereses de otras Administraciones —no concretados— ni los intereses particulares” sobre el interés general. El tribunal todavía tiene que valorar el fondo del recurso.

Los demandantes habían argumentado en su recurso que, dada la dimensión Madrid Central, podría causar daños personales y materiales al conjunto de ciudadanos y empresas de la capital y el área metropolitana. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo no aprecia que exista peligro de que los madrileños sufran un perjuicio “irreparable” si se mantiene la medida.

El Ayuntamiento aprobó Madrid Central con el fin expreso de aumentar la seguridad vial y mejorar la calidad del aire. La propuesta municipal entró en marcha el pasado 30 de noviembre estableciendo un área restringida a residentes y transporte público en el centro de la capital. Esta ha sido una de las medidas más ambiciosas del actual equipo de Gobierno y sigue el camino de otras ciudades europeas como Londres o París que están imponiendo límites al tráfico en la ciudad para mejorar la calidad del aire. Las restricciones en Madrid se han convertido en uno de los principales temas de la batalla política municipal y regional, pocos meses antes de las elecciones para renovar ambas Administraciones, el próximo 26 de mayo.

El auto es el segundo revés contra la paralización del plan; el primero fue un recurso presentado por Automovilistas Europeos Asociados que pidió la adopción de medidas cautelarísimas (con carácter de especial urgencia) justo un día antes de la entrada en vigor del plan. Fue rechazado.

NUEVA ÁREA DE TRÁFICO RESTRINGIDO EN MADRID

Fuente: Ayuntamiento de Madrid. EL PAÍS

En su escrito, los magistrados dan un tirón de orejas a ambas Administraciones, tanto al Gobierno regional de Ángel Garrido (PP) como al Gobierno municipal de Manuela Carmena (Ahora Madrid). Les recuerda que como organismos públicos su deber es “respetar en sus actuaciones los principios de cooperación y colaboración en aras a la eficaz consecución de los fines de interés general que demanda el ejercicio de sus propias competencias”. Y lamentan que esos principios “no han regido en este caso las relaciones entre el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid” pese a la trascendencia para los ciudadanos del asunto.

Según los jueces, la ordenanza municipal busca intereses generales como la seguridad vial, la “necesaria, ordenada y respetuosa” convivencia entre los medios de transporte, la protección de la salud o la sostenibilidad medioambiental, entre otros. Y frente a ese interés general “no pueden prevalecer intereses de otras administraciones públicas —no concretados— ni los intereses particulares de los ciudadanos más intensamente afectados por las medidas”, argumenta el tribunal, sobre todo cuando esos eventuales perjuicios no son cuantificables.
Retirar el recurso

Ante la “contundencia” de la argumentación del TSJM, la delegada de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Inés Sabanés, instó a que la Comunidad desista de seguir recurriendo Madrid Central por la vía judicial y por el contrario trabaje de forma coordinada con el Consistorio y coordine el transporte público.

Mientras, el delegado de Desarrollo de Urbano Sostenible, José Manuel Calvo, celebró la decisión judicial señalando que políticos y jueces “van en la línea de garantizar el aire limpio”. Según Calvo, el PP anunció “el apocalipsis y una Gran Vía que iba a quedar vacía” mientras que se han incrementado un 40% el número de peatones y cada día transitan por esa zona 100.000 personas que aumentan a 160.000 los fines de semana. La portavoz municipal Rita Maestre calificó de “buenísima noticia” la decisión judicial en un tuit.

Por su parte, el portavoz del Gobierno regional, Pedro Rollán, negó que que el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid fuese un “batacazo” ya que dijo que “eso no significa que no se siga analizando el fondo”. Mientras, la vicesecretaria de Comunicación y portavoz del Partido Popular de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado que si el PP gana las elecciones en la Comunidad de Madrid revertirá Madrid Central porque es una “medida totalitaria” que “ha generado problemas donde no los había”. Según Díaz Ayuso, el plan de Carmena es “irresponsable” y no se preocupa por los comerciantes del centro. En su opinión, el auto del TSJM no supone un varapalo a los planes del PP. “Al margen de lo que digan los tribunales, el año que viene vamos a revertir Madrid Central y eliminaremos los carriles bici que provoquen atascos”, concluyó Díaz Ayuso.



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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #327 en: 06 de Enero de 2019, 10:24:13 am »
Seís días seguidos de restricciones y la contaminación no baja.


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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #328 en: 15 de Febrero de 2019, 14:44:37 pm »
822 en un "mar" de miles de vehículos.



