Autor Tema: Indulto: otro caso más  (Leído 135830 veces)

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1040 en: 02 de Mayo de 2023, 08:50:56 am »


El exjuez corrupto Salvador Alba vuelve a pedir su indulto al Gobierno sin mostrar arrepentimiento


En esta ocasión ha sido a través de sus padres, que lo consideran inocente de los tres delitos por los que cumple seis años y medio de condena en la prisión de Estremera (Madrid), “como si fuera un asesino”
— La caída de Salvador Alba, el juez que usó la toga para intentar acabar con la carrera de Victoria Rosell





El exjuez Salvador Alba.
El exjuez Salvador Alba.
Canarias Ahora

1 de mayo de 2023 19:50h
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El exjuez corrupto Salvador Alba Mesa ha vuelto a pedir al Gobierno su indulto por los tres delitos (prevaricación judicial, falsedad documental y cohecho) por los que cumple seis años y medio de prisión en la cárcel de Estremera (Madrid). Si la primera petición fue cursada por su esposa, la letrada de la Administración de Justicia Teresa Lorenzo, en esta ocasión han sido sus padres los que han activado el procedimiento para obtener esta gracia prevista en el ordenamiento jurídico español. Esta segunda petición comenzó su tramitación pocos días después de que el Gobierno rechazara la primera, en noviembre pasado, según el expediente que se tramita en estos momentos en el Ministerio de Justicia.


Tampoco en esta ocasión consta en ese expediente el menor arrepentimiento del reo. En el preceptivo informe de conducta tramitado por Instituciones Penitenciarias no se hace constar esta circunstancia, expresamente solicitada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que lo condenó en septiembre de 2019. Sí se certifica, sin embargo, que Alba se comporta adecuadamente en la prisión de Estremera, dotada con módulo para este tipo de presos, y en ella trabaja como auxiliar de limpieza del comedor. Como ocurriera en el informe policial emitido en 2022 con motivo de la tramitación del primer indulto, el exjuez asegura que está cursando el grado de Psicología, actualmente en el último curso, además de participar en un taller de judo, el deporte que practicaba anteriormente con asiduidad.

Desde prisión no se ha certificado al Ministerio de Justicia ninguna constancia de arrepentimiento por parte del penado. Del mismo modo que tampoco se ha transmitido que las enfermedades que durante once meses alegó para evitar entrar en la cárcel le impidan realizar cualquiera de las actividades cotidianas o deportivas que se ofrecen en ese establecimiento.

A pesar de haber aportado varios informes en los que se hacía constar que sus padecimientos desaconsejaban viajar en avión, Salvador Alba fue trasladado a finales de octubre desde la prisión de El Salto del Negro a la de Estremera mediante transporte aéreo, primero desde Gran Canaria a Tenerife, y desde esta isla a Jerez de la Frontera en un vuelo mediante avión de hélices fletado para el traslado de reclusos. Esa noche la pasó en la prisión de Puerto de Santa María (Cádiz III), para ser trasladado al día siguiente en furgón de la Guardia Civil hasta Madrid VI (Estremera). A Instituciones Penitenciarias no le consta ningún tipo de percance de salud durante esos traslados del exjuez corrupto.

Al llegar a Madrid, a Alba le fue asignado como preso de confianza un agente del Cuerpo Nacional de Policía que lo conocía por haber ejercido su profesión en Gran Canaria.

Los padres de Salvador Alba han hecho constar en su escrito de solicitud de indulto ante el Rey que desconocen los motivos por los que fue condenado, aunque veladamente acusan a la víctima de los delitos de su hijo, la magistrada en excedencia Victoria Rosell, de la que dicen que milita en Podemos, de haberlo denunciado y acusado falsamente. En realidad, la investigación contra el exjuez corrupto se inició de oficio al conocerse una conversación en la que maquinaba una operación delictiva contra la actual delegada contra la Violencia de Género, que no es militante de Podemos.

Ante la ministra de Justicia, los padres de Alba se han quejado de que su hijo cumpla condena en la cárcel de Estremera “como si fuera un asesino”, lo que provoca en la familia la desmoralización y la sorpresa.

A pesar de haber solicitado su traslado a la cárcel de Sevilla I por encontrarse cerca de la residencia de parte de la familia de su esposa, Alba lleva ya seis meses en la de Madrid. Aún se desconoce si se accederá a esa petición.

Alba fue condenado por manipular un procedimiento penal con el objetivo de dañar la reputación de la magistrada a la que sustituyó en el Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria, Victoria Rosell, cuando la actual delegada del Gobierno contra la Violencia de Género decidió presentarse a las elecciones como independiente en las listas de Podemos en 2015. Además de la pena de cárcel, la sentencia impuso a Alba 18 años de inhabilitación, el pago de una multa de 12.150 euros y la obligación de indemnizar a la víctima con 60.000 euros.


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« Respuesta #1041 en: 05 de Mayo de 2023, 08:36:33 am »

Un juzgado de Granada absuelve al abogado de Juana Rivas de un delito de calumnias contra el juez Manuel Piñar


El auto del juzgado afirma que "se constata que los hechos no son constitutivos de calumnias, en tanto que no se basan en hechos falsos". Carlos Aránguz, abogado de la madre de Maracena, recuerda que Piñar está expedientado por el CGPJ.

 
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Juana Rivas en una foto de archivo. — Álex Cámara / Europa Press
Juana Rivas en una foto de archivo. — Álex Cámara / Europa Press

MADRID, 04/05/2023 11:13 ACTUALIZADO: 04/05/2023 12:27 MARISA KOHAN
En noviembre del año pasado, el juez Manuel Piñar, quién condenó a Juana Rivas en primera instancia a cinco años de prisión, se querelló contra el abogado de ésta, Carlos Aránguez, por delitos de calumnia e injurias contra él. Ahora, el Juzgado de Instrucción 5 de Granada ha decidido archivar la investigación que había iniciado, decretando el sobreseimiento libre de las actuaciones al considerar que los hechos "no son constitutivos de delito alguno".

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En el auto, al que ha tenido acceso Público, el juez instructor afirma que "se constata que los hechos no son constitutivos de calumnias, en tanto que no se basan en hechos falsos". La investigación del juzgado analizó las manifestaciones de Aránguez en diversos medios de comunicación, así como el intercambio de mensajes de este abogado en un grupo de WhatsApp que el letrado comparte con más de cien periodistas para informar de la evolución de casos judiciales.

La querella del juez Piñar contra Aránguez es otra vuelta de tuerca del complicado caso de Juana Rivas en los tribunales y de la posible parcialidad de las decisiones judiciales de dicho juez. En julio del año pasado, la defensa de Rivas se querelló contra el juez Piñar por "delito continuado de prevaricación judicial y atentado contra la integridad moral (maltrato institucional)" por sus "decisiones ilegales" durante la tramitación de la ejecutoria en el caso Juana Rivas.

Una sentencia del juez que condenó a Juana Rivas es anulada por "inquisitorial" y "falta de imparcialidad"
En dicha querella, Aránguez desgranaba diversas actuaciones "ilegales" del magistrado a lo largo de los últimos años y lo acusaba, además, de "falta de imparcialidad y de objetividad". En el escrito Aránguez explica que Piñar había retrasado sin motivo decisiones que afectaban a Rivas para evitar la prisión después de que el Gobierno le hubiera concedido el indulto y que había tramitado un expediente paralelo de indulto, "careciendo absolutamente de competencia para ello, con la única intención de informar negativamente sobre dicho beneficio, con absoluta parcialidad, alterando intencionadamente la realidad y ocultando la propia existencia de ese expediente a la defensa".

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Esta querella fue inadmitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Ahora, el juzgado de Granada afirma que los hechos denunciados por Piñar "carecen de relevancia penal por injurias, teniendo en cuenta que se produce en el contexto de un asunto de importancia pública que fue objeto de información en multitud de medios de comunicación", añade el juez, quien igualmente no cree que las expresiones del abogado se fundamentaran "en hechos absolutamente falsos o con conciencia de su falsedad".

