Sin armas en los aviones
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llevar armas en los aviones a los policías, guardias civiles y militares
EUROPA PRESS. MADRID
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El Ministerio del Interior ha dictado una instrucción en la que detalla la situaciones en las que militares y cuerpos de seguridad podrán llevar consigo el arma reglamentaria cuando viajen en avión. Esta instrucción desarrolla otra anterior, incluida en el Programa Nacional de Seguridad en la Aviación Civil, en la que se excluye a este personal, o al que Interior excepcionalmente autorice, de la obligación de depositar el arma en la bodega. Las situaciones son cinco y con ellas Interior describe qué entiende por comisión de servicios: cuando los agentes cumplan órdenes de los tribunales, autoridades judiciales o fiscales, si desarrollan ?investigaciones policiales?, si realizan funciones de ?custodia de presos y detenidos?, o de ?protección de personalidades?, y si desarrollan una ?actuación policial?. Esta instrucción, del pasado 31 de julio, ha sido aprobada por el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho.
Camacho agrega en el escrito que cada vez es mayor el número de estos profesionales que viaja en avión y que, ?en determinados casos?, se crean ?situaciones de alarma, por desconocerse la identidad de la persona que porta el arma y por el riesgo que puede suponer para la seguridad del vuelo el disparo accidental o no de la misma?.
Se que habia un tema relacionado, pero no lo he encontrado.
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