TRES AGENTES CONDENADOS Y CINCO ABSUELTOS
La acusación y la defensa del 'caso Roquetas' recurren ante el Supremo
El letrado de la acusación particular argumenta 'quebrantamientos de forma'
La defensa de los policías asegura que los agentes no incurrieron en ninguna infracción
Las dos partes personadas en el 'caso Roquetas' por la muerte en el cuartel de la localidad de Juan Martínez Galdeano han recurrido la sentencia de la Audiencia Prrovincial ante el Tribunal Supremo. El letrado de la acusación particular argumenta "quebrantamientos de forma" e "infracciones de ley y del precepto constitucional" mientras la defensa de los agentes interpondrá un recurso de casación ante el Tribunal Supremo al sostener que los tres agentes condenados no incurrieron en ninguna infracción penal.
El letrado de la acusación, José Ramón Cantalejo, ha presentado un escrito ante la sección tercera de la Audiencia Provincial de Almería en el que solicita a su titular, Társila Martínez, que en el plazo de 15 días ordene emplazar a las partes personadas en la causa para su comparecencia ante la sala segunda del TS.
Entre los motivos argumentados por la acusación que representa a la familia de Juan Martínez Galdeano para la interposición del recurso de casación, el letrado defendió que el fallo hecho público el pasado 27 de abril incurre en quebrantamientos de forma por "no expresar clara y terminantemente cuáles son los hechos que se consideran probados".
Asimismo, el letrado apreció hasta otros cuatro quebrantamientos de forma en la sentencia por, entre otros, la "manifiesta contradicción" entre los hechos probados, las pruebas forenses y las imágenes de lo sucedido el día de la muerte del agricultor; así como "por la consignación como hecho probado" de la causa de la muerte de Martínez Galdeano "que implicó la predeterminación del fallo".
La acusación particular defendió además como motivo para argumentar la casación la existencia de un error de apreciación por parte del tribunal de varias pruebas: el informe pericial de muestras de sangre, contenido gástrico y bilis; otros cuatro informes periciales; el acta de juicio oral y las declaraciones en la sala de uno de los peritos, y los DVD's que contenían las imágenes grabadas por las cámaras internas del cuartel de Roquetas de Mar.
La defensa rechaza que hubiese infracción
El letrado que ejerce la defensa de los guardias civiles interpondrá, por su parte, un recurso de casación ante el Tribunal Supremo al sostener que los tres agentes condenados no incurrieron en ninguna infracción penal.
Según explicó el letrado Gustavo Arduán, el recurso contra el fallo, dictado el pasado 27 de abril por la Audiencia Provincial de Almería, será presentado el miércoles ante la titular de la sección tercera, Társila Martínez, magistrada que presidió el tribunal que enjuició la muerte del agricultor.
El teniente José Manuel Rivas fue considerado culpable de un delito de atentado grave contra la autoridad moral, así como de una falta de lesiones, mientras que los agentes M.J.S.P y J.A.M.S fueron condenados como autores de sendas faltas de lesiones con la agravante de abuso de superioridad.
Según detalló Arduán, el recurso se basa primero en la consideración por parte de la defensa de que durante el proceso existió un "quebrantamiento de forma" debido a la admisión como prueba de cargo de los DVD que contenían las imágenes grabadas por las cámaras del cuartel durante el 24 de julio de 2005, día en que se produjo la muerte del agricultor.
Además, la defensa cree que en el fallo dictado por el tribunal existe un "quebrantamiento de las normas legales" al considerar que los hechos probados que se relatan en el mismo no son constitutivos ni del delito contra la integridad moral por el que el teniente fue condenado a quince meses de prisión, ni de las respectivas faltas de lesiones.
El tercer núcleo argumental en que se sustentará el recurso de casación se refiere a una "infracción del precepto constitucional", ya que, según Arduán, "no ha sido respetada la presunción de inocencia" de los tres agentes condenados puesto que "los hechos relatados no son constitutivos de ninguna infracción penal".
salu2