El juzgado también rechaza la prórroga del plazo de instrucción solicitado por Piñar en la causa por haber sido presentado fuera de plazo y por considerar que las diligencias practicadas resultan "más que suficientes para resolver". En el auto, el juez instructor deja sin efecto las medidas cautelares acordadas y las diligencias de instrucción aún no practicadas.

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Juana Rivas pide amparo al Constitucional en su querella contra el juez Piñar
Piñar, expedientado por el CGPJ
Tras conocer la decisión del juzgado, Carlos Aránguez ha afirmado que en el auto por el que se acuerda el sobreseimiento libre "se destaca que todas las afirmaciones que realizó este abogado son ciertas, estando basadas en datos objetivos del procedimiento".

Aránguez recuerda, además, que el juez Piñar "está expedientado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por sus polémicas opiniones en redes sociales. La Fiscalía pide su imputación por delito de odio. Y absolutamente todas sus decisiones en el Caso Juana Rivas han sido recurridas y rectificadas por el Tribunal Supremo o la Audiencia Provincial".


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« Respuesta #1042 en: 05 de Mayo de 2023, 08:47:43 am »
No está dando vueltas este asunto. . .

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« Respuesta #1043 en: 13 de Mayo de 2023, 08:22:19 am »


El Constitucional deliberará sobre el recurso de Griñán y Chaves a seis días del 28-M


La decisión de admitir o inadmitir los recursos en plena campaña electoral rompe con el protocolo (no oficial) de evitar hacer pronunciamientos de este calibre en fechas próximas a elecciones
El Constitucional deliberará sobre el recurso de Griñán y Chaves a seis días del 28-M Los expresidentes Manuel Chaves (i) y José Antonio Griñán durante el juicio de los ERE. Europa Press
CRISTINA GARCÍA VÁZQUEZ
PUBLICADO 12/05/2023 18:53
ACTUALIZADO 12/05/2023 19:32
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional estudiará el próximo 22 de mayo si admitir a trámite las demandas de amparo interpuestas por los ex presidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, contra las condenas impuestas por el Tribunal Supremo por el fraude de los ERE, según confirman fuentes del tribunal de garantías a Vozpópuli.

MÁS INFO


Griñán presenta un recurso de amparo ante el Constitucional contra su ingreso en prisión
EL TC abordará los recursos apenas seis días antes de las elecciones autonómicas y municipales calendadas para el próximo 28 de mayo. La decisión de la decisión de admitir o inadmitir los recursos en plena campaña electoral rompe con el protocolo (no oficial) de evitar hacer pronunciamientos de este calibre en fechas próximas a elecciones.


Los cuatro recursos se presentan sobre la sentencia del Tribunal Supremo en la que confirmó la decisión de la Audiencia de Sevilla. El tribunal andaluz condenó a la cúpula de los gobiernos del PSOE (entre el año 2000 Y 2010) por estar implicados en una trama fraudulenta de ayudas sociolaborales.

El expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, fue condenado por el Tribunal Supremo por un delito de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos a seis años de prisión. Ante el recurso de amparo interpuesto por el ex dirigente andaluz, la audiencia provincial de Sevilla ha reactivado su posible ingreso en prisión. El último movimiento del órgano ha sido el conocido el pasado 3 de mayo cuando solicitó un nuevo informe forense para decidir si entra ya en prisión o aguarda a que finiquite el tratamiento contra el cáncer.


El TC atenderá también el próximo día 22 los expedientes del expresidente andaluz Manuel Chaves y Magdalena Álvarez condenados por prevaricación, pero sus condenas están exentas de penas de prisión. Sin embargo, el exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, está condenado por malversación y prevaricación y cumple una pena de siete años y nueve meses.

En todos estos casos, la ponente de esas resoluciones será la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán. Todo apunta a que el tribunal admita a trámite los recursos. Probablemente, será el Pleno del TC -de mayoría progresista- el órgano encargado de terminar pronunciándose sobre los recursos, si estos fuesen admitidos.



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« Respuesta #1044 en: 25 de Mayo de 2023, 14:13:27 pm »


El nuevo informe forense señala que Griñán tendría que tratarse en hospitales externos a prisión


El nuevo informe médico forense ya ha sido emitido por el Instituto de Medicina Legal de Sevilla, y recibido por la Audiencia Provincial de Sevilla y en él se indica que tiene una enfermedad muy grave
Griñán, el Rastas y la maniobra de Sánchez en el CGPJ: el TC aparca los temas calientes por el 28-M
El TC pospone hasta después del 28-M su decisión sobre el recurso de Griñán
Griñán ingresará en prisión cuando lo decida la Audiencia de Sevilla y Prisiones le podrá otorgar beneficiosJosé Antonio Griñán, expresidente de la Junta de Andalucía. EUROPA PRESS
Vozpópuli
Vozpópuli

Publicado: 25/05/2023 11:23

Actualizado: 25/05/2023 11:43

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha emitido una providencia por la que da al Ministerio Fiscal y a la acusación particular (ejercida por el Partido Popular) tres días para que se pronuncien sobre el nuevo informe médico forense emitido por el Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla, y recibido ya por la Audiencia, sobre el estado de salud del ex presidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y un día de cárcel por el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos. En docuemento señala que tendría que tratarse en hospitales externos a prisión.

Así se recoge en la resolución emitida por la Audiencia con fecha 24 de mayo y consultada por Europa Press después de que el pasado jueves 18 de mayo Griñán acudiera al Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla, en los juzgados del Prado de San Sebastián, para el nuevo informe forense solicitado por la Audiencia al objeto de dilucidar si puede continuar en prisión el tratamiento médico que sigue por el cáncer de próstata que padece.


A su llegada a la sede judicial, José Antonio Griñán manifestaba que "las enfermedades son privadas", extremo que según indicaba debe ser "respetado". "Uno debe mantener la confidencialidad de las enfermedades y hay que saber respetarlas", señalaba.

El nuevo informe debe determinar si el tratamiento farmacológico y de rehabilitación que le queda a Griñán tras las sesiones de radioterapia "es compatible con el ingreso en prisión".
El IML citaba al expresidente al objeto de un reconocimiento a partir del cual emitir su nuevo informe forense, que según la Sección Primera de la Audiencia debía determinar si el tratamiento farmacológico y de rehabilitación que le queda a Griñán tras las sesiones de radioterapia "es compatible con el ingreso en prisión".


Nuevo informe forense sobre la salud de Griñán
El informe reconoce que tiene una enfermedad muy grave y que se deberá recurrir a servicios hospitalarios externos a la prisión para el tratamiento de la misma. El documento, firmado por la forense María Ángeles Dichas y al que ha tenido acceso EFE, recoge que Griñán ha finalizado el tratamiento de radioterapia pero que continúa con el hormonal, y añade que se desconoce si su evolución "va a ser favorable o desfavorable", ya que está pendiente de revisiones médicas en junio y en septiembre.


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« Respuesta #1045 en: 30 de Mayo de 2023, 08:36:36 am »


El TC acelera tras las municipales: estudia el 5 de junio el recurso de Griñán por los ERE


La Sala Segunda convocó la fecha antes de conocerse el anuncio de Sánchez de adelanto electoral. Tenía previsto deliberar antes de las municipales pero se corrigió y lo postergó para después de las elecciones
José Antonio Griñán y Manuel ChavesLos expresidentes de Andalucia Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el juicio del caso ERE en la Audiencia de Sevilla en 2018. (EFE)
Gema Huesca
Gema Huesca

Publicado: 29/05/2023 18:43

Actualizado: 29/05/2023 18:50

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El Tribunal Constitucional va a deliberar el próximo lunes 5 de junio sobre los recursos de José Antonio Griñán y Manuel Chaves. La Sala Segunda del tribunal de garantías -compuesta por seis miembros- estudiará si admite o no trámite los recursos de amparo de los expresidentes andaluces y de la exministra de Fomento Magdalena Álvarez por sus condenas en la trama de los ERE.

Así lo confirman fuentes del Constitucional a Vozpópuli, las cuáles avanzan que el resultado será positivo y, por tanto, se admitirán a trámite los recursos de los antiguos líderes del PSOE andaluz. La fecha de esta nueva deliberación se fijó a primera hora de este lunes; es decir, antes de conocerse el anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de disolver las Cortes y adelantar las elecciones generales para el 23 de julio.


