Autor Tema: Todos a mantener a la SGAE...  (Leído 30011 veces)

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Re:Todos a mantener a la SGAE...
« Respuesta #240 en: 04 de Septiembre de 2017, 17:40:00 pm »
El juez del 'caso SGAE' propone sentar en el banquillo a Teddy Bautista y otras diez personas


José de la Mata considera que hay indicios suficientes para juzgar a once personas por poner en marcha “una sofisticada estratagema para derivar masivamente fondos de SGAE".

Teddy Bautista
Teddy Bautista GTRES
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04.09.2017 - 13:57
El juez de la Audiencia NacionalJosé de la Mata ha concluido la instrucción de la parte principal de la investigación del llamado 'caso SGAE' y considera que hay indicios suficientes para juzgar a once personas, entre ellas el expresidente de la entidad Eduardo Bautista por poner en marcha “una sofisticada estratagema para derivar masivamente fondos de SGAE".


RTVE investigará sobre la trama SGAE ante las sospechas de que "se hizo la vista gorda sobre 'La Rueda'"
En concreto, los acusados utilizaban la filia de la SGAE, denominada Sociedad Digital de Autores y Editores (SDAE), "concebida como un mero artificio, sin existencia real, sin capacidad instalada, sin actividad propia y sin empleados", especifica el auto de De la Mata, que concluye: "Ni siquiera le pagaba el salario a su único empleado, José Luis Rodríguez Neri, que se las apañó ya desde entonces para percibir sólo el 25% de su salario en virtud de su contrato de trabajo, y el resto a pagos a una sociedad de consultoría de su propiedad: Hipotálamo, "bajo la falaz cobertura de trabajos de asesoría".

"La única finalidad de SDAE", indica el auto, "era puer firmar contratos para, con carácter inmediato, ese mismo día, firmar contrato de idéntico contenido con Microgénesis, burlando el marco estatutario y los mecanismos de control de SGAE"

Ese dinero se derivaba, según el juez, a la organización comandada por José Luis Rodríguez Neri mediante la asignación arbitraria a la empresa Microgénesis de decenas de millones de euros supuestamente para el desarrollo de soluciones tecnológicas, causando “perjuicios y pérdidas constantes” para la sociedad de autores.

En el auto de transformación de las diligencias a procedimiento abreviado, el magistrado considera que los hechos investigados son constitutivos de los delitos de asociación ilícita u organización criminal, falsedad en documento mercantil, administración desleal y apropiación indebida.

La resolución da a partir de ahora un plazo de diez días a la Fiscalía y las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral mediante la presentación de su escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, que se dirige también contra catorce sociedades mercantiles como responsables civiles, entre ellas Microgénesis SA

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Re:Todos a mantener a la SGAE...
« Respuesta #241 en: 09 de Noviembre de 2017, 08:16:13 am »
sentencia al caso 'Dallas Buyers Club'
Primera sentencia en España sobre el uso de P2P: absuelto por compartir cine en la red
Varias decenas de usuarios en San Sebastián y Bilbao fueron demandados por, supuestamente, compartir en redes P2P la película Dallas Buyers Club. Una sentencia los acaba de absolver

Manuel Ángel Méndez

08.11.2017 – 19:02 H.

El Juzgado número 1 de lo Mercantil de San Sebastián acaba de hacer pública la primera sentencia absolutoria en España de un usuario de redes P2P por, supuestamente, compartir una película en internet. El titular del juzgado ha absuelto a una persona por haber cometido una supuesta infracción contra la propiedad intelectual por no considerar probada ni la infracción ni que, en su caso, fuera ese el usuario que la cometió. El caso, conocido como 'Dallas Buyer Club', por ser esta la película compartida, saltó a los juzgados cuando la empresa poseedora de los derechos de la película en España demandó al usuario acusándole de compartir la película online. Ahora la justicia ha tumbado la demanda. Y la sentencia es firme.