Sólo 822 «avisos» a los infractores en casi dos meses de Madrid Central


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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #329 en: 08 de Marzo de 2019, 07:16:25 am »
   
EL PROCESO SANCIONADOR COMIENZA EL 15-M
AEA recurre las multas en Madrid Central y las pegatinas de la DGT ante la Justicia
Automolistas Europeos Asociados recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la nueva Ordenanza de Movilidad, cuestionando la puesta en marcha de Madrid Central

Rubén Rodríguez

07/03/2019 14:50 - Actualizado: 08/03/2019 01:50

Desde el pasado 30 de noviembre, ha entrado en vigor el nuevo espacio circulatorio de la capital: denominado Madrid Central, se trata de una zona de 472 hectáreas de extensión a la que solo pueden acceder vehículos híbridos o electricos —salvo residentes o si se acude a un 'parking'—, con la intención de que la zona centro de la ciudad quede libre de los humos de los vehículos más contaminantes. Pero Automovilistas Europeos Asociados cuestiona la legalidad de la normativa.

En un comunicado, AEA asegura que ha presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la Ordenanza de Movilidad del ayuntamiento que puso en marcha Madrid Central. En su opinión, el consistorio estaría incurriendo en una posible ilegalidad al imponer sanciones a los conductores que no lleven el distintivo medioambiental obligatorio que clasifica los coches según su nivel de contaminación y que, a la postre, marca quién puede circular por la zona restringida.

La organización de defensa de los conductores afirma que "a ningún ciudadano se le puede exigir el cumplimiento de una obligación y mucho menos restringir su derecho a la libre circulación, sin que previamente exista una norma con rango de ley que lo ampare". Pero el recurso no se queda solo ahí, sino que también considera que la Dirección General de Tráfico (DGT) no tiene competencia ni para clasificar vehículos ni para obligar al conductor a llevar un distintivo en su coche.

En juicio de AEA, "ni la DGT tiene competencias para ello ni la ley ha determinado quién debe expedir el distintivo, ni su formato, ni las prescripciones técnicas ni tan siquiera el coste de expedición y quién debe asumirlo". Y no solo eso, sino que el precio que algunas entidades privadas están cobrando por la expedición del distintivo ambiental de la DGT "podría constituir una exacción ilegal" por no haberse regulado por ley. El precio de este distintivo es de cinco euros.

Con respecto al distintivo, Automovilistas Europeos Asociados también considera que se ha tratado de forma discriminatoria a millones de conductores. ¿El motivo? Antes de que entrara la ley en vigor, la DGT envió gratuitamente 4,5 millones de pegatinas al azar, dejando a otros 14 millones de vehículos con la necesidad de tener que comprar este mismo elemento obligatorio para circular, lo que supone un gasto para los usuarios de 75 millones de euros.

Por si fuera poco, AEA también considera que la DGT ha dejado indefensos a millones de automovilistas españoles, al considerar que la clasificación técnica medioambiental que ha realizado sobre sus vehículos —que implica una restricción a la libre circulación— "no ha sido comunicada fehacientemente a sus propietarios", una situación que impide el derecho de poder presentar un recurso contra esta norma en caso de que no estuvieran de acuerdo con ella.
El ayuntamiento se defiende

El consistorio madrileño, en conversación con El Confidencial, quiso aclarar que las pegatinas no tienen nada que ver con Madrid Central, pues el sistema lee automáticamente las matrículas para conocer la clasificación ambiental, sin necesidad de tener en cuenta el distintivo, tal y como ocurre en el caso del SER. Por otro lado, asegura que los ayuntamientos sí que tienen capacidad de regular vía ordenanza, especialmente en lo que se refiere a motivos medioambientales o de tráfico.

Recordemos que Madrid Central entró en funcionamiento el pasado 30 de noviembre, aunque el Ayuntamiento de Madrid no comenzará a multar a los conductores que incumplan la norma hasta el próximo 15 de marzo. En lo que al distintivo medioambiental se refiere, será obligatorio llevarlo en una zona visible del vehículo desde el próximo 24 de abril. Mientras tanto, AEA ha presentado un recurso ante el TSJM para dilucidar la legalidad de Madrid Central.




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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #330 en: 17 de Marzo de 2019, 09:43:18 am »
Barcelona prohibirá la entrada a 125.000 coches contaminantes a partir del 1 de enero


El Ayuntamiento se plantea permitir el movimiento el viernes por la tarde de todos los vehículos afectados por las restricciones de la Zona de Bajas Emisiones
AMP
Las rondas delimitan la zona afectada por las restricciones de tráfico (Llibert Teixidó - Llibert Teixidó)
 
DAVID GUERRERO, BARCELONA
14/03/2019 20:30 | Actualizado a 15/03/2019 18:19
Dos de cada diez coches que circulan con regularidad por Barcelona y su entorno, unos 125.000, se verán afectados por las restricciones de tráfico en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que se aplicarán a partir del 1 de enero del 2000, según un estudio del Ayuntamiento. Son los de gasolina matriculados antes del 2000 y los diésel previos al 2006, que no tienen etiqueta que tendrán prohibido moverse por el ámbito de 95 kilómetros cuadrados delimitado por las rondas de Dalt y Litoral (ambas excluidas).