Con todo, no es la primera vez que se convoca esta deliberación. La misma Sala ya fijó fecha para abordar los recursos de Griñán y los otros dos condenados por los ERE. En concreto se incluyó en el orden del día del 22 de mayo; es decir, a seis días de los comicios autonómicos y municipales de este pasado domingo.

Prisa con el recurso de Griñán
El revuelo generado, teniendo en cuenta que el Constitucional no suele abordar asuntos de índole político en plena campaña electoral, propició una corrección, de manera que se postergó su estudio para después del 28-M. Fuentes internas del TC insisten en que se tuvo que corregir ante las críticas, mientras que otras defienden que el orden del día en el que se fijaba el 22 de mayo como fecha de deliberación era solo un borrador que nunca devino oficial.


El Supremo confirma la condena a Chaves y el ingreso en prisión de Griñán por el caso ERE
Los expresidentes Manuel Chaves (i) y José Antonio Griñán durante el juicio de los ERE.EUROPA PRESS
Sea como fuere la cuestión, de no haber cambios de última hora, se fija para el próximo lunes 5 de junio. Los seis miembros de esta Sala Segunda no van a entrar en el fondo del asunto; esto es, si se vulneran o los derechos de los tres exlíderes del PSOE con la condena de los ERE; sino que se estudiará el primer paso, relativo a la admisión a trámite de sus recursos de amparo. Las fuentes consultadas por este diario dan por hecho un resultado mayoritario favorable a su admisión a trámite.


La Sala la preside la progresista Inmaculada Montalbán (vicepresidente del tribunal de garantías) y la conforman los progresistas María Luisa Balaguer, Ramón Sáez Valcárcel y Laura Díez Bueso y los conservadores Concepción Espejel, Enrique Arnaldo y César Tolosa.

De esta forma el TC se pronunciará sobre el recurso de amparo de Griñán, mientras la Audiencia Provincial de Sevilla sigue estudiando si acuerda su ingreso en prisión o no a raíz de la enfermedad que padece. El órgano le condenó en noviembre de 2019 a seis años de cárcel por los delitos de prevaricación y malversación en el conocido como caso ERE. Una condena que el Tribunal Supremo confirmó el pasado mes de julio al considerar que dictó resoluciones en favor de los beneficiados por esta trama a sabiendas de las irregularidades que se estaban produciendo.


Último informe forense
Tras adquirir firmeza la condena, la Audiencia de Sevilla activó el mecanismo para su ingreso en prisión. La defensa de Griñán ha tratado de paralizar su entrada en la cárcel aduciendo al cáncer que padece y recurriendo también al Tribunal Constitucional, donde interpuso recurso de amparo. Sin embargo en estos meses se han ido solicitando informes periciales antes de tomarse ninguna decisión.

El último de ellos se acaba de incorporar a este procedimiento. El mismo, elaborado por el Instituto de Medicina Legal (IML) recomienda que el tratamiento de cáncer que padece se trate fuera de prisión. La Audiencia Provincial de Sevilla ha dado traslado del documento a las partes para que se pronuncien en un plazo de tres días.


Al respecto la Fiscalía Anticorrupción trasladó el pasado mes de noviembre que se oponía a la suspensión del ingreso en prisión de cerca de una decena de condenados, entre ellos Griñán. Antes de pronunciarse sobre su enfermedad, el Ministerio Público apeló a la gravedad de los delitos por los que fueron condenados (prevaricación y malversación de caudales públicos) y también al hecho de que el Tribunal Supremo había confirmado de manera íntegra la condena de la Audiencia de Sevilla.

Anticorrupción apeló entonces a la comisión del delito de prevaricación y dijo que la "corrupción política y administrativa y la desviación de poder" eran incompatibles con un estado democrático de derecho en el que deben prevalecer principios como "igualdad ante la ley, control del poder público y corrección en la actuación administrativa".


Del mismo modo el Tribunal Constitucional también deliberará sobre los recursos de Manuel Chaves y de Magdalena Álvarez, a quienes el Supremo confirmó la condena de nueve años de inhabilitación por prevaricación. El fallo del alto tribunal expuso que los condenados dispusieron de cerca de 700 millones de euros públicos de forma arbitraria y que, en lo que respecta a Chaves, contaba con información acerca de cual era el destino de los fondos.

La sentencia plasmó que el expresidente andaluz y también exministro del PSOE tuvo conocimiento que se estaban alterando estos subsidios que concedía la Consejería de Empleo. En lo que respecta a Magdalena Álvarez, concluyó que a ella también se le debía mantener la condena porque fue conocedora del cambio de presupuesto en 1998 para facilitar los subsidios ilegales de los ERE en su condición de Consejera de Economía y Hacienda; cargo que ejerció hasta 2004, cuando aterrizó en el Ministerio de Fomento del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.


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« Respuesta #1046 en: 14 de Junio de 2023, 06:38:34 am »
El Tribunal Supremo confirma el indulto a María Sevilla
Historia de EFE • Ayer a las 12:58

El Tribunal Supremo ha confirmado el indulto parcial que otorgó el Gobierno en mayo de 2022 a la expresidenta de la asociación Infancia Libre, María Sevilla, que fue recurrido por su exmarido, al considerar que cumple con los requisitos legales y no perjudica al hijo de ambos.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, rechaza el recurso que interpuso Rafael Marcos contra el Real Decreto de 24 de mayo de 2022 por el que se concedió el indulto parcial a su exmujer, María Sevilla, quien fue condenada en 2020 por sustraer a su hijo a una pena de dos años y cuatro meses de prisión y la retirada de la patria potestad durante cuatro años.

El Gobierno redujo esa pena de cárcel a dos años y conmutó la retirada de la patria potestad por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad, y es esta segunda decisión la que recurrió Rafael Marcos ante el Tribunal Supremo al entender que el indulto no está debidamente motivado e infringe los artículos 9, 10 y 103 de la Constitución Española.

Argumenta también el recurrente que el indulto infringe el artículo 15 de la Ley de Indulto, al ser condición tácita para su concesión que no cause perjuicio a tercera persona o no lastime sus derechos, asegurando que "no se ha tenido en cuenta el interés superior del menor". A este recurso se opusieron la Abogacía del Estado, la Fiscalía, la Asociación de Mujeres Juristas Themis y la Federación de Mujeres Progresistas.

La Fiscalía criticó en su escrito la motivación del recurso "desde la perspectiva formal", pero concluyó que "en el expediente figuran datos positivos favorables al ejercicio de la prerrogativa de gracia en el sentido realizado", mientras que las dos asociaciones citadas sostuvieron que con la concesión del indulto parcial "no se ha vulnerado ninguna de las normas que se invocan".

Ahora la Sala del Supremo concluye que debe rechazar el recurso del exmarido de María Sevilla al no apreciar las circunstancias que se exponen, y subraya que se debe seguir el criterio de la Fiscalía que "pese a su opinión contraria al indulto de la pena de privación de la patria potestad en el expediente de indulto", señaló otras circunstancias como "la buena disposición de la señora Sevilla para con su hijo menor".

También cita "el efecto provechoso de la acción de aquella sobre este". "Junto a los datos positivos que destaca el fiscal en su escrito, es indudable la existencia de otros datos o hechos en sentido contrario, pero esta contradicción no constituye obstáculo en relación con la libertad de elección y valoración que asiste al Gobierno para conceder el indulto", explican los magistrados.

Y añaden que "en el expediente obran elementos fácticos que impiden calificar la decisión gubernamental de irrazonable lógicamente o arbitraria", que son los únicos que prevé la jurisprudencia para rechazarlo.

La Sala incide en que tampoco se ha demostrado que el indulto vaya a perjudicar al menor, "ni tal cosa se deduce mínimamente de la amplia documentación de la que se dispone en este proceso".

Esta decisión judicial se conoce después de que el pasado viernes el Tribunal Supremo informase de que condenaba a la ministra de Igualdad, Irene Montero, a indemnizar con 18.000 euros a Rafael Marcos por daño moral al llamarle maltratador el 25 de mayo de 2022.

