MUERTE DE UN AGRICULTOR EN EL ACUARTELAMIENTO
Imputan por 'trato degradante y lesiones' a los nueve guardias civiles del 'caso Roquetas'
Juan Martínez Galdeano, el fallecido. (Foto: EFE)
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Cronología del caso
El informe final de la muerte dice que la 'causa fundamental' fue la cocaína
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Actualizado martes 07/02/2006 12:20 (CET)
AGENCIAS | ELMUNDO.ES
ALMERÍA.- La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Roquetas de Mar (Almería), Estefanía López, ha dictado auto de procesamiento contra los nueve guardias civiles imputados en el 'caso Roquetas'. La juez les imputa delitos de 'trato degradante y lesiones' en relación con la muerte el 24 de julio de 2005 del agricultor Juan Martínez Galdeano en el acuartelamiento de esta localidad.
El auto se?ala que la causa se ha de continuar por los trámites de procedimiento abreviado "por si los hechos imputados fuesen constitutivos de presuntos delitos de trato degradante y lesiones".
A partir de este auto, la acusación particular y el Ministerio Fiscal deben presentar en 10 días el escrito de acusación en el que pidan la apertura de juicio oral o el sobreseimiento del caso, sin perjuicio de que puedan "solicitar excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación".
Los hechos ocurrieron el 24 de julio, cuando Juan Martínez Galdeano, un agricultor de 39 a?os, acudió al cuartel de Roquetas de Mar para pedir ayuda por una supuesta amenaza tras una disputa de tráfico. Una hora y media más tarde perdía la vida en estas dependencias tras presentar una fuerte resistencia a los agentes y ser reducido a la fuerza.
Según el informe forense definitivo sobre la muerte, hecho público el mes pasado, la "causa fundamental" del fallecimiento fue "una reacción adversa por el consumo previo de cocaína". Según este documento, la rotura del esternón se debió a las maniobras de reanimación, y la porra eléctrica sólo le produjo "sensación de calambre".
Al consumo de cocaína, como "efecto primordial y fundamental se han sumado en menor medida otros factores concasuales", continuaba el informe, entre ellos destacan los forenses "el ejercicio físico desencadenado por el detenido y otros factores de estrés".
Sobre la rotura del esternón del fallecido, el informe concluye que "dicha fractura fue producida inmediatamente después de su fallecimiento y por tanto que se debe a una maniobra de resucitación realizada aplicando una fuerza considerable sobre el pecho".
A?ade este informe que "los traumatismos inferidos o autoinferidos durante el forcejeo, así como el resto de circunstancias analizadas no son en ningún modo causa de la muerte. De no haber existido el consumo previo de cocaína nos encontraríamos con un cuadro lesivo externo de mayor o menor importancia, pero no se hubiese producido el fallecimiento".
El primer informe de la autopsia realizado al cadáver del agricultor concluyó que la causa de la muerte fue "una insuficiencia respiratoria o cardiorrespiratoria aguda" y precisaba que "existe una relación de causalidad entre el fallecimiento y la situación de detención del sujeto".
Este primer informe también se?alaba que "no se descarta que una inmovilización del sujeto, con las manos y pies fuertemente asidos y traccionados, presionando la espalda contra el suelo y apoyándose encima puedan ser el precipitante final por restricción de movimientos en la caja torácica y anoxia consecuente del cuadro asfíctico observado".