El Ayuntamiento de Barcelona ha iniciado la redacción de una ordenanza que debe detallar la medida. La restricción se aplicará entre las siete de la mañana y las ocho de la noche de lunes a viernes laborables e incluirá tanto a vehículos con matrícula española como extranjera.


El calendario
La medida comenzará a aplicarse el 1 de enero del 2020 los días laborables

Pero habrá excepciones que ya están sobre la mesa y que cuentan con consenso. Los coches de personas con movilidad reducida quedan fuera de la prohibición, así como todos aquellos servicios básicos entre los que se cuentan camiones de bomberos, servicios funerarios y coches de los diversos cuerpos policiales.

Además, se establecerán autorizaciones puntuales para diversas tipologías de vehículos como pueden ser grúas, vehículos de transporte especial y feriantes.

El territorio
El área afectada abarca el ámbito de 95 km2 delimitado por las rondas, que quedarán excluídas

Una de las opciones más relevantes que el gobierno municipal ha puesto sobre la mesa es la flexibilización de la restricción los viernes por la tarde. “De momento hemos fijado hasta las ocho de la tarde, como cualquier otro día, pero analizaremos los flujos de salida de los viernes y quizás permitimos que todos los coches puedan salir unas horas antes”, ha explicado este jueves la teniente de alcalde de Ecología, Urbanismo y Movilidad, Janet Sanz.

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #331 en: 02 de Abril de 2019, 08:00:29 am »

El TSJM anula el primer decreto del protocolo contra la contaminación
Según Dvuelta, la decisión podría anular miles de multas desde 2015
S. L.
@abc_madrid
MadridActualizado:
02/04/2019 01:49h

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el primer decreto del Ayuntamiento de Madrid, de noviembre de 2015, de aplicación del protocolo anticontaminación, que podría implicar la anulación de miles de sanciones desde esa fecha hasta la actualidad, según informa la empresa de defensa del automovilista Dvuelta. En una sentencia del 6 de marzo, el TSJM da por bueno en parte un recurso de Dvuelta contra un auto previo de octubre de 2016 que desestimaba un primer recurso de la empresa sobre la aplicación de ese decreto de noviembre de 2015.

La entidad privada recurrió el decreto del Ayuntamiento –dice– «porque esas medidas, aun siendo legítimas, no pueden aplicarse automáticamente, sino que es necesario que se señalicen adecuadamente y que se publiquen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid con antelación a su entrada en vigor».

La empresa defensora del automovilista presentó un recurso de apelación contra una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo del 17 de octubre de 2016, que desestimaba su recurso, y ahora, con fecha 6 de marzo de 2019, el TSJM lo estima en parte y declara que el Ayuntamiento debe proceder a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) las medidas de restricción del tráfico antes de que éstas entren en vigor.
«Indefensión»

Desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad informaron de que recurrirán ante el Tribunal Supremo el fallo judicial. «El tribunal mantiene que las medidas del protocolo entran en vigor cuando se señalizan y no a la firma del decreto. En este sentido, se considera que las multas del episodio activado a través del decreto referido son correctas, pues se señaliza en los paneles de tráfico antes de poner en marcha las restricciones», indicaron.

Según la empresa, todas las medidas de restricción del tráfico adoptadas por el Consistorio que dirige Manuela Carmena desde noviembre de 2015 hasta la actualidad han sido aplicadas «de forma inmediata y sin esperar a ser publicadas en el BOCM», por lo cual, dice el letrado de Dvuelta, Miguel Javaloyes, «el Ayuntamiento siempre ha actuado mal, y ha causado inseguridad e indefensión a los conductores».

La sentencia establece que «la eficacia del Decreto impugnado, por su contenido, quedaba demorada a la señalización oportuna y la publicación del correspondiente anuncio en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid, como dispone el artículo 88 de la Ordenanza de Movilidad».

Según Dvuelta, con esta sentencia, el TSJM abre la posibilidad de que los conductores sancionados durante los episodios de alta contaminación puedan recurrir las sanciones «fundamentándose precisamente en esta omisión de la publicación de las medidas en BOCM; lo que daría lugar a la anulación de miles de sanciones impuestas».


   

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #332 en: 12 de Abril de 2019, 07:59:58 am »



El TSJM deniega la suspensión cautelar de Madrid Central que pidió la Comunidad


El auto del tribunal asegura que «ni se producen efectos irreversibles ni perjuicios irreparables» con la entrada en vigor de este plan

SeguirABC .ABC .@abc_esMADRID- Actualizado:12/04/2019 00:31h


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado la medida cautelar solicitada por la Comunidad de Madrid de suspensión del acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la capital por el que se desarrolla el régimen de gestión y funcionamiento de Madrid Central.

