Hola compañero, si es en Catalunya tienes que estar en activo, imagino que este mismo requisito serà para las demas comunidades.
ECRETO 233/2002, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de acceso, promoción y movilidad de las policías locales
Artículo 55 Requisitos
55.1 La autorización de la permuta queda sujeta al cumplimiento de los requisitos siguientes:
a) Que ambos funcionarios o funcionarias de carrera se encuentren en la situación de servicio activo respecto de la Administración de origen.