"Se trata de la primera sentencia absolutoria en España de un usuario de P2P. Hasta ahora no se había llegado a resolver ningún procedimiento. El pleito más sonado fue el de Promusicae hace años, pero en ese caso no se llegó a identificar las direcciones IP de los usuarios. En este caso sí. Y no ha servido de nada", explica a Teknautas el abogado especializado en propiedad intelectual David Bravo, que ayudó a realizar el escrito de contestación a la demanda y lo publicó en internet. "Son varias decenas de demandados, todos viven entre San Sebastián y Bilbao. Y esta es la primera sentencia absolutoria a uno de ellos".

La compañía demandante, una empresa con el mismo nombre de la película, Dallas Buyers Club LLC, creada para comercializar, proteger y gestionar los derechos de la misma en España, acusó a decenas de usuarios de estar compartiendo de forma ilegal un archivo de la misma en redes P2P. Les pedía a cada uno 475 euros como sanción. La sentencia, sin embargo, es clara y asegura que no existen fundamentos de derecho suficientes para probar la infracción, ya que no hay pruebas de que hubo "comunicación pública", tal y como requiere la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) para que exista infracción.

"Estamos ante el caso de si se puede imputar un acto de comunicación pública al usuario de una red P2P en su modalidad de puesta a disposición [del archivo]. El artículo 20 de la LPI define Comunicación Pública como todo acto por el cual una pluralidad de personas puede tener acceso a una obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. En estos programas P2P no hay un público que accede concurrencialmente al archivo situado en la carpeta compartida del PC del usuario, sino que la bajada se hace uno a uno en función de los criterios de preferencia que da el programa. La subida de datos a partir de los programas P2P se produce de forma automática. Esto ocurre por defecto sin que se requiera el conocimiento o la voluntad del usuario", explica la sentencia.

La subida de datos en programas P2P se produce de forma automática. Esto ocurre por defecto sin que se requiera la voluntad del usuario

Y va más allá. "No solo niega que haya infracción, sino que asegura que, incluso si hubiera habido comunicación pública, e infracción, no sería imputable a la persona a la que se ha demandado en base a la IP", explica Bravo. La compañía demandante consiguió por orden judicial que la operadora Euskaltel le facilitase las IPs de los supuestos infractores. Pero no fue suficiente. "Una IP no es garantía de que la persona titular de la misma, de la conexión, sea la que haya cometido la infracción. Cualquier familiar o amigo que haya ido a su casa ha podido cometer esa infracción. Si es una red wifi abierta, literalmente puede ser cualquiera. Y si es cerrada, está más que probado que hay formas de colarse en esa red", explica Bravo a Teknautas.

La sentencia publicada por el Juzgado número 1 de lo Mercantil de San Sebastián es importante porque servirá de precedente. Uno más. "Sería muy raro que los juzgados del resto de casos en San Sebastián o Bilbao se pronuncien de forma contraria", señala Bravo, quien ha puesto a disposición un formulario para que cualquier demandado en un caso similar pueda adjuntar esta sentencia. De momento, el caso Dallas Buyers Clud ya tiene ganador. Y es el usuario.

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Re:Todos a mantener a la SGAE...
« Respuesta #242 en: 13 de Septiembre de 2018, 07:36:45 am »

El juez imputa al presidente de la SGAE por el timo de la rueda de las televisiones
El juez investiga un posible fraude de 100 millones de euros en el cobro de derechos de autor por piezas musicales emitidas en televisión en una práctica conocida como "La rueda"

@ECCultura

12/09/2018 17:29 - Actualizado: 12/09/2018 23:29

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha citado como investigados en el caso de la rueda de las televisiones a ocho personas, entre ellas el actual presidente de la SGAE, José Miguel Fernández Sastrón. El juez investiga un posible fraude de 100 millones de euros en el cobro de derechos de autor por piezas musicales emitidas en televisión en una práctica conocida como "La rueda".