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« Respuesta #1047 en: 14 de Junio de 2023, 13:00:41 pm »
Éste indulto no es más que otra astilla en la pira funeraria de Irene Montero. . .

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« Respuesta #1048 en: 16 de Junio de 2023, 15:16:32 pm »

El último informe médico sobre Griñán pide que no entre en la cárcel: "Padece un cáncer incurable"



El Español
Griñán, en una imagen reciente.
ANDALUCÍA CASO ERE
El Instituto de Medicina Legal de Sevilla subraya que su cáncer es "muy grave" y no es probable que remita.
16 junio, 2023 14:40
Javier Corbacho  Inma León
El último informe forense sobre la salud de José Antonio Griñán recomienda que el expresidente de la Junta de Andalucía no entre en prisión.

El dirigente socialista, que tiene actualmente 77 años, fue condenado a seis años de cárcel por el desfalco del caso ERE. Ahora bien, ya que padece un cáncer, la Justicia ha ordenado que sea examinado clínicamente para dirimir si debe o no entrar en prisión. Y así lo ha encargado al Instituto de Medicina Legal de Sevilla.

El último dictamen médico, el tercero, fechado este 15 de junio y que avanza EL ESPAÑOL, es tajante: "En la actualidad, no existen criterios médicos que permitan hablar de remisión del cáncer que padece, por lo que estamos ante una ENFERMEDAD INCURABLE sin perjuicio de que otros tratamientos adecuados puedan posibilitar la remisión de la misma".

Por todo ello, la médico forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla que lo firma recomienda que Griñán no entre en prisión.

Este dictamen se ha emitido después de que el expolítico fuese sometido a un tratamiento de radioterapia. La Justicia lo ordenó "a fin de evaluar si persistía la situación de gravedad de la enfermedad o, por el contrario, se había modificado su estadío clínico". A la vista de las conclusiones, no parece ser el caso.

Tras recibir el informe, la Audiencia Provincial ha dado un plazo de dos días a la Fiscalía y a la acusación popular que ejerce el PP andaluz para que se pronuncien al respecto.

La forense aclara que "no todos los procesos cancerosos son iguales". Tampoco lo son las respuestas a las terapias. De ahí la necesidad de que el análisis de cada enfermo sea individualizado, recuerda la profesional.

"En el caso que nos ocupa, aunque alguno de los síntomas secundarios ha mejorado, otros persisten y exigen un control periódico con excarcelaciones frecuentes", indica el informe médico. Todo ello, concluye, "vuelve a hacer patente la dificultad de mantener una dinámica carcelaria".

Además, la forense destaca que un informe anterior, fechado el 24 de mayo, previo al tratamiento de radioterapia, ya advirtió de los problemas que supondría para la propia cárcel que Griñán ingresase en ella. "Tanto en las consultas programadas como no programadas, para el traslado al hospital de referencia, siendo los tratamientos, en general, externalizados", indica el dosier.

"No se necesita solamente cuidados médicos en prisión, sino evitar, entre otros, el peligro de infecciones en personas con un sistema inmunológico deprimido y que pueden suponer riesgos vitales, por la edad (77 años) y por la propia enfermedad, y ello en aras al bienestar físico y psíquico que necesitan estas personas con padecimientos graves", añade.

   

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« Respuesta #1049 en: 26 de Junio de 2023, 14:03:30 pm »

Se suspende la condena de Griñan por decisión de la Audiencia Provincial

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« Respuesta #1050 en: 24 de Julio de 2023, 08:20:12 am »
Y Puigdemont tendrá la llave de la gobernabilidad en España...que cosas tiene la política....o más bien los números, que son perversos

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« Respuesta #1051 en: 24 de Julio de 2023, 14:39:41 pm »
Su ingreso en prisión. . . será el comodín de la gobernabilidad. . . al final, el ser humano, egoísta por naturaleza, hará que busque una salida personal honrosa. . . la cárcel es dura, sólo hay que dejar que entre rejas se macere, como los encurtidos, para que todo cambie. . .

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« Respuesta #1052 en: 09 de Octubre de 2023, 20:29:43 pm »


El Gobierno en funciones de Sánchez tramita ya los indultos a los ex altos cargos socialistas condenados por el caso ERE


La División de Gracia del Ministerio de Justicia solicita un informe a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que dictó la sentencia, «a fin de llevar a cabo la tramitación oportuna» de los perdones
Quiénes son los políticos socialistas del caso ERE a los que el Gobierno puede perdonar la pena de cárcel
A los presos del PSOE en el caso ERE solo les queda ya un cartucho para salir de prisión
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El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán en el juicio del caso ERE EFE
ANTONIO R. VEGA

Sevilla


09/10/2023
Actualizado a las 19:46h.


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El Ministerio de Justicia ha iniciado el trámite para la concesión de los indultos al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y a otros ex altos cargos autonómicos del PSOE condenados a penas de prisión por delitos continuados de prevaricación y malversación de fondos públicos en el caso de los ERE.


La División de Derechos de Gracia y otros Derechos, dependiente del departamento que dirige la ministra en funciones Pilar Llop, ha dirigido un oficio a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que dictó la sentencia firme del caso ERE el 19 de noviembre de 2019, para solicitarle «un informe respecto de la petición de indulto» de cada uno de los penados.


La decisión ha trascendido ahora porque el tribunal sentenciador ha emitido distintas diligencias, fechadas el 28 de septiembre pasado, a las que ha tenido acceso ABC, en las que se informa a los penados de que el Gobierno les ha instado a entregar dicho informe «a fin de llevar a cabo la tramitación oportuna». Contra dicha decisión, detalla la resolución, se puede imponer un recurso de reposición en el plazo de tres días desde el siguiente a la notificación de la misma.

Además de Griñán, que tiene suspendida la pena de seis años de prisión por la enfermedad grave que sufre, han solicitado indultos parciales para evitar el cumplimiento de las penas los abogados que representan a la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández García, el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, el exdirector general de Trabajo Juan Márquez y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román. Todos ellos están condenados en firme después de que el Tribunal Supremo ratificara la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla.


Tras recibir el oficio del Ministerio, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla acuerda en una providencia incluida en la misma resolución, formar «expediente de indulto, de acuerdo con lo dispuesto en la ley de 1870 reguladora de la gracia». Para ello, solicita la «hoja histórico-penal» de cada uno de los condenados que ha solicitado indulto, así como la «certificación de la sentencia dictada y de la liquidación de condena practicada en la misma o informe de conducta en su caso».

Del mismo modo, la sala resuelve llamar para que se manifieste cada perjudicado «sobre su acuerdo o desacuerdo con la concesión del indulto» y da orden de que una vez reunidos todos estos «despachos», «pase el expediente al Ministerio Fiscal para que emita el preceptivo informe» sobre las solicitudes de perdón.


El caso ERE representa la mayor trama de corrupción de la democracia en términos económicos: 679.412.179 euros de dinero público defraudado

La ministra en funciones de Justicia, Pilar Llop, ha confirmado la noticia avanzada por ABC. Ha argumentado que «los indultos y, en este caso el de Griñán, se tramitan como todos, se les ha dado el mismo curso que a todos, ahora están en fase judicial y seguirá también su tramitación ordinaria». Desde el Gobierno puntualizaron de que los indultos empezaron a tramitarse poco antes de las elecciones generales del 23 de julio, conforme va tocando a las distintas peticiones, por lo que ni se han acelerado ni paralizado los expedientes de los condenados de los ERE.

La ministra Llop: «Se pueden tramitar pero no conceder»
Llop ha puntualizado a los periodistas que le han preguntado por este asunto que «cuando el Gobierno está en funciones no se pueden conceder indultos pero se tramitan igual que todos, y estos están en fase de tramitación como cualquier otro».

El caso ERE está considerado uno de los principales casos de corrupción institucional que se ha investigado en España, con una cuantía defraudada que asciende a 679.432.179,09 euros. Es el volumen del dinero desviado a lo largo de una década (2000-2009) por los anteriores gobiernos andaluces del PSOE.