La Comunidad de Madrid presentó dos recursos contencioso-administrativos contra la zona de bajas emisiones puesta en marcha por el Consistorio en el centro de la ciudad: uno para solicitar la anulación de la ordenanza de movilidad sostenible y otro para pedir la suspensión del acuerdo que desarrolla el régimen de gestión y funcionamiento de Madrid Central.

Días antes de la puesta en marcha de Madrid Central, el 30 de noviembre, la Comunidad alegó que Madrid Central, entre otros asuntos, carecía de los trámites e informes previos obligatorios y que afectaba a competencias autonómicas en materia de transporte y medio ambiente.

En el auto, al que ha tenido acceso Efe, y que está fechado el 10 de abril, la sala de lo Contencioso-administrativo del TSJM señala que no concurren ninguno de los supuestos legales alegados para la adopción de la medida solicitada por la Comunidad de Madrid porque «ni se producen efectos irreversibles ni perjuicios irreparables».

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #333 en: 04 de Mayo de 2019, 09:02:38 am »


La Justicia da la razón al Ayuntamiento de Madrid frente al de Alcorcón y avala las medidas del protocolo
anticontaminación


 El alcalde de Alcorcón, David Pérez, argumentaba que el protocolo adoptado por el consistorio madrileño vulneraba el derecho a la libre circulación  El tribunal sostiene que las medidas limitan "el uso de vehículos a motor con la finalidad de preservar el medio ambiente y la salud de las personas"


Un luminoso prohíbe la velocidad a más de 70 km/h en la M-30 EFE
Por Europa Press
03 may 201919:45

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón al Ayuntamiento de la capital frente al de Alcorcón avalando las medidas del protocolo anticontaminación aprobado en la Junta de Gobierno del 21 de enero de 2016 porque no entorpece la libre circulación constitucional sino que "limita el uso de vehículos a motor con la finalidad de preservar el medio ambiente y la salud de las personas".


La sentencia, fechada el pasado 24 de abril, da respuesta al recurso presentado contra el protocolo de Madrid para episodios de alta contaminación por NO2 por el Ayuntamiento de Alcorcón, presidido por el popular David Pérez, que mantenía que se vulneraba el derecho fundamental a la libre circulación de los vecinos del municipio.


El TSJM remarca que los ayuntamientos "pueden legítimamente, en el ámbito de las competencias propias que les reconoce el ordenamiento jurídico, adoptar medidas de restricción del tráfico y circulación de vehículos de motor como las contempladas en el protocolo".

Igualmente se les autoriza de modo específico la adopción de medidas propias de la Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que impone a los municipios de más de 100.000 habitantes obligaciones como la elaboración de planes y programas sobre la protección atmosférica, así como la eventual adopción, cuando sea necesario, de medidas de restricción total o parcial del tráfico.


El TSJM remarca que las restricciones pueden ser aplicadas por el Ayuntamiento de Madrid en "la totalidad de las vías de titularidad municipal", con independencia de que tengan o no conexión directa con vías interurbanas y de la trascendencia o relevancia de las mismas en orden a garantizar la fluidez del tráfico o el flujo circulatorio entre los distintos municipios de la Comunidad de Madrid.

El tribunal añade que, "estrechamente relacionado con el derecho a la libertad y a la seguridad que consagra el artículo 17 de la Constitución española, entendida como una libertad deambulatoria o de movimiento, el derecho a la libertad de circulación a que hace mención el artículo 19 de la Norma Suprema pertenece a la denominada genéricamente libertad personal pero hace referencia a los lugares en los que uno puede estar o donde puede moverse".

"Aún de entenderse afectado el derecho de circulación por las restricciones al tráfico y circulación de vehículos de motor que el protocolo impugnado contempla, en cualquier caso el referido derecho, como todos los que la Constitución consagra como derechos fundamentales, no es absoluto y es susceptible de ser sometido a límites siempre que, entre otras exigencias, vengan impuestos por causas que justifiquen restricciones a la libertad de circulación", añade la sentencia.

El TSJM añade que el protocolo "no tiene por objeto entorpecer de forma constitucionalmente ilegítima la libre circulación de personas o bienes sino limitar el uso de vehículos a motor con la finalidad de preservar el medio ambiente y la salud de las personas".


Por último, el TSJM impone el pago de costas al Ayuntamiento de Alcorcón, que puede presentar recurso de casación.

La Justicia da la razón al Ayuntamiento de Madrid frente al de Alcorcón y avala las medidas del protocolo anticontaminación
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 El alcalde de Alcorcón, David Pérez, argumentaba que el protocolo adoptado por el consistorio madrileño vulneraba el derecho a la libre circulación  El tribunal sostiene que las medidas limitan "el uso de vehículos a motor con la finalidad de preservar el medio ambiente y la salud de las personas"


Un luminoso prohíbe la velocidad a más de 70 km/h en la M-30 EFE
Por Europa Press
03 may 201919:45

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón al Ayuntamiento de la capital frente al de Alcorcón avalando las medidas del protocolo anticontaminación aprobado en la Junta de Gobierno del 21 de enero de 2016 porque no entorpece la libre circulación constitucional sino que "limita el uso de vehículos a motor con la finalidad de preservar el medio ambiente y la salud de las personas".