En una providencia dictada este jueves, ha citado a los investigados para el 3 y 4 de octubre, fecha en la que debe declarar Sastrón. Así, el día 3 deberán declarar en calidad de investigados José Arturo Morales Rodríguez, Juan Manuel Muruve Valle, Raquel Camins Cruxent y Antonia Prieto Ragel. Mientras, el día 4, además de Sastrón, están citados José Luis Rupérez Cebolla, María Sanz Núñez de Villavicencio y Carlos Salazar Murillo.

Tras 'la rueda' de la SGAE, el Gobierno estudia "intervenir" las entidades de gestión
Cultura
El ministro de Cultura, Íñigo Méndez de Vigo, confirma que están viendo "hasta qué punto es necesario que haya una participación, intervención e información"

Tras conocerse la citación, fuentes de la SGAE han indicado a Efe que Fernández Sastrón ha expresado su máxima disposición a colaborar con la Justicia en este caso y dará al juez todas las instrucciones que le requiera. Las fuentes han recordado que hace un año Sastrón ya "compartió" con todos los miembros de la Junta directiva de la entidad sus liquidaciones de derechos de autor correspondientes al período comprendido entre 2005 y 2017.

Estas citaciones se producen después de que el pasado 20 de junio de 2017 la Policía Nacional pusiera en marcha una operación contra el presunto fraude conocido como la rueda y que se saldó con la detención de una veintena de personas por corrupción entre particulares. Según Moreno, magistrado de la Audiencia Nacional que lleva el caso, el presunto fraude podría ascender a al menos 100 millones de euros entre 2006 y 2011.

Pioneros del timo. Los músicos militares que se forraron con la SGAE
Prado Campos
En 1977 la SGAE expulsó a la sección musical, conocida como los tupamaros, por falsear las hojas de registro con canciones falsas o cuyos autores eran familiares. La historia se repite

El juez plasmó esa cifra en los autos en los que envió a prisión eludible bajo una fianza de 100.000 euros a tres socios de la SGAE: Rafael Tena -hermano del fallecido cantante Manolo Tena-, Manuel Carrasco y Fernando Bermúdez, quienes abonaron la cantidad y no ingresaron en prisión. El "entramado", según el juez, consistía en crear "música de baja calidad" y que se registraba con "falsos arreglos" sobre obras musicales de dominio público para después ponerlas a nombre de testaferros y empresas editoriales.

El objetivo era emitirlas en programas nocturnos de diferentes cadenas de televisión y generar derechos de autor, es decir, un enriquecimiento "injusto" a través del pago de estos derechos por parte de la SGAE en sus liquidaciones, según el magistrado. Para conseguir esos contratos de emisión de sus piezas musicales contaban con personas en el seno de las televisiones que los facilitaban a cambio de la cesión de determinados porcentajes de derechos o/y una contraprestación económica.

Esta trama fue denunciada por primera vez en 2013 ante la Fiscalía Anticorrupción por el expresidente de la SGAE, Antón Reixa. Ese mismo año se filtró una "lista de implicados" en "La rueda" entre los que aparecían un productor de "La Voz" que había registrado 11.000 obras en 5 años o la madre de otro que desde 2007 había inscrito 275 obras sinfónicas, recaudando el triple que Pablo Alborán con música apenas audible como fondo de programas emitidos de madrugada.


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Re:Todos a mantener a la SGAE...
« Respuesta #243 en: 19 de Septiembre de 2019, 06:59:37 am »


Los acusados de piratería por carta se niegan a pagar: "Que demuestren que he sido yo quien ha descargado eso"

Cartas que exigen indemnizaciones por compartir archivos protegidos con derechos de autor llegan a usuarios de toda España desde la semana pasada
Los primeros acusados, clientes de Euskaltel, las recibieron en mayo. Ahora llegan a clientes de Movistar, que reconoce que ha cedido sus datos personales a las productoras por requerimiento judicial
Los acusados del País Vasco se han asociado en una plataforma de defensa: "Hay docenas de casos de ancianos que han recibido la carta y no saben ni usar Internet"
Euskaltel ha denunciado a las productoras y las acusa de intentar engañar a los usuarios para que crean que el juez les considera culpables de piratería
Carlos del Castillo
18/09/2019 - 22:45h


Detalle de la carta recibida por Manuel Rubio, en el que se le exige que se abstenga de revelar el contenido de la misma.