La medida de gracia del Gobierno permitiría salir de la cárcel a todos ellos, menos al expresidente de la Junta de Andalucía y del PSOE José Antonio Griñán, el único ex alto cargo autonómico condenado a una pena de prisión de seis años que no ha pisado la cárcel ni la va a pisar en los próximos cinco años. La Audiencia de Sevilla suspendió por dicho periodo la ejecución de la pena impuesta a Griñán, de 77 años, debido al cáncer que padece, diagnosticado en diciembre de 2022.

Siete ex altos cargos han entrado en prisión
Hasta el momento, siete ex altos cargos socialistas han dormido en una celda para cumplir su castigo judicial. Son los exconsejeros Antonio Fernández, José Antonio Viera, Francisco Vallejo y Carmen Martínez Aguayo, el exviceconsejero Jesús María Rodríguez Román, el ex director general de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano.

Tampoco ha pisado la prisión el exdirector de Trabajo de la Junta Juan Márquez Contreras, sustituto del fallecido Francisco Javier Guerrero, pero por motivos diferentes a los de Griñán. El tribunal accedió a dejar en el aire el cumplimiento de la medida privativa de libertad «mientras se tramita el indulto» y por el plazo de un año, puesto que su pena, inferior al del resto de condenados, fue rebajada a tres años por el Tribunal Supremo en la sentencia notificada el 14 de septiembre pasado .

El último en entrar en un centro penitenciario fue Agustín Barberá, exviceconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía desde 2004 a 2010, después de agotar todos los recursos legales a su alcance para evitar la pena privativa de libertad.

Barberá no consiguió convencer al tribunal para evitar su encierro tras alegar que padece un sarcoma de partes blandas (un tipo poco común de tumor maligno). La Audiencia de Sevilla consideró que podía ser tratado dentro del centro penitenciario. Resignado, el exviceconsejero cruzó la puerta de la prisión del Puerto III el pasado jueves 6 de abril, en plena Semana Santa. Desde entonces duerme en una celda del módulo de respeto, donde ingresan los presos con mejor comportamiento, que no suelen llevar a sus espaldas delitos de sangre.

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El expresidente de la Junta de Andalucía fue eximido de ir a la cárcel por la Audiencia de Sevilla debido al cáncer de próstata que padece

El exconsejero de Empleo José Antonio Viera, que al igual que Griñán padece un cáncer de próstata, no evitó su ingreso en la prisión de Huelva el pasado 2 de enero. Meses después, en junio pasado, Instituciones Penitenciarias le ha concedido el tercer grado, lo que significa que ya no tiene que dormir en una celda. Allí ha permanecido hasta el pasado 9 de junio, cuando la cárcel trasladó su expediente al centro de inserción de Huelva, que actualmente ejerce un control sobre el penado.

Otra vía abierta en el Tribunal Constitucional
En paralelo a las peticiones de indulto, los condenados han presentado ante el Tribunal Constitucional (TC) recursos de amparo contra la sentencia del Tribunal Supremo, que confirmó las penas de los principales acusados, porque consideran que se han vulnerado sus derechos fundamentales. El 26 de septiembre pasado, el Constitucional acordó por unanimidad denegar la suspensión de la pena de prisión a siete de los condenados en la pieza principal de la causa de los ERE de Andalucía.

Los magistrados justificaron su negativa a esta medida cautelar amparándose en la propia jurisprudencia del TC, en virtud de la cual no procede esta suspensión en penas superiores a cinco años y más aún sin que haya una razón por encima del interés general que, «en un caso como éste, presenta la ejecución» de una condena firme.

El Pleno del TC puso de relieve la gravedad de la pena y trascendencia social de los hechos enjuiciados, que operan como «parámetros decisivos» para no acceder a la suspensión. Los recurrentes, recuerdan los magistrados, fueron condenados por delitos continuados contra la Administración Pública «cometidos a lo largo de un extenso periodo de tiempo y con incidencia en toda una comunidad autónoma».

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1053 en: 17 de Octubre de 2023, 07:51:16 am »


El Tribunal Constitucional prepara un informe que permitiría anular la sentencia de los ERE


Elabora un documento en el que asumiría los argumentos de la defensa de los condenados y dejaría sin efecto la sentencia que condenó a Chaves, Griñán y otros altos cargos de la Junta
De los 'cuatro gatos' al indulto: las maniobras del PSOE para eludir la responsabilidad del fraude de los ERE
 
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16/10/2023
Actualizado a las 16:13h.



El Tribunal Constitucional prepara un informe que pone las bases para una futura anulación de la sentencia del caso ERE, al asumir la argumentación jurídica de los 12 condenados, entre quienes se encuentran dos expresidentes de la Junta Griñán y Manuel Chaves. Si esta argumentación sigue adelante, medida el Gobierno de Pedro Sánchez ya no tendría que tramitar el indulto que han solicitado la mayoría de los condenados.


El Constitucional admitió a trámite los recursos presentados por los condenados a principios del mes de junio y, según informa The Objective, eestaría elaborando ya un informe que prepara el terreno para la anulación de la pena de seis años y dos días de cárcel e inhabilitación absoluta por 15 años y dos días de José Antonio Griñán, ex consejero de Economía y ex presidente de la Junta de Andalucía, por un delito continuado de malversación y otro de prevaricación, así como la condena a nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación impuesta a Manuel Chaves.


Aunque se trata de un documento inicial que todavía no tiene consecuencias jurídicas alguna, el informe que prepara el Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde Pumpido, argumenta ya que la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla y ratificada por el Tribunal Supremo plantea «un problema relativo a una faceta de derecho fundamental que afectaría al artículo 25 de la Constitución Española y sobre el que no existiría doctrina constitucional». Los letrados de los acusados defendieron en su día que la aprobación de un anteproyecto de Ley de Presupuestos y su remisión a las cortes autonómicas no es un acto administrativo, ya que se trata del primer paso de la fase «prelegislativa».

De esta forma, los acuerdos del Consejo de Gobierno y las modificaciones presupuestarias posteriores no serían actos administrativos, sino políticos. Esta tesis podría ser asumida ahora por el Tribunal Constitucional, dejando sin efecto todo el proceso judicial y la sentencia condenatoria.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1054 en: 17 de Octubre de 2023, 17:07:11 pm »


El Tribunal Constitucional prepara un informe que permitiría anular la sentencia de los ERE


Elabora un documento en el que asumiría los argumentos de la defensa de los condenados y dejaría sin efecto la sentencia que condenó a Chaves, Griñán y otros altos cargos de la Junta
De los 'cuatro gatos' al indulto: las maniobras del PSOE para eludir la responsabilidad del fraude de los ERE
 
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16/10/2023
Actualizado a las 16:13h.



El Tribunal Constitucional prepara un informe que pone las bases para una futura anulación de la sentencia del caso ERE, al asumir la argumentación jurídica de los 12 condenados, entre quienes se encuentran dos expresidentes de la Junta Griñán y Manuel Chaves. Si esta argumentación sigue adelante, medida el Gobierno de Pedro Sánchez ya no tendría que tramitar el indulto que han solicitado la mayoría de los condenados.


El Constitucional admitió a trámite los recursos presentados por los condenados a principios del mes de junio y, según informa The Objective, eestaría elaborando ya un informe que prepara el terreno para la anulación de la pena de seis años y dos días de cárcel e inhabilitación absoluta por 15 años y dos días de José Antonio Griñán, ex consejero de Economía y ex presidente de la Junta de Andalucía, por un delito continuado de malversación y otro de prevaricación, así como la condena a nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación impuesta a Manuel Chaves.


Aunque se trata de un documento inicial que todavía no tiene consecuencias jurídicas alguna, el informe que prepara el Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde Pumpido, argumenta ya que la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla y ratificada por el Tribunal Supremo plantea «un problema relativo a una faceta de derecho fundamental que afectaría al artículo 25 de la Constitución Española y sobre el que no existiría doctrina constitucional». Los letrados de los acusados defendieron en su día que la aprobación de un anteproyecto de Ley de Presupuestos y su remisión a las cortes autonómicas no es un acto administrativo, ya que se trata del primer paso de la fase «prelegislativa».