La sentencia, fechada el pasado 24 de abril, da respuesta al recurso presentado contra el protocolo de Madrid para episodios de alta contaminación por NO2 por el Ayuntamiento de Alcorcón, presidido por el popular David Pérez, que mantenía que se vulneraba el derecho fundamental a la libre circulación de los vecinos del municipio.


El TSJM remarca que los ayuntamientos "pueden legítimamente, en el ámbito de las competencias propias que les reconoce el ordenamiento jurídico, adoptar medidas de restricción del tráfico y circulación de vehículos de motor como las contempladas en el protocolo".

Igualmente se les autoriza de modo específico la adopción de medidas propias de la Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que impone a los municipios de más de 100.000 habitantes obligaciones como la elaboración de planes y programas sobre la protección atmosférica, así como la eventual adopción, cuando sea necesario, de medidas de restricción total o parcial del tráfico.


El TSJM remarca que las restricciones pueden ser aplicadas por el Ayuntamiento de Madrid en "la totalidad de las vías de titularidad municipal", con independencia de que tengan o no conexión directa con vías interurbanas y de la trascendencia o relevancia de las mismas en orden a garantizar la fluidez del tráfico o el flujo circulatorio entre los distintos municipios de la Comunidad de Madrid.

El tribunal añade que, "estrechamente relacionado con el derecho a la libertad y a la seguridad que consagra el artículo 17 de la Constitución española, entendida como una libertad deambulatoria o de movimiento, el derecho a la libertad de circulación a que hace mención el artículo 19 de la Norma Suprema pertenece a la denominada genéricamente libertad personal pero hace referencia a los lugares en los que uno puede estar o donde puede moverse".

"Aún de entenderse afectado el derecho de circulación por las restricciones al tráfico y circulación de vehículos de motor que el protocolo impugnado contempla, en cualquier caso el referido derecho, como todos los que la Constitución consagra como derechos fundamentales, no es absoluto y es susceptible de ser sometido a límites siempre que, entre otras exigencias, vengan impuestos por causas que justifiquen restricciones a la libertad de circulación", añade la sentencia.

El TSJM añade que el protocolo "no tiene por objeto entorpecer de forma constitucionalmente ilegítima la libre circulación de personas o bienes sino limitar el uso de vehículos a motor con la finalidad de preservar el medio ambiente y la salud de las personas".


Por último, el TSJM impone el pago de costas al Ayuntamiento de Alcorcón, que puede presentar recurso de casación.

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #334 en: 04 de Mayo de 2019, 09:06:36 am »
Asunto para el Supremo....pero lo.que tampoco.esta claro es
el marco jurídico de las pegatinas medioambientales ya que mientras la Instrucción de la DGT las declara "absolutamente voluntarias" en su colocación, la OMS califica como falta leve pero no su colocacion sino su exhibición.

Creo que el bien jurídico protegido queda desprotegido.al.encuadrarlo como infracción de una Ordenanza ......hasta que se aclaren.

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #335 en: 07 de Mayo de 2019, 13:47:58 pm »
 
Carmena activó las multas por no exhibir la etiqueta de la DGT sin saber qué régimen jurídico aplicar


Mientras se define, la Policía Municipal tramita las sanciones como «de convivencia» y no «de tráfico»

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Marta R. Domingo
Marta R. Domingo
@MartaRDomingo
Madrid
Actualizado:
07/05/2019 00:17h

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Desde el pasado 24 de abril está prohibido circular por la capital sin exhibir el distintivo de la Dirección General de Tráfico (DGT), sin embargo, el Ayuntamiento aún no tiene claro qué régimen jurídico debe prevalecer en caso de cazar a un infractor. Por el momento, y hasta que se dilucide el asunto, los agentes de la Policía Municipal tienen la orden de tratar las sanciones como una «infracción en materia de convivencia» en vez de que sea considerada de «tráfico».


En una carta firmada por el Comisario General de la Policía Municipal, Teodoro Pérez, a todos los jefes de las unidades se informa de que la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación ha solicitado a la Dirección General de Organización y Régimen Jurídico de la Gerencia de la Ciudad que «aclaren quién es el órgano competente para sancionarlo». «De momento y en tanto se determina cuál es el régimen jurídico aplicable a esta infracción, han dispuesto que se le dé un tratamiento de una infracción de convivencia y no de una infracción de tráfico», indica el escrito, rubricado el pasado 3 de mayo, al que accedió ABC.