Detalle de la carta recibida por Manuel Rubio, en el que se le exige que se abstenga de revelar el contenido de la misma.
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"En la carta dicen que en octubre de 2018 compartí un capítulo de la serie Ash Vs. Evil Dead durante un segundo. Me piden 400 euros por una infracción de un segundo. Además, da la casualidad de que soy cliente de Movistar y yo esa serie la tengo en la televisión de pago", explica Manuel Rubio. Es uno de los receptores de una de las cartas de la última oleada de reclamaciones por copyright que empezaron a llegar a usuarios de toda España la semana pasada. Las envía un despacho de abogados de Alicante, Lucentum legal, que exige 400 euros en nombre de una productora audiovisual alemana a cambio de no llevar al usuario a juicio por piratería.

Manuel Rubio es un nombre ficticio. El despacho le "requiere expresamente que se abstenga de dar cualquier tipo de difusión" al contenido de la carta, a la que ha tenido acceso eldiario.es.

Rubio, residente en Cádiz, recibió la carta el jueves 12 de septiembre. El viernes 13 este medio informaba del envío masivo de cartas por parte de este despacho de abogados, en las que se incrimina a los usuarios una infracción de la Ley de Propiedad Intelectual por "la descarga y/o compartición de material protegido por derechos de autor a través de redes peer to peer, sin la autorización del titular de los derechos". Como "solución amistosa" a esta presunta infracción, el bufete reclama esos 400 euros: 100 en concepto de indemnización "por cada título ilícitamente compartido" y 300 más por "los gastos de investigación y reclamación".

"No voy a pagar", asevera Rubio: "Si quieren tomar medidas, pues que las tomen y que me demuestren que he sido yo quien ha descargado eso". "Me bajo cuatro cosas y es siempre a título personal y particular", afirma.

Para identificarle, los abogados de la productora (Crystalis Entertainment) acudieron al Juzgado de lo Mercantil nº9 de Madrid con una lista de IPs desde las que, denunciaron, se han compartido o descargado contenidos protegidos. Con esa lista de IPs (que pueden vincularse a una conexión a Internet pero no a una persona en concreto, y que además cambian con el tiempo), provenientes de clientes de Movistar, el juez ordenó a Telefónica que identificara a los titulares de la línea y facilitara la información a Lucentum.

Uno de ellos era Rubio, que niega que la IP que el despacho le asigna pertenezca a alguno de sus equipos: "He estado revisando todas ellas y no corresponde ni a la IP personal, ni a la IP pública, ni a la del aparato, ni nada. No coincide ningún dígito. No tienen ni una prueba, es lo que me sorprende. Y tiene guasa, vete a saber si no es un vecino o alguien con un móvil que se haya conectado a mi red y lo ha descargado, que también puede ser".
A juicio por el P2P

"No pagar" es la recomendación de los abogados. También es la estrategia que ha seguido el Colectivo de Afectados de Euskaltel por reclamaciones P2P, que agrupa a más de 500 usuarios que han recibido cartas similares. A ellos se las entregaron en mayo. Según algunas fuentes, puede haber varios miles de clientes de Euskaltel que recibieron una carta en aquella oleada. Aunque las cuantías, la productora denunciante y el proveedor de servicios son distintos, el procedimiento para identificarles e imputarles la infracción de copyright ha sido exactamente el mismo. "Hay docenas de casos de ancianos que han recibido la carta y no saben ni usar Internet", asegura a eldiario.es Unai, portavoz del Colectivo. También prefiere no dar su nombre completo.

Contactada por este medio, Telefónica ha confirmado que entregó los datos sobre los titulares de las conexiones a Internet que solicitaba Lucentum, pero ha evitado ofrecer cifras concretas sobre cuántos de sus clientes están afectados. El despacho, por su parte, ha rechazado colaborar en la elaboración de esta información.