De esta forma, los acuerdos del Consejo de Gobierno y las modificaciones presupuestarias posteriores no serían actos administrativos, sino políticos. Esta tesis podría ser asumida ahora por el Tribunal Constitucional, dejando sin efecto todo el proceso judicial y la sentencia condenatoria.

A este paso de politización del alto tribunal...solo nos queda Estrasburgo.
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1055 en: 04 de Febrero de 2024, 07:00:29 am »
El pasado año se concedieron 11 indultos...únicamente.



El BNG presiona ahora a Sánchez para indultar a un sindicalista condenado por agredir a un policía


El BNG registra una iniciativa exigiendo al Gobierno el indulto del sindicalista Xesús Anxo López Pinto, condenado por los hechos que se desarrollaron en un escrache a cargos del PP

Gonzalo Araluce

Publicado: 04/02/2024 04:45

“Con esta iniciativa parlamentaria queremos apelar al Gobierno a que lo indulte”. Con estas palabras se dirige el BNG al presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, en relación a la condena impuesta al sindicalista Xesús Anxo López Pintos por agredir a un policía en el transcurso de un escrache a dirigentes del Partido Popular, cuya sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo. Así consta en un escrito registrado en el Congreso de los Diputados consultado por Vozpópuli. Los nacionalistas gallegos son, como el resto de fuerzas separatistas, socios imprescindibles del Gobierno para sostener la legislatura y sacar adelante los Presupuestos Generales del Estado, entre otros.

El diputado Néstor Rego ha sido el encargado de registrar la iniciativa del BNG en el Congreso, a través de un escrito tramitado el pasado 15 de enero. En el documento discurre por los acontecimientos que tuvieron lugar en el año 2012 y por los que resultó condenado el líder sindicalista Xesús Anxo López Pintos.

“El 4 de octubre de 2012 tenía lugar en Ferrol una concentración convocada por los comités de empresa de Poligal y de Navantia para protestar contra las políticas de recortes del entonces Gobierno central en manos del PP. Una concentración a la que acudieron multitud de personas, organizaciones, sindicatos y formaciones políticas diversas”, esgrime el diputado del BNG.

Y añade: “Al finalizar la concentración que se llevó a cabo delante del Hotel Almirante, en la ciudad ferrolana, la policía procedió a la detención del conocido sindicalista en la comarca de Ferrol, Xesús Anxo López Pintos, exsecretario comarcal de la CIG [Confederación Intersindical Galega, que se define a sí mismo como un sindicato “nacionalista y de clase]. Una actuación injusta, arbitraria y cargada de violencia”.

La sentencia del Supremo

La sentencia del Tribunal Supremo, no obstante, considera probados unos hechos que difieren de la versión presentada por el diputado del BNG. Según el auto, “no consta” que los convocantes de dicha protesta -a la que se sumaron los sindicatos CCOO, UGT, USTG y el citado CIG- cursaran las comunicaciones a las autoridades administrativas. Entre los asistentes figuraba Xesús Anxo López Pintos.

Cerca de la medianoche, cientos de manifestantes se dirigieron hasta el Hotel Almirante donde se celebraba el acto del PP, al que asistían el entonces alcalde de Ferrol, José Manuel Rey, y el presidente de la Diputación de A Coruña, Diego Calvo. El acto político, previsto inicialmente en espacio público, se celebró finalmente en el hotel debido a la conflictividad laboral.

Los manifestantes se colocaron a la puerta del hotel y, después, en torno a su perímetro. Para hacerse oír gritaron sus proclamas, hicieron ruido, algunos arrojaron también distintos objetos a la fachada y tiraron petardos, rompiendo un cristal del salón donde el PP desarrollaba el acto.

Inicialmente, se planificó “por simple prevención” el despliegue de casi una decena de agentes de la Policía Nacional, pero a medida que se desarrollaban los hechos se incorporaron “otros cuatro o cinco” y otros ocho de la Policía Local de Ferrol. Se decidió que los cargos del PP que asistieron al acto abandonaran el hotel por una puerta lateral.

El escrache

Los manifestantes advirtieron la maniobra y se trasladaron hasta este punto. El alcalde de Ferrol y el presidente de la Diputación salieron “encapsulados” por varios escudos de la Policía, mientras que otros agentes trataban de formar un cordón de seguridad a su alrededor. A todos ellos les arrojaban objetos, basura y huevos. Los dos cargos públicos del PP se dirigieron hacia el garaje donde permanecían sus vehículos, mientras que la Policía trataba de mantener una línea de seguridad para impedir el acercamiento de los manifestantes.

“En esta situación se produjo un enfrentamiento entre unos manifestantes y agentes que formaban parte del cordón policial, cuando Xesús Anxo López Pintos agarró con una mano a uno de ellos […] de la camisa y, con la otra, le golpeó varias veces en el casco -recoge la sentencia del Supremo-. Este agente, entonces, intentó sujetarlo para meterlo detrás del cordón policial y reducirlo, pero no fue capaz […], hasta que un compañero que se encontraba a su lado le ayudó. Entre los dos lo hicieron, procediendo después con otros a reducirlo y esposarlo con las manos a la espalda, para lo cual tuvieron que darle la vuelta a la fuerza, en el suelo”.

La Policía trasladó a Xesús Anxo López al coche de Policía y, desde ahí, a la comisaría, donde llegaron a la 1.30 de la mañana. El líder sindicalista recibió asistencia médica a las 3.10. Había sufrido una herida inciso contusa de 1.5 cm en la región frontoparietal izquierda, así como una tumefacción dolorosa y hematoma en la articulación interfalángica proximal del segundo dedo de la mano derecha.

Recibió una asistencia de urgencias en la que se le curó la herida incisa y aplicó un punto de seda y tiras de aproximación. También se le pautó analgesia. El punto le fue retirado una semana después en su Centro de Salud. La curación, sin incapacidad, fue estimada en diez días.

Por su parte, el agente de Policía sufrió una contusión en la muñeca izquierda y tendinitis en dicha muñeca, lo que le supuso una incapacitación para su actividad de catorce días. Recibió asistencia médica, como otros cuatro agentes. Otros manifestantes, en un número no precisado, también sufrieron alguna herida. Todo ello siguiendo la descripción de los hechos recogida en el auto del Supremo.

La petición del BNG

A partir de entonces arrancó un largo procedimiento judicial, que concluyó el pasado 15 de marzo de 2022 con la sentencia del Tribunal Supremo, donde se absolvió al policía de los delitos de tortura, contra la integridad moral y lesiones por los que fue acusado. Por su parte, el líder sindicalista fue condenado a la pena de seis meses y un día de prisión, con la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por los delitos de atentado a agente de la autoridad, con agravante de reincidencia y atenuante de dilaciones indebidas.

El BNG, a través del escrito registrado en el Congreso de los Diputados donde solicita el indulto, considera que la detención se produjo “de manera arbitraria” y que el líder sindicalista fue además “víctima de malos tratos, tal y como se recogió en los medios de comunicación”.

“Con esta iniciativa parlamentaria queremos apelar al Gobierno a que lo indulte -indica el diputado del BNG- […]. Para la concesión de un indulto es necesario que concurran en favor de una persona condenada razones de justicia, equidad o utilidad pública. El BNG considera que los tres factores indicados se aúnan en este caso”.

Según indican desde la fuerza nacionalista gallega, el cumplimiento efectivo de la pena de prisión supondría “un enorme sufrimiento para el sindicalista y para su entorno familiar”: “Creemos necesario que desde el Gobierno se estudie y se atienda esta petición de indulto”.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1056 en: 10 de Febrero de 2024, 07:32:50 am »
Miles de personas piden la dimisión de la presidenta de Hungría por un indulto en un caso de pedofilia


Historia de Europa Press • 7 h
MADRID, 9 (EUROPA PRESS)
En la concentración, convocada por el opositor Movimiento Momentum frente al palacio presidencial, ha hablado una de las víctimas, Attila Peto, que ha narrado cómo fue abusado sexualmente por un sacerdote durante años, según ha recogido el diario 'Népszava'.