El Ayuntamiento pretende que su visibilización ayude al control manual que realizan los agentes de Movilidad y los policías municipales a la hora de vigilar el acceso a Madrid Central o a las zonas restringidas durante los episodios de alta contaminación en los que se active el protocolo a partir de su escenario 2. Los propietarios de los coches que no lleven el distintivo en el parabrisas se exponen a multas de 15 euros, la mitad si es por pronto pago. Pese a que la norma sea de ámbito municipal, todos los automovilistas que pasen por la ciudad tienen la obligación de llevarla expuesta.


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Según el Ayuntamiento, «la consulta interna se ha realizado para determinar la posibilidad de aplicar el régimen sancionador en materia de tráfico», que es, subrayan, «más conocido por los conductores» y de «tramitación administrativa más sencilla». Sin embargo, tanto para el sindicato CSIT-UP (PLA) como para la asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), esta es una «nueva chapuza» de la ordenanza de Movilidad, que, además, fue sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por AEA.

Para el portavoz de CSIT-UP (PLA), José Francisco Horcajo, el asunto de fondo es que el Ayuntamiento «ha improvisado esta medida antes de que tuviera amparo legislativo». «Al no existir una norma con rango de ley que defina como obligatorio exhibir la etiqueta medioambiental, el Ayuntamiento no tiene otra opción que maquillarlas como infracciones de convivencia», sostiene Horcajo que, en declaraciones a este diario, considera que «es un parche más que no tiene cabida legal».


Sanciones recurribles
Para AEA todas las multas que se denunciasen por este hecho «son recurribles», puesto que la Ley de Seguridad Vial no incluye la obligatoriedad de exhibir la pegatina de la DGT. «Todas esas infracciones son ilegales por muchos motivos. Primero, porque infringe el principio de tipificidad, no hay ninguna norma con rango de ley que tipifique como infracción el no llevar el distintivo. Con independencia de cómo la tramite, todas las multas son recurribles», insiste Arnaldo.

Pese a que la norma es de ámbito municipal, todos los automovilistas que pasen por la ciudad tienen la obligación de llevarla expuesta. Por ello, desde AEA arguyen que la Dirección General de Tráfico tenía que haber enviado a todos los conductores españoles a través de una carta certificada la clasificación ambiental de sus vehículos para darles la oportunidad de recurrir esa clasificación. «Hay decenas de miles de vehículos que hemos detectado que no están bien clasificados conforme a las normas Euro y que tendrían derecho a una etiqueta medioambiental», sostiene Arnaldo, que vaticina que esta medida «improvisada» va a traer consigo «muchos recursos».

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #336 en: 09 de Mayo de 2019, 08:07:30 am »

Las multas en Madrid Central se desploman: de 1.500 a 262 al día

    VIRGINIA GÓMEZ
    Madrid
    MARTA LEY
    Madrid

Actualizado Miércoles, 8 mayo 2019 - 14:43


En la primera quincena, el Ayuntamiento de Madrid ha interpuesto 4.460 sanciones, un 82,5% menos que con las antiguas APR
Entrada al perímetro de Madrid Central, pintado de rojo. ÁNGEL NAVARRETE

El Ayuntamiento de Manuela Carmena ha multado a 4.460 conductores por entrar sin autorización a Madrid Central en los 17 días que van desde el 16 de marzo -cuando terminó el periodo de prueba y las restricciones al tráfico entraron realmente en vigor- hasta el 1 de abril, lo que equivale a unas 262 sanciones de media al día. Unos datos que chocan con los registrados hasta la fecha en las cuatro APR (Área de Prioridad Residencial) de Centro, que acumulaban de media en los meses anteriores 1.500 multas diarias por «no respetar las señales en una vía de circulación restringida o reservada».

El desplome es notable: desde la entrada en vigor de Madrid Central, las multas en el distrito han caído un 82,5% y eso pese a que el área restringida actual, de 472 hectáreas, es el doble que el que ocupaban las antiguas APR de Letras, Cortes, Embajadores y Ópera, que fueron puestas en marcha progresivamente desde 2005.

Según la información disponible en el portal de datos del Consistorio, en los meses de marzo, abril y mayo de 2018, en el conjunto de las APR se superaron las 50.000 multas mensuales (unas 1.700 al día), aunque en octubre y noviembre, cuando la llegada de las restricciones en todo el centro eran inminentes, los expedientes sancionadores se redujeron hasta los 36.000 al mes (1.200 al día aproximadamente). Sólo en diciembre del pasado año y en enero y febrero del presente, los meses en los que Madrid Central estaba en periodo informativo, no se cursó ninguna multa.

Los años anteriores, como 2016 o 2017, con las cuatro APR en el distrito ya en marcha, los datos fueron aún mayores. En 2016, se llegaron a superar las 2.400 sanciones al día en el mayor pico y, el año posterior, las 1.900.