Los clientes de Euskaltel que han recibido las cartas del copyright van varios pasos por delante de los de Movistar. En su caso la productora audiovisual que les denuncia es Voltage Pictures y sus empresas subsidiarias (Reliance Entertainment Productions, Venice PI, o Wind River Productions). El abogado que las representa es Rafael Eizaguirre. Los primeros juicios debido a la negativa de los usuarios a satisfacer sus exigencias se celebraron en julio y se encuentran a la espera de sentencia. "La prueba que presenta este señor es una declaración jurada de otro señor alemán, que nadie sabe quien es, pero que dice que tiene un Excel con nuestras IPs", detalla Unai.

No son los primeros juicios que se celebran en esta comunidad por las reclamaciones de derechos de autor vía IP. Los primeros casos datan de 2016. Voltage ha llevado a juicio a cientos de usuarios residentes en el País Vasco, con resultado diferente según la provincia donde se ubique el juzgado. Mientras que en Donosti se desestimaban las denuncias, el Juzgado de lo Mercantil de Bilbao los resolvía con condenas. A esta diferencia de criterio se sumaba la aleatoriedad de la multa impuesta, ya que los jueces de Bilbao establecieron indemnizaciones de 150 euros en vez de los entre 400 y 500 que se pedían en aquella primera oleada de cartas.
La sexta oleada

Cada una de las oleadas de cartas se corresponde con un película o serie distinta. La primera fue Dallas Buyers Club, luego llegaron Lady Bloodfight oOnce Upon A Time In Venice; ."Ahora estamos en la sexta oleada", explica Unai: "Hace tiempo se filtró una lista con los contenidos que iban a provocar las denuncias, que se ha ido cumpliendo. La próxima será Colossal, la de Nacho Vigalondo".
Fotograma de la serie 'Ash Vs. Evil Dead', contenido que está provocando la última oleada de cartas que exigen indemnizaciones por copyright

Fotograma de la serie 'Ash Vs. Evil Dead', contenido que está provocando la última oleada de cartas que exigen indemnizaciones por copyright

"De todas formas, parece que todo se ha frenado un poco a partir de que nos organizamos porque claro, somos casi 600 personas y vamos con [el abogado experto en tecnología y derechos digitales] David Maeztu", opina.

En el País Vasco no solo los denunciados se han visto obligados a reaccionar. También Euskaltel ha tomado cartas en el asunto. En mayo denunció a las subsidiarias de Voltage a la Agencia Española de Protección de Datos y en julio, ante el Instituto de Consumo Vasco. La compañía considera que las cartas incurren en "un acto desleal de engaño", puesto que dan a entender al usuario que ha habido una intervención judicial pese a que "nadie lo ha declarado culpable de nada", explica en su denuncia ante los citados organismos.

Aunque desde el Colectivo de Afectados de Euskaltel por reclamaciones P2P denuncian que la compañía se ha desentendido de las denuncias, esta explica que intentó resistirse a entregar los datos personales de sus clientes a las productoras, pero los jueces desestimaron sus alegaciones. "El hecho de que los primeros afectados hayan sido clientes de Euskaltel, se debe a que los Juzgados de Bilbao han sido los primeros del Estado en atender y resolver dichas demandas", defienden.

"Como ya adelantamos el pasado mes de julio, preveíamos que este tema iba a afectar también a clientes de otros operadores, y que el motivo por el que aún no hubieran comenzado nuevos procesos era que los juzgados de Madrid aún no habían iniciado los trámites. Desgraciadamente, el tiempo nos ha dado la razón, y ya se están empezando a conocer los primeros casos fuera del País Vasco de clientes del resto de operadores", explican fuentes de Euskaltel a eldiario.es.



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Re:Todos a mantener a la SGAE...
« Respuesta #244 en: 14 de Septiembre de 2020, 17:11:00 pm »
OkDiario lo va vuelto a hacer...MENTIR, que es lo que se le da bien, ya que Caco Senante fue eliminado.de la causa en 2016.



