Las preguntas que creo que pueden recurrirse (desde MI punto de vista):
22. La respuesta: Área de Policía Judicial se repite 2 veces
28. Tengo mis dudas en esta porque se refieren al servicio, pero en el propio examen, en la portada del cuadernillo, aparece la denominación: Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Alcobendas.
38. Aire EXPIRADO no existe en el RGC (art 20). La buena sería la A (además que la pregunta te especifica tasa en sangre)
52. La conducción bajo la influencia de drogas NO se considera temeridad manifiesta (art 380 del Código Penal). La buena sería la A
73. Si cometes un delito del artículo 383, no puedes cometer también el 379.2. La pena del 383 es mayor que la del 379. Si tu te estás negando a hacer el control y te inmovilizan el vehículo o te sustituye otro conductor sin llegar a hacerte las pruebas, ya te están castigando con una pena mayor. De la otra forma te estarían juzgando dos veces por el mismo hecho (non bis in idem) La respuesta sería la B
No sé qué opinareis vosotros sobre ellas. Como digo es mi opinión, no sé si estaré equivocado