Entonces, ¿a qué se debe esta caída si el área restringido al tráfico es mucho mayor? El Ayuntamiento de Madrid explica que el perímetro de Madrid Central «es mucho más intuitivo» porque «responde al primer cinturón de la ciudad» y, por tanto, es «más conocido», y que «las APR eran pequeñas islas con perímetros poco reconocibles». Además, asegura el Consistorio que en el inicio del periodo sancionador se está teniendo «especial cuidado para evitar errores» así como «repetir denuncias a infractores antes de que las conozcan y puedan adaptar sus hábitos». Según detallan fuentes municipales con respecto a este último punto, por el momento sólo se está cursando una multa por vehículo.
El ejemplo de la APR de Ópera

La llegada de Madrid Central intuía una oleada de multas como ya ocurriera en noviembre de 2015, cuando se puso en marcha la APR de Ópera. De las cerca de 26.000 multas mensuales habituales (unas 866 al día) que se ponían en las otras tres áreas en funcionamiento, en el primer mes de restricciones en esta zona, las multas aumentaron hasta las 45.757 (1.525) y, en diciembre, se dispararon hasta superar las 70.000 (2.349). Sólo en la calle Leganitos cayeron el primer mes 9.738, algo más del 20% del total. Y eso que hubo un periodo de pruebas (entre agosto y octubre de 2015) sin sanciones, al igual que ahora.

El Ayuntamiento aseguró en aquella fecha que la gran cantidad de multas se debieron a un «error informático», así que anuló las sanciones, devolvió las cuantías y amplió el periodo sin multas hasta el 16 de marzo de 2016. Sin embargo, tras solventar el error, en abril se volvió a batir un récord de multas, llegando a registrarse 73.683 (2.456 diarias). Desde entonces la tendencia ha sido a la baja, aunque muy por encima de las 800 de media diaria que había durante los primeros meses de 2015, antes de que se sumara la APR de Ópera.
Los datos

Las 472 hectáreas que rodean Madrid Central están vigiladas por 115 cámaras, que dan la información necesaria al Ayuntamiento de la capital para efectuar las multas a todo aquel que cruce el área sin autorización. Los residentes, los profesionales de suministros y servicios, las personas con movilidad reducida, los vehículos Cero y Eco tienen permiso para acceder, aunque hay otras excepciones, como los que invitados por personas empadronadas. Además, los vehículos B y C pueden acceder siempre y cuando su destino sea un párking.

El sistema de gestión de Madrid Central, según datos municipales, tenía autorizadas hasta el 5 de mayo a 133.898 personas empadronadas, que otorgan unas 15.500 autorizaciones a la semana a familiares o amigos, a 21.531 personas con movilidad reducida, a 330 personas titulares de plazas de aparcamientos municipales para residentes (PAR), a 6.244 titulares de garajes privados y a 13.200 profesionales y empresas dedicados a la distribución de suministros o prestación de servicios, con una media de 1,56 vehículos autorizados por interesado.

Además, hay registradas 34 asociaciones representativas de establecimientos de comerciantes, restauración y hostelería, que otorgan unos 700 permisos puntuales a la semana, y 34 colegios, con 1.277 autorizaciones hasta el final del presente curso escolar. Por último, hay dados de alta en el sistema 54 párkings de rotación y 148 mixtos, a los que pueden acceder los vehículos que cuenten con el distintivo ambiental de la DGT.




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« Última modificación: 22 de Mayo de 2019, 07:35:58 am por 47ronin »

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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #338 en: 28 de Mayo de 2019, 08:00:47 am »

Y ahora… ¿qué pasa con Madrid Central?


Las derechas (PP, Ciudadanos y los ultras de Vox) han propuesto en campaña erradicar, o al menos matizar, las limitaciones a los vehículos más contaminantes en la almendra de la capital

Pablo León



Miguel Ángel Medina

    Twitter

Madrid 28 MAY 2019 - 00:12 CEST   


“Y ahora, ¿qué? Con lo a gusto que estábamos, ¿van a volver a abrir al tráfico en mi calle?”, se pregunta Javier Noriega, fotógrafo de 34 años y residente en Malasaña. Como él, muchos madrileños se han despertado con la duda sobre lo que ocurrirá con Madrid Central, área de tráfico restringido a los vehículos menos contaminantes y que ocupa la mayor parte del distrito de Centro.

Aunque la medida, una de las propuestas insignias del Ayuntamiento de Manuela Carmena, ha funcionado —el tráfico se ha reducido un 24% en la Gran Vía mientras que los gases contaminantes han descendido un 38%—, el candidato del PP José Luis Martínez-Almeida, que será previsiblemente el nuevo alcalde de Madrid, ha dicho que su primera acción será “abordar Madrid Central”. El conservador lo ha explicado en una entrevista en la cadena SER: "Nuestra postura era clara y era uno de los ejes de nuestra campaña", ha incidido Almeida, que ha hablado de “revertir” la medida.