 El juicio contra el exdirectivo de Sgae Teddy Bautista arranca el lunes




OKDIARIO

12/09/2020 08:45

Tras nueve años a la espera de juicio, el expresidente del Consejo de Dirección de la Sgae Teddy Bautista se sentará en el banquillo de la Audiencia Nacional el próximo lunes acusado de desvío de fondos por el llamado Caso Saga, por el que la Fiscalía le pide siete años de prisión.
El caso Saga, el principio de la crisis que ha arrastrado la Sgae durante estos años, arrancó el 1 de julio de 2011 cuando fue detenido, junto al que fuera director de Sdae (filial digital de Sgae), José Luis Rodríguez Neri, y otras siete personas, en el marco de esta operación que investigaba el desvío de fondos a través de esta filial digital.

Fraude
En el año 2017 la Fiscalía pidió en septiembre de 2017 un total de 7 años de cárcel para Bautista y de 12 años y medio para su socio José Luis Rodríguez Neri por un fraude por el que Neri cobraba sobresueldos facturando hipotéticos servicios y construyó un entramado de sociedades para lucrarse, según Anticorrupción.

Según el escrito de conclusiones provisionales, el músico, que desde entonces ha estado apartado de la vida pública, está acusado de apropiación indebida o, alternativamente, de administración desleal.

*El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dictado este miércoles un auto por el que decreta la apertura de juicio oral contra el cantante canario Juan Carlos ‘Caco’ Senante, el expresidente de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) Teddy Bautista y los ex directivos Enrique Gómez Piñeiro y Ricardo Azcoaga por delito continuado de administración desleal o fraudulenta en la gestión de la entidad.



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Re: Todos a mantener a la SGAE...
« Respuesta #245 en: 14 de Noviembre de 2023, 21:08:56 pm »

Condenan a la SGAE a indemnizar con 10.092 euros al autor del célebre himno religioso "Dios está aquí"


La Audiencia Provincial de Zaragoza estima que la Sociedad no defendió los derechos de autor de la obra creada por Javier Gacías Mateo, registrada en 1990
La defensa del artista recurre al Supremo porque estima que los derechos no percibidos superaron los 100.000 euros
Francisco Javier Gacías Mateo, autor de la canción en disputa.
Francisco Javier Gacías Mateo, autor de la canción en disputa.


Roberto Bécares
Roberto Bécares
Madrid - Martes, 14/11/2023 - 08:02 | Actualizada 12:07
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) a indemnizar con 10.092 euros a Javier Gacías Mateo, el autor de seguramente una de las piezas religiosas más conocidas de la historia, 'Dios está aquí'. La Audiencia, que resuelve un recurso del autor tras archivarse la causa en primera instancia, considera que la SGAE incurrió en un "incumplimiento contractual" en la defensa de los derechos de autor de la canción, por lo que le deberá compensar por los daños y perjuicios.


La defensa de Gacías considera la indemnización, sin embargo, totalmente insuficiente y ha presentado un recurso de casación en el Tribunal Supremo ya que estima que la Audiencia ha usado un criterio "arbitrario" e "ilógico" para establecer la cuantía a abonar, según explica a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA la abogada Mónica Sevil, que reclamaba 100.000 euros a tanto alzado. 

Esta historia de éxito, frustración y reparación arranca en el año 1979, cuando Francisco Javier Gacías compuso el conocido tema -"Dios está aquí, tan cierto como el aire que respiro", reza la canción- para tocar en un festival cristiano de Zaragoza llamado 'Jesús te llama' junto a su grupo, Nueva Vida.

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'Dios está aquí', pero la justicia no: la lucha contra la SGAE del creador del célebre himno religioso
La canción sumó desde entonces multitud de versiones y acumuló decenas de millones de reproducciones en diferentes plataformas como Spotify o Youtube [algún vídeo llega a sumar 300 millones de visualizaciones]. La canción ha sonado incluso en varias visitas del Papa Francisco al extranjero [también lo hizo en alguna de Juan Pablo II].