Los manifestantes han cargado contra Nóvak, que se encuentra actualmente en Doha, la capital de Qatar, y que por el momento no se ha pronunciado sobre el escándalo, que implica también a la entonces ministra de Justicia Judit Varga, quien refrendó el indulto.

El primer ministro, Viktor Orbán, anunció el jueves que impulsará una enmienda a la Constitución para impedir que una persona condenada por delitos de pedofilia pueda recibir un indulto presidencial, lo que ha tensado aún más el ambiente político en el país.

El subdirector del orfanato fue condenado a tres años y cuatro meses de prisión por obligar a una de las víctimas a firmar una declaración falsa y ofrecer a otra dinero si se retractaba de su testimonio. Le quedaban por cumplir nueve meses cuando recibió el indulto en mayo de 2023 con motivo de la visita del Papa Francisco a Budapest.

El director del orfanato, que recibió de parte de las autoridades la Cruz de Bronce al Mérito de Hungría antes de ser imputado, fue condenado a ocho años de prisión después de varios intentos fallidos por parte de las víctimas para abrir un caso judicial en su contra.

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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1057 en: 06 de Abril de 2024, 08:36:59 am »

La Fiscalía se opone al indulto a Griñán porque la gravedad del delito cometido “no puede quedar sin respuesta punitiva”


Los fiscales del caso ERE comunican a la Audiencia su postura contraria a esta medida de gracia para el expresidente andaluz y otros siete ex altos cargos de la Junta condenados a prisión por malversación
— Griñán confía en el cambio de criterio de la Fiscalía para reducir su condena en los ERE y empujar un posible indulto





 
elDiarioand

5 de abril de 2024 14:42h
Actualizado el 05/04/2024 17:32h
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La Fiscalía se opone al indulto del expresidente andaluz José Antonio Griñán. La decisión se incluye en diferentes escritos remitidos a la Audiencia de Sevilla en los que, finalmente, se posiciona en contra de esta de las peticiones en este sentido hechas tanto por Griñán como por otros siete exresponsables de la Administración regional condenados a penas de cárcel por malversación en el caso ERE.


El Gobierno de Moreno rechaza el indulto a Griñán al no haber recuperado el dinero defraudado del caso ERE

En su momento, la Fiscalía Anticorrupción también se opuso a la suspensión de la ejecución de las penas impuestas. Pese a ello, el ingreso del expresidente en prisión fue suspendido por motivos de salud en junio del año pasado, ya que padece un cáncer del que está siendo tratado.

Los fiscales considera que no cabe el indulto ante la gravedad de los hechos, por lo que “la conducta enjuiciada no puede quedar sin respuesta punitiva”. La comunicación se hace de cara al pronunciamiento que la Audiencia de Sevilla debe emitir sobre tales peticiones de indulto ante el Ministerio de Justicia, que ha de adoptar una decisión al respecto sobre el conocido como “procedimiento específico” de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos financiados con fondos autonómicos.


Según la Fiscalía, “el examen detenido de los argumentos esgrimidos en cada uno de los apartados para justificar la solicitud de indulto parcial de las penas impuestas en sentencia, petición sustentada en razones de justicia y equidad previstas en el artículo 11 de la ley del indulto, revela que ninguna de ellas guarda relación con la naturaleza y finalidad del instituto del indulto y su norma reguladora”.

“La conducta enjuiciada no puede quedar sin respuesta punitiva mediante la conmutación parcial de la pena privativa de libertad impuesta, pretensión que excede del carácter excepcional que configura la gracia de indulto. En este escenario, los fines retributivos, de prevención y rehabilitación de las penas no justifican, ni permiten, la concesión de un indulto parcial”, determina el Ministerio Público.

Ocho peticiones de indulto
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla debe pronunciarse ante el Ministerio de Justicia sobre las peticiones de ocho de los nueve exdirigentes socialistas de la Junta de Andalucía que han solicitado ser indultados de sus respectivas penas de cárcel.

Se trata de José Antonio Griñán, condenado a seis años y un día de prisión pero cuya pena de prisión está suspendida merced al cáncer de próstata que padece y conforme al artículo 80.4 del Código Penal; el exconsejero socialista de Empleo Antonio Fernández, con una pena de siete años, once meses y un día de prisión; la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, condenada a seis años y dos días de prisión y el exconsejero socialista de Innovación Francisco Vallejo, condenado a siete años y un día de prisión

Junto a ellos, también la han solicitado el exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá, condenado a siete años y un día de cárcel; el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, condenado a seis años de cárcel; el exdirector general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano, condenado a una pena de seis años, seis meses y un día de prisión; y el exconsejero socialista de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, condenado a siete años y un día de prisión, quien no obstante goza del tercer grado penitenciario por motivos sanitarios tras haber cumplido varios meses de prisión.

El caso de Juan Márquez
Respecto al exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía Juan Márquez, también condenado a cárcel en este caso, será el Tribunal Supremo quien se pronuncie ante el Ministerio de Justicia sobre su petición de indulto ante su pena de cárcel. Esto obedece a que, tras la sentencia inicial de la Sección Primera de la Audiencia (saldada con condena a inhabilitación o a inhabilitación y cárcel para 19 de los 21 exaltos cargos socialistas juzgados) el Supremo casó parcialmente dicha resolución inicial rebajando la pena de cárcel de Márquez a tres años, una pena actualmente suspendida.

La Fiscalía expone con relación a las peticiones de indulto de Griñán, Antonio Fernández, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Agustín Barberá, Jesús María Rodríguez Román, Miguel Ángel Serrano y José Antonio Viera, que el indulto “solo resulta justificado de forma excepcional con finalidades que remedien ”situaciones consideradas de injusticia notoria como consecuencia de la estricta e inevitable aplicación del derecho“ o casos ”en que la ejecución de la pena dejaría de cumplir la función de resocialización“. En cambio, el ministerio público señala que ”el examen detenido“ de los argumentos esgrimidos para estas peticiones ”revela que ninguna de ellas guarda relación con la naturaleza y finalidad del instituto del indulto y su norma reguladora“.

Frente a los argumentos contenidos en la petición de indulto formalizada por la familia de Griñán, “expresamente en razones de humanidad y equidad” al contar ya con 78 años de edad, esgrimiendo además su “intachable trayectoria vital” y que “tras más de 40 años al servicio público desde las más altas responsabilidades, jamás ha obtenido remuneración alguna distinta de su sueldo como funcionario” ni ha tenido “enriquecimiento personal ni familiar”; la Fiscalía indica que “la conducta criminal protagonizada por el condenado ha sido enjuiciada con ecuanimidad dentro del marco abstracto de la extensión de las penas contempladas por la ley penal para los delitos objetos de condena, delitos que no requieren un enriquecimiento económico propio”.

La sentencia del Supremo
En ese sentido, la Fiscalía recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo que desestimó los recursos de casación de estos inculpados contra la sentencia inicial condenatoria de la Sección Primera de la Audiencia determina que “no se exige el lucro personal del sustractor, sino su actuación con ánimo de cualquier beneficio, incluso no patrimonial, que existirá, aunque la intención de lucrar se refiera al beneficio de un tercero”.

Es más, frente a los argumentos de “honestidad y honradez” alegados en demanda del indulto, la Fiscalía avisa de que la condena deriva de “los delitos más graves cometidos en el seno de la Administración, con un evidente y fragrante quebranto de la probidad en el ejercicio de la función pública”. “No debe olvidarse que durante el mandato del acusado se dispuso de créditos presupuestarios para la concesión de ayudas ilegales por un importe superior a 427 millones de euros”, destaca el Ministerio Público.

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Debe haber “respuesta punitiva”
Así, la Fiscalía concluye que “la conducta enjuiciada no puede quedar sin respuesta punitiva mediante la conmutación parcial de la pena privativa de libertad impuesta, pretensión que excede del carácter excepcional que configura la gracia de indulto. En este escenario, los fines retributivos, de prevención y rehabilitación de las penas no justifican, ni permiten la concesión de un indulto”.

Finalmente, la Fiscalía recuerda de nuevo en su escrito que la sentencia del Supremo desestimatoria de los recursos de casación de estos ocho condenados define como “corrupción política” la tipicidad de la malversación atribuida a estos exmandatarios de la Junta de Andalucía.