Ciudadanos pidió paralizar la medida el día antes de su puesta en marcha, pero no apuesta por anular las restricciones. “No lo revertiríamos directamente. No te puedes pasar toda la vida revirtiendo cosas”, ha dicho Begoña Villacís, número uno de la formación naranja al Ayuntamiento de la capital, que se plantea analizar la propuesta "y ver con qué nos quedamos y con qué no". Eso sí, en Ciudadanos tienen claro que no va a quedarse como está: "Vamos a reformarlo". Para el partido ultra Vox —previsibles compañeros de viaje del centroderecha, ya que sus votos son necesarios para sumar la mayoría absoluta—, Madrid Central es su bestia negra. “A partir de mañana [por el lunes 27 de mayo] se acabó Madrid Central”, dijo su candidato Javier Ortega Smith tras conocerse el resultado de las elecciones y que las derechas tenían opción de gobernar.

Los proyectos para restringir el tráfico. Ana Botella (PP) 2014 (en azul) y Manuela Carmena (Ahora Madrid) para el 23 de noviembre de 2018 (en rojo).

Fuente: elaboración propia y Ayuntamiento de Madrid.

Más allá de estas declaraciones grandilocuentes, el área de bajas emisiones Madrid Central emana de una ordenanza, la norma municipal de mayor rango, por lo que cualquier modificación exigiría mayoría absoluta en un pleno muy fracturado. Además, esta iniciativa fue una de las medidas que el Consistorio puso en marcha para reducir la contaminación en la ciudad —cosa que, según los medidores municipales, se está consiguiendo— y para evitar una multa millonaria de la Comisión Europea, que había advertido a España de los altos niveles de polución de la ciudad.

De hecho, aunque el PP municipal defiende "revertir" esta área de tráfico restringido, pretende volver al sistema de áreas de prioridad residencial (APR). El PP puso en marcha cuatro APR (Embajadores, Cortes, Letras y Ópera) que han quedado integradas en Madrid Central. Y Ana Botella (PP) ya intentó poner en marcha su propio Madrid Central cuando era alcaldesa, pero no lo llevó a cabo porque se acabó la legislatura.

La única diferencia entre la propuesta de Botella y la de Carmena era que en la primera se permitía el tránsito por los grandes ejes del centro, como Gran Vía, Atocha y San Bernardo, mientras que en el actual sistema, esas vías también están cerradas al tráfico de los no residentes. De hecho, tras la reforma de la Gran Vía, permitir el tráfico sin limitaciones en la avenida madrileña supondría un problema: tras su remodelación, las aceras se ensancharon y los peatones ganaron dos carriles a los coches. A los madrileños les gustó el cambio: en una encuesta realizada a más de 200.000 personas, el 85% respaldó la intervención y que se diera prioridad al peatón frente a los coches. Solo el 14% votó en contra.

A Madrid Central los ciudadanos le pusieron una nota de 6,1 sobre 10 en una macroencuesta municipal sobre la satisfacción con la gestión municipal. Según Ecologistas en Acción, ha logrado reducir la contaminación en el centro, sin crear efecto frontera con los distritos adyacentes. En abril bajaron los niveles de NO2 en 21 de las 24 estaciones de medición de la ciudad que en el conjunto de la red llega al 16%, mientras en los 23 puntos de medición regionales la bajada es del 6%, con las mismas condiciones climatológicas.

Según un análisis de los datos municipales de EL PAÍS, la circulación se ha evaporado de toda la almendra central (no solo del área de tráfico restringido) en el interior de la M-30 en los últimos cuatro años, siendo Madrid Central un impulso a esta tendencia. Además, la Comunidad de Madrid denunció la entrada en vigor del área de tráfico restringido, pero el palo en la rueda no ha tenido por ahora refrendo de los tribunales. Madrid Central sigue adelante. Por ahora.
42 nuevas estaciones de Bicimad

La otra pata de la movilidad sostenible son las bicicletas públicas. El Ayuntamiento de Madrid está instalando desde abril 42 nuevas estaciones de Bicimad, el sistema de bicis públicas eléctricas, e incorporará 468 bicicletas hasta alcanzar los 2.500 vehículos. Las bases llegarán a ocho distritos y estarán en funcionamiento a partir de junio. El presupuesto de Bicimad hasta ahora era de 2,7 millones anuales, a los que hay que sumar los alrededor de 540.000 euros de esta ampliación. Estas son las localizaciones exactas de las nuevas estaciones, que se estrenan en Ciudad Lineal y Puente de Vallecas.




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Re:Medidas restrictivas por contaminación
« Respuesta #339 en: 28 de Mayo de 2019, 08:25:02 am »
Algunos retoques normativos y seguirá.