El autor de la obra, nacido en Zaragoza, comenzó a reclamar sus derechos a la propia SGAE en 2013 y, tras no ver satisfechas sus demandas, acudió a los tribunales recientemente. El 10 de junio de 2022 la Justicia ordinaria archivó la causa, pero Gacías Mateo presentó un recurso sobre el que ahora ha resuelto la Audiencia Provincial favorablemente.

Nuevos autores
En su recurso, ponía de manifiesto que la SGAE había tolerado la inscripción de la obra en el repertorio de la sociedad por nuevos autores, con posterioridad al registro que él había ejercido -en 1990-, lo que supondría una infracción de los derechos de propiedad intelectual. En total, según la demanda, habría habido 18 registros indebidos y sus autores habrían estado percibiendo derechos de autor que le correspondían a él.

Más información

Embargan y subastan el chalé de una empresa gestionada por el chef Dani García en Marbella Hills
En el proceso el demandante dejó claro que la SGAE no liquidó derecho alguno hasta el año 2009 y "desde entonces le ha liquidado en escasas ocasiones y un mínimo número de las explotaciones que ha llevado a cabo". Así, se habría incumplido el contrato suscrito con la SGAE en noviembre de 1990, donde constaban las obligaciones relacionadas con la "documentación, la gestión y la administración de los derechos patrimoniales derivados de los derechos de autor".

Exterior de la sede de SGAE en Madrid. /

JOSÉ LUIS ROCA
De acuerdo a la sentencia, fechada en el 10 de abril de 2023 y a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, el demandante insistía en en su recurso que uno de los "motivos relevantes" del incumplimiento del contrato de derechos de gestión es que incluso tras "la reiteración de denuncias de inscripciones en perjuicio de su derecho, la entidad ha venido consintiendo que sobre la obra se sigan practicando registros de titularidad ante la SGAE".

Obras distintas
Según estima la Sala, sin embargo, un certificado del secretario de la SGAE del 16 de febrero de 2022 explica que las obras con el título 'Dios está aquí' "o bien son obras distintas a la registrada por el actor o no se dispone en SGAE de partituras ni documentación ni audio de esta obra y tampoco se ha podido localizar en internet, ni por autor ni por editorial", por lo que no se considera que hubo un incumplimiento adecuado de la defensa de a titularidad en este caso.

Pese a las pruebas aportadas por la demandante durante todo el proceso, incluso un certificado de una empresa del sector audiovisual que intermedia contenidos digitales cifrando determinados derechos digitales de la obra en al menos 50.000 euros, la Sala reconoce que de cara a establecer la cuantía de la indemnización habría precisado de un dictamen pericial que fije con criterios técnicos los derechos que hubieran podido devengarse a juicio de la actora.

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Por todo ello, concluye que parece razonable considerar que solo puede hacer una indemnización de "carácter estimativo o aproximado", y concluye que esta debía ser de 10.092 euros. Desestima asimismo que la demandada resarza al autor de la canción por daños morales -su defensa reclamaba 30.000 euros- porque "no existe prueba alguna" de que se hubieran producido.

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En contacto con este periódico, la defensa de Gacías Mateo informa que ha presentado un recurso de casación ante el Supremo por los "parámetros arbitrarios e ilógicos" usados por la Audiencia cuando habían ofrecido desde su defensa "muchas pruebas de explotación" de la obra, "con parámetros contrastables usados con las propias tarifas que paga SGAE".

"La cuantificación que se ha hecho no tiene ningún sentido", precisa Mónica Sevil, que añade además que, después de ganar esta sentencia, la SGAE "no ha cancelado los registros ilegítimos" y "se siguen pagando a otras personas de todo el mundo" por los derechos de la obra de su representado. "No se ha movido ni un dedo para regularizar la situación a favor de Javier Gacía", concluye la abogada.


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Re: Todos a mantener a la SGAE...
« Respuesta #246 en: 14 de Noviembre de 2023, 23:04:23 pm »
Pues vale, seguro que los que van a misa conocen la canción. . . yo ni idea. . .

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