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Re: Indulto: otro caso más
« Respuesta #1058 en: 16 de Junio de 2024, 07:14:26 am »


El TC diseña un ‘indulto encubierto’ a los condenados por los ERE con el voto de dos jueces ‘contaminados’


Lo cierto es que en las próximas semanas el TC abordará los recursos de amparo de los diecinueve condenados, entre ellos los expresidentes de la Junta, y también del PSOE, Manuel Chaves y José Antonio Griñán
La ex mano derecha de Griñán condenada por los ERE logra el tercer grado
La ponencia del TC propone anular la condena de Magdalena Álvarez por prevaricación en los ERE
José Antonio Griñán y Manuel ChavesJosé Antonio Griñán y Manuel Chaves EUROPAPRESS
Manuel Marín
Manuel Marín

Publicado: 16/06/2024 04:45

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La próxima semana, el Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto dirimir los dos primeros recursos de la veintena que fueron presentados por los condenados por el caso de corrupción más grave de la historia en democracia, el uso fraudulento de los ERE en Andalucía durante más de una década. El montante global del fraude ascendió, según las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla, y después del Tribunal Supremo, a 680 millones de euros desviados de las arcas públicas para favorecer el amiguismo con ayudas, subvenciones y cobros ilegales.

En concreto, el TC abordará los recursos de Magdalena Álvarez, quien fuera consejera de Hacienda en la Junta de Andalucía, y de José Antonio Vieira, ex consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico del Gobierno andaluz. Ya se conoce que la ponencia del primero de los casos, elaborada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, es favorable a amparar a Magdalena Álvarez, de cuya conducta Pedro Sánchez presumió en Benalmádena (Málaga) durante uno de los últimos mítines de las elecciones europeas.


Lo cierto es que en las próximas semanas el TC abordará los recursos de amparo de los diecinueve condenados, entre ellos los expresidentes de la Junta, y también del PSOE, Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Chaves fue condenado a una pena de inhabilitación para ejercer cargo público por un delito de prevaricación. La condena de Griñán fue más grave, de seis años de cárcel, también por prevaricación, delito al que se sumó otro de malversación de caudales públicos.

En efecto, son una veintena de casos y a priori cada uno presenta alegaciones y peculiaridades jurídicas diferentes, con lo que las sentencias de amparo que puedan exonerar, por ejemplo a Chaves o Griñán, afectarán solo al delito de prevaricación, en la medida en que, como sostiene la Fiscalía, considera prevaricación una iniciativa legislativa —la que puso en marcha toda la mecánica de los ERE— supondría tanto como introducir un control penal previo o preventivo sobre las normas que se aprueban, cuando realmente la ley impide que eso se pueda acometer ni administrativamente ni constitucionalmente. En principio, la inmensa mayoría de las decisiones de amparo que se adopten para cada caso tendrán un carácter parcial.


Pero eso no obsta para que de facto el TC se disponga a desactivar tanto la sentencia dictada en Sevilla como la suscrita por la Sala Penal del Tribunal Supremo. Incluso, para que los fallos del TC sean interpretados como una suerte de ‘indulto encubierto’, especialmente para Chaves, Griñán o Magdalena Álvarez que La Moncloa se ha propuesto de momento no abordar para evitar el escándalo que supondría una medida de gracia de esas características para el mayor caso de corrupción conocido en nuestro país. En la hemeroteca quedan las palabras de Pedro Sánchez diciendo que el PSOE nunca indultará a políticos inmersos en casos de corrupción.

En este caso se da además la peculiaridad de qué dos de los magistrados del TC, pertenecientes a la mayoría denominada progresista y avalada directamente por el PSOE, han decidido no abstenerse de participar en las deliberaciones o, menos aún, de ser ponentes de algunos de los recursos pese a su aparente ‘contaminación’. Es el caso de la propia Inmaculada Montalbán, y de quien fuera ministro de Justicia de Pedro Sánchez, Juan Carlos Campo.



Campo fue alto cargo del Gobierno de la Junta de Andalucía en dos etapas, la de Chaves y la del propio Griñán. Campo, magistrado de profesión, pidió la excedencia en 1997 para dedicarse directamente a la política, y lo hizo inicialmente como director general de relaciones con la Administración de Justicia de la Junta, entre 1997 y 2001. Es decir, designado con Chaves al frente de la Junta. Después, entre 2014 y 2015, ya con Griñán al frente del consejo de gobierno andaluz, Campo ocupó el cargo de secretario general de Relaciones con el Parlamento de la Junta. Se trata en ambos casos de puestos de libre designación refrendados por quienes precisamente ahora podrán verse amparados con su voto en el Pleno del TC, tribunal en el que nadie espera ningún otro resultado que no sea el ya clásico de siete votos frente a cuatro.

El caso de Montalbán es diferente, pero fue condecorada y elogiada públicamente por Griñán, que le concedió la Medalla de Andalucía en 2012, como reconocimiento a su trayectoria judicial. En aquel momento, la justificación del galardón recogida gráficamente en el Boletín Oficial de la Junta sostenía textualmente “por ser experta en la lucha contra violencia de género, y comprometida con la conquista de mayores cotas de calidad democrática, su firme defensa del Estado de derecho y su esfuerzo por alcanzar el ideal de una convivencia sin violencia”. Lo cierto es que ni los magistrados se han sentido impelidos a renunciar a analizar los recursos de amparo por presunta falta de imparcialidad, ni tampoco han sido recusados.


Al ser conocedora del galardón que le había sido concedido, Montalbán afirmó textualmente que “estoy muy ilusionada e incluso entusiasmada por este reconocimiento, que además supone una gran responsabilidad. La medalla me hará trabajar más por una mejor calidad democrática de nuestra sociedad y para responder a mi gente, que son los andaluces, que seguiré caminando por esta senda”. Esta condecoración tuvo lugar a iniciativa de la Consejería de Presidencia de la Junta, según constaba en el boletín oficial, “y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de febrero de 2012”. Fue Griñán personalmente quien se lo entregó en Sevilla.

Montalbán siempre ha estado vinculada al sector progresista de la judicatura en Andalucía. Ha sido vocal del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del PSOE, donde se ocupó, entre otras funciones, del Observatorio de Violencia de Género, y presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior andaluz. Además, es miembro destacada e histórica de la Asociación Juezas y Jueces por la Democracia.


Fuentes del TC interpretan que esta concesión de amparos masivos parciales a la mayoría de los diecinueve condenados por los ERE fraudulentos no puede incardinarse solamente en un debate jurídico sobre la valoración de los delitos que hicieron la Audiencia sevillana y el Tribunal Supremo, donde es cierto que la Sala de lo Penal se fracturó en tres votos frente a dos para mantener el delito de malversación a Griñán. También lo achacan a la voluntad del presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, de revocar resoluciones y fallos de su antigua Sala, presidida por Manuel Marchena, con el que mantuvo una relación profesional en el Tribunal manifiestamente mejorable. “No se trata solo -sospechan las fuentes consultadas, críticas con las ponencias absolutorias- de que el TC haga el trabajo sucio que el Gobierno no quiere hacer con nuevos indultos, sino de dejar en evidencia al propio Tribunal Supremo con una interpretación de la ley afín a los cargos del PSOE”.

Aquella sentencia de la llamada ‘pieza política de los ERE, una de los cientos de causas del caso’, fue dictada tras un año y 152 sesiones de juicio, en las que declararon más de 120 testigos y nueve peritos. La sentencia concluía que el sistema es fraudulento para el reparto del dinero de falsos ERE se ideó mediante un convenio que permitió presuntamente al Instituto de Fomento de Andalucía primero, y después a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, dependiente de la Consejería de Empleo, repartir de forma discrecional las ayudas eludiendo la fiscalización. Y contando para ello con el parapeto de una normativa aprobada expresamente en el Parlamento de Andalucía que permitía consentir el fraude o, al menos, relajar su supervisión. Se concedieron en total 680 millones de forma “arbitraria”, según las dos sentencias previas que ahora el TC se propone revocar en aspectos sustanciales para Chaves, Griñán o Magdalena